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GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ARO CXLI - M E S 11 Caraca$ martes 19 de noviembre de 2013 Número 40.297
SUMARIO
Asamblea Nacional Ley que autoriza al Presidente de la República para dictar
Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que se delegan.-(Véase No 6.112 Extraordinario de la GACETA OFICIALDE LAREPÚBLICABOLIVARIANADE VENEZUELA, de esta misma fecha).
Acuerdos mediante los cuales se autoriza al Ejecutivo Nacional para Decretar las Créditos Adicionales a los Presupuestos de Gastos vigentes de la Vicepresidencia Ejecutiva de la República. de los Ministerios &e en ellos semencionan y al Gobierno de Distrito Capital, por'las cantidades que en ellos se Gñalan.
Presidencia de la República Decreto No 592, mediante el cual se dicta la aeación del
Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados. Dependiente de la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento alTerrorismo.
Decreto No 593. mediante el cual se acuerda un Traspaso de Créditos Presupuestarias de una Acción Especifica a otra de distintos Proyectos, Superior al 20%. por b cantidad que en él se indica, al Presupuesto de Gastosvigente del Ministerio del Poder Popular para la Salud.
Decreto No 594. mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por lacantidad que en él seseriah. al Resupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
'Decreto No 595. mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional, por la cantidad que en él se menciona, al
1 Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores. Justicia y Paz.
Decreto No 596. mediante el cual se acuerd;. un Crédito Adicional, por,la cantidad que en él se especifica, al Presupuesto de Gastos vigente delMinisterio del Poder Popular para delaciones Interiores. Justicia y Paz. ,
Decreto No 597, mediante el cual se acuerda un crkbito Adicional, por la cantidad que en él se indica. al Presupuesto de Gastos vigente del Min7stemdel Poder Popular para la Defensa.
Decreto No 598, mediante el cual se acuerda un Crédito Adicional. por lacantidad que en él se señata, al Resupuesto de Gastos vigente de la Vicepresidencia de la República.
Decreto No 599. mediante el cual se acuerda un Credito Adicional, por lacantidad queen él seespeafica. dResupuesto de Gastos 2013 de la Vicepresidencia de ia República.
- -
Vicepresidencia de la República I SUNAl ' Providencia mediante la cual se dicta el Código de Ética y
Conducta de los Servicios Públicos de esta Superintendencia.
CORPOLARA - - . - - . . . . Providencia mediante la cual se designa a la ciudadana Ana
Maria Torrealba Roias. como Coordinadora de Planificación Institucional de la Óficina de Planificación Estratégica de esta Corporación, en calidad de Encargada.
CORPOMIRANDA, S.A. Providencia mediante la cual se corrige por error material la
Resolución No JD-2013-002, de fecha 13 de mayo de 2013.
Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia
y Seguimiento de la Gestión de Gobierno Resoluciones mediante las cuales sedesigna a las ciudadanas
y ciudadanos que en ellas se me.ncionan, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este Organismo.
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz
Resolución mediante la cual se designa al ciudadano José Rafael Martínez Gamboa, como Registrador, en el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Banita, Estado Miranda, adscrito al Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN).
Ministerio del Poder Popular de Finanzas SENIAT
Providencia$ mediante las cuales se designa a los ciudadanos que en ellas se indican. para ocupar los cargos que en ellas se señalan. de este Organismo.
Providencia mediante la cual se establece la Tasa Aplicable para el Calculo de los Intereses Moratorios corres~ondiente al mes de octubre de 2013.
Ministerio del Poder Popular para la Defensa Resolución mediante la cual .se delega en el ciudadano
Almirante Gilberto Amílcar Pinto Blanco. Comandante General de la Armada Bolivariana. la facultad de suscribir las documentos que en ellase señalan, adsaitos a la Dirección de Asuntos Nacionales del Componente de la Armada Bolivariana.
Resolución mediante la cual se nombra al ciudadano Coronel Rafael Antonio SAnchez Moreno. Director del Centro de Mantenimiento Naval y Servicio Autónomo de Mantenimiento de Lanchas del Comando de Vigilancia Costera dela Dirección de Operaciones de la Comandancia General de la Guardia Nacional Bolivariana.
Resolución mediante la cual se nombra a la ciudadana Contralmirante Rosana GonzAlez, Directora de la Dirección General de la Presidencia del Fondo de Inversión Misión Negro Primero S.A., de la Gran Misión ((Negro Primero» del Despacho de la Ministra.
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Resoluciones mediante las cuales se designa al Fondo de Inversión Misión Negro Primero, S.A., como Administrador de los Créditos Adicionales para la ejecución de varias obras militares en distintas entidades de la República Bolivariana de Venezuela, por las cantidades que en ellas se señalan.
Ministerio del Poder Popular para la Educación Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Jhon
Arturo Sosa Mariño, como Director de Administración, adscrito a la Dirección General de la Oficina de Administración y Servicios, de este Ministerio.
Ministerio del Poder Popular para Transporte Acuático y Aéreo
Resoluciones mediante las cuales se otorga el beneficio de Jubilación, a las ciudadanas que en ellas se mencionan.
Ministerio del Poder Popular para el Ambiente Resolución mediante la cual se dicta las Normas para la
Disposición y Emisión de Guías de Circulación de Bienes Forestales por la Empresa Nacional Forestal, S.A.
Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Innovación
Resolución mediante la cual se designa como Directores Miembros del Consejo D.irectivo de la Fundación Centro Na'cional de Innovación Tecnológica «CENIT», a los ciudadanos y a la ciudadana que en ella se señalan.
Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura Financiera de este Ministerio para el Ejercicio Económico 2014, constituida por la Unidad Administradora Central que en ella se indica.
Resolución mediante la cual se corrige por error material la Resolución No 194, de fecha 08 de octubre de 201 3.
Resoluciones mediante las cuales se designa a los ciudadanos y a la ciudadana que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este Ministerio.
Acta.
COOECYT S.A. Providencia mediante la cual se designa a los Miembros
que conformarán la Comisión de Contrataciones de esta Corporacidn, con carácter permanente, integrada por los ciudadanos y'ciudadanas que en ella se señalan.
MC Providencia mediante la cual se constituye con carácter
permanente la Comisión de Contrataciones de este Instituto, integrada por los ciudadanos y ciudadanas que en ella se indican.
Ministerio Público Resoluciones mediante las cuales se traslada a los
ciudadanos Abogados y ciudadanas Abogadas que en ellas.se mencionan, de las Fiscalías que en ellas se señalan, a las Fiscalías que en ellas se especifican.
Avisos
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I
ASAMBLEA NACIONAL 1
LA ASAMBLEA NACIONAL 1 DE LA REPUBLICA BOLIVAIUANA D VENEZUELA f
VISTA. la solicitud del ciudadano Minislro del Poder Popular de Finanzas, contenida en el oficio No F-2052 de fecha 13 de noviembre de 2013;
CUMPLIDOS, como han sido los requisiios establecidos en los artículos 187. numeral 7 de la Constituci6n de la República Bolivariana de Venezuela, 52 de la Ley Orgánica de la Adrninistraci6n Financha del sector Público, en concordancia con el artículo 3 de las Disposiciones Generalesde la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal vigente; y
O~DO, el informe favorable de la Comisión Permanente de Finanzas y DesarroUo Econ6mico de la Asamblea Nacional:
ART~CULO PRIMERO: Autohr al Ejecutivo Nacional para decretar un Wto Adicional al PresupueSio de Gastos Vigente de la Vicepresidencia Ejecutiva de ia República, por la cantidad de CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES DE BOL~VARES (Bs. 136.000.000,00). al Proyecto, Accidn Específica, Partidas, Sub-partidas y Ente, de 'acuerdo con la siguiente hputaci6n presupuestaria:
I VICEPRESiDENCIA EJECUTIVA DE LA REPÚBLICA Bs. 136.000.000,00
Proyecto: 339999000 "Aportes y Transferercias para financiar los Proywtw de los Entes Descentralizados" " 136.000.000,W
Acción -a: 3 3 W 1 1 "Aportes y Transferencias para
financiar los Proyectos de la Chponci6n de DesamUo de la ClJcIm del M0 Tuy T m b de Mirands", u ~CORPOMIRANDA.SA)" 136m.000,w
l PaIiidz 4.07 Transferencias y DonaOOncs. ' 136MW).000,00 - Otras Fuentes
Subpartidre Gcnéricns, t
Específicos Y Sub E S ~ I - 01.0303m d f e r e n c i a s corrienta
entes desaniralizadas cm f i i e m p d a l c s no . petroleros" 5 0 . m O O
AOBó 'Corporación de Dc~nollo de ii Cuenca del Río Tuy 'TnaUsco de Miran& S A (CORPOWRANDA. SA.)" ' =mMwm
03- ~~ de apitd 8
t oler d e s c m m can ñr< oipeniirks m ptrdcros'
I 86a)lLaoOpo
A0296 *Corponción de Despnollo de L Cuenca del Río liiy 4- de Miran& S A (CORPOMlRANüA.SA.)" . -
ART~CUU) SECUNDO: (hmuoiicu el -te Aaiudo al Ejaa~iivo N d m d y 8 h chlmbrhMdehPcp0bli
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
VISTA. la solicitud del ciudadano Ministro del Poder Popular de Fianzas. contenida en e l oficio N' F-2065 de fecha 14 de noviembre de 2013;
CUIVIPLIDOS, como han sido los requisitos establecidos en Los artículos 187, numeral 7 de la Consfhcibn de la República Bolivanana de Venezuela. 52 de la L e y Orgánica de la Adnn'nistración Financiera del Sector Público, en concordancia con el artículo 3 de las Disposiciones Generales de la L e y de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal vigenie; y
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O ~ O , el informe favorable de la Comisión Permanente & Finanzas y D c ~ m l l o Económico de la Asamblea Nacional:
ACUERDA
ART~CULO PRIMERO: Autorizar al Ejecutivo N- para decretar ua a d i t o Adicional al Presupuesto de Gastos vigente de la Vicepnsiicncia Ejecutiva de la Rephblica, por la cantidad de OCHO ~ l Y E S TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS VEINTlCMCO BOL~YARES CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 8.318325,3ó), a h Acción Cenbalizada. Acción Eqedica, Partida y Sub-partidas, de acuerdo am h siguiente imputación presupuestaria:
VICEPRESIDENCIA EJECUTIVA DE LA REPÚBLICA Br 8318.225,36
Acci6n Centralizada: 330002000 "Gesti6n
Administrativa" ' "
Acción Es$ecifica: 330002001 "Apoyo
institucional a las acciones específicas de los proyectos del organismo" m
Partida: 4.03 "Servicios no personales" m
- Otras Fuentes
Sub-Partidas Genericas. Específicas y Sub- Específicas: 04.04.00 "Teltfonos" I 1.400.000.00
10.99.00 "Otros servicios profesionales y técnic6s" . 5.920.038,36
18.01.00 "Impuesto al Valor Agregado" - 998.187,00
ART~CULO SEGUNDO: Comunicar el presente Acuerdo al Ejecutivo Nacional y a la Contraloria General de la República.
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legisl* sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece. Años 203" de la Independencia y 1.54" de la Federación.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REP~~BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
VISTA, la solic"tud del ciudadano Ministro del Poder Pupular de Finanzas, contenida en el o h o No F 2046 de fecha 12 de novierdne de 2013;
CUMPLIDOS, &mo han sido los requiiitos establecidosui los artículos 187, numeral 7 de la Constitución de la República Bol iva~ia~a & Venezuela, 52 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera dd Sector Público, en concordancia con el articulo 3 de las Disposiciones M e s de la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal vigente; y
0b0, el informe favorable de la Comisión Pemanmk de Finanzas y Desarrollo Económico de la Asamble? Nacional:
ART~CULO PRIMERO: Autorizar Ejecutivo P k i o d para decretar un M t o Adicional al Prc~upucsto de Ga tos vigente dcl M t u t e r i o del Poder Popular para hs Relaciones Interior S, Justicia y m por Ia cantidad de
pmupuestnria:
1 DOSCIENTOS SESENTA Y SI TE MILLO- DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y OCHO BOL~VARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 267.248.048$0). rl Proyecto. Accidn Espeáfica. Partida, Sub-Pariida y Ente. de acuerdo con h siguiente imputación
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ a BS 267.248.@48,50
Proyecto: 260035000 "Transferencias para Financiar los Programas y Proyectos de Entidades
l Federales y Municipios" " 267.248.048,SO
l Acei6n Especifica: 260035001 "Transferencias para
Financiar los Programas y Proyectos de Entidadea Federales" O' 267.248.0489
Partida 4.07 "Transferencias Y Donaciones" " 267.248.048,SO (Otras Fuentes)
SU b- Partidas Generica, Especíjica y Sub- Especifica 03.03.08 "Trnnsferencis de capital
a1 Poder Estadal" " 267348.048,SO
E5400 Estado Aragua " 267.248.048.50
I ART~CULO SEGUNDO: Comunicar el presente Acuerdo al Ejecutivo Nacional y a la Contraloría General de la República.
