glosario de terminos
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL“SIMÓN RODRÍGUEZ”NÚCLEO CARICUAOFINANZAS E IMPUESTOS CÓDIGO 32073
Sección: “A” Hora: 5:00 pm a 8:10 pm Equipo: 1 Fecha: agosto de 2015 Facilitadora: Oneida Marcano Gamero E-mail: intensivo.fi@gmail.comParticipantes: Brito Genesis C.I. 25.411.860Jiménez Crisleidy C.I. 26.272.093Sarmiento Mileidy C.I. 20.490.303
GLOSARIO DE TÉRMINOS
1. SEGUNDO PLAN SOCIALISTA 2013 – 2019. OBJETIVOS
Democracia: Es el aquel sistema de gobierno, en el cual la soberanía del
poder reside y está sustentada, en pueblo que por medio de elecciones
directas o indirectas, elige las principales autoridades del país.
Referencias
¿Qué es la democracia? [Documento en Línea] Disponible en:
http://www.misrespuestas.com/que-es-la-democracia.html[Consultado: 09
de agosto de 2015].
Geopolítica Internacional: La geopolítica es la ciencia que, a través de
la geografía política, los estudios regionales y la historia, estudia la
causalidad especial de los sucesos políticos y sus futuros efectos.
Referencias
Geopolítica [Documento en línea] Disponible en:
https://es.wikipedia.org/wiki/Geopol%C3%ADtica [Consultado: 09 de
agosto de 2015].
Igualdad: La igualdad es el trato idéntico que un organismo, estado,
empresa, asociación, grupo o individuo le brinda a las personas sin que
medie ningún tipo de reparo por la raza, sexo, clase social u otra
circunstancia plausible de diferencia o para hacerlo más práctico, es la
ausencia de cualquier tipo de discriminación.
Referencias:
Igualdad [Documento en línea]. Disponible en:
http://www.definicionabc.com/social/igualdad.php. [Consultado: 09 de
agosto de 2015]
Justicia social: Es la distribución equilibrada de los bienes dentro de una
sociedad.
Referencias
Justicia [Documento en línea] Disponible en:
http://www.significados.com/justicia/ [Consultado: 09 de agosto de 2015]
Caracas, Venezuela.
Nacionalismo : Es la doctrina o filosofía que atribuye entidad propia,
diferenciada a un territorio, a sus ciudadanos y que propugna como
valores el bienestar, la preservación de la independencia, la libertad, la
emancipación, la gloria y lealtad a la considerada como nación propia.
Referencias
Nacionalismo [Documento en línea] Disponible en:
https://es.wikiquote.org/wiki/Nacionalismo. [Consultado: 09 de agosto de
2015] Caracas, Venezuela.
Patria : Es el lugar, ciudad o país donde una persona ha nacido, pero no
solamente se limita a definir una localización, sino que engloba todas
aquellas cosas materiales e inmateriales, del pasado, del presente y del
futuro.
Referencias:
Patria [Documento en Línea] Disponible en:
http://sobreconceptos.com/patria#ixzz3iIfnEGPc.[Consultado: 09 de
agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Preservar: Proteger o resguardar a alguien o algo, intentando conservar
su estado, de un daño o peligro.
Referencias:
Preservar [Documento en línea] Disponible en:
https://www.google.co.ve/#q=preservar [Consultado: 09 de agosto de
2015].
Seguridad nacional: Se refiere a la noción de relativa estabilidad, calma
o predictibilidad que se supone beneficiosa para el desarrollo de un país;
así como a los recursos y estrategias para conseguirla principalmente a
través de la defensa nacional.
Referencias
Seguridad Nacional [Documento en línea] Disponible en:
https://es.wikipedia.org/wiki/Seguridad_nacional [Consultado: 09 de agosto
de 2015].
Socialismo : Sistema de organización económico y social, cuya base es
que los medios de producción sean parte del patrimonio colectivo y sea el
mismo pueblo quien los administre.
Referencias:
Socialismo [Documento en línea] Disponible en:
http://concepto.de/socialismo/#ixzz3iIs5hBos. [Consultado: 09 de agosto
de 2015].
2. BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
Acciones : 1. f. Der. Es un título o anotación contable que acredita y
representa el valor de cada una de aquellas partes. 2. En cualquier
sociedad el Estado, como su forma de organización política, cumple
múltiples y diversas funciones, muchas de las cuales son esenciales para
la existencia de una Nación
Referencias:
Diccionario de la Real Academia Española (2012) 22ª Edición. [Documento
en línea]. Disponible en: http://lema.rae.es/drae/ [Consultado el 09 de agosto
de 2015]
Banco Central de Venezuela : El Banco Central de Venezuela (BCV) es
el organismo responsable, como principal autoridad económica, de velar
por la estabilidad monetaria y de precios de ese país suramericano y es el
único autorizado para emitir la moneda de curso legal en Venezuela. Es
una persona jurídica de derecho público con autonomía para la
formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia y tiene rango
constitucional desde la Constitución de 1999; en ella se reconoce su
carácter autónomo e independiente de las políticas del gobierno nacional
Referencias:
Banco Central de Venezuela. [Documento en línea] Disponible en:
http://www.bcv.org.ve/quebcv/bcv01.htm [Consultado el 09 de agosto
2015] Caracas Venezuela.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: La
Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento
jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público
están sujetos a esta Constitución.
Referencias:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
Publicada en Gaceta Oficial Nº 5.908 Extraordinaria. Artículo 7. Pág 63.
Caracas, Venezuela.
Crédito: (Del lat. credĭtum) 1. m. Cantidad de dinero, o cosa equivalente,
que alguien debe a una persona o entidad, y que el acreedor tiene
derecho de exigir y cobrar. 2. Es un préstamo de dinero a una persona o
entidad, que se compromete a devolverlo en un solo pago o en forma
gradual (en un cierto plazo, mediante un pago de cuotas
Referencias:
El crédito. [Documento en línea] Disponible en:
http://www.consumoresponsable.com.uy/el_credito.html [Consultado el 09 de
agosto 2015] Caracas, Venezuela.
Crisis económica: Es una situación en la que se producen cambios
negativos importantes en las principales variables económicas, y
especialmente en el PIB y en el empleo. Sin embargo, no existe una
definición precisa de cuándo puede decirse que una economía ha entrado
en una situación de crisis. ¿Basta con que el crecimiento se reduzca?
¿Cuánto? ¿Debe ser negativo? 2.
Referencias:
Crisis económica. [Documento en línea] Disponible en:
http://www.expansion.com/diccionario-economico/crisis-economica.html
[Consultado el 09 de agosto 2015].
Especies monetarias: 1. m. Econ. Medio de cambio de curso legal.
(Papel moneda) 2. La función elemental del dinero es la de
intermediación en el proceso de cambio. El Banco Central de Venezuela
debe regular la moneda, promover la adecuada liquidez del sistema
financiero y ejercer con carácter exclusivo, la facultad de emitir especies
monetarias.
Referencias:
Diccionario de la Real Academia Española (2012) 22ª Edición.
[Documento en línea]. Disponible en: http://lema.rae.es/drae/ [Consultado
el 09 de agosto de 2015].
Estabilidad de precios: 1. Una situación de estabilidad de precios se
produce cuando, en promedio y a medio plazo, los precios ni suben ni
bajan de modo significativo. Hoy en día el mandato de los bancos
centrales para conseguir la estabilidad de precios consiste en lograr
inflaciones bajas y estables. Para observar la evolución de los precios y
ver si su variación (la inflación) es o no estable se utilizan índices que
elaboran los Institutos de Estadística de cada país
Referencias:
Estabilidad de precios. [Documento en línea]. Disponible en:
http://www.expansion.com/diccionario-economico/estabilidad-de-
precios.html [Consultado el 09 de agosto de 2015.
Patrimonio : 1. Der. Conjunto de bienes pertenecientes a una persona
natural o jurídica, o afectos a un fin, susceptibles de estimación
económica. 2. El patrimonio como unidad o totalidad no puede
enajenarse, aunque sí los bienes individuales que lo integran. El
patrimonio responde frente a los acreedores con los bienes que lo
integran, no con el patrimonio en sí, con la excepción de la quiebra.
Referencias:
Diccionario de la Real Academia Española (2012) 22ª Edición.
[Documento en línea]. Disponible en: http://lema.rae.es/drae/ [Consultado
el 09 de agosto de 2015.
Persona jurídica: “Se llama persona jurídica a una persona ficticia,
capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, y de ser representada
judicial y extrajudicialmente”. Las personas jurídicas tienen en su historia
varios nombres y han atravesado por diversas etapas, bien sean estas
teóricas o prácticas.
