la competencia ha de ser determinada antes de incoar el procedimiento

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La competencia Ha de ser determinada antes de incoar el procedimiento. Objetiva Funcional Territorial. Competencia objetiva. Relativa al tribunal competente para enjuiciar en primera instancia el conflicto planteado. - PowerPoint PPT Presentation

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CO

MPETEN

CIA

OB

JETIV

A

Relativa al tribunal competente para enjuiciar en primera instancia el conflicto planteado.

: EN EL PROCESO CIVIL SE UTILIZAN DOS CRITERIOS DE DETERMINACIÓN DE LA

COMPETENCIA OBJETIVA:

Naturaleza de la pretensión

Cuantía de la demanda

EN

EL P

RO

CESO

CIV

IL:

La regla general:

*Juzgado de Primera Instancia. (Art. 45 LEC)

Especialidades: Juzgados de Paz (art. 47

LEC) Juzgados de Primera

Instancia especializados (art. 46 LEC)

Juzgados de violencia contra la mujer (art. 87 ter LOPJ)

CO

MPETE

NC

IA FU

NC

ION

AL

*Relativa a las fases del proceso.

*Determina quién debe conocer en las siguientes órdenes de materias:

Conocimiento de los recursos

*Apelación

*Recurso extraordinario por infracción procesal

*Recurso de casación

Ejecución

Ejecución de sentencias Ejecución de Laudos arbitrales Ejecución de transacciones y acuerdos

judicialmente homologados Ejecución de autos y providencias

Incidentes

Múltiples incidencias que ocurren a lo largo de un asunto: Regla general……

El órgano que conoce del asunto. Excepciones: LEC y LOPJ *Recusación de jueces y magistrados *cuestiones de competencia

CO

MPETEN

CIA

TER

RIT

OR

IAL

Delimitación dentro del espacio nacional del lugar preciso del tribunal que ha de enjuiciar: Fueros convencionales y legales

Fueros Convencionales

*Sumisión Tácita

*Sumisión expresa

Sumisión Tácita

Deriva de la conducta

Del actor Del demandado Sin acuerdo de voluntades.

SU

MIS

IÓN

EX

PR

ES

A

bilateral, expreso y voluntario

Fueros Legales

Cuando no se produce la sumisión expresa o tácita

Cuando la Ley prohíbe los fueros convencionales

Fueros legales especiales

Arts. 52 y 53 LEC

Se basan en criterios de diverso tipo: *ECONOMÍA PROCESAL *EFICACIA…….

Cuando se produzca acumulación de acciones o pluralidad de demandas

*1. Acumulación objetiva: El tribunal del lugar competente para conocer de la acción que sirve de fundamento para las demás.*Acciones independientes: El tribunal que deba conocer mayor número de acciones acumuladas.•En defecto de las anteriores: El tribunal del lugar que corresponda a la acción cuantitativamente más importante.•*2. Acumulación Subjetiva: Una sola acción frente a varios demandados: El tribunal del domicilio de cualquiera de los demandados.

Fueros legales generales

El domicilio

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