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece. Aiios 203" de la Independencia y 1.54" de la Federación.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPOBLICA DOLIVARIANA DE VENEZUELA
VISTA, la soliciiud del ciudadano Ministro del Poder Popular de Finanzas, contenida en el oficio dc fecha 18 de iiuviembre de 2013;
CUMPLIDOS, como han sido los requisiios csiablecidos en los artículos 187, numeral 7 de la Constitución della República l3olivariaiin de Venczuela, 52 de la Ley 0rgAnic.a de la Administración Financiera del Sector Público, en wnwrdancia wn el ariículo 3 de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal vigente; y
O ~ D O el informe favorable de la Comisiói~ Permanente de Finanzas y Desarrollo ' Económico de la Asamblea Nacional:
ACUERDA
ART~CULO PRIMERO: Autorizar al Ejecutivo Nacional para decrelar un Crfdito Adiaonal al Presupuesto de Gastos vigente del Miiiisterio del Poder Popular para la Defensa, por la cantidad de QUINCE MILLONES DE BOL~VARES (Bs. 15.000.000,00), al Proyecto, Acción Especifica, Partida, Sub-partida y Ente. de acuerdo a la siguiente impuiación presupuestaria:
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA ' LA DEFENSA s . 15.000.000,00
1 Proyecto: 089999000 "Aportes y Transferencias
pura Financiar los Proyectos .
de los Entw Descentralidos" " 15.000.000,00
Acción Esoeúfica: 089999016 "Aportes y Transferencias para
~inanciar los Pmyectos del Ente Empresa Militar de Transporte de la FANB, S.A. (EMILTRA, " 1 5 . h . 0 0 b . ~ S.A.)" .
Partida: 4.07 "Transferencias y Donaciones" " 15.000.aI0,W - Otras Fuenies
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Sub-Partidas Generica, Especifica Y Sub-Eswáfica: 01.03.07 "Transferencias conientes a
entes descentralizados con fines tmpre~anales no petroleros i ~ . o 0 0 . ~ , 0 0
A0526 "Empresa Militar de Tmqmrie de la Fuerza Ar'mada Naaonal
': Bolivariana, SA. (EMLTRA, " 15.000.000.00 S.A.)"
ART~CULO SEGUNDO: Comunicar el presente Acuerdo al Ejecutivo Naaonal y a la Conhaloría General de la República.
Dado, finnado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional. en Caracas a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece. Años 203' de la Independencia y 154O de la Federaci6n.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REP~BLICA BOLIVARUNA DE VENEZUELA
VISTA, la solicitud del ciudadano Ministro del Poder Popular de F i i , contenida en el oficio No F 2051 de fecha 12 de noviembre de 2013;
CUMPLIDOS, como han sido los requisitos establecidos en los arliwlos 187, numeral 7 de la Constituci6n de la República Bolivariana de Venezuela, 52 de la Ley Orgánica de la Adminislración F i c i e r a del Sedor Público, en concordancia con el artículo 3 de las Disposiciones Geuerales de la i e y de h p u e s i o para Ejercicio Fiscal vigenie; y
0b0, el informe favorable de la Comisión Pe-ente de Fioanzas y Desarrollo Ecodmiw de la Asamblea Nacional:
ACUERDA
ART~CU~LO PRIMERO: Autorizar al Ejecutivo Naaonal para dmetar un W m Adicional al Presupuesto de Gastos vigente del Minuterio d d Poder Popuiar para las Relactonw luteriores. Justicia Y Pat. Dor la cantidad de SEIS MiLL.ONE.9 OCHOCIENTOS OCaeNTA Y-OCHO MIL SElS BoL~ARES CON OCHENTA Y UN ~ N T M O S @s. 6.888.006.81). al Royedo. Acci6n Esacífica. Partida, Sub-Partida y Ente de acuerdo con siguie& impu-k6n p ~ P ~ & :
MiNíSTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ Bh 6.888.006,81
Proyecto: 260035000 "Transferencias p a p financiar los programas y proyectos de Entidades Federales y Muuicipios" " 6.888.006.81
AcciOn EspecMca: 260035001 YTransferencias Para
financiar los programas y proyectos de Entidades Federalesw " 6.888.006,81
Partida: 4.07 "Transfcrencias Y Douacioiiesw " 6.888.006.81 (Otras fuentes)
Sub-Partida Genérica, Específica y Sub- Específica: 03.03.08 "Transferencias de capital
al Poder Esiadal" " 6.888.006.81
E5500 Esiado Barinas * 6.888.006,81
ART~CULO SEGUNDO: Comunicar el presente Acuerdo al Ejecutivo Nacional y a la Contraloría General de la República.
Dado, f d o y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional. ui Caracas a los dieQnuevt días del mes de noviembre de dos mil üux. Aóos 203" de la Independencia y 154' de la Federacióp.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REP~BLICA BOLNARIANA DE VENEZUELA
VETA, la solicitud de la ciudadana Jefa de la Oficina Nacional de Presu~~csto. -mida I en el oficio N" 004508 de fecha 12 de noviembre de 2013;
(SUMPLIDOS, a m o han sido los requisitos establecidos en los u t f d o s 28 y 29 de Ls Dispmiciones Generales de la Ley de Presupuesto para el E j M a o F d vipue, en mmrdancia con el artículo 52 de la Ley Organica de la Admhhxión F e del Scaor Público; y
I o~DO, el informe favorable de la Comisión Permanente de ihwms y hsmoiio Econ6mico de la Asamblea Naaonal: I
I ACUERDA
~ ~ ~ f ~ ~ ~ o ~ ~ o : ~ u ~ i ~ ~ o b i u a ~ ~ e l ~ i s t n t o ~ p a d e o e r r ~ a e d a o Adiciaui a su Pnsllpucsto de Gastos vigenie, por la antidd & DOS(;IEWTOS VEINTIOCHO MELONES DE BOL~ARES (Br 228.- a h k66ii C e n W d a , Acción &p%ffica, Paaida y Sub-Partida, de naado aa h sigmhte imputación presupuda:
1 GOBiERNO DEL DlSIliTO CAPiTAL Br f2800Q000M
Accibn Especlfia: -2401 OLAsignaei6n y Control de
loa Recunw pan G u t w de lor Trabajadoma" " 2mmQm@m
Pariidi: 4.07 ~masferencias Donadones" (Otras Fuentes)
Sub-Partida Geoerica,
01.01.09 "Aguinaldos al P d Empleado, e rem y militar . pnoiaiado" 19338.262,00
01.01.13 -&unaldos al paJonal empleado, obrem y militar jubilado" 146.360.844.00
01.01.15 "Apwics a los Servicios de salud, accidentes pusorialcs y gastos funemr(os del pasonal empleado, o b w y militar jubilado" 62250.894.00
ART~CUU).SEGUNDO: Cokunicar el ptesente Acuerdo al Gobierno del Distrito Capital y a la Coniraloría General de la República.
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece. Aüo 203- de la Independencia y 154" de la Federación.
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407.072 GACETA OFICIAL DE LA REP~BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes 19 de noviembre de2013
Subpartidas Gentricas. Especificar y SubEspulficar: 10.06.00 "Materiales para cquipos de
computación" 18.4CM,W
Proyecto: 260131- "D iund i r las directr ica que n o m a n d nuevo modelo policial y su slandarización a nivel nacfonal" " 3.695.450.00
.- Acción Erpecüiu: 2M)UlODú " G a r a n b r dwpliegua del consejo
general de policia y la difusión del noevo modelo policial a n ~ d ~ i c i o n a l " " 3.695.450.00
Partida: 4.03 "Servicios no Fcrsonales" - Otras Fuentes
uQ2u
Sub-Partidas Gtnérbs. Espuificar y SubErpecificar: 18.01.03 "Impuesto al Valor Agregado" 2.209,W
Partida: 4.m "Materiales, sumioutra y mercancfas" " 195.450.00
- Otras Fuentes Proyecto: 260128000 "Fortalecimiento del Cuerpo de Policin Sacional Bolivariana a Nivel Nacional" " 171.720.880.00
Sub-Partidas Gentricas. Especificas y Sub-Especificas: Acción Especificr: 260128005 "Fortalecimiento del Servicio de
Policia en el Territorio Nacional" ' 171.720.880,OO
01.011)0 'Alimentos y bebidas para personas' ' 183600.00 03.01111 ~ ~ ~ ~ i l ~ " 11.850.00
Partida: 4.03 "Servicios no Personales"
- OtrasFuentw
Partida: 4.02 "Materiales, suministros mcrcancias" Y " 27.220.8799p
- Otras Fuentes
Sub-Partidas Genéricas. Especificar y Sub-Especíñcas:
Sub-Partidas Gentricar,
Sub~pecf f icar : 01.01.03 03.01.00
03.02.00
03.03.00
-Servicios de proiección en traslado de fondos y de mensajeria"
"Alimentos y bebibas para personas'
"Textiles"
"Prcndas dc vesiir"
"Calrados" "Produclos de cuero y riiced6neos del cuero"
'Imprenla y reproducci6n"
Yidticos y pasajes dentro del país" 'Servicios de capacitación y adicstramiento"
11.OUr) 'Conservación y reparaciones menores
de equipos de iransporie. tracción y elevación"
15.0200 Tasas y otros derechos obligatorios"
'5.99.00 ~ t r o s scrvicios fiscales ' 18.01-a) 'Impuesto al Valor Agregado"
99.01111 'OIIUS servicios no personaics"
"Cauchos y tripas para vehiculos"
"Combusiibles y lubricaiites" ".Materiales de orden público. seguridad y defensa"
"Material dc señalamicnió" "Repuesios y accesorios para equiposde transporte"
"Oiros pr3ductos meidlicos" "Útiles menores médico - quiriirgicos de laboratorio, dentales y de vearinaria" "Útiles dc cscritorio, oficina y maierialcs de instrucción"
Proyecto:
Acción Especifica:
269999090 "Apor ta y Transfereiicus para Financiar los Proyectos de los E n t e Dacentralirados"
26999- "Aportes y Transferencias para Financiar 10% l'i.uyceiur del Ente Servicio Adiniiiistrativo de Identificaciún, M ig r~c ió i i y k t r a n j e r i a (SAIMIL)"
"Productos de seguridad en el trabajo" "Maierialcs equipos de coinpulaci6n" . "Maierialcs el6clric<i\"
"Olror prudiicica y iitilr\ divcrsui"
"Olros inalerialcr y riiininistros" Partida: 4.07 "Transfcrcir i i ;~~ y I>onacionw"
- Otras Puciitcs
Partida: 4.03 "Servicios nu I'ersuiialcs" - Otras Fueiites
Sub-Parlidas Genéricas, EspecMcas y Sub-Espcif i~s: 01.03.UZ Tmfere i ic ias corrienics a entes
dcsceiitralizados sin fines empresariales " 114.220.756.W A1342 'Servicio. Adininislnlivo de
Idenlificaci»n, Migracibii y Exlranjcria
I (SAIME)" " 114.220.756,W
Sub-Partidas Gentricas, Especificas y Sub-Especificas: 04.07.00 "Servicio de cnndoininio" 84.8M.W
06.05.iiO "5ervicio!, dr protcccihn en traslado dc foiidos y de iiirnsajeria" 5.182.991.W
07.02.00 "linpreriiii y repir>clucciOn" 75.O«(I.(K) ~ c c i ó " Esl~ecifica: 261)L)a)9U09 "Aliurtes y ~I'i.;iiisfei.eiicias liara
I'inancbr I<ir I'ruycclu~ del Eiitc Fand;iciún (;r;iii Mirihi i a ' l 'ud~ Vida Vu ie~uc la " " 24.629.203.00
"Priiiias y gnsiob de seguros" "Oiros scrvicii,~ profesionales y ICcnicos" "Conservaci6n y reparaciones menores de iiiailuinarm y cleiiiis equipos de conslrucci611, cnnipri. industria y taller" "Conscrvaci6n y reparaciones menures de cquipos <IF coiiiunicacioiies y de señalainiciito"
Partida:
Sub-Ppriidas Gcntricas. Especificas y
01.03.U2 Traiisfercncias ct~rrieiitcs a ciiies dacciilrdliados siii fiiies cinpresariales" " 24.629.203.W
A0270 'Fundación Cirdii Misión a Toda Vidr Vcnuuela" " 24.62Y.203.00
"Conwiirci6ii y reparaciones menores de cqiiipos y ;iriii;iriicntos de orden pul>lico. seguiiclad y deleiisii incioiial" "CoiiscrvaciSii icl>;irnciones iiicnores de iniquiiiac. iiiurl~les y deiiiis equipos de <ificiiia v . i l~~~:i~i i ici i i i i" "~o1iirrv;iciiiii y iep;irncioiies menures Je oir;ia ni.iqiiiiiari;i y equipo.\" "Derccli<is Jr iirijiiiri;tci6ii y sarvicius iidiiancros"
AI~TICULO SECIJNUO: C:i~muiiiur el ~~rcsci i tc Acucrrlo al Ejen ivo Nacional y a la contrrloria' General de la República. 7 Dado. firmado y selladu eii cI I'a*uu 1L.ilcr;il k'pislaiivo. r < l c de la Asdiiiblea Nacional. en Caraas a los dieciiiucve dias del ities dc mvicinbrr de <tos riiil trccc. M o s 203" de la independencia y 154" de la Federación.