Referencias:
Persona jurídica. [Documento en línea] Disponible en:
http://www.gerencie.com/persona-juridica.html [Consultado el 09 de
agosto 2015].
Política cambiaria : El tipo de cambio en palabras muy sencillas, es la
cotización de una moneda en términos de otra moneda; éste expresa el
número de moneda que hay que dar para obtener una unidad de otra
moneda, la cotización o tipo de cambio se determina por la relación entre
la oferta y la demanda de divisas, en otras palabras, el tipo de cambio se
determina por la relación entre la oferta y la demanda de moneda
nacional con el fin de realizar las operaciones internacionales del país.
Referencias:
Políticas (2010) [Documento en línea] Disponible en:
http://maestriagerencia2010bcv.blogspot.com/p/politicas.html [Consultado
el 09 de agosto 2015] Caracas, Venezuela.
3. LEY ORGANICA DE PLANIFICACION
Actividad Económica : Son actividades económicas todos los
procesos que tienen lugar para la obtención de productos, bienes y/o
servicios destinados a cubrir necesidades y deseos en una sociedad en
particular.
Referencias:
Actividad económica. [Documento en línea] Disponible en:
http://www.definicionabc.com/economia/actividad-economica.php
[Consultado: 09 de agosto de 2015].
Bienes: Son todas aquellas cosas que pueden ser objeto de comercio, y
prestar alguna utilidad al hombre.
Referencias
Bienes [Documento en línea] Disponible en:
http://www.buenastareas.com/ensayos/Definicion-De-Bienes-y-Su-
Clasificacion/3781867.html [Consultado: 09 de agosto de 2015].
Capital : Elemento necesario para la producción de bienes de consumo y
que consiste en maquinarias, inmuebles u otro tipo de instalaciones. Así,
los llamados bienes de capital son aquellos bienes destinados a la
producción de bienes de consumo. Estos tienen que tener el suficiente
grado de efectividad para satisfacer necesidades.
Referencias:
Capital [Documento en línea] Disponible en:
http://www.definicionabc.com/economia/capital.php [Consultado: 09 de
agosto de 2015].
Distribución: Es aquel conjunto de actividades, que se realizan desde
que el producto ha sido elaborado por el fabricante hasta que ha sido
comprado por el consumidor final, y que tiene por objeto precisamente
hacer llegar el producto ya sea un bien o un servicio hasta el consumidor.
Referencias:
Distribución (negocios) [Documento en línea] Disponible en:
https://es.wikipedia.org/wiki/Distribuci%C3%B3n_(negocios) [Consultado:
09 de agosto de 2015].
Empresa: Es una organización con fines de lucro que otorga un servicio
o bien a la sociedad. Desde el punto de vista de la economía, una
empresa es la encargada de satisfacer las demandas del mercado.
Referencias:
Empresa. [Documento en línea] Disponible en:
http://www.definicionabc.com/economia/empresa.php. [Consultado: 09 de
agosto de 2015].
Individuos: Es la unidad más pequeña y simple de los complejos
sistemas sociales y también la fuente a partir de la cual los mismos se
establecen y organizan.
Referencias:
Individuo [Documento en línea] Disponible en:
http://www.definicionabc.com/social/individuo.php [Consultado: 09 de
agosto de 2015].
Organismos Regionales: A los fines de atender los requerimientos de
planificación nacional y regional, el Ministerio de Planificación y Desarrollo
contará con el apoyo de los organismos regionales, los cuales tendrán las
siguientes atribuciones:
1. Elaborar los planes regionales, en coordinación con las gobernaciones y
alcaldías que conforman la región.
2. Coordinar sus planes y programas con los órganos y entes de la
Administración Pública Nacional, para la promoción del desarrollo regional.
3. Asesorar y prestar asistencia técnica a la planificación de las
gobernaciones, municipalidades y órganos y entes nacionales que operen
dentro de los límites de su circunscripción.
Referencias:
Ley Orgánica de Planificación (2001). Publicada en Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No. 5.554 Extraordinario. Artículo 23.
Caracas, Venezuela. Diccionario de la Real Academia Española (2012) 22ª
Edición. [Documento en línea]. Disponible en: http://lema.rae.es/drae/
[Consultado el 09 de agosto de 2015].
Participación social: Se entiende por participación social, el derecho
que tienen los sectores sociales de estar debidamente informados, de
elaborar propuestas, de identificar prioridades y de recomendar formas de
participación que incidan en la construcción, viabilidad y perfectibilidad de
la planificación.
