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IDENTIFICACIÓN DE DETERMINANTES AMBIENTALES EN ASPECTOSHIDROGEOLÓGICOS DEL DESARROLLO DE LA MINERÍA EN COLOMBIA
SOBRE MACIZOS ROCOSOS
MARÍA ELENA JARAMILLO MACÍAS
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN PARA OPTAR AL TÍTULO DE
MAGISTER EN INGENIERÍA AMBIENTAL
ASESOR: PhD. JOHN FERNANDO ESCOBAR M.
MAESTRÍA EN INGENIERÍA AMBIENTAL
UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA
FACULTAD DE INGENIERÍA
MEDELLÍN
2016
ii
DEDICATORIA
A mi esposo por su gran apoyo
A mis hijas por tolerar mis ausencias
A mis padres y profesores por la formación que de ellos recibí
A Dios por todo el conocimiento que a través de la vida me ha concedido
A la memoria de mi padre.
iii
TABLA DE CONTENIDO
pg.
1. Introducción…………………………………………………………. 1
1.1 Justificación……………………………………………………… 1
1.2 Antecedentes …………………………………………………. 4
1.3 Marco Normativo …………………………………………. 25
1.3.1 Marco Nacional Normativo …………………………. 26
1.3.2 Determinante Ambiental. …………………………. 28
1.4 Pregunta de Investigación …………………………………. 33
1.5 Objetivos ………………………………………………… 33
1.5.1 Objetivo General ………………………………… 33
1.5.2 Objetivos Específicos ………………………………… 34
1.6 Hipótesis ………………………………………………... 34
1.7 Impacto de la minería sobre los recursos Hidrogeológicos.. 35
1.7.1 Macizos Rocosos ……………………………….... 35
1.7.2 Drenaje Ácido ………………………………………… 37
1.7.3 Características de la zona de influencia …………. 38
1.7.4 Ley de Darcy aplicada al movimiento en el acuífero 39
1.7.5 Impactos en el medio biológico y social. …………. 39
2. Metodología. ………………………………………………… 42
3. Caso Piloto Conexión Vial Aburrá – Oriente. …………………… 47
3.1 Descripción del Proyecto …………………………………. 47
3.2 Importancia del proyecto …………………………………. 48
3.3 Eventos relacionados con la solicitud de la Licencia Ambiental 49
3.4 Estructuras y actividades que conforman el proyecto………. 53
3.5 Caracterización del Ambiente ………........................................ 53
3.6 Evaluación de Impacto Ambiental ……………………………… 60
3.7 Aspectos Hidrogeológicos ………………………………………. 64
3.8 Medidas de Manejo ………………………………………………. 68
iv
3.8.1 Zonificación para el manejo ambiental ……………………… 68
3.8.2 Zonificación de Manejo Ambiental …………………………. 70
3.8.3 Planes de Manejo con proyecto en construcción …………. 70
3.9. Conclusiones del EIA de la Conexión Vial Aburrá - Oriente … 72
4. Resultados ……………………………………………………………. 75
4.1 De la Constitución Política de 1991. …………………………… 75
4.2 Del Decreto 2811/74. …………………………………………… 76
4.3 Del Decreto Ley 99/93 ………………………………………... 78
4.4 Del Decreto 373/97 ………………………………………….... 82
4.5 Del Decreto 388/97 ……………………………………………. 83
4.6 Del Decreto 2041/2014. Licencias Ambientales ……………. 83
4.7 Del Decreto 1640/2012 ………………………………………... 86
4.8 Otras normas relacionadas de Recursos Hidrogeológicas … 86
4.9 Del Decreto 3600 de 2007 ……………………………………. 87
4.10 Del Código de Minas Ley 685/2001 ………………………. 89
4.11 Términos de Referencia. MAVDT 2010 …………………. 92
4.12 Determinantes ambientales de la CAR – caso piloto……. 96
5. Discusión ……………………………………………………………. 100
6. Recomendaciones …………………………………………………. 107
7. ANEXOS ……………………………………………………………… 111
7.1 Túnel de Occidente……………………………………………….. 111
7.2 Túnel de la Línea………………………………………………….. 113
7.3 Túnel del Toyo…………………………………………………….. 117
7.4 Interceptor Norte…………………………………………………… 125
Referencias Bibliográficas ……………………………………………… 135
v
LISTADO DE FIGURAS
Pg.
Figura 1. Regiones Hidrogeológicas de Colombia. IGAC 2002. …. 5
Figura 2. Estudio Nacional del Agua, IDEAM 2010………………... 9
Figura 3. Zona de Estudio. Acuífero del Valle de Aburrá. ………… 10
Figura 4. Delimitación de zonas de recarga Valle de Aburrá...……. 12
Figura 5. Evolución geológica de la zona central de Chile. ………. 13
Figura 6. Casos de estudio en la Región del Bio Bio en Chile …… 14
Figura 7. Zona con vertientes que cae al Río Diguillín. …………… 14
Figura 8. Vertientes que descargan al río Diguillín ………………. 15
Figura 9. Interacciones hidrológicas zona de Cato…………………. 15
Figura 10 Antecedentes de la zona de Cato …………………………… 16
Figura 11 Localización acuífero Cuajinicuilapa. ……………………… 17
Figura 12 Modelo geohidrológico conceptual, Valle rivereño. ………. 18
Figura 13 Distribución elementos presentes aguas subterráneas…… 18
Figura 14 Red hidrográfica, dirección de flujo acuífero Cuajinicuilapa. 19
Figura 15 Localización municipio de Envigado …………………………. 20
Figura 16 MED Cuenca las Palmas. ……………………………………. 20
Figura 17 Mapa de espesor cenizas volcánicas. ……………………. 21
Figura 18 Zona de estudio altiplano de Envigado……………………… 23
Figura 19 Mapa conceptual determinantes ambientales……………… 45
Figura 20 Sectorización proyecto Conexión Vial Aburrá-Oriente …… 47
Figura 21 Modelo Conceptual Ecohidrogeológico ……………………… 103
vi
LISTADO DE CUADROS
Pg.
Cuadro 1. Eventos Relacionados con la Licencia Ambiental del Caso Piloto 50
Cuadro 2. Listado general de ASPI y FARI. 53
Cuadro 3. Programa propuesto por cada grupo de impactos posibles 71
Cuadro 4. Determinantes Ambientales CORNARE (2015) 97
Cuadro 5. Determinantes Ambientales CORANTIOQUIA (2015) 99
vii
RESUMEN
La Legislación Ambiental Colombiana considera como Determinantes Ambientales
todas las regulaciones emanadas desde el Gobierno Nacional o los Ministerios,
como los decretos, las leyes y otras normas que propenden por el desarrollo
sostenible del suelo. Es así como las Determinantes Ambientales tienen su
máxima manifestación en los Planes de Ordenamiento Territorial. Uno de los
mayores problemas ambientales es el generado por la minería que ejerce su
actividad en macizos rocosos, por lo que se hace de vital importancia identificar
sus impactos con el fin de evitar, reducir, mitigar o compensar los daños que se
puedan generar con la explotación de estos recursos.
Para cumplir con los objetivos propuestos, se establece en el primer capítulo el
estado del arte en cuanto al conocimiento actual de la hidrogeología y la
interacción de las aguas superficiales y subterráneas, al tiempo que se relacionan
algunos casos de estudio. Seguidamente se establece la inclusión de las
Determinantes en la jerarquía Nacional normativa.
Entre los aspectos más relevantes del estudio se encuentran los impactos
ambientales de la minería que ejerce su actividad a nivel subterráneo, dedicando
un apartado al análisis de esos efectos y su incidencia en la hidrogeología de los
macizos rocosos. Adicionalmente es considerado como caso piloto el Estudio de
Impacto Ambiental del proyecto Conexión Vial Aburrá-Oriente en Antioquia,
Colombia, que incluye la construcción de dos túneles.
Al final del documento se presentan los resultados obtenidos desde los principios
rectores de la legislación ambiental, pasando por el código de los recursos
naturales renovables hasta el código minero vigente. En un capítulo de discusión
y conclusiones se pone de manifiesto el desconocimiento de las interacciones
entre sistemas de aguas superficiales y subterráneas que trae como consecuencia
la afectación de corrientes de agua superficial y subterránea. Al final del
documento se anexa información pertinente a la actualidad de proyectos de
túneles en Colombia.
1
1. INTRODUCCIÓN
Con el presente trabajo se pretende establecer la normatividad ambiental que rige
la preparación, puesta en marcha y hasta el cierre definitivo de la actividad minera
sobre los macizos rocosos, considerando que estos son ecosistemas estratégicos
para el mantenimiento de la vida de numerosas especies y el sustrato fundamental
que garantiza la funcionalidad de diversos procesos naturales tanto de la
superficie como del subsuelo. Es por esto que los impactos de ciertas actividades,
como por ejemplo la minería, sobre los recursos hidrogeológicos y su entorno
podrían generar problemas de sostenibilidad en un futuro aún no determinado.
En el entendido que se requiere un caso piloto de análisis y conocedores del difícil
acceso a la información en este tipo de actividades hace que se tome como
alternativa de evaluación un proyecto de túneles cuyo proceso constructivo
impacta de manera similar los macizos rocosos. Las excavaciones realizadas en
suelo rocoso impactan de forma negativa la interacción entre aguas superficiales y
subterráneas debido a que varían el nivel freático, disminuyen el caudal
subterráneo y cambian las condiciones físico-químicas del agua. Volver índice
1.1 Justificación
Colombia se encuentra en el foco del interés mundial en cuanto a explotaciones
mineras a gran escala. Cada vez llegan más compañías multinacionales con el
interés de realizar grandes inversiones en este renglón de la economía, en adición
a las muy comunes explotaciones de tipo artesanal. Simultáneamente con este
proceso se encuentra que no existe claridad acerca de los impactos que puedan
generarse sobre el ambiente, especialmente en ecosistemas frágiles o protegidos
como son los páramos y los Parques Nacionales.
Entre los posibles impactos que pueden generarse sobresalen las alteraciones a la
estructura y funcionalidad de los ecosistemas. Las alteraciones más visibles y
comúnmente publicitadas son el deterioro y contaminación de los cuerpos de agua
y la pérdida de biodiversidad. Sin embargo, y dependiendo de la forma como se
lleve a cabo la actividad minera, sea superficial o subterránea, los impactos se
2
producen sobre los suelos, la geología y la geomorfología. Como es obvio, no es
posible olvidar que éstos son el sustrato que soporta innumerables bienes y
servicios ambientales aún no categorizados ni cuantificados.
Desde el punto de vista hidrogeológico, el impacto de la minería sobre los macizos
rocosos es aún mayor si se considera a éstos como un reservorio de agua, o
como formación base de los contenedores de las aguas subterráneas y sub-
superficiales. En algunos casos es de vital importancia comprender que estos
macizos se encuentran fracturados y que estas fracturas se comportan como una
malla de canales que sirven de conductos para flujos regionales, recarga de
acuíferos y otros sistemas de flujo subterráneo (Oyarzun, 2008).
La dinámica actual del sector minero genera gran preocupación por parte del
Estado y la sociedad civil, y en consecuencia se producen alertas desde los
organismos gubernamentales, como un llamado a preservar el ambiente, en
acatamiento al principio de precaución, y a los deberes de protección y prevención
contemplados en la Constitución Política de Colombia de 1991 (Art. 79 y 80), y
con mayor especificidad en la Ley 99/93 y sus decretos reglamentarios.
En respuesta a lo anterior, el Estado Colombiano a través de la Autoridad Nacional
Ambiental – ANLA, y las Corporaciones Autónomas Regionales – CAR , exigen la
Licencia Ambiental para la ejecución de algunos proyectos, obras o actividades,
como la minería (Art. 7º, 8º y 9º, Decreto 2041 de 2014). El trámite de esta
licencia requiere de Estudios Ambientales para la toma de decisiones, bajo una
serie de criterios. Es el caso de los Términos de Referencia establecidos por las
Agencias Ambientales, cuyos lineamientos contribuyen al desarrollo sostenible del
suelo. De acuerdo al Art. 2º del Decreto 3600 del 2007 estos criterios se
constituyen en Determinantes Ambientales que son normas de superior jerarquía
en los términos del Art. 10 de la Ley 388 de 1997: Determinantes de los planes de
Ordenamiento Territorial.
Es así como a partir de la zonificación ambiental en áreas de exclusión y de
intervención con o sin restricción, los impactos producidos por cualquier proyecto
deben ser filtrados por Determinantes Ambientales. En correspondencia con el
3
Estudio de Impacto Ambiental (EIA), se diseñan Planes de Manejo Ambiental
(PMA) que permitan evitar, prevenir, mitigar o compensar los impactos
acumulativos generados en cualquiera de las etapas del proyecto.
En Colombia, la minería ocupa un importante renglón de la producción; es una de
las Locomotoras del Desarrollo impulsada por el Gobierno Nacional (2010-2014 y
2014-2018). Las restricciones impuestas por las Autoridades Ambientales
competentes no han sido suficientes para controlar el deterioro al que viene siendo
sometido el territorio Nacional. A pesar de que en la normatividad colombiana
vigente se cuenta con términos de referencia definidos por la ANLA que precisan
los lineamientos para la explotación minera a cielo abierto, no se dispone aún de
criterios específicos para este tipo de actividad sobre los Macizos Rocosos. Esto
es especialmente relevante en lo relativo al recurso hídrico, máxime si se
consideran las interacciones superficie-subsuelo.
Las aguas subterráneas están en constante interacción con las superficiales en
prácticamente todo tipo de paisaje, desde pequeños torrentes, lagos y humedales
hasta en los grandes valles fluviales (Winter, 1999). De ahí la importancia de
estas fuentes de agua y la necesidad de ser protegidas de las acciones humanas.
Con el desarrollo de esta investigación se pretende identificar las Determinantes
Ambientales en aspectos Hidrogeológicos que restrinjan o condicionen la actividad
minera en Macizos Rocosos. La identificación de una Línea Base como
Determinante Ambiental, para un proyecto, obra o actividad particular, podría
proveer unos mínimos ambientales que permitan evaluar el impacto producido por
esa actividad. De tal modo que se establezcan los controles necesarios para
disminuir la probabilidad de que se manifieste la pérdida de estabilidad y el
deterioro del ambiente en una región determinada, más allá de la zona de
influencia de un proyecto minero específico. Volver índice
4
1.2 Antecedentes
La interacción entre las aguas superficiales y subterráneas no sólo ocurre desde la
zona saturada del suelo. Así por ejemplo, con la precipitación y la consecuente
infiltración se da lugar a un flujo sub-superficial o inter flujo, el cual es un flujo de
mayor velocidad que el de la corriente subterránea o flujo base. Adicionalmente el
intercambio entre las corrientes superficiales y los acuíferos es función,
principalmente, de la distribución y magnitud de las conductividades hidráulicas de
esas corrientes, de la densidad del drenaje superficial y de la diferencia entre sus
niveles, que a su vez depende de la recarga del acuífero, (Vélez, 2001).
Así como lo observa Winter (1999) la geomorfología: manifestada en el relieve, las
pendientes y la localización relativa entre los cuerpos de agua; la geología que
define las propiedades hidráulicas del suelo, características del lecho de los ríos,
así como el tipo de roca; y el clima: en su variabilidad espacial y temporal, afectan
la interacción entre los sistemas de agua superficial y subterránea. De tal modo
que estos aspectos son claves a la hora de realizar un Plan de Manejo Ambiental
(PMA) para cada uno de los efectos producidos por la explotación de estos
recursos.
En Colombia, el Servicio Geológico Colombiano, SGC, (anteriormente
INGEOMINAS), viene haciendo exploraciones subterráneas desde 1950, lo que ha
posibilitado la realización de un mapa Hidrogeológico del territorio colombiano,
figura 1. Las exploraciones permiten localizar acuíferos y obtener agua en
cantidad y calidad apta para el fin que se desee (Custodio y Llamas, 1997),
además de conocer la distribución y propiedades de las unidades hidrogeológicas.
Volver índice
5
Figura1. Regiones Hidrogeológicas de Colombia, 2002. Fuente IGAC
Así, por ejemplo, en los Llanos Orientales se destaca una gran extensión de roca
con porosidad y permeabilidad de alta a mediana, de acuerdo a la simbología
representada en el mapa con color azul (más intenso). De ahí que la región de
los Llanos Orientales haya sido clasificada como una zona hidrogeológica
conformada por varios sistemas acuíferos entre los que se destaca el sistema
Yopal- Ariporo (IDEAM, 2009). Esta es una región que ha sido impactada por la
excesiva explotación de recursos naturales, especialmente de hidrocarburos.
6
A inicios del 2014 el Municipio Paz de Ariporo, Departamento del Casanare, fue
afectado por desabastecimiento hídrico. Al respecto fue presentado un informe de
actuación especial de fiscalización, de la Contraloría General de la República
(CGR-CDMA No. 029, agosto 2014). Este informe puntualiza que a pesar de que
en Colombia se hace actividad sísmica exploratoria desde los años 50, las labores
de exploración sísmica de hidrocarburos o de minería continúan a la fecha sin
mayor restricción. Es así como el ente de control se pronuncia frente a las
actuaciones de las autoridades, debido a la falta de precisión a la hora de tomar
decisiones, o por encontrarse en un escenario de incertidumbre frente a los
impactos producidos por actividades de exploración y explotación en los Recursos
Naturales y el Ambiente. Situación ésta que genera riesgo sobre la salud pública
o sobre las condiciones socioeconómicas y socio ambientales de los pobladores.
El hecho más significativo se presentó en enero 22 de 2014. Una alerta roja fue
emitida desde el IDEAM por fenómeno de sequía en el Departamento de
Casanare el cual tuvo como consecuencia la muerte de numerosos animales de
diversas especies: chigüiros, zorros, peces, tortugas, babillas, ganado y otros. Los
registros muestran que fueron enterrados 9245 animales en total. Para atender
esta tragedia se hicieron presentes las autoridades ambientales para enfrentar una
problemática que parecía ser de corta duración y que fue atribuida al fenómeno
del niño. De acuerdo al panorama presentado por autoridades locales, regionales
y nacionales la situación era muy normal pues la sequía es una consecuencia del
fenómeno que se presenta periódicamente.
La Contraloría llama la atención a las autoridades ambientales debido a que no
disponen de información ambiental previa a las labores de exploración. En su
estudio la CGR elaboró el mapa “Exploración sísmica 2D y 3D en territorio
continental y marino de Colombia” con información histórica suministrada por la
Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH, 2007). En el informe señalan que este
método de exploración se concentra en las antiguas y recientes cuencas
sedimentarias del territorio Nacional, en zonas como: Valle del Magdalena,
Guajira, Sinú-San Jacinto, Caguán-Putumayo, Catatumbo, Cauca-Patía, Cesar-
Ranchería, Cordillera Oriental, Cayos de San Andrés y Providencia y los Llanos
7
Orientales. Estas mismas zonas son identificadas en el mapa de Provincias
Hidrogeológicas de Colombia, Estudio Nacional del Agua, IDEAM, 2010. Ver
figura 2.
Adicionalmente, se encuentra que en los lugares donde se viene realizando la
exploración sísmica de forma repetitiva en el tiempo se presentan impactos
acumulativos, entre los que se destacan:
Modificación del patrón de movimiento superficial del agua lluvia y de
escorrentía,
Agrietamiento superficial del suelo además del cambio en la profundidad del
nivel freático, y
La conformación de una extensa zona de alteración del subsuelo donde se
localizan los disparos o voladuras de la actividad sísmica.
Todo esto impacta negativamente a las rocas por generación de nuevas fracturas,
deformación de su estructura interna y cambios en sus condiciones petrofísicas.
El informe de la Contraloría señala además que en el año 2009 el Ministerio de
Ambiente anunció la declaración de los Humedales de Morichales del municipio de
Paz de Ariporo – Casanare, como Parque Nacional, pero a la fecha no se ha
hecho público. Desde el 2002 habían solicitado obras para salvaguardar estos
humedales y los parques Nacionales donde se refleja el ciclo “invierno-verano” con
las consecuencias que derivan del verano. Su protección pudo prever la situación
que se presentó en Paz de Ariporo, aseguran organizaciones de ambientalistas
que han solicitado su reserva. Además, se debe tener en cuenta que la Región
Yopal – Ariporo es clasificada como uno de los sistemas acuíferos del país, según
lo contempla el “Taller sobre planes de Manejo de aguas subterráneas” (MAVDT,
2009).
De hecho, dada la problemática de sequía que se presenta en Colombia y que
viene cada vez en incremento, la información Hidrogeológica en proyectos como
los mineros es fundamental para la Evaluación de Impactos Ambientales, así
como su gestión durante y después de las etapas de exploración y explotación.
8
Sin embargo, la determinación de los parámetros Hidrogeológicos no se incluye
habitualmente en la exploración minera, con lo que muchos Estudios de Impacto
Ambiental terminan siendo bastante superficiales en ese aspecto; pese a que la
concentración de grandes caudales de agua al interior de las excavaciones
mineras y su extracción con bombas es uno de los problemas a los cuales se
enfrenta el desarrollo de esta actividad, lo que demuestra lo evidente de la
causalidad entre la acción antrópica y la reacción del medio natural.
Cabe señalar que la comprensión inadecuada de la hidrogeología trae
consecuencias potencialmente graves, desde la incapacidad para predecir
problemas futuros en la calidad del agua después del cierre de una mina, e incluso
durante su desarrollo, hasta la falta de controles Hidrogeológicos para estabilizar
los suelos y las pendientes.
“Los ecosistemas de aguas superficiales y subterráneas son considerados como
elementos unidos de un continuo hidrológico que llevan a plantear su
sustentabilidad” (Sophocleous, 2002).
Conjuntamente con la sostenibilidad del recurso hídrico una de las mayores
preocupaciones de la comunidad académica es el peligro de contaminación al cual
se ven expuestos los acuíferos por la actividad antrópica. Es el caso de la
construcción de túneles, minas, vías, obras de drenaje, conjuntos urbanísticos, o
la disposición final de desechos sólidos, donde las afectaciones sobre el medio
son tales que el agua subterránea podría tornarse no apta para el consumo
humano (Betancur T, 2010).
Pero es menester decir que para determinar la vulnerabilidad de un recurso es
necesario conocerlo. En Colombia el Estudio del Agua (IDEAM, 2010) registra el
Mapa de Provincias Hidrogeológicas. Figura 2. Estas provincias corresponden a
unidades mayores referidas a escalas menores (1:10.000.000 y 1:500.000).
Desde el punto de vista hidrogeológico corresponden a barreras impermeables
representadas por fallas regionales y altos estructurales.
9
Figura 2. Estudio Nacional del Agua, IDEAM 2010
Con respecto al recurso hídrico subterráneo pueden identificarse varias
tendencias. Por un lado, desde mediados de la década de los 90 ha existido gran
10
preocupación por la interacción y mutua dependencia entre los sistemas de aguas
subterráneas y superficiales (Arumí et al, 2012).
Así mismo se verifica un gran interés en caracterizar cómo la recarga y descarga
subterránea puede variar temporal y espacialmente. En este sentido Bencala
(2011) hace una clasificación en la interrelación entre el cauce y el río:
Río que pierde agua por infiltración a un sistema de aguas subterráneo al
cual está conectado.
Río que pierde agua por infiltración a un sistema de aguas subterráneo al
cual no está conectado.
Río que gana agua desde el sistema de aguas subterráneo.
Varios investigadores abordan el problema del análisis de la interacción entre las
aguas subterráneas con las superficiales que implica el conocimiento de la forma
como se produce la recarga de acuíferos o corrientes subterráneas. (Vélez J. I. y
Restrepo C., 2010). Estos aspectos son estudiados por Custodio (1997), Winter
(1999), Scanlon et al. (2002), Sophocleous (2002), Woesner (2000), Fernald
(2002), además de Bencala (2011), entre otros.
Se puede identificar, además otras áreas de estudio que pueden realizarse en
forma autónoma o complementaria a los procesos de recarga y descarga de agua
subterránea, como el estudio de procesos bioquímicos y geoecológicos de la capa
de sedimentos y su efecto en la calidad del agua. Estos últimos cobran
importancia en el Estudio de Impacto Ambiental de la actividad minera debido al
efecto en la calidad del agua superficial y subterránea por el uso de ciertos
elementos químicos (Mercurio, Arsénico, Cianuro) para la extracción de metales y
su separación de la roca.
A continuación se describen algunos estudios recientes donde son analizadas las
relaciones descritas.
En cuanto a los procesos de recarga se encuentra el estudio reciente
“Identificación de flujos regionales en el sistema hidrogeológico del Valle de
11
Aburrá” (Cano, 2015), localizado en medio de la cordillera Central de los Andes
Colombianos en el Departamento de Antioquia, ver figura 3. La investigación tuvo
por objeto identificar el comportamiento y los tipos de flujos de agua subterránea
en dicho sistema hidrogeológico.
Para el estudio se tuvo en cuenta el análisis hidrogeoquímico e isotópico, además
del modelo hidrogeológico conceptual del lugar.
Figura 3. Zona de Estudio. Acuífero del Valle de Aburrá. Fuente: Cano (2015)
Para la geología de la zona Cano (2015) retoma la síntesis realizada en AMVA &
UdeA (2012) y AMVA & UdeA (2013), del estudio de “Microzonificación Sísmica
del Valle de Aburrá”. En ellos se identificaron fallas, rasgos tectónicos definidos
por diversas geoformas, cambios bruscos de pendientes, corrientes asimétricas y
un intenso fracturamiento de rocas.
12
Para la identificación de las zonas de recarga Cano, A. (2015) utilizó en su estudio
el Modelo Hidrogeológico conceptual más reciente del Valle de Aburrá (AMVA &
UdeA, 2013). Ver figura 4.
Para la caracterización hidrogeoquímica fueron realizadas cuatro campañas de
monitoreo (AMVA & UdeA, 2012), (AMVA & UdeA, 2013). La hidrogeoquímica
trata de la química del agua en el ambiente subsuperficial y tiene por objeto
determinar el origen e historial del agua subterránea, además de proveer
información sobre los tiempos de residencia del agua, líneas de flujo y
características del acuífero, debido a que las reacciones químicas dependen del
espacio y del tiempo. (Appelo & Postma, 1999).
Figura 4 Delimitación de zonas de recarga del Sistema Acuífero Valle de Aburrá Fuente:
Cano (2015)
Cano (2015) concluye: “los sistemas de flujo subterráneo presentes en el Valle de
Aburrá corresponden a flujos locales que se recargan al interior de la cuenca y son
descargados en las vertientes y en el fondo del Valle, los flujos intermedios, de
menor longitud son recargados en la parte alta de la cuenca y su principal área de
13
descarga se da en el fondo del Valle. Además, los flujos intermedios y regionales
son recargados por fuera de los límites físicos de la cuenca superficial y
descargados exclusivamente al fondo del Valle muy cerca del eje del río por medio
de flujos ascendentes verticales.”
Por su parte, Arumí et al. (2012) estudian las “Interacciones entre flujosuperficial y flujo subterráneo en la región del Bío Bío de Chile”, donde los
procesos geológicos que formaron el territorio de la región central generaron
condiciones aptas para estas interacciones. Esta situación fue identificada, los
estudios geológicos y el uso de modelos hidrológicos así lo confirman. Una
importante actividad tectónica que formó la cordillera de los Andes forzó a los ríos,
que se formaron en la cara occidental, a labrar valles hacia el océano en la zona
central de Chile, figura 5.
Figura 5. Evolución geológica de la zona central de Chile. Fuente: Arumí et al. (2012)
Arumí et al. (2012) consideraron tres casos de estudio. Ver Figura 6.
Tectónica de Subducción crea lacordillera de los Andes
Varios sistemas de fallas crearon unadepresión,
Posteriormente, la depresión es
rellenada con sedimentos
14
Figura 6. Localización de los tres casos de estudio en la Región del Bio Bio en Chile.
Fuente Arumí et al. (2012)
Caso 1. La zona alta del Río Diguillín y su relación con la falta de agua en el Valle
del estero Renegado. Después de realizar varias campañas encontraron que en
un tramo de 6 km existen múltiples vertientes que descargan agua al Río Diguillín
desde rocas fracturadas. Ver figura 8.
Figura 7. Zona con vertientes que cae al Río Diguillín.
Fuente: Arumí et al. (2012)
Concluyen que en términos hidrológicos este río pierde agua por infiltración y está
conectado a los depósitos de agua subterránea.
15
Figura 8. Vertientes que descargan al río Diguillín desde formaciones de rocas
fracturadas. Fuente: Arumí et al. (2012)
Caso 2. La zona de Cato y su limitación productiva por altos niveles de agua
subterránea. La depresión central se rellenó por sucesivos depósitos de material
proveniente de la cordillera de los Andes. El río Cato recibe aportes de aguas
subterráneas a través de los rellenos de alta permeabilidad que lo une al río
Ñuble, éste último recarga el sistema de aguas subterráneas formando un sistema
acuífero que además es recargado por sistemas de riego de infiltración. Figura 10.