"linpuesio al valor agregado" "Coniisioncs por servicios para cumplir con los beneficios sociales"
Parlid*: 4.04 "Activos Reales" ' 44.5UU.OUU.UQ 1 - Otras Fueiiler
Sub-Partidas Ccntricas. Especif iw y
Sub-Espcificas: 08.01.00 "Equipos y armamciiios de orden publico. seguridad y defensa nacional" ' 44.500.000.00
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PRESIDENCIA DE LA REP~JBLICA Decreto No 592 19 de noviembre de 2013
.- NICOLAS MADURO MOROS Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condidones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo y de conformidad con lo establecido en el artículo 226 y 236 numerales 2 /11 y 20 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 93 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo establecido en el arti'culo 54 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en Consejo de Ministros,
CONSIDERANDO
Que es deber del Ejecutivo Nacional apoyar medidas que permitan el uso eficiente, el cumplimiento del rincipio de suficiencia y la adecuación de los medios cr los fines institucionales, con respecto a los recursos y bienes del Estado en los órganos y entes de la Administración Pública Nacional,
CONSIDERANDO
Que para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, ' deberá crearse un servicio especializado, desconcentrado, dependiente del órgano rector en esta materia, para la administración y enajenación! de los bienes as~gurados o incautados, decomisados y confiscados que se hayan empleado en la comistón de los delitos. investigados de conformidad con dicha Ley o sobre los cuales existen elementos de convicción de su procedencia ilícita, asignados por los tribunales penales de la República, con la finalidad de Asegurar la eficiente administración y disposición de los mismos,
CONSIDERANDO
Que para lograr la asignación de recursos y bienes, prevista en la Ley Orgánica Co ra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terr rismo, se hace necesario contar con
i a' procedimien os especiales y-la implementación de medidas que
favorezcan Aplicación de criterios adecuados y transparentes, que garan 'cen los actos de administración, enajenación, disposición, manejo y custodia de los bienes asignados por los tribunales penales de la Repúblj.
DICTO
El siguiente:
DECRETO DE CREACION DEL SERVICIO ESPECIAUZADO PARA LA ADMINISTRACI~N Y ENAIENACI~N DE
BIENES ASEGURADOS O INCAUTADOS, DECOMISADOS Y CONFISCADOS, DEPENDIENTE DE LA OFICINA
NACIONAL CONTRA LA DEUNCUENCU ORGANIZADA Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO
m L 0 1 Disposiciones Generales
Creación ArLículo lo. Se crea el Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, como un Órgano con carácter de servicio desconcenbado sin personalidad jurídica, con autonomía técnica y capacidad de gestión administrativa, operativa, presupuestaria, financiera y de disposición, dependiente de la .Oficina Nacional Conba la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, como órgano rector en esta materia y su coordinación será ejercida por el Viceministro o Viceministra del Sistema Integrado de Investigación Penal, del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
Finalidad ArLículo 2 O . El Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, tiene como finalidad la administración y enajenación de los bienes asegurados o incautados, decomisados y confiscados qud se hayan empleado en la comisión de los delitos investigados de conformidad con la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, o cobre los cuales existan elementos de convicción de su procedencia ilícita.
Domicilio Artículo 30: El domicilio del Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y , Confiscados, es la ciudad de Caracas y podrá establecer dependencias en todo el territorio nacional y realizar actividades dentro y fuera del país.
Competencia ArLículo 4 O . El Servicio Especializado para la Administraaón y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados es el Órgano encargado de la planificación, organización, funcionamiento, administración, custodia, inspección, vigilancia, procedimientos, control y enajenación, dentro y fuera del país, de los bienes muebles e inmuebles, capitales, naves y aeronaves, vehículos automotores, obras de arte y joyas, semovientes, activos y haberes bancarios, acciones y derechos, asegurados o incautados, decomisados y confiscados que hayan sido asignados por los tribunales penales de la República, por haberse empleado en la comisión de los delitos investigados de conformidad con la normativa que rige en materia de delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo, o sobre los cuales existan elementos de convicción de su procedencia ilícita, sin perjuicio de otros bienes que conforme a su competencia se le atribuyan.
Atribuciones ArLículo 5 O . Son atribuciones del Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados:
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l. Diseñar, proponer y fijar las metodologías y procedimientos generales relativos a la administración, conservación y disposición de los bienes, acciones y derechos asegurados o incautados, decomisados y confiscados, que le sean'asignados por los tribunales penales del país:
2. Planificar y diseñar las metodologías idóneas y los mecanismos de asignación, uso, conservación, mantenimiento, control y fiscalización de los bienes, acciones y derechos, de conformidad con la naturaleza del bien, garantizando 'ta,equidad y transparencia en los procesos. .
3. Practicar las medidas conducentes e inmediatas de debida custodia, conservación y administración de los bienes, con el objeto de evitar que se alteren, desaparezcan, deterioren o destruyan.
4. Ejercer la supervisión sobre la custodia, mantenimiento, conservación y seguridad de los bienes asignados, mediante acuerdos de administración especial, con arreglo a ley; pudiendo adoptar las medidas que considere pertinentes ante el eventual incumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa de la materia.
5. Mantener intercambio de información y de-trabajo con organismos y las redes internacionales en su área de competencia.
6. Nombrar o designar depositarios o depositarias, administradores o administradoras especiales, así como realizar seguimiento y control 6 la gestión realizada por los mismos.
7. Implementar los procedimientos especiales a seguir en caso de aseguramiento o incautación preventim y confiscación de bienes, acciones y derechos, con arreglo a la normativa que regula la materia.
8. Realizar operaciones en moneda extranjera conforme a la 'normativa legal cambiaria vigente.
9. Diseñar y emplear los mecanismos y técnicas especiales necesarias que permitan obtener la identificación precisa de los bienes o instrumentos utilizados en actividades ilícitas, para el cumplimiento de sus funciones.
10. Gestionar la restitución de los gastos qcasionados por el mantenimiento y conservación de los bienes afectados, objeto de devolución por los tribunales penales del país.
11. Informar a la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y. Financiamiento al Terrorismo, así como al Drgano de adscripción, las necesidades, planes, programas y proyectos orientados a la optimización de la administración y disposición de los bienes, derechos y acciones asignados y cualquier otro aspecto que considere relevante.
12. Automatizar el sistema de registro de información de los bienes, derechos y acciones asignados.
13. Controlar y fiscalizar la correcta utilización de los recursos asignados.
14. Fijar el monto o importe de los gastos prestados por el Servicio, según cada caso.
15:. Gestionar ante las instituciones bancarias la transferencia de los fondos en moneda nacional o extranjera, objeto de medida de inmovilización o incautación decretada por los tribunales penales del país.
16. Acceder a la información, datos y apoyo que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
17. Someta a avalúo los bienes en los cuales, por. su naturdeza, se requiera la determinación de su valor en el mercado.
18. Con-r fideícomisos de administración o de inversión en moneda Maonal o exbanjera, según considere conveniente, con el objeto de garantizar la transparencia en la admínísbación y optimizar el rendimiento de los recursm administrados.
19. Velar por el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Decreto y Reglamento Orgánico del Minísteio dd Poder Popular para Relaciones Interiores, Justiaa y PB, así como la aplicación de las Gnciones a que hb iere lugar, de conformidad con la normativa aplicable.
20. Dictar bs pwidencias y demás actos administrativos n e m d o s para el cumplimiento de sus atribuciones.
21. Reglmienta los procesos internos de enajenación y dispoeaón de bienes incautados, confiscados y deconiisadas-
22. Celebrar los awitratos de trabajo y servicios de personal que requiiera para su funcionamiento, de acuerdo con el Reglamento interno.
23. Capadar y actualizar permanentemente al personal del Servido en las áreas de su competencia.
24. ~ a i a?ribuámes que le confieran su norma de creación y demás 1- reglamentos, resoluciones y otros actos normativos.
Control Interno Artículo 6O. Caresponded a la Oficina de Auditoría Interna del Minishem del Rwler Popular con competencia en materia de relaciones inieñaes, justiaa y paz ejercer el sistema de Control Interno y el RégÍmen previsto en la Ley Orgánica de la Contraloría Gemai de la República y el Sistema Nacional de Control ñnal y demás disposiciones normativas, cobre el Servicio Espedakacb para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y. Confiscados, sin menoscabo de las competencias que le correspondan a la Contraloría Gen& de la República en la materia.
Normativa aplicable Artículo P. El ~ o n a m i e n t o y desarrollo de los procesos del Servicio Especiaüdo para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados se rigen & acuerdo con lo establecido en el presente üecreto de creaaón, la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, los respectivos Reglamentos y demás normativa que se dicte al efecto.
TITULO 11 Fuentes de Ingresos
Fuentes de ingresos Artículo 8O. Soie Wgresos del Servicio Especializado para la Admin is tdn y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, ü e m m í d o s y Confiscados:
1. Los recursos pwenientes de la Ley de Presupuesto bajo la denominación "Servicio Especializado para la Administmáón y Enajenación de Bienes Asegurados o
i Incautados, !kmmisados y Confiscados", así como los extrawdina-
2. Los recursos financieros y no financieros asignados por el Ejecutñro Nacional, los gobiernos estadales o municipales y los aportes de instituciones privadas.
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3. Las donaciones, legados, auxilios, cudribuciones, subvenciones, transferencias, o aidquíeP dase de asignación lícita de. _personas naturales y entidades nacionales o internacionales, gubernamentako no.
4. LOS recursos derivados de conveniosf úatados o instrumentos contractuales suscritos ain enñes u Órganos públicos o privados, instituciones prñdasf nacionales e internacionales, destinados al fortalecimiento del Se~c io .
5. Los beneficios, productos, rentas e intereses que resulten de la administración de sus recursos, de la colocación de instrumentos financieros en moneda nacional o extranjera, que ingresen 31 Servicio y de las operaciones financieras provenientes del Fondo Especial que se ordena crear.
6. Los beneficios que obtenga de conformidad con la prestación de sus servicios en materia de administración.
7. Los demás bienes que adquiera por cualquier título para la consecución de su objeto.
8. Los recursos que se generen por leyes especiales.
9. Cualquier otro recurso producto de su autogestión.
Destino d e tos recursos Artículo 9 O . Los recursos producto de ingresos, rentas, rendimientos o excedentes obtenidos por la administración y enajenación de los bienes, acciones y derechos por parte del Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, serán destinados al:
1. Financiamiento, inversión y ejecución de , bs planes, programas y proyectos de prevención integral y represión de los delitos de delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo, que a tal efecto lleve el Órgano rector o el Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, así como para la formación, capcitación y adiestramiento del personal de las unidades pliciales y militares especializac/as en la investigación p a l de los referidos delitos, así 'como la dotación de equipw técnicos y científicos. l
2. Autofinanciamiento de los gastos operatñros y de funcionamiento del Servicio.
3. Resarcimiento del costo de mantenimiento y administración de, los bienes, acciones y derechos asignados.
Destino de recursos excedentes Artículo 10. El remanente de los recursos que se &tengan de la administración de los bienes asignados se mantendrá en un fondo especial que se entregará a quien en su momento acredite tener derecho, en caso de d e v o l u w de los bienes afectados.
Cuenta de Conb'ngencia Artículo 11. El Servicio Especializado para la A d m a ó n y Enajenación de Bienes Asegurados o I n c a u ~ , Deoomisados y Confiscados, debe contar con una cuenta de contúigencia que tenga por objeto mantener durante cada ejerciao fiscal, una cantidad de recursos disponibles a fin de cubir ra\a eventual insuficiencia para la atención de los planes, programas y proyectos.
El uso de los recursos de esta cuenta se realñará de forma subsidiaria cuando se hayan agotado los m e c a ~ ~ i n a r i o s
y extraordinarios para la obtención de recursos y la situación del Fondo Especial de Administración o Fideicomiso que deberá constituir el Servicio así lo requiera.
