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INFORME DE GESTION AÑO 2009
“UNA PERSONERIA CON GERENCIA SOCIAL POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LA COMUNIDAD DE
PIEDRAS TOLIMA”
PERSONERIA MUNICIPAL PIEDRAS TOLIMA
LUIS EFREN LEYTON CRUZPersonero Municipal
PERSONERIA MUNICIPAL PIEDRAS TOLIMA
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ÁREA ADMINISTRATIVA DE FUNCIONAMIENTO DE LA PERSONERÍA
La Personería está a Paz y Salvo por concepto de gastos de funcionamiento. Es decir con respecto a sueldos, prestaciones sociales, Cesantías y Dotaciones.
No se debe Vacaciones al personal que labora en la Entidad, se ha cancelado todo lo relacionado con parafiscales (Caja de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Sena, Institutos Técnicos, Escuela Superior de Administración Publica).
Se implementó la Contabilidad para la Personería, toda vez que anteriormente no se llevaba contabilidad Publica en la Entidad.
Se implementó el control de libros de Presupuesto, anteriormente la entidad no llevaba libros de Presupuesto.
Así mismo en referencia con Aportes a Seguridad Social, la Personería está a paz y salvo con las EPS, FONDOS DE PENSIONES y ARP. Anteriormente la Personería no hacía aportes por concepto de Riesgos Profesionales
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La Personería se encuentra a paz y Salvo con la Empresas que prestan el Servicio Público de Teléfono y Energía Eléctrica. Servicio último este que paga la entidad desde finales del año 2009.
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Esta Representante del Ministerio Publico, intercedió ante La Personería de Ibagué en procura de restaurarle los derechos al señor JUSTINIANO GUZMAN, mayor adulto (mas de 70 años de edad); quien fue separado en forma abrupta de su familia, quien vivía en la inspección de policía de Doima.
Con el objeto de defenderle el derecho de presunción de inocencia y la dignidad humana al señor MARIO GUERRA VIÑA, se tramitó ante la Fiscalía General de la Nación y el Departamento Administrativo de Seguridad – DAS, la corrección en sus bases de datos sobre la presunta existencia de antecedentes penales, lo cual estaba llevando a que al señor en comento constantemente se le estuviera privando de la libertad en forma ilegal .
Se actúo ante la Alcaldía de Guataquí Cundinamarca, para
defender los derechos de la comunidad de Guataquisito de Piedras Tolima; quienes venían siendo desvinculados del régimen subsidiado y del programa familias en acción.
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DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE
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La Personería lideró convocatoria a la Comunidad de Piedras Tolima (mas de 100 Personas), para oponernos ante la Corporación Autónoma Regional del Tolima – Cortolima; sobre la concesión de aguas del Río Opia en el sector de Chicalá para irrigar tierras, que se pretendía hacer por parte de la Cortolima. Ello en defensa de los ingresos mininos de la comunidad, y de la flora y fauna existente en el recorrido del Rio Opia.
Así mismo, la Personería ha defendido en forma vehemente ante
Cortolima y los Diferentes Gremios Económicos (arroceros, Alcaldía de Ibagué, etc.,) la gran deuda social que tienen estas entidades con el Municipio de Piedras Tolima con la contaminación que a diario se le hacen al Rio Opia en sus inicios a través de su recorrido.
Se representó ante Cortolima a la señora MARIA RUTH
RONDON, para evitar que le impusieran una sanción pecuniaria administrativa. Alegando en defensa de la Mencionada Señora, Amparo de Pobreza.
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La personería desarrolló audiencia publica en la Inspección de Doima, con más de Sesenta (60) personas, liderando en la misma una rotunda oposición a la construcción de un pozo profundo que se pretendía habilitar cerca del existente de donde se extrae agua para el consumo humano de esa comunidad, en donde se solicitó a Cortolima que rechazara la petición de permiso hecha para tal fin.
Se solicitó a la Procuraduría Regional del Tolima, para que se investigara a la Directora de Cortolima, por presunta falta disciplinaria en la aprobación de algunas concesiones de aguas sobre el Rio Opia.
BOTADERO RESIDUOS SOLIDOS A CIELO ABIERTO
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En desarrollo al continuo seguimiento, que se le hizo a este sitio donde se estaba presentado la anomalía anterior, se insistió ante Cortolima y Procuraduría ambiental y Agraria, para que se clausurara en forma definitiva dicho botadero de residuos sólidos, lográndose que el municipio no volviera a depositar dichos materiales como lo venía haciendo.