Figuran 9 Esquema conceptual de las interacciones hidrológicas existentes en la zona de
Cato. Fuente: Arumí et al. (2012)
16
Figura 10. Antecedentes de la zona de Cato. Curvas equipotenciales del nivel freático y
el modelo digital de terreno. Fuente Arumí et al. (2012)
Caso 3. Efecto de la formación de las arenas del Laja en el balance hídrico de los
ríos de dicha cuenca. La erupción de un volcán cerró el desagüe del Lago Laja,
esto generó un gigantesco aluvión que formó el abanico denominado Arenas del
Laja. Este abanico constituye un sistema superficial de aguas subterráneas que
es recargado por infiltraciones del río Laja, los canales de riego y aguas lluvias.
De acuerdo a lo anterior, se comete un gran error al hacer concesiones de agua
subterránea en puntos cercanos a fuentes superficiales advierten Arumí et al.,
agregan además que “las aguas subterráneas infiltran en un punto de la cuenca
para luego desplazarse y aflorar en otro”. Y concluyen:
“Luego de presentar estos casos de estudio se hace énfasis en que, el uso de
modelos simples como la trasposición de caudales crecidas o el supuesto de
igualdad de rendimiento específico, pueden generar resultados erróneos cuando
existen cuencas donde las condiciones geológicas producen un importante
trasvase de agua subterránea” Arumí, J.L, et al (2012).
En Guerrero, México, fue realizado el estudio: “Evidencias de interacción entreaguas superficiales y subterráneas a través de las zonas hiporreícasmediante el uso de la hidroquímica y el análisis multivariado en el acuíferoCuajinicuilapa” (Sandoval y Rodríguez, 2012). Ver figura 11. El acuífero se ubica
a la salida de una cuenca hidrográfica donde se han depositado una serie de
17
rellenos aluviales que cubren una fosa tectónica lo que permite almacenar agua
subterránea.
Figura 11. Localización Zona de estudio: Acuífero Cuajinicuilapa. Estado de Guerrero,
México
La zona hiporreíca corresponde a la interface que vincula el cuerpo de agua
superficial y la zona saturada del acuífero donde se lleva a cabo la interacción o
mezcla entre el agua superficial y subterránea cediendo algunas características
fisicoquímicas de la superficie.
Para la comprensión de esa interacción Sandoval y Rodríguez (2012) precisan
conocer factores climatológicos, morfológicos, geológicos y bióticos a través de un
modelo “hidrogeoecológico” en el que se consideren los mecanismos de recarga
del acuífero, sus interacciones, la importancia ecológica y el impacto que pudiera
presentarse en la calidad del agua subterránea. Estas revisten gran interés
biológico debido a los ecosistemas que se desarrollan en las zonas hiporreícas.
18
Figura 12. Modelo Geohidrológico Conceptual en el Valle Ribereño del Río Quetzala, en
la zona de Cuajinicuilapa, México, Fuente: Sandoval y Rodríguez (2012)
Figura 13. Distribución de elementos presentes en el agua subterránea del acuífero. A
mayor concentración mayor tonalidad en el color. Los puntos son sitios de muestreo.
Fuente: Sandoval y Rodríguez (2012).
Sandoval y Rodríguez concluyen que el acuífero recibe su recarga sobre todo a
través de las corrientes superficiales que drenan los valles.
19
Figura 14. Red Hidrográfica Líneas de igual elevación del nivel estático y dirección de flujos
subterráneos en el acuífero de Cuajinicuilapa, Guerreo. Sandoval y Rodríguez. (2012)
El modelo geohidrológico conceptual y el graficado de índices hidrogeoquímicos
indican la presencia de flujos locales, intermedios o regionales que, aunque no son
determinantes de la calidad fisicoquímica del agua subterránea, por procesos de
mezcla, se hace necesaria su identificación a mayor detalle para prever su
comportamiento dentro del acuífero.
Otro estudio realizado en la UdeA, “Tendencias de la disponibilidad delRecurso Hídrico superficial en la Vereda Las Palmas”, (Henao et al, 2006) en
jurisdicción del Municipio de Envigado, al sur del Área Metropolitana de Medellín,
ver figura 15, y apoyado en estudios previos como “Identificación, clasificación,
características hidrogeológicas de los humedales y evaluación de zonas de
recarga, y su relación con la geología y las corrientes del Municipio de Envigado”,
Universidad Nacional de Colombia, Medellín (2005). Este estudio identificó a la
20
cuenca como zona de recarga de aguas subterráneas por lo que amerita
protección especial ya que estas aguas surten la Región en época de verano.
Figura 15. Localización del Municipio de Envigado. Fuente Henao et al, 2006
El estudio tuvo por objeto identificar las acciones susceptibles de producir
deterioro ambiental en la cuenca abastecedora de la quebrada las Palmas (figura
16), además de establecer medidas de manejo para prevenir, evitar o mitigar los
impactos negativos y asegurar la disponibilidad futura de agua.
Figura 16. MED de la cuenca Las Palmas en jurisdicción del Municipio de Envigado.
Fuente: Henao et al. 2006.
21
La cuenca abastecedora de la Quebrada Las Palmas es zona de recarga para
aguas subterráneas, pues dispone de una gran oferta de recursos naturales como
cenizas volcánicas (Figura 17), humedales y rastrojos que sirven como
reguladores hídricos.
Figura 17. Mapa de espesor de la capa de cenizas volcánicas en el altiplano de
Envigado. Fuente Henao et al (2006)
La alteración parcial o total de la capa de cenizas trae como consecuencia la
escasez del recurso hídrico, porque:
En comparación con las capas del Saprolito, éste presenta menor
permeabilidad, bajo almacenamiento, baja conductividad y baja porosidad.
Al contrario, la capa de cenizas volcánicas permite el goteo de forma lenta
hacia la roca.
Las cenizas volcánicas imprimen características hidrológicas e
hidrogeológicas especiales por el alto poder de retención de humedad y su
alta permeabilidad.
22
Juegan un papel fundamental en el ciclo hidrológico del área de influencia.
Permite el flujo horizontal hacia corrientes superficiales y el flujo vertical
hacia el Saprolito.
Permiten la infiltración del agua lluvia, conservando la humedad y la
vegetación, además de evitar la erosión superficial. El agua allí acumulada
permite la formación de humedales.
Por otro lado, la alteración de los humedales genera escases del recurso pues
están siendo transformados para ser destinados a otros usos. En el pasado los
humedales eran considerados como foco de enfermedades y un obstáculo para
diversas actividades económicas. Así, por ejemplo, el auge para viviendas de
estrato alto trajo consigo procesos de impermeabilización y secado de los
humedales. Adicionalmente no ha sido cuantificada el agua que regulan los
rastrojos altos y bajos, además de los bosques en estado de sucesión.
Estas características de la zona influyen notablemente en la disponibilidad actual
de recurso hídrico que es demandado no solo por habitantes del Municipio de
Envigado, sino también por habitantes de Medellín y su Área Metropolitana. La
oferta del recurso proviene de la represa La Fe, ubicada en el Oriente Antioqueño,
en jurisdicción de Envigado, y es tratado en la planta de potabilización
Manantiales. Esta represa y sus afluentes está catalogada por la Empresa de
Servicios Públicos EPM, como el mayor aporte al sistema interconectado de
acueducto que abastece la Región.
Es de anotar que la Vereda Las Palmas será impactada por las obras de la
Conexión Vial Aburrá-Oriente con la construcción del Túnel Seminario, a pesar de
su importancia ecosistémica.
Aledaño a la zona de estudio se encuentran los altiplanos de Santa Elena y
Rionegro. Ver figura 18. Estas guardan íntima relación con las principales
cuencas abastecedoras de Envigado: la Ayurá y Las Palmas.
23
Figura 18. Zona de estudio Altiplano de Envigado
Desde el punto de vista hidrogeológico e hidrológico, y de acuerdo a la
geomorfología de la región, el altiplano de Santa Elena, que se encuentra a mayor
altura, es de gran importancia debido a que desde allí se desprenden grandes
corrientes de agua superficial y subterránea hacia el altiplano de Rionegro y al
Valle de Aburrá. (Universidad Nacional, 2005).
La oferta de agua del Altiplano Santa Elena también se verá afectada con las
obras de la Conexión Vial Aburrá - Oriente, por la construcción del túnel Santa
Elena.
Con respecto a la calidad del recurso hídrico, ésta se constituye en un factor que
limita la disponibilidad futura y restringe en un amplio rango los usos posibles. Los
cauces de ríos y quebradas en Colombia reciben y transportan cargas de aguas
residuales, además de ser receptoras de grandes volúmenes de sedimentos
originados por procesos de erosión natural o derivada de la acción antrópica,
como los provenientes de la actividad extractiva de la minería.
El estudio concluye entre las medidas de manejo:
24
o Ampliar la cobertura de bosque natural tratando de lograr la consolidación
de las franjas o los retiros, garantizando a su vez, la conectividad de la
estructura ecológica principal.
o Evitar la expansión de la vegetación exótica.
o Tomar medidas que garanticen que el desarrollo urbanístico no sobrepase
la capacidad de carga de la cuenca.
o El Municipio de Envigado debe encontrar los mecanismos eficaces para
vigilar y controlar el consumo real de los caudales asignados por la
reglamentación vigente.
o Se requiere contar con un inventario actualizado de usuarios en la cuenca,
con registro real de los caudales efectivos utilizados con el fin de estimar la
demanda real del recurso.
o La capa de ceniza volcánica es muy vulnerable, por lo que debe protegerse
ante la dinámica de desarrollo. Si es removida puede ser causante de
graves problemas de disponibilidad futura del recurso hídrico y deterioro
ambiental debido a la alta pluviosidad que se registra en la zona.
o La cuenca en estudio se identificó como zona de recarga de aguas
subterráneas, por lo que debe ser declarada como zona de protección ya
que son estas aguas las que surten el área de estudio en época de verano.
o “La zona del Altiplano donde se localiza la vereda Las Palmas es una de las
unidades geomorfológicas de mayor interés para el área en estudio, puesto
que esta zona es apta para la acumulación de agua y su transporte a los
cauces de la cuenca y a las fuentes subterráneas que se infiltran en las
familias de fallas que salen sobre la cara libre del escarpe donde se localiza
la cuenca La Ayurá, creando un sistema altiplano - escarpe que actúa como
zona de recarga y descarga respectivamente.” (Henao et al. 2006).
25
1.3 Marco Normativo
Las normas jurídicas se basan en un sistema único lo que permite validarlas y por
lo mismo ordenarlas. Dentro de esas normas existe una tipología, una estructura
jerárquica definida de acuerdo al tipo de acciones que son reguladas. (Sánchez,
2006)
Normas que consagran principios y valores Ambientales
Normas que reconocen Derechos Humanos, Ambientales o colectivos.
Normas de política, planificación y Gestión ambiental.
Normas Técnicas como: manejo, uso y aprovechamiento de los Recursos
Naturales renovables, control de contaminantes y de procesos productivos.
Normas preventivas y sancionatorias, policivas o penales.
Normas que consagran procedimientos policivos o judiciales.
De acuerdo con la jerarquía, tipología y organización del Derecho Ambiental
Colombiano los actos administrativos que se constituyen como Determinantes
serán las disposiciones constitucionales, las leyes, los decretos con fuerza de ley,
los decretos reglamentarios y las resoluciones (siempre y cuando la ley lo
permita).
En el ámbito Departamental las Ordenanzas también se constituyen como
Determinantes además de las decisiones establecidas por las Corporaciones
Autónomas Regionales - CAR.
A nivel Internacional los Tratados direccionan la intervención en el territorio y el
patrimonio natural, ellos establecen los principios generales sobre los cuales se
hacen efectivos los derechos ciudadanos relacionados con el ambiente según lo
contempla la Constitución Política del 91 y que además prevalecen en el orden
jurídico interno por tratarse de Derechos Humanos (Art 93).
Desde la década de los 90s, la comunidad Internacional acordó una reorientación
hacia una Gestión Integrada de los Recursos Hídricos (GIRH).
26
“La GIRH es un proceso que promueve la gestión y el desarrollo coordinado del
agua, la tierra y los recursos relacionados, con el fin de maximizar el bienestar
social y económico resultante de manera equitativa, sin comprometer la
sostenibilidad de los ecosistemas”.
En 1992, en Río de Janeiro se celebró la Cumbre de la Tierra. En esta reunión, la
comunidad internacional acordó una estrategia global con el fin de solucionar los
problemas medioambientales y de desarrollo.
En 2002, en Johannesburgo se celebró la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo
Sostenible, su objeto fue el de llevar a cabo las acciones propuestas en la cumbre
de Río, planteando el compromiso político de lograr un Desarrollo Sostenible.
En 2003, en Marruecos se llevó a cabo “El Proceso de Marrakech”, respondiendo
al llamado del Plan de Implementación de Johannesburgo, de la Cumbre Mundial
de Desarrollo Sustentable (Sostenible, como se adoptó en Colombia).
En 2010, Colombia ratifica la “Política Nacional de Producción y Consumo
Sostenible” – Hacia una cultura de consumo sostenible y transformación
productiva del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Con esta
política Colombia responde de manera voluntaria a los compromisos adquiridos en
el marco del Proceso de Marrakech, es dirigida a los diferentes sectores de la
sociedad y enfatiza su actuación en sectores estratégicos.
Por su parte, la Carta Política (1991) contempla entre otras la función ecológica y
social de la propiedad, el derecho de los ciudadanos a un ambiente sano, el deber
del Estado de planificar el manejo y aprovechamiento de los RN, garantizar su
sostenibilidad, su conservación y restauración, el control de Determinantes
Ambientales y la imposición de sanciones. Volver índice
1.3.1 Marco Nacional Normativo
La Corte Constitucional Colombiana ha señalado que el Constituyente de 1991
trató de hacer concordante el desarrollo económico, el derecho a un medio
ambiente sano y el equilibrio ecológico.
27
La Constitución de 1991, consagró 49 artículos a la protección del medio ambiente
y los recursos naturales, situación que le mereció el calificativo de Constitución
Ecológica, por parte de algunos tratadistas.
Así mismo, en desarrollo de los Artículos 79 y 80 de la Constitución Nacional, la
Ley 99 de 1993 creó el Sistema Nacional Ambiental, SINA. Su misión es dirigir la
gestión ambiental, administrar los recursos naturales renovables, e impulsar una
relación de respeto y armonía entre el hombre y la naturaleza. También, debe
definir en los términos que señala dicha ley las políticas a las que se somete la
recuperación, conservación, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos
naturales renovables y el medio ambiente, a fin de asegurar el desarrollo
sostenible de la Nación.
De acuerdo al artículo 4 de la Ley 99 de 1993, el SINA está integrado por:
La normatividad específica actual que no se derogue por esta ley y la que
se desarrolle en virtud de la misma.
Las entidades del Estado responsables de la política y de la acción
ambiental, y las Autoridades Ambientales señaladas en la ley.
Las organizaciones comunitarias y no gubernamentales relacionadas con la
problemática ambiental.
Las fuentes y recursos económicos para el manejo y la recuperación del
medio ambiente.
Las entidades públicas, privadas o mixtas que realizan actividades de
producción de información, investigación científica y desarrollo tecnológico
en el campo.
Los principios y orientaciones generales contenidos en la Constitución
Nacional, y en la normatividad ambiental que la desarrolle.
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, como organismo rector del
SINA debe, entre otras funciones definir y regular tanto los instrumentos
administrativos como los mecanismos necesarios para prevenir y controlar los
factores que generan deterioro ambiental. Entre esos mecanismos se encuentra
28
la evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), que de ser procedente
tendrá como consecuencia la expedición de la licencia solicitada para la ejecución
de un proyecto, obra o actividad.
Para optimizar el proceso de evaluación y facilitar la toma de decisiones por parte
de la autoridad ambiental, se ha elaborado el “Manual de Evaluación de Estudios
Ambientales: criterios y procedimientos”, en el marco del convenio de cooperación
y asistencia técnica desarrollado por el Área de Ciencia y Tecnología del Convenio
Andrés Bello (CAB), para la Subdirección de Licencias Ambientales del Ministerio
del Medio Ambiente.
En particular, la ley 685 de agosto 15 de 2001, Código de Minas vigente, en su
Artículo 68, dispone de un glosario o lista de definiciones y términos técnicos en
materia minera. Este documento fue liderado por el Ministerio de Minas y Energía,
bajo la coordinación de INGEOMINAS y con la participación de otras entidades. El
documento considera estándares y normas internacionales, y tiene como fin
facilitar la compilación, integración e intercambio de información minera entre las
diferentes entidades del estado y el público en general.
Volver índice
1.3.2 Determinante Ambiental
Determinante Ambiental es el conjunto de directrices, orientaciones, conceptos y
normas que permiten el adecuado reconocimiento del Componente Ambiental en
los Planes de Ordenamiento Territorial del Estado Colombiano.
Las Determinantes Ambientales están constituidas por normas a nivel Nacional y
Regional que precisan y desarrollan el marco legal para el Ordenamiento del
Territorio Colombiano de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la Ley 388
de 1997, el Decreto 3600 de 2007 y sus decretos reglamentarios: Decreto 4066
del 2008, el Decreto 2372 de 2010 y el Decreto 1640 de 2012.
Las Determinantes Ambientales tienen por objeto constituirse en elemento
estructurante y articulador del territorio, contribuyendo a la sostenibilidad de los
modelos de desarrollo y a la reducción de los conflictos por el uso y manejo de los
29
Recursos Naturales y el medio ambiente. Deben ser establecidas por las
Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), además de garantizar su correcta
incorporación en los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), y articularlos con
la planificación Ambiental Regional como los Planes de Gestión Ambiental PGAR
o los Planes de Ordenación y Manejo de la Cuenca (POMCA). Al constituir
normas de superior jerarquía son de obligatorio cumplimiento por parte de los
Municipios, de modo que los restringen o condicionan para regular los usos del
suelo en su POT.
Las Determinantes deben ser definidas por ejes estructurales ambientales o por
temas de importancia ambiental, como:
Cuencas Hidrográficas
Áreas Protegidas y Sistemas Estratégicos
Distritos de Conservación de Suelos
Reserva Forestal Nacional
Amenaza Sísmica o volcánica Regional
Explotación de Recursos Naturales, como minería e hidrocarburos.
Además, el Decreto 3600 del 2007 establece la Zonificación Ambiental. Estas
normas se constituyen en Determinantes Ambientales para el Ordenamiento Rural
clasificando las áreas en categorías de protección rural:
Áreas de conservación y protección ambiental
Áreas del sistema nacional de áreas protegidas
Áreas de reserva forestal
Áreas de manejo especial
Áreas de especial importancia ecosistémica
Áreas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de recursosnaturales.
Áreas e inmuebles considerados como patrimonio cultural
30
Áreas del sistema de servicios públicos domiciliarios
Áreas de amenaza y riesgo
Categorías de desarrollo restringido en el suelo
Zonas para suelo suburbano
Centros poblados. Zonas para vivienda campestre
Las Determinantes Ambientales tienen una clara identificación o ubicación
pudiéndose referenciar geográficamente mediante cartografía. Esto permite su
manejo e interpretación a través de los Sistemas de Información Geográfica.
Actualmente se utilizan diversos sistemas de clasificación para usos del suelo y
coberturas que permiten desagregar información a nivel regional o integrarla a
nivel nacional.
De conformidad con el artículo 2º del decreto 3600 de 2007:
“La determinante se constituye en un criterio mediante el cual la autoridad
ambiental define unos lineamientos con el fin de garantizar el desarrollo sostenible
del suelo rural en los procesos de formulación, revisión y/o modificación de los
planes y/o esquemas de ordenamiento territorial. Los cuales deberán ser
acatados por los Municipios, y que constituyen normas de superior jerarquía en los
términos del artículo 10 de la ley 388 de 1997.”
Las Determinantes Ambientales tienen su manifestación más fuerte en la Política
de Ordenamiento y Desarrollo Ambiental fundamentado en la Constitución Política
de 1991.
El artículo 1º de la Ley 507 de 1999 en su parágrafo 6 hace referencia a la
concertación de los Asuntos exclusivamente Ambientales de los POT modificando
lo establecido en el artículo 24, numeral 1º de la Ley 388 de 1997 y en el artículo
49 de la Ley 1537 de 2012. Estos Asuntos serán incorporados por las
Administraciones Municipales en sus POT y por las Corporaciones en su Plan de
Acción, su evaluación y seguimiento se hace a través de indicadores concertados
entre las partes. El POT es un instrumento técnico y normativo de planeación y
31
gestión a largo plazo (12 años), que regula la utilización, ocupación y
transformación del espacio físico urbano y rural.
De otro lado, los Términos de Referencia (TDR) son expedidos cuando se ha
identificado la necesidad de realizar el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), el
Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA) o los Planes de Manejo Ambiental
(PMA), cuando sea del caso, como requisito para el trámite de la Licencia
Ambiental. En los TDR se fija la intención, el alcance y el contenido del estudio
ambiental. Estos términos pueden estar pre-elaborados, o ser elaborados por la
autoridad ambiental tomando como referencia los que estén disponibles.
En el caso de la Minería se dispone actualmente de los TDR del EIA para la
explotación de materiales de la construcción, a cielo abierto. En 2014 la Anla
publicó un borrador (V1) de los TDR para la minería. Además, existen TDR para
el EIA de proyectos de túneles y sus accesos (VI-TER-1-02 Bogotá, DC, 2006).
Debido a que los túneles (hidráulicos o para vías) así como las excavaciones con
fines de explotación minera (túneles mineros) en rocas macizas, actúan como
grandes estructuras de drenaje, los TDR deben estar bien definidos para
establecer los criterios que precisen los límites en el uso y explotación de los
recursos hidrogeológicos. Ignorar este aspecto puede implicar el agotamiento de
pequeñas corrientes de agua y en consecuencia la afectación de las comunidades
que se sirven de ellas. (Vélez M. V, 2010)
En los TDR, definidos por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial de Colombia, actual Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
(MADS), se observa que:
“El Estudio de Impacto Ambiental debe contener una caracterización general del
estado en que se encuentra el área del proyecto en aspectos legales, de gestión
social, de intervención del medio abiótico y biótico, y del estado de trámite de
permisos”.
En correspondencia con lo anterior, la caracterización del área de influencia
expresa las condiciones generales de la zona sin los efectos particulares del
32
proyecto y se constituye en la base para analizar cómo el proyecto minero incidirá
sobre el entorno por efecto de impactos acumulativos. Como consecuencia deben
ser analizados dos escenarios: la determinación de impactos ambientales con y
sin proyecto, estableciendo los indicadores de vulnerabilidad, sensibilidad y
criticidad a fin de conocer y precisar los impactos que le son atribuibles al
proyecto.
A partir de la zonificación ambiental y considerando la evaluación de impactos
realizada, se determina la zonificación de manejo ambiental para las diferentes
actividades del proyecto, que de acuerdo a la clasificación establecida en los TDR
pueden ser:
Áreas de Exclusión. Corresponde a áreas que no pueden ser intervenidas
por las actividades del proyecto. Se considera que el criterio de exclusión está
relacionado con la fragilidad, sensibilidad y funcionalidad socio-ambiental de la
zona; de la capacidad de auto recuperación de los medios a ser afectados y
del carácter de áreas con régimen especial.
Áreas de Intervención con Restricciones. Se trata de áreas donde se debe
tener en cuenta manejos especiales y restricciones propias acordes con las
actividades y etapas del proyecto y con la sensibilidad ambiental de la zona.
En lo posible deben establecerse grados y tipos de restricción y condiciones de
las mismas.
Áreas de Intervención. Son áreas donde se puede desarrollar el proyecto,
con manejo ambiental acorde a las actividades y etapas del mismo.
Con la información anterior se debe generar el Plan de Manejo Ambiental (PMA),
definido como el conjunto de programas y actividades necesarios para prevenir,
mitigar, corregir y compensar los impactos generados por el proyecto durante las
diferentes etapas. Para cada impacto identificado debe formularse como mínimo
un programa o proyecto como medida de manejo para cada uno de los medios
biótico, abiótico y socio-económico, tal y como lo contempla la ley colombiana.
33
Entre los aspectos más relevantes solicitados por la autoridad ambiental en los
TDR para el EIA se encuentra la realización de un modelo Hidrogeológico
conceptual que sirva de base para la generación de un modelo matemático de
simulación Hidrogeológica. Éste debe contemplar las interacciones entre los
procesos de superficie, la zona no saturada y la zona saturada. Además, dicho
modelo tiene por objeto simular el comportamiento del recurso hídrico
subterráneo, en donde se determine la posición actual del nivel piezométrico y su
variación con respecto al avance del proyecto. De tal forma que se puedan
predecir las alteraciones del comportamiento Hidrogeológico frente a las labores
mineras.
El modelo Hidrogeológico general involucra entre los elementos básicos la
definición de la geometría de las unidades hidrogeológicas y de sus propiedades
hidráulicas, la determinación de las redes de flujo, la estimación de la recarga y la
evaluación de las condiciones de calidad de las aguas subterráneas. A partir de la
información disponible se podrá llevar a cabo el análisis para obtener el modelo
deseado. (Betancur, 2010).
Volver índice
1.4 Pregunta de Investigación
¿Cuáles son la Determinantes Ambientales en aspectos Hidrogeológicos del
desarrollo de la minería en Macizos Rocosos?
1.5 Objetivos
Para dar respuesta a la pregunta formulada se proponen los siguientes objetivos.
1.5.1 Objetivo General
Identificar las Determinantes Ambientales desde el punto de vista Hidrogeológico
del desarrollo de la minería sobre macizos rocosos en Colombia, considerando lo
regulado actualmente y lo que debería exigirse para la conservación de los
recursos naturales.
34
1.5.2 Objetivos Específicos
Evaluar las restricciones Ambientales actuales, establecidas por la
Autoridad Nacional Ambiental - ANLA - y las Corporaciones Autónomas
Regionales - CAR - a la actividad minera en macizos rocosos, considerando
su incidencia en el medio social, cultural, político y económico.
Estimar el impacto ambiental de la actividad minera en Macizos Rocosos en
las etapas de prospección, exploración y explotación, identificando los
aspectos más relevantes desde el punto de vista Hidrogeológico.
Valorar el comportamiento de los aspectos físicos: hídrico y geológico, que
son impactados por la actividad minera en Macizos Rocosos y la manera
como es afectada la estructura, la salud y funcionalidad del ecosistema.
Determinar si los aspectos Hidrogeológicos están plenamente identificados
en proyectos mineros típicos.
Identificar los mínimos ambientales asociados a la evaluación del impacto
ambiental por acción de la actividad minera en macizos rocosos, mediante
indicadores de gestión y sobre la base de las determinantes ambientales
establecidas por la CAR de la zona de estudio del caso piloto.
Proponer alternativas para la valoración temprana de las determinantes
ambientales en aspectos hidrogeológicos.
1.6 Hipótesis
De acuerdo a la forma como se produce la actividad minera y su efecto en los
recursos naturales y el ambiente se considera como hipótesis de esta
investigación:
“Los requisitos en Colombia para la evaluación y manejo de impactos ambientales
de carácter hidrogeológico de los proyectos mineros en macizos rocosos no son
suficientes.” Volver índice
35
1.7 Impacto de la minería sobre los Recursos Hidrogeológicos
1.7.1 Macizos Rocosos
Los Macizos Rocosos se clasifican de acuerdo a su aptitud para almacenar y
trasportar agua en: acuíferos, los de máxima conductividad hidráulica, acuitardos
si son de baja conductividad y acuicludos, de mínima o nula conductividad. Su
capacidad está dada por el volumen de poros (vesículas o fracturas), y por sus
interconexiones. Así, una roca puede tener un gran volumen de poros y una
buena capacidad para almacenar agua, pero baja capacidad para conducirla.
Otra característica importante de las rocas es la permeabilidad, la cual puede ser
primaria o secundaria. La primaria es propia de la granulometría de las rocas. Por
ejemplo, la roca sedimentaria de granulometría homogénea formada por clastos
de tamaño arena o superior, tienen mayor permeabilidad primaria. También existe
alta permeabilidad primaria en algunas rocas volcánicas que presentan estructuras
tipo tubo o túneles, con gran capacidad de flujo.
La permeabilidad secundaria se debe a fracturas, como diaclasas o fallas y existe
en todo tipo de rocas, aunque en distinto grado. También, puede producirse
permeabilidad secundaria por disolución de minerales; el caso más notable es el
de las estructuras kársticas de disolución en rocas calizas, que dan lugar a
verdaderos ríos subterráneos.
Cuando se desarrollan actividades mineras subterráneas, en áreas donde se
presentan niveles freáticos de profundidad normal, esto es, de algunos metros o
decenas de metros bajo la superficie, la mina se convierte en un sistema de
drenaje que tiende a bajar el nivel freático local. La inundación lleva en algunos
casos a detener las labores a cierta profundidad. Incluso después de finalizadas
las actividades se ven obligados a mantener abierta la mina, evitando así el
colapso de operaciones vecinas.