Cuenta de Reserva Artículo 12. El Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, debe contar con una cuenta de reserva que tenga por objeto incrementar el acervo patrimonial del Sewicio durante el transcurso del tiempo, con el fin de disminuir progresivamente el impacto presupuestario de las actividades relacionadas con la administración de los bienes, acciones y derechos asignados.
El uso de los recursos de esta cuenta se realizará de forma excepcional, una vez utilizados los recursos de la cuenta de contingencia, se haya verificado que no existan recursos disponibles en el Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados y se hubieren agotado los mecanismos ordinarios y extraordinarios para la obtención de recursos y la situación del Servicio así lo requiera. No obstante, sólo podrá utilizarse hasta el ochenta por ciento (80%) de los recursos existentes en esta cuenta .para el ejercicio fiscal en curso.
Fondo Especial de Administración o Fideicomiso Artículo 13. El Servicio Especializado para la Administraaón y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, constituirá un Fondo Especial de Administración o Fideicomiso, el cual estará destinado a administrar los recursos asignados al mismo.
Los recursos en moneda nacional o extranjera serán administrados a través del Fondo Especial del Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados.
Patrimonio del Fondo Especial o Fideicomiso Artículo 14. El Fondo Especial o Fideicomiso se constituirá con el aporte inicial, los aportes subsiguientes y los recursos disponibles en moneda nacional o extranjera conforme a la normativa legal vigente en la materia, los montos obtenidos producto de las operaciones, enajenaciones realizadas por el Servicio y demás bienes.
TITULO 111 Dirección y Admin~stración
Dirección y Administración Artículo 15. El Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, está dirigido y administrado por un Consejo Directivo y tendrá las dependencias de apoyo, sustantivas y operativas que se requieran para cumplir con su objeto. La estructura organizativa y funcionamiento de las unidades operativas serán establecidas en su Reglamento Interno.
Las normas previstas en el Reglamento Interno del Servicio determinarán las atribuciones de los miembros y el régimen de actividades del Consejo Directivo que no esté previsto en este Decreto, así como' el de convocatoria, el mínimo de asistencia requerida para sesionar válidamente y las demás modalidades bajo las cuales se celebrarán las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo.
Conformación del Consejo Directivo Artículo 16. El Consejo Directivo es el órgano de mayor jerarquía administrativa del Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes &gusados o
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Incautados, Decomisados y Confiscados y está integrado por el Viceministro o Viceministra del Sistema Integrado de Policía de Investigación, quien lo presidirá, el Director General o Directora General del Servicio, y un (1) Diredor o Directora, designado o designada por el Presidente del Consejo Directivo.
Rango jerárquico Articulo 17. El o la titular del Setvicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, tendrá rango de Director General o Directora General.
Requisitos de los mlembros Artículo 18. Los miembros del Consejo Directivo deberán ser venezolanos o venezolanas, mayores de edad, solventes con el Tesoro Nacional, Estadal y Municipal y además:
l . De reconocida solvencia moral.
2. No haber sido condenado o condenada penalmente o sentenciado por delitos cometidos contra la cosa pública.
3. No haber sido condenado o condenada penalmente o sentenciado por delitos tipificados en la Legislación Penal Venezolana.
Atribuciones del Consejo Directivo Ar t íd lo 19. El Consejo Directivo tiene las siguientes atribuciones:
l. Ejercer la dirección del Servicio Especializado para la Adminisbación y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, de acuerdo con las políticas impartidas por el órgano de adscripción.
2. Informar trimestralmente al órgano de addpdón, aoerea de la ejecución de los planes, programas, proyectos y actividades desarrolladas.
3. Aprobar el Plan Operativo Anual.
4. Aprobar el proyecto de presupuesto anual de Ingresos y gastos correspondiente a cada ejerddo.
5. Definir las estrategias y programas de desarrollo de sus actividades en las distintas regiones del país y evaluar periódicamente sus resultados.
6. Autorizar al Director General o Dlreclora General del ' Servicio a celebrar contrabx, convenios y acuenlos, nacionales e internacionales en los que participe el Servido para el cumplimiento de su objeto. Los contratos que impliquen actos de disposición, requerirán la autorización expresa de la máxima autoridad del órgano de adscripción.
13. Designar y aprobar la contratación de auditores externos y fijar el monto de sus honorarios.
14. Aprobar los programas de inversión y colocación de los recursos del Servicio.
15. Dictar y aprobar el Reglamento Interno y demás nomas '
operaüvas necesarias para el funcionamiento del Servicio.
16. Aprobar los manuales de normas y procedimienbs que orientarán las acciones adminictrativas y operativas del Servicio.
17. Elevar ante el Ministerio de adscripción las recomendaciones que juzgue necesarias para cumplir con sus funciones.
1s. Aprobar los recursos para el financiamiento de programas y proyectos de la Oficina Nacional Contra ia Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
19. Fijar la remuneración y políticas salariales del personal que labora en el Servicio.
20. Las atribuciones.que le confieran su norma de creación y demás leyes, reglamentos, resoluciones y otros a- normativos.
TITULO N Régimen de los Bienes Asignados
Adminlstraclón de los bienes asignados Artículo 20. La administración de los bienes asignados comprende su recepción, registro, custodia, conservadón y ~ u ~ s i ó n . Estos bienes serán conservados en el estado como hayan sido asegurados, Incautados, decomlsados o confiscados para ser devueltos en las mismas condidones, salvo el deterioro n o m l que sea causado por el transairso de) tlempo; también podrán utilizarse, anendarse o ser enajenados en los casos que I
sean autorizados, previo el cumplimienb de los requlsibDs establecidos en las ieyes espedaies.
Base de datos en lfnea Aiá'culo 21. El Senricio Especializado para la Adminisbadón y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y C o n f i ~ , debe integrar una base de datos en línea con el registro de los bienes asegurados, abandonados o dmmisados, que padrá ser consultada por las autoridades com-tes, así m o por las personas que acrediten un interés juridlco para ello. Dicho registro debed contener datos que identifiquen el bien, su propietario o y la autoridad que haya dictado la resoludón o decisión que se trate.
~ 7. Aprobar los Estados Financieros auditados. I s. Decidir sobre la organización y funcionamiento de las
unidades y áreas estratégicas necesarias para el funcionamiento del Servicio.
9. ' Contratar y remover al personal que labore en el Servicio.
10. Elaborar los materiales e instrumentos institucionales, técnicos de funcionamiento y proceso que, desde el ámbito de su competencia, guían el funcionamiento del Servicio.
11; Aprobar la Memoria y Cuenta del Servicio.
12. Aprobar el Informe Anual de actividades que debe presentar el Servicio.
Disposición Anticipada de los Bienes perecederos o de dificil administración
Artículo 22. El Servicio Especializado para ia Administradón y ~najenaci* de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, podrá disponer & manera anticipada de los alimentos, bebidas, bienes perecederos o de dificil administración, incautados preventivamente, cuando así- lo determine un jwz o jueza de controi, a través de su enajenación o transferencia con fines sociales o asignación a las dependencias respectivas para su utilización, según se determine en cada caso y en coordinación con el Ministerio con' competencia en materia de relaciones interiores, justicia y Paz, a los fines de evitar el deterioro, daño o pérdida de ecos blenes.
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Régimen transitorio Articulo 25. Mientras entra en funcionamiento el Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, los bienes antes señalados serán puestos a la orden del órgano rector para su guarda, custodia, mantenimiento, conservación, administración y uso, el cual podrá asignarlos pan la ejecución de los planes, programas y proyectos que realicen los Órganos y entes públicos dedicados a la prevención y represión de los delitos tipificados en la Ley Orgánica que regula la materia, para el cumplimiento de su objeto.
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Excepción de procedimiento de Enajenación de bienes de l sector público
Artículo 26. Se exceptúa el Servicio Espedalizado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, de la aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto NO 9.041 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Bienes P Ú b l i i de fecha 12 de junio de 2012, publicado en la Gaceta Ofiaal & la República Bolivariana de Venezuela No 39.945 del 15 de junio de 2012 y reimpreso en la Gaceta Oficial NO 39.952 de fecha 26 de junio de 2012.
El producto de la venta de los mismos será resguardado en el fondo especial o fideicomiso del Servido bpe&lizado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, h k a que se dicte sentencia definitivamente firme.
Enajenación o transferencia de bienes con f ines sociales
Articulo 23. Los bienes no cónsonos con el opjeto de este Servicio Especializado para la Administración y Enajenacidn de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, que no puedan ser utilizados para la ejecución de las actividades señaladas en el presente Decreto y en la normatia que regula la materia, serán enajenados o bien transferidos con fines sociales o asignados a las dependencias respectivas, según cada caso, en coordinación con el Ministerio con competencia en materia de relaciones interiores, justicia y paz, previa opinión de la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
Transferencia de bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados
~ r t í c u l o 24. Los bienes, derechos y acciones puestos a la orden del ministerio público o de cualquier otm depositario o depositaria judicial, serán transferidos al Cervicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, al entrar en pleno funcionamiento el referido Servicio.
Los bienes, derechos y acciones asignados a la Oficina Naaonal Contra la Delincuencia Organizada y financiamiento al Terrorismo, como órgano rector en la materia de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica que regula la materia, serán transferidos al Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, al entrar en pleno funcionamiento el referido Servicio.
Designación de Depositarios o Administradoior Especiales
Articulo 27. El Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, podrá designar depositarios o depositarias, o administradores o administradoras especiales a fin de evitar que los bienes incautados se alteren, desaparezcan, deterioren, disminuyan considerablemente su valor económioo o destruyan;
quienes deberán someterse a las directrices de este Seriicio y presentarle informes bimestrales de su gestión.
Estas personas adquieren el carácter de funcionarios públicos o funcionarias públicas a los fines de la guarda, custodia, uso y conservación de los bienes y responderán administrativa, civil y penalmente ante el Estado venezolano y terceros agraviados.
Cualidad de Depositarios o Administradores Especiaies
Articulo 28. Los depositarios o depositarias, o administradores o administradoras especiales serán preferentemente las dependencias de la Administración Pública, previa solicitud o acuerdo correspondiente, sin perjuicio que puedan ser designadas otras personas profesionalmente idóneas, así como las comunidades legalmente organizadas.
Supervisión de los Depositarios y Administradores Especiales
Articulo 29. Quienes reciban bienes asegurados en depósito o administración, están obligados a facilitar al Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, su supervisión y vigilancia.
Contratación de Pólizas de Seguro Articulo 30. El Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, podrá contratar pólizas de seguro para el caso de pérdida o daño de los bienes asignados, cuando el valor y las características de los mismos lo requieran.
Prohibición de enajenar o gravar bienes Articulo 31. Los administradores designados o administradoras designadas no podrán enajenar o gravar los bienes confiados a su cargo.
Vigencia Articulo 32. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a .los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece. Años 203" de la Independencia, 154O de la Federación y 14" de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
Refrendado El Vicepresidente Ejecutivo de \a República (L.C.)
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT
Refrendado El Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno (L.C.)
WILMER OMAR BARRIEW RRNANDEZ
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Refrendado El Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz (LS.1
MIGUEL EDUARDO RODR~GUEZ TORRES
Refrendado El Mmistro del Poder Popular para Reiaaones Exteriores (LS.1
EL& JAUA MILANO
Refrendado El Mlnlsbu del Poder Popular de Planificación (L.S.)
JORGE GIORDANI
Refrendado El Minisbu del Poder Popular de Finanzas (L.S.)
N E W N JOSÉ MERENTES D h
Refrendado La Minisba del Poder Popular para la Defensa (LS.1
CARMEN TERESA M E ~ D E Z RIVAS 1
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Comercio (L.S.)
ALUANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Industrias (L.S.)
Refrendado Ei Ministro del Poder Popular para el Turismo
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (L.S.)
WÁN EDUARDO GIL PINTO
Refrendado EL Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria
-
(LS.1 PEDRO ENRIQUE CALZADIUA
Refrendado La Minisba del Poder Popular para la Educación (L.S.)
MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Salud (L.S.)
FRANCISCO ALEJANDRO ARMADA PÉREZ
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Segufiad Social (L.S.)
MARÍA C R I ~ N A IGLESIAS
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte Terrestre (L.S.)
HAIMAN EL TROUDI DOUWARA
Refrendado EL Ministro del Poder Popular para Transporte AcudUco y Aéreo (L.S.)
HEBERT JOSUE GARCfA PLAZA
Refrendado El Ministro del pode; Popular para Vivienda v Hábitat (L.S.)
RICARDO ANTONIO MOLINA PEÑAWZA
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Petr6leo v Minería
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ambiente (L.S.)
