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REPÚBLICA DE PANAMA
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
PROGRAMA DE TRANSFORMACIÓN AGROPECUARIA
(LEY 25, DE 4 JUNIO DE 2001 )
VÉÅÑxÇw|É aÉÜÅtà|ätá gVÉÅÑxÇw|É aÉÜÅtà|ätá gVÉÅÑxÇw|É aÉÜÅtà|ätá gVÉÅÑxÇw|É aÉÜÅtà|ätá g°°°°vÇ|vtá wxÄ vÇ|vtá wxÄ vÇ|vtá wxÄ vÇ|vtá wxÄ cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|t ?Ç TzÜÉÑxvâtÜ|t ?Ç TzÜÉÑxvâtÜ|t ?Ç TzÜÉÑxvâtÜ|t ?
2012
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
aÉÜÅtà|ät Wx fxÅ|ÄÄt VxÜà|y|vtwt Wx TÜÜÉéaÉÜÅtà|ät Wx fxÅ|ÄÄt VxÜà|y|vtwt Wx TÜÜÉéaÉÜÅtà|ät Wx fxÅ|ÄÄt VxÜà|y|vtwt Wx TÜÜÉéaÉÜÅtà|ät Wx fxÅ|ÄÄt VxÜà|y|vtwt Wx TÜÜÉéAprobada en la ReuniAprobada en la ReuniAprobada en la ReuniAprobada en la Reunióóóón Ordinaria n Ordinaria n Ordinaria n Ordinaria
31 de Agosto de 200631 de Agosto de 200631 de Agosto de 200631 de Agosto de 2006
Elaborada por Elaborada por Elaborada por Elaborada por Oficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Recomendada porRecomendada porRecomendada porRecomendada porComisiComisiComisiComisióóóón Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
250.00
10,000.00
900.00
150.00
20.00
20.00
400.00
5,000.00
2,088.00
Costo/Unit. de referencia
20
1
20
20
25
15
20
1
Ha
Bomba
Ha
Ha
Pies
Tubos
Ha
Individual
Individual
Individual
Individual
Individual
Individual
Sistema de Riego> Estudio y diseño del sistema
(levantamiento topográfico
completo: planimetrito y
altimétrico)- Red de Riego.
- Canales principales,
secundarios, métodos
de riego, curvas anivel, melgas.
•Bomba de 8 a lO .
•Nivelación del terreno.
•Trazado y levantamiento de
curvas a nivel.• Mangueras de succión.
•Tuberías de conducción.
•Construcción y estructuras de
canales de riego.
• Construcción de represa.
50HaColectivo -Individual
Mejoramiento Genético> Producción, procesamiento y comercialización de semilla certificada de arroz.
Unidad tope por tipo de productor
Unidad de medida
Tipo de productor Área a financiar
Pagina 1 de 3
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
10,000.0020BombasIndividualRiego (gravedad) Bomba
32.0060qqIndividualSemilla Certificada
32,000.001UnidadColectivoAdquisición de equipos y materiales agrícolas (equipo de nivelación Láser)
Costo/Unit. de referencia
Unidad tope por Unidad tope por tipo de tipo de
productorproductor
Unidad de medidaUnidad de medidaTipo de Tipo de productor productor
ÁÁrea a financiar rea a financiar
Pagina 1 de 3
aÉÜÅtà|ät wx VtyaÉÜÅtà|ät wx VtyaÉÜÅtà|ät wx VtyaÉÜÅtà|ät wx Vty°°°°ECCDECCDECCDECCD@@@@ECCIECCIECCIECCI
Elaborada por Elaborada por Elaborada por Elaborada por Oficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de Transformacióóóón n n n
AgropecuariaAgropecuariaAgropecuariaAgropecuaria
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
5,0005,000
37,526.02
18,000.00
20,000.00
300.00
1,827.43
4,485.47
Costo Unitario de Referencia (1)
8,970.942HectáreaIndividualRenovación de caféArábigo (catuai, catturra,nuevo
1,827.431HectáreaIndividualRenovación de caféRobusta (café bajura)
5,0005,0001ActividadesColectivoCapacitación Tecnológica
37,526.021ActividadesColectivoPromoción a las Exportaciones
18,000.001CampamentoIndividualCampamento de Trabajadores
20,000.001MóduloIndividual o Colectivo
Beneficio Ecológico
600.001-2HectáreaIndividualApoyo en Ingreso/Renovación
máximo reconocer
Unidad Tope por tipo de
Producto
Unidad de Medida
Tipo de Productor a Beneficiar
Actividad
(1) La Asistencia Financiera Directa será el 50% de el costo unitario de referencia
`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|ÉPrograma de Transformación Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)
RUBRO: CAFÉ
eâuÜÉ M VtvtÉeâuÜÉ M VtvtÉeâuÜÉ M VtvtÉeâuÜÉ M VtvtÉ
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
4,320.001HectáreaIndividualRehabilitación de Plantación para producción de Cacao con certificación Orgánica.
40.001CajaIndividual o Colectivo
Construcción de Cajas para Fermentar el Cacao Orgánico certificado
23,500.001CamiónColectivoAdquisición de camión para transporte de Cacao Orgánico certificado
17,400.001BodegaColectivoConstrucción de bodegas para manejo de Cacao Orgánico certificado
5,000.001SecadoraColectivoConstrucción de secadoras de cacao tipo Samoa Cacao Orgánico certificado
Costo Unitario Costo Unitario de Referencia de Referencia
(1) (1)
Unidad Tope Unidad Tope por tipo de por tipo de ProductoProducto
Unidad de Unidad de Medida Medida
Tipo de Tipo de Productor a Productor a BeneficiarBeneficiar
Actividad Actividad
(1) La Asistencia Financiera Directa será el 50% de el costo unitario de referencia
`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|ÉPrograma de Transformación Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)
RUBRO: CACAO
aÉÜÅtà|ät wx TzÜ|vâÄàâÜt bÜzaÉÜÅtà|ät wx TzÜ|vâÄàâÜt bÜzaÉÜÅtà|ät wx TzÜ|vâÄàâÜt bÜzaÉÜÅtà|ät wx TzÜ|vâÄàâÜt bÜzööööÇ|vtÇ|vtÇ|vtÇ|vtECCDECCDECCDECCD@@@@ECCIECCIECCIECCI
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
1.500.001Unidad1IndividualPicadora para los desechos de las cosechas para la realización de abonos orgánicos.
6.000.001unidadcolectivoEquipo Especializado para actividades agrícolas (monocultor)
5.000.001unidadcolectivoEquipo Especializado para Mezclar Bocashi
11.00100unidadIndividualEquipos y materiales (cajas germinadoras)
8.000.0011unidadcolectivoGaleras para la producción de abono Bocashi
7.000.0011unidadcolectivoInvernadero Tecnificado
Costo Unitario de Referencia (1)
Unidad Tope por tipo de Producto
Unidad de Medida
Tipo de Productor a Beneficiar
Actividad
(1) La Asistencia Financiera Directa será el 50% de el costo unitario de referencia
`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|ÉPrograma de Transformación Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)
RUBRO: AGRICULTURA ORGANICA
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)RUBRO: Agricultura OrgRUBRO: Agricultura OrgRUBRO: Agricultura OrgRUBRO: Agricultura Orgáááánicanicanicanica
66.90253UnidadIndividualMaterial genético certificado (semilla)
2,500.004ActividadColectivoGiras Técnicas
2,000.004UnidadColectivoCapacitación Tecnológica (Un seminario Taller)
7,500.001UnidadIndividualEstudio de Mercado
75.001UnidadIndividualCarbonera (La que fabrica el ácido acético) El vinagre de madera
5,000.002ActividadIndividualCapacitación en Agricultura en el exterior
6.000.002ActividadIndividualConsultas Técnicas
Costo Unitario de Referencia (1)
Unidad Tope por tipo de Producto
Unidad de Medida
Tipo de Productor a Beneficiar
Actividad
(1) La Asistencia Financiera Directa será el 50% de el costo unitario de referencia
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)RUBRO: Agricultura OrgRUBRO: Agricultura OrgRUBRO: Agricultura OrgRUBRO: Agricultura Orgáááánicanicanicanica
5,000.005.00unidadcolectivoPromoción de Mercado
3.503,000sacosindividualAbono Orgánico Boscachi
18.00200quintalindividual Humus de Lombriz
5.00500unidadindividual Masetero en Bambu (Cultivos suspendidos)
25,000.001.00unidadcolectivoParcela de Observación y entrenamiento a Productores
5,000.003.00unidadcolectivoLaboratorio para la multiplicación de insectos depredadores y parasitoides en el control biológico
5.00500galonesindividualAcido acético (vinagre de madera)
Costo Unitario de Referencia (1)(1)
Unidad Tope por tipo de Producto
Unidad de Medida
Tipo de Productor a Beneficiar
Actividad
* La Asistencia Financiera Directa será el 50% de e l costo unitario de referencia
NORMA TNORMA TNORMA TNORMA TÉÉÉÉCNICA PARA EL DESARROLLO CNICA PARA EL DESARROLLO CNICA PARA EL DESARROLLO CNICA PARA EL DESARROLLO DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS
DE ALTA TECNOLOGIADE ALTA TECNOLOGIADE ALTA TECNOLOGIADE ALTA TECNOLOGIAPARA TIERRAS ALTAS DE CHIRIQUPARA TIERRAS ALTAS DE CHIRIQUPARA TIERRAS ALTAS DE CHIRIQUPARA TIERRAS ALTAS DE CHIRIQUÍÍÍÍ
INVERNADEROS DE METALINVERNADEROS DE METALINVERNADEROS DE METALINVERNADEROS DE METAL
10 de octubre de 200710 de octubre de 200710 de octubre de 200710 de octubre de 2007
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
NORMA TNORMA TNORMA TNORMA TÉÉÉÉCNICA PARA EL DESARROLLO DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS DE ACNICA PARA EL DESARROLLO DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS DE ACNICA PARA EL DESARROLLO DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS DE ACNICA PARA EL DESARROLLO DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS DE ALTA LTA LTA LTA TECNOLOGIA PARA TIERRAS ALTAS DE CHIRIQUTECNOLOGIA PARA TIERRAS ALTAS DE CHIRIQUTECNOLOGIA PARA TIERRAS ALTAS DE CHIRIQUTECNOLOGIA PARA TIERRAS ALTAS DE CHIRIQUÍÍÍÍ
INFRAESTRUCTURA DE METALINFRAESTRUCTURA DE METALINFRAESTRUCTURA DE METALINFRAESTRUCTURA DE METAL
CUADRO RESUMEN
1,500.0050%3,000.0013,000.001unidadAbastecimiento de agua
250.0050%500.001500.001M.O.Instalación de material y equipo
4,000.0050%8,000.0018,000.001Unidad
Equipo y materiales agrícolas especializados para la preparación de suelo y encamado
3,750.0050%7,500.0017,500.001SistemaSistema de riego
4,000.0050%8,000.0018,000.001SistemaEquipos para control ambiental,
variables de suelo y otros
11,750.0023,500.00Equipos
1,500.0050%3,000.00100000.301m2Nivelación del terreno
85,000.0050%170,000.0010,00017.001m2Infraestructura completa instalada
86,500.00173,000.00Infraestructura completa (metal)
100,000.0050%200,000.00Total
Apoyo financiero máximo Hasta B/.
Porcentaje a
reconocer
Inversión Máxima a reconocer HASTA B/.
Coef. Máximo a reconocer
Precio Unitario de referencia HASTA B/.
Coef. Unita
rioMedidaDetalle
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NORMA TNORMA TNORMA TNORMA TÉÉÉÉCNICA PARA EL DESARROLLO DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS DE ACNICA PARA EL DESARROLLO DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS DE ACNICA PARA EL DESARROLLO DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS DE ACNICA PARA EL DESARROLLO DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS DE ALTA TECNOLOGIA PARA LTA TECNOLOGIA PARA LTA TECNOLOGIA PARA LTA TECNOLOGIA PARA TIERRAS ALTAS DE CHIRIQUTIERRAS ALTAS DE CHIRIQUTIERRAS ALTAS DE CHIRIQUTIERRAS ALTAS DE CHIRIQUÍÍÍÍ
� Reconocer el cincuenta por ciento (50%) de las inversiones realizadas en la adquisición e instalación de sistemas de cultivos protegidos de alta tecnología, sobre la base de un precio de referencia de B/. 17.50 el metro cuadrado de construcción, hasta para un máximo de 1 hectárea por beneficiario .
� Reconocer el cincuenta por ciento (50%) de las inversiones realizadas en adquisición de equipo para el control ambiental, variables de suelos y otros, sobre la base de un precio tope de B/. 15,000.00.
� Reconocer el cincuenta por ciento (50%) de las inversiones realizadas en adquisición de sistema de riego y desinfección de suelos sobre la base de un precio tope de B/. 8,000.00.
� Reconocer el cincuenta por ciento (50%) de las inversiones realizadas en adquisición de equipo agrícola especializado para la preparación del suelo y encamados, sobre la base de un precio tope de B/. 8,000.00.
� Reconocer el cincuenta por ciento (50%) de las inversiones realizadas en instalación de material y equipo, sobre la base de un precio tope de B/. 1,000.00.