En general, los Macizos Rocosos se ven como una gran red de fracturas, con
mayor o menor capacidad que permite la conducción del agua. Algunas de esas
fracturas aportan una alta conductividad, incluso a rocas carentes de
36
permeabilidad primaria, como es el caso de las fallas principales en macizos de
rocas graníticas. (González, 2006).
A pesar de que las rocas presentan una apariencia de solidez, normalmente están
cruzadas por estructuras a todos los niveles. Por consiguiente, no se logra mucho
control del agua cerrando los accesos principales a las labores mineras
subterráneas si existe fuerte fracturación, agua en abundancia y gradientes
hidráulicos favorables al flujo subterráneo. Por otro lado, es normal que se formen
los yacimientos metalíferos en Macizos Rocosos altamente fracturados, y que su
explotación incremente la fracturación inicial.
De acuerdo a lo anterior, en la evaluación hidrológica e hidrogeológica se deben
considerar factores como el clima, la topografía y el grado de fracturación de los
Macizos Rocosos.
En particular, el volumen de precipitación juega un papel fundamental. Si éste es
muy abundante, se favorecerá la dilución del drenaje ácido que se genera con las
labores mineras; si es muy escaso, el fenómeno será de poca extensión; con lo
que una situación intermedia presentaría los mayores riesgos de contaminación
por ese drenaje.
La integración de los acuíferos a la gestión Integral del Recurso hídrico y a las
actividades de explotación queda potenciada por su capacidad de
almacenamiento, hidrodinamismo y protección por efectos de la contaminación,
así como el sistema suelo – acuífero que permite el almacenamiento de agua
después de pasar la zona de infiltración. (Pernia, J.M., 1993)
Así mismo, las zonas de recarga requieren de su conocimiento y mayor
protección. Desde el punto de vista climatológico tienen precipitación media anual
alta, evaporación media o baja, y humedad elevada. Desde el punto de vista
geológico son suelos permeables o medianamente permeables. La topografía
juega papel importante, generalmente tiene configuración plana o levemente
ondulada.
Volver índice
37
1.7.2 Drenaje ácido
Es uno de los mayores impactos ambientales producidos por la industria minera a
nivel mundial. Ocurre como resultado de la oxidación natural de minerales de
sulfuro contenidos en los residuos de las operaciones mineras. Este drenaje
podría impactar adversamente el agua superficial y subterránea. Las reacciones
de oxidación ocurren en forma natural y son aceleradas por la exposición de la
roca al oxígeno y al agua, y por la acción catalizadora de algunas bacterias.
Entre los impactos producidos por el drenaje ácido sobre el ambiente se
encuentra:
La afectación de los ecosistemas acuáticos como consecuencia de la
acidez y metales disueltos en las aguas.
Los organismos vivos pueden asimilar los metales pesados ingresando en
la cadena alimenticia.
Inhibe el crecimiento de comunidades vegetales aledañas a los canales de
drenaje, la acumulación de sulfuros en la superficie de los suelos dificulta la
penetración de raíces y afecta la tasa de crecimiento de las plantas.
Afectación de aguas superficiales y subterráneas, limitando el uso del agua
para consumo o riego.
Afecta las mismas labores mineras al crear problemas de corrosión en las
instalaciones y equipos.
Dificulta procesos de revegetación y estabilización de residuos mineros.
No obstante, y a pesar de que las fracturas pueden albergar pequeños o grandes
lagos, éstos podrían ser usados como parte del tratamiento del drenaje ácido a
menos que las fracturas sean rellenadas con desechos sólidos de la misma
explotación. Si la generación del drenaje ácido no puede ser prevenido, éste
podría ser recogido y tratado, aunque el tratamiento cuesta más que su control.
(Oyarzun, 2008). Volver índice
38
1.7.3 Características de la zona de Influencia
Las características del sitio, junto con la magnitud, el diseño y el cuidado en la
ejecución de las actividades mineras, son factores determinantes en el impacto
sobre el régimen hidrológico y su consecuente efecto en la erosión, sedimentación
y contaminación del agua.
De acuerdo a Winter (1999) entre las características de la zona de influencia del
proyecto, juega papel fundamental la geología, particularmente en sus aspectos
litológicos y estructurales, además de la geomorfología y el clima. Al respecto, la
geomorfología refleja la interacción de la geología y el clima, y se expresa en una
topografía determinada. De igual manera, la cubierta vegetal está en alto grado
determinada por el clima y la altura.
Otra relación importante es la existente entre la tectónica, que determina el
ascenso o descenso de bloques geológicos, los procesos de remoción en masa y
los agentes erosivos, en particular el agua, líquida o sólida. Mientras la tectónica
tiende a crear grandes diferencias topográficas, la remoción en masa y la erosión
actúan en la dirección opuesta, rebajando las cumbres y rellenando las
depresiones.
De lo anterior se deduce que existe un equilibrio entre las formas del relieve, su
cubierta vegetal y el clima. Dicho equilibrio puede ser de un extremo dinamismo,
como en las cadenas montañosas con fuerte régimen pluvial. Es el caso de
Nueva Guinea, la cordillera de los Andes de Colombia y Ecuador, entre otros. Del
otro extremo una muy baja dinámica, como en algunos relieves del desierto del
norte de Chile, donde prevalecen superficies de edad geológica terciaria.
Cuando se instala una operación minera de cierta envergadura, se produce una
ruptura de ese equilibrio, al adaptar las superficies a las necesidades de la
infraestructura requeridas por la minería, a lo que se agrega el desarrollo de
cavidades o el arranque de minerales tipo cantera, producto de la minería a cielo
abierto. Por otra parte, el drenaje mismo puede ser modificado para facilitar la
operación. (Oyarzun, 2008).
39
Si se trata de labores de minería subterránea los aspectos anteriores son
igualmente válidos, agregando mayor importancia a la geología y a la mineralogía
del sitio intervenido y su área de influencia. En primer término, es importante
considerar que el drenaje superficial y el subterráneo están muy relacionados y
que éste último tiende a seguir de forma aproximada las variaciones del relieve.
Parte del agua que circula sobre la superficie se infiltra. Al inicio, el agua rica en
oxígeno, atraviesa una zona donde no alcanza a saturar los poros o fracturas que
encuentra en su recorrido. Su límite inferior es el nivel freático, variable en el
tiempo, en esta zona todos los poros y fracturas interconectados están saturados
de agua. Cuando este nivel está conectado con la superficie libre se denomina
acuífero libre. Volver índice
1.7.4 Ley de Darcy aplicada al movimiento en el acuífero
La Ley de Darcy describe el flujo de una corriente a través de medios porosos,
incluidas las aguas subterráneas. Esta ley establece que el flujo entre dos puntos
del acuífero es directamente proporcional a la longitud del camino que debe
recorrer.
Cuando un acuífero está confinado entre dos formaciones geológicas
impermeables la Ley de Darcy rige igualmente, pero la altura del acuífero respecto
al nivel del mar, debe ser reemplazada por su “altura piezométrica” que incluye la
presión a la cual se encuentra el agua. En general, ese recorrido involucra
trayectorias curvas perpendiculares a las líneas de igual altura del nivel freático.
Esta Ley, constituye la base cuantitativa de muchas disciplinas científicas y de
ingeniería, incluyendo la Hidrología, Hidrogeología, Edafología, las Ingenierías:
Civil, del Petróleo y Química. El legado científico de Henry Darcy va más allá de
su reconocida ley (Simmons, 2007). Volver índice
1.7.5 Impactos en el medio biológico y social
En Colombia se realiza todo tipo de explotaciones mineras. La minería a gran
escala crea pasivos ambientales que pueden durar miles de años. De acuerdo al
estudio de Impactos Ambientales de la Minería realizado por la Universidad de La
40
Guajira (2011), se ha establecido que el mayor efecto de esta actividad es sobre el
recurso hídrico, la geología y la geomorfología.
Younger et al. (2002) indican que el mal manejo y disposición del agua y los
suelos residuales en las labores mineras trae consigo un mayor impacto al
ambiente biológico. Entre esos impactos:
La desviación y contaminación del drenaje que se acidifica y se carga de
metales pesados y material particulado.
Cambios en el uso actual del suelo.
Destrucción de la cobertura vegetal como zonas y especies de especial
interés, endémicas, raras, de interés científico o en peligro de extinción.
Cambios en la geología y la geomorfología. Se desencadenan procesos
erosivos, se modifica el relieve y hay mayor generación de sedimentos.
Las cavidades mineras, producto de la excavación son un gran riesgo para
la fauna.
Contaminación atmosférica. La minería a gran escala es responsable de
grandes emisiones de gases tóxicos a la atmósfera.
Contaminación por ruido.
Impacto sobre los seres humanos por las acciones anteriores, además de
los riesgos de carácter social, económico y cultural asociados a la
explotación.
Alteración de ecosistemas vulnerables y deterioro del paisaje.
En Colombia la problemática social y económica viene en ascenso por cuenta de
grupos ilegales que pretenden tomarse las zonas que han sido dedicadas a la
minería artesanal por generaciones o por tradición cultural. La situación generada
por la minería a gran escala no es muy diferente. En La Colosa fue realizada la
exploración minera por parte de la multinacional Anglo Gold Ashanti, Colombia
S.A. Se trata de una mina de oro en el Departamento del Tolima que forma parte
de la Reserva Forestal Central, en una zona de altísima actividad sísmica
asociada al volcán Machín.
41
La zona se ha caracterizado por ser una estrella fluvial ya que cuenta con un gran
número de corrientes y yacimientos de agua. El oro se encuentra en partículas
microscópicas de modo que el proceso de extracción utilizaría grandes cantidades
de agua y de cianuro, abriendo canteras a cielo abierto y destruyendo la cobertura
vegetal y la fauna. Además del riesgo inminente que representa el uso de cianuro
para la salud humana y de otros seres vivos, se vería afectado el denominado
“Plan Tolima” que es una importante despensa de alimento para la región y el
país.
Debido a esta problemática se han emprendido acciones en contra de la ejecución
de las labores mineras en La Colosa, mediante marchas o manifestaciones donde
se hacen llamados a los organismos de control Nacional y a la Comunidad
Internacional para prevenir los posibles impactos negativos.
De acuerdo al registro realizado en medios de comunicación como El Nuevo Día,
Diario Tolimense, la Procuraduría General de la Nación en comunicación a la
Directora de Ecosistemas del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial, fechada el 21 de noviembre de 2008, hace petición de NEGAR la
solicitud de sustracción del área de reserva forestal….
Una situación no menos impactante es la construcción del Túnel de la Línea, que
forma parte del “Corredor Bogotá- Buenaventura”. El proyecto conecta los
departamentos de Quindío y Tolima, cruzando la cordillera Central por el Alto de la
Línea. La quebrada La Gata recibe las descargas del agua de infiltración del
Túnel la Línea y el Túnel piloto; como alternativa usan otra fuente hídrica, el Río
Santo Domingo para recibir los vertimientos. Además, instalan tanques móviles
prefabricados para tratar sanitariamente las aguas de escorrentía evitando la alta
carga de sólidos y depurando otra serie de parámetros del agua. Tomado de la
página del INVIAS: “INVÍAS invierte recursos para mitigar impactos ambientales
en Túnel de la Línea”. (Diciembre de 2013). Volver índice
42
2. METODOLOGÍA
Esta investigación de carácter cualitativo se desarrolló en varios momentos,
específicos al tema de estudio, con el fin de llevar a cabo los objetivos propuestos.
Es importante resaltar que al inicio de este proyecto de investigación no se
disponía de Términos de Referencia, TDR, para la Minería subterránea. Durante
el año 2014 fue publicado un borrador con los TDR para la Minería, sin mayores
especificaciones para el caso de la minería subterránea. Lo que hizo aún más
solícito recurrir a un proyecto de construcción de túneles por la disponibilidad de
información, como EIA, los PMA para cada impacto y la posibilidad de ser
comparados con los TDR exigidos por la autoridad ambiental.
Debe tenerse en cuenta que las excavaciones realizadas en macizos rocosos y la
consecuente afectación a los recursos hidrogeológicos hace parte del objeto de
estudio de esta investigación. Para una mayor aproximación a las normas
ambientales de superior jerarquía en Colombia que debería trazar los lineamientos
en proyectos de minería se hace énfasis en los impactos que esta actividad ejerce
sobre la geología, la geomorfología y el agua. Comparativamente, la construcción
de túneles en suelos de conformación rocosa como los viales, hidráulicos o
mineros impactan de igual forma los recursos hidrogeológicos.
En principio la investigación es apoyada en la Teoría Fundada, que es
considerada como estrategia metodológica para desarrollar conceptos, teorías,
hipótesis y proposiciones. Esta teoría se basa en la recolección y análisis de
datos de forma sistemática, además, el registro permanente de información es
fundamental porque aporta para el análisis, la codificación, los comentarios, las
reflexiones y preguntas. (Galeano, M.E; 2009).
Datos de entrada:
Se consideró la Normatividad Ambiental, desde la más general a la más
específica dentro de la jerarquía que se maneja en Colombia. Además, se
realizó una remembranza de los tratados y Convenios Internacionales a los
43
cuales se ha acogido Colombia a través de la historia y que le han permitido
direccionar la intervención en el territorio y por ende el patrimonio natural.
Estudio de los aspectos hidrogeológicos que son impactados por la minería,
de acuerdo a los principios que rigen la dinámica de los acuíferos y su
dependencia de la interacción entre los sistemas de agua superficial y
subterráneo.
Se estableció el origen y marco de aplicación de las Determinantes
Ambientales como norma de superior jerarquía en Colombia.
Evaluación de las restricciones Ambientales impuestas por la Autoridad
Nacional a la actividad minera en macizos rocosos y consideración de su
incidencia en el medio social, cultural, político y económico. Para este fin
se estudiaron los Términos de Referencia definidos por la ANLA para la
Evaluación de los Impactos Ambientales de la construcción de túneles y
vías de acceso y se consideraron las restricciones realizadas por las CAR
de la zona de influencia del proyecto Vial Aburrá -Oriente del caso Piloto:
CORNARE y CORANTIOQUIA. Ver Cuadro 4 y Cuadro 5.
Durante el desarrollo de la investigación se recurrió a la revisión sistemática
de literatura científica y se consideraron los estudios realizados desde
mediados de los años 90, que aportan al conocimiento de la interacción
entre los sistemas de aguas superficiales y subterráneas, como son la
hidrogeología, la hidrogeoquímica y la hidroecología.
Para la identificación de los aspectos hidrogeológicos afectados por la actividad
minera y el comportamiento de los demás componentes del medio biótico y
abiótico se consideró como caso piloto el proyecto Conexión Vial Aburrá- Oriente.
De los estudios ambientales y diseño del Túnel de Oriente se dispone de gran
cantidad de información sumado a la oportunidad de analizar un proyecto que
desde sus inicios generó polémica por su trazado, por el impacto que pudiera
generar en la oferta hídrica y la queja generalizada de la comunidad del área de
influencia del proyecto para evitar la construcción de esta obra que advierten
disminuirá en 15 minutos el recorrido desde Medellín al Aeropuerto de Rionegro.
44
Los hechos que fueron noticia durante la construcción del túnel de Occidente, una
de las obras de la conexión vial Aburrá – Valle de San Nicolás, cuyas
características son similares a la obra conexión vial Aburrá – Oriente, han
generado todo tipo de expectativas y se espera que no se repitan las
consecuencias negativas que trajo consigo la construcción del Túnel de
Occidente. Entre otros efectos: el desvío inadecuado de fuentes hídricas, se
secaron nacimientos de agua, incremento de la sedimentación en las corrientes
superficiales, tala de árboles, cambio en la tradición agrícola de la zona lo que
generó cambios socioeconómicos, además de la alteración de las características
del suelo y la consecuente alteración de la estructura geo-ecológica. Al final de
este informe se realiza en el título Anexos una corta descripción de proyectos que
se encuentran en ejecución como el túnel de la Línea, Túnel del Toyo y el Túnel
hidráulico que interceptará y transportará las aguas residuales de los Municipios
de Medellín y Bello hasta la Planta de Tratamiento en Bello.
Adicionalmente se ha considerado la metodología propuesta por Arboleda (2005)
para el análisis de las Acciones Susceptibles de Producir Impacto (ASPI) y los
Factores del Ambiente que Reciben Impacto (FARI), aplicado al Estudio de
Impacto Ambiental del Túnel de Oriente.
Es fundamental considerar que el estudio cualitativo de casos se caracteriza por el
descubrimiento de nuevas relaciones y conceptos e implica la verificación de
hipótesis; es considerado como una estrategia de investigación global que
involucra el diseño y cada uno de los momentos del proceso investigativo.
“También implica, de alguna manera, marcos de análisis específicos y formas
particulares de presentación de los resultados, centrados en objetivos más
definidos en términos espaciales y temporales. (Galeano, 2009).
Volver índice
A continuación, se presenta una breve ilustración del mapa conceptual donde se
condensa el desarrollo de esta investigación, figura 19.
La integración de los aspectos físicos y la biótica a la normatividad ambiental es
posible a partir de los Términos de Referencia, TDR. En ellos se fija la intención,
45
el alcance y el contenido de los Estudios Ambientales, caracterizando la zona de
influencia con y sin proyecto, en aspectos legales, de gestión social, de
intervención del medio biótico y abiótico, así como el trámite de permisos para el
uso y aprovechamiento de los recursos naturales.
En el proceso metodológico se partió del concepto de Determinante Ambiental,
establecido desde la Ley 388 de 1997. Su interpretación se hace desde dos
marcos de referencia: Temporal y Espacial.
Figura 19. Mapa Conceptual – Determinantes Ambientales.
Fuente: Modificado de las Relación entre determinantes legales, espaciales y temporales.
“Propuesta de determinantes ambientales para la gestión de los planes de ordenamiento
territorial en el Departamento de Risaralda”. 2008
El Marco Temporal está relacionado con las tendencias y perspectivas del
territorio, aplica a cada tipo de proyecto, obra o actividad, de acuerdo a los usos
del suelo establecidos en los planes de Ordenamiento Territorial por los
Municipios.
46
La implementación de las Determinantes Ambientales es competencia del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de la Agencia Nacional de
Licencias Ambientales o de las Corporaciones Autónomas Regionales de acuerdo
a la cuantía o al volumen de obra, o de acuerdo a las directrices establecidas por
el Ministerio de Ambiente según lo contempla la Ley 99/93. Otros casos, como la
explotación de hidrocarburos son competencia del Ministerio de Minas y Energía y
de la Agencia Nacional de Hidrocarburos. Estos organismos de control ambiental
aplican principios rectores acordes con lo establecido en la Constitución Política
de Colombia (1991).
De otro lado el Marco Espacial de las Determinantes Ambientales está relacionado
con el patrimonio natural: los Recursos Naturales y el Ambiente. Las
Determinantes tienen una clara identificación y ubicación pudiéndose referenciar
geográficamente, así por ejemplo las cuencas hidrográficas tienen sus límites
espaciales bien definidos, de modo que toda ley que tienda a su conservación es
Determinante Ambiental de los Planes de Ordenamiento y Manejo de Cuencas.
Las Determinantes desarrollan y precisan el Ordenamiento del Territorio
Colombiano de acuerdo a las Leyes 388/1997, 3600/2007. Para dar cumplimiento
a la Carta Política se establece la Ley 99 de 1993 y en ella el SINA donde se
definen las funciones de cada una de las Agencias Ambientales desde el nivel
Nacional al nivel Regional y Local.
Particularmente, las explotaciones mineras no contempladas en la planificación del
territorio afectan los macizos rocosos, estructuras que soportan innumerables
bienes y servicios ecosistémicos aún no cuantificados. Su disponibilidad futura
dependerá del uso, manejo y aprovechamiento que se le dé a las zonas
hidrogelógicas conformadas entre las familias de fallas. La estructura de los
macizos rocosos facilita el almacenamiento y tránsito de agua en grandes
cantidades y de alta calidad, a nivel local y regional.
47
3. CASO PILOTO Conexión Vial Aburrá-Oriente
Debido a la escasa información y a las limitaciones frente a la consecución de
datos de la actividad minera se establece como caso piloto el Estudio de Impacto
Ambiental – EIA – para el proyecto Conexión Vial Aburrá – Oriente (Actualizado
2013), que se localiza al Oriente del Departamento de Antioquia.
Figura 20. Sectorización del Proyecto Conexión Vial Aburrá- Oriente.Fuente: Estudio de Impacto Ambiental 2013
Volver índice
3.1 Descripción del Proyecto
Sector 1. Túnel Seminario Conciliar. Parte de la actual doble calzada Las Palmas.
Está compuesto por el intercambio de Baltimore y un túnel de 786,5 m.
Sector 2. Seminario – Portal Occidental. Sector compuesto por una vía a
superficie en una longitud de 4,6 Km. En el km 8 estará ubicada la caseta de
peaje en el sentido Medellín- Rionegro.
48
Sector 3. Túnel Santa Elena. Con una longitud total de 8,23 km va desde el k 10
en el portal occidental, en el cruce con la quebrada la Aguadita hasta el portal
Oriental, en inmediaciones de la quebrada Salazar con la vía Santa Elena.
Sector 4. Acceso Oriental. Portal Oriental – Glorieta Sajonia. Inicia en el Portal
Oriental del túnel de Santa Elena, hasta cruzar la quebrada Salazar en el Valle
Sajonia por medio de un viaducto. Volver índice
3.2 Importancia del Proyecto
Actualmente existen tres corredores viales para conectar los valles de Aburrá y de
San Nicolás. Uno de ellos por la Vía Las Palmas, otro por la Autopista Medellín-
Bogotá y el tercero por la vía Santa Elena. En el Valle de San Nicolás existe una
alta producción agrícola, lo que genera un gran flujo vehicular desde esta zona
para el abastecimiento de estos productos hacia el interior del Departamento de
Antioquia o hacia otros municipios fuera del Departamento. Adicionalmente, el
traslado de pasajeros al aeropuerto Internacional JMC localizado en el Municipio
de Rionegro ha requerido cada vez de vías de mejor nivel que permitan, de
manera segura y rápida, el traslado de los pasajeros a sus diferentes destinos.
El proyecto permitiría un mayor ahorro en tiempo y dinero, descongestionando las
vías actuales que comunican el Valle de Aburrá con el oriente Antioqueño. De
acuerdo a la firma contratista, la nueva infraestructura permitirá “mejorar la
integración y desarrollo de las regiones”
El proyecto inicia en el Seminario Conciliar de Medellín, sobre la doble calzada de
las Palmas, terminando en la glorieta de Sajonia en jurisdicción del Municipio de
Rionegro. De modo tal que se evita el ascenso hasta los 2600 m de altura con el
túnel de 8178 m que será construido. Ver figura 20. La obra se desarrollaría en
dos etapas:
Etapa 1: Construcción del primer tubo del túnel Seminario, una calzada de la vía a
cielo abierto, dos tubos del túnel Santa Elena, uno en operación y el otro para la
evacuación y servicios, además de una calzada de la vía a cielo abierto que da
acceso al sector occidental.
49
Etapa 2: Construcción del segundo tubo del Túnel Seminario, la segunda calzada
de la vía a cielo abierto que da acceso al sector occidental del Túnel Santa Elena.
Pondrán en operación el segundo tubo del Túnel Santa Elena y la construcción de
la segunda calzada de la vía a cielo abierto de acceso al portal Oriental Túnel
Santa Elena. Volver índice
3.3 Eventos relacionados con la solicitud de Licencia Ambiental
Desde la solicitud presentada por el entonces Gobernador de Antioquia en el año
1996, el proyecto viene presentado grandes tropiezos. Así por ejemplo la
alternativa inicial de construir un nuevo corredor vial que conectara el sur del
Departamento fue pensada entre el Municipio de Envigado, la Represa La Fe y el
Municipio del Retiro. De acuerdo a los registros el proyecto recibió los TDR para
la Evaluación de los Impactos Ambientales, en esta oportunidad fueron
suspendidos los estudios para evaluar el corredor vial por el corregimiento de
Santa Elena en el Municipio de Medellín.
En el Cuadro 1 se resumen las acciones que fueron llevadas a cabo por los
organismos de control ambiental como el Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible, MADS, la Agencia Nacional Ambiental, Anla, la Corporación Autónoma
Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare, CORNARE, designada por el
MAVD para evaluar y conceder la licencia Ambiental en caso de ser aprobada;
además de los oficios y contratos celebrados por la Gobernación de Antioquia
como entidad propietaria del Proyecto. Volver índice
50
Cuadro 1. Eventos Relacionados con la Licencia Ambiental del Caso Piloto
CONTRATO-CONVENIO/FECHA
OBJETO OBSERVACIÓN
Inicia proceso deLicenciamiento para elproyecto: Concesión VialAburrá - OrienteJunio 4 de 1996
Solicitud de Términos de Referencia (TDR)para el EIA al Ministerio del MedioAmbiente para la Conexión de los Vallesde San Nicolás y Aburrá,
Solicitante: Gobernador de AntioquiaÁlvaro Uribe VélezConexión por el sur del Departamento:Sector de Envigado - Represa de La Fe-Municipio de el Retiro
Resolución 1184 del 1 deNoviembre de 1996
EL Min. Medio Ambiente designa a laCorporación CORNARE para evaluar yconceder la Lic. Ambiental del proyecto
Comunicado 01356 del 2 deJulio de 1997
Entrega de TRD para el EIA del proyecto“Túnel y vías rápidas entre los Valles deSan Nicolás y del Aburrá”
Contrato No 97-CO-20-1811del 20 de Dic. De 1997
Gob. De Antioquia encarga la concesiónTúnel Aburrá- Oriente S.A.
Concesión conformada por más de 63empresas constructoras quien gestionaría ytramitaría los permisos ambientalesadicionales a los otorgados en la L. A
Julio de 1998 Suspensión de estudios para evaluar elcorredor de Santa Elena
Suspensión solicitada por el Municipio deMedellín
Primer semestre de 1999 Resultados de la Evaluación del corredorvial Santa Elena. Reinicio de EstudiosAmbientales.
Definición del proyecto por la vía a SantaElena
Comunicado 100489 del 18de Agosto de 1999
La Gobernación de Antioquia solicita alMinisterio de Ambiente definir laAutoridad Ambiental para el nuevoalineamiento
Cambio en el corredor vial del proyectoinicial.
Comunicado 118043 del 24de Septiembre de 1999
Min. Ambiente ratifica a CORNARE comoencargada del proceso de Licenciamiento
Comunicado 141772 del 17de Noviembre de 1999
Min. Ambiente ordena a la Gobernación deAntioquia solicitar el expediente delproyecto a CORNARE
Se solicita efectuar un nuevo análisis ydeterminar si se requería modificar orevocar la Resolución 1184 de 1996
Resolución 313 del 27 deMarzo de 2000
Ministerio de Medio Ambiente confirmadelegación a CORNARE en el proceso deLicenciamiento
Adicionalmente, otorga a la CAR la facultadpara precisar y determinar lascompetencias de CORANTIOQUIA y delÁrea Metropolitana del Valle de Aburrá
Auto No 475 de 7 de Junio de2000
Se aboca conocimiento de la solicitud deLic. Ambiental presentada por la Gob. DeAntioquia
Además, se da inicio al trámite por solicitudde Evaluación técnica.
Noviembre 21 y 26 deNoviembre y 3 de Diciembredel 2000
CORNARE celebra tres audiencias públicasambientales.
Por solicitud de la Procuraduría paraAsuntos Ambientales y Agrarios
Resolución 1764 de Junio 4de 2002
CORNARE otorga Licencia Ambiental alDepartamento de Antioquia, después deexigir el cumplimiento de todas las normasexistentes en los TDR.
Licencia Ambiental para la ejecución ydesarrollo del proyecto “Conexión VialAburrá – Oriente.
Resolución 2448 del 24 deJulio de 2002
CORNARE resuelve el recurso de reposicióninterpuesto contra la Resolución 1764
En el sentido de “Establecer que no haylugar a las aclaraciones solicitadas por elrecurrente, merced a la precisión de lostérminos en que se otorgó la licencia”.
Resolución 928 del 9 deOctubre de 2002
Min. Ambiente resuelve el recurso deApelación interpuesto en contra de laResolución 1764 del 2002
En el sentido de revocar el artículo cuartorelacionado con el cobro de valorizaciónpara la ejecución del proyecto y la confirmóen todo lo demás.
51
CONTRATO-CONVENIO/FECHA
OBJETO OBSERVACIÓN
Resolución 112-4657 del 11de Noviembre de 2003,
CORNARE autoriza a la Gobernación deAntioquia la cesión parcial de la LicenciaAmbiental del proyecto, a favor de laAdministración Municipal de Medellín
En lo correspondiente a la construcción dedos lazos en la intersección de lastransversales superior e inferior de la víaLas Palmas
Oficio Rad. 112-1907 de Junio1 de 2009
La Gobernación de Antioquia allega larelación de actividades ejecutadas alproyecto licenciado
Entre otras, construcción y puesta enservicio de la doble calzada GlorietaSajonia – Glorieta Aeropuerto.