MIGUEL LEONARDO RODRIGUEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Cienda, Tecnología e Innovauón (L.s.)
MANUEL ANGEL FERNANDEZ MELÉNDEZ
Refrendado La Minisba del Poder Popular para la Comunicación y la Información (L.S.)
DEUN ELOINA RODRÍGUEZ G ~ M E Z
Refrendado ! El Ministro del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales (L.S.)
REINALDO ANTONIO iJüRRIZA L ~ P E Z
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Alimentación (L.S.)
FÚD( W ~ N OSORIO GUZMAN
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (L.S.)
FIEL E R N ~ BARBA^ HERNANDEZ
Refrendado La Minisba del Poder Popular para el DeDorte
Refrendado La Ministta del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)
ALOHA JOSELYN NÚÑEZ m Refrendado La Ministta del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L.S.)
ANDRE~NA TARAZÓN BOÚVAR
I Refrendado El Ministro del Poder Popular Para la Energía Eléctrica
I (L.S.) JESSE ALONSO C H A ~ N ESCAMIUO
I Refrendado EL Ministro del Poder Popular Dara la Juventud
Refrendado La Ministta del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (L.S.)
MARÍA IRIS VARELA RANGEL
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Refrendado El Minlsb-0 de Estado para la Banca Pública (L.S.)
ROWLFO CLEMENTE MARCO TORRES
Refrendado El Minisbo de Estado para la Transfonadh Revolucionaria de la Gran Caracas (L.S.)
F R A ~ ~ ~ ~ D E A S L S S E S ~ O N O V A C
Refrendado El Mlnisbo de Estado para la íkgi6n Esüatégica de Desarrollo integral ceroal
Reírendado La Ministra de Estado para la Regi6n Estratégica de Desarrollo integral Occidental
Reírendado La Mlnisba de Estado para la Reg16n Estratégica de Desarrollo integral Los Llanos &S.)
NANCY EVARISTA PEREZ SIERRA Refrendado La Mlnistm de Estado para la Regi6n Estratégica de Desarrollo integral Oriental (LS.)
MARIA PILAR H E R ~ D Q DOM~GUQ
Refrendado I
El Ministro de Estado para la Región Estratégica de Desamllo Integral Guayana (LS.1
CARLOS ALBERT3 OSORIO ZAMBRANO
Refrendado La Mlnisba de Estado para la Regi6n Esbtégica de Desarrollo Integral de la Zona Marítima y Espacios Insulares (L.S.)
MARLENE YADIRA CÓRDOVA DE PIORUZZi
Refrendado El Ministro de Estado para la Región Estratégica de Desamllo Integral Los Andes (L.S.)
CELSO ENRIQUE CANELONES GUEVARA
Decreto No 593 19 de noviembre de 2013
NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República
Con ,el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcci6n del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los principios humanistas y en las condidones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el numeral 11 del arb'cuio 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y el numeral 4 del articulo 84 del Redamento No 1 de la Ley
Orgánica de la Admlnisbadón Financiera del Secbw Público, sobre el Sistema Presupuestario, en Consejo de Ministros.
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT Vbpre$Mem Ejacutivode hR@bllca
PordelegadóndelPreddentedebRepdblicaNkblás~w,Moros, según Decreto No 9.402 de fecha 11 de mara, de 20l3, Publicada en ia Gaceta ORdal de ia RepCiMlca Bolhrarlana de Venezuela No 40.126
de fecha 11 de marzo de 2013.
DECRETA
Artículo lo. Un Traspaso de Cdditos Resupuestarios de una Acdón EspcRica a otra de distintos Royectw, Superior d 20% por la cantidad de -UN MiUONES DE BOÚVARES CON 00/100 (Bs. 21.000.000#0) d presupuesto de gastos vigente del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, cuya imputadón presupuestaria es la siguiente: 1 WLWLmRIO DEL PODER P o r U U R PARA U SUD Dc: Rgdo: 54016OOW -Fa&ddmluib da k.
mhoipit ikibrw npps. pur - .tm16i a lw ucuulor -k - oporhuu Y d. cdldd-
W6i EsPagip: S4úl60001 'Ahnd6n hk@ m a*d gacid - LY rebmadh
c w m a b s @)eicaaa>a brllaw+hkddMPPs.
M 4.03 5avkbsmpasumW Inprcror-
Sub-Partrik -, Espcñg~
99.01.00 "WDS semidcs m pasoM*5.
Royib<E 540157000 Tomuildd wgui y VI&
Wbn w - Y10157C02 'Apoyo 1- i br savldrrr espeda~a iakdmawy afuahRs*mbd& - & & y --& brpa-m-la &n&n a pmdenm om cmmames-.
4.03 ~ m p c s o n a d
sub.paitida InsrrsosúQiarios
-, -4: 99.01.üü YI<íOIswvidmrn p u s o d d
t
A&IIIO 2O. Los Ministerib del Poder Popular de Finanzas y para la Salud, quedan encargados de la ejecudón del presente Decreto.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece. Años 203O de la Independenda, 154O de la Federaaón y 14' de la Revduaón Bolivariana.
Ejecútese, (L.S.)
El Mlnlslm del Poder Popular del üespacho de la Presidencia y Segulrniento de la Gestión de Goblerno (LS.)
W E R OMAR BARRIENTDS RRNANDEZ Refrendado
, El Mlnistro del Poder Popular para las Reladones Interiores, Justicia Y Paz (L.S.)
MIGUEL EDUARW RODR~GUEZ TORRES
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Refrendado El Minlstro del Poder Popular para Relaciones Exteriores &S.)
ELIA~ JAUA MILANO
Refrendado El Mlnlstro del Poder Popular de Planificación (L.S.)
JORGE GIORDANI
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Finanzas (L.S.)
NEWN JGSÉ MERENIES D~AZ
Refrendado La Minlstra del Poder Popular pata la Defensa (L.S.)
CARMEN TERESA MELÉNDEZ WAS
Refrendado El Minlstro del Poder Popular para el Comercio (L.S.)
ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA
Refrendado El Minisbo del Poder Popular para Industrias (L.S.)
RICARDO J G S ~ MENÉNDEZ PRIETO
Refrendado El Mlnistro del Poder Popular para el Turismo (LS.1
ANDRÉS GUILLERMO IZARRA
Refrendado El Minlsbo del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (L.S.)
Refrendado EL Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria (L.S.)
YVÁN EDUARDO GIL PINTO
PEDRO ENRIQUE CALZADILLA
Refrendado La Mlnlstra del Poder Popular para la Educación (L.S.)
MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Salud , (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (L.S.)
Refrendado El Mlnlstro del Poder Popular para Transporte Terrestre (L.S.)
Refrendado EL Mlnlstro del Poder Pupular para Transporte Acuático y Aéreo (L.S.)
Refrendado El Mlnlstro del Poder Popular para Vlvlenda y Hábitat (L.S.)
Refrendado El Minlsbo del Poder Popular de Petróleo y Minería (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ambiente (L.S.)
FRANCISCO ALEJANDRO ARMADA PÉW
MAR^ CRICIINA IGLESIAS
HAlMAN EL TROUDI DOUWARA
RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA
RAFAEL DARf0 RAM~REZ CARRERO
MIGUEL LEONARDO RODRICUEZ
Refrendado El Mini- del Poder PopPar para Cienda, TecndogÉ e Innovación (L.S.)
MANUEL ANGEL FERNANDR M&NDQ
Refrendado La Mlnlsba del Poder PopJar para la Comunicación y la Irdamaddn (L.S.)
DELO ELOINA RODR~GUEZ G ~ M Q
Refrendado El Ministro del Poder PopJar para las Comunas y los Mov'iMentos Soclales (L.S.)
REINALEO ANTONIO ~RRIZA L ~ P E Z
Refrendado Ei Minlsbo del Poder Popibr para la Alimentación (L.S.)
F~UX R A M ~ N OSORIO G U Z ~
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (L.S.)
FIDEL ERNESTO B A R B A ~ O HERNÁNDEZ
Refrendado La Minisba del Poder Popular para el Deporte (L.S.)
ALEJANDRA B E N ~ ROMERO
Refrendado La Mini* del Poder PopJar para los Pueblos Indígenas (L.S.)
ALOHA JOSELYN NÚÑR GUTIÉRREZ
Refrendado La Minlstra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L.S.)
ANDRE~NA TARAZ~N BO~~VAR
Refrendado El Ministro del Poder Popular Para la Energía Elécbíca (L.S.)
JESSE ALONSO C H A C ~ N ESCAMIUO
Refrendado EL Ministro del Poder Popular Data la Juventud (L.s.)
HÉCTOR VICENTE RODR~GUE G W R O Refrendado La Minlsba del Poder Popular para el SeMcio Penitenciario (L.S.)
Refrendado El Minlstro de Estado para la Banca Pública (L.S.)
RODOLKI CLEMENTE MARCO TORRES
Refrendado El Ministro de Estado para la Transformación Revolucionaria de la Gran Caracas (L.S.)
Refrendado El Minisbo de Estado para la Regi6n Estratégica d e Desnol lo Integral Central (L.S.)
Refrendado La Minlstra de Estado para la Región Estratégica de Desrrollo Integral Ocddental (L.S.)
Refrendado La Mlnlstra de Estado para la Reglón Esbatégica de Desrrollo Integral Los Uanos (L.S.)
NANCY EVARISTA PEREZ SIERRA
Refrendado La Minisba de Estado para la Región Estratégica de Desarrollo Integral Oriental (L.S.)
MARU PILAR HERNANDEZ EOMÍNGUEZ
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Martes 19 de noviembre de 2013 GACETAOFICIAL DE L A R E P ~ B L I C A B O L I V ~ A D E VENEZUELA 407.081
Refrendado El Mlnlsbo de Estado para ' la Reg16n Watéglca de Desarrollo Integral Guayana ~L.S.)
CARLOS ALBERTO OSONO ZAMBRANO
Refrendado La Mlnlstra de Estado para la Regi6n Esttatéglca de Desarrollo Integegrd de la Zona Marítlma v Es~aclos Insulares (L.s:)
MARLENE YADIRA C~RDOVA DE PIERUm
Refrendado El Mlnlstro de Estado para la Regi6n Esbateglca de Desarrollo Integral Los Andes (L.S.)
CELSO ENRIQUE CANüDNES GUEVARA
Decreto No 594 19 de noviembre de 2013
NICOL& MADURO MOROS Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 236 y 314 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en lo artículos 52 de la Ley Orgánica de la Administración Financi d ra del Sector Público y 3O de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT Vicepresidente Ejecutivo de la República
Por delegación del Presidente de la República Nicolás Maduro Moros, según Decreto No 9.402 de fecha 11 de marzo de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.126
de fecha 11 de marzo de 2013.
DECRETA
Artículo lo. Se acuerda un Crédito Adicional por la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y OCHO BOLIVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 267.248.048,50), al presupuesto de gastos vigente del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA iJS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ, para ser transferidos a la Gobernación del Estado Aragua, de acuerdo con la siguiente imputación presupuestaria.
MINISiERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ Ba 267.248.048,50
Proyecto: 260035000 "Transferencias pata Hnandar los Prpgtamas y Pmyeáos de Entidades Federales y Munldpbs' 267348'.048,50
kibf'artldar -, - Y Sub-Espea'nca 03.03.08 Ttanslerenda & mpltal al
Poder Estadal' 267.248.048,50 EYWX) EsgdoAragua 267.248.048,w)
Artículo 2*. Los Minishw del Poder Popular de Finanzas y del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, quedan encargados de la ejecución del presente'Decrep.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece. Años '203O de la Independencia, 154O de la Federación y 14' de la Revolución Bolivariana.
Refrendado a Minisbo del Poder Popular del Despacho de la Presidenda y Seguimiento de la Gestih de Goblerno (LS.1
WILMER OMAR BARRIEMOC RRNANDEZ
Reírendado El Minisbo del Poder Popular para las Reladones Interiores, Justiaa y Paz (L.S.)
MIGUEL EDUARDO RODR~GUEL TORRES
Refrendado O Ministro del Poder Powlar wra Reladones Exteriores (CS.) .
ELfA!S JAUA MILANO
Refrendado .fl Ministro del Poder Popular de Planlficad6n (LS.1
JORGE GIORDANI
Refrendado 1
El Minlsbo del Poder Popular de Finanzas (LS.1 1
N E W N JOSÉ MEREECTES DhZ
Refrendado La Min'Wa del Poder Popular oara la Defensa
Refrendado El Min1stj-o del,Poder Popular pata el Comercio (LS.1
ALUANDRO ANTONIO REMiNG CABRERA - '
Refrendado El Ministro del Poder Popular pata Industrias
I (L.S.) RICARDO msÉ MENENDR P R I ~
I Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Turismo (L.S.)
