la marca comunitaria teresa mera gómez junio, 2007
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La Marca ComunitariaLa Marca Comunitaria
Teresa Mera GómezTeresa Mera GómezJunio, 2007Junio, 2007
ContenidoContenido
IntroducciónIntroducción
AntecedentesAntecedentes
Directiva del consejo (89/104/CEE)Directiva del consejo (89/104/CEE)
La Marca ComunitariaLa Marca Comunitaria
Legislación complementariaLegislación complementaria
Modificación del Reglamento Modificación del Reglamento
IntroducciónIntroducción
Generación de un mercado común interno. Generación de un mercado común interno. – Libre circulación de mercancías, servicios y Libre circulación de mercancías, servicios y
capitalescapitales
MarcasMarcas– Elementos esenciales en el desarrollo de mercados Elementos esenciales en el desarrollo de mercados
y promoción de la competenciay promoción de la competencia– Disparidad de sistemas: colisiona con la esencia Disparidad de sistemas: colisiona con la esencia
del mercado comúndel mercado común
Expansión de mercados Expansión de mercados – De nacional a europeoDe nacional a europeo
Identificación de productos y servicios de Identificación de productos y servicios de igual manera en el territorio de la UEigual manera en el territorio de la UE
Protección marcariaProtección marcaria– Via NacionalVia Nacional– Via Internacional (Arreglo y Protocolo de Via Internacional (Arreglo y Protocolo de
Madrid)Madrid)
AntecedentesAntecedentes
1960. AIPPI (Alemania)1960. AIPPI (Alemania)– Primero pasos hacia la marca comunitariaPrimero pasos hacia la marca comunitaria
Grupos de trabajo: Funcionarios públicos, Grupos de trabajo: Funcionarios públicos, juristasjuristas
1980. La Comisión presentó 1980. La Comisión presentó – Proyecto de Directriz para la Armonización de las Proyecto de Directriz para la Armonización de las
legislaciones de los Estados Miembroslegislaciones de los Estados Miembros
Nacimiento de la marca comunitariaNacimiento de la marca comunitaria Contenido del DerechoContenido del Derecho Relación entre marca comunitaria y marca nacionalRelación entre marca comunitaria y marca nacional
Relación entre marca comunitaria y marca Relación entre marca comunitaria y marca nacionalnacional
ExtinciónExtinción Oficina Comunitaria de MarcasOficina Comunitaria de Marcas
1980. Parlamento Europeo. Recomendación 1980. Parlamento Europeo. Recomendación 899.899.– Apoyo al Proyecto de DirectrizApoyo al Proyecto de Directriz– Promoción de la unificación de las legislacionesPromoción de la unificación de las legislaciones– Convenio EuropeoConvenio Europeo
Directiva del consejo Directiva del consejo (89/104/CEE)(89/104/CEE)
Constituye la piedra angular del derecho Constituye la piedra angular del derecho europeo de marcaseuropeo de marcas
Aproximación de las legislaciones en materia Aproximación de las legislaciones en materia de marcasde marcas
Búsqueda de protección uniforme en todos los Búsqueda de protección uniforme en todos los paises miembrospaises miembros– Artículo 16: Conmina a los Estados Artículo 16: Conmina a los Estados
miembros a dar cumplimiento a lo miembros a dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directivadispuesto en la Directiva
– 28/12/1991, extensible al 31/12/1992 28/12/1991, extensible al 31/12/1992
Respeto a los sistemas nacionalesRespeto a los sistemas nacionales
Posee dos categorías de normasPosee dos categorías de normas– ImperativasImperativas– FacultativasFacultativas
Se deja a libertad de los miembros el legislar Se deja a libertad de los miembros el legislar respecto de:respecto de:– Elementos procedimentalesElementos procedimentales– CaducidadCaducidad