Oficio 112-3162 del 7 deSeptiembre de 2009
Se presenta el Ajuste al Estudio de ImpactoAmbiental para evaluación de CORNARE,cumpliendo con la Resolución 1764 de2002
Acorde con las actualizaciones realizadas aldiseño de La Conexión Vial Aburrá -Oriente.
Resolución 112-0741 deFebrero 15 de 2010
CORNARE acoge la información presentadapor el proponente
En Oficio 112-3162 del 7 de Septiembre de2009
Resolución 112-2964 del 17de Junio del 2011
Se integra el comité ambiental Estipulado en la Resolución 1764 de Junio 4del 2002.
Rdo. 131-3402 del 12 deAgosto de 2011
Solicitud de concesión de aguasSuperficiales
Para uso doméstico e industrial.
Radicado 4120-EI-118658 del19 de septiembre del 2011
El Alcalde de Medellín solicita al Ministeriode Ambienta y Desarrollo Sostenible
Revisar el proceso de licenciamiento delcon fundamento en los numerales 15 y 16del artículo 5 de la ley 99/93.
Audiencia, Septiembre 29 del2011
Audiencia pública informativa Solicitada por las veedurías ambientales.
Radicado 131-4154 y 131-4155 de Octubre 4 del 2011
Solicitud de permiso de ocupación decauce para las vías del proyecto
Resolución 131-0820 del 12de Octubre de 2011
CORNARE otorga una concesión de aguascon un caudal de 10 lt/s.
A derivarse de la Quebrada Sajonia
Resolución 1331-0839 del 14de Octubre de 2011
CORNARE otorga permiso de ocupación decauce, playas y lechos para laimplementación de obras de drenaje.
Boxcoulvert en fuentes hídricas y puentesvehiculares.
Acta del 20 de Octubre de2011
Acta de modificación Bilateral No 29 dandoinicio a la obra, con actividadespreliminares.
Una vez obtenidos y actualizados todos lospermisos y licencias del proyecto.
Resolución 131-1047 del 13de Diciembre del 2011
CORNARE otorga una concesión de aguasal proyecto, con un caudal de 14 l/s
Concesiones de agua a derivarse de variasfuentes de agua.
Resolución 361 del 27 deDiciembre del 2011
El Ministerio decide asumir la competenciadel proyecto en ejercicio de la facultadselectiva y discrecional.
El ministerio ordenó a la ANLA expedir losactos administrativos de suspensión detrabajos y actividades relacionados con elproyecto.
Resolución 55 de Enero 25del 2012
El Ministerio de Ambiente y DesarrolloSostenible decide reconocer a la Concesiónel derecho a intervenir dentro de laactuación administrativa contenida en laRsln. 361 del 2011
Rsln. 151 del 15 de Febrerodel 2012
El Ministerio de Ambiente resuelve recursode reposición interpuesto contra laResolución 151 de febrero del 2012
En el sentido de aclarar y modificar algunosapartes y confirmó la decisión de asumircompetencia discrecional.
52
CONTRATO-CONVENIO/FECHA
OBJETO OBSERVACIÓN
Radicado 8120-E2-18316 deFebrero 23 del 2012
El Ministerio informó a la Concesión queésta es la entidad encargada de hacer laevaluación y control preventivo delproyecto.
Resolución 148 del 5 deMarzo del 2012
La ANLA impone medida preventiva desuspensión de los trabajos y actividades
Relacionados con la construcción de laconexión vial, hasta tanto, producto de unaevaluación técnica, se establezcan lasmedidas de manejo ambiental.
Auto 799 del 21 de Marzo de2012
La ANLA fija plazo para la presentación deinformación hasta marzo 30 del 2012.
Visita técnica de evaluación y controlpreventivo al proyecto en compañía deCORANTIOQUIA, CORNARE, Gob. deAntioquia, Concesión Aburrá – Oriente ymiembros de la comunidad.
Radicado 4120-E1-27753 del30 de Marzo del 2012
La Concesión presenta información técnicapara complementar y aclarar el EIA del año2009.
Para ser tenido en cuenta para laevaluación y control preventivo queactualmente adelanta la ANLA.
Concepto Técnico deEvaluación y Controlpreventivo No. 825 del 29 deMayo de 2012
Equipo Técnico de la ANLA Visita de campo, informe de hidrogeólogoexperto, Direcciones de Bosques,Biodiversidad y Servicios ecosistémicos y deGestión Integral del Recurso Hídrico delMinisterio de Ambiente
Resolución 0456 de Junio 12del 2012
La ANLA efectúa evaluación y controlpreventivo y se adoptan otrasdeterminaciones.
Resuelve levantar la medida preventiva yestablece unas medidas de manejoambiental preliminares a la Gobernación deAntioquia.
Resolución 807 de Junio 12de 2012
El Ministerio restituye la competenciasobre el proyecto a CORNARE
Agosto 13 de 2012 La Corporación emite los TR Atención de requerimientos referentes alcomponente hidrogeológico
Oficio Radicado 131-3636 del24 de Agosto de 2012
Se solicita estudios con fines deInvestigación Científica en diversidadBiológica para el proyecto.
Resolución 112-4814 del 15de Noviembre de 2012
CORNARE otorga Permiso de Estudio confines de investigación científica después derealizar la correspondiente evaluación
Resolución 112-5284 deDiciembre 3 del 2012
se otorga permiso de Ocupación de Caucede playas y lechos
Respuesta al oficio Radicado en CCORNARENo. 131-5361 de Diciembre 27 de 2011
Rsln.112-0210 del 1 deFebrero de 2013,
CORNARE renueva el permiso de estudioscon fines de Investigación científica enDiversidad biológicaDesarrollo de investigaciones ordenadaspor el MADS.
La obra permanece suspendida por cercade 2 años y 5 meses
Resolución 112-0874 del 14de Marzo de 2014
Modificación de Licencia Ambiental delproyecto.
“Infiltraciones en túnel no deben superarlos 10 l/s por cada 100 metros excavadoscomo lo exigen los estándaresInternacionales”. v(Dir. CORNARE)
Acción de Tutela para suspender laResolución 112-0874 marzo de 2014.
Tutela presentada por la Sociedad CivilMontevivo de Santa Elena para que revise yexija el cumplimiento de losrequerimientos de la Resolución 456 de2012
Agosto 20 de 2014 Reinician obras Concesión Vial Aburrá -Oriente
53
3.4 Estructuras y actividades que conforman el proyecto
Los diseños: se iniciaron en el año 1996, con revisiones periódicas. En el 2009 se
adecuó el diseño para dar cumplimiento a las normas internacionales vigentes en
materia de túneles, como la Directiva 2004-54-CE del Parlamento Europeo.
Estructuras: vías a superficie, túneles, puentes y viaductos, pilas para la
cimentación de estribos y columnas, soportes para las vías prefabricadas de
concreto, asfalto de 5 cm de espesor sobre placa de los puentes, estribos,
andenes, bordillo, muros de contención.
Son actividades de la construcción: remoción de capa vegetal o descapote, cortes
y llenos, taludes, cortes y terraplenes, excavaciones, pavimento de vías, obras de
urbanismo.
Actividades de la operación. Durante esta etapa se pondrá al servicio la vía y los
túneles con sus obras de urbanismo complementarias. Cercado y demarcación
definitiva del corredor con postes de madera o concreto y malla eslabonada o
alambre de púas de los linderos de los predios adquiridos para el proyecto una vez
terminadas las obras. Siembras arbóreas compensatorias.
Se consideran las acciones propuestas en la línea base del EIA, puntualizando en
las acciones de descontaminación, restauración y retiro de instalaciones
temporales, de forma que evite riesgos a la salud y seguridad humana; ni que
implique impactos al ambiente ni pasivos ambientales, que sea estéticamente
aceptable y no signifique deterioros del paisaje. Volver índice
3.5 Caracterización del Ambiente
En la Tabla 2 se presentan las Acciones Susceptibles de Producir Impacto: ASPIs
y los Factores Ambientales susceptibles de Recibir Impacto: FARIs, de acuerdo a
la clasificación utilizada por Arboleda (2005). El uso de este método permite la
revisión detallada de las relaciones proyecto-ambiente. Factor es equivalente a
parámetro, variable, elemento; anota Arboleda.
54
Cuadro 2. Listado General de ASPI y FARI
ETAPAS SUBETAPA/FASE ASPI FARIPR
ELIM
INAR
ES
Adquisición predial
Identificación de los predios.Estudios de Títulos, avalúosAdquisición, expropiación,escrituración, registro y entrega delpredio.
Inconformidad de lacomunidad
Cercado yalinderamientopredial
Cercas y señalización de protecciónde las zonas de los prediosadquiridos.
Afectación delpaisaje. Movilidad.
Adecuación deservidumbres locales
Pedios e instalaciones que quedenaisladas por la construcción delproyecto.
Afectación delpaisaje. Movilidad.
Montaje einstalación dedispositivos yestaciones demonitoreo ambiental
Estaciones pluviométricas, estacionesde monitoreo de caudales.Red de monitoreo de piezómetros,estaciones de monitoreo de ruido yaire.
Montaje de la red demonitoreo einstrumentación
Instalación de piezómetros,inclinómetros, puntos deasentamientos, puntos topográficosde control, instrumentacióngeotécnica, red piezométrica, redgeodésica de control.
Afectación de florapor corte para eldesplazamiento delpersonal
Demolición ydesmantelamientode inmuebles
Retiro de instalaciones y/oconstrucciones de los prediosadquiridos.
Escombros,afectación del airepor partículas depolvo
Cargue, acarreo ydisposición deinsumos y materiales
Suministro, transporte y acopio deinsumos para la construcción deobras.
Afectación de vías,aumento emisiónde gases porvehículos. Riesgosde derrames
Cargue, transporte ydisposición final dematerial sobrante
Recolección, cargue y transporte demateriales sobrantes de excavación,demolición, derrumbes.
Afectación de vías,aumento emisiónde gases porvehículos.
Restitución y/oreubicación de redesy servicios:
Traslado, restitución y adecuación deredes de acueducto, alcantarillado,telecomunicaciones, redes eléctricas.Incluye excavaciones, instalación,transporte, montaje de tuberías.
Afectación delpaisaje, de flora,fauna y cuerpos deagua
Rescate y traslado devedas florísticasepífitas
Erradicación de la vegetación.Las epifitas rescatadas se reubican ennuevos árboles.
Afectación de flora,muertes de epífitas
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SUBETAPA/FASE ASPI FARI
Ahuyenta faunaDesplazamiento de los animales porsus propios medios y evitar sucaptura.
Afectación defauna,desplazamiento,desorientación ymuerte deanimales.
Tala o traslado devedas florísticasarbóreas
Dentro del aprovechamiento deárboles en bosques naturales yplantados, afecta especies con algunacategoría de riesgo de extinción o deveda.
Afectación de flora,muerte deindividuos en riesgode extinción yespecies vedadas.
Aprovechamientoforestal
Corte, repique, troza de madera,acopio, retiro y disposición dematerial sobrante.
Residuos decosecha, afectaciónde flora, cuerpos deagua y suelos
Rescate arqueológicoSalvamento a los vestigios culturalesque aparezcan durante las distintasactividades del proyecto.
Daños a vestigios ymaterialarqueológico.
Montaje delocacionestemporales einstalacionesprovisionalesadministrativas
Construcción de talleres, oficinas,plantas eléctricas, zonas detransformadores y de polvorines,área de aguas servidas, tanques deaguas industriales, instalaciones deventilaciones de construcción,talleres subestación eléctrica y redeléctrica, instalaciones de sanidad ysalud, Comedores, baterías sanitariasy sistemas de tratamiento, áreas decapacitaciones, almacenes, casetasde vigilancia, oficinas administrativas,parqueaderos, , zonas de laboratorio.
Escombros,afectación del airepor partículas,afectación de flora,fauna y cuerpos deagua,inconformidad de lacomunidad porcorte de servicios.
Materialización devías industriales
Replanteo, descapote, excavación,obras de drenaje y protección detaludes, obras de contención,construcción de pasos provisionalessobre cuerpos de agua, obras de arte,llenos, pavimento y señalización.
Contaminación delaire por aumentode flujo vehicular,afectación cuerposde agua, ruidos,afectación defauna.
Materialización desenderos industriales
Construcción de caminos peatonales,señalización y demarcación, dentro yen cercanías del corredor delproyecto.
Residuos yescombros,afectación de floray cuerpos de agua.
Señalización ydemarcación de vías,locaciones y zonas dedepósito
Señalización informativa, preventiva,reglamentaria y ambiental requeridapara la construcción del proyecto.
56
SUBETAPA/FASE ASPI FARI
Adecuación de zonasde depósito
Sitios para la disposición de losmateriales sobrantes de lasexcavaciones. Desmontes,Descapote, Excavación y Adecuaciónde obras de drenaje, contención,confinamiento y señalización.
Escombros,afectación del airepor partículas,afectación de flora,fauna, suelo ycuerpos de agua,ruidos.
Adecuación einstalación deplantas de trituracióny concretos
Plantas para trituración de materialespétreos, producción de concretos,acopio de materiales.
Escombros,afectación del airepor partículas,afectación de flora,fauna y cuerpos deagua, ruidos.
COSN
TRU
CCIÓ
N
Desmontes ydescapote en bancasy vías a cielo abierto
Retiro de la capa vegetal de las zonas. Afectación de floray fauna, suelo
Adquisición,almacenamiento ytransporte deexplosivos
Incluye la actividad de adecuación depolvorines y la implementación demedidas de seguridad para sualmacenamiento y transporte.
Aumentocontaminación flujovehicular, riesgo deaccidentes yexplosiones.
Excavaciones (cortes)para explanaciones
Excavación mecánica o con lautilización de explosivos.
Aumento encontaminación porruido y polvo,cuerpos de agua,suelo riesgo deaccidentes.
Excavaciones paraestructuras y obrasde arte
Excavación mecánica, manual o conexplosivos Construcción defundaciones de estructuras,protección de cauces y obras de arte.
Escombros,afectación del airepor partículas,afectación de flora,fauna y cuerpos deagua, ruidos. Suelo
Construcción obrasde drenaje y sub-drenaje
Ejecución de alcantarillas, cunetas,filtros, rondas de coronacióndrenajes horizontales y verticales,canales y descoles. Estructurareferente al control y manejo deaguas de escorrentía y freáticas.
Afectación cuerposde aguasuperficiales ysubterráneas,peces y animalesacuáticos.
Construcción obrasde Contención yconfinamiento.Estabilización ymanejo de taludesde corte
Estructuras para estabilizar y confinarladeras, taludes, llenos y terraplenes.Obras complementarias: pernos,mallas, rondas de coronación y deterraza, drenaje, micro-pilotes,anclajes, concreto lanzado, grama,cunetas de berma, engramado, geo-sintéticos y agro-mantos, etc.
Escombros,residuos sólidos,afectación de flora.
57
SUBETAPA/FASE ASPI FARIConformación derellenos yterraplenes
Compactación y conformación dellenos con materiales seleccionadosde las excavaciones.
Afectación aire yruido
Protección y manejode taludes deterraplenes
Sistemas de protección con elmaterial vegetal proveniente de losdescapotes.
Afectación de floranativa
Construcción decimentaciones enpuentes y viaductos
Construcción de pilas, pilotes,zapatas o dados y columnas quesirven para soportar lasuperestructura de estas obras.
Ruido,desplazamiento deanimales,contaminación deaire por partículas ypolvos.
Construcción deinfraestructura enpuentes y viaductos
Construcción de columnas, vigascabezales, muros, aletas y todas lasestructuras de concreto y/ometálicas.
Ruido,desplazamiento deanimales.
Construcción desuperestructura enpuentes y viaductos
Construcción de las obras, enconcreto o metálicas, para apoyar lasuperficie para la banca y rodadurade la vía.
Escombros,afectación del airepor partículas,afectación de flora,fauna y cuerpos deagua, ruidos.
Adecuación de obrasde accesibilidad local
Obras para la restitución de todas lascirculaciones peatonales ovehiculares restringidas.
Aumento flujovehicular,
Emportalamiento detúneles
Excavaciones necesarias paraconformar y proteger el acceso a lostúneles.
Aguas superficialesy subterráneas,ruido,desplazamiento deanimales
Confirmacióngeotécnica
Sondeos que permitirán evaluar eltipo y calidad de los macizos aexcavar con el fin de anticipar.
Aguas superficialesy subterráneas,ruido,desplazamiento deanimales
Sistemas de pre-soporte
Sistemas de sostenimiento previos ala excavación de la sección de túnelcon el fin de darle mayor calidad deautosoporte y prevenir lasinfiltraciones de agua.
Aguas superficialesy subterráneas,ruido.
Bombeos ytratamientos deaguas industriales:
Sistemas de evacuación de las aguasencontradas o utilizadas en elproceso de excavación y tratamientode las mismas antes del punto devertimiento a las fuentes de aguanaturales.
Aguas superficialesy subterráneas,ruido. Cauces deaguas, animalesacuáticos
58
SUBETAPA/FASE ASPI FARISostenimiento deexcavacionessubterráneas
Instalación para auto-soporte delterreno.
Aguas superficialesy subterráneas,ruido.
Revestimiento de laexcavación Revestimiento de la cavidad.
Aguas superficialesy subterráneas,ruido.
Trituración demateriales pétreos,incluye rezaga
Machaqueo o procesamiento delmaterial pétreo apto, proveniente delas excavaciones subterráneas.
Estabilidad delsuelo, suelo, aguassuperficiales ysubterráneas,ruido.
Fabricación deconcretos hidráulicos
Elaboración de concreto hidráulicopor medio de mezclado de agregadospétreos con arenas y cementantes.
Cargue, acarreo ydisposición deinsumos y materiales
Cargue de materiales a través demedios manuales o mecánicos,dependiendo del material ytransporte.
Flujo vehicular,contaminación deaire, escombros.
Adecuación yconformación demateriales en zonasde depósitos
Disposición, conformación técnica yambientalmente adecuada demateriales provenientes de lasexcavaciones de las obras.
Escombros,afectación del airepor partículas,afectación de flora,fauna y cuerpos deagua, ruidos.
Construcciónestructuras depavimento rígido
Conformación de una superficie decirculación vehicular o peatonal enmaterial granular.
Transformaciónpaisaje, escombros,afectación del airepor partículas,afectación de flora,fauna y cuerpos deagua, ruidos.
Construcciónestructuras depavimento flexible
Superficie de circulación vehicular opeatonal en material granular,previsiones para sistemas de drenaje(cajas de inspección, cunetas ysumideros).
Transformaciónpaisaje, Escombros,afectación del airepor partículas,afectación de flora,fauna y cuerpos deagua, ruidos.
Señalización ydemarcación vialdefinitiva
Dispositivos para la regulación deltránsito del Proyecto
Transformación delpaisaje
Sistema detratamiento de aguasde infiltración ysistema contraincendio
Infraestructura necesaria (tanquesdesarenadores, separadores deaceites).
Escombros,afectación de flora,fauna y cuerpos deagua, ruidos.
59
SUBETAPA/FASE ASPI FARI
Actividades deadecuaciónarquitectónica ypaisajística
Adecuación e integración de las obrascon el paisaje y embellecimiento delas diferentes áreas.Recuperación de paisajes degradados
Transformaciónpaisaje, escombros,afectación del airepor partículas,afectación de flora,fauna y cuerpos deagua, ruidos.
Construcción deedificio de control
Construcción de un edificio,funciones propias de administracióny control.Obras complementariascorrespondientes a su atención yvigilancia.
Transformaciónpaisaje, escombros,afectación del airepor partículas,afectación de flora,fauna y cuerpos deagua, ruidos.
Actividades dedesmantelamiento yretiro
Desmantelamiento y retiro en laetapa final o abandono de laactividad.Puntualizar las acciones dedescontaminación, restauración,retiro de instalaciones temporalescomo: edificaciones, maquinaria ypersonal, entre otros.
Transformaciónpaisaje, escombros,afectación del airepor partículas,afectación de flora,fauna y cuerpos deagua, ruidos,aumento de flujo devehicular.
Cercado ydemarcacióndefinitiva delcorredor
Cerramiento con postes de madera oconcreto y malla eslabonada oalambre de púas los linderos de lospredios adquiridos.
Transformaciónpaisaje, afectaciónde flora, fauna ycuerpos de agua,ruidos.
Siembras arbóreascompensatorias
Resarcir los impactos o efectosnegativos que no pueden serevitados o sustituidos.Al ser talados estos individuos ya nose tendrá la disponibilidad de frutos ysemillas. Siembra compensatoria deárboles amenazados o en veda en lasproporciones indicadas en los PMA yen las zonas debidamenteseleccionadas.
Afectación de floray fauna porespecies forestalesforáneas, cambioen ecosistemas.
Volver índice
60
3.6 Evaluación de Impacto Ambiental
La siguiente información es tomada del Estudio de Impacto Ambiental Actualizado
de la Conexión Vial Aburrá-Oriente. Gobernación de Antioquia. Capítulos 1 al 9
inclusive. (2013). Volver índice
3.6.1 Etapa Preliminar
Durante esta etapa se agrupan las actividades de adecuación del terreno, las
construcciones preliminares, las vías de servicio y zonas de depósito. Todos ellos
generan impactos ambientales como la demolición y el desmantelamiento de
inmuebles, así como la deforestación y levantamiento de la capa vegetal.
En el medio abiótico, de las actividades arriba mencionadas el recurso hídricoes el más impactado por ser altamente intervenido por las diferentes actividades
del proyecto. Su calidad y disponibilidad se ven afectadas por acción de la
captación y los vertimientos en los diferentes frentes de obra.
Los componentes geológico y geomorfológico se ven afectados por fallas,
fracturas, deslizamientos o inestabilidad ya que sus condiciones actuales unidas a
las acciones del proyecto sobre el suelo pueden incrementar los niveles de
vibración y sismicidad local. La maquinaria pesada, la desestabilización del suelo
desprovisto de cobertura vegetal a su vez puede generar procesos erosivos,
movimientos en masa en la zona intervenida o en su zona de influencia.
El componente atmosférico puede verse notablemente afectado por la acción de
la maquinaria, las plantas de triturado y de concreto. Todas ellas generan emisión
de gases y material particulado a la atmósfera, y ruido. Además, la actividad
antrópica se incrementa, potencializando estas emisiones y los niveles de ruido, lo
que altera notablemente las condiciones iniciales del área de intervención del
proyecto.
El componente edáfico se altera notablemente debido a los cambios en el uso
del suelo así como a sus condiciones físico-químicas que varían al implementar la
vía, generando cambios económicos y culturales.
61
La mayor afectación al medio biótico se presenta en esta etapa preliminar
debido a las actividades de aprovechamiento forestal. El impacto se presenta
específicamente sobre la vegetación exótica. Las actividades de rescate y traslado
de especies en veda, epifita y arbóreas genera un impacto muy positivo por la
ampliación a nuevos hábitats, recuperación de bienes y servicios ambientales, y la
protección de la diversidad florística y faunística.
La adecuación de zonas de depósito y plantas de trituración y de concreto genera
un impacto permanente sobre la alteración de la cobertura vegetal existente y el
uso del suelo, alterando además los procesos de sucesión natural, hasta que se
realice el debido proceso de cierre y restauración de esas zonas.
El mayor impacto sobre el medio socioeconómico y cultural está asociado a
la adquisición de predios por el desplazamiento y en general los procesos
migratorios originados por la nueva obra. Todo ello conlleva la alteración de los
patrones culturales, cambio en el uso del suelo y de las actividades económicas.
Las actividades de rescate arqueológico, la restitución de las redes de servicios
públicos, accesos privados y servidumbres son acciones positivas que dinamizan
los impactos mediante medidas preventivas que eviten conflictos con la
comunidad. Además, por la demanda de mano de obra no calificada y calificada
permitiendo la generación de empleo durante el desarrollo de las obras.
Son considerados de importancia media: las expectativas de la población
representadas en los posibles procesos migratorios, alteraciones de la calidad de
vida de los pobladores del área de influencia del proyecto, y los problemas de
salud pública. Este último está asociado a las emisiones atmosféricas.
Volver índice
62
3.6.2 Con proyecto en construcción
El desmonte y descapote para las excavaciones subterráneas de los túneles, la
construcción de las obras complementarias (canaletas, cordones, desagües) la
conformación de la vía, la disposición de material sobrante, así como el
desmantelamiento de las instalaciones provisionales y restauración de las mismas,
a su vez involucran otros procesos generadores de impactos ambientales.
El recurso hídrico es el componente que presenta un mayor grado de impacto,
manifestado en el cambio de la calidad, disponibilidad y dinámica de las corrientes
superficiales y subterráneas, así como el marcado efecto sobre la capacidad derecarga de los acuíferos. En el caso de las corrientes superficiales, los procesos
de captación y vertimientos son impactados por actividades de la construcción. En
las corrientes subterráneas, su contaminación se debe a las aguas de infiltración
proveniente de los trabajos en los túneles, adicional a los cambios estructurales
generados por las nuevas fracturas y el consecuente desplazamiento del nivel
freático se suma a la pérdida posible de acuíferos que alimentan otras corrientes
subterráneas y superficiales.
El paisaje se ve afectado como consecuencia de las alteraciones en las
condiciones naturales de la zona intervenida por el proyecto, cualquier variación
en la calidad visual del paisaje independiente de su grado de intervención debe
considerarse de importancia. Cada una de las actividades desarrolladas en la
etapa de construcción marca claramente las alteraciones sobre este componente.
El componente atmosférico se ve afectado por la emisión de gases y material
particulado, así como por el incremento de los niveles de ruido. El componente
edáfico, lo relativo al suelo, es impactado por la activación de procesos erosivos
en la zona de construcción de vías a cielo abierto potenciando las condiciones
actuales.
La geología y geomorfología son impactadas por la desestabilización como
producto de las excavaciones, el suelo queda desprovisto de cobertura vegetal
63
generando procesos erosivos, desestabilización de taludes y movimientos en
masa.
Gran parte de la zona a intervenir es geológicamente inestable y los macizos
rocosos son impactados aún más con uso de maquinaria y equipos que
incrementan las fracturas existentes. De tal modo que el sustento de diversas
especies aún no cuantificadas es deteriorado por efecto de impactos
acumulativos. El sustrato rocoso se comporta como una gran red de drenaje que
conduce las aguas hasta los acuíferos que le sirven de recarga a grandes ríos
subterráneos y otras corrientes superficiales.
Todos los elementos del componente biótico en los ecosistemas terrestres están
íntimamente ligados. La fauna silvestre es un elemento intrínsecamente
relacionado con la cobertura vegetal, su estado, dinámica y disponibilidad. Ellos a
su vez, inciden y son incididos por la cobertura vegetal, el uso del suelo y la fauna
terrestre.
Los sistemas acuáticos son afectados por la alteración de los hábitats naturales
si hay una incidencia en la composición y estructura de las comunidades
hidrobiológicas, por vertimientos provenientes de la actividad antrópica y labores
típicas del proyecto.
En el medio socioeconómico y cultural el mayor impacto se asocia con la
afectación a las redes de los servicios básicos, debido a la alta densidad
poblacional a lo largo del proyecto es posible la alteración o intervención de las
redes de servicios públicos de forma temporal, así como los accesos privados y
servidumbres que el proyecto tiene definido para restaurar.
Un impacto favorable y positivo es la alta demanda de mano de obra lo que
permite la generación de empleo en la zona de forma estable mientras dura la
construcción de la obra.
64
El material vegetal será un elemento de alta demanda para las actividades de
conformación morfológica y paisajística, espacio público y las siembras que
compensarían los efectos causados por la deforestación.
Las emisiones de gases y material particulado, además del ruido no solo
impactarán durante la construcción de la obra, sino que se acentuaran al poner en
operación el nuevo corredor vial, pues la zona es parte de una gran Reversa
Forestal como lo es la del Río Nare y otras señaladas en las Medidas de Manejo.
Volver índice
3.7 Aspectos hidrogeológicos considerados en el EIA
La información siguiente corresponde a los requerimientos realizados por la
autoridad ambiental relacionados con el Estudio de Impacto Ambiental 2013.
REFERENCIAS PRELIMINARES
Índice de carpetas del EIA actualizado 2013
2012-06-12 Res ANLA 456.pdf
Documento respuesta Resolución 456.pdf. Los requerimientos de la ANLA
asociados a los aspectos hidrogeológicos son los que se mencionan en el
listado siguiente.
REQUERIMIENTO 1
Estudio hidrogeológico para el túnel de Santa Elena, involucrando todas las fases
necesarias para definir un modelo conceptual que esté técnicamente sustentado, y
que sea la base para la implementación de un modelo numérico.
REQUERIMIENTO 3
Definición de los diseños del proyecto vial y de las características particulares de
la totalidad de las obras e infraestructura asociada con el mismo.