� Reconocer el cincuenta por ciento (50%) de las inversiones realizadas en abastecimiento de agua, sobre la base de un precio de referencia de B/. 5,000.00
� A partir del 10 de octubre de 2007 no se reconocerán ni inscripciones, entregas de planes para cultivos protegidos (invernaderos) construidos con cañazas.
� Las inversiones en infraestructuras solo serán reconocidas si el beneficiarios ha realizado las inversiones en equipo y materiales para la producción con el sistema protegido.
� Esta normativa empezará a regir a partir del 10 de o ctubre de 2007.
MONTOS Y LIMITES
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NORMA TNORMA TNORMA TNORMA TÉÉÉÉCNICA PARA EL DESARROLLO DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS CNICA PARA EL DESARROLLO DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS CNICA PARA EL DESARROLLO DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS CNICA PARA EL DESARROLLO DE SISTEMAS DE CULTIVOS PROTEGIDOS DE ALTA TECNOLOGIA PARA TIERRAS ALTAS DE CHIRIQUDE ALTA TECNOLOGIA PARA TIERRAS ALTAS DE CHIRIQUDE ALTA TECNOLOGIA PARA TIERRAS ALTAS DE CHIRIQUDE ALTA TECNOLOGIA PARA TIERRAS ALTAS DE CHIRIQUÍÍÍÍ
INFRAESTRUCTURA DE METALINFRAESTRUCTURA DE METALINFRAESTRUCTURA DE METALINFRAESTRUCTURA DE METAL
PARAMETROS TECNICOS
Especificaciones Coeficientes Técnicos Mínimos Localización Construcción de este a oeste o perpendicular a la dirección del viento
Velocidad del viento Que soporte hasta 120 km/h
Nivelación del terreno Pendiente máxima 3º
Apertura Cenital (mínimo) 12% del ancho de la nave
Canaleta (altura mínima) 4 metros
Cumbrera (altura mínima) 6 metros
Frente de la nave De 8 a 9.6 metros
Largo de la nave No mayor de 100 metros
Material de la estructura (metal) Pilares rectangulares de 60 x 80 mm y 3 mm de espesor, galvanizado en caliente.
Malla sombra interna (techo) Malla sombra o térmica
Plástico para techo No menor 150 micras, tratamiento UV, antigoteo; opcional antivirus. Para flores debe contener tratamiento de azufre.
Doble puerta para entrar y salir Incluida
Cortinas (a partir de 5,000 m2) Semi automatizadas laterales externas para control de HR y T
Malla anti insectos 50 mesh
Pediluvio Incluir en todas las entradas de cada invernadero
Tutoriado Resistencia a carga hasta 25 kg / m2.
Sistema de riego
Cabezal de riego completo (incluye filtros de grava y anillo, válvula de retrolavado, de aire, de presión, llaves de paso, relojes de presión), mangueras autocompensadas (distancia entre gotero = 20cm.), válvulas rompe presión, llaves de paso.
Sistema de fertiriego Inyector tipo ventury, sistema automatizado de fertirriego, tanques para soluciones nutritivas.
Desinfección del suelo Método de microaspersión o biológico natural (1,600 unidades por hectárea)
Bandeja de germinación 200 alveolos - 30,000 plantas por ha. con 3% de pérdida esperada
Mesas 15 bandejas
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(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
Elaborada por Elaborada por Elaborada por Elaborada por Oficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Recomendada porRecomendada porRecomendada porRecomendada porComisiComisiComisiComisióóóón Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
NORMATIVA DE MERCADEO DE PRODUCTOS FRESCOS Y PROCESADOS DE
CAFÉ PARA TIERRAS ALTAS DE CHIRIQUÍCNTA-002-2008
ReuniReuniReuniReunióóóón Ordinaria de 11 de marzo de 2008n Ordinaria de 11 de marzo de 2008n Ordinaria de 11 de marzo de 2008n Ordinaria de 11 de marzo de 2008
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Programa de Transformación AgropecuariaNormativa de Mercadeo de Productos Frescos y Proce sados de
Café de Tierras Altas De Chiriquí
6,000.0012,000.00Construcción de talleres de artesanías (1) (2)
5,000.0010,000.00Reconstrucción para un centro de artesanías (1) (2)
4,000.008,000.00Construcción de puntos de ventas de productos y Artesanías (1) (2)
1,500.003,000.00Capacitación del personal - guía en el museo
13,500.0027,000.00Construcción de Museo (1) (2)
5,000.0010,000.00Reconstrucción de Museo
2,500.005,000.00Diseño e instalación de Página Web
Asistencia Financiera
Directa (50%)
Asistencia Financiera
DirectaHasta (B/.)
DETALLE DE INVERSIONES RECONOCER
(1) En infraestructuras se debe adjuntar al plan de inversión el bosquejo de cada inversión, no debe ejecutar estas inversiones, sin la aprobación de la Comisión
Nacional de Transformación Agropecuaria.
(2) La Dirección Nacional de Ingeniería Rural y Riego del Ministerio de Desarrollo Agropecuario deberá entregar un informe de evaluación de las diferentes inversiones
realizadas en infraestructuras, el cual se adjuntará al expediente planilla cuando sea enviado a la Oficina de Transformación Agropecuaria.
Asistencia Financiera
Directa 50%(B/.)
Asistencia Financiera
Directa TotalHasta (B/.)
DETALLE DE INVERSIONES RECONOCER
100,000.00200,000.00TOTAL
50,000.00100,000.00Reconstrucción y Construcción de albergues y Cabañas para agroturismo (1)(2)
2,500.005,000.00Infraestructuras para paisajismo (viveros, infraestructura y materiales, bandejas, bolsas de telas o de materiales de fibras naturales, entre otras) (1)
2,500.005,000.00Diseño y establecimiento de paisajismo (1)
7,500.0015,000.00Equipo y materiales: maquinaria de los talleres de artesanías, equipos de mesas de dibujo, caballetes, mesas de trabajo para la elaboración de cestas u otras, cosecheras, chácaras, sombreros de pita, dibujos máquinas de ebanistería, entre otras inversiones a reconocer
(1) En infraestructuras se debe adjuntar al plan de inversión el bosquejo de cada inversión, no debe ejecutar estas inversiones, sin la aprobación de la Comisión Nacional de Transformación Agropecuaria.
(2) La Dirección Nacional de Ingeniería Rural y Riego del Ministerio de Desarrollo Agropecuario deberá entregar un informe de evaluación de las diferentes inversiones realizadas en infraestructuras, el cual se adjuntará al expediente planilla cuando sea enviado a la Oficina de Transformación Agropecuaria.
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Programa de Transformación AgropecuariaNormativa de Mercadeo de Productos Frescos y Proce sados de
Café de Tierras Altas De Chiriquí
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
Elaborada por Elaborada por Elaborada por Elaborada por Oficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Recomendada porRecomendada porRecomendada porRecomendada porComisiComisiComisiComisióóóón Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
NORMA TNORMA TNORMA TNORMA TÉÉÉÉCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRALCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRALCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRALCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRALDE LA GANADERDE LA GANADERDE LA GANADERDE LA GANADERÍÍÍÍA BOVINA DE CARNE Y LECHE A BOVINA DE CARNE Y LECHE A BOVINA DE CARNE Y LECHE A BOVINA DE CARNE Y LECHE
ReuniReuniReuniReunióóóón Ordinaria del 2 de mayo de 2007n Ordinaria del 2 de mayo de 2007n Ordinaria del 2 de mayo de 2007n Ordinaria del 2 de mayo de 2007
La norma técnica define el apoyo del Programa de Transformación Agropecuaria (PTA) para la Transformación de la Producción de la Ganadería Bovina de Carne y Leche. Los planes de inversión presentados a partir del enero 1°de 2007 deberán cumplir con los siguientes requisitos y procedimientos:
1. Las necesidades de la finca serán determinadas sobre la base del potencial de desarrollo de la finca y de las inversiones a realizar dependiendo del Diagnóstico y Planificación Integral de la Finca;
2. Debe considerarse la capacidad de inversión del productor para ejecutar el plan en un período no mayor de cinco (5) años.
3. La normativa no limita el tamaño máximo de fincas beneficiarias, pero sí establece un tamaño mínimo de 10 hectáreas. De igual forma, se establece un monto máximo de apoyo por beneficiario de CIEN MIL BALBOAS CON CERO CENTAVOS (B/. 100,000.00 ). También se establecen inversiones a reconocer y límites de cantidades para el apoyo de algunas actividades.
Los precios de referencia establecidos son corrientes, con base en mayo de 2007. La normativa será revisada por mandato de la Comisión Nacional de Transformación Agropecuaria (CNTA)
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Programa de Transformación Agropecuaria
INVERSIONES QUE SERINVERSIONES QUE SERINVERSIONES QUE SERINVERSIONES QUE SERÁÁÁÁN APOYADAS CON ASISTENCIA FINANCIERA DIRECTAN APOYADAS CON ASISTENCIA FINANCIERA DIRECTAN APOYADAS CON ASISTENCIA FINANCIERA DIRECTAN APOYADAS CON ASISTENCIA FINANCIERA DIRECTA
1. Servicio de Asistencia Técnica para el Desarrollo Integral de Fincas
2. Equipo y accesorios para cercas eléctricas
3. Siembra de pastos de corte, sorgo forrajero, caña y leguminosa; siembra de pastos mejorados
3. Equipo para la siembra y mantenimiento de pastos
4. Infraestructura para silos
5. Equipo para siembra y mantenimiento de pastos
6. Equipo de corte, picado de pasto y confección de ensilaje
7. Comederos y bebederos
8. Infraestructura y equipo para ordeño
9. Otros equipos e infraestructuras para el manejo del hato.
10. Semovientes para el mejoramiento genético
11. Infraestructura y equipo para agua y riego de pastos
12. Componente ambiental.
Anexo
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2,400.004,800.00200.00Mes24Asistencia Técnica para el Desarrollo Integral /2.
1,000.001,000.00
Montos de Inversión
superiores a 50,001.00
Plan 1
500.00500.00Montos de
Inversión hasta 50,000.00
Plan 1Servicio de Diagnóstico y Planificación Integral de Fincas /1
AFD B/.AFD
%Inversión
reconocida B/. Costo Unitario
B/.MedidaCoef.Detalle
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NORMA TNORMA TNORMA TNORMA TÉÉÉÉCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA GANADERCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA GANADERCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA GANADERCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA GANADERÍÍÍÍA BOVINA DE CARNE Y LECHEA BOVINA DE CARNE Y LECHEA BOVINA DE CARNE Y LECHEA BOVINA DE CARNE Y LECHE
1) Incluye georeferenciación, levantamiento y diseño de la división actual de la finca, croquis propuesto, análisis integral
y la formulación del Plan de Inversión del productor, atendiendo la normativa.
2) Incluye un mínimo de 2 visitas por mes.
1. SERVICIOS DE ASISTENCIA T1. SERVICIOS DE ASISTENCIA T1. SERVICIOS DE ASISTENCIA T1. SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉÉÉÉCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE FINCASCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE FINCASCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE FINCASCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE FINCAS
INFORMACION ADICIONALINFORMACION ADICIONALINFORMACION ADICIONALINFORMACION ADICIONAL
Todo plan de inversión deberá contar con un diagnóstico y planificación integral referidos a la normativa a al Manual Técnico, que incluya los aspectos allí señalados:
1. Caracterización de la finca (incluye entre otros: georeferenciación, levantamiento y diseño de la división actual de la finca, pastos existentes, zona agro ecológica, inventario de equipos y semovientes entre otros).
2. Indicadores de línea base. ( se indican algunos como: Intervalo entre partos, % de nacimiento, peso y edad al destete, litros de leche por vaca por día, días de lactancia, libras de carne producida por ha, carga animal, entre otros, según la actividad principal de la finca)
3. Planificación integral (incluye actividades a desarrollar sobre la base del diagnóstico y caracterización de la finca, diseño de la división de potreros surgida de la georeferenciación y los aspectos zootécnicos , cronograma de ejecución y resultados esperados, entre otros.)
4. El plan de be formularse sobre la base de las posibilidades de inversión del beneficiario y del potencial de la finca.
Se reconocerán servicios en Asistencia Técnica Integral hasta por dos años, siempre que los mismos sean prestados por un profesional idóneo, sustentado sobre la base de un contrato firmado entre ambas partes, previo al inicio de las labores del profesional en mención.
El profesional que brinde la asistencia técnica contratada debe presentar un informe técnico del avance del plan de inversión firmado, con la aprobación del beneficiario del plan y la respectiva factura como lo establece la Ley de Equidad Fiscal. Esta documentación debe ser adjuntada al expediente planilla.
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NOTA SOBRE EL PERSONAL TECNICONOTA SOBRE EL PERSONAL TECNICONOTA SOBRE EL PERSONAL TECNICONOTA SOBRE EL PERSONAL TECNICO
Para que las inversiones en Diagnóstico y Planificación Integral, así como en la Asistencia Técnica para el Desarrollo Integral(ATDI) sean reconocidas por el Programa de Transformación Agropecuaria, el personal técnico contratado tendrá que cumplircon los siguientes requisitos:
1. Contar con título universitario en Ciencias Agronómicas, con especialización en Zootecnia.2. Presentar el Certificado de idoneidad profesional emitida por el Consejo Técnico Nacional de Agricultura 3. Contar con un mínimo de cinco (5) años de experiencia en el ejercicio de la carrera4. Contar con el documento legal que emita la Oficina de Transformación Agropecuaria que conste que ha sido capacitado en
el uso de Herramientas para el Diagnóstico y Planificación Integral de Fincas* 5. El plan de inversión que está formulado por un profesional idóneo que no haya cumplido con el punto 4, no se le reconocerá
el beneficio al productor o beneficiario del Programa de Transformación.