Refrendado A N D R ~ GUIUERMO IZARRA GARCÍA
U Mlnlstro del Poder Popular para la Agricu ra y Tierras (LS.1 Y WÁN EDUAR~O GIL PINTO
Refrendado EL Minisba del Poder Popular pata la Educaddn Universitaria &s.) PEDRO ENRIQUE W I W
Refrendado La Mlnlsba del Poder Popular para la Educao6n &S.)
MARYANN DEL CARMEN HAN.
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407.082 GACETA OFICIALDE LA REPÚBLICABOLIVARIANADE Martes 19 de noviembre de 2013
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Salud (L.S.)
FRANCISCO ALEJANDRO ARMADA PÉREZ
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (LS.)
MAR^ CRETINA IGLESIAS
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte Terrestre (L.S.)
HAIMAN EL TROYDI DOUWARA
Refrendado EL Ministro del Poder Popular para Transporte Acuático y Aéreo (L.S.)
HEBERT JOSUE GARCÍA PLAZA
Refrendado Ei Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat (L.S.)
RICARDO ANTONIO MOUNA PENALOZA Refrendado El Ministro del Poder Popular de Petróleo v Minería
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ambiente (L.S.)
MIGUEL LEONARDO RODRIGUR
Refrendado . El Ministro del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Innovación (L.S.)
M ~ E L ÁNGEL FERN~DEZ MEGNDEZ
Refrendado .La Minisba del Poder Popular para la Comunicación y la Información (L.S.)
DELO ELOINA RODRÍGUEZ G ~ M R
Refrendado El Mlnlstro del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Alimentación (L.S.)
FELIX RAMÓN OSORIO GUZMÁN
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (L.S.)
FIDEL E R N ~ O BAWO HERNÁNDEZ
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Deporte (L.S.)
ALEJANDRA BEN~TEZ ROMERO
Refrendado La Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)
ALOHA JOSELYN NUNEZ GUI-IERRR
Refrendado La Minisba del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular Para la Energía Eléctrica (L.S.)
JESSE ALONSO CHACÓN ESCAMIUO
Refrendado EL Ministro del Poder Popular para la Juventud (L.S.)
Refrendado La Minisba del Rder Papear p a r a e l S e N i e D ~
Refrendado fl Ministro de EIado paa la Banca Públ'm (LS.1
RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
Refrendado El Ministro de E4ado paca la T r a n s f o m d R s d x i o n a r i a de la Gmn Cariiras (L.S.)
Refrendado El M i i s t m d e B ü h p a a la R g i ó n deZRsrr0l lo Integral Cenbd (LS.1
Refrendado La Mini.stra de btadn paa la Región deLLsarroll0 integral Occidertil &S.)
Refrendado La Min isbadebtadnpaa. la Región Esbdbágca cie EkEYn>llo Integral Los Llam &S.)
NANO FARISTA PERR SIERRA
Refrendado La Minisba de EIado paa la R e g i h Est&gim de Lksarmllo Integral Orientd (L.S.)
MARJA PILAR HE-DR WM~NGUR
~efrendado El Minisbo de paa la Región Esbaeegica d e D s m o l l o integml Guayao (LS.1
CARLOS ALBERTO OSORIO ZAMBRANO
Refrendado La Minisba de Büh paa la Región Bmléajm d e D e w o l l o Integral de la Zw Mar'diina y Espacios Insdms &S.)
MARLENE YADIRA CÓRDOVA M PIERUZii
Refrendado El Ministro de EIado pnn Rggión Erbatés'ca deDeSn0lb-l Los Andes &S.)
CELSO ENRIQUE CANELONES GiJEVARA
19 de noviembre de 2013
IYgX#AS MADURO MOROS M e n t e de la República
Con el supremo ampromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia @&a y d i d a d revduaonaria en la consbuco'ón del socialismo y el eqmndecimiento del País, basado en los principios hiimank4as y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por M a t o del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que le mf iere el numeral 13 del articulo 236 y 314 de la Consfhsdón de la República Bolivariana de Venezuela, & cordümidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y de las Disposiciones Generales de la Ley de
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Martes 19 de noviembre de 2013 ~ ~ ~ D E ~ ~ L I c A B o ~ ~ ~ ~ 407.083
Presupuesto vigente, y previa autorizaaón u m d i d a por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
JORGE ALBERTO ARREAZA MO-T - - ~
icep presidente kjecutividela Repúbka Por deleaación del Presidente de la República d ~ a d u n , Moros, según ~Gcreto No 9.402 de fecha 11 dé marzo de2013, Publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolhmriana de WnezWa No 40.126
de fecha 11 de marzo de 20lX
DECRETA
Artículo lo. Se acuerda un Crédito Adiaonai mr la cantidad de
6.888.006,81), al Presupuesto de Gastos vigente del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSiICIA Y PAZ, de acuerdo con la siguiente imputación presupuestaria:
HINiSi€RIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSnCiA Y PAZ 6s. 6.888.W6,81 Proyacm 260035000 Y r a n s f e ~ d a s pan nrundar
los programas y proyados de Eniidades Fedanleí y . H u n l d o i d 6.886.006,81
Acdón espcdflca: 260035001 'Transferendas para finandar
los programas y proyectos de . EnUdades Federal& 6.888.006,Sl Partida: 4.07 'Transferendas y d o n a d w - 5.888.006.81
(Obas fuentes) Sub-Paroda Genérica, Específka y Sub Espw'fm: 03.03.08 "Transferencias de c a m l al Poder
Estadal" 6.@88.W6,81 ESSOO Estado Barinas . 6.888.mñ.81
A r t i c u l o 2 O . Los Ministros del Poder Popular de FiMrIZaS y del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, quedan encargados d e la ejecución del presente Decreto.
Dado e n Caracas, a los diecinueve días del mes d e noviembre d e dos mil trece. Aiios 203O de la Independencia, lYiO de b Feder ción y 14O d e la Revolución Bolivariana. 7 Ejecútese, .
Refrendado El Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidenaa y Seguimiento de la Gestl6n de Gobierno (L.S.)
WILMER OMAR BARRIElYrOS
Refrendado El Ministro del Poder Popular para las Reladones Interiores, Justlda y Paz (LS.1
MKUEL EWARDO R O ~ G I R ~ R R B
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (L.S.)
Refrendado El Mlnistro del Poder Popular de Planificación (L.S.)
JORGE
Refrendado O Mlnisbo del Poder Popilar de finanzas
Refrendado La Minisba del Poder Popular para la Defensa ~LS.)
'URMEN TERESA MRÉNDR RiVS
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Comercio (LS.1
ALEJANDRO AKTONIO FLEMING CABRERA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Indusbias (L.S.)
RICARDO JOSÉ MEN~NDEZ PRIETO
Refrendado El Mlnistro del Poder Popular para el Turismo (L.S.)
ANDRÉS GUIUERMO VARRA GAR&
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (L.S.)
Refrendado EL Min'ktro del Poder Popular para la Educación Universitaria (L.S.)
PEDRO ENRIQUE ULZADILLA
Refrendado La Minisba del Poder Popular para la Educación (L.S.)
MARYANN DEL URMEN HANSON FLORES
Refrendado El Minisbo del Poder Popular para la Salud (L.S.)
FRANCISCO ALEJANDRO ARMADA FÉREZ
Refrendado La Minisba del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte Terrestre (L.S.)
Refrendado EL Ministro del Poder Popular para Transporte Acuático y Aéreo (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Vlvienda y Hábitat (LS.)
M A ~ CRImNA IGLESIAS
HAIMAN EL TROUDI DOLJ'NARA
HEBERT JOSUE GAR& PLAZA
Refrendado E[ Mlnistro del Poder Popular I de Pebóleo y Minería (L.S.) \
RAFAEL DAR~O RAM~RQ CARREÑO
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ambiente (LS.)
MIGUEL LEONARDO RODRIGUEZ
Refrendado El M l n m del Poder Popular para Cienda, Tecnologla e Innovad6n (LS.1 MANUEL ÁNGEL FERANDEZ MRÉNDEZ
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Comunicación y la Información (L.S.)
DELO' ELOINA RODR~GUR G ~ M Q
Refrendado U Mini*o del Poder Popular para ,
las Comunas y los Mowmientos SoOales (L.S.)
R E I W ANTONIO llURRIZA L~PEZ
Refrwidsdo El Minisbo del Poder Popular para la Alimentación
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. J-0
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407.084 GACETAOFICIALDE LAREPÚBLICABOLIVARIANADE VENEZUELA Martes 19 de noviembre de 2013
Refrendado El Mlnlsbo del Poder Popular para la Cultura (LS.1
FIDEL ERNESTO BAREAfüTO HERNANDEZ
Refrendado La Mlnisba del Poder Popular para el Deporte (L.S.)
Refrendado La Mlnistm del Poder Popular para los Pueblos Indiaenas (L.S.)
ALOHA IOSELYN NÚÑR GUTI~RREZ
Refrendado La Mlnlstra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L.S.)
ANDRE~NATARAZ~N B O ~ A R
Refrendado El Mlnistro del Poder Popular Para la Energía Eléctrica (LS.1
JESSE ALONCO CHAC~N ESWrlIUO
Refrendado EL Minlsbo del Poder Popular para la Juventud (L.S.)
Refrendado La Mlnlstra del Poder Popular para el Servido Penitenciario (L.S.)
Refrendado El Ministro de Estado para la Banca Pública (L.S.)
RODOLH) CLEMENTE MARCO TORRES
Refrendado El Ministro de Estado para la Transformación Revolucionaria de la Gran Caracas (L.S.)
FRANCISCO DE ASIS SESTO NOVAS
Refrendado El Ministro de Estado para la Región Estratégica de Desarrollo Integral Central (L.S.)
Refrendado La Ministra de Estado para la Reglón Estratégica de Desarrollo Integral Occidental (L.S.)
ISIS TAiíANA OCHOA CAÑIZALU
Refrendado La Minlsba de Estado para la Reg16n Estratbica de Desarrollo Integral Los Uanos (L.S.)
NANCY EVARISA PERU SIERRA
Refrendado La Ministra de Estado para la Región Estratégica de Desarrollo Integral Oriental (L.S.)
MAiUA PILAR HERNANDU COMÍNGUEZ
Refrendado El Minisbo de Estado para la Reg16n Estratégica de Desarrollo Integral Guayana (L.S.)
CARLOS ALBERTO OCORIO ZAMERANO
Refrendado i
La Mlnlstra de Estado para la Región Estratégica de Desarrollo Integral de la Zona Maritima y Espacios Insulares (L.S.)
MARLENE YADIRA CORCOVA DE PIE?UUI
Refrendado El Minlstro de Estado para la Región Esbatbglca de Desarrollo Integral Los Andes (L.S.)
CELSO ENRIQUE CANELONES GUNARA
Decreto No 596 19 de noviembre de 2013 \
NICOLAS MADURO MOROS Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y el engrandecimiento del Pais, basado en los principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las
I atribuciones que le confiere el numeral 13 del attículo 236 y 314 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en los attículos 52 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público y 3 O de las Disposiciones Generales de la Ley de I Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
JORGE ALBERTO ARREAZA YONTSERRAT Vicepresidente Ejecutivo de la República
Por delegación del hesldente de la Rep6blica Nlglás Maduro Moros, según Decreto No 9.402 de fecha 11 de marzo de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.126
de fecha 11 de marzo de 2013. L
DECRETA
Artículo lo. Se acuerda un Crédito Adicional por la cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISUEMOS DIECISIETE BOLIVARES CON , 70/100 (Bs. 434.934.617,70), al presupuesto de gastos vigente del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ deacuerdo a la siguiente imputación presupuestaria:
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ B. 434.934.6l7,70 Acdón Centralizada: 2600020W "Gestión adrnlnlrtratlva" 118.467574,70
Acdón Espedflca: 260002001 'Apoyo lnstltudonal a las
acdones especiflcu de los . pmyactor del orginlmo' 9&16751*m
Partida: 4.02 "Materiales, surnlnistrol Y ; mercandas. 1(i.889.216.70 Obar Fuentes
Sub-Parüdas Gen6rkas, Espec~8cas y SubGpeáffcas: 01.01.00 "Alimentos y bebldas para persom5' L176.?2l,rn
02.05.00 "Piedra. ardlb. arena v tlm' 2W.000,w . . . Textiles' "Prendas de vesil? "Cauchos y tripas para vehlailos' m
'Pulpa de madera, papel y cart6n' m
"~roductos de papel y caitón para oiiclna" "Ubms, revisias y perlódlws' Tntas, plnturas y o~lorantes" "Combustibles y lubrlcanter" 'Productos plásticos" 'Vldrios y pmductos de vldrlo' "temento, cal y yeso" '~roductos primarios de hlem y acem" "Hemmientas menores, c w h i i T Y artículos generak de femeteda' "Repuestos y accesorios para equipos de transporte" "Repuestos y aoceMrlos para ObUS
m 1puiP0S" Productos primarios de'madera'
"Muebles y accesorios de madera para edificadones' "Materiales y úüles de limpieza y aseo" "Utensilios de &M y comedor. " "Útiles de exrliwlo, oRdna y materiales de imtnicdbn" 'Condecoradones, ofrendas Y similares"
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407.086 GACETA OFICIAL DE LA REP~BLICA BOLIV-ADE VENEZUELA . Martes 19 de noviembre de 2013 . 15.01.00 dc I m m y EsvldQs m
aduanmn. amm,w 18.01.00 IrnpRsto al Mbr aqegaW 18.3S.666,OO 19.01.00 'Comlílona pa Klvlcbs para cumplir m
a~i105bmcRdOS5Odr~*l. 2B3t985,W
kmda - 4.04 'Activos realesm Otras Fuentes
Roycdo: 2601310QO 'Difundir 1.r dlracbiaii qw norman d nuno modelo p d i b l y su srtandarbd6n a nivel MdoMI.