65
REQUERIMIENTO 4
Información de línea base ambiental en relación con el túnel Seminario y el estudio
hidrogeológico correspondiente que permita identificar los impactos que se
generarían con la construcción del mismo en las fuentes hídricas superficiales y
subterráneas, los ecosistemas asociados y los usos del recurso por parte de la
comunidad. El alcance de este estudio debe ser el mismo concepto técnico
definido para el túnel de Santa Elena.
REQUERIMIENTO 24
Inclusión en el plan de contingencias, de los eventos relacionados con el riesgo de
afectación del recurso hídrico, los ecosistemas y usos asociados, por la
construcción de los túneles.
REQUERIMIENTO 25
Redelimitar el Área de Influencia Directa (AID), considerando los siguientes
impactos que puede generar el proyecto por las actividades de construcción y
operación sobre el medio socioeconómico:
- Abatimiento de las aguas superficiales y subterráneas por la construcción
de ambos túneles (Santa Elena y Seminario).
- Disminución o pérdida de los caudales de las fuentes de agua que
abastecen los acueductos veredales que se localizan en los techos de
ambos túneles.
- Afectación al recurso hídrico concesionado que se localiza en los techos de
ambos túneles (nacimientos, aljibes y demás fuentes de los predios
veredales).
REQUERIMIENTO 26
Desarrollo de la Línea Base del Área de Influencia Directa, tanto en la jurisdicción
de CORNARE como de CORANTIOQUIA, donde se identifiquen y caractericen las
siguientes particularidades del medio socioeconómico:
66
- Identificación del recurso hídrico del cual se abastece la población
- Proyección a 20 años de la demanda del recurso hídrico en los predios con
actividades productivas.
REQUERIMIENTO 28
Valoración del impacto relacionado con el abatimiento del recurso hídrico
superficial y subterráneo, teniendo en cuenta sus efectos sociales, económicos y
culturales y las proyecciones a 20 años de demanda de uso y de abastecimiento
por parte de la comunidad, considerando la complejidad, diversidad y densidad
poblacional.
REQUERIMIENTO 29
Reformular el Plan de Manejo Ambiental, definiendo acciones concretas, población
específica y procedimientos lógicos y contundentes que indiquen explícitamente
que con la aplicación de dichas acciones (medidas), se prevendrá, mitigará,
corregirá y compensará todos los impactos que pudieran generarse.
REQUERIMIENTO 31
Determinación de la zonificación ambiental, la identificación y evaluación de
impactos, la zonificación de manejo ambiental y la formulación del plan de manejo
ambiental, de manera consistente con la redefinición del área de influencia y su
caracterización ambiental.
La Concesión Túnel Aburrá-Oriente encarga mediante proceso de licitación al
Consorcio GEODATA llevar a cabo la complementación de los estudios del
componente hidrogeológico emitidos por el organismo competente y que
constituyen los TR (13 de Agosto de 2012).
La estructuración se hizo en varias Etapas:
Etapa 1. Investigaciones previas
67
Análisis de la información hidrogeológica contemplada en los estudios del 2000,
2009, 2012. Primer inventario de los puntos de agua en la zona de estudio.
Etapa 2. Investigaciones realizadas por GEODATA
Perforaciones, pruebas de permeabilidad tipo Lugeon y tipo Lefranc, pruebas de
bombeo, tomografía eléctrica, sondeos audio-magnetotelúricos
Etapa 3 Resultados y Conclusiones del estudio
Integran los resultados de los puntos de agua superficiales y subterráneos.
Modelo hidrogeológico conceptual y numérico.
Los puntos de agua fueron relacionados en el Formato Único Nacional de
Inventario de Aguas Subterráneas.
Definición del Sistema de flujo de los acuíferos a través de la realización de mapas
de superficies piezométricas, contando con por lo menos dos mediciones en
época de invierno y de verano.
Modelo geológico- geofísico correspondiente a la geometría del acuífero. Como
resultado se debe presentar un modelo tridimensional de las posibles unidades
hidrogeológicas y sus límites.
Hidroquímica. Calidad de agua. Con el fin de determinar la Línea Base,
siguiendo los protocolos del IDEAM. Como resultado se debe entregar el análisis
químico del agua subterránea para diferentes usos. Sustentar su procedencia y
relación con fuentes superficiales.
Hidráulica subterránea. Determinación de las propiedades hidráulicas de las
diferentes unidades hidrogeológicas justificando los métodos empleados. Aportar
datos de campo: Caudal de la prueba, nivel estático y abatimiento del nivel vs.
Tiempo. Determinación como mínimo de los parámetros hidráulicos: capacidad
específica, transmisividad, conductividad hidráulica, coeficiente de
almacenamiento. Definición de los tipos de acuíferos presentes.
68
Hidrología, balance hídrico, recarga. Entregar un análisis de los procesos de
recarga que se dan en los acuíferos de la zona.
Protección de la calidad del acuífero: Determinar la vulnerabilidad intrínseca del
acuífero a la contaminación. Cuál es el riesgo a la contaminación por la
excavación del túnel.
Diseño e implementación de redes de monitoreo, seguimiento y control de niveles
y calidad del agua superficial y subterránea.
Modelo Hidrogeológico conceptual que incluya: delimitación de las zonas de
recarga, tránsito y descarga, direcciones de flujo, conexiones hidráulicas entre las
diferentes unidades acuíferas y con las fuentes superficiales, definición de zonas
con potencial de aprovechamiento, cálculo de reservas de agua subterránea. La
caracterización hidrogeológica debe hacerse conforme a la Leyenda
Hidrogeológica Internacional o las convenciones adoptadas por INGEOMINAS.
Modelo numérico que represente medios fracturados, anisotrópicos y
heterogéneos, que permita predecir el comportamiento hidrogeológico del macizo
y su respuesta ante la construcción del túnel. Volver índice
3.8 Medidas de Manejo
3.8.1 Zonificación Ambiental para el Manejo
Se consideraron Áreas de Especial Significado Ambiental, las cuales deben ser
conservadas o requieren un manejo especial en cuanto a su grado de
intervención: Tomado del Estudio de Impacto Ambiental, Capítulo 6
Áreas de muy alto significado ambiental: La Reserva Natural de la Sociedad
Civil, Montevivo y la Reserva Forestal del Río Nare debido a que hacen
parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP).
Áreas de alto significado ambiental son las que se identificaron como
albergues de especies endémicas o amenazadas, puntos estratégicos para
la conectividad ecológica y sitios con coberturas de bosques naturales. En
69
este grupo se encuentran los retiros de las quebradas, la zona de depósito
Seminario y los bosques de la Espadera, de la Aguada y de la vereda
Piedras Blancas.
Áreas de Recuperación Ambiental: corresponde a zonas con conflicto de
uso muy alto y sitios con deslizamientos o procesos erosivos activos,
además de las áreas con proceso de sucesión ecológica: las plantaciones
forestales del depósito seminario y las que son aledañas al bosque de la
Espadera que son actualmente, sitos de recuperación ambiental. De
manera indirecta se incluye el fragmento de vegetación secundaria de la
vereda Piedras Blancas. Tienen sensibilidad ambiental media y baja.
Áreas de Riesgo de amenaza: son áreas con riesgo de deslizamientos e
inundaciones, son zonas con amenaza alta de movimientos en masa, éstas
presentan sensibilidad ambiental media: Cerro del Chivo en Medellín, zonas
de canteras en la vereda Yarumal y vereda la Quiebra del Municipio de
Rionegro.
Áreas de producción económica: aquellas veredas donde se realiza una
actividad productiva desde el punto de vista agropecuario. Veredas el
Placer, Santa Elena Central, El Llano, El Cerro y El Plan, del Municipio de
Medellín; San Ignacio del Municipio de Guarne, la Quiebra y Yarumal de
Rionegro. Poseen sensibilidad ambiental Baja.
Áreas de Importancia Social: donde hay concentración significativa de la
población y las obras pertenecientes al equipamiento social como la Iglesia,
El Seminario Conciliar de Medellín, las Instituciones educativas del área de
influencia directa e indirecta y las vías existentes del área. Volver índice
70
3.8.2 Zonificación de Manejo Ambiental
La agrupación y calificación de las diferentes zonas se hizo según las restricciones
normativas y propias de las características de las diferentes áreas.
Áreas de exclusión. Son las áreas protegidas que se encuentran en el área
de influencia: Reserva Forestal del Río Nare y la cuenca alta de la
quebrada La Yarumal y la Reserva Forestal de la Sociedad Civil Montevivo.
Áreas de intervención con Restricciones: Zona de depósito Seminario, se
usará sólo para el depósito de material de lleno producto de las
excavaciones. Retiros de las quebradas, zonas de aprovechamiento
forestal, se debe conservar el área aledaña y tramitar la declaratoria de
Reserva Forestal protectora y productora regional. Otras áreas que fueron
declaradas como de intervención media: los centros poblados y de
producción agrícola.
Áreas de Intervención: en ellas se puede desarrollar el proyecto con la
implementación de las medidas de manejo correspondientes, que
presenten mínima sensibilidad ambiental, con manejo socio-ambiental,
acorde con las actividades y etapas del proyecto. Volver índice
3.8.3 Planes de manejo ambiental con proyecto en construcción
En el Cuadro 3 se relacionan los programas a desarrollarse para el manejo de
cada impacto.
71
Cuadro 3. Programa propuesto por cada grupo de impactos posibles
Impacto Programa
Generación en las expectativas de lospobladores en la zona de influencia
Procesos migratorios Alteración de la calidad de vida
Programa de Información a lascomunidades y escenarios de participaciónPlan de Gestión Social, con una estrategiade divulgación y sensibilización de lascomunidades
Generación de problemas de salud pública Implementación de medidas ambientalesen la obra que garanticen la minimizaciónde impacto con planes de control ymonitoreo permanente
Alteración de procesos erosivos Incremento de la concentración de
material particulado Afectación de la cobertura y usos del suelo Cambio de uso del suelo Pérdida de la cobertura vegetal protectora Deterioro de la calidad del agua superficial Potencialización del riesgo de
desestabilización de terrenos Alteración en la composición florística Alteración de la calidad visual del paisaje Afectación de vestigios arqueológicos
Programa de Manejo de sitios de depósitode las zonas de depósito cercanas alcorredor vial para la disposición desobrantes. Verificar que su ubicaciónpermita mejorar las condiciones técnicas delterreno teniendo en cuenta aspectosambientales, geológicos, geotécnicos,hidráulicos y económicos, con el objeto deminimizar la magnitud de los impactosgenerados durante su operación.
• Activación de procesos erosivos• Deterioro de la calidad del agua
superficial• Alteración de la calidad visual del paisaje• Pérdida de la cobertura vegetal
protectora• Potencialización del riesgo de
desestabilización de terrenos• Conflictos socio-ambientales
Programa de Revegetalización y protecciónde áreas expuestas.Aprovechamiento de la capa orgánicaremovida para la protección de lassuperficies expuestas generadas por laconstrucción del proyecto.Revegetalizar y proteger las superficies quevan quedando expuestas durante laejecución del proyecto.
• Deterioro de la calidad del agua superficial• Alteración en la disponibilidad del recurso
hídrico• Cambio en la dinámica de las corrientes
superficiales• Cambio en la demanda y disponibilidad de
servicio públicos• Alteraciones en la calidad de vida de los
pobladores Conflictos socio-ambientales
Programa de Usos Racional del aguaEstablecieron planes para cada quebrada,en particular: Propender por la continuidaden la disponibilidad del recurso hídrico,garantizar la conservación del caudalecológico, realizar análisis hidrológico, hacercontrol de caudal periódicamente, trasladarlas bocatomas de algunos acueductos paraevitar la alteración, entregar información ala autoridad ambiental competente.
72
Impacto Programa• Deterioro de la calidad del agua superficial• Cambio en la dinámica de las corrientes
superficiales• Cambio en la composición y estructura de
las comunidades hidrobiológicas• Alteraciones en la calidad de vida de los
pobladores• Conflictos socio-ambientales
Programa de Manejo de cruces superficialesRealización de monitoreo físico químico ybacteriológico previo a la intervención,canalización y desviación respetando losdiseños, evitar la contaminación conresiduos sólidos, grasa o aceites, realizaracopio de material lejos de los cauces.
• Pérdida del arraigo y alteración en lospatrones culturales.
• Afectación al patrimonio cultural inmueble• Cambio en las formas de organización de
las comunidades (líderes)• Conflictos socio-ambientales• Alteración a la calidad de vida de los
pobladores• Alteración de la calidad visual del paisaje
Programa de Educación Social y AmbientalEducación Ambiental en InstitucionesEducativas y a Trabajadores
• Pérdida del arraigo y alteración en lospatrones culturales.
• Afectación al patrimonio cultural inmueble• Alteración de la calidad visual del paisaje• Cambios en las relaciones entre
organizaciones y comunidades• Cambio en las formas de organización de
las comunidades (líderes)• Problemas de salud pública• Conflictos socio-ambientales• Alteraciones en la calidad de vida de los
pobladores• Perturbación de la seguridad pública
Programa Educación social y ambientalFortalecimientos de las capacidades ycompetencias en participación ciudadana ylegislación ambiental
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3.9 Conclusiones del EIA de la Conexión Vial Aburrá - Oriente
Las siguientes hacen parte de las conclusiones del Estudio Complementario del
Consorcio GEODATA.
Para la condición sin proyecto se mantienen en términos generales los mismos
impactos identificados en los años 2000, 2009 y 2012, pero, a partir de la
actualización acometida en la Línea Base se identifican mayores situaciones de
alteración ecosistémica en las áreas de influencia directa e indirecta, que refieren
73
a la fecha condiciones de desequilibrio en los componentes físico, biótico y social
especialmente en el componente hídrico por sobredemanda.
Existen tensores sociales y ambientales que indican una actual calidad ambiental
baja a media, donde, sin la presencia de proyecto hay una afectación ambiental
significativa por el sometimiento al cual están expuestos los recursos naturales por
parte de las comunidades desde tiempo atrás, donde el agua es justamente el
elemento más alterado, llegando incluso a niveles de insostenibilidad en tiempo y
en espacio.
En la zona de influencia del Túnel Santa Elena existe un acuífero superficial,
poroso, que contiene una napa libre, el cual presenta un comportamiento
discontinuo y heterogéneo, debido a la presencia de un sistema tectónico
complejo que controla la geomorfología y el retículo hidrográfico de la zona.
Encuentran cursos de agua de orden 1 y 2 de caudales bajos, gran cantidad de
manantiales con caudales menores a 1 l/s, en algunos casos superan
“ligeramente” los 2 l/s.
El recurso hídrico resulta ser muy vulnerable a la contaminación por la
superficialidad de la napa, y el escaso caudal de los manantiales. Existe una alta
vulnerabilidad de afectación de la cantidad de agua presente en el acuífero
superficial ante períodos de sequía prolongados.
El basamento rocoso del túnel es poco fracturado y en consecuencia poco
permeable, con algunas excepciones donde se incrementan las zonas de falla,
zonas más fracturadas y alteración del macizo rocoso. “Estas zonas presentan
canales de flujo preferencial a través de los cuales es posible se instaure un
drenaje de agua hasta la cota del túnel en profundidad en el caso que estas
discontinuidades sean interceptadas por la excavación”. Estas zonas han sido
reportadas en el perfil hidrogeológico.
Las zonas más críticas desde el punto de vista hidrogeológico se encuentran en
inmediaciones del trazado del túnel Santa Elena donde la gran fracturación de la
roca, junto con la presencia de zonas meteorizadas es afectada tectónicamente.
74
En el caso del Túnel Seminario no presenta fuerte criticidad. Manantiales de bajo
caudal, menor de 1 l/s. No se encontró presencia de aguas subterráneas, ni de
acuífero “propiamente dicho”. Es posible que haya presencia de agua durante las
excavaciones producto de acuíferos “colgados” o de fuertes precipitaciones, que
en caso de ser drenados pueden poner en riesgo “las escasas manifestaciones
hídricas presentes en superficie”.
Durante las campañas de inventario y análisis de puntos de agua no se encontró
evidencia de acuíferos salados o de sistemas de flujo profundos.
El complemento de la investigación geológica y geofísica, realizado por GEODATA
(junio, 2013) permitió evidenciar un mayor número de fallas a la cota de los
túneles, así como una caracterización heterogénea y discontinua del acuífero
superficial, el cual corresponde a un acuífero libre.
El basamento rocoso que será interceptado por el túnel Santa Elena en su
conjunto resulta con permeabilidad de baja a media. La permeabilidad va en
incremento debido a la presencia de zonas de falla y zonas más alteradas del
macizo rocoso. El agua subterránea circula a través de estas zonas de mayor
permeabilidad.
Las zonas más críticas en el túnel Santa Elena: el contacto tectónico de Gneiss
Milonítico de Sajonia y la Anfibolita de Medellín. El contacto entre el Stock de
Samarcanda y la Anfibolita de Medellín donde se prevé la presencia de zonas
fracturadas y tectonizadas. En el Túnel Seminario no presenta criticidad
hidrogeológica de los puntos de agua identificados.
Volver índice
75
4. RESULTADOS
A continuación se describen las normas legales cuyos criterios sirven de
lineamiento para los Estudios de Impacto Ambiental y su posterior aplicación en
los Planes de Manejo. Son normas de superior jerarquía que se constituyen en
Determinantes Ambientales para la actividad minera en Macizos Rocosos.
Los criterios allí contemplados deberán garantizar el desarrollo sostenible del
suelo en los procesos de formulación, revisión o modificación de los planes de
Ordenamiento Territorial. Deben ser definidos en los planes de acción de las
Corporaciones Autónomas Regionales, las de Desarrollo Sostenible y otras, que
considere la Ley Colombiana. Además que deberán ser acatados por los
Municipios de acuerdo al artículo 10 de la ley 388 de 1997. Volver índice
4.1 De la Constitución Política de Colombia (1991)
La Constitución Política de Colombia, los Convenios y Tratados Internacionales se
constituyen como principios, son fuentes de Derecho cuyo origen se basa en un
sentido de convivencia que se desarrolla con el tiempo en el contexto legislativo y
de la sociedad. Ningún acto administrativo o Ley podrá ser contrario a estas
disposiciones Constitucionales.
En particular, deberán acatarse los siguientes artículos de la Carta Política:
Art 79. “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano.
La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que
puedan afectarlos.
Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente,
conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la
educación para el logro de estos fines.”
Art 80. “El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos
naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación,
restauración o sustitución.”
76
Además deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental,
imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.
Así mismo, cooperará con otras Naciones en la protección de los
ecosistemas situados en las zonas fronterizas.” Volver índice
4.2 Del Decreto Ley 2811/ 1974
Código Nacional de Recursos Naturales y de Protección al Medio Ambiente.
Este Código establece:
Art. 1º “El Ambiente es patrimonio común, el Estado y los particulares
deben participar en su preservación y manejo, que son de utilidad pública e
interés social.
La preservación y manejo de los recursos naturales renovables también son
de utilidad pública e interés social (C.N artículo 30).”
Art. 2º Tiene por finalidad reglamentar las normas relacionadas con el
recurso de aguas en todos sus estados,….Reglamentado por el decreto
1541 de 1978 en lo relativo a las “aguas no marítimas” y luego modificado
por el decreto 2858 de 1981.
Art. 9. El uso de elementos ambientales o de los recursos naturales
renovables, debe hacerse de acuerdo con los siguientes principios:
a. Los recursos naturales y demás elementos deben ser utilizados en
forma eficiente para lograr su máximo aprovechamiento con arreglo al
interés general de la comunidad y de acuerdo con los principios y
objetos que orientan este Código.
b. Los recursos naturales y demás elementos son interdependientes. Su
utilización se hará de manera que, en cuanto sea posible, no interfieran
entre sí.
c. La utilización de los elementos ambientales o de los recursos naturales
renovables debe hacerse sin que lesione el interés general de la
comunidad, o el derecho de terceros.
77
d. Los diversos usos que pueda tener un recurso natural estarán sujetos a
las prioridades que se determinen y deben ser realizados
coordinadamente, para que se puedan cumplir los principios enunciados
en los ordinales precedentes.
e. Los recursos naturales renovables no se podrán utilizar por encima de
los límites permisibles, que al alterar las calidades físicas, químicas o
biológicas naturales, produzcan el agotamiento o el deterioro grave de
esos recursos o se perturbe el derecho a ulterior utilización en cuanto
ésta convenga al interés público.
f. La planeación del manejo de los recursos naturales renovables y de los
elementos ambientales debe hacerse en forma integral, de tal modo que
contribuya al desarrollo equilibrado urbano y rural. Para bienestar de la
comunidad, se establecerán y conservarán, en los centros urbanos y
sus alrededores espacios cubiertos de vegetación.”
En el Capítulo II de los usos especiales, sección 1 de usos mineros:
Art. 146 Las personas a quienes se otorgue concesión de agua para la
explotación de minerales, además de las previstas en otras normas,
deberán sujetarse a las siguientes condiciones:
a. A la de mantener limpios los cauces donde se arroje la carga o
desechos del laboreo para que las aguas no se represen, no se
desborden o contaminen.
b. A la de no perjudicar la navegación.
c. A la de no dañar los recursos hidrobiológicos.
Art. 147 En el laboreo deberá evitarse la contaminación de las aguas
necesarias para una población, un establecimiento público o una o varias
empresas agrícolas o industriales.
Título VII de las Aguas subterráneas, con mayor especificidad:
Art 152 Relativo a las aguas del subsuelo o de una cuenca en peligro de
agotarse o contaminación… Ver Decreto 2857 de 1981.
78
El DECRETO 2811/74 es reglamentado parcialmente por:
DEC 1715 /1978 “La comunidad tiene derecho a disfrutar de paisajes urbanos y
rurales que contribuyan a su bienestar físico y espiritual” según lo contemplado en
el DEC 2811/1974. Para garantizar este derecho el decreto establece las
regulaciones y toma medidas para impedir la alteración o deformación de
elementos constitutivos del paisaje.
DEC 2372 / 2010 Reglamenta el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, las
categorías de manejo que lo conforman y los procedimientos generales
relacionados con este. Establece en su Art.3 el Sistema Nacional de Áreas
Protegidas - SINAP.
Art. 19. “Determinantes Ambientales. La reserva, alinderación,
declaración, administración y sustracción de las áreas protegidas bajo las
categorías de manejo integrantes del SINAP son Determinantes
Ambientales y por lo tanto normas de superior jerarquía, que no pueden ser
desconocidas, contrariadas o modificadas en revisión y ajuste y/o
modificación de los POT de los municipios y distritos, de acuerdo con la
constitución y la ley”.
DEC 2857 /1981 Reglamenta el Decreto 2811/1974 en lo relativo a CuencasHidrográficas.
En su Art. 1º define “Cuenca u Hoya Hidrográfica como un área físico-
geográfica debidamente delimitada, en donde las aguas superficiales y
subterráneas vierten a una red natural, mediante uno o varios cauces de
caudal continuo o intermitente que confluyen a su vez en un curso mayor
que desemboca o puede desembocar en un río principal, en un depósito
natural de aguas, en un pantano o directamente en el mar.
Y agrega en un apartado del artículo 2º … cuando los límites de las aguas
subterráneas de una cuenca no coincidan con la línea superficial de divorcio,
79
sus límites se extenderán subterráneamente hasta incluir la de los acuíferos
que confluyan hacia la cuenca deslindada por las aguas superficiales.
Art. 3. Condiciones del aprovechamiento. El aprovechamiento de
recursos naturales y demás elementos ambientales se realizarán con
sujeción a los principios generales establecidos por el Decreto-ley 2811 de
1974 y, de manera especial, a los criterios y previsiones del art. 9 del
mismo estatuto.
Toda actividad que por sus características pueda producir un deterioro
grave a los recursos naturales renovables de la cuenca, disponga esta o no
de un plan de ordenación, deberá autorizarse por la Entidad Administradora
de los Recursos Naturales Renovables, previa elaboración y presentación
del respectivo estudio de efecto ambiental.
Lo dispuesto en el inciso anterior, se refiere especialmente a la
construcción de vías carreteables, canales, trasvase de cauces fluviales, o
vasos lacustres, explotaciones mineras, construcción de embalses u otras
de significación similar. Volver índice
4.3 Del Decreto ley 99/93
Por la cual se crea el Ministerio de Medio Ambiente, se reordena el sector público
encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos
naturales renovables. Además, se organiza el Sistema Nacional Ambiental –
SINA. De este modo el Estado Colombiano ratifica los Tratados de la Declaración
de Río (1992), son Principios que rigen el Derecho Ambiental Nacional.
El Artículo 1º cita, entre los principios generales ambientales:
4. Las zonas de páramos, sub-páramos, los nacimientos de agua y las zonas de
recarga de acuíferos serán objeto de protección especial.
5. En la utilización de recursos hídricos, el recurso humano tendrá prioridad sobre
cualquier uso.
80
Título IX. De las funciones de las Entidades Territoriales y de la planificaciónAmbiental
Art. 63. “Principios Normativos generales. A fin de asegurar el interés
colectivo de un ambiente sano y adecuadamente protegido, y de garantizar
el manejo armónico y la integridad del patrimonio natural de la Nación, el
ejercicio de las funciones en materia ambiental por parte de las entidades
territoriales se sujetará a los principios de Armonía Regional, Gradación
Normativa y Rigor Subsidiario definidas en el mismo artículo.
Principio de Armonía Regional. Las entidades territoriales ejercerán sus
funciones constitucionales y legales relacionadas con el medio ambiente y
los recursos naturales renovables, de manera coordinada y armónica, con
sujeción a las normas de carácter superior y a las directrices de la Política
Nacional Ambiental, a fin de asegurar un manejo unificado, racional y
coherente de los recursos naturales que hacen parte del medio ambiente
físico y biótico del patrimonio natural de la nación.
Principio de Gradación Normativa. En materia normativa las reglas que
dicten las entidades territoriales en relación con el medio ambiente y los
recursos naturales renovables respetarán el carácter superior y la
preeminencia jerárquica de las normas dictadas por autoridades y entes de
superior jerarquía o de mayor ámbito en la comprensión territorial de sus
competencias…
Principio de Rigor subsidiario. Las normas y medidas de policía
ambiental, es decir aquellas que las autoridades medioambientales expidan
para la regulación del uso, manejo, aprovechamiento y movilización de los
recursos naturales renovables, o para la preservación del medio ambiente
natural, bien sea que limiten el ejercicio de derechos individuales y
libertades públicas para la preservación o restauración del medio ambiente,
o que exijan licencia o permiso para el ejercicio de determinada actividad
por la misma causa, podrán hacerse sucesiva y respectivamente más
81
rigurosas, pero no más flexibles, por las autoridades competentes del nivel
regional, departamental, distrital o municipal, en la medida en que se
desciende en la jerarquía normativa y se reduce el ámbito territorial de las
competencias cuando las circunstancias locales especiales así lo ameriten,
en concordancia con el artículo 51 (de las competencias) de la misma ley.
Título VIII. Las Licencias Ambientales. Definida en su Art. 50. “Autorización
que otorga la Autoridad Ambiental competente para la ejecución de una obra o
actividad, sujeta al cumplimiento por el beneficiario de la licencia de los requisitos
que la misma establezca en relación con la prevención, mitigación, corrección,
compensación y manejo de los efectos ambientales de la obra o actividad
autorizada.
Art. 52 Competencia del Ministerio de Medio Ambiente, entre otros, el numeral
2) hace referencia a la ejecución de proyectos de gran minería.
El Título VIII de la Ley 99/93 de las Licencias Ambientales fue reglamentado y
luego derogado, en el orden consecutivo de aparición, por los siguientes decretos:
- DEC 1753/1994
- DEC 1728/2002,
- DEC 1180/2003
- DEC 1220/2005,
- DEC 2820/2010
- DEC 2041/2014, vigente (Junio de 2016).
En relación con lo anterior, el Documento CONPES 3762 de 2013: Consejo
Nacional de Política Económica y Social de la República de Colombia establece
los lineamientos de Política para el Desarrollo de Proyectos de Interés Nacional –
PINES: Infraestructura, Hidrocarburos, Energía, Minería, dadas las dificultades
presentadas en la agilidad y viabilidad del desarrollo de proyectos de alto impacto
en la política económica y social del país, como la consulta previa a comunidades,
permisos y trámites ambientales.
82
Este CONPES señala que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible debe
modificar el Decreto 2820 de 2010 para optimizar los procedimientos allí
contenidos teniendo en cuenta los lineamientos de política establecidos. Por lo
anterior es reglamentado, nuevamente, el Título VIII de la LEY 99/93 sobre
Licencias Ambientales mediante el Decreto 2041 de 2014.