Referencias:
Ley Orgánica de Planificación (2001). Publicada en Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No. 5.554 Extraordinario. Artículo 58.
Caracas, Venezuela.
Servicio: Es el conjunto de actividades que lleva a cabo internamente
una empresa para poder responder y satisfacer las necesidades de un
cliente. Es un bien pero se diferencia de este porque siempre se consume
en el momento en que es prestado.
Referencias:
Servicio en economía. [Documento en línea]. Disponible en:
http://www.definicionabc.com/economia/servicio.php. [Consultado: 09 de
agosto de 2015].
Tierra: Espacio para el desarrollo de actividades productivas -para la
siembra o la cría de ganado, para la instalación de plantas u oficinas-
pero no es un espacio general y abstracto, sino uno que se valoriza de
acuerdo a su facilidad de acceso y su proximidad a los mercados. De allí
la marcada diferencia de Precios que se encuentra entre tierras baldías,
alejadas de los medios de comunicación, y terrenos urbanos, altamente
cotizados por su cercanía a los centros de Intercambio.
Referencias:
Tierra [Documento en línea] Disponible en: http://www.eco-
finanzas.com/diccionario/T/TIERRA.htm [Consultado: 09 de agosto de
2015].
4. LEY ORGANICA DEL CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO
Atribuciones: Las atribuciones son los actos que debe ejercer el
empleado público; sus facultades son los usos que puede hacer del poder
que la ley le confía. Una de las atribuciones del juez es examinar los
testigos; una de sus facultades es imponer penas al infractor. Los agentes
inferiores de la autoridad tienen atribuciones, y apenas puede decirse que
tienen facultades.
Referencia
Atribuciones [Documento en línea] Disponible en:
http://es.thefreedictionary.com/atribuciones, José Joaquín de Mora.
[Consultado 9 de agosto de 2015]
Compensaciones: Al hablar de Compensaciones se incluyen los
siguientes términos: salarios, jornales, sueldos, viáticos, beneficios
(servicio de comedor, planes de retiro privados, entre otros.) e incentivos
(premios, gratificaciones, entre otros). Es decir, todos aquellos pagos, en
metálico o en especie, con que la organización retribuye a quienes en ella
trabajan. Al considerar las empresas el sistema de compensaciones, lo
hacen en términos costos/beneficios, esto es, cuando fija una
remuneración o cuando establece un incentivo, espera un resultado de su
"inversión
Referencia
Compensación [Documento en línea] disponible en:
http://www.losrecursoshumanos.com/contenidos/190-compensaciones-y-
beneficios-definicion.html. [Consultado 9 de agosto de 2015].
Plenaria: Asamblea, junta o reunión o sesión general o conjunto de todos
los componentes o miembros de una entidad u organismo colegiado
(cámara, comisión, corporación, entre otros.) Plenaria DE Cada Cámara.
También denominada cámara plena o cámara en pleno es la reunión o
asamblea general de cada una de las cámaras del congreso
(representantes y senadores) por separado.
Referencia
Plenaria [Documento en línea] Disponible en:
http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/politica/plenaria
[Consultado 9 de agosto de 2015].
Transferencia: Del latín transferens, transferencia es un término
vinculado al verbo transferir (trasladar o enviar una cosa desde un sitio
hacia otro, conceder un dominio o un derecho). El término es muy
habitual en el ámbito del comercio y los negocios para nombrar a la
operatoria que consiste en transferir una suma de dinero de una cuenta
de un banco a otra.
Referencia
Transferencia [Documento en línea] Disponible en: http://definicion.de/transferencia/. [Consultado 10 de agosto de 2015].
Valores : Los valores son convicciones profundas de los seres humanos
que determinan su manera de ser y orientan su conducta.
Referencias:
¿Qué son valores?[Documento en línea] Disponible en:
www.fundaciontelevisa.org/valores/que-son-los-valores/. [Consultado: 09
de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
5. LEY ORGANICA DE PRESUPUESTO
Banco Comunal: “El Banco Comunal es la forma de organización y
gestión económica-financiera de los recursos de los Consejos
Comunales; es una organización flexible, abierta, democrática, solidaria y
participativa.” (Artículo 4, numeral 10 de la Ley de los Consejos
Comunales)
Referencias:
Universidad de los andes, Facultad de ciencias económicas y sociales, Escuela de administración y contaduría pública, Contabilidad especializada
[Documento en línea] Disponible en: http://www.cetic.edu.ve/files/ced/2006/des_endogeno/consejos_comunales_minpades/recursos/descargas/glosario_terminos.pdf Caracas, Venezuela 2014. [Consultado 10 de agosto de 2015].