La Oficina Nacional de Transformación Agropecuaria (OTA) elaborará una GuGuGuGuíííía Ta Ta Ta Téééécnica para el Diagncnica para el Diagncnica para el Diagncnica para el Diagnóóóóstico y la stico y la stico y la stico y la PlanificaciPlanificaciPlanificaciPlanificacióóóón Integral de Fincan Integral de Fincan Integral de Fincan Integral de Finca, que será utilizada para la aprobación de los planes de inversión.
De igual manera, la OTA ofrecerá cursos de capacitación en el uso de Herramientas para el Diagnóstico y Planificación Integral de Fincas para la certificación de profesionales que deseen ofrecer este servicio. La OTA definirá los criterios, normas y procedimientos del curso, así como cualquier costo que se determine pudiera eventualmente incorporarse.
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2.2.2.2. EQUIPOS Y ACCESORIOS PARA CERCAS ELEQUIPOS Y ACCESORIOS PARA CERCAS ELEQUIPOS Y ACCESORIOS PARA CERCAS ELEQUIPOS Y ACCESORIOS PARA CERCAS ELÉÉÉÉCTRICASCTRICASCTRICASCTRICAS....
275.0050550.00550.00Unidad1Panel solar
Nota: No se reconocerán cercas perimetrales
* Opcional para donde no haya energía eléctrica
Equipo de generación eléctrica básica*
1,062.75502,125.50212.55Km
lineal10Equipo, materiales e Instalación de cerca
eléctrica
AFD B/.
AFD %
Inversión reconocida
Costo Unitario
MedidaCoef
.Detalle
3.3.3.3. SIEMBRA Y MANTENIMIENTO DE PASTOS DE CORTE, SORGO FORRAJERO CASIEMBRA Y MANTENIMIENTO DE PASTOS DE CORTE, SORGO FORRAJERO CASIEMBRA Y MANTENIMIENTO DE PASTOS DE CORTE, SORGO FORRAJERO CASIEMBRA Y MANTENIMIENTO DE PASTOS DE CORTE, SORGO FORRAJERO CAÑÑÑÑA Y LEGUMINOSAA Y LEGUMINOSAA Y LEGUMINOSAA Y LEGUMINOSA
175.0050350.00350.00Ha.1Leguminosas
1,660.00503,320.00664.00Ha.51°año - Siembra
Caña
1,750.00503,500.00350.00Ha.101°año - Siembra
Pasto de corte, sorgo forrajero
20.0020.0050
40.0040.0010.0010.00Muestr
a4Análisis de suelos
AFD B/.AFD
%Inversión
Reconocida
Costo Unitario
B/.MedidaCoef.Detalle
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Ley 25 de 2001 - Programa de Transformación Agropecuaria
Norma TNorma TNorma TNorma Téééécnica para el Desarrollo Integral de la Ganadercnica para el Desarrollo Integral de la Ganadercnica para el Desarrollo Integral de la Ganadercnica para el Desarrollo Integral de la Ganaderíííía Bovina de Carne y Lechea Bovina de Carne y Lechea Bovina de Carne y Lechea Bovina de Carne y Lechea partir del aa partir del aa partir del aa partir del añññño 2007o 2007o 2007o 2007
AFD B/.
AFD %
Inversión Reconocida
Hasta B/.
Costo Unitario B/.
Medida
CoefDetalle
115.0050230.00230.00Ha.11°año - Siembra
Parcelas silvo pastoriles
9,959.255019,918.50398.37Ha.501°año – Siembra con método de Labranza
Convencional
10,385.005020,770.00415.40Ha.501°año - Siembra con semilla vegetativa
7,634.255015,268.50305.37Ha.501°año - Siembra bajo método de cero
labranza
Pasto mejorado /1 /2
1. El apoyo se reconocerá en forma de semillas, fertilizantes, herbicidas y mano de obra para el primer año. El beneficiario debe presentar factura del tipo de pasto utilizado. (Ver Anexo)
2. Sólo se aceptarán 50 hectáreas de pasto. El beneficiario deberá seleccionar uno de los tres sistemas o métodos de siembra con sus respectivos mantenimientos hasta 50 hectáreas
3.2 3.2 3.2 3.2 SIEMBRA Y MANTENIMIENTO DE PASTOS MEJORADOSSIEMBRA Y MANTENIMIENTO DE PASTOS MEJORADOSSIEMBRA Y MANTENIMIENTO DE PASTOS MEJORADOSSIEMBRA Y MANTENIMIENTO DE PASTOS MEJORADOS
125.0050%250.0025.00Hora/ha1Alquiler de tractor para labores de siembra (1)
50.0050%100.00100.00Unidad1Bomba de mochila
325.0050%650.00650.00Unidad1Bomba motorizada para la aplicación de herbicidas
50.0050%100.00100.00Unidad1Boleadora manual para la distribución de semilla de pastos y fertilizantes
AFD B/.AFD
%
Inversión Total Reconocida HASTA B/.
Costo Unitario B/.
MedidaCoef.Detalle
(1) Este insumo se reconocer(1) Este insumo se reconocer(1) Este insumo se reconocer(1) Este insumo se reconoceráááá, si el beneficiario siembra pastos con m, si el beneficiario siembra pastos con m, si el beneficiario siembra pastos con m, si el beneficiario siembra pastos con méééétodo de siembra de todo de siembra de todo de siembra de todo de siembra de labranza convencional hasta 10 horas mlabranza convencional hasta 10 horas mlabranza convencional hasta 10 horas mlabranza convencional hasta 10 horas mááááquinaquinaquinaquina
4. EQUIPO PARA LA SIEMBRA Y MANTENIMIENTO DE PA STOS
500.0050%1,000.001,000.00Unidad1Otro tipo de silo
500.0050%1,000.001,000.00Unidad1Silo de trinchera
AFD B/.
AFD %
Inversión reconocida HASTA B/.
Costo Unitario B/.MedidaCoef.
Detalle
5. INFRAESTRUCTURA PARA SILOS
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7. EQUIPO DE CORTE, PICADO DE PASTO Y CONFECCI7. EQUIPO DE CORTE, PICADO DE PASTO Y CONFECCI7. EQUIPO DE CORTE, PICADO DE PASTO Y CONFECCI7. EQUIPO DE CORTE, PICADO DE PASTO Y CONFECCIÓÓÓÓN DE ENSILAJES N DE ENSILAJES N DE ENSILAJES N DE ENSILAJES
600.00501,200.001,200.00Unidad1Picadora de pasto de acople a tractor (de 2 a 5 T.M./hora)
710.00501,420.001,420.00Unidad1Picadora de pastos sin motor (5 T.M/hora)**
750.00501,500.001,500.00Unidad1Con motor (1.5 T.M./hora)
2,000.00504,000.004,000.00Unidad1Cosechadora de forrajes (1 T.M.)
1,250.00502,500.002,500.00Unidad1Con motor (5 T.M./hora)
5,000.005010,000.0010,000.00Unidad1Silo prsess (50-80 T.M)
1,500.00503,000.003,000.00Unidad1Carretón para distribución de forrajes (1 T.M)
Picadora de pastos con motor **
AFD (B/)AFD (%)Inversión Reconocida hasta (B/.)
Costo Unitario (B/.)MedidaCoef.Detalle
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** Se reconocerá un solo tipo de picadora de pastos sea con o sin motor
50.0050100.0025.00unidad4Comedero movil
50.0050100.0025.00Unidad4Bebedero con boya
412.5050825.0055.00Metro lineal15Comedero techado con piso incluido
AFD(B/)
AFDInversión Reconocida hasta (B/.)
Costo Unitario (B/.)
MedidaCoefDetalle
1,500.00503,000.003,000.00unidad1Ordeñadora portátil (2 puestos)
5,000.005010,000.0010,000.00unidad1Ordeñadora fija (4 puestos o más)
2,500.00505,000.005,000.00unidad1Sistema de enfriamiento de leche
7,500.005015,000.00150.00M2100Sala de ordeño
6,250.005012,500.00100.00M2125Galera
AFD(B/)
AFD%
Inversión Reconocida hasta (B/.)
Costo Unitario (B/.)
MedidaCoefDetalle
8. COMEDEROS Y BEBEDEROS 8. COMEDEROS Y BEBEDEROS 8. COMEDEROS Y BEBEDEROS 8. COMEDEROS Y BEBEDEROS
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9. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPO PARA ORDE9. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPO PARA ORDE9. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPO PARA ORDE9. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPO PARA ORDEÑÑÑÑO O O O
10. OTROS EQUIPOS E INFRAESTRUCTURA PARA EL MANEJO DEL HATO 10. OTROS EQUIPOS E INFRAESTRUCTURA PARA EL MANEJO DEL HATO 10. OTROS EQUIPOS E INFRAESTRUCTURA PARA EL MANEJO DEL HATO 10. OTROS EQUIPOS E INFRAESTRUCTURA PARA EL MANEJO DEL HATO
11. SEMOVIENTES PARA EL MEJORAMIENTO GENÉTICO
50.0050100.001.00Unidades100Aretes para trazabilidad
25.005050.0050.00Unidad1Pistola para aretear
500.00501,000.001,000.00Unidad1Software especializado para elmanejo y administración de finca y trazabilidad
250.0050500.0010Metro lineal50Construcción de chutra
AFD(B/)
AFDInversión Reconocida hasta (B/.)
Costo Unitario (B/.)
MedidaCoefDetalle
2,500.00505,000.0050Unidad100Pajuelas de semen
12,500.005025,000.00500.00unidad50Costo de embrión
2,950.0050Inseminación Artificial**
1,000.00502,000.002,000.00unidad1Sementales
12,500.005025,000.001,000.00unidad25Vientres
13,500.00Animales de alta calidad genética**
30050600600unidad1Tanque de inseminación
150.0050300.00300.00unidad1Equipo de inseminación artificial
1,000.00502,000.0080.00Veces/año25Lavado de embriones a vacas elites
375.0050750.0075.00unidad10Mano de obra especializada
13,875.00Transplante de embriones**
AFD(B/)
AFD%
Inversión Reconocida hasta (B/.)
Costo Unitario (B/.)
MedidaCoefDetalle
11.1 SEMOVIENTES PARA EL MEJORAMIENTO GEN11.1 SEMOVIENTES PARA EL MEJORAMIENTO GEN11.1 SEMOVIENTES PARA EL MEJORAMIENTO GEN11.1 SEMOVIENTES PARA EL MEJORAMIENTO GENÉÉÉÉTICO TICO TICO TICO
*Para ganado de lechePara ganado de lechePara ganado de lechePara ganado de leche-Los vientres para la producción de leche con encaste de entre ½ y ¾ de sangre de raza lechera, con una edad no mayor de 4 años. -El semental será no mayor de 3 años de edad. Su encaste dependerá del diagnóstico de línea base del hato.
Para ganado de carnePara ganado de carnePara ganado de carnePara ganado de carne-Los vientres para la producción de carne podrán ser desde F1 (Bous indicus x Boustaurus) o de raza pura, tipo Bos indicus, edad entre 2 y 3 años.-El semental será no mayor de 3 años. Su encaste dependerá del diagnóstico de línea base del hato.
-**Inseminaci**Inseminaci**Inseminaci**Inseminacióóóón artificialn artificialn artificialn artificialLas pajuelas deben incluir detalles de la raza del animal y sus características. Las empresas vendedoras deberán estar registradas en la Dir. Nacional de Ganadería del MIDA y el IDIAP.
Para que se reconozcan estas inversiones, todos estos requisitos deberán ser documentados para la verificación y certificación de la Dir. Nacional de Ganadería del MIDA en conjunto con el IDIAP, e incluidas en el expediente de planilla para la aprobación de la OTA.
La Dir. Nacional de Ganadería deberámantener actualizada a la OTA del registro previo de fincas certificadas en conjunto con el IDIAP.
No se aceptará ninguna compra si no se cumple con este procedimiento.
NOTA:NOTA:NOTA:NOTA: El beneficiario tendrá que elegir entre invertir en sementales o inseminación artificial
El beneficiario antes de invertir en estos temas deberá solicitar, previa certificaciones de la finca y de los animales a comprar e inseminación artificial (pajuelas)
*** Transplante de embriones*** Transplante de embriones*** Transplante de embriones*** Transplante de embrionesSólo para fincas con alta tecnología y alta genética, dedicadas a la producción de sementales o novillas de reemplazo para cubrir la demanda de los productores, registradas previamente en la Dirección Nacional de Ganadería del MIDA y del IDIAP. Esta documentación deberá ser enviada a la OTA, posterior a este procedimiento de registro y certificación para que sea incorporada al Plan de Inversión y al Expediente Planilla.