Proceso de buena aceptación por los Estados Proceso de buena aceptación por los Estados MiembrosMiembros– Ley Británica de Marcas. 1994Ley Británica de Marcas. 1994– Ley Alemana de Marcas. 1995Ley Alemana de Marcas. 1995– Ley Española de Marcas. 2001Ley Española de Marcas. 2001
La Marca ComunitariaLa Marca Comunitaria
Reglamento (CE) No.40/94 sobre la Marca Reglamento (CE) No.40/94 sobre la Marca ComunitariaComunitaria
20 de diciembre de 199320 de diciembre de 1993
A propuesta y opinión de la Comisión, del A propuesta y opinión de la Comisión, del Parlamento Europeo y del Comité Económico Parlamento Europeo y del Comité Económico y Socialy Social
Objetivo:Objetivo:– Establecimiento de un régimen comunitario únicoEstablecimiento de un régimen comunitario único
– Marca comunitaria oponible en todo el territorio de la Marca comunitaria oponible en todo el territorio de la
UEUE
Norma de aplicación directa en los Estados Norma de aplicación directa en los Estados miembrosmiembros
No sustituye los sistemas nacionales de marcasNo sustituye los sistemas nacionales de marcas
Coexistencia con el registro nacional e Coexistencia con el registro nacional e internacionalinternacional– Diferentes ámbitos de aplicación Diferentes ámbitos de aplicación – Registro nacional: Protección en un mercado únicoRegistro nacional: Protección en un mercado único– Registro Comunitario: Protección en todo el Registro Comunitario: Protección en todo el
territorio Comunitarioterritorio Comunitario– Registro Internacional: Protección en aquellos Registro Internacional: Protección en aquellos
países que no son miembros de la UEpaíses que no son miembros de la UE
CaracterísticasCaracterísticas– Derecho UnitarioDerecho Unitario– AutónomoAutónomo– AccesibleAccesible
Reducción de costos del acceso a la protecciónReducción de costos del acceso a la protección
Permeablidad ente el sistema comunitario y Permeablidad ente el sistema comunitario y el nacional el nacional – Reivindicación de antiguedad de marca nacionalReivindicación de antiguedad de marca nacional– Transformación de la marca comunitaria en marca Transformación de la marca comunitaria en marca
nacionalnacional
Tema linguisticoTema linguistico– Solicitud en cualquier idioma oficialEtapas Solicitud en cualquier idioma oficialEtapas
posteriores posible necesidad de optar por algunos posteriores posible necesidad de optar por algunos de los idiomas oficiales de OAMIde los idiomas oficiales de OAMI
– Ejm: OposciónEjm: Oposción
Agotamiento comunitario del derechoAgotamiento comunitario del derecho
Crea la Oficina de Armonización del Mercado Crea la Oficina de Armonización del Mercado InteriorInterior– Marcas, diseños, modelosMarcas, diseños, modelos– Independencia técnicaIndependencia técnica– Autonomía funcional (Económica, administrativa, Autonomía funcional (Económica, administrativa,
financiera)financiera)– Entró en funcionamiento el 1 de enero de 1996Entró en funcionamiento el 1 de enero de 1996
Organo comunitario resolutivo Organo comunitario resolutivo – Primera y Segunda instancia: OAMIPrimera y Segunda instancia: OAMI
– Ultima instancia: Tribunal de Justicia de la Ultima instancia: Tribunal de Justicia de la Comunidades EuropeasComunidades Europeas
Infracciones/NulidadesInfracciones/Nulidades– Se rigen por la legislación nacionalSe rigen por la legislación nacional– Tribunales nacionales de la marca comunitaria ( Lo Tribunales nacionales de la marca comunitaria ( Lo
más limitado posible en número) con efectos más limitado posible en número) con efectos comunitarioscomunitarios
– Actúan como primera y segunda instanciaActúan como primera y segunda instancia
Legislación complementariaLegislación complementaria