Consejo Comunal: “Los Consejos Comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.”
Referencias:
(Artículo 2 de la Ley de los Consejos Comunales)
Crédito presupuestario : Constituye el monto de recursos disponibles en el presupuesto. Es la asignación de los ingresos por parte del Estado a las diversas entidades que lo conforman para que éstas realicen sus actividades, programas y proyectos
Referencias:
(Bastidas, M. 2002, p.4).
Déficit o superávit: El déficit o superávit se define como el ingreso más
las donaciones recibidas menos el gasto menos la diferencia entre los
préstamos concedidos y las recuperaciones. El déficit o superávit también
es igual, con signo contrario, a la suma de los préstamos netos obtenidos
por el gobierno, más la variación del efectivo, los depósitos y los valores
del gobierno mantenidos con fines de liquidez
Referencias
Déficit [Documento en línea] Disponible en: www.mpppf.gob.ve
(Ministerio de Finanzas, 2004). [Consultado 10 de agosto de 2015]
Ejercicio fiscal : Período regular presupuestario y contable respecto del
cual se prevén los ingresos y gastos, y se presentan cuentas, excluido
todo período complementario durante el cual pueden mantenerse abiertos
los libros una vez comenzado el ejercicio siguiente
Referencias
Ejercicio fiscal [Documento en Línea] Disponible en: www.mpppf.gob.ve
(Ministerio de Finanzas, 2004). [Consultado 10 de agosto de 2015].
Gasto: Todo pago no recuperable y no pagadero realizado por el
gobierno; puede ser con contraprestación o sin ella y para fines corrientes
o de capital.
Referencias
Gasto [Documento en línea] Disponible en: www.mpppf.gob.ve
(Ministerio de Finanzas, 2004). [Consultado 10 de agosto de 2015].
Gobierno: Término genérico que se aplica a todas las dependencias de
las autoridades públicas de cualquier territorio o sus partes, establecidas
a través de procesos motivados por consideraciones de carácter público
en las esferas económica, social y política, y dedicados primordialmente a
la prestación de servicios públicos que difieren en cuanto a su naturaleza,
costo y fuentes de financiamiento de las actividades de otros sectores
Referencias
Gobierno [Documento en línea] Disponible en: www.mpppf.gob.ve
(Ministerio de Finanzas, 2004). [Consultado 10 de agosto de 2015].
Ingreso: Todas las entradas no recuperables, con contraprestación o sin
ella procedentes de origen corriente o de capital
Referencias:
Ingreso [Documento en línea] Disponible en: www.mpppf.gob.ve
(Ministerio de Finanzas, 2004). [Consultado 10 de agosto de 2015].
Partida: Expresan las especies de los bienes y servicios que se
adquieren, así como la finalidad de las transferencias de recursos. Cada
partida es identificada por un número, código o denominación del
concepto donde deben ser aplicados los fondos. Las partidas expresan el
límite legal del crédito presupuestario correspondiente a los programas,
subprogramas y actividades. Cada partida es a su vez dividida en
subpartidas las cuales pueden ser genéricas, específicas o
subespecificas
Referencias:
(Bastidas, M. y Otros, 2002, p.11).
Presupuesto público :Se conoce como Presupuesto al sistema mediante el cual se elabora, aprueba, coordina la ejecución, controla y evalúa la producción pública (Bien o Servicio) de una institución, sector o región, en función de las políticas de desarrollo previstas en los Planes
Referencias:
Presupuesto público [Documento en línea] Disponible en: http://www.onapre.gob.ve/ (ONAPRE, 2004). [Consultado 10 de agosto de 2015].