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5,000.0050%10,000.0010,000.00Equipo1
Equipo de riego para pastos *
2,500.0050%5,000.005,000.00Unidad
1Sistema de energía solar para bombeo de agua
1,750.00
50%
3,500.003,500.00Equipo1
Abrevaderos / sistema recolección de agua
200.0050%400.00400.00Unidad de concreto1
200.00
50%
400.00400.00
Unidad de metal
1
120.00
50%
240.00240.00
Unidad de plástico1
Tanques de almacenamiento de agua hasta de 400 galones
2,000.00
50%
4,000.002,000.00Unidad2
Molino de viento
375.00
50%
750.00750.00Unidad1
Turbinas sumergibles
750.00
50%
1,500.001,500.00Unidad
1Perforación de pozos
AFD B/.
AFD %
Inversión reconocida HASTA B/.
Costo Unitario B/.
MedidaCoef.Detalle
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12. Infraestructura y Equipo para Agua y Riego d e Pastos
*Incluye bombas, tuberías para riego por aspersión, payasos o aspersores, mangueras de succión, shake ball. También se apoyarán aquellos sistemas por gravedad que no incluyan bombas, siempre y cuando la inversión en tuberías supere los B/. 5,000.00.
*PML = Producción Más Limpia
**Para el reconocimiento de inversiones en PML, se requerirá que el beneficiario haya presentado un plan de inversión a la Oficina de Transformación Agropecuaria y ésta a su vez lo enviará a la Unidad Ambiental del MIDA, la cual forma parte del proceso para su revisión y recomendación, de acuerdo con las normas establecidas por ANAM y con los procedimientos del Programa de Transformación Agropecuaria, en la Normativa Específica de este tema.
13.13.13.13. COMPONENTE AMBIENTALCOMPONENTE AMBIENTALCOMPONENTE AMBIENTALCOMPONENTE AMBIENTAL
Detalle Coef. MedidaCosto
Unitario B/.
Inversión reconocida HASTA B/.
AFD %
AFD B/.
Diagnóstico y caracterización. Incluye planos, diseños y plan de inversión de este tema. 1 Unidad 7,000.00 7,000.00 100% 7,000.00Capacitación al productor 2 Unidad 100.00 100.00 100% 100.00Infraestructura y equipo para la PML** 1 Unidad 20,000.00 20,000.00 50% 10,000.00
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Anexo
2.5Herbicida (l/ ha)
5Nitrato de amonio (qq / ha)
5Abono completo (qq / ha)
1Semilla (saco 50 lbs / ha)
Forraje Forraje Forraje Forraje ---- pasto corte (hasta 10 ha.)pasto corte (hasta 10 ha.)pasto corte (hasta 10 ha.)pasto corte (hasta 10 ha.)
2.5Herbicida (l/ ha)
5Nitrato de amonio (qq / ha)
5Abono completo (qq / ha)
8Semilla (ton / ha)
CaCaCaCaña (hasta 5 ha.) a (hasta 5 ha.) a (hasta 5 ha.) a (hasta 5 ha.)
2.5Herbicida (l/ ha)
2Nitrato de amonio (qq / ha)
3Abono completo (qq / ha)
8Pasto (kg/ ha)
Pasto mejorado (hasta 50 ha.)Pasto mejorado (hasta 50 ha.)Pasto mejorado (hasta 50 ha.)Pasto mejorado (hasta 50 ha.)
UnidadUnidadUnidadUnidadCoeficientesCoeficientesCoeficientesCoeficientes
A continuaciA continuaciA continuaciA continuacióóóón se presentan los coeficientes y las cantidades que sern se presentan los coeficientes y las cantidades que sern se presentan los coeficientes y las cantidades que sern se presentan los coeficientes y las cantidades que seráááán tomado en n tomado en n tomado en n tomado en consideraciconsideraciconsideraciconsideracióóóón para el reconocimiento de la ayuda financiera.n para el reconocimiento de la ayuda financiera.n para el reconocimiento de la ayuda financiera.n para el reconocimiento de la ayuda financiera.
Elaborada por Elaborada por Elaborada por Elaborada por Oficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Recomendada porRecomendada porRecomendada porRecomendada porComisiComisiComisiComisióóóón Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
NORMATIVA DE CENTROS DE RECOLECCIÓN DE LECHEAprobada en la ReuniAprobada en la ReuniAprobada en la ReuniAprobada en la Reunióóóón Ordinaria CNTA n Ordinaria CNTA n Ordinaria CNTA n Ordinaria CNTA ----002002002002---- 2008200820082008
11 Marzo de 200811 Marzo de 200811 Marzo de 200811 Marzo de 2008
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
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Normativa de Centros de Recolección de Leche
100,000.00TotalTotal
6,950.001006,950.00Asistencia Técnica para Estudios de programación lineal y Estudio de Mercado
Otras Actividades
1,800.00752,400.00Bolsas de plástico para acopiar leche en las tinas, necesidades para el primer año de operación (hasta 300 unidades a B/ 8.00 cada una)
15,000.007520,000.00Fabrica de hielo
7,500.00
7510,000.00Tinas de enfriamiento (Hasta 10 unidades); hasta B/1,000.00 cada una
56,250.007575,000.00Camión de transporte adaptado para la recolección (una unidad)
Equipos para los sistemas de recolección
12,500.005025,000.00
El costo de la construcción, remodelación o adecuación de los edificios en donde se instalan los equipos de acopio o se establece el centro de operación de los recolectores de leche, así como la construcción de los sistemas de evacuación de las aguas servidas.
Edificios para el albergue de los equipos
AFD50 %
Porcentaje a Reconocer
(%)
Se reconocerála Inversión
Hasta(B/.)
Detalle de la Inversión
Elaborada por Elaborada por Elaborada por Elaborada por Oficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Recomendada porRecomendada porRecomendada porRecomendada porComisiComisiComisiComisióóóón Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
NORMATIVA PARA CENTROS DE ACOPIO DE LECHEAprobada en la Reunión Ordinaria CNTA -002- 2008
11 Marzo de 2008
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
100,000.00Total
2,250.00753,000.00Equipos para el análisis de acidez y bacteriología
3,000.00754,000.00Tuberías de acero inoxidable
1,500.00752,000.00Transformadores
5,250.00757,000.00Lavadoras de garrafón
2,250.00753,000.00Pesa
750.00751,000.00Bombas de impulsión
1,500.00752,000.00Filtro
3,750.00755,000.00Unidad de enfriamiento
7,500.007510,000.00Tanque de almacenamiento
Equipos para los Centros de Acopio
12,500.005025,000.00
Edificios para el albergue de los equipos. El costo de la construcción, remodelación o adecuación de los edificios en donde se instalan los equipos de acopio, o se establece el centro de operación de los recolectores de leche, así como la construcción de los sistemas de evacuación de las aguas servidas.
AFD(50 %)
Porcentaje a Reconocer
(%)Se reconocerá la Inversión Hasta
(B/.)Detalle de la Inversión
Normativa Para Centros de Acopio de Leche
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cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
AFD(50%)
Porcentaje a Reconocer
(%)
3,600.001003,600.00
Equipo de inseminación (hasta B/. 300 por productor), hasta 12 productores por centro
24,000.0010024,000.00
Pajuelas (semen) hasta 50 vacas hasta 2 pajuelas por vientre hasta B/20.00 c/u, hasta 12 productores por centro
8,400.001008,400.00
Tanque de almacenamiento de pajuelas 1 por productor, hasta 12 productores por centro
Inseminación Artificial
5,000.001005,000.00
Asistencia Técnica para Estudios de Localización y el Estudio de Mercado
Otras Actividades
18,750.007525,000.00Equipo para el transporte de los garrafones para los Centros de Acopio
Se reconocerá la Inversión Hasta
(B/.)
Detalle de la Inversión
Normativa Para Centros de Acopio de Leche
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuariocÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
Aprobada en la Reunión CNTA-001-2009
13 de enero de 2009
NORMA TÉCNICA PARA LA CONSERVACIÓN DE FORRAJESEN EXPLOTACIONES GANADERAS BOVINA DE CARNE Y LECHE
NORMA TECNICA PARA LA CONSERVACION DE FORRAJE EN EXPLOTACIONES DE CARNE Y LECHE
El Programa de Transformación Agropecuaria (PTA) para la evolución de la producción de la ganadería bovina de carne y leche apoyará las inversiones con Asistencia Financiera Directa a los productores ganaderos que implementen tecnologías en la conservación forrajes.
ANTECEDENTEANTECEDENTEANTECEDENTEANTECEDENTE
• El 47 % de las explotaciones ganaderas (18,312) tienen en una extensión de 10 a 50 ha y con un número de animales de 403,708; indicando una baja carga animal.• La baja carga animal es el reflejo de la estacionalidad de producción de los Forrajes por efecto de la época seca, época de lluvia y el manejo deficiente de los mismos, por falta de una planificación integral de acuerdo a: La categoría animal, el potencial de la finca, los días de descanso, los días de pastoreo, periodo de suplementación en la época seca, programa de enmienda y fertilización.• Los forrajes tropicales disminuyen su productividad de materia verde por falta de la humedad en la época seca e igual situación se observa en la época lluviosa en los meses de exceso de lluvia y poca horas luz.• La conservación de forrajes es una alternativa tecnológica que suple el déficit de los pastos en épocas criticas, especialmente durante la época seca, obteniendo una mayor productividad del sistema.• La Henificación y Ensilaje son las principales alternativas tecnológicas relacionadas con la conservación de forrajes y de igual manera la utilización de forraje fresco mejora la productividad del sistema de producción de carne o leche.
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(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
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(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
INVERSIONES RECONOCIDAS CON ASISTENCIA FINANCIERA DIRECTAINVERSIONES RECONOCIDAS CON ASISTENCIA FINANCIERA DIRECTAINVERSIONES RECONOCIDAS CON ASISTENCIA FINANCIERA DIRECTAINVERSIONES RECONOCIDAS CON ASISTENCIA FINANCIERA DIRECTA
Establecimiento de especies forrajeras para ensilar: Maíz y Sorgo Forrajero.
1. Establecimiento y mantenimiento de especies forrajeras para Henificar: Digitaría Swazilandensis (Swazi) y Cynodon Dactylon (Alicia).
2. Establecimiento y mantenimiento de especies forrajeras para utilizarlos fresco: Pasto de corte, y caña.
3. Equipo para el picado de forrajes.
4. Equipo para ensilar.
5. Equipo de Henificación
6. Infraestructuras y materiales para la construcción de silo Bunker, trinchera y silo bolsa.
NORMA TÉCNICA PARA LA CONSERVACIÇN DE FORRAJE EN EXPLOTACIONES GANADERAS BOVINA DE CARNE Y LECHE
MONTOS Y LÍMITES• El Plan de Inversión para aplicar a esta Normativa debe tener un horizonte mínimo de 10 años de ejecución.• Se reconoce el 50 % de la inversión para el establecimiento de especies forrajeras para ensilar: maíz, y
sorgo forrajero, con un tope de 5 ha; se utilizará el método de siembra y el cultivo a ensilar (maíz o sorgo forrajero) de acuerdos a las condiciones del terreno.
• Reconocer el cincuenta por ciento (50 %) para el establecimiento y mantenimiento en el segundo año, las especies forrajeras para Henificar: Digitaría Swazilandensis (Swazy) y Cynodon Dactylon (alicia) con un tope de 50 ha; De acuerdos a sus condiciones se utilizará el método de siembra (labranza mínima y labranza convencional).
• Reconocer el cincuenta por ciento (50 %) el establecimiento y mantenimiento especies forrajeras para utilizarlos frescos: pasto de corte, y caña. Sin embargo el productor podrá utilizar el maíz y sorgo forrajero para ofrecerlo fresco a los animales. El precio tope estará de acuerdo con el método de siembra y al cultivo que se establecerá según la normativa.
• Reconocer el cincuenta por ciento (50 %) para equipos de picado de forraje, ensilado y henificado sobre los precios máximos reconocido en la normativa.
• Reconocer el cincuenta por ciento (50 %) en infraestructuras y materiales para la construcción de silo Bunker y trinchera para ensilar 5 ha y que tenga mas de 25 ha para producción de carne o leche por productor. Los silos bolsa de 200 libras/bolsa se estableció de acuerdo para 3 ha y productores con menos de 25 ha para producción de carne y leche; ya que las mismas son reutilizables, y dependerá del manejo del productor.
• Realizar las inversiones en un período, no mayor de 5 Años.• Todos los equipos que sean reconocidos para Asistencia Financiera Directa no podrán ser enajenados,
vendidos, ni transferidos a otra persona natural o jurídica durante los próximos 7 años contados a partir del reconocimiento por parte del Programa de Transformación Agropecuaria.