GESTIÓN EN DEFENSA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA COMUNIDAD
En representación de diferentes Personas y en procurar de la defensa de sus derechos Constitucionales Fundamentales se acudió a la Jurisdicción Ordinaria y Administrativa así:
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Se Impetró Acción de Tutela en Contra de Alcanos de Colombia S.A., por negarse a dar información a la Personería sobre la forma de prestación de servicio de gas domiciliario en el Municipio (Violación del Derecho de Petición). Hubo que acudir a un incidente de desacato para que Alcanos cumpliera lo dispuesto por el Juzgado
Se incoó Acción de Tutela en Contra de Café Salud EPS– Salud Coop EPS, en representación de la señora ALIRIA CUBIDES RODRIGUEZ, en defensa de los Derechos Constitucionales Fundamentales a la Salud y a la Seguridad Social, en conexidad con los Derechos Fundamentales a la Vida Digna y a la Integridad Personal, Se llegó a la figura del desacato en contra de las accionadas para que cumplieran el fallo de tutela.
Se entabló Acción de Tutela en Contra de Comfenalco EPS, en representación del señor OCTAVIO VIÑA FIERRO, en defensa de los Derechos Constitucionales Fundamentales a la Salud y a la Seguridad Social, en conexidad con los Derechos Fundamentales a la Vida Digna y a la Integridad Personal
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Se demandó en Acción de Tutela a Comfenalco EPS, en representación del señor LEONARDO TRONCOSO, en defensa de su Derechos Constitucionales Fundamentales a la Salud y a la Seguridad Social, en conexidad con los Derechos Fundamentales a la Vida Digna y a la Integridad Personal
Se invocó Acción de Tutela en Contra de Comfenalco EPS, en
representación de la señora DORA MARIA SANACHEZ, en defensa sus Derechos Constitucionales Fundamentales a la Salud y a la Seguridad Social, en conexidad con los Derechos Fundamentales a la Vida Digna y a la Integridad Personal.
Se Formuló Acción de Tutela en Contra de Comfenalco EPS,
en representación del señor HERNANDO CRUZ SANCHEZ, en defensa sus Derechos Constitucionales Fundamentales a la Salud y a la Seguridad Social, en conexidad con los Derechos Fundamentales a la Vida Digna y a la Integridad Personal
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Se desató Acción de Tutela en Contra de Comfenalco EPS, en representación de la señora JUDITH ARIZA ORTEGA, en defensa de su Derechos Constitucionales Fundamentales a la Salud y a la Seguridad Social, en conexidad con los Derechos Fundamentales a la Vida Digna y a la Integridad Personal.
Se Colocó Acción de Tutela en Contra de la Registradora Nacional del Estado Civil, en representación del Niño Alexander Díaz, en Defensa de Sus Derechos Fundamentales del articulo 44 de la Constitución Política .
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Se inició Acción de Tutela en Contra de Comfenalco EPS, en representación de la señora BERTHA AURORA HERNANDEZ, en defensa de su Derechos Constitucionales Fundamentales a la Salud y a la Seguridad Social, en conexidad con los Derechos Fundamentales a la Vida Digna y a la Integridad Personal.
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Se dictó conferencia a los padres de familia en el colegio Fabio Lozano y Lozano sobre la preocupante violencia intrafamiliar que existe en los hogares de este Municipio, y la manera como se debe prevenir. Así como el presunto consumo de bebidas embriagantes y estupefacientes por parte de niños y jóvenes menores de edad.
Se acompañó a la Comisaría y Policía en el programa de requisas y desarme que se desarrolló al interior de la Institución Educativa Fabio Lozano y Lozano
.
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PARTICIPACIÓN COMO MINISTERIO PÚBLICO Y DEFENSOR DERECHOS HUMANOS
La Personería Participó de manera activa en el Estudio y Aprobación del Presupuesto de Ingresos y Apropiaciones para el periodo o vigencia fiscal 2009, logrando que se situaran recursos para la población pobre mas vulnerable del Municipio (Discapacitados, Desplazados y para la Infancia y Adolescencia).
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La personería cumplió un papel importante y decisivo para que se llegasen a algunos acuerdos con la Empresa Interoil, a raíz del paro que la comunidad hizo en el mes de junio de 2009, en el Municipio de Piedras T0lima.
La Personería participo en forma decidida en las diferentes reuniones que se hizo con la comunidad en el recinto del Concejo Municipal de Piedras, con los representantes de las diferentes empresas que extraen petróleo del Municipio; en procura de la defensa de los derechos de los ciudadanos que laboran en dichas empresas y de la comunidad en general.
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Se Ha defendido a las personas del Municipio
que laboran en Interoil a través de las cooperativas de trabajo asociado, buscando que se les respeten sus derechos laborales de acuerdo a la normatividad existente. Y como tal ha dejado sendas constancias sobre la inconformidad como se vienen tratando a los trabajadores por parte de esas empresas.
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Se cumplió el despacho comisorio de la Procuraduría Provincial de Ibagué, haciendo visita administrativa a la Alcaldía, desarrollando seguimiento al proceso de contracción publica que la entidad territorial hizo.
Se pronuncio sobre unas fallas en un proceso de licitación
publica, haciendo que la misma fuese suspendida.
Se cumplió el despacho comisorio de Julio 22 de la Procuraduría provincial.
Se cumplió el despacho comisorio No. 40 de la Procuraduría provincial.