Reglamentos adicionalesReglamentos adicionales– Relativo a la ejecución de la marca comunitariaRelativo a la ejecución de la marca comunitaria– Relativo al procedimiento de las Salas de recursosRelativo al procedimiento de las Salas de recursos– Relativo a las tasasRelativo a las tasas – Relativos a la adhesión de la UE al Arreglo y Relativos a la adhesión de la UE al Arreglo y
Protocolo de MadridProtocolo de Madrid
Directrices OAMIDirectrices OAMI– Regulan aspectos del procedimientoRegulan aspectos del procedimiento– Facilita la tramitación a usuariosFacilita la tramitación a usuarios– Medio de interpretación normativaMedio de interpretación normativa
Modificación de ReglamentoModificación de Reglamento
Propuesta de Reglamento del ConsejoPropuesta de Reglamento del Consejo – ComisiónComisión– OamiOami– Asociaciones de usuariosAsociaciones de usuarios
Resultado de la evaluación del Resultado de la evaluación del funcionamiento del sistema comunitariofuncionamiento del sistema comunitario
PropuestasPropuestas– Derogación del sistema de búsquedasDerogación del sistema de búsquedas
– Mejora del funcionamiento y de los plazos de Mejora del funcionamiento y de los plazos de resolución de las salas de recursoresolución de las salas de recurso
– Ajustes a aspectos procedimentalesAjustes a aspectos procedimentales División de la solicitudDivisión de la solicitud RepresentaciónRepresentación
Reglamento No.422/2004Reglamento No.422/2004
Modifica el Reglamento No.(CE) No.40/94 Modifica el Reglamento No.(CE) No.40/94 sobre la Marca Comunitariasobre la Marca Comunitaria
Cambios en aspectos sustanciales y Cambios en aspectos sustanciales y procedimentalesprocedimentales
Búsqueda de optimización de funcionamiento Búsqueda de optimización de funcionamiento del sistemadel sistema
31 artículos modificados/5 nuevos31 artículos modificados/5 nuevos
Aspectos ModificadosAspectos Modificados– Titulares de la marca comunitaria: Eliminación de Titulares de la marca comunitaria: Eliminación de
condiciones de reciprocidad o nacionalidadcondiciones de reciprocidad o nacionalidad– InsolvenciaInsolvencia– Búsquedas.Búsquedas.
Marcas Comunitarias: Obligatorio – Marcas Marcas Comunitarias: Obligatorio – Marcas Nacionales: FacultativoNacionales: Facultativo
Mejora en contenido y plazo de emisión de Mejora en contenido y plazo de emisión de busquedas nacionalesbusquedas nacionales
– Prohibiciones relativas. Respeto a derechos Prohibiciones relativas. Respeto a derechos comunitarios anteriorescomunitarios anteriores
– Adecuaciones a las modificaciones introducidasAdecuaciones a las modificaciones introducidas– Salas de recursoSalas de recurso
SR ampliadasSR ampliadas Reglas de nombramiento de los miembrosReglas de nombramiento de los miembros
– Procedimiento de oposiciónProcedimiento de oposición ReformulaciónReformulación
Aspectos nuevosAspectos nuevos– Prohibición de registro absoluta respecto de Prohibición de registro absoluta respecto de
indicaciones geográficas y denominaciones de indicaciones geográficas y denominaciones de origen origen
– División de la solicitudDivisión de la solicitud Productos o servicios de una solicitud anterior podrán Productos o servicios de una solicitud anterior podrán
formar parte de una nueva solicitudformar parte de una nueva solicitud
Sistema de registro comunitario consolidadoSistema de registro comunitario consolidado
Incremento de solicitudes comunitariasIncremento de solicitudes comunitarias
Coexistencia pacífica de sistemas nacionales Coexistencia pacífica de sistemas nacionales y comunitariosy comunitarios
Visión: Política orientada al usuario de los Visión: Política orientada al usuario de los serviciosservicios
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