Partlda: 4.02 "Matetiales, sumlnicbw rnenanáas~ Y . Obas Fuentes
Sub-Faitldas -, EspecWEasy á&Bp&Ws: 01.01.00 'Alimentos y bebidas para persnd m
03.01.00 'Textiles'
06.05.~ 'S- de ~ M n a defondmy dememsleiia' 47.M0,w
07.02.09 'Imprenta y wroduaidnn 820.000,W 09.01.00 'Vláticos y pasajes dentro del paisis m W.000,W 10.07.00 'servidos de Y m
adlemarnienm' 2%.000,W 11.02.00 'ConsemciÓn Y r e P a m
menores de equipos de tranrpaDe, ~ y e ~ 479.059,W
i5'02'00 7- y dereChOl.digaMd 11L000,W 15.99.00 'm servidos fkak 18.000,~' 18.01.00 Impuesto al vabr aBRgado' 395.n1,W 99.01.00 *m se~~ldos m p e m * 5 ' 476.000.00
p r o y m 269999000 'm y W flnandar los R o y a de OS
m Entes DescmtnIlzados' Uea49.9S9po
AcdÓn Espdtla: 269999006 ' A p o w y Tnnr(arrndu pln
flnandar los Pmwctos dd Ente Suvldo Admlnlsüaüvo de Identiflcadón, Mlgndón Y urbrnjda (Wt4EY 114.22Q.756,W
Sut-PafUdas -, 'Transferendas Omknie5 a en&
dessentrallrae sln Rner m
114.220.756.W A1342 'servkb AdminbbatWo dc
Identificacün, Mlgradón y Exban- (SUME)' 114.220.756,W
Aal6n Especifica: 269999009 'Aportes y T n d e m d u pln
Flnandar los PmyacbDI del Ente Fundadón Gran Mir16n a Toda Vlda Venuueia' i5.€293m,00
pattid.: 4.07 cinnñerendas y donadoner' Otras Fuentes
-2s: 01.03.02 Transiemxias conientes a entes descentral* sln Rnes e r n m r i a k 24.629203,W
A0270 'FuFuia&n Gnn Mkl6n a Toda Vlda . m
Venezuela' 24.629203.00
Aiticulo 2% Los Ministros del Poder Popular de ñnanzas y del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Jusüda y Paz, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece. Años 20i0 de la Independencia, 1 5 4 O de la Federación y 14' de la Revolución Bolivariana.
Rehendado Ei MI~IsIJIJ del Poder Popular del Despacho de la Residenda y Seguimiento de la Gesüón de Gobierno (U.)
WILMER OMAR BARRIENTOS RRNANDEZ
Rehendado E Cünlsbo del Poder Popular para ks Reladones Interiores, Justicia y Paz (LS.1
MIGUEL EDUARDO RODR~GUR TORRES Refrendado ErnlsbodelPoder Popular para Relaciones Exteriores ('-S.)
ELfA!5' JAUA MILANO
Refrendado O MI- del Poder Popular de ñaniffcad6n (U.)
Rekmdado 8 MWstm del Poder Popular de Finanzas (LS.1
JORGE CIORDANI
NEWN 10~6 MWNTES D~AZ
Rehendado La Mlnlsba del Poder Powlar
CARMEN TERESA M ~ N D E Z RNAS
Refrendado El Mlnlstro del Poder Popular pata eiComerd0 (U.)
ALUANDRO ANiONIO REMINC CABRWA
Rehendado B Mlnlsbo del Poder Popular pata
' Indushs (U.)
Remndado O Minlstro del Poder Popular pata el Turismo &S.)
ANDR$ GUIUERMO IZARRA G A R ~ A
Refmdado El Mi- del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (LS.1
ildk&do EL Mlnkbu del Poder Popular pata la Educad611 Un)veiJltaria &S.)
PEDRO ENRIQUE CWADILLA
Refrendado La Minisira del Poder Popular pata la Educad6n (L.S.)
WYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
Refrendado El Mln- del Poder Popular para la Salud (U.)
w a s c o ALEJANDRO ARMADA PÉREZ
Refrendado La Minlsba del Poder Popular para ei Traba& y Seguridad Social &S.)
Refrendado El Min- del Poder Popular pata Transporte Tenerbe &S.)
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(U.)' H B B E R T X ~ U E ~ P L A U
Rehadado E ~n lso W Poder Popdar Para VMarda y Hábitat (U.)
RICARDOAMDNIOMWNA-
Rehnda& E ~inkbo del Poder Popular p r a d knbiente (S.)
MIGüEi UONARDO RelrenPWo E Hinkbodel Poder Popular para Ciencia, Tecnokqb e innovación (LS.)
MANUEL ANGEL FERNhNw m Rehu&do La Mlnlsba del Poder Popular para la Canunlcadón y la Infom>adón (a)
D n c v WINA RoDRfRR ObClP Rehendado U MWsbo W Poder Popular para hr Canunas Y Im Mwlrnlentos Sodales
Rehendbdo E Mlnkbo del Poder Popular para b Aiimentad6n
Rehendado U t4lrdstm del Poder Popular para la Cultura (LS.)
ADEL ERNESrO BARBAWFO H ~ D R , Refrendado La MinIstra del Poder Popular para el Oepwte (L.S.)
ALEJANDRA mim ROMERO
Refrendado La Minlstra del Poder Popular p a n los FueMm Indigenas (L.S.)
Refrendado . La Ministra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L.S.)
ANDRE~NA TARAZ~N B O ~ A R
Refrendado U Minlsbo del Poder Popular Para la Energía Elécbica (L.S.)
JESSE ALONSO &N ESC4MiU.O
Refrendado EL Minlsbo del Poder Popular para la Juventud (L.S.)
HECTOR VICENTE RODR~UR CASTRO
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenclarlo (L.S.)
Refrendado El Mlnlstro de Estado para la Banca Piibllca (L.S.)
Rehendado El Mlnlstro de Estado para la Transforrnacl6n Rcvoluclonaria de la Gran Caracas (L.S.)
Refrendado El Mlnlstro dc Estado para la Reg16n Estrategica de Desarrollo Integral Central (L.S.)
MAR^ IRIS VAREiA RANGEL
RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
FRANCISCO DE ASIS SESTO NWAá
LUIS ALFREDO MOTTA DOM~NWEZ
Rárrndsdo ~ ~ ~ n i ~ b o d e ~ c l a d o p a r o 1 a & 6 n bhatégkadeDesrrolloIntegral LosAnds &S.)
W ENRIQUE CANELONES GüOlARA
19 de noviembre de 2013
NICO& MADURO MOROS Presidente de ia República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la 'mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la consbudón del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo y. en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del arb'culo 236 y 314 de la Constitución de la' República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52. de la Ley Orgánica de Administración Financiera del m r Público y 3O de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT Vicepresidente Ejecutivo de la República
Por delegación del Presidente de la República Nicolás Maduro Mom, según Decreto No 9.402 de fecha 11 de marro de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivarlana de Venezuela No 40.126
de fecha 11 de marzo de 2013.
DECRETA
Articulo lo. Se acuerda un Crédito Adicional por la cantidad de QUINCE MILLONES DE BOUVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 15.000.000,00), al presupuesto de gastos vigente del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA U DEFENSA, de acuerdo a la siguiente imputación presupuestaria:
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MINISERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA ES. 15.000.000,OO
Proyecto: 089999000 m Apoites y Tranrkrendas p a n Financiar los Proyectos de los Entes Descentralizados ' 15.000.000.00
Acd in Específica: 089999016 'Apoites y Tranderendas p a n
Financiar los Proyectas del Ente Empresa Milltar de Tnnsporte de la FANB, S.A. (EMILTRA. S.A.). 15.000.000,00
Partida: 4.07 .Tranderendas y donaclones' Otras Fuentes
15.000.000.00
Subpartidas Genéricas, ~speu'flcas y Sub- ~ ~ f i c a s : 01.03.07 " Transferencias corrientes a entes
descentraliados con fines empwarlales nopebokrm ' 15.WO.000,OO
A0526 "Empresa Mllitar de Transporte de la Fuerza Armada Nacional BolivaMna, S.A. (EMILTRA, S.A.)" 15.000.0W,OO
Artículo 2O. Los Ministros del Poder Popular de Finanzas y del Poder Popular para l a Defensa, quedan encargados de la ejecuúón del presente Decreto.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece. Años 203O de la Independencia, 1 5 4 O de l a Federación y 14" de la Revolución Bolivariana.
Refrendado El Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno (L.S.)
WILMER OMAR BARRIENTOS FERNANDU Refrendado El Ministro del Poder Popular para las Relaciones Intenores, Justicia y Paz (L.S.)
MIGUEL EDUARDO RODRÍGUEZ TORRES
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planificación &S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Finanzas (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Defensa (L5.)
E& JAUA MILANO
JORGE GIORDANI
NELSON 10SÉ MERENlES D~AZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Comercio (L.S.)
ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Industrias (L.S.)
RICARDO JOSÉ MENENDEZ PRIETO
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Turismo (L.S.)
ANDRÉS GUIUERMO IZARRA GARC~A
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (L.S.)
Refrendado EL Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria (L.S.)
PEDRO ENRIQUE ~ L Z A D I L L A
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educación (LS.1
MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Salud (L.S.)
FRANCISCO ALEJANDRO ARMADA PÉW
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (L.S.)
MAIÚA CRImNA IGLESIAS
Refrendado El Ministro del Poder Po~u lar Dara . . Transporte Terrestre (L.S.)
. . HAIMAN EL TROUDI DOUWARA
Refrendado EL Ministro del Poder Popular para Transporte Acuático y Aéreo (L.S.)
HEBERT JOSUE GARÚA PLAZA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat (L.S.)
RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Petróleo y Mineria (L.S.)
RAFAEL DARÍO RAMÍREZ CARREÑO
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ambiente (L.S.1 ,
MIGUEL LEONARDO RODRIGUEZ
Refrendado El Ministro del Pode! Popular para Ciencia, Tecnología e Innovación (L.S.)
MANUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ MELÉNDEZ
Refrendado La Minisba del Poder Popular para la Comunicación y la Información (L.S.)
DELCY ELOINA RODR~GUQ GÓMR
Refrendado El Ministm del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales (L.S.)
REINALDO ANTONIO rrURRIZA LÓPEZ
Refrendado El Ministm del Poder Popular para la Alimentación (L.S.)
FÉUX RAMÓN OSORIO GUZMÁN
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (L.S.)
FIDEL ERNESTO BARBARITO HERNÁNDEZ
Refrendado La Minisba del Poder Popular para el Deporte (L.S.)
Refrendado La Minisba del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)
ALOHA JOSELYN NÚÑU G ~ É R R Q
Refrendado La Minisba del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular Para la Energía O é c b i ~ (L.S.)
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Martes 19 de noviembre de 2013 GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANADE VENEZUELA 407.089
Refrendado EL Mlnlstro dei Poder Popilar mra la Juventud
Rehendado 1 ~a M~nkwa del poder Popubr para el ~ d 0 P e n l W r i O +S.)
MAR~A IRIS V A R W RANGEL
Refrendado El Mlnlsho de Estado para la Banca Pública (LS.1
RODOLK) UEMENTE WCO TORRES
Refrendado El Mlnkbu de Estado para la T r a m 6 n Revoludonaria de b Cran Caracas (LS.1
Refrendado Ei Mlnlsho de Mado para la Reg16n Esüatégica de Desarrollo IntegralCentnl . (L.S.) .