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(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMA TNORMA TÉÉCNICA PARA LA CONSERVACICNICA PARA LA CONSERVACI ÇÇN DE FORRAJE EN N DE FORRAJE EN EXPLOTACIONES GANADERAS BOVINA DE CARNE Y LECHEEXPLOTACIONES GANADERAS BOVINA DE CARNE Y LECHE
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMA TNORMA TÉÉCNICA PARA LA CONSERVACICNICA PARA LA CONSERVACI ÇÇN DE FORRAJE EN N DE FORRAJE EN EXPLOTACIONES GANADERAS BOVINA DE CARNE Y LECHEEXPLOTACIONES GANADERAS BOVINA DE CARNE Y LECHE
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(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMA TNORMA TÉÉCNICA PARA LA CONSERVACICNICA PARA LA CONSERVACI ÇÇN DE FORRAJE EN N DE FORRAJE EN EXPLOTACIONES GANADERAS BOVINA DE CARNE Y LECHEEXPLOTACIONES GANADERAS BOVINA DE CARNE Y LECHE
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(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMA TÉCNICA PARA EL MANEJO DE DESECHOS ORGÁNICOS Y AGUAS RESIDUALES EN EXPLOTACIONES
GANADERAS
Sesión Ordinaria CNTA-001-2009
13 de enero de 2009
El Programa de Transformación Agropecuaria (PTA) para la transformación de la producción de la ganadería bovina de carne y leche apoyará las inversiones con Asistencia Financiera Directa a los productores ganadero que implementen tecnologías para el manejo de desechos orgánicos y aguas residuales .
ANTECEDENTES:
• El proceso de intensificación de los sistemas de producción ganaderos, han obligado a los ganaderos incrementar el número de animales por superficie y por ende una mayor cantidad de estiércol en las instalaciones ganaderas.• La acumulación de estiércol y aguas residuales en las instalaciones de las explotaciones ganaderas constituyen una fuente de contaminación del medio ambiente sino se le realiza un tratamiento respectivo.• Toda explotación ganadera no puede vertir las aguas residuales y desechos orgánicos directamente a una fuente de agua (ríos, quebradas, lagos, abrevaderos); por lo tanto debe implementar tecnologías para el manejo de desechos orgánicos y aguas residuales.• Las nuevas explotaciones que supere más de 100 cabezas en estabulación deberá presentar un estudio de impacto ambiental para ser evaluado por ANAM.• Existen tecnologías para el manejo de desechos orgánicos tales como: Producción de abono orgánico tipo: Bocashi, Composty Lombricompost.• Existen tecnologías para el manejo de aguas residuales, tales como: Separador de sólidos, tina de almacenamiento de estiércol, manholl, canales de sedimentación, biodigestor y lagunas de oxidación.
El estiércol no es un desecho sino una materia prim a para la producción de abonos orgánicos y energía.
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(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMA TNORMA TÉÉCNICA PARA EL MANEJO DE DESECHOS ORGCNICA PARA EL MANEJO DE DESECHOS ORG ÁÁNICOS Y AGUAS RESIDUALES EN EXPLOTACIONES NICOS Y AGUAS RESIDUALES EN EXPLOTACIONES GANADERASGANADERAS
INVERSIONES RECONOCIDAS CON ASISTENCIA FINANCIERA D IRECTA
1. Mejoramiento de las infraestructuras de las instalaciones ganaderas. (piso, declive, techo, recolección de aguas de lluvias).
2. Infraestructuras para el manejo y tratamiento de las aguas residuales.
3. Infraestructuras y equipos para la producción de abonos orgánicos.
4. Infraestructuras y equipos para la producción de energía.
5. Estudios de impacto ambiental.
6. Asistencia técnica para el seguimiento en la implementación de las tecnologías.
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(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
MONTOS Y LÍMITES
• Reconocer el cincuenta por ciento (50 %) de la inversión en Mejoramiento de las infraestructuras de las instalaciones ganaderas. (piso, declive, techo, recolección de aguas de lluvias), sobre la base del precio tope de (B/.) 5000.00.
• Reconocer el cincuenta por ciento (50 %) las Infraestructuras para el manejo y tratamiento de las aguas residuales sobre la base del precio tope de (B/.) 9600.00
• Reconocer el cincuenta por ciento (50 %) las Infraestructuras y equipos para la producción de abonos orgánicos y el productor deberá seleccionar las alternativas tecnológica a utilizar en el sistema de producción (producción de bocashi, lombricompost, biofermentos) .
• Reconocer el cincuenta por ciento (50 %) las Infraestructuras y equipos para la producción de energía, sobre la base del precio tope de (B/.) 27100.00
• Reconocer en un cien ciento (100 %) los estudios de impacto ambiental (incluye diseños), sobre la base del precio tope de (B/.) 7000.00
• Reconocer el cincuenta por ciento (50 %) las visitas técnica para el seguimiento de la implementación de las tecnologías, sobre la base del precio tope de (B/.) 1500.00
• Los precios de referencia a diciembre de 2008.
• Realizar las inversiones en un periodo no mayor de 5 Años.
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(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMA TNORMA TÉÉCNICA PARA EL MANEJO DE DESECHOS ORGCNICA PARA EL MANEJO DE DESECHOS ORG ÁÁNICOS Y AGUAS RESIDUALES EN EXPLOTACIONES NICOS Y AGUAS RESIDUALES EN EXPLOTACIONES GANADERASGANADERAS
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMA TNORMA TÉÉCNICA PARA EL MANEJO DE DESECHOS ORGCNICA PARA EL MANEJO DE DESECHOS ORG ÁÁNICOS Y AGUAS RESIDUALES EN EXPLOTACIONES NICOS Y AGUAS RESIDUALES EN EXPLOTACIONES GANADERASGANADERAS
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
Elaborada por Elaborada por Elaborada por Elaborada por Oficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Recomendada porRecomendada porRecomendada porRecomendada porComisiComisiComisiComisióóóón Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
NORMA TNORMA TNORMA TNORMA TÉÉÉÉCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRALCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRALCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRALCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRALDE LA GANADERDE LA GANADERDE LA GANADERDE LA GANADERÍÍÍÍA OVINA Y CAPRINAA OVINA Y CAPRINAA OVINA Y CAPRINAA OVINA Y CAPRINA
ResoluciResoluciResoluciResolucióóóón Nn Nn Nn Nºººº 005005005005----CNTACNTACNTACNTA----2010201020102010ReuniReuniReuniReunióóóón Ordinaria del 11 de febrero de 2,010n Ordinaria del 11 de febrero de 2,010n Ordinaria del 11 de febrero de 2,010n Ordinaria del 11 de febrero de 2,010
La norma técnica define el apoyo del Programa de Transformación Agropecuaria para la Transformación yDesarrollo de la Ganadería ovina y caprina. Los planes de inversión presentados a partir del 11 de febrero de
2010 deberán cumplir con los siguientes requisitos y procedimientos:
1. Los beneficiarios contarán con un monto máximo a reconocer de B/. 100,000.00 por inscripción.
2. Las necesidades de la finca serán determinadas sobre la base del potencial de desarrollo de la finca y de las inversiones a realizar dependiendo del Diagnóstico y Planificación Integral de la Finca.
3. Debe considerarse la capacidad de inversión del productor para ejecutar el plan en un período no mayor de cinco (5) años.
4. La normativa no limita el tamaño máximo de fincas beneficiarias, pero sí establece un tamaño mínimo de 1(una) hectáreas . De igual forma, se establece un monto máximo de apoyo por beneficiario de CIEN MIL BALBOAS CON CERO CENTAVOS (B/. 100,000.00 ). También se establecen inversiones a reconocer y límites de cantidades para el apoyo de algunas actividades.
Los precios de referencia establecidos son corrientes, con base en mayo de 2009. La normativa será revisada por mandato de la Comisión Nacional de Transformación Agropecuaria (CNTA)
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Programa de Transformación Agropecuaria
INVERSIONES QUE SERÁN APOYADAS CON ASISTENCIA FINANCIERA INVERSIONES QUE SERÁN APOYADAS CON ASISTENCIA FINANCIERA INVERSIONES QUE SERÁN APOYADAS CON ASISTENCIA FINANCIERA INVERSIONES QUE SERÁN APOYADAS CON ASISTENCIA FINANCIERA DIRECTADIRECTADIRECTADIRECTA
1. Servicio de Asistencia Técnica para el Desarrollo Integral de Fincas
2. Equipo y accesorios para cercas eléctricas
3. Siembra y equipo para la siembra de pastos mejorados
4. Equipo de corte, picado de pasto y confección de ensilaje
5. Comederos y bebederos
6. Infraestructura y equipo para ordeño
7. Otros equipos e infraestructuras para el manejo del hato.
8. Semovientes para el mejoramiento genético
9. Infraestructura y equipo para agua y riego de pastos
10. Componente ambiental.
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Programa de Transformación Agropecuaria
3,000.00506,000.00200.00Mes30Asistencia Técnica para el Desarrollo Integral /2.
1,000.001001,000.00
Montos de Inversión
superiores a 50,001.00
Plan 1
500.00100500.00
Montos de Inversión
hasta 50,000.00
Plan 1Servicio de Diagnóstico y Planificación Integral de Fincas /1
AFD B/.
AFD %
Inversión reconocida B/.
Costo Unitario B/.
Medida
Coef.
Detalle
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIOPrograma de Transformación Agropecuaria
NORMA TNORMA TNORMA TNORMA TÉÉÉÉCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS OVINOSCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS OVINOSCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS OVINOSCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS OVINOSY CAPRINOSY CAPRINOSY CAPRINOSY CAPRINOS
1) Incluye georeferenciación, levantamiento y diseño de la división actual de la finca, croquis propuesto, análisis integral y la formulación del Plan de Inversión del productor, atendiendo la normativa.
2) Incluye un mínimo de 2 visitas por mes.
1. 1. 1. 1. SERVICIOS DE ASISTENCIA TSERVICIOS DE ASISTENCIA TSERVICIOS DE ASISTENCIA TSERVICIOS DE ASISTENCIA TÉÉÉÉCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE FINCASCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE FINCASCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE FINCASCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE FINCAS
INFORMACION ADICIONALINFORMACION ADICIONALINFORMACION ADICIONALINFORMACION ADICIONAL
Todo plan de inversión deberá contar con un diagnóstico y planificación integral referidos a la normativa y al Manual Técnico, que incluya los aspectos siguientes:
1. Caracterización de la finca (incluye entre otros: georeferenciación, levantamiento y diseño de la división actual de la finca, pastos existentes, zona agro ecológica, inventario de equipos y semovientes entre otros).
2. Indicadores de línea base. ( se indican algunos como: Intervalo entre partos, % de nacimiento, peso y edad al destete).
3. Planificación integral (incluye actividades a desarrollar sobre la base del diagnóstico y caracterización de la finca, diseño de la división de potreros surgida de la georeferenciación y los aspectos zootécnicos , cronograma de ejecución y resultados esperados, entre otros.)
4. El plan de be formularse sobre la base de las posibilidades de inversión del beneficiario y del potencial de la finca.
Se reconocerán servicios en Asistencia Técnica Integral hasta por treinta meses, siempre que los mismos sean prestados por un profesional idóneo, sustentado sobre la base de un contrato firmado entre ambas partes, previo al inicio de las labores del profesional en mención.
El profesional que brinde la asistencia técnica contratada debe presentar un informe técnico del avance del plan de inversión firmado, con la aprobación del beneficiario del plan y la respectiva factura como lo establece la Ley de Equidad Fiscal. Esta documentación debe ser adjuntada al expediente planilla.
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Programa de Transformación Agropecuaria
NOTA: SOBRE EL PERSONAL TECNICONOTA: SOBRE EL PERSONAL TECNICONOTA: SOBRE EL PERSONAL TECNICONOTA: SOBRE EL PERSONAL TECNICO
Para que las inversiones en Diagnóstico y Planificación Integral, así como en la Asistencia Técnica para el Desarrollo Integral (ATDI) sean reconocidas por el Programa de Transformación Agropecuaria, el personal técnico contratado tendrá que cumplir con los siguientes requisitos:
1. Contar con título universitario en Ciencias Agronómicas, con especialización en Zootecnia o Medicina Veterinaria.
2. Presentar el Certificado de idoneidad profesional emitida por su Consejo Técnico Nacional.3. Contar con un mínimo de cinco (5) años de experiencia en el ejercicio de la carrera4. Contar con el documento legal que emita la Oficina de Transformación Agropecuaria que conste que ha sido
capacitado en el uso de Herramientas para el Diagnóstico y Planificación Integral de Fincas* 5. El plan de inversión que está formulado por un profesional idóneo que no haya cumplido con el punto 4, no se le
reconocerá el beneficio al productor o beneficiario del Programa de Transformación.
La Oficina Nacional de Transformación Agropecuaria (OTA) elaborará una GuGuGuGuíííía Ta Ta Ta Téééécnica para el Diagncnica para el Diagncnica para el Diagncnica para el Diagnóóóóstico y la stico y la stico y la stico y la PlanificaciPlanificaciPlanificaciPlanificacióóóón Integral de Fincan Integral de Fincan Integral de Fincan Integral de Finca, que será utilizada para la aprobación de los planes de inversión.
De igual manera, la OTA ofrecerá cursos de capacitación en el uso de Herramientas para el Diagnóstico y Planificación Integral de Fincas para la certificación de profesionales que deseen ofrecer este servicio. La OTA definirá los criterios, normas y procedimientos del curso, así como cualquier costo que se determine pudiera eventualmente incorporarse.
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Programa de Transformación Agropecuaria
2.2.2.2. EQUIPOS Y ACCESORIOS PARA CERCAS ELEQUIPOS Y ACCESORIOS PARA CERCAS ELEQUIPOS Y ACCESORIOS PARA CERCAS ELEQUIPOS Y ACCESORIOS PARA CERCAS ELÉÉÉÉCTRICASCTRICASCTRICASCTRICAS....