El CONPES establece en la línea de acción 1: Trámites Ambientales, como
medida para optimizarlos. Los estudios y licencias de proyectos de interés
Nacional son de competencia privativa del Ministerio de Ambiente. En otro aparte
señala que el MADS establecerá los lineamientos para los términos dereferencia y los procedimientos que adelantan las CAR para permisos
ambientales. Además el MADS estudiaría conjuntamente con la ANLA las
competencias de licenciamiento (Art 52, ley 99/93) y la posibilidad de crear unalicencia de exploración para minería voluntaria que permita agrupar los
permisos de concesión de agua, vertimientos, aprovechamientos forestales y
temas de manejo ambiental.
La prensa El Espectador divulga en Febrero 12 de 2015 la falta de consulta previa
a las comunidades étnicas para realizar cambios a la expedición de la licencia
Ambiental para proyectos como la construcción de vías, extracciones petroleras o
explotaciones mineras. El decreto 2820 de 2010 fue demandado por la CAR de
Cundinamarca ante el Consejo de Estado y aún no se había proferido el fallo para
saber si esta norma era nula o no. Volver índice
4.4 Del Decreto 373 /1997
Por el cual se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua.
Art. 5º Reúso obligatorio del agua
Art. 9º De los nuevos proyectos… la autoridad ambiental deberá exigir a
quienes solicitan licencias o permisos para el uso que se incluya en fuentes
de abastecimiento las aguas lluvias y que se implante su uso si es técnica y
económicamente viable.
83
Art. 10º “De los estudios Hidrogeológicos. Para definir la viabilidad del
otorgamiento de las concesiones de aguas subterráneas, las CAR y demás
autoridades ambientales realizarán los estudios hidrogeológicos y
adelantarán las acciones de protección de las correspondientes zonas de
recarga.” Estos estudios serán realizados con el acompañamiento técnico y
científico del IDEAM e INGEOMINAS.
Art. 16. “Protección de Zonas de Manejo Especial. En la elaboración y
presentación del programa se debe precisar que las zonas de páramo,
bosques de niebla y áreas de influencia de nacimientos de acuíferos y de
estrellas fluviales, deberán ser adquiridos con carácter prioritario por las
entidades ambientales de la jurisdicción correspondiente, las cuales
realizarán los estudios necesarios para establecer su verdadera capacidad
de oferta de bienes y servicios ambientales, para iniciar un proceso de
recuperación, protección y conservación. Volver índice
4.5 Del Decreto 388/1997
Tiene por objeto, entre otros, armonizar y actualizar lo contemplado en laConstitución de 1991 y establecer mecanismos que permitan a losmunicipios promover el ordenamiento de su territorio, el uso equitativo yracional del suelo, la preservación y defensa del patrimonio ecológico.
Art 2º El Ordenamiento del territorio se fundamenta en los siguientes
principios:
La función social y ecológica de la propiedad.
Prevalencia del interés general sobre el particular, y
La distribución equitativa de las cargas y los beneficios. Volver índice
4.6 Del Decreto 2041/2014. Licencias Ambientales:
Vigente a la fecha. De este decreto se resalta lo siguiente:
84
Artículo 4º Licencia ambiental Global. Abarca toda el área de explotación
solicitada. En el caso de Explotaciones Mineras comprenderá la construcción,
montaje, explotación, beneficio y transporte interno de los correspondientes
minerales o materiales.
El Artículo 5º establece que la obtención de la licencia ambiental es condición
previa para el ejercicio de los derechos que surjan de las autorizaciones,
permisos, concesiones, contratos y licencias que expidan otras autoridades
diferentes de las ambientales.
Título II de la competencia y exigibilidad de la Licencia Ambiental
Los artículos 8 y 9 establecen los proyectos que están sujetos a licencia
ambiental, competencia de la Agencia Nacional Ambiental, ANLA, y de las
Corporaciones Autónomas Regionales, CAR y otras, respectivamente.
ART. 8 ANLA. Entre otros proyectos, lo relativo a explotaciones mineras:
a) Carbón: explotación proyectada mayor a 800.000 ton/año
b) Materiales de construcción: producción proyectada mayor a 600.000
ton/año de arcilla, o mayor a 250.000 m3/año para materiales de
construcción o minerales industriales no metálicos.
c) Minerales metálicos, piedras preciosas semipreciosas: cuando la
remoción total de material útil y estéril exceda los 2.000.000 de ton/año.
d) Otros minerales y materiales: cuando la explotación de mineral
proyectada sea igual o mayor a 1.000.000 de ton/año.
ART 9º De la competencia de las CAR, las de Desarrollo Sostenible, los Grandes
Centros Urbanos y las Autoridades Ambientales creadas mediante la Ley 768 de
2002 (Distritos portuarios, turísticos y culturales) para otorgar o negar la licencia
ambiental cuando la explotación de mineral proyectada sea inferior a los valores
indicados en los literales anteriores del Art. 8. En los casos en que el área
afectada sea de la jurisdicción de varias Corporaciones se deberá enviar solicitud
a la ANLA para definir la competencia.
85
ART 10º De los ecosistemas de especial importancia ecológica. Si los proyectos
pretenden intervenir humedales de importancia Internacional de la lista RAMSAR
la Autoridad Ambiental deberá solicitar concepto previo al Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible, sobre la conservación y el uso sostenible de dichos
ecosistemas.
Del TÍTULO III. Estudios Ambientales
Art. 11 De los estudios ambientales: Diagnóstico Ambiental de Alternativas y
Estudio de Impacto Ambiental. Son objeto de emisión de conceptos técnicos por
parte de la autoridad ambiental competente.
Art. 12 Términos de Referencia. Son Lineamientos generales señalados por la
autoridad ambiental para la elaboración y ejecución de los estudios ambientales.
Los estudios deberán presentarse de acuerdo a la “Metodología General para la
presentación de Estudios Ambientales” del Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible, la cual será de obligatorio cumplimiento.
Art. 21 Del estudio de impacto ambiental. Instrumento básico para la toma de
decisiones sobre los proyectos, obras o actividades que requieren licencia
ambiental.
Art. 24 De la solicitud de licencia ambiental y sus requisitos. Se lista la
información que debe anexar al formulario el peticionario de la licencia. En su
Parágrafo 1º Los interesados en la ejecución de proyectos mineros deberán
allegar copia del título minero y/o contrato de concesión minera debidamente
otorgado e inscrito en el Registro Minero Nacional.
Art. 27 De las Corporaciones Autónomas de Desarrollo Sostenible. En
desarrollo a lo dispuesto en los artículos 34, 35 y 39 de la ley 99/93, para el
otorgamiento de Licencias ambientales relativas a explotaciones mineras y de
construcción de infraestructura vial deberán de manera previa al otorgamiento
enviar al MADS el proyecto de acto administrativo que decida sobre la viabilidad
del proyecto…
86
Art. 34 Integración de licencias ambientales. En el caso de proyectos mineros
se deberá observar lo dispuesto en el Código de Minas.
Del Título VI. Control y Seguimiento
El Art. 39, parágrafo único: hace referencia al control y seguimiento por parte de la
autoridad que otorgó la licencia ambiental.
Art. 41 Contingencias ambientales. Como el derrame de hidrocarburos o
sustancias peligrosas, parámetros de emisión o vertimientos por fuera de los
límites permitidos que deberán regirse además por el Dec. 321 de 1999 o la
norma que lo sustituya o modifique. Volver índice
4.7 Del Decreto 1640/ 2012
Reglamenta los instrumentos para la planificación, ordenación y manejo de las
cuencas hidrográficas y acuíferos, y se dictan otras disposiciones. Relaciona las
competencias de las entidades de control ambiental. En cumplimiento a los
artículos 79 y 80 de La Constitución Política y en especial los literales c) y d) del
Art. 45 del Decreto - Ley 2811/74. Entre otras normas a las cuales se les da
cumplimiento para la planificación, ordenación y manejo, señala:
La política Nacional para la Gestión del Recurso Hídrico expedida el 10
de Marzo de 2010 por el Ministerio de Ambiente, mediante la cual estructuró
un modelo espacial para una ordenación coherente de las cuencas
hidrográfica. Entre las escalas establecidas:
El numeral 4. Cuencas y acuíferos objeto de plan de manejo ambiental.
Cuencas de orden inferior, sub-zonas hidrográficas así como, los “acuíferos
prioritarios”, los cuales serán objeto de los planes de manejo. Volver índice
4.8 Otras Normas tendientes a la protección de recursos hidrogeológicos
DEC 0953/ 2013 Artículos 4 y 5 Áreas de importancia estratégica para la
conservación del recurso hídrico que surten acueductos.
87
DEC 321/99 Por el cual se adopta el plan Nacional de contingencia para
atender eventos de derrame de Hidrocarburos, derivados y sustancias
nocivas.
DEC 838/2005 DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS
Título III, Art. 88 PGIRS Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos, que
deberá ser formulado por los Municipios en su POT y generación de
residuos sólidos peligrosos: para la Gestión Ambientalmente Sostenible de
los Residuos o Desechos peligrosos en adelante RESPEL, MAVDT 2007.
(Actual MADS).
Especificar el tratamiento y las medidas de manejo para los residuos sólidos
en las zonas identificadas como de desarrollo restringido y en general para
todo el suelo rural.
DEC 953/2013 Adquisición de predios con fines de conservación ambiental,
junto con el pago por servicios ecosistémicos, garantiza la consolidación de
la estructura ecológica principal, previenen y corrigen conflictos de uso de
la tierra rural. Volver índice
4.9 Del Decreto 3600 de 2007
Por el cual se reglamentan algunas disposiciones de la Ley 99/93 y del Decreto
388/97 relacionadas con las Determinantes de Ordenamiento del suelo Rural.
Es reglamentado por el Decreto 2372 de 2010.
Art 1º. Estructura Principal Ecológica. Conjunto de elementos bióticos y
abióticos que dan sustento a los procesos ecológicos esenciales del
territorio, cuya finalidad principal es la preservación, conservación,
restauración, uso y manejo sostenible de los Recursos Naturales
Renovables, los cuales brindan la capacidad de soporte para el desarrollo
socioeconómico de las poblaciones.
Art 4º. Categorías de Protección en Suelo Rural. … en el componente
rural del POT se deben señalar las medidas para su protección. En
88
particular 1.4) Áreas de especial importancia ecosistémica, entre otras, las
zonas de recarga de acuíferos; y en el numeral 2.) Áreas para la producción
agrícola y ganadera y de explotación de Recursos Naturales.
Art. 6º Planeamiento Intermedio del Suelo Rural. El POT podrá delimitar
para la totalidad del suelo rural las Unidades de planificación rural teniendo
en cuenta, por lo menos, uno de los siguientes aspectos:
1) La división veredal.
2) La red vial y de asentamientos existentes.
3) La estructura ecológica principal.
4) La disposición de las actividades productivas.
5) Las cuencas hidrográficas, cerros, planicies u otros elementos
geográficos.
Las Unidades de planificación rural son entendidas como instrumentos de
planificación de escala intermedia que desarrolla y complementa el POT para el
suelo rural. (Art. 1º de las definiciones).
Las zonas hidrogeológicas pueden ser consideradas como unidades deplanificación rural como parte de los planes regionales.
Art. 7. Contenido de la Unidad de Planificación. Entre otras, las normas
para el manejo y conservación de las áreas que hagan parte de las
categorías de protección, normas sobre el uso y manejo de áreas
destinadas a la explotación de recursos naturales.
Art. 25. Macro proyectos de interés social nacional. La formulación y
adopción de los macro proyectos de que trata el artículo 79 de la ley 1151
de 2007 no se sujetará a lo dispuesto en este decreto, salvo lo establecido
para las categorías de protección de que trata el Art 4º. El decreto 1151 de
2007 y en particular el artículo 79 fue derogado por el Art. 276 de la Ley
1450 de 2011 (algunos artículos quedaron vigentes).
En el Capítulo V, Art. 17 establece condiciones para las Áreas de actividad
industrial en suelo rural no suburbano uso industrial, artículo que fue modificado
89
por el Decreto 4066 de 2008, en su Art. 6; al final enuncia… “En ningún caso
podrá autorizarse actividades industriales en suelos de alta capacidad agrológica
ni en áreas o suelos protegidos”. El mismo decreto excluye la explotación derecursos Naturales de la definición Áreas de Actividad Industrial.
La definición de zonas excluidas y restringidas de la minería es competencia de la
autoridad minera y ambiental, MADT, MME
Art. 4- 4). Áreas para la prestación de servicios públicos domiciliarios actuales y
propuestas, deberán quedar identificadas, delimitadas en los documentos técnicos
y en la cartografía, clasificándolas en la categoría de suelo de protección y la
reglamentación de usos del suelo que se establezca para las mismas deberá
guardar coherencia con dicha clasificación estableciendo directrices de
ordenamiento para sus áreas de influencia. Volver índice
4.10 Del Código de Minas Ley 685 de 2001
Con el objeto de modernizar la Industria Minera, además de promover la inversión
extranjera y agilizar los trámites para obtener títulos mineros se crea el Dec.1382
de 2010 que por Sentencia C-366 de 2011 la Corte lo declara inexequible por falta
de consulta previa en las comunidades Étnicas. La corte dio dos años para dirimir
esta sentencia, el Gobierno Nacional pidió una prórroga y no le fue concedida.
(ambitojurídico.com).
De ahí que la Ley 685 de 2001 entra en vigencia nuevamente con la caída del
código Minero de 2010. En la Ley 685 de 2001 podemos resaltar:
Art.34 Zonas excluibles de la minería. No podrán ejecutarse trabajos de
exploración y explotación mineras en zonas declaradas y delimitadas
conforme a la normatividad vigente como de protección y desarrollo de los
recursos naturales renovables o del ambiente y que, de acuerdo con las
disposiciones legales sobre la materia, expresamente excluyan dichos
trabajos y obras.
90
*Son Zonas de exclusión las que constituyen el Sistema de Parques Nacionales
Naturales, Parques Naturales de carácter regional y zonas de reserva forestal.
Todas ellas deben ser delimitadas geográficamente por la Autoridad Ambiental,
para producir esos efectos, además, el acto que las declare como de restricción o
exclusión “deberá estar expresamente motivado en estudios que determinen la
incompatibilidad o restricción en relación con las actividades mineras.”
A pesar de lo anterior la autoridad minera podrá autorizar trabajos de minería
previa sustracción del área, con excepción de los Parques, bajo condiciones que
eviten la afectación del área de exclusión. Lo anterior previo acto administrativo
fundamentado de la Autoridad Ambiental.
Art. 37 Prohibición legal. Con excepción de las facultades de las
autoridades nacionales y regionales que se señalan en los artículos 34 y
35, ninguna autoridad regional, seccional o local podrá establecer zonas del
territorio que queden permanente o transitoriamente excluidas de la
minería. Esta prohibición comprende los POT.!!!
Art. 38 Ordenamiento Territorial. En la elaboración, ejecución y
modificación de los POT la autoridad competente se sujetará a la
información geológico-minera disponible sobre las zonas respectivas, así
como lo dispuesto en el código minero sobre zonas de reservas especiales
y zonas excluibles de la minería.
Capítulo VI. Área de la concesión
Art. 64 Área en corrientes de agua. En el cauce de una corriente, podrá
ser un polígono de cualquier forma que dentro de sus linderos abarque un
cauce en máximo 2 km. …
Capítulo VII Trabajos de exploración
Art 78. Trabajos de Exploración. “Los estudios, trabajos y obras a que
está obligado el concesionario durante el período de exploración por
métodos de subsuelo son los necesarios para establecer y determinar la
91
existencia y ubicación del mineral o minerales contratados, la geometría del
depósito o depósitos dentro del área de concesión, en cantidad y calidad
económicamente explotables, la viabilidad técnica de extraerlos y el
impacto que sobre el medio ambiente y el entorno social puedan causar
estos trabajos y obras”.
Art. 79. Técnicas y especificaciones aplicables. Los estudios, trabajos y
obras propios de la exploración se ejecutarán con estricta aplicación de los
criterios y reglas de orden técnico, propios de las ciencias y prácticas de la
geología y la ingeniería de minas, así como con las normas y guías
adoptadas por el Gobierno.
Art. 80. Objeto de los trabajos. Los estudios, trabajos y obras de
exploración, estarán dirigidos a establecer y calcular técnicamente las
reservas del mineral o minerales, la ubicación y características de los
depósitos o yacimientos, la elaboración detallada del plan minero por
ejecutarse, los medios y métodos de explotación, y la escala y duración
factibles de la producción esperadas.
Art 81 Términos de referencia y guías. Con la presentación de la
propuesta de concesión, el interesado se obliga a adelantar la exploración
de acuerdo con los términos de referencia y guías mineras que para el
efecto elaborará la autoridad minera.
Art 173. Utilización de Recursos Naturales Renovables
Art. 128 Ventilación…en minas subterráneas se podrán abrir túneles,
conductos u otras obras similares…
Cap. XX Aspectos Ambientales
Art. 194 Sostenibilidad
Art. 195 Inclusión de la Gestión Ambiental
Art. 197 Constitución y ejercicio del derecho. …será necesario cumplir con
los requisitos y condiciones del Código Minero y en lo no previsto en el mismo
en las normas ambientales generales.
92
Art. 198 Medios e instrumentos ambientales. Los establecidos por la
normatividad ambiental vigente, entre otros: Planes de Manejo Ambiental,
Estudio de Impacto Ambiental, permisos o concesiones para la utilización de
RN renovables, guías ambientales y autorizaciones en caso de ser exigidos.
Art, 199 Adopción de Términos y guía….la no sujeción a ellos en aspectos
formales no dará lugar al rechazo o dilación de la correspondiente solicitud,
estudio o decisión.
Art. 200 Principio de la Simultaneidad. Los estudios y trabajos de exploración
técnica y los de viabilidad ambiental de la explotación objeto de título minero.
Volver índice
4.11 Términos de referencia Ministerio de Ambiente, 2010. Actual MADS.
Lineamientos para el estudio de impacto ambiental para la explotación demateriales de construcción
Se destaca en la descripción del proyecto, como resultado de la exploración la
identificación de unidades geológicas a nivel regional así como la geomorfología
regional orientando el estudio a determinar entre otros, la afectación de acuíferos.
En la descripción y caracterización ambiental del área de estudio, en el medio
abiótico se considera la hidrogeología: (4.1.8)
“Área de influencia Indirecta
Identificar los acuíferos de carácter regional, sus zonas de recarga y
descarga, direcciones generales de flujo, el tipo de acuífero, calidades y
tipos de usos actuales.
Área de influencia directa:
Realizar el inventario de puntos de agua que incluya pozos, aljibes y
manantiales, identificando la unidad geológica captada, su caracterización
fisicoquímica y los caudales de explotación.
93
Establecer las unidades hidrogeológicas que intervendrá el proyecto
minero. Igualmente, se deben identificar aquellas que tengan conexión
hidráulica con fuentes de agua superficiales.
Formulación del modelo hidroquímico representativo de la zona de estudio
que permita caracterizar la calidad del agua subterránea.
Evaluar la vulnerabilidad intrínseca de los acuíferos a la contaminación y
definir el riesgo a la contaminación por la actividad minera.
Definición de patrones geofísicos respecto a las formaciones presentes,
empleando la información geológica, columnas litológicas, registros
geofísicos y demás información temática existente en el área.
Realizar un estudio geofísico…Generar mapas de isoresistividades a
distintas profundidades que permitan diferenciar áreas con condiciones
geoeléctricas similares y zonas de interés hidrogeológico, diferenciadas por
formaciones geológicas.
Ejecución de pruebas de bombeo y presentación de las respectivas tablas
de campo con duración ajustada a las condiciones de borde existente o de
mínimo 24 horas, con su respectivo período de recuperación, los pozos
seleccionados deberán tener su respectiva nivelación topográfica.
Definición de parámetros hidráulicos, transmisividad, coeficiente de
almacenamiento, conductividad hidráulica, permeabilidad, datos de
abatimiento, capacidad específica, radio de influencia, interferencia,
ecuación de cada pozo.
A partir del modelo geológico de la zona, generar un modelo hidrogeológico
conceptual que sirva de base para el modelamiento hidrogeológico.
Generar un modelo matemático de simulación hidrogeológica que
contemple las interacciones entre los procesos de superficie, la zona no
saturada y la zona saturada, en donde se pueda discretizar espacialmente
mediante celdas y se pueda cuantificar variables de estado
(almacenamiento), intercambios de flujo (evapotranspiración, infiltración,
etc.). Dicha estructura de modelación deberá permitir la discretización del
dominio espacial en capas. Este modelo debe ser capaz de predecir las
94
alteraciones del comportamiento hidrogeológico frente a las acciones
mineras. De esta manera se requiere un modelo hidrogeológico capaz de
simular el comportamiento del recurso hídrico subterráneo en donde se
determine la posición actual del nivel piezométrico y cómo puede variar este
nivel con el desarrollo del proyecto en diferentes escenarios en el tiempo y
avance del proyecto.
Diseño de la red de pozos de monitoreo y control más ajustado para el
ejercicio de control y monitoreo de la calidad de las aguas en el área de
interés, debe presentar entre otras la cantidad de pozos, ubicación
específica de los sitios seleccionados, características técnicas de los pozos
y el plan sugerido para las mediciones.”
Respecto a la demanda, uso, aprovechamiento y/o afectación de recursos
naturales, en particular las aguas subterráneas: con base en la caracterización
hidrogeológica del área de influencia directa del proyecto, para la exploración
de aguas subterráneas se debe presentar:
Inventario de manantiales, aljibes y pozos existentes en el área de posible
afectación, con énfasis en la unidad acuífera captada, niveles freáticos o
estáticos, análisis fisicoquímico de las aguas e identificación de usuarios
con derechos de uso que pueden verse afectados.
El estudio geoeléctrico del área donde se pretende hacer la exploración,
georreferenciando la ubicación de los posibles pozos e indicando las capas
acuíferas a utilizar.
Volumen de agua requerido.
Los puntos de agua subterránea adyacentes y posibles conflictos por el uso
de dichas aguas.
El método de perforación, especificaciones del equipo y características
técnicas del pozo.
Impactos y manejo ambiental de la actividad.
Para la concesión de las aguas subterráneas se debe presentar:
95
Los resultados de la prueba de bombeo del pozo e informar sobre la
infraestructura y diseños del pozo.
Evaluación de los requerimientos de agua en términos de volumen, caudal
y régimen de explotación.
Perfil estratigráfico y descripción de las formaciones geológicas
atravesadas por estas obras de alumbramiento si se conocieran.
Localización georreferenciada de los pozos en mapas a escala 1:10.000 o
mayor.
Informe de los resultados de estudios de exploración. Alternativamente
estudios hidrogeológicos que se hubieran realizado indicando el tipo de
investigación, método y análisis de las pruebas realizadas y los parámetros
geohidráulicos de los acuíferos identificados en los estudios.
Relación de manantiales, aljibes y pozos existentes en la zona de
abatimiento de cada pozo de suministro de agua a utilizar, e identificación
de usuarios que puedan verse afectados en el aprovechamiento.
Análisis físico-químico y bacteriológico del agua.
Obras de conducción, almacenamiento y sistema de tratamiento a construir
incluidos los sistemas de regulación y medición.
Elementos de medición y control de niveles, (estáticos y dinámicos)
caudales y régimen de operación del pozo.
Medidas de protección y mantenimiento de pozos.
Posibles focos de contaminación como letrinas, basureros, depósitos de
aguas contaminadas existentes en las áreas de influencia de los pozos
productores.
Medidas y dispositivos que pueden usarse para evitar los desperdicios de
agua y la disposición de sobrantes. Volver índice
96
4.12 Determinantes Ambientales de la CAR en jurisdicción del Caso Piloto
A continuación se relacionan las Determinantes Ambientales en aspectos
Hidrogeológicos formuladas por las CAR de la zona de influencia del proyecto
Concesión Vial Aburrá – Oriente. Cuadros 4 y 5. Se encuentran disponibles en la
página de la Corporación respectiva.
Algunas Corporaciones Autónomas Regionales han avanzado en la formulación
de las Determinantes Ambientales, en muchos casos se encuentran estudios a
nivel de pregrado y posgrado contratados para la identificación de las
determinantes que deben ser aplicadas para la protección de los Recursos
Naturales y el Ambiente en su jurisdicción, según lo contempla la Ley Colombiana.
Existe deficiencia en las Determinantes que deben ser aplicadas en el caso de
las explotaciones mineras. Decretos establecidos por el alto gobierno limitan su
ejecución a la hora de establecer los usos del suelo a nivel Regional y Municipal.
Volver índice
97
Cuadro 4. Determinantes Ambientales - CORNARE (2015)
CORNARE
RECURSO
HÍDRICO
Ley 373 de 1997 Ministerio de Ambiente.
Por la cual se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua.
Ley 1450 de 2011 Congreso de la Republica Plan Nacional de Desarrollo.
Ley 2811 de 1974 Presidencia de la República Código de Recursos NaturalesRenovables y de Protección al Medio Ambiente.
Ley 1541 de 1978 Presidencia de la República
Por el cual se reglamenta la Parte III del Libro II del Decreto-Ley 2811 de 1974:"De las aguas no marítimas" y parcialmente la Ley 23 de 1973.
Decreto 3930 de 2010 Presidencia de la República
Por el cual se reglamente parcialmente el Título I de la Ley 9 de 1979, así como elCapítulo II del Título VI – Parte III – Libro II del decreto – Ley 2811 de 1974 encuanto a usos del agua y residuos líquidos y se dictan otras disposiciones
Decreto 1640 del 2012 Presidencia de la República
Por medio del cual se reglamentan los instrumentos para la planificación,ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas y acuíferos, y se dictan otrasdisposiciones.
Acuerdo 106 de 2001 CORNARE
Por el cual se reglamentan las actividades relacionadas con el manejo,conservación, uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas en la subregiónValles de San Nicolás.
Acuerdo 250 de 2011 CORNARE
Por el cual se establecen determinantes ambientales para efectos de laordenación del territorio en la subregión de Valle de San Nicolás, integrada porlos municipios de El Carmen de Viboral, El Retiro, El Santuario, Guarne, La Ceja,La Unión, Marinilla, Rionegro y San Vicente.
Acuerdo 251 de Agosto 10 de 2011 CORNARE
Por medio del cual se fijan Determinantes Ambientales para la reglamentación
98
de las rondas hídricas y las áreas de protección o conservación aferentes a lascorrientes hídricas y nacimientos de agua en el Oriente del Departamento deAntioquia, jurisdicción de CORNARE.
Acuerdo 112-1183 de Abril 08 de 2005 CORNARE
Por el cual se adoptan los Términos de Referencia para la formulación de losPlanes Quinquenales y Módulos de Consumos de Agua.
Acuerdo 112-2316 de Junio 21 de 2012 CORNARE
Por la cual se actualizan los módulos de consumo de agua y se establecen loslineamientos para el sistema de medición a implementar por parte de losusuarios del recurso hídrico.
MINERÍA
Ley 99 de 1993 Congreso de la República
Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el SectorPúblico encargado de la gestión y conservación del medio ambiente …
Ley 685 de 2001 Congreso de la República.
Por la cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones.
Ley 1450 del 2011 Congreso de la Republica.
Plan Nacional de Desarrollo. Artículo 106. Control a la explotación ilícita deminerales. Reglamentado por el Decreto Nacional 2235 de 2012. A partir de lavigencia de la presente ley, se prohíbe en todo el territorio nacional, lautilización de dragas, mini dragas, retroexcavadoras y demás equipos mecánicosen las actividades mineras sin título minero inscrito en el Registro MineroNacional.
Decreto 0933 de 2013 Presidencia de la República.
Por el cual se dictan disposiciones en materia de formalización de mineríatradicional y se modifican unas definiciones del Glosario Minero.
Decreto 0934 de 2013 Presidencia de la República.
Por el cual se reglamenta el artículo 37 de la Ley 685 de 2001, para determinarcómo se armonizarán las competencias para el Ordenamiento Minero con las delordenamiento del territorio, en cabeza de otros órganos del Estado
Decreto 1374 de 2013 Presidencia de la República.
Por el cual se establecen parámetros para el señalamiento de unas reservas derecursos naturales de manera temporal y se dictan otras disposiciones.
99
Cuadro 5. Determinantes Ambientales - CORANTIOQUIA (2015)
CORANTIOQUIA
HÍDRICOArtículos 4 y 5 , Decreto 0953 de 2013
Identificar, caracterizar y delimitar los predios adquiridos por el municipio,para la protección del recurso hídrico.
Identificar, caracterizar y delimitar los predios adquiridos por la Corporación,para la protección del recurso hídrico.
Áreas de importancia estratégica para la conservación del recurso hídrico quesurten acueductos.
Decreto 1449 de 1997
Definir y establecer las rondas hídricas, clasificándolas como suelo deprotección.
SUELO
Establecer las orientaciones establecidas en los estudios de áreas degradadasen la reglamentación de usos de suelo, específicamente en la determinaciónde las restricciones.
Definir las medidas y acciones de manejo que permitan mitigar situaciones deconflicto y aprovechar las oportunidades.
Determinar los suelos de protección para la producción agrícola y ganadera yexplotación de recursos naturales.