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Se cumplió el despacho comisorio 4142 de la Procuraduría Provincial de Ibagué
Se cumplió el despacho comisorio de septiembre 25 del Juzgado Quinto Administrativo de Ibague.
Se cumplió el despacho comisorio de septiembre 25 del
Juzgado Octavo Administrativo de Ibague
Se cumplió el despacho comisorio 44 de la Procuraduría Provincial de Ibagué del 16 de Octubre
Se cumplió el despacho comisorio 44 de la Procuraduría Provincial de Ibagué del 19 de Octubre
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Se prestó Apoyo Interinstitucional a la Contraloría Departamental del Tolima, haciendo conocer a las Instituciones Educativas la Responsabilidad en la elección de Personeros y Contralores Estudiantiles.
Así mismo se puso en conocimiento al Hospital Local, Instituciones Educativas y Alcaldía sobre la operatividad de la Ley de Garantías
Como Ministerio Público asistí a las audiencias publicas
tanto preparatorias como de Juzgamiento realizadas en el Juzgado Promiscuo Municipal de Alvarado Tolima, donde están implicados ciudadanos del Municipio de Piedras Tolima
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Se acompañó a la Alcaldía Municipal en el proceso de corrección del Sisben a la población ubicada en las veredas de las cabras, campoalegre, Centro Poblado de Doima, La Estación, las villas.
Con el objeto de ayudar a la comunidad en la solución pacifica de los conflictos, la personería desarrolló e
hizo: Se logró que la señora CONCEPCION TORRES
AREVALO y el señor MIGUEL ANGEL TORRES AREVALO, llegaran a un acuerdo conciliatorio respecto de un conflicto basado en un contrato de arrendamiento de un inmueble.
Se prestó asesoría y guía profesional a la Señora
OLGA LUCIA PINZON y señor NAPOLEON AVILA OLMOS, sobre su derechos patrimoniales dentro de la unión marital existente entre ellos.
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Se obtuvo que la señora LUISA LEYVA DE REYES y el señor LUIS ANTONIO PARRA, transaran unas diferencias laborales existentes entre las partes.
Se logró que los señores EFRAIN ERNESTO JIMENEZ ÑUNGO, ELIECER JIMENEZ ÑUNGO, y el señor IGNACIO MORON HERNANDEZ, conciliaran y llegaran a un acuerdo respecto de una divergencia en la suscripción de un contrato de arrendamiento de un inmueble (finca raíz).
Se alcanzó que la señora MIRIAM ESPEJO y el señor FRANCISCO JOSE HERNANDEZ , conciliaran respecto de diferencias comerciales existentes entre las partes.
Se consiguió que los señores JOSE ELMER ROJAS, GILMA DEVIA, LEONOR VOARON, CESAR, CRISTOBAL DEVIA, JAIME DEVIA, LUZ MIRIAM URUEÑA, BOLIVAR ORTIZ y la señora RAQUEL CERQUERA MURILLO, conciliaran sobre un desacuerdo de tipo civil existente.
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Se acompañó a la Comisaría Municipal, en el proceso de fijación de cuota alimentaria a los señores ABIGAIL ROA OSORIO, ROBERTO ROA para el sustento del señor ROQUE ROA.
Se alcanzó que los señores EFRAIN MENESES y CARLOS JULIO SALGUERO CUENCA, conciliaran una diferencia surgida en un contrato de compraventa de vehículo automotor.
La personería sirvió de garante para que la señora ANGELA ADRIANA PINZON TOVAR y el señor ROBERTO PENAGOS, transaran una diferencia de tipo civil existente entre las partes.
Se recepcionó Declaración extrapoceso al señor JAVIER GUTIERREZ, para que obrara en ante la jurisdicción ordinaria.
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Se consiguió que los señores JOSE ALBERTO MORANTES GOMEZ y GILBERTO VILLANUEVA, transaran un desacuerdo existente sobre una presunta responsabilidad civil extracontractual.
La Personería colaboró para que los señores JULIO CESAR GONGORA SANCHEZ, MARIA RUTH SANCHEZ, ADRIANA MARCELA GONGORA SANCHEZ, LEONARDO GONGORA SANCHEZ, MONICA JULIETH GONGORA SANCHEZ y el señor PLINIO CUENCA VERGAÑO transaran una deferencias de tipo laboral existente entre las partes.
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Conciliación con los señores HERIBERTO HERRERA, MARIA OLIVA HERRERA, ELVIRA HERRERA DE GUEVARA y AMPARO HERRERA, en materia de cuidado integral de la señora JOSE FINA HERRERA SILVA.
Conciliación con los señores JOSE WILSON HERNANDEZ PINZON y LUZ DARY URUEÑA OSPINA, sobre un conflicto de tipo civil que tenían.
Conciliación con los señores JULIO CESAR GONGORA SANCHEZ y PLINIO CUENCA VERGAÑO, sobre un conflicto de tipo laboral que tenían.
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