275.0050550.00550.00Unidad1Panel solar
* Opcional Para donde no haya energía eléctrica.
Nota :No se reconocerán cercas perimetrales.
Equipo de generación eléctrica básica*
1,600.00503,200.00320.00Km. lineal10Equipo, materiales e Instalación de
cerca eléctrica
AFD B/.
AFD %
Inversiónreconocida
CostoUnitario
MedidaCoef
.Detalle
....
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Programa de Transformación Agropecuaria
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Programa de Transformación Agropecuaria
AFD B/.
AFD %
Inversión Reconocida Hasta
B/.
MedidaCoefDetalle 1
2,000.00504,000.00ha.20
Siembra de pasto mejorado y banco de
proteína.
Pasto mejorado
1. Sólo se aceptarán 20 hectáreas de pasto a razón de B/. 100.00 por hectárea y un tope por beneficiario de B/. 2,000.00 y se reconocerán 50% de AFD.
3.3.3.3. SIEMBRA DE PASTOS MEJORADOSSIEMBRA DE PASTOS MEJORADOSSIEMBRA DE PASTOS MEJORADOSSIEMBRA DE PASTOS MEJORADOS
4. EQUIPO DE CORTE, PICADO DE PASTO Y CONFECCI4. EQUIPO DE CORTE, PICADO DE PASTO Y CONFECCI4. EQUIPO DE CORTE, PICADO DE PASTO Y CONFECCI4. EQUIPO DE CORTE, PICADO DE PASTO Y CONFECCIÓÓÓÓN DE ENSILAJESN DE ENSILAJESN DE ENSILAJESN DE ENSILAJES
2,500.00505,000.00Unidad1Segadora
Henificación
5,000.005010,000.00Unidad1Embaladora
1,500.00503,000..00Unidad1Ensilaje
4,000.00508,000.00Unidad1Con motor (1.5 T.M./hora)
Picadora de pastos con motor
AFD (B/)AFD (%)Inversión Reconocida hasta (B/.)
MedidaCoef.
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Programa de Transformación Agropecuaria
1,500.00503,000.00Ordeñadora portátil (2 puestos)
5,000.005010,000.00Sala de ordeño
2,500.00505,000.00Sistema de enfriamiento de leche
15,000.005030,000.00Galera 1
AFD(B/)
AFD%
Inversión Reconocida hasta (B/.)
Detalle
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Programa de Transformación Agropecuaria
5. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPO PARA ORDE5. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPO PARA ORDE5. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPO PARA ORDE5. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPO PARA ORDEÑÑÑÑOOOO
1 La galera podría contar con piso de madera o plástico suspendido a un metro de altura, techo de zinc con carriolas, cercado con malla corralera o ciclón, bebedero automático, comedero y salero.
6. SEMOVIENTES PARA EL MEJORAMIENTO GENÉTICO
12,500.005025,000.001,000.00unidad25Costo de embrión
5,000.005010,000.002,000.00unidad5Sementales
25,000.005050,000.001,000.00unidad50Vientres
30,000.00Animales de alta calidad genética**
375.0050750.0075.00unidad10Mano de obra especializada
6,625.00Transplante de embriones**
AFD(B/)
AFD%
Inversión Reconocida hasta (B/.)
Costo Unitario
(B/.)
MedidaCoefDetalle
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Programa de Transformación Agropecuaria
6.1 6.1 6.1 6.1 SEMOVIENTES PARA EL MEJORAMIENTO GENSEMOVIENTES PARA EL MEJORAMIENTO GENSEMOVIENTES PARA EL MEJORAMIENTO GENSEMOVIENTES PARA EL MEJORAMIENTO GENÉÉÉÉTICOTICOTICOTICO
*Los semovientes para el mejoramiento genLos semovientes para el mejoramiento genLos semovientes para el mejoramiento genLos semovientes para el mejoramiento genéééético:tico:tico:tico:-Los vientres para la producción su encaste dependerá del diagnóstico de línea base del hato y con una edad no mayor de 4 años. -El semental será no mayor de 3 años de edad. Su encaste dependerá del diagnóstico de línea base del hato.
Para que se reconozcan estas inversiones, todos estos requisitos deberán ser documentados para la verificación y certificación de la Dir. Nacional de Ganadería del MIDA en conjunto con el IDIAP, e incluidas en el expediente de planilla para la aprobación de la OTA.
La Dir. Nacional de Ganadería deberámantener actualizada a la OTA del registro previo de fincas certificadas en conjunto con el IDIAP.
No se aceptará ninguna compra si no se cumple con este procedimiento.
NOTA:NOTA:NOTA:NOTA: El beneficiario tendrá que elegir entre invertir en sementales o transplante de embriones
El beneficiario antes de invertir en estos temas deberá solicitar, previa certificaciones de la finca y de los animales a comprar y en transplante de embriones.
*** Transplante de embriones*** Transplante de embriones*** Transplante de embriones*** Transplante de embriones
Sólo para fincas con alta tecnología y alta genética, dedicadas a la producción de sementales o animales de reemplazo para cubrir la demanda de los productores, registradas previamente en la Dirección Nacional de Ganadería del MIDA y del IDIAP. Esta documentación deberá ser enviada a la OTA, posterior a este procedimiento deregistro y certificación para que sea incorporada al Plan de Inversión y al Expediente Planilla.
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Programa de Transformación Agropecuaria
500.0050%1,000.001Turbina sumergible
2,000.0050%4,000.002Molino de viento
1,500.0050%3,000.001Fuentes de agua *
2,500.0050%5,000.001Equipo de riego para pastos * *
2,500.0050%5,000.001Sistema de energía solar para bombeo de agua
300.0050%600.001Tanque de almacenamiento de agua
AFD B/.
AFD %
Inversión reconocida HASTA B/. Coef.
Detalle
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Programa de Transformación Agropecuaria
7. Infraestructura y Equipo para Agua y Riego de Pastos
* Se reconocerá una inversión hasta un máximo de B/. 3,000.00. Incluye perforación de pozo y represa.
•* Incluye bombas, tuberías para riego por aspersión, payasos o aspersores, mangueras de succión, shake ball. También se apoyarán aquellos sistemas por gravedad que no incluyan bombas, siempre y cuando la inversión en tuberías superelos B/. 5,000.00.
* Para el reconocimiento de inversiones en PML, se requerirá que el beneficiario haya presentado un plan de inversión a la Oficina de Transformación Agropecuaria y ésta a su vez lo enviará a la Unidad Ambiental del MIDA, la cual forma parte del proceso para su revisión y recomendación, de acuerdo con las normas establecidas por ANAM y con los procedimientos del Programa de Transformación Agropecuaria, en la Normativa Específica de este tema.
8.8.8.8. COMPONENTE AMBIENTALCOMPONENTE AMBIENTALCOMPONENTE AMBIENTALCOMPONENTE AMBIENTAL
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Programa de Transformación Agropecuaria
200.00100%200.002Capacitación al productor
10,000.0050%20,000.001Infraestructura y equipo para la Producción Más Limpia.*
7,000.00100%7,000.001
Diagnóstico y caracterización, incluye planos, diseños y plan de inversión de este tema.
AFD B/.
AFD %
Inversión reconocida HASTA B/. Coef.
Detalle
Ministerio de Desarrollo AgroMinisterio de Desarrollo AgroMinisterio de Desarrollo AgroMinisterio de Desarrollo AgroMinisterio de Desarrollo AgroMinisterio de Desarrollo AgroMinisterio de Desarrollo AgroMinisterio de Desarrollo AgropecuariopecuariopecuariopecuariopecuariopecuariopecuariopecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóóóóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
aÉÜÅtà|ät ctÜt TzÜÉ|ÇwâáàÜ|taÉÜÅtà|ät ctÜt TzÜÉ|ÇwâáàÜ|taÉÜÅtà|ät ctÜt TzÜÉ|ÇwâáàÜ|taÉÜÅtà|ät ctÜt TzÜÉ|ÇwâáàÜ|texáÉÄâv|exáÉÄâv|exáÉÄâv|exáÉÄâv|™™™™Ç CDHÇ CDHÇ CDHÇ CDH@@@@CNTA@@@@ECDD wx EC ECDD wx EC ECDD wx EC ECDD wx EC wxwxwxwx áxÑà|xÅuÜx wx ECDDáxÑà|xÅuÜx wx ECDDáxÑà|xÅuÜx wx ECDDáxÑà|xÅuÜx wx ECDD
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Programa de Transformación Agropecuaria
AGROINDUSTRIA AGROINDUSTRIA Es la transformaciEs la transformacióón de la materia prima proveniente del sector n de la materia prima proveniente del sector agropecuario, acuagropecuario, acuíícola y forestal travcola y forestal travéés del manejo post cosecha, s del manejo post cosecha, conservaciconservacióón y procesamiento a distintos niveles tecnoln y procesamiento a distintos niveles tecnolóógicos: caseros, gicos: caseros, artesanales, artesanales, semindustrialsemindustrial e industrial para obtener productos que e industrial para obtener productos que puedan ser comercializados en el mercado nacional e internacionapuedan ser comercializados en el mercado nacional e internacional. l.
AIR (Agroindustria Rural)AIR (Agroindustria Rural) actividad que permite aumentar y retener en actividad que permite aumentar y retener en las zonas rurales el valor agregado de la produccilas zonas rurales el valor agregado de la produccióón n nacional nacional de las de las economeconomíías campesinas, a travas campesinas, a travéés de la ejercicios de tareas de post s de la ejercicios de tareas de post cosecha en los productos provenientes de explotaciones cosecha en los productos provenientes de explotaciones silvosilvoagropecuarias, tales como selecciagropecuarias, tales como seleccióón, el lavado, la clasificacin, el lavado, la clasificacióón, el n, el almacenamiento, la conservacialmacenamiento, la conservacióón, la transformacin, la transformacióón, el empaque, el n, el empaque, el transporte y la comercializacitransporte y la comercializacióón. Independientemente de su localizacin. Independientemente de su localizacióón n a a nivel nacionalnivel nacional. .
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Programa de Transformación Agropecuaria
Para el desarrollo de un modelo agroindustrial panameño que contribuya al mejoramiento de la economía rural, a través de la incorporación de actividades agroindustriales asociadas a los sectores productivos agrícola y pecuario, que sea generador de empleos e ingresos en el medio rural, el MIDA tiene un doble desafío, por lo que, a través del Programa de Transformación Agropecuaria se Instrumentará e impulsará el fomento para el desarrollo de las actividades que garanticen la seguridad alimentaria del país, incentivando los negocios que se deriven de la actividad agroindustrial, que es uno de los sectores económicos más importantes en la vida nacional del sector económico nacional.
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Programa de Transformación Agropecuaria
La actividad agroindustrial, comprende la transformación de productos procedentes de la producción agropecuaria, acuícola y forestal. Para tales efectos, a través de La Ley 25 se le dará Asistencia Financiera Directa a las agro industrias cuya existencia estará certificada por la Dirección Nacional de Agroindustrias del MIDA (DINA).
Requisitos:
1. Toda agroindustria que se beneficie con el Programa de Transformación Agropecuaria, Ley 25 de 2001, deberá presentar una fotocopia de la certificación de existencia por la DINA al momento de inscribirse, en la Agencia de Servicios Agropecuarios del MIDA; la misma deberá ser adjuntada al Formulario de Inscripción.
2. El Plan de Inversión debe ser elaborado por un profesional certificado por la OTA
3. El Plan de Inversión presentado por parte de las agroindustrias se desarrollará en el lugar de ubicación de la empresa. . De existir la necesidad De existir la necesidad de reubicacide reubicacióón de las instalaciones con plena justificacin de las instalaciones con plena justificacióón durante la n durante la ejecuciejecucióón del Plan de Inversin del Plan de Inversióón, se coordinarn, se coordinaráá con la OTA .con la OTA .
INVERSIONES QUE SERINVERSIONES QUE SERINVERSIONES QUE SERINVERSIONES QUE SERÁÁÁÁN APOYADAS CON ASISTENCIA FINANCIERA N APOYADAS CON ASISTENCIA FINANCIERA N APOYADAS CON ASISTENCIA FINANCIERA N APOYADAS CON ASISTENCIA FINANCIERA DIRECTADIRECTADIRECTADIRECTA
1. Servicio de Asistencia Técnica para el Desarrollo de la Agroindustria.
2. Infraestructura para la agroindustria.
3. Equipos agroindustriales nuevos o de segunda
4. Aplicaciones tecnológicas
5. Sistema de gestión
6. Gestión de Calidad e inocuidad.
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Programa de Transformación Agropecuaria
Detalle Coef. MedidaCosto Unitario
B/.Inversión
reconocida B/. AFD
%AFD B/.
Servicio de Diagnóstico y Planificación Integral de Fincas /1
1 Plan Montos de
Inversión hasta 50,000.00
1,000.00 1,000.00
1 Plan
Montos de Inversión
superiores a 50,001.00
2,000.00 2,000.00
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Programa de Transformación Agropecuaria
NORMA TNORMA TNORMA TNORMA TÉÉÉÉCNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA AGROINDUSTRIACNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA AGROINDUSTRIACNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA AGROINDUSTRIACNICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA AGROINDUSTRIA
1) Incluye georeferenciación, levantamiento y diseño de la división actual del proyecto, croquis propuesto, análisis integral y la formulación del Plan de Inversión del productor, atendiendo la normativa y asesoramiento hasta el desembolso.