Artículo 4, numeral 2 Decreto 3600 de 2007
RESIDUOSSOLIDOS
Caracterizar, identificar y localizar el sitio actual para la disposición final deresiduos sólidos y su área de influencia, precisando su vida útil; así como lainfraestructura asociada para la prestación del servicio.
Identificar áreas para la posible localización del relleno sanitario y lainfraestructura asociada al manejo y disposición de residuos sólidos, lasmedidas de contingencia y localización de escombreras, todo esto sustentadoen el PGIRS.
Considerar el PGIRSH y la generación de residuos peligrosos RESPEL. Especificar los tratamientos y las medidas de manejo para los residuos sólidos
en las áreas identificadas como de desarrollo restringido y en general paratodo el suelo rural.
Decretos 1713 de 2002 y 838 de 2005
Establecer las acciones y medidas de manejo para la disposición final deresiduos sólidos y peligrosos, en los suelos urbano y rural.
Las áreas para la prestación de servicios públicos domiciliarios, actuales ypropuestas, deberán quedar identificadas, delimitadas en los documentostécnicos y en la cartografía, clasificándolas en la categoría de suelo deprotección y la reglamentación de usos que se establezca para las mismas,deberá guardar coherencia con dicha clasificación, estableciendo directrices deordenamiento para sus áreas de influencia.
Artículo 4 ,numeral 4, Decreto 3600 de 2007
100
5. DISCUSIÓN
A pesar de que la normatividad Colombiana en cabeza de la Constitución política
resulta ser suficiente para evitar o reducir el deterioro ambiental al cual se ven
sometidos los Recursos Naturales y su entorno, existe gran desconocimiento
acerca de la interacción entre los Sistemas de aguas superficiales y subterráneas
que llevan a cometer desaciertos a la hora de elegir zonas con ecosistemas ricos
en variedad de especies, para ejecutar proyectos de minería subterránea
aduciendo que la afectación al medio superficial es “mínimo”, en tanto que es
ignorado cualquier impacto al medio subterráneo.
En cambio se ejercen actividades a nivel superficial donde se supone no existirá
afectación al sistema de aguas subterráneas. Es el caso de la minería superficial
que conlleva grandes movimientos de tierra, erosionando el suelo, adicional a la
contaminación de las corrientes superficiales por el uso desmedido de compuestos
químicos: mercurio, arsénico y cianuro con grandes demandas de agua para
separar el metal de la roca.
La jerarquía normativa se ve impedida por el Gobierno Nacional cuando decide
que los proyectos de explotación minera e hidrocarburos sean controlados desde
el Ministerio de Minas y Energía. Los CONPES son un claro ejemplo de las
ilegalidades que comete el Gobierno central al establecer unos “lineamientos de
Política para el desarrollo de proyectos de Interés Nacional PINES: Infraestructura,
hidrocarburos, energía y minería, dadas las dificultades presentadas en la agilidad
y viabilidad del desarrollo de proyectos de alto impacto en la política económica y
social del país, como la consulta previa a comunidades, permisos y trámites
ambientales” (Documento CONPES 3762 de 2013).
La identificación geo-referenciada de pequeños o grandes torrentes de agua,
humedales, lagunas y lagos; así como el inventario de puntos de agua
subterránea: pozos, aljibes o manantiales, debe ser un asunto exclusivo de la
ANLA o en su defecto de MADS. Esta información es fundamental para la
determinación de la Línea Base en la zonificación sin proyecto; pues debe
101
posibilitar el control posterior y el establecimiento de sanciones o posible
suspensión de trabajos por el deterioro grave a los recursos naturales y al
ambiente. Cuando se establecen los TDR para el EIA de una actividad, obra o
proyecto, el contratista es quien relaciona la información de los puntos de agua
detectados en la zona de influencia en el Formulario Único Nacional, pocas veces
se corrobora esta información. Además los contratistas señalan que este estudio
genera grandes sobre costos a las obras. En consecuencia el control y monitoreo
de pozos, aljibes y manantiales, que generalmente se hace de forma posterior al
inicio de las actividades, no refleja la realidad frente a las afectaciones producidas
al ambiente.
En los estudios de impacto ambiental del caso piloto se desconoce, o se ignora, el
tipo de suelo que cubre, resguarda o amortigua la formación geológica. Así por
ejemplo en la Vereda las Palmas se encuentran suelos conformados por capas de
cenizas volcánicas de considerable espesor, entre 60 y 150 cm, ver figura 17. El
hecho de que no se reporten acuíferos en esta zona puede deberse a la presencia
de las cenizas volcánicas cuyas propiedades le permiten la retención de agua.
Visto de este modo los acuíferos “colgados” a los cuales se refiere el estudio de la
firma GEODATA (2013) son reservas que posiblemente se desprendan a medida
que se retira la estructura rocosa, que confina o actúa de soporte a la capa de
cenizas volcánicas, situación que hace crítica la zona de influencia del túnel
Seminario.
En relación con la disponibilidad de recurso hídrico es indispensable disponer de
información pertinente a la Geología, la Geomorfología y la Hidrología superficial y
subterránea del Área de influencia del proyecto, cada vez que se trate de
comprender la interrelación entre los sistemas de aguas superficiales y
subterráneos. La forma en que los caudales se mueven en el tiempo y en el
espacio, durante el invierno o la sequía permite la provisión del recurso hídrico en
cualquier época. En la figura 21 se pueden observar esas interacciones, su
relación con los diferentes aspectos del medio abiótico y con la cobertura vegetal,
fuente de energía del medio biótico.
102
En consideración con lo anterior la interacción entre los sistemas de agua
superficial y subterránea debe ser contemplada en la gestión de la oferta y en la
gestión de la demanda de este recurso, así como en la legislación ambiental, con
el fin de fortalecer el crecimiento económico y el bienestar social. Como
alternativa los procesos productivos, así como los proyectos que generan bienes
y servicios pueden acogerse a la Política de Producción más Limpia (PP+L). De
modo que la producción se realice bajo parámetros de ecoeficiencia tales como la
reducción de los impactos ambientales o la maximización del uso eficiente de los
Recursos Renovables. De acuerdo al Programa de las Naciones Unidas para el
Medio Ambiente, PNUMA (1989) se debe reducir al máximo los materiales tóxicos
que se utilizan en las labores de minería o reducir las emisiones y residuos en la
fuente. Lo anterior redunda en beneficios no solo ambientales sino también
operacionales, financieros y comerciales.
Interacción Sistema de aguas superficiales–subterráneas y su relación conlos diferentes aspectos del medio natural
Tal como se mencionó en el ítem de antecedentes, los aspectos del medio físico
(o abiótica) afectan la interacción del agua superficial con el agua subterránea
(Winter, 1999).
La geomorfología: que constituye el relieve, las pendientes y la localización
relativa entre los cuerpos de agua; refleja la interacción de la geología y el
clima, y se expresa en una topografía determinada
La geología: expresada en sus aspectos litológicos y estructurales, además
de las propiedades hidráulicas del suelo, las características del lecho de los
ríos y el tipo de roca. El movimiento de placas tectónicas determinan el
ascenso o descenso de bloques geológicos, los procesos de remoción en
masa y los agentes erosivos, como consecuencia se rebajan las cumbres o
se rellenan las depresiones.
El clima: en su variabilidad espacial y temporal. La interacción entre las
formas del relieve y la dinámica del clima determinan la cobertura vegetal.
103
Todos estos aspectos son claves a la hora de preparar un Plan de Manejo
Ambiental (PMA) para cada uno de los impactos producidos por la explotación de
los recursos del componente físico. El equilibrio natural puede ser afectado si no
se realiza un análisis de sensibilidad responsable por cada impacto producido
sobre los recursos naturales y el ambiente. Una gestión ambiental inadecuada o
inexistente puede traer como consecuencia el rompimiento del gran dinamismo
que caracteriza al territorio Colombiano.
Igualmente todos los elementos del componente biótico en los ecosistemas
terrestres están íntimamente ligados. La fauna silvestre es un elemento
íntimamente relacionado con la cobertura vegetal, su estado, dinámica y
disponibilidad. Ellos a su vez inciden y son incididos por la cobertura vegetal,
más aún, el uso y aprovechamiento del suelo y del agua inciden en la fauna
terrestre.
Figura 21. Modelo Conceptual Eco- Hidrogeológico. Fuente propia.
Desde el punto de vista de la formación académica: el estudio de la hidrogeología
no puede seguir tratándose como un tema aislado de la hidrología, de sus causas
y efectos. Al respecto, no existe en nuestro medio programa académico que
forme hidrogeólogos. Sin embargo, se encuentran académicos-investigadores,
organizaciones de ambientalistas y otros, muy inquietos frente a esas
interacciones.
104
La disponibilidad del recurso hídrico superficial o subterráneo se da gracias a su
interacción, situación que ha sido planteada y demostrada en estudios. Por
consiguiente el área de influencia de los proyectos de túneles o de minería no
puede ser restringida a los límites de una cuenca y por consiguiente, de la
jurisdicción de una CAR. Recuérdese que los límites geográficos superficiales de
una cuenca no son los mismos límites de las zonas hidrogeológicas. Decisiones
erróneas tomadas frente el licenciamiento de un proyecto puede traer como
consecuencia el agotamiento, la limitación o el trasvase de agua de una cuenca a
otra dejando sin servicio de agua a una pequeña comunidad o a una gran región.
Respecto a los Términos de Referencia y a pesar de encontrarse definidos para
cierto tipo de proyectos, puede darse el caso en el cual la ANLA o la CAR, según
su competencia, definan estos términos “de manera particular” para cada tipo de
obra o actividad cuando es solicitada la Licencia. En el caso del Túnel de Oriente
las presiones ejercidas por la Veeduría ciudadana, y por otras entidades del
Estado y organizaciones ambientalistas, obligaron al Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible a asumir la competencia del proyecto, que le había sido
asignada a CORNARE, en ejercicio de la facultad selectiva y discrecional, para
tomar medidas como la suspensión de obras y la reasignación de nuevos términos
de referencia. En consecuencia un estudio complementario fue contratado para
dar respuesta a los requerimientos que la entidad realizó.
En relación con lo anterior los estudios complementarios para el proyecto
Conexión Vial Aburrá – Oriente, pusieron en evidencia entre otros asuntos
significativos, un mayor número de fallas a la cota de los túneles, así como una
caracterización del acuífero libre superficial; además observaron que la
sobredemanda actual de agua en la zona (sin proyecto), es tal que podría ser
insostenible en el tiempo.
Sin embargo esta situación tiende a ser más preocupante de lo que advierte la
firma consultora GEODATA. Así por ejemplo, la zona en inmediaciones del túnel
Santa Elena es considerada como la más crítica desde el punto de vista
hidrogeológico debido a la relación entre la roca fracturada y los movimientos
105
tectónicos, lo que pone en peligro pequeños cursos de agua que sirven de
sustento a los habitantes de esa zona.
Es de anotar que actividades como la sísmica y el fracking, para la explotación de
minerales o de hidrocarburos a través de pozos y aljibes sin control previo y sin
monitoreo, genera el agotamiento de fuentes hídricas superficiales y subterráneas.
Los mismos organismos del Estado permiten la extracción de agua de los
acuíferos para cualquier fin, desconociendo su dinámica y los procesos de carga y
descarga desde y hacia otras corrientes subterráneas y superficiales.
Es urgente la protección de zonas de recarga. En Colombia se van haciendo más
visibles cuanto más solicitadas son para las explotaciones con cualquier fin.
Desde el punto de vista climatológico: tienen precipitación media anual alta,
evaporación media o baja y humedad elevada. Desde el punto de vista geológico:
son suelos permeables o medianamente permeables. La topografía de las zonas
de recarga tiene en su mayoría configuración plana o levemente ondulada. De tal
modo que toda norma que tienda a su protección o restauración es Determinante
Ambiental que posibilita el Desarrollo Sostenible de la Región.
Una situación muy particular se presenta con la minería, en la mayoría de las
normas que regulan el uso o aprovechamiento de los Recursos Naturales han sido
excluidas de su aplicación las explotaciones mineras e hidrocarburos. Lo anterior
sumado a lo establecido en el Art. 37 del Código de Minas (Ley 685 de 2001)
Prohibición legal… ninguna autoridad regional, seccional o local podrá establecer
zonas del territorio que queden permanente o transitoriamente excluidas de la
minería. Esta prohibición comprende los POT!!! De otro lado, el proceso
exploratorio de minerales e hidrocarburos afectan también el medio físico y por
ende la vida de los seres que de ellos dependen, pero a la fecha no se encuentra
una regulación adecuada para las exploraciones con esos fines.
Las Corporaciones Autónomas Regionales, las de Desarrollo Sostenible y los
Grandes Centros Urbanos, tal como lo contempla la Ley, deben identificar las
Determinantes Ambientales, incorporarlas en su plan de Acción y asegurarse de
106
que los Municipios las incorporen en sus POT. Los TDR deben fijar la intención
de quien ejecuta la obra o actividad de tal modo que las Agencias Ambientales
competentes deben establecer estos términos con el rigor que la ley exige
ciñéndose a los principios de Rigor Subsidiario, Armonía Regional y Gradación
Normativa; contemplados entre sus funciones.
Debido a que las Determinantes tienen una clara identificación lo que les permite
ser localizadas o referenciadas geográficamente mediante cartografía es
fundamental contrastar las diferentes capas temáticas como usos del suelo,
centros poblados, zonas hidrogeológicas, zonas de importancia ambiental,
Regiones mineras activas y potenciales para la explotación de los recursos
naturales, así como el inventario de fuentes hídricas superficiales, estableciendo
prioridades de uso. Según lo establecen los POT se debe indicar la dependencia
los recursos naturales para cada comunidad, de modo que se establezcan unos
rangos y prioridades en la zonificación ambiental.
En la definición de las Determinantes por ejes estructurales ambientales: Cuencas
Hidrográficas, Áreas Protegidas y Sistemas Estratégicos, Distritos de
Conservación de Suelos, Reserva Forestal Nacional, Amenaza Sísmica o
volcánica Regional, Explotación de Recursos Naturales, como minería e
hidrocarburos, se establece cierta línea de divorcio, a pesar de que existe una
fuerte dependencia entre estos ejes o temas de importancia ambiental.
Así por ejemplo, las formaciones rocosas y la cobertura vegetal interactúan para
dar sustento permanente a áreas protegidas como son los bosques de niebla y
humedales. Desproteger la roca incrementaría el riesgo que presenta a la
amenaza sísmica por la relación directa entre la tectónica y su sistema compuesto
de fracturas o fallas. Sin embargo los macizos rocosos son sistemas que en su
composición química concentran elementos cuya transformación es la mayor
fuente de recursos para la explotación minera. De tal manera que los macizos
rocosos no pueden ser clasificados como uno de los temas de interés ambiental,
mejor aún todo el conjunto debe ser entendido como el producto de las
características que los definen. Volver índice
107
6. RECOMENDACIONES
La hidrogeología trata del agua subterránea, su distribución y la forma como
cambia en el tiempo y el espacio en el marco de la geología regional, por lo que
debe ser un reto para las Corporaciones Autónomas Regionales profundizar en el
tema y establecer medidas de control y manejo de los recursos hídrico y geológico
que propenda por el desarrollo sostenible de la región. Este supone un balance
entre la producción y el consumo a nivel regional y nacional, adaptándolo a las
condiciones sociales, económicas y ambientales propias de cada región. Así
como lo establece la Política Nacional de producción y consumo sostenible
(MAVDT, 2010) es necesario implementar estrategias como los Mercados Verdes,
el eco-diseño, análisis del ciclo de vida y las compras sostenibles.
Debido al auge que tiene actualmente la perforación de pozos, aljibes o
manantiales, para la extracción de agua con diversos fines, se debe solicitar, entre
otros, los estudios hidrogeológicos estableciendo su relación y cercanía a fuentes
superficiales o zonas de captación para acueductos.
Es necesario realizar estudios de factibilidad para dar a conocer las tendencias
que se generan en el territorio gracias a la interacción entre los sistemas de agua
superficial y subterránea y su importancia en la degradación de contaminantes.
Una adecuada sensibilización a las diferentes comunidades: académica,
profesionales de la ingeniería, Instituciones comprometidas con la prestación de
servicios públicos y en general a las comunidades más vulnerables puede prever
los problemas de disponibilidad futura de agua potable para el consumo humano
que hoy aquejan a la humanidad.
Es indudable el desabastecimiento que se presenta en varias regiones del
territorio Nacional durante épocas de sequía, lo excepcional es que las zonas
donde se han encendido las alarmas por este fenómeno, en los últimos años,
poseen una gran riqueza del recurso, así como reguladores hídricos, por lo que
urgen estudios en Colombia que den cuenta de las dinámicas actuales en
contraste con las explotaciones mineras y de hidrocarburos en casos como los
108
Llanos Orientales, Casanare, Magdalena o en la Guajira, donde se ha presentado
recientemente desabastecimiento de agua. La Contraloría General de la república
ha realizado importantes acercamientos en la identificación de estos problemas.
Al respecto ver informe de Actuación Especial de fiscalización CGR-CDMA No.
029, Agosto 2014.
En otros países donde se hace minería a gran escala como en el caso de Chile,
las Agencias de control Ambiental monitorean mediante sensores que permiten
identificar la salida o exposición al ambiente de agentes contaminantes químicos
como el cianuro o el mercurio, usados actualmente en la extracción de minerales
en Colombia. EL Estado Colombiano a través de las agencias ambientales debe
regular el uso de estas sustancias como mecanismo transitorio hacia su
erradicación, además debe establecer campañas de formalización y regulación de
la actividad minera mediante mesas de trabajo, dándole prioridad a la población
más afectada para que sea partícipe del proceso. Educar para la prevención,
evitando la mitigación o la compensación por los impactos sinérgicos que trae
consigo el daño grave a los recursos naturales.
El Estado Colombiano debería ser más enfático a la hora de sopesar la necesidad
del recurso hídrico frente a la preferencia por una economía que genere más
pasivos ambientales. Colombia debe declararse como país de Biodiversidad y no
como una fuente de ingreso para el interés de las multinacionales.
Los acuíferos y sus zonas de recarga deben ser clasificados entre una de
categorías de protección rural, de acuerdo al Decreto 3600 de 2007,
probablemente como Áreas de especial importancia ecosistémica debido a que
son grandes contenedores de agua, que abastecen en épocas de sequía grandes
regiones, mediante flujos locales, regionales e intermedios, ascendentes o
descendentes a otras fuentes hídricas. En adición, durante el invierno los
acuíferos, acuitardos y acuicludos interceptan entre sus poros o vesículas un
considerable volumen de agua, que de acuerdo a su capacidad es transmitida
lenta o rápidamente gracias a la oferta de otros recursos que le complementan y
109
que actúan como reguladores hídricos como son los humedales, las cenizas
volcánicas, los bosques de niebla o los bosques en estado de sucesión.
Debe ejercerse un control más efectivo y eficiente de las descargas provenientes
de las labores mineras y en general de todo tipo de excavaciones que se realicen
con cualquier fin; del mismo modo que los vertimientos industriales a fuentes
superficiales son controlados por las empresas que prestan el servicio de
acueducto y saneamiento básico. A medida que la disponibilidad de agua
disminuye estas entidades buscan fuentes para la captación en lugares cada vez
más alejados de la zona de consumo, por razones obvias que tiene que ver con la
sobredemanda y mínima oferta del recurso.
La gestión que se emprenda debe comprender no solo la búsqueda de otras
fuentes, se debe reforzar la publicidad en cuanto al uso racional de los recursos
naturales. El mayor problema es que las empresas de prestación de servicios
públicos parecen fenómenos naturales sin control. A medida que se da el
crecimiento poblacional, las fuentes hídricas se han ido agotando o contaminando
lo que ha sugerido el desplazamiento de las bocatomas aguas arriba de los focos
de contaminación. Acerca del agua potable que se consume en el Área
Metropolitana del Valle de Aburrá se encuentra que la oferta del recurso está
siendo extraída de lugares cada vez más remotos a los puntos de demanda. A
veces la prioridad es la sanción antes que evitar, mitigar o compensar los daños.
Se puede disponer de un buen Sistema de Información Geográfico SIG que
permita el cruce de información, como Redes Hidrográficas en Colombia, zonas
hidrogeológicas con sus respectivas recargas, zonas mineras activas y de
explotación de hidrocarburos, y otras capas temáticas de gran importancia para la
preservación de los diferentes ecosistemas. Del mismo modo como se establecen
ciertas reglas para la soberanía territorial debe dejarse claro el tipo de actividad
que puede o no ser realizado en las zonas hidrogeológicas.
Respecto a los caudales se debe revisar en casos de minería impactos regionales,
sequías producidas por trabajos subterráneos o contaminación producida por los
110
químicos. Ante la ejecución de obras para la exploración y explotación de
recursos naturales debe fijarse valores máximos de caudal que circula en los
túneles a través de las fracturadas por efecto de las excavaciones. No es posible
que se establezca un valor fijo como lo contemplan las normas internacionales
para caudales que circulan o infiltran en las excavaciones de túneles, para
cualquier tipo de obra y en cualquier tipo de suelo, más aún cuando la afectación
del recurso pone en peligro la disponibilidad hídrica a grandes regiones para
cualquier fin.
¿Qué representa la explotación minera en la economía nacional y en el pago a la
deuda externa? ¿Se ha establecido algún paralelo, como un índice entre las
regalías por la explotación minera y el consumo de agua para dicha explotación; o
entre el consumo para la explotación y el agua contaminada que es producto de
esa explotación y deja de ser parte del consumo? ¿Qué tipo de desarrollo debe
ser privilegiado para cada zona? (minero, pecuario, agrícola…). Las Políticas de
Producción más Limpia pueden proveer una buena herramienta para quienes
hacen minería con conciencia de Desarrollo Sostenible.
¿Será posible que se haga un alto en el camino en la conformación de la
estructura normativa, para entrar a verificar hasta qué punto lo existente es
suficiente, aplicable o convalidable con la realidad económica y social que vive
Colombia?
Aplicar estas determinantes Ambientales en aspectos hidrogeológicos a cualquier
forma de exploración de suelos, así como a las excavaciones realizadas con otros
fines diferentes al minero, podría prevenir futuras sequías, reducción de caudales
base en fuentes superficiales y subterráneas que proveen del recurso hídrico a
grandes regiones. Es el caso de la construcción de túneles, urbanismo, centrales
hidroeléctricas y construcción de vías que en términos generales realizan
excavaciones en macizos rocosos para el logro de sus fines.
Volver índice
111
7. ANEXO
7.1 Túnel de Occidente
Es una obra que promete una salida más rápida hacia la costa Atlántica,
desde la ciudad de Medellín al puerto de Urabá. Al día de hoy se establece
un nuevo proyecto que forma parte de las Autopistas para la prosperidad y
que permite la conectividad con el Túnel de Occidente: la conexión Vial Túnel
del Toyo y sus vías de acceso, Mar1 y Mar 2.
Hay quienes advierten que en el túnel de Oriente, obra de la Conexión vial
Aburrá – Oriente, no se puede repetir lo de Occidente.
Se trata de una obra muy bien hecha si solo se considera la estructura
que atraviesa la montaña, pero en vías de acceso, estabilización de
laderas, así como en las estrategias de mitigación ambiental se
cometieron muchos errores. Comenta el doctor en Geología, Oswaldo
112
Ordóñez Carmona director del Grupo de estudios en Geo-recursos,
Minería y Medio Ambiente.
Secaron nacimientos de agua. Cuatro acuíferos que eran fuente
perpetua del mineral. Estudios Ambientales insuficientes.
Desvío inadecuado de fuentes hídricas. Problemas de sedimentación.
Quemas indiscriminadas, tala de árboles. Se generó un cambio en las
prácticas agrícolas y comerciales por parte de los habitantes de la
región de influencia.
Alteración de las características del suelo: PH, salinidad, contenido de
nutrientes y materia orgánica.
Los terrenos propicios para siembra fueron reducidos a peñascos.
Impacto social. Un caso es el presentado en el corregimiento San
Sebastián de Palmitas pues es sometido a cambios socioeconómicos
con la construcción de este proyecto. La población que antaño fuera
de tradición campesina es sometida por la imposición de nuevas
funciones en el espacio rural que son definidas en pro de la
articulación del centro de Medellín, observa la Magister en
Antropología Luz Dary Muñoz Ortiz.
El Geólogo Oswaldo Ordóñez increpó respecto al elevado costo del peaje, el
gobierno en su momento argumentó su valor por el desarrollo de obras
prioritarias de infraestructura que requería de mayor atención por los
problemas que generó el invierno.
113
7.2 Túnel de La Línea
Fuente www.calarcá.net
El proyecto: Cruce de la cordillera Central-Túnel de la Línea forma parte del
“Corredor Bogotá-Buenaventura”. El proyecto está localizado en la parte
central de Colombia y conecta los departamentos de Quindío y Tolima,
cruzando la cordillera Central por el Alto de la Línea. Tiene por objeto facilitar
el comercio exterior desde el centro del país hacia el Puerto de
Buenaventura. Ahorro en altura de 840 m y en recorrido de 10 km.
Se trata de un macro proyecto que busca reducir a la mitad del tiempo el
recorrido entre Cajamarca en Tolima y Calarcá en Quindío. La obra consta
de 2 túneles de 10 y de 8 kilómetros, 59 puentes o viaductos y 16 túneles de
menor longitud. En Abril 27 del 2004 es realizada la primera explosión por el
lado del Departamento del Quindío para la construcción del túnel piloto.
El proceso para realizar los estudios y diseños, gestión social, gestión predial
y gestión ambiental, construcción y operación del proyecto “Cruce de la
cordillera central: Túneles del II Centenario y segunda calzada Calarcá –
Cundinamarca, fue adjudicada al Consorcio Segundo Centenario”. De
acuerdo a registros en prensa la contratación se hizo “Llave en mano”.
En la página del Municipio de Calarcá se encuentran registrados los datos y
características del túnel piloto que se indican a continuación:
Diámetro aproximado 4.4 m
Longitud 8580 m
Tiempo de ejecución: 18 – 24 meses
114
Infiltraciones de agua estimadas: 110 y 220 l/s
Reunión definitoria del diseño del túnel piloto 13 de agosto de 2003
Contrato de ajuste del estudio: No.2032476-1
Entrega del informe: Diciembre 15 de 2003
Ajuste del estudio Enero 21 de 2004
Durante el 2013 se presentaron diversos problemas, denunciaron la
desviación de recursos para otros proyectos, fallas geológicas, contaminación
de fuentes de agua, estudios que no previeron riesgos técnicos. Existen
demandas del constructor contra el INVIAS, aduce a la ola invernal del 2010
los sobrecostos generados por la construcción de viaductos y túneles anexos,
revestimiento de túneles, además del tratamiento que debieron realizar a las
fallas que iban apareciendo a medida que avanzaba el proyecto.
Fuente: http://www.calarca.net/tuneldelalinea.html
En Diciembre de 2013 el INVIAS solicitó a una firma consultora japonesa un
estudio para establecer las mejores condiciones de manejo, conducción y
descarga para mitigar los daños generados en la quebrada La Gata que
estaba recibiendo los vertimientos del agua de infiltración del Túnel la Línea
y el Túnel piloto. Esta problemática dejó sin agua a los habitantes de la
zona. El estudio concluyó que el impacto es sinérgico, lo que genera otros
efectos en la zona: socavación del lecho del río, desestabilización de
taludes y el aumento de concentración de sólidos en las aguas.
115
Como alternativa para resolver el problema de la Quebrada la Gata,
decidieron el uso de otra fuente hídrica para descargar los vertimientos, el
Río Santo Domingo el cual presentaba a la fecha un caudal promedio de
1.5 m3/s. Al mismo tiempo el INVIAS decide instalar tanques móviles
prefabricados para tratar sanitariamente las aguas de escorrentía evitando
la alta carga de sólidos y depurando otra serie de parámetros del agua.
Tomado de la página del INVIAS: “INVÍAS invierte recursos para mitigar
impactos ambientales en Túnel de la Línea”. (Diciembre de 2013).
A enero de 2015 el Gobierno Nacional decide caducar el contrato, a pesar
de que presentaba un 75% de avance, y emprender una nueva licitación por
400.000 millones de pesos para concluir la obra. La Contraloría General de
la República emitió advertencia a los Ministros de Transporte y de Medio
Ambiente por posible detrimento al patrimonio público. (Revista Semana,
febrero de 2015). En Noviembre 30 de 2014 caducaba el contrato con el
Consorcio encargado de la construcción del megaproyecto.
La suspensión definitiva del contrato implicaría una serie de demandas
millonarias por parte del representante legal del consorcio. En Marzo de
2015 el Gobierno Nacional a través del INVIAS decide no caducarlo y da
una prórroga al contratista hasta Noviembre de 2016 para culminar la obra.