Principio del Presupuesto
1. Programación: Se desprende de la propia naturaleza del presupuesto y sostiene que éste -el presupuesto- debe tener el contenido y la forma de la programación.
a. Contenido: establece que deben estar todos los elementos que permitan la definición y la adopción de los objetivos prioritarios. El grado de aplicación no está dado por ninguno de los extremos, pues no existe un presupuesto que carezca completamente de una base programática, así como tampoco existe uno en el que se hubiese conseguido la total aplicación de la técnica. b. Forma: en cuanto a la forma, con él deben explicitarse todo los elementos de la programación, es decir, se deben señalar los objetivos adoptados, las acciones necesarias a efectuarse para lograr esos objetivos; los recursos humanos, materiales y servicios de terceros que demanden esas acciones así como los recursos monetarios necesarios que demanden esos recursos. Respecto de la forma mediante este principio se sostiene que deben contemplarse todos los elementos que integran el concepto de programación. Es decir, que deben expresarse claramente los objetivos
concretos adoptados, el conjunto de acciones necesarias para alcanzar dichos objetivos, los recursos humanos, materiales y otros servicios que demanden dichas acciones y para cuya movilización se requieren determinados recursos monetarios, aspecto este último que determina los créditos presupuestarios necesarios.
2. Integralidad: en la actualidad, la característica esencial del método de presupuesto por programas, está dado por la integralidad en su concepción y en su aplicación en los hechos. El presupuesto no sería realmente programático si no cumple con las condiciones que imponen los cuatro enfoques de la integralidad. Es decir, que el presupuesto debe ser:
a. Un instrumento del sistema de planificación;
b. El reflejo de una política presupuestaria única;
c. Un proceso debidamente vertebrado.
d. Un instrumento en el que debe aparecer todos los elementos de la programación.
3. Universalidad: dentro de este postulado se sustenta la necesidad de que aquello que constituye materia del presupuesto debe ser incorporado en él. Naturalmente que la amplitud de este principio depende del concepto que se tenga de presupuesto. Si este sólo fuera la expresión financiera del programa de gobierno, no cabría la inclusión de los elementos en términos físicos, con lo cual la programación quedaría truncada.
En la concepción tradicional se consideraba que este principio podía exponerse cabalmente bajo la "prohibición" de la existencia de fondos extrapresupuestarios.
4. Exclusividad: en cierto modo este principio complementa y precisa el postulado de la universalidad, exigiendo que no se incluyan en la ley anual de presupuesto asuntos que no sean inherentes a esta materia. Ambos principios tratan de precisar los límites y preservar la claridad del presupuesto, así como de otros instrumentos jurídicos respetando el ámbito de otras ciencias o técnicas. No obstante, de que en la mayoría de los países existe legislación expresa sobre el principio de exclusividad, en los hechos no siempre se cumplen dichas disposiciones legales.
En algunos países de América Latina, particularmente en épocas pasadas, se estableció la costumbre de incluir en la ley de presupuestos disposiciones
sobre administración en general, y de personal en particular, tributación, política salarial, etc., llegando, excepcionalmente, desde luego, a dictar normas que ampliaban o reformaban el Código Civil y el Código de Comercio. Sobre todo, en este último aspecto, tal inclusión no era fruto de un error, sino que se procuraba evitar la rigurosidad del trámite parlamentario a que están sujetas tales cuestiones.
5. Unidad: este principio se refiere a la obligatoriedad de que los presupuesto de todas las instituciones del sector público sean elaborados, aprobados, ejecutados y evaluados con plena sujeción a la política presupuestaria única definida y adoptada por la autoridad competente, de acuerdo con la ley, basándose en un solo método y expresándose uniformemente. En otras palabras, es indispensable que el presupuesto de cada entidad se ajuste al principio de unidad, en su contenido, en sus métodos y en su expresión. Es menester que sus políticas de financiamiento, funcionamiento y capitalización sean totalmente complementarios entre sí.
Referencias:
Gestión Presupuestaria [Documento en línea] Disponible en: http://gestionpresupuestaria.blogspot.com/2009/02/tema-5-presupuesto-publico.html [Consultado el viernes, 13 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
6. SITUADO CONSTITUCIONAL
Situado Constitucional : Son ingresos de los estados. Los recursos que le correspondan por concepto de situado constitucional. El situado es una partida equivalente a un máximo del veinte por ciento del total de los ingresos ordinarios estimados anualmente por el Fisco Nacional la cual se distribuirá entre los Estados y el Distrito Capital en la forma siguiente: un 30% de dicho porcentaje en partes iguales, y el 70% restante en proporción a la población de cada una de las entidades. A los Municipios de cada Estado les corresponderá en cada ejercicio fiscal una participación no menor del veinte por ciento del situado y de los demás ingresos ordinarios del respectivo Estado.
Referencias:Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Gaceta oficial de la República de Venezuela 36.860, 30 de Diciembre de 1999.
7. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
Autonomía Financiera: Es la capacidad que tiene una empresa de hacer frente por medios de financiación normal a su deuda exigible, se trata de la relación entre los capitales propios de la empresa con el total de los capitales necesarios para su financiación.
Referencias:Autonomía Financiera [Documento en línea] Disponible en: http://www.bolsahoy.com/financiera/autonomia-financiera.html [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Centralización: Es la forma en la cual la acción de la actividad pública está en manos de organismos cuya competencia es nacional, es decir, es la forma en la cual los asuntos de materias públicas son asumidos y controlados por órganos del gobierno.
Referencias:
Centralización [Documento en línea] Disponible en: http://www.buenastareas.com/ensayos/Centralizacion-Politica/1842840.html [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Consolidación: Dar firmeza, seguridad y solidez a algo (empresa, país, etc.)
Referencias:
Consolidación [Documento en línea] Disponible en: http://definicion.de/consolidacion/ [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Coordinación: Acción de coordinar, de poner a trabajar en conjunto diferentes elementos en pos de obtener un resultado específico para una acción conjunta.
Referencias:
Coordinación [Documento en línea] Disponible en: http://www.definicionabc.com/general/coordinacion.php [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Corresponsabilidad: Puede referirse a un compromiso global por parte de un grupo de un conjunto de individuos.
Referencias:
Corresponsabilidad [Documento en línea] Disponible en: http://www.definicionabc.com/general/corresponsabilidad.php [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Descentralización: Se define como un proceso de transferencia de competencias y recursos desde la administración central de un Estado hacia las administraciones territoriales, estadales y municipales.
Referencias:
Descentralización [Documento en línea] Disponible en: http://www.eluniversal.com/opinion/121202/descentralizacion-en-venezuela [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
8. CAPITALISMO, SOCIALISMO, NEOLIBERALISMO, NACIONALISMO, DEMOCRACIA
Capitalismo: Consiste en un régimen de bases económicas en el cual la titularidad de los recursos de producción es de carácter privado.
Referencias:
Descentralización [Documento en línea] Disponible en: http://definicion.de/capitalismo/ [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Democracia directa: Democracia en la que el pueblo ejerce su soberanía directamente sin la intermediación de órganos representativos.
Referencias:
Democracia directa [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/#q=define%20democracia%20directa [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Democracia participativa: Es una expresión amplia que se suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones políticas que la que les otorga tradicionalmente la democracia representativa.
Referencias:
Democracia participativa [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/#q=define+democracia+participativa [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Democracia protagónica: está orientada a ocupar y consolidar espacios legítimos y formales de intercambio, en donde haya una buena comunicación y expresión de los ciudadanos con los organismos del poder público, para gobernar y compartir responsabilidades, en la gestión pública.
Referencias:
Democracia protagónica [Documento en línea] Disponible en: http://proyectonacionalsimonbolivar1.bligoo.es/democracia-protagonica-revolucionaria#.Vdkw7yV_Oko [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Democracia representativa: Democracia en la que el pueblo ejerce su soberanía a través de los órganos representativos que se eligen por votación.
Referencias:
Democracia representativa [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/#q=democracia+representativa [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Democracia: Es una modalidad de gobierno y de organización de un Estado, por medio de mecanismos de participación directa o indirecta, el pueblo selecciona a sus representantes, se dice que la democracia constituye una opinión de alcance social donde para la ley todos los ciudadanos gozan de libertad y poseen los mismos derechos y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.
Referencias:
Democracia [Documento en línea] Disponible en: http://definicion.de/democracia/ [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Nacionalismo: Definido como el afecto y sentido de pertenencia de los oriundos de una determinada nación respecto a ella.
Referencias:
Nacionalismo [Documento en línea] Disponible en: http://definicion.de/nacionalismo/ [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Neoliberalismo: Movimiento del liberalismo, aparecido después de la primera guerra mundial, que limita la intervención del Estado en asuntos jurídicos y económicos.
Referencias:
Neoliberalismo [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/search.define+neoliberalismo [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Patrimonialismo: Es una noción referida a la política, a la naturaleza del gobierno y la manera en la que ejerce su función. Su naturaleza esencial radica en los bienes o recursos público dentro de una sociedad son tratados como propiedad del gobierno y quienes gobiernan y sus partidos.