1. SERVICIOS DE ASISTENCIA T1. SERVICIOS DE ASISTENCIA T1. SERVICIOS DE ASISTENCIA T1. SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉÉÉÉCNICA PARA EL DESARROLLO DE LA AGROINDUSTRIACNICA PARA EL DESARROLLO DE LA AGROINDUSTRIACNICA PARA EL DESARROLLO DE LA AGROINDUSTRIACNICA PARA EL DESARROLLO DE LA AGROINDUSTRIA
Detalle Coef. MedidaCosto
Unitario B/.
Inversión Total Reconocida HASTA B/.
AFD %
AFD B/.
Const. O Remodelación de planta 1 Unidad 200,000.00 200,000.00 50% 100,000.00
Diseño, plano y permiso 1 Unidad 5,000.00 5,000.00 50% 2,500.00
2. INFRAESTRUCTURA PARA LA AGROINDUSTRIA.
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Programa de Transformación Agropecuaria
• Se debe definir construcción y remodelación
3. EQUIPOS AGROINDUSTRIALES (NUEVOS O DE SEGUNDA).3. EQUIPOS AGROINDUSTRIALES (NUEVOS O DE SEGUNDA).3. EQUIPOS AGROINDUSTRIALES (NUEVOS O DE SEGUNDA).3. EQUIPOS AGROINDUSTRIALES (NUEVOS O DE SEGUNDA).
Detalle Coef. Medida Costo Unitario (B/.)Inversión Reconocida hasta (B/.)
AFD (%) AFD (B/)
Equipo agroind. nuevos 10 Unidad 20,000.00 200,000.00 50 100,000.00
Equipo agroind. De segunda 10 Unidad 10,000.00 100,000.00 50 50,000.00
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4. APLICACIONES TECNOLÒGICAS
Detalle Coef Medida Costo Unitario (B/.)
Inversión Reconocida hasta (B/.)
AFD%
AFD(B/)
Software 1 Unidad 5,000.00 5,000.00 50 2,500.00
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5. SISTEMA DE GESTIÒN
Detalle Coef. MedidaCosto
Unitario B/.
Inversión reconocida HASTA B/.
AFD %
AFD B/.
Asistencia Técnica 2 Unidad 10,000.00 20,000.00 50% 10,000.00
Certificaciones 6 Unidad 10,000.00 60,000.00 50% 30,000.00
Registros Sanitarios 5 Unidad 500.00 2,500.00 50% 1,250.00
Gestión de calidad N/A Unidad
N/A 10,000.00 50% 5,000.00
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6. GESTIÓN DE CALIDAD E INOCUIDAD
Detalle Coef. Medid
a Costo unitari
o B/.
Inversión Reconocida
Hasta B/.
AFD%
AFD B/.
Diagnóstico y caracterización, Incluye planos, diseños y Plan de inversión de este tema (EIA).
1 Unidad 5000.00 5000.00 100 5000.00
Capacitación al productor 2 Unidad 500.00 1000.000 100 1000.00
Infraestructura y equipo para la PML** N.A Unidad N.A 20,000.00 50 10,000.00
*PML *PML *PML *PML = Producción Más Limpia MANUALMANUALMANUALMANUAL
**Para el reconocimiento de inversiones en PMLPMLPMLPML, se requerirá que el beneficiario haya presentado un plan de inversión a la Oficina de Transformación Agropecuaria y ésta a su vez lo enviará el técnico de la Unidad Ambiental de la Dirección Nacional de Agroindustrias con enlace de la Unidad Ambiental del MIDA Panamá y la cual forma parte del proceso para su revisión y recomendación, de acuerdo con las normas establecidas por ANAM y con los procedimientos del Programa de Transformación Agropecuaria, en la Normativa Específica de este tema.
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Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
aÉÜÅtà|ät ctÜt xÄ eâuÜÉ aÉÜÅtà|ät ctÜt xÄ eâuÜÉ aÉÜÅtà|ät ctÜt xÄ eâuÜÉ aÉÜÅtà|ät ctÜt xÄ eâuÜÉ llllâvtâvtâvtâvt
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Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
180.003Ha.IndividualPreparación de suelo*
Actividad Actividad Tipo de Tipo de
Productor a Productor a BeneficiarBeneficiar
Unidad de Unidad de Medida Medida
Unidad Tope Unidad Tope por tipo de por tipo de ProductoProducto
Costo Unitario Costo Unitario de Referencia de Referencia
(1) (1)
Semilla Certificada Individual Varetas 6,000.00 0.25
Equipos y Materiales Agrícolas**
Individual y Colectivo(2)
unidad 12.00 5,000.00
Sistema de riego por goteo Individual y Colectivo(2)
Unidad 1 6,000.00
* Se contempla si no aplica para el renglón de equipo
**Subsoladores, encamadoras, cosechadoras de raíces y tubérculos, trituradoras de residuos de cosecha.
(1) La Asistencia Financiera Directa será el 50% de el costo unitario de referencia
(2) En los proyectos de producción bajo la modalidad de colectivo, los productores deberán presentar su Plan de inversión individualmente y la
sumatoria de éstos conformarán el plan de la organización, sustentada en una solicitud colectiva.
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(Ley 25 de 2001)
RUBRO: YUCA
aÉÜÅtà|ät wxaÉÜÅtà|ät wxaÉÜÅtà|ät wxaÉÜÅtà|ät wxóóóótÅxtÅxtÅxtÅxexáÉÄâv|exáÉÄâv|exáÉÄâv|exáÉÄâv|™™™™Ç CEGÇ CEGÇ CEGÇ CEG@@@@CNTA@@@@ECDDECDDECDDECDD
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
Actividad Tipo de Productor a
BeneficiarUnidad
de Medida
Unidad Tope por tipo de Producto
Costo Unitario de Referencia (1)
Bomba de riego Individual unidad 1 3,000.00
Filtro (equipo) Individual unidad 1 230.00
Equipo (venturi) Individual unidad 1 366.00
Materiales de riego parcelario Individual unidad 3 1,762.00
Pozos Profundos Individual unidad 1 2,000.00
Semilla (In Vitro) Certificada Individual Planta 40,000.00 0.60
Tutorado Individual ha 3 1,200.00
Preparación de suelo Individual Ha. 3 180.00
Equipos, materiales agrícolas * Individual unidad 8 5,000.00
Acolchado Plástico Individual ha 3 2,500.00
*Subsoladores, encamadoras, cosechadoras de raíces y tubérculos, trituradoras de residuos de cosecha
(1) La Asistencia Financiera Directa será el 50% de el costo unitario de referencia
`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|ÉPrograma de Transformación Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)RUBRO: ÑAME
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
aÉÜÅtà|ät wx VxuÉÄÄtaÉÜÅtà|ät wx VxuÉÄÄtaÉÜÅtà|ät wx VxuÉÄÄtaÉÜÅtà|ät wx VxuÉÄÄtexáÉÄâv|exáÉÄâv|exáÉÄâv|exáÉÄâv|™™™™Ç CEHÇ CEHÇ CEHÇ CEH@@@@CNTA@@@@ECDDECDDECDDECDD
Elaborada por Elaborada por Elaborada por Elaborada por Oficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Actividad Actividad Tipo de Tipo de
Productor Productor a a
BeneficiarBeneficiar
Unidad de Unidad de Medida Medida
Unidad Unidad Tope por Tope por tipo de tipo de
ProductoProducto
Costo Unitario Costo Unitario de Referencia de Referencia (1)(1)
I. Sistema de RiegoBombaFiltrosVenturiGoteo ParcelarioPerforación de pozo
Individual Unidad11111
2,500.001,000.00
400.009,300.002,000.00
III. Equipo, materiales agrícolas 6 3,000.00 18,000.00
IV. Infraestructura- Casa cultivo metal- Secador solar
IndividualUnidad200 m²
11
20,000.002,000.00
V. Capacitación- Técnicas de cultivos
Individual Sesiones 6 3,000.00
VI. Material genético Certificado Individual Ha. 6 Latas 1,200.00
(1) La Asistencia Financiera Directa será el 50% de el costo unitario de referencia
`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|ÉPrograma de Transformación Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)
eâuÜÉ M eâuÜÉ M eâuÜÉ M eâuÜÉ M PALMA DE ACEITEPALMA DE ACEITEPALMA DE ACEITEPALMA DE ACEITE
exáÉÄâv|exáÉÄâv|exáÉÄâv|exáÉÄâv|™™™™Ç CEIÇ CEIÇ CEIÇ CEI@@@@CNTA@@@@ECDDECDDECDDECDD
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
(1) Obtención de material de alto rendimiento, resistencia a enfermedades y alta producción de Palma de Aceite
`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|É`|Ç|áàxÜ|É wx WxátÜÜÉÄÄÉ TzÜÉÑxvâtÜ|ÉPrograma de Transformación Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)RUBRO: PALMA DE ACEITE
TIPO DE PRODUCTOR: INDIVIDUAL O COLECTIVO
17,500.0035,000.007.00Mts. lineales5,000.00Habilitación de caminos
56,250.0050%112,500.0075 .00Mts.lineales1500Drenaje
15,000.00Porcentual30,000.0030,000.00Unidad1Camión 6 ruedas y vagón *
13,000.0026,000.0026,000.00Unidad1Tractor neumático 63 HP
500.0050%1000.001000.00Unidad1Carretón
3,750.0050%7,500.0060.00hrs./ha2.5
Preparación de suelos.1- Subsolador
2,500.002,500.00
50%5,000.005,000.00
5,000.005,000.00
1-101-10
hashas
Infraestructuras, instalaciones y Equipos para Vivero.Riego
99,815.6250%1,023.755.25Ha51-195Material genético (semilla)
21,000.0050%840.005.25Has1-50Material genético (Plantón)
Certificado(1)
AFD B/.AFD %InversiónReconocida B/.
CostoUnitario B/.
Unidad de Medida
Coef.Actividad
aÉÜÅtà|ät cÉÜÉàÉ? aÉÜÅtà|ät cÉÜÉàÉ? aÉÜÅtà|ät cÉÜÉàÉ? aÉÜÅtà|ät cÉÜÉàÉ? YÜ|}ÉÄYÜ|}ÉÄYÜ|}ÉÄYÜ|}ÉÄ? ZâtÇw? ZâtÇw? ZâtÇw? ZâtÇwØØØØ
exáÉÄâv|exáÉÄâv|exáÉÄâv|exáÉÄâv|™™™™Ç CEJÇ CEJÇ CEJÇ CEJ@@@@CNTA@@@@ECDDECDDECDDECDDElaborada por Elaborada por Elaborada por Elaborada por
Oficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
(1) La Asistencia Financiera Directa será el 50% de el costo unitario de referencia
Ministerio de Desarrollo AgropecuariocÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t
(Ley 25 de 2001)RUBRO: POROTO, Frijol, Guandú
(2) En los proyectos de producción bajo la modalidad de colectivo, los productores deberán presentar su Plan de inversión individualmente y la sumatoria de éstos conformarán el plan de la organización, sustentada en una solicitud colectiva.
250.00200.00
2.50
120
20 qqbolsa
IndividualInfraestructura - Silos metálicos- Silos de bolsa hermético
5,000.003,000.001,000.001,000.00
111
UnidadIndividualEquipos- Trilladora-Secador-Brillantador
2,000.0010Has.IndividualMaterial genético (semilla certificada).
53,000.001UnidadColectivoInfraestructura y Equipo - Planta Procesadora
137,000.001UnidadColectivoInfraestructura y Equipo - Centro de Acopio
60,000.001UnidadColectivo (2)Infraestructura y Equipo -Planta de Semilla
Costo Unitario de Referencia (1) (B/.)
Unidad Tope por tipo de
Producto
Unidad de Medida
Tipo de Productor a Beneficiar
Actividad
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMATIVA DE PRODUCCIÓN DE PIÑA PARA PROYECTOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS
ECDDECDDECDDECDD
Elaborada por Elaborada por Elaborada por Elaborada por Oficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Recomendada porRecomendada porRecomendada porRecomendada porComisiComisiComisiComisióóóón Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMATIVA DE PRODUCCIÓN DE PIÑA PARA PROYECTOS INDI VIDUALES Y COLECTIVOS (1)
Actividad
Coeficientes Reconocimiento AFD
MedidaCoeficiente
Técnico
Costo Unitario
(B/.)
Cantidad
ha
InversiónTotal (1)
(B/.)
Porcentaje%
Montomáximo
(B/.)