Se fijaron condiciones para darle continuidad, una de ellas que el contratista
renunciara a cualquier tipo de demanda ante los tribunales, además, no
puede llevar a cabo acciones legales en contra del Estado. Cualquier
incumplimiento daría lugar a la suspensión del contrato. Adicionalmente se
constituyó una fiducia que se encargaría de manejar todos los recursos así
como los flujos de caja.
Para diciembre de 2015 se dio un parte de tranquilidad, se detectaban
obreros y máquinas en todos los frentes de trabajo, situación contraria a la
que venía ocurriendo meses atrás y que generó gran retraso de las obras.
Los compromisos establecidos con el contratista serían evaluados por una
Veeduría técnica especializada.
116
Durante visitas realizadas a la obra, la veeduría encontró tramos de túnel ya
revestido con humedades generadas por infiltración de agua, por lo que
solicitan al interventor y al contratista de la obra resolver estos
inconvenientes. El presidente de la veeduría Técnica confirmó “hay que
darle un parte de tranquilidad al país, el proyecto avanza tiene un
cumplimiento de acuerdo al cronograma”... pero aclara “las dificultades que
vemos nosotros son de tipo ecológico. El avance en las fallas es la ruta
crítica del proyecto y les hemos llamado la atención al contratista y al
Gobierno.” (Revista Semana, Dic. /2015). Es zona de fallas como las del
sistema Romeral.
De acuerdo a los estudios realizados por la Universidad Nacional de
Colombia en el túnel Piloto, “la obra se encuentra emplazada en un margen
continental activo, donde choca la placa continental oceánica de Nazca con
la de América del Sur. Esto implica que las rocas sufren cambios
permanentes de presión, de temperatura, de textura y de composición”.
Así por ejemplo, “hacia el portal en la zona Tolima se halla un pórfido de
rocas intrusivas de origen magmático que se emplazaron dentro de la
cordillera, este material adquiere así relevancia económica, porque a su
alrededor se pueden formar depósitos de oro y cobre, entre otros metales
preciosos”.
Estas observaciones fueron realizadas de manera previa a la construcción
del túnel de la línea. En términos generales encontraron que la geología
que manejan los ingenieros de la obra no corresponde a los hallazgos
realizados por el grupo de investigación…” no hay una concordancia
completa con la cartografía existente…”,”es importante caracterizar bien la
montaña y saber a qué nos enfrentamos…”
117
7.3 Túnel del Toyo
La construcción del Túnel de Toyo junto con los proyectos viales Mar1, Mar 2
forma parte del programa Autopistas de la Prosperidad, vías del orden
Nacional. Tiene por objeto conectar la ciudad de Medellín con el Mar
Atlántico. La obra que consiste en la construcción de un túnel de 9.7 km es
paso estratégico para la economía del Departamento y la Nación, proyecta
ser el más largo del país. Está ubicado entre los municipios de Giraldo y
Cañasgordas, atraviesa las montañas a una altura de 1500 m sobre el nivel
del mar.
Apertura proceso de precalificación proyecto Autopistas para la Prosperidad
Medellín, Abril 9 de 2013. Fuente: www. camaramedellin.com.co
El costo total estimado del proyecto es de 1.83 billones de pesos de los
cuales $780.000 millones serán aportados por el Departamento de Antioquia,
$530.000 millones de la Nación y $520.000 millones del Municipio de
Medellín, mediante Convenio Interadministrativo de colaboración 2014-AS-
20-0037 (16/01/2015) celebrado entre el Ministerio de Transporte, el Instituto
118
Nacional de Vías, la Agencia Nacional de Infraestructura, el Departamento de
Antioquia y el Municipio de Medellín. La gerencia del proyecto fue adjudicada
el 22 de Diciembre de 2015 a la firma Konfirma S.A.S.
Mediante acuerdo del Concejo Municipal 093 de 2013 (Diciembre 10) “se
autoriza al alcalde de Medellín para comprometer vigencias futuras
excepcionales” 2015-2024 por valor de $520.000 millones.
La Asamblea Departamental de Antioquia, mediante Ordenanza 71 del 2013,
autorizó a la Gobernación de Antioquia para comprometer Vigencias Futuras
Excepcionales para la cofinanciación del Proyecto. Los valores aprobados
corresponden a pesos de diciembre de 2012 y serán indexados cada año con
el IPC.
La distribución de aportes del Departamento y el Municipio de Medellín es a
partir del 2015 hasta el 2024, distribuidos en 10 vigencias, y los aportes de la
Nación señalados en el Documento CONPES 3836 son a partir del 2019.
En tres licitaciones diferentes fueron entregados los tres proyectos Mar1,
Mar2 y Túnel del Toyo. El 14 de Octubre de 2015 fue adjudicado por 10
años el proyecto túnel del Toyo al Consorcio Antioquia al Mar conformado por
firmas Españolas (40%) y Colombianas (60%). El secretario de
Infraestructura Física del Departamento agregó que en el tramo entre Santa
Fe de Antioquia y Cañasgordas se construirán 15 km de túneles, viaductos y
puentes que redundarán en una reducción del recorrido en 23 Km.
El ex-secretario de Infraestructura de Antioquia Rafael Nanclares informó en
entrevista para el periódico El Colombiano que la ANI había llevado el
proyecto hasta fase 2 con estudios geológicos, hidrogeológicos e hidráulicos
que habían sido adelantados por ISA para el proyecto Autopistas de La
Montaña, la ANI solicitó a ISA que los complementara para llegar a Fase 2
que es la mínima, acogiéndose a la nueva Ley de Infraestructura 1682 de
2013. (El Colombiano, Febrero 14 de 2016). Y agrega, “la estructuración
119
dice que tiene un año y medio para hacer los diseños y obtener licencias
ambientales y se transfirió ese riesgo a los privados. Eso es un logro
importante. Ellos son quienes tienen que sacar la licencia ambiental y
comprar los predios.
El 05 de Marzo de 2016 el Gobernador de Antioquia y la Ministra de
Transporte anunciaron una suspensión temporal no inferior a 60 días “con el
fin de tomar medidas que permitan asegurar la ejecución de la obra”; durante
el aplazamiento se realizarían los estudios ambientales y se establecerían los
diseños definitivos de la obra, según fue informado a la prensa.
La suspensión de la obra fue solicitada por la Contraloría General de
Antioquia, pues en una auditoría exprés realizada por el ente de control se
detectaron 25 hallazgos de tipo fiscal, penal y disciplinario. Estos hallazgos
están relacionados con:
Aplicación de normas que le son propias a los contratos de concesión
a un contrato de obra pública.
Falta de Licencias Ambientales. Requisitos exigidos por la Autoridad
Ambiental competente.
Delegación irregular
Adjudicación contractual con falta de requisitos
Incertidumbre con relación a diseños y valor real de la obra
Pagos realizados por duplicidad de actividades
Violaciones al principio de participación ciudadana
Claras violaciones a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia y
transparencia que gobiernan la función pública.
Atendiendo a las observaciones anteriores y de acuerdo a las facultades que
le confiere la ley, el Contralor General de Antioquia considera necesario:
1. Solicitar a la Secretaría de Infraestructura Física de Antioquia suspender
la obra de manera temporal hasta tanto no sean corregidas las falencias
evidenciadas.
120
2. Solicitar a las autoridades ambientales ejercer el control necesario sobre
esta obra pública y tomar medidas.
3. Solicitar a la Procuraduría y a la Fiscalía General de la Nación iniciar las
labores de investigación necesarias para garantizar el cumplimiento de los
principios y normas que enmarcan la función pública…
El gobernador del Departamento indicó, en entrevista para los medios (Marzo
3 de 2016), que el tipo de contratación si fue por Concesión, lo correcto es
que se hiciera contrato de obra pública. “En la concesión el Estado no pone
dinero, los privados van adelantando el proceso…” Se firmó un “Otro sí” para
superar las dificultades del contrato, en caso de que se presenten
sobrecostos todos los firmantes estarían comprometidos a financiarlos.
Aunque no se señaló cuánto dinero o qué porcentaje sería el aportado por el
Gobierno Nacional en caso de sobrecostos.
El Director del INVIAS reitera que el proyecto en fase de pre-construcción,
que es como se encontraba a la fecha de suspensión, no requería de
Licencias Ambientales, en esta fase se podían adelantar las licencias, la
gestión predial y los estudios en fase dos y aclara que la Ley permite
contratar a fase dos. (El Colombiano, Marzo 7 de 2016).
El 15 de Junio de 2016 iniciaron de manera protocolaria las obras del túnel
del Toyo en el km 2 del Municipio de Santa Fe de Antioquia. Hasta la fecha
no se tiene información relacionada con las Licencias Ambientales y los
diseños definitivos.
La contratación para construir el túnel del Toyo
El 17 de Octubre de 2013 el entonces presidente de la ANI, explica que
después de realizados los análisis financieros, se llegó a la conclusión de que
una parte de esta concesión a Urabá debe pagarse como obra pública. No
surtiría el proceso de precalificación que tienen las demás concesiones, sino
que iría de forma directa a la licitación. Esto se debe a que el mercado no
121
estaría dispuesto a financiar una obra tan grande y tan larga sin recibir
remuneración antes, la ley dice que solo se puede pagar una vez se entregue
la obra, al hacerlo por obra pública, explicó, si se puede pagar a medida que
se den avances de obra, sin tener la unidad funcionando… pero admitió que
cuando se termine quedará concesionada… ”Va a ser atípica, directo a la
licitación”
Diagnóstico Ambiental de Alternativas
Mediante el Auto 1455 (Abril 21/2015) la Anla define una alternativa, de las
dos que presentó la ANI para el proyecto denominado “Construcción víal
Santa Fe de Antioquia Cañasgordas” del Diagnóstico Ambiental de
Alternativas (Radicado sept. 05/2014). En las especificaciones técnicas del
proyecto se identifican túneles cortos, medios y largos, uno de ellos de 9.7
km de longitud. Con base a la cartografía presentada, el equipo técnico de la
Anla encontró que la alternativa 1 intercepta 20 cuerpos de agua con
potencial afectación en su dinámica hídrica por efectos de la construcción.
La alternativa 2 intercepta 19 cuerpos de agua, varios de ellos afluentes del
Río Tonusco.
Dado que el Decreto 2041 del 15 de Octubre de 2014 comenzó a regir el 1º
de Enero del 2015, con el cual se reglamentó el Título VIII de la ley 99 del 93
sobre Licencias Ambientales y mediante Auto No. 4612 del 17 de Octubre de
2014 se radicó el DAA, por lo tanto la normatividad aplicable en este caso es
el Decreto 2820 de 2010, específicamente los Art. 18 y 20 de la citada Ley,
relativo a la solicitud de pronunciamiento de parte de la autoridad ambiental
sobre la necesidad de presentar un DAA. Situación que fue expresada en el
Análisis de Alternativas presentado por la Anla.
Hidrogeología presentada en el DAA
De acuerdo al mapa de permeabilidades de Colombia del Servicio Geológico
Colombiano (Anteriormente INGEOMINAS), las unidades geológicas que
122
conforman el área de estudio en un 98% del corredor propuesto por el DAA
corresponden a macizos rocosos antiguos muy compactos de composición
ígnea, metamórfica y sedimentaria, caracterizados por la baja permeabilidad,
(sin capacidad para absorber o transmitir agua) con lo que sugieren poca
interconexión entre la actividad hídrica superficial con la subterránea.
Las Alternativas 1 y 2 presentadas se emplazan sobre cuatro unidades
hidrogeológicas; el análisis de la Anla establece que en un alto porcentaje el
corredor de ambas alternativas se emplazará en un macizo impermeable.
Esto significa que puede contener agua apreciable entre sus fracturas pero
con bajo poder de transmisión, por lo que suponen que carecen de
importancia hidrogeológica y son consideradas como unidades no acuíferas.
Para el EIA, la Anla sugirió la presentación de información adicional a los
TDR ya contemplados por el MADS para este tipo de obras, ciñéndose a lo
contemplado en el Artículo 21 del Decreto 2041 del 2014. El Artículo 4º del
Estudio del DAA realizado por la Anla, enfatiza, entre otros asuntos, que se
debe incluir en relación al medio abiótico:
Dadas las condiciones geológicas e hidrológicas evidenciadas en la
zona profundizar el estudio de estabilidad geotécnica para los
depósitos de material sobrante propuestos a media ladera ya que se
proponen localizarse de manera adyacente al valle aluvial del río
Tonusco.
Se requiere el estudio detallado de los posibles impactos en caso del
emplazamiento de las plantas de asfalto, trituración y concretos y su
incidencia con las concentraciones poblacionales adyacentes.
Se deberá profundizar en los aspectos hidrológicos e hidráulicos en lo
referente a la localización del proyecto por áreas inundables del valle
aluvial del río Tonusco, los posibles impactos y las medidas de manejo
que garanticen la dinámica hídrica de la zona.
123
Deberá incluir las medidas de manejo correspondientes a la presencia
de material aurífero en la zona y las actividades de obras subterráneas
proyectadas.
Del análisis de impactos en el área de influencia sin proyecto se considera la
explotación minera que se viene ejerciendo en el cauce del Río Cauca y del
Río Tonusco. Se produce minería artesanal donde son utilizados elementos
químicos que terminan por afectar los ecosistemas dulceacuícolas. La
evaluación de impactos con proyecto identifica como el principal impacto al
que se ven sometidas las fuentes hídricas con el proceso constructivo,
considerándose ambas alternativas, pues se trata del mismo corredor.
El Art 2º de las consideraciones hechas por la Anla identifica las condiciones
que debe cumplir el EIA para la solicitud de la Licencia.
Seguir los lineamientos establecidos en los TDR para el EIA requerido
para el trámite de la licencia ambiental de proyectos de construcción
de carreteras y/o túneles y vías de acceso M-M-INA-02 Versión 2 de
acuerdo a lo dispuesto en la Rsln. 0751 de Marzo del 2015.
Realizar análisis multitemporal de los medios biótico, abiótico y
socioeconómico frente al cambio climático y como consecuencia de la
construcción del proyecto, según lo contempla el Art. 3º y 8º de la ley
1682 de 2013.
Dar cumplimiento a lo contemplado en la Rsln. 1415 de 2012 del
MADS relativo al almacenamiento de la información, GEODATABASE.
Antes de dar inicio al trámite de la Licencia solicitar al Grupo de
Consulta Previa del Ministerio del Interior la Certificación
correspondiente a la existencia de grupos étnicos, títulos colectivos …
de acuerdo a la normatividad vigente.
La ANI deberá radicar el EIA ante CORANTIOQUIA y CORPOURABÁ
para su pronunciamiento respecto al uso, aprovechamiento o
124
afectación de recursos naturales, así como a la compatibilidad o
viabilidad del proyecto en relación a las áreas de manejo especial…
En uno de sus ítems el informe de la Anla establece Medidas de Manejo
especiales:
3.2.3; adicionalmente para el túnel del Toyo se deberá evaluar la
afluencia de las aguas abatidas hacia diferentes cuencas de los
cuerpos de agua originarios.
3.2.5 En caso de determinarse que el material de corte y excavación
tenga presencia de material aurífero deben identificarse los
potenciales impactos que se puedan generar ante la eventualidad, en
especial los derivados de la generación de expectativas.
3.3.5 Deberán plantearse medidas para el potencial manejo de
impactos derivados del abatimiento del recurso acuífero ocasionados
por las actividades de construcción de túneles.
Se debe considerar el hecho de que a lo largo del Río Tonusco y del Río
Cauca, en jurisdicción del Municipio de Santa Fe de Antioquia se viene
realizando la minería de oro de manera tradicional con los barequeros. Con
el incremento en los precios del oro la minería subterránea ha venido
surgiendo en la región, según informan las autoridades. Tomado del informe
de CORANTIOQUIA sobre minería (Marzo de 2015).
Del Art. 6º: La escogencia de la alternativa (2) del DAA seleccionada por la
Anla no determina la viabilidad ambiental del proyecto, ya que estará sujeta a
la presentación, evaluación y aceptación del EIA.
125
7.4 Interceptor Norte
El Programa de Saneamiento del Río Medellín y sus quebradas afluentes
considera entre sus obras la construcción de un Túnel Hidráulico que tiene
por objeto interceptar las descargas de los colectores de aguas residuales
desde el Barrio Moravia en Medellín al Municipio de Bello para conducirlas a
la Planta de Tratamiento de este municipio.
Fuente: www.metropol.gov.co
El Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos PSMV de Empresas
Públicas de Medellín E.S.P fue aprobado por el Área Metropolitana del Valle
de Aburrá – AMVA, mediante la Resolución 000056 del 02 de Febrero de
2006, y luego modificada por medio de las resoluciones S.A 0000795 del 30
de Junio de 2009 y S.A 0001272 del 30 de Septiembre de 2009.
El Interceptor Norte es una obra del Grupo EPM y su filial Aguas Nacionales.
Es construida por el consorcio Colombo-Mexicano CICE. La obra se
126
complementa con la construcción de los ramales colectores, la Plaza del
Agua y la Planta para el tratamiento de los biosólidos, subproducto del
tratamiento de las aguas residuales.
Características del Interceptor
Instalación de 7.7 km de tubería de 2 a 2.4 m de diámetro interno. El
interceptor va a una profundidad que oscila entre 10 y 23 m bajo el nivel del
suelo, e irá revestido con tubos de concreto reforzado. La instalación se
realiza en dos tramos:
Tramo 1: Desde el barrio Caribe a los talleres del Metro. Túnel
construido con sistema de perforación subterránea sin zanja, con una
TBM, para instalar un ducto de 6.6 km.
Tramo 2: Talleres del Metro hasta la Planta de Tratamiento en Bello.
Instalación de tubo de 1.1 km, opcional: con TBM o con excavación a
cielo abierto.
Cruces para colectores: 0.54 km con tuneladora para conectar las
descargas de la margen occidental del río al interceptor principal.
Construcción de 4.4 km de ramales de colectores al interceptor.
De acuerdo a la Resolución 001286 de 2012 proferida por AMVA, por medio de
la cual se adoptan unas decisiones dentro del Plan de Saneamiento y Manejo
de Vertimientos, se precisa la posición de EPM para solicitar ampliación en el
cronograma para la ejecución de obras.
1. Necesidad de adelantar el Proyecto Centro Parrilla. Colector de aguas
residuales que recogería las descargas de los afluentes del Río Medellín en
la zona centro de Medellín. Debido a la alta actividad económica de la zona
se decide hacer instalación de las redes de alcantarillado utilizando
tecnología sin zanja. Las etapas de formulación del proyecto para su
aprobación, la preparación de la contratación del diseño y su licitación se
ejecutaron en el segundo semestre del 2009, todo el 2010 y parte del
127
primer semestre del 2011 dando origen al contrato PC-2010-0167, CT-
2011-000533 y CT-2011-000523.
2. Inconvenientes para definir usos del suelo dentro del POT del Municipio de
Bello para los Proyectos Interceptor Norte y PTAR Bello. Estas obras no
estaban contempladas en la Licencia Ambiental del Plan de Saneamiento y
Manejo de Vertimientos - PSMV, la modificación fue aprobada por AMVA el
8 de mayo de 2009 mediante Resolución No. S.A. 000523.
Con las razones expuestas por EPM para solicitar la ampliación de un
horizonte más allá del 2014 para la ejecución de estas obras, posiblemente
hasta el año 2017, la ampliación de plazo fue aceptada para ser ajustado y
modificado el cronograma, mediante el oficio AMVA 025079 de Diciembre 29
del 2011.
Lo argumentado por EPM en 2014 fueron los mismos aspectos que motivaron
los retrasos en 2011, cuando se realizó la primera variación al cronograma de
actividades. Consideran que el retraso en la entrega de obras se debió:
Al incumplimiento de contratistas en tiempo o por montos insuficientes.
Longitudes mayores
Tramos no considerados como centro parrilla :colector para sanear la
quebrada Santa Elena entre el Barrio Boston y el Río Medellín.
Se realizó contratación simultánea de diseños y construcción o
“contrato llave en mano” aprobado por Rsln. 1272 de 2009 AMVA.
El contrato Llave en mano no fue posible por el nivel de incertidumbre y la
necesidad de elaborar diseños más específicos para la instalación de tubería
con tecnología “sin zanja”. Ésta contempla el uso de las “micro tuneladoras”
para incorporar tubería de 160 cm de diámetro. La zona centro de Medellín
requería de esta tecnología debido al alto impacto social y económico que
podría generar la apertura de zanjas.
128
Los PSMV están reglamentados por la Resolución 1433 de Diciembre de 2004
que modifica el Decreto 3100 de 2003 sobre Planes de Saneamiento y Manejo
de Vertimientos. Entre otros, el PSMV se proyectará para un período mínimo
de 10 años, tal y como fue contemplado el Saneamiento para el Río Medellín
desde sus inicios: 2004-2014. Los Artículos 55 y 56 de la Ley 99 del 93
facultan a la entidad ambiental competente: Áreas Metropolitanas para que
conozcan de la solicitud de las licencias, autorizaciones, concesiones y
permisos. Además el Art. 31 de la misma ley le concede facultades a estas
agencias para ejercer el control y seguimiento a las actividades que puedan
generar impacto.
Inconvenientes para definir usos del suelo en POT del Municipio de Bello
El municipio de Bello adoptó el Plan de Ordenamiento Territorial POT mediante
acuerdo No. 12 del 10 de agosto de 2000. Dado que el sitio donde se
construiría la planta de tratamiento tenía uso “restringido” para servicios
públicos, se requería, entonces, de un permiso especial por parte del Municipio
de Bello. Sin embargo, la Administración municipal prefiere modificar el POT:
mediante acuerdo 033 de 2009 el uso principal del suelo es destinado para la
construcción del PTAR Bello: Aguas Claras.
En junio 12 de 2007 se solicita la aprobación a una modificación de la licencia
ambiental de las obra del PSMV 2005-2014, la cual había sido aprobada el 23
de septiembre de 1996 (16-0855). El 08 de mayo de 2009 es aprobada la
modificación mediante Resolución No. S.A. 0000523.
Método constructivo del Interceptor Norte
Las tuneladoras de fabricación alemana, denominadas Diana y Sofía son
máquinas de perforación subterránea sin zanja que permiten instalar ductos de
gran diámetro “sin intervenir la superficie”. Cada máquina se pone en un pozo
de entrada, desde el cual taladra el suelo y la tierra es empujada con un
sistema de gatos, al tiempo que va instalando la tubería del interceptor, hasta
otro pozo de salida donde se recupera la máquina. Simultáneamente, y para
129
tener un avance continuo, se tiene un sistema de extracción del suelo
excavado. Información obtenida de la página www.epm.com.co.
En información publicada por EPM se hace referencia a los bajos impactos
generados por este método constructivo que trae consigo nuevas tecnologías,
“no se afecta el entorno ni la cotidianidad de los habitantes; y los riesgos sobre
la estabilidad de los suelos es inexistente…”, según lo señala el Ingeniero de
proyectos de esta entidad. La construcción por medio de zanja abierta
implicaría excavaciones de hasta 20 m de profundidad con los riesgos que esto
trae para la misma obra o para la comunidad.
Las imágenes corresponden a los avances de obra en Centro-Parrilla. Allí es
utilizado el mismo método constructivo que en el Interceptor Norte, con una
tuneladora que excava un diámetro de 1.6m. En orden de ejecución primero
realizan la perforación del pozo que más adelante podrá ser utilizado como
cámara de inspección, para el mantenimiento (o para conectar los colectores al
interceptor).
Obras del proyecto Centro- Parrilla anexo al proyecto PTAR. IncluyePrado 2, Santa Elena y zona centro o Centro –Parrilla
Fuente: epm.com.co. Qué es centro parrilla?http://www.epm.com.co/site/Nuestrosproyectos/ProyectoCentroParrilla/Qu%C3%A9esCentroParrilla.aspx
130
Durante el 2015 iniciaron las obras del Proyecto Centro-Parrilla cuyo propósito
es reponer y modernizar las redes de acueducto y alcantarillado del centro de
Medellín. El colector que se construye paralelo a la Quebrada Santa Elena,
actualmente en cobertura, en el centro de la ciudad, tiene como propósito
recoger los vertimientos de aguas residuales a dicha quebrada, además de La
Loca, La Palencia, La Mansión, Guanteros y Guayaquil. En Total serán
recogidos 107 vertimientos.
A pesar de declarar los bajos impactos que genera esta nueva tecnología,
durante la instalación del colector de 1.6 m, por el método de micro tuneladora,
recientemente ocurrieron varios eventos: se ha presentado hundimiento de la
vía durante las excavaciones en la calle 54 entre Sucre y La Avenida Oriental.
Las obras debieron ser paralizadas en tanto se realizan nuevos estudios de
suelos que confirmen la existencia del material aluvial que habían reportado los
estudios en la zona. Durante la operación de la tuneladora encontraron
bentonita y luego falló la estructura vial lo que puso al descubierto la falta de
estabilidad del suelo en esta zona. Una vivienda antigua sufrió averías y una
volqueta del contratista se hundió en uno de estos sucesos, no se reportaron
personas lesionadas (Junio 21 de 2016). Los huecos fueron tapados de forma
inmediata.
Caos vial por huecos y obras en el centro
Fuente: El Colombiano, 22 de Junio de 2016. Foto cortesía Centrópolis
131
Estudio de Impacto Ambiental Documento HTA-A-RP- 001del 2007-12-03
Hidrogeología de la zona de influencia
En Estudios realizados por el Área Metropolitana del Valle de Aburrá se
identificaron dos acuíferos, uno libre y uno confinado. El acuífero libre se
encuentra en todo el Valle de Aburrá con mayor amplitud al sur de Medellín, y con
notorios adelgazamientos en el sector del Barrio Francisco Antonio Zea y en los
Ancones Sur y Norte. Posee un espesor entre 0 y 99 m y una medida de
aproximadamente 36.7 m. En la zona Norte el acuífero presenta un espesor
promedio de 26.1 m presentando el máximo en la margen izquierda del Río
Medellín, en los límites entre Girardota y Barbosa, alcanza valores de 77m.
El acuífero semiconfinado se encuentra en la zona sur del Valle, desde Sabaneta
hasta Medellín, presenta espesores muy variables que llegan hasta los 2 m. Los
acuíferos están asociados a las formaciones aluviales del Río Medellín y sus
afluentes. Definen dos tipos de recarga: directa e indirecta, la primera
corresponde a las zonas de infiltración y se pueden clasificar como de potencial
alto, moderado y bajo. Las recargas indirectas corresponden a las zonas rurales
de los municipios del Área Metropolitana, donde se presentan condiciones aptas
para la recarga.
Respecto a la demanda, uso, aprovechamiento o afectación de los recursos
naturales, del Capítulo 4 del Estudio de Impacto Ambiental, solo refiere el
requerimiento de permiso de aprovechamiento forestal.
En la siguiente tabla se presenta la matriz de evaluación donde se confrontan los
aspectos de los medios biótico y abiótico con las actividades del proyecto que son
susceptibles de generar impacto.
132
El EIA del Interceptor Norte no expresa impactos de las excavaciones
subterráneas sobre las condiciones del recurso hídrico subterráneo con relación a
la dinámica fluvial ni a las condiciones físico-químicas del agua. Sólo se relaciona
el impacto generado por las excavaciones subterráneas sobre el recurso Aire por
nivel de presión sonora, en el aspecto demográfico: la dinámica poblacional y los
servicios sociales y públicos. .
133
Entre las conclusiones del Estudio de Impacto Ambiental se observa:
“En el medio Físico todos los impactos pueden ser manejados con un programa de
manejo, con excepción de la dinámica del río, que es inherente al proyecto,
aunque es un efecto muy puntual.”
“Analizando los elementos del medio, se encuentra que los de mayor afectación
son la calidad físico-química del agua y el Nivel de presión sonora,… seguidos por
propiedades físico-químicas del suelo, concentración de material particulado,
gases y olores, relaciones de poder, Organizaciones y gestión comunitaria …”
El estudio desconoce así las dinámicas del agua, la interacción entre los flujos de
agua que resultan de la infiltración, o los flujos ascendentes que fueron descritos
en estudios previos. Cualquier afectación que se haga en el subsuelo impactará
probablemente el nivel freático y en consecuencia su conectividad con las
corrientes subterráneas. Los caudales del río y sus afluentes más importantes
recargan también desde el fondo del Valle como lo demuestran estudios previos
realizados por el AMVA y la Universidad de Antioquia.
En el estudio se advierte acerca de la disminución del caudal base del Río
Medellín con la recolección de las aguas residuales y otros vertimientos, a través
de los colectores y el Interceptor Norte. Sin embargo, nada se dice acerca de las
afectaciones que pudieran generar la excavación de los 22 pozos, que tienen
diámetro considerable como para permitir el descenso y ascenso de la tuneladora,
algunos más profundos a lo largo del corredor, además de los ramales que son
interceptados por el túnel hidráulico.
134
CIBERGRAFÍA DE ANEXO
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http://www.epm.com.co/site/Nuestrosproyectos/ProyectoCentroParrilla/Qu%C3%A9esCentroParrilla.aspx
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