Referencias:
Patrimonialismo [Documento en línea] Disponible en: http://contrapeso.info/2014/que-es-patrimonialismo/ [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Populismo: Movimiento político heterogéneo caracterizado por su aversión a las élites económicas e intelectuales, por la denuncia de la corrupción política que supuestamente afecta al resto de actores políticos y por su constante apelación al pueblo entendido como un amplio sector interclasista al que castiga el Estado.
Referencias:
Populismo [Documento en línea] Disponible en: http://historiaybiografias.com/ciencia_politica13/ [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Socialismo: Doctrina política y económica que propugna la propiedad y la administración de los medios de producción por parte de las clases trabajadoras con el fin de lograr una organización de la sociedad en la cual exista una igualdad política, social y económica de todas las personas.
Referencias:
Socialismo [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/search?sclient=psyab&es_sm=93&biw=1024&bih=475&q=definicion+de+socialismo [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
9. DESARROLLO ECONÓMICO
Cooperativas: Sociedad formada por productores, vendedores o consumidores con el fin de producir, comprar o vender de un modo que resulte más ventajoso para todos.
Referencias:
Cooperativas [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/search?sclient=psydefinicion+de+cooperativa [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Crisis económica: Es una situación en la que se producen cambios negativos importantes en las principales variables económicas, y especialmente en el PIB y en el empleo. Sin embargo, no existe una definición precisa de cuándo puede decirse que una economía ha entrado en una situación de crisis.
Referencias:
Crisis económica [Documento en línea] Disponible en:
www.expansion.com/diccionario-economico/crisis-economica.html [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Empresas de producción social: Son entidades integrales, ellas pueden ser empresas de carácter mercantil, civil o cooperativas pero con la misión de establecer nuevas formas de producción social y eficientes con una distribución de sus excedentes o beneficios en base a principios de justicia, equidad y reciprocidad hacia toda la comunidad que participa y el uso de técnicas y tecnología; y tienen como objetivo fundamental generar bienes y servicios que satisfagan las necesidades básicas y esenciales de las comunidades y su entorno.
Referencias:
Empresas de producción social [Documento en línea] http://www.monografias.com/trabajos84/empresas-produccion-social-eps/empresas-produccion-social-eps.shtml [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Empresario: Es aquella persona que, de forma individual o colectiva, fija los objetivos y toma las decisiones estratégicas acerca de las metas, los medios, la administración y el control de las empresas y asume la responsabilidad tanto comercial como legal frente a terceros.
Referencias:
Empresario [Documento en línea] Disponible en: https://es.wikipedia.org/wiki/Empresario [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Estatización: Proceso por el cual una empresa o sector económico pasa a ser controlado directamente por el Estado.
Referencias:
Estatización [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/search?sclient=psyab&es_sm=93&biw=1024&bih=475&noj=1&q=estatizacion&oq=estatizacion [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Expropiación: Requisa de una propiedad por motivos de interés público, generalmente dando a cambio una indemnización.
Referencias:
Expropiación [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/search?sclient=psyab&es_sm=93&biw=1024&bih=475&noj=1&q=expropiacion [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Industrialización: Sometimiento de un producto o una actividad económica a la explotación organizada del proceso industrial.
Referencias:
Industrialización [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/search?
sclient=psyab&es_sm=93&biw=1024&bih=475&noj=1&q=industrializacion [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Invasión: Se trata de interrumpir, entrar por la fuerza u ocupar irregularmente un lugar.
Referencias:
Invasión [Documento en línea] Disponible en: http://definicion.de/invasion/ [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Mediana empresa: La mediana empresa es aquella unidad económica con la oportunidad de desarrollar su competitividad en base a la mejora de su organización y procesos, así como de mejorar sus habilidades empresariales.
Referencias:
Mediana Empresa [Documento en línea] Disponible en: https://espanol.answers.yahoo.com/question/index?qid=20110306160213AAIshE5 [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Pequeña empresa: Es un componente importante de la economía, y en muchos casos, es la base de las medianas y grandes empresas.
Referencias:
Pequeña Empresa [Documento en línea] Disponible en: http://www.promonegocios.net/empresa/pequena-empresa.html [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
Rentismo: Es un término usado en política para designar a países no democráticos que aseguran un mínimo bienestar a la población gracias a los ingresos derivados de importantes actividades económicas no productivas, generalmente la extracción de petróleo.
Referencias:
Rentismo [Documento en línea] Disponible en: https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_rentista [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.
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