Mejoramiento Genético (Semilla) Certificada (MD2) Unidades 60,000.00 0.25 5.00 75,000.00 50 37,500.00
Equipo de Riego 16,550.00
Bomba de Riego Unidad 1 3,100.00 3,100.00 50 1,550.00
Sistema Parcelario Unidad 5 3,500.00 5.00 17,500.00 50 8,750.00
Acolchado Unidad 5 2,500.00 5.00 12,500.00 50 6,250.00
Pozo Profundo Unidad 1 2,500.00 2,500.00 50 1,250.00
Tanque de reserva de agua C/P Unidad 1 1,500.00 1,500.00 50 750.00
Protectores de cultivo Unidad 1 4,282.00 5.00 21,410.00 50 10,705.00
Equipo Agrícola 16,250.00
Bomba de Fumigar (Estacionaria) Unidades 1 1,500.00 1,500.00 50 750.00
Bomba de Fumigar (Boom) Unidades 1 22,000.00 22,000.00 50 11,000.00
Arado o semirroma1 Unidades 1 3,000.00 3,000.00 50 1,500.00
Subsolador Unidad 1 3,000.00 3,000.00 50 1,500.00
Encamadora Unidad 1 3,000.00 3,000.00 50 1,500.00
(1) En los proyectos de producción bajo la modalidad de colectivo, los productores deberán presentar su Plan de inversión individualmente y la sumatoria de éstos conformarán el plan de la organización, sustentada en una solicitud colectiva.
j1
Diapositiva 90
j1 judvargas, 15/02/12
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)NORMATIVA DE PRODUCCIÓN DE PIÑA PARA PROYECTOS INDI VIDUALES Y COLECTIVOS (1)
Actividad
Coeficientes Reconocimiento AFD
MedidaCoeficien
te Técnico
Costo Unitario
(B/.)
Cantidad
ha
InversiónTotal (1)
(B/.)
Porcentaje%
Montomáximo
(B/.)
Mecanización Agrícola 7,962.50
Desmonte o incorporación vegetal * Horas/màq 8 87.50 5 3,500.00 50 1,750.00
Arado* Horas/màq 2 35.00 5 350.00 50 175.00
Semiroma (3 pases)* Horas/màq 5 35.00 5 875.00 50 437.50
Subsolado (2 pases)* Horas/màq 8 40.00 5 1,600.00 50 800.00
Encamado Horas/màq 5 40.00 5 1,000.00 50 500.00
Drenajes en curvas de nivel Horas/màq 2 35.00 5 350.00 50 175.00
Inductor de floración y maduración Horas/màq 4 50.00 5 1,000.00 50 500.00
Aplic.de protectores de cultivos Horas/màq 15 50.00 5 3,750.00 50 1.875.00
Aplicación de foliares Horas/màq 14 50.00 5 3,500.00 50 1.750.00
Equipo de cosecha 4,350.00
Carretón Unidad 1 2,000.00 2,000.00 50 1,000.00
Equipo de monitoreo de Calidad Unidad 1 700.00 700.00 50 350.00
Cajas plásticas para cosecha Unidades 500 12.00 6,000.00 50 3,000.00
Protección laboral 500.00
Ropa protectora Unidad 2 500.00 2 1,000.00 50 500.00
TOTAL87,855.00/79,567.50
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMATIVA DE PRODUCCIÓN DE PLÁTANO PARA PROYECTOS INDIVIDUALES
Aprobada en la ReuniAprobada en la ReuniAprobada en la ReuniAprobada en la Reunióóóón Ordinaria CNTA n Ordinaria CNTA n Ordinaria CNTA n Ordinaria CNTA ----002002002002---- 20122012201220127 de Febrero de 20127 de Febrero de 20127 de Febrero de 20127 de Febrero de 2012
Resolución 005- CNTA-2012 de 7 de febrero de 2012
Elaborada por Elaborada por Elaborada por Elaborada por Oficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Recomendada porRecomendada porRecomendada porRecomendada porComisiComisiComisiComisióóóón Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacin Nacional de Trasformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMATIVA DE PRODUCCIÓN DE PLÁTANO PARA PROYECTOS I NDIVIDUALES.
Actividad
Coeficientes Reconocimiento AFD
MedidaCoeficiente
Técnico
Costo Unitario
(B/.)
Cantidad ha
InversiónTotal (B/.)
Porcentaje%
Montomáximo
(B/.)
Mejoramiento Genético (Semilla) Unidades 2,500 0.60 5.0 7,500.00 50 3,750.00
Equipo de Riego 10,300.00
Bomba de Riego Unidad 1 3,100.00 3,100.00 50 1,550.00
Sistema Parcelario Unidad 1 3,500.00 5.0 17,500.00 50 8,750.00
Pozo Profundo Unidad 1 2,500.00 2,500.00 50 1,250.00
Bolsa para protección de fruta Unidad 2,500 0.15 5.0 1,875.00 50 937.50
Drenaje has. 1.0 800.00 5.0 4,000.00 50 2,000.00
Programa de Monitoreo Global 5 1,200.00 5.0 6,000.00 50 3,000.00
Centro de Acopio* Unidad 1 10,000.00 5.0 10,000.00 50 5,000.00
TOTAL 26,237.50
* Aplica para 5 hectáreas
aÉÜÅtà|ät wx [ÉÜàtÄ|étá wx aÉÜÅtà|ät wx [ÉÜàtÄ|étá wx aÉÜÅtà|ät wx [ÉÜàtÄ|étá wx aÉÜÅtà|ät wx [ÉÜàtÄ|étá wx g|xÜÜtá TÄàtá g|xÜÜtá TÄàtá g|xÜÜtá TÄàtá g|xÜÜtá TÄàtá
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Elaborada por Elaborada por Elaborada por Elaborada por Oficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMATIVA PARA EL RUBRO DE HORTALIZAS DE TIERRAS A LTAS PARA PROYECTOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS.
Actividad
Coeficientes Reconocimiento AFD
MedidaCoeficiente
Técnico
Costo Unitario
(B/.)
Cantidad ha
InversiónTotal (1)
(B/.)
Porcentaje%
Montomáximo
(B/.)
Invernadero, Estructura y Plástico Unidades 5 9,000.00 1.00 45,000.00 50 22,500.00
Equipo de Riego 5,000.00
Bomba de Riego Unidad 1 3,100.00 3,100.00 50 1,550.00
Filtros Unidad 1 1,000.00 1,000.00 50 500.00
Venturi Unidad 1 400.00 400.00 50 200.00
Microaspersores Unidad 1 2,000.00 2,000.00 50 1,000.00
Goteo Parcelario Unidad 1 3,500.00 3,500.00 50 1,750.00
Acolchado Unidad 1 1,250.00 1,250.00 50 625
TOTAL 28,125.00
aÉÜÅtà|ät wx g|xÜÜtá Ut}táaÉÜÅtà|ät wx g|xÜÜtá Ut}táaÉÜÅtà|ät wx g|xÜÜtá Ut}táaÉÜÅtà|ät wx g|xÜÜtá Ut}táECDEECDEECDEECDE
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Elaborada por Elaborada por Elaborada por Elaborada por Oficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMATIVA PARA EL RUBRO DE HORTALIZAS DE TIERRAS B AJAS PARA PROYECTOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS.
Actividad
Coeficientes Reconocimiento AFD
MedidaCoeficiente
Técnico
Costo Unitario
(B/.)
Cantidad ha
InversiónTotal (1)
(B/.)
Porcentaje%
Montomáximo
(B/.)
Invernadero, Estructura y Plástico Unidades 5 10,000.00 1.00 50,000.00 50 25,000.00
Equipo de Riego 5,000.00
Bomba de Riego Unidad 1 3,100.00 3,100.00 50 1,550.00
Filtros Unidad 1 1,000.00 1,000.00 50 500.00
Venturi Unidad 1 400.00 400.00 50 200.00
Microaspersores Unidad 1 2,000.00 2,000.00 50 1,000.00
Goteo Parcelario Unidad 1 3,500.00 3,500.00 50 1,750.00
Acolchado Unidad 1 950.00 1,250.00 50 625
TOTAL 30,625.00
aÉÜÅtà|ät wx YÜâàtÄxáaÉÜÅtà|ät wx YÜâàtÄxáaÉÜÅtà|ät wx YÜâàtÄxáaÉÜÅtà|ät wx YÜâàtÄxáECDEECDEECDEECDE
exáÉÄâv|exáÉÄâv|exáÉÄâv|exáÉÄâv|™™™™Ç CCJÇ CCJÇ CCJÇ CCJ-CNTA-ECDE wx J ECDE wx J ECDE wx J ECDE wx J wxwxwxwx yxuÜxÜÉ wx ECDEyxuÜxÜÉ wx ECDEyxuÜxÜÉ wx ECDEyxuÜxÜÉ wx ECDE
Elaborada por Elaborada por Elaborada por Elaborada por Oficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de TransformaciOficina de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)NORMATIVA DE PRODUCCIÓN DE FRUTALES PARA PROYECTOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS.
Actividad
Coeficientes Reconocimiento AFD
MedidaCoeficiente
Técnico
Costo Unitario
(B/.)
Cantidad ha
InversiónTotal (1)
(B/.)
Porcentaje%
Montomáximo
(B/.)
Mejoramiento Genético (Semilla), Plantones Fiscalizados Ha. 1 1,875.00 1-10 18,750.00 50 9,375.00 *
Mejoramiento Genético (Semilla), plantones Certificados Ha. 1 3,750.00 1-10 37,500.00 50 18,750.00 *
Equipo de Riego 19,050.00
Bomba de Riego Unidad 1 3,100.00 3,100.00 50 1,550.00
Sistema Parcelario Unidad 1 3,500.00 1-10 35,000.00 50 17,500.00
Pozo Profundo Unidad 1 2,000.00 2,000.00 50 1,000.00
Instalación y Equipos para Viveros Unidad 1 7,000.00 7,000.00 50 3,500.00
Casa Malla o Invernadero Módulo 1 10,000.00 1-2 20,000.00 50 10,000.00
Maquinaria y equipo especializado Unidad 1 1,000.00 1-5 5,000.00 50 2,500.00
Bolsa para protección de Frutas Ha. 1 1,500.00 1-10 15,000.00 50 7,500.00
TOTAL
52,925.00 *62,300.00 *
* Aplica solo una de las dos
aÉÜÅtà|ätá wx VâvâÜu|àaÉÜÅtà|ätá wx VâvâÜu|àaÉÜÅtà|ätá wx VâvâÜu|àaÉÜÅtà|ätá wx VâvâÜu|àöööövxtá vxtá vxtá vxtá ÑtÜt Ät XåÑÉÜàtv|ÑtÜt Ät XåÑÉÜàtv|ÑtÜt Ät XåÑÉÜàtv|ÑtÜt Ät XåÑÉÜàtv|™™™™ÇÇÇÇ
exáÉÄâv|exáÉÄâv|exáÉÄâv|exáÉÄâv|™™™™Ç CCKÇ CCKÇ CCKÇ CCK@@@@CNTA-ECDE wx J ECDE wx J ECDE wx J ECDE wx J wxwxwxwx yxuÜxÜÉ wx ECDEyxuÜxÜÉ wx ECDEyxuÜxÜÉ wx ECDEyxuÜxÜÉ wx ECDE
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo Agropecuario
cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|cÜÉzÜtÅt wx gÜtÇáyÉÜÅtv|™™™™Ç TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|tÇ TzÜÉÑxvâtÜ|t(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMATIVA PARA EL RUBRO DE CUCURBITACEAS PARA LA E XPORTACIÓN PARA PROYECTOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS.
.
Actividad
Coeficientes Reconocimiento AFD
MedidaCoeficiente
Técnico
Costo Unitario
(B/.)Cantidad
ha
InversiónTotal (1)
(B/.)Porcentaje
%
Montomáximo
(B/.)
Semilla Certificada Ha. 1 2,000.00 1-10 20,000.00 50 10,000.00
Equipo de Riego 21,500.00
Equipo de Bombeo Unidad 1 4,600.00 4,600.00 50 2,300.00
Filtros Unidad 3 1,000.00 3,000.00 50 1,500.00
Venturi Unidad 1 400.00 400.00 50 200.00
Sistema Parcelario Unidad 1 3,500.00 1-10 35,000.00 50 17,500.00
Acolchado Unidad 60 500.00 1-10 30,000.00 50 15,000.00
Pozo Profundo Unidad 1 2,000.00 2,000.00 50 1,000.00
Casa Malla o Invernadero Módulo 1 10,000.00 1-2 20,000.00 50 10,000.00
Centro de Acopio Unidad 1 15,000.00 15,000.00 50 7,500.00
Ministerio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioMinisterio de Desarrollo AgropecuarioPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de TransformaciPrograma de Transformacióóóón Agropecuarian Agropecuarian Agropecuarian Agropecuaria
(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)(Ley 25 de 2001)
NORMATIVA PARA EL RUBRO DE CUCURBITACEAS PARA LA E XPORTACIÓN PARA PROYECTOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS.
.
Actividad
Coeficientes Reconocimiento AFD
MedidaCoeficiente
Técnico
Costo Unitario
(B/.)Cantidad
ha
InversiónTotal (1)
(B/.)Porcentaje
%
Montomáximo
(B/.)
Equipo Agrícola y de Cosecha 30,000.00 15,000.00
Encamadora Unidad 1 5,000.00 5,000.00 50 2,500.00
Fumigadoras Unidad 1 5,000.00 5,000.00 50 2,500.00
Motocultor Unidad 1 5,000.00 5,000.00 50 2,500.00
Carretón Unidad 1 5,000.00 5,000.00 50 2,500.00
Germinadores Unidad 1 5,000.00 5,000.00 50 2,500.00
Cajas agrícolas para cosecha Unidades 500 10.00 5,000.00 50 2,500.00
TOTAL 80,000.00
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