LUIS ALFREDO MOTTA DOM~NGLIEZ Refrendado La Minisba de Estado para la Regi6n Esbatégica de Desarrollo Integml Ocddental (LS.1
ISIS TATIANA C&ZAEZ
Refrendado La M i n h de Estado para la Regi6n Esbatégica de Desarrollo Integral Los Uanos I
(L.S.) NANO EVARlSTA RREZ SIERRA
Refrendado La Minisba de Estado para la Regl6n Esmtégica de Desarrollo Integral Orlental (LS.)
MARiA PILAR HERNANDEZ M)M~GUR
Refrendado El Ministro de Estado para la Regi6n Esmt6gica de Desarrollo Integral Guayana (LS.1
CARLOS ALBERTO OSORIO ZAMBRANO
Refrendado La Minlsba de Estado para la Regl6n Estratégica de Desamlio Integral de la Zona Marítima y Espaclos Insulares
Refrendado El Ministro de Estado para la Regi6n Estratégica de Desarrollo Integral, Los Andes (L.S.)
CELSO ENRIQUE CANELONES GUEVARA
Decreto N o 598 19 de noviembre de 2013
NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la Rppública
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del articulo 236 y 314 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
y 3 O de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT Vicepresidente Ejecutivo de la República
Por delegación del Presidente de la RepiSblica Nlcolás Maduro Moros, según Decreto No 9.402 de fecha 11 de marzo de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivafiana de Venezuela No 40.126
de fecha 11 de marzo de 2013.
DECRETA
Artículo lo. Se acuerda un Crédito Adicional por la canydad de CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES DE BOWARES (0s. 136.000.000,00), al presupuesto de gastos vigente de la VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBUCA, de acuerdo a la siguiente imputación presupuestaria.
Proyedo: 339999000 *Aportes y Transferendas para flnandar los ProyecbJs de los
m Entes esDesoenhaurados. 136.000mo0,OO
Acción kpeáflca: 339999011 "Aportes y Transferencias para Anandar los Pmyectw de b - torporadón de Desarrdb de b Cuenca del Rio Tuy 'FiandxD de Mlmnda: SA. (CORPOMIRANDA, SA.)' 136.000.000,W
Partida: 4.07 "'iransferendas y Donadones' (0- Fuentes) 136.000.000,00
Subpartidas Genérica.
entes descenttalhados con Rnes empresariales m pímief& 5o.000.Oo0,W
A0296 Corporacldn de Desamlb de b Cuenca del Rlo Tuy 'Fmr&co de Mlrandam, (CORPOMUIANDA, SA.) m W.W.W0,00
03.03.05 Tmnsíemdas de Capital a entes descentrallzadm mn nnes m
empresariales m petmlenx' 86.000.OM),~ A0296 Corporadn de Desamllo de la
Cuenca del Río Tuy "Frandxo de Miranda", S.A. (CORPOMIRANDA, S.A.) 86.000.000,00
Artículo ZO. El Vicepresidente Ejecutivo de la República y Ministro del Poder Popular d e Finanzas, quedan encargados de la ejecución de l presente Decreto.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece. Años 203' de la Independencia, 154O de la Federación y 1 4 O d e la Revolución Bolivarima.
Eiecútese.
Refrendado El Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno (L.S.)
WILMER OMAR BARRIENTOS FERNANDU
Refrendado El Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicla y Paz (L.S.)
MIGUEL EDUARDO RODR~GUEZ TORRES
Refrendado El Mlnisbo del Poder ~opuiar para Relaciones Exteriores (L.S.)
EL~A. JAUA MILANO
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407.090 GACETA OFICIAL DE LAREPÚBLICA BOLIVARIANADE VENEZWLA Martes 19 de noviembre de 2013
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planificaaón (L.S.)
JORGE GIORDANI .
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Finanzas (L.S.)
NEEON JOSÉ MERENI-ES D~AZ
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Defensa (L.S.)
CARMEN TERESA MELÉNDEZ RIVAS
Refrendado E! Ministro del Poder Popular para el Comercio (L.S.)
ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Industrias (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Turismo (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura y menas (L.S.)
Refrendado EL Ministro del Poder Popular para ¡a Educación Universitaria (L.S.)
ANDRÉS GUILLERMO IZARRA GARCÍA
wÁN EDUARDO GIL PINTO
PEDRO ENRIQUE CAIZADILLA
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educación (L.S.)
MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Salud (L.S.)
FRANCISCO ALEJANDRO ARMADA PÉREZ
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (L.S.)
MAFÚA CRISilNA IGLESIAS
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte Terrestre (L.S.)
HAIMAN EL TROUDI DOUWARA
Refrendado EL Ministro del Poder Popular para Transporte Acuático y Aéreo
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat (L.S.)
RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Petróleo y Minería (L.S.)
RAFAEL DAR~O RAM~REZ CARREÑO
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ambiente (L.S.)
MIGUEL LEONARDO RODRIGUEZ
Refrendado El Minlsko del Poder Popular para Cienaa, Tecnología e Innovaaón (L.S.)
MANUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ MEI~NDEZ
Refrendado La Ministra del Poder Po@% para la Comunicación y Oa Infomsaon (L.S.)
DELCY ELOINA RODR~GUR GÓMEZ
Refrendado . El Miniao del Pader m WG las Comunas v b5 Sociales (LS.1
REINALDO ANTONIO iiURRW LOPR
Refrendado El Ministro del Poder -para la Alimentación
Refrendado El Ministro del Poda Pcpuíar para la Cultura
Refrendado La Ministra del PPder POd=pam el Deporte (L.S.)
ALUANDRA BENfTEZ ROMERO
Refrendado La Ministra del Poder P W p a r a los Pueblos I n d h s t s (L.S.)
ALOHA IOSELYN NUÑR GUTI~RREZ
Refrendado La Ministra del R x k PqrBB para la MlrjerybI&dddeGénwo (L.S.)
ANDREÍNA TARAZ~N ~ 3 l . h ~ ~
Refrendado U Ministro del F q k Fwub Para la Energía BBdñca (L.S.)
IESSE ALONSO CHACÓN ESCAMIUO
Refrendado EL Ministro del FWb P- oara la Juvenhid (L.S.)
~ É c r o R m c ~ m RODRÍGUU m 0
Refrendado La Ministra del PopiPa . - para el Servicio (L.S.)
Refrendado El Ministro de para la Banca Pública (LS.1
RODOLFO NMENTE MARCO TORRES
Refrendado El Ministro de Esta& para- - la Transfomaam de la Gran Caracas (L.S.)
FRANCISCO DE ASIS CESTO NOVAS
Refrendado El Ministro de pata la Región Estmteqara de ~ l i o Intearal Central
Refrendado La Ministm de paa la Región de I k S d W d l O
Integral Ocadentd (LS.1
Refrendado La Ministra de EsúdD paa la Región EsbW de ZNzamllo Integral Los Liana (L.S.)
NANCY NARL5TA PEREZ SIERRA
Refrendado La Ministra de EstadD paa la Región de I k S I d 0 Integral Oriental (L.S.)
MARlA PILARHERNANDEZ DOM~NGUR
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Martes 19 de noviembre de 2013 GACETA OFICIAL DE LA REPUBLlCA BOLlVAKlANADE VENEZUELA 407.091
Refrendado El Ministro de Estado para la Región Estratégica de Desarrollo Integral Guayana (L.S.)
CARLOS ALBERTO OSOfüO ZAMBRANO
Refrendado La Ministra de Estado para la Región Estratégica de Desarrollo Integral de la Zona Marítima y Espacios Insulares (L.S.)
MARLENE YADIW CÓRDOVA DE PIERUZZI
Refrendado El Ministro de Estado para la Región Estratégica de Desarrollo Integral Los Andes (L.S.)
CELSO ENRIQUE CANELONES GUEVARA
Decreto No 599 19 de noviembre de 2013
NICOLAS MADURO MOROS Presidente de Ia Repbbláca
Con el supremo compromiso y volunbd de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 236 y 314 de la' Constitución de la República Bolivariona de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en los attkulos 52 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público y 3 O de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
JORGE ALBERTO ARREAZA KONTSERBAT Vicepresidente Ejecutivo de Ile Repbblica
Por delegación del Presidente de la República Nicolás Maduro Moros, según Decreto N O 9.402 de fecha 11 de marzo de 2013, Publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela NO 40.126
de fecha 11 de marzo de 2013.
DECRETA
Articulo lo. Se acuerda un crédito adicional por la cantidad de OCHO MILLONES TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO BOÚVAWES CON 361100 (Bs. 8.318.225,36), al Presupuesto de Gastos 2013 de la VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBUCA~ de acuerdo con la siguiente imputación presupuestaria:
VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Bs. 8.318.225,36
Acclón Específica: 330002001 "Apoyo institucional a las
aaciones espeáflcas d- los proyectos del organisr;!:" 8.318.225,36
Partlda: 4.03 'Servicios no penom!es" '8.318.225.36 - Oms fuentes
SubPafiidas Genéricas. Espeúflca; y Subespecífica: 04.04.00 Teléfonos" 1.400.000,00
10.99.00 "Otros midos ~ml&~?aics Y teailcos" ' 5.920.038.36
18.01.00 "Impuesto al valor ag- ' 998.187.00
Artículo 2O. El Vicepresidente Ejecutivo de la República y el Ministro del Poder Popular de Finanzas, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trecé. Años 203O de la Independencia, 154O de la Federación y 14" de la Revolución Bolivariana.
El Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno (L.S.)
WILMER OMAR BARRIENTOS FERNANDR
Refrendado El Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores,
, Justicia y Paz'
I (L.S.) MIGUEL EDUARDO RODR~GUU TORRES
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (L.S.)
ELkS JAUA MILANO
Refrendado . El Minimo del Poder Popular de Planificación (L.S.)
JORGE GIORDANI
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Finanzas
I (L.S.) NELSON JOSÉ MERENTES D&
I Refrendado La Ministra del Poder Popular Dara la Defensa (L.S.)
CARMEN TERESA MELÉNDE! RNAS
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Comercio (L.S.)
ALEJANDRO ANTONIO REMING CABRERA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Industrias (L.S.)
RICARDO JOSÉ MENÉNDEZ PRIETO .
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Turismo
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tíerras (L.S.)
Refrendado EL Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria (L.S.)
PEDRO ENRIQUE CALZADIUA
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educación (L.S.)
MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Salud (L.S.)
FRANUXO ALEJANDRO ARMADA PÉREZ
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Refrendado b Mlnlsba del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (L.S.)
L MARfA QUmNA IGLESW
~ehendado El Mlnlsbo del Poder Popular para Transpote TerreNe (L.S.)
Refrendado EL Mlnisbo del Poder Popular para ~ranspo& Acuático y Aéreo (L.s. j
HEBERT JOSUE C A R ~ PLAZA
1 Refrendado El MinlNo del Poder Popular para
.-- - Vivienda v Hábltat (L.S.)
. RICARDO ANTONIO MOUNA PERALOZA
Refrendado El Mlnlstro del Poder Popular de Petróleo y Mlnen'a (LS.)
RAFAEL DARf0 RAMfREZ C A R M 0
Refrendado El Mlnlsbo del Poder Popular para el Ambiente (Las.)
MIGUEL LEONARDO R O D W R
Refrendado El Mlnlstro del Poder Popular para Qenda, Tecnologla e Innovación (L.S.)
MANUEL ANGEL FERNANDQ MELÉNDEZ
Refrendado La Minlstra del Poder Popular para 'la Comunlcaclón y la Información (L.S.)
DELCY ELOINA RODR~GUR ~ M E Z
Refrendado El Mlnisbo del Poder Popular para las Comunas y los Movimlentos Sociales &.S.) -
R E I N A U ANTONIO iíüRRRA L ~ P R
Refrendado El Minlsbo del Poder Popular para la Alimentación (L.S.)
Refrendado El Mlnlstro del Poder Popular para la Cultura (L.S.)
FIDEL ERNESTO BARBAWTO HERNANDR
Refrendado La Minlstra del Poder Popular para el Deporte (L.S.)
ALUANDRA BEN~TEZ ROMERO
Refrendado La Ministra del Poder Popular para '- , ,
los Pueblos Indígenas
Refrendado La Minlstra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Genero (L.S.)
ANDREÍNA TARAZ~N BOL~VAR
Refrendado El Ministro del Poder Popular Para la Energía Eléctrica (L.S.)
JESSE ALONSO C H A C ~ N ESCAMILLO
Refrendado EL Minlstro del Poder Popular Dara la Juventud (L.S.)
~ É c r o ~ VICENTE RODR~GUEZ a m o
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servlcio Penitenciario (L.S.)
MAR~A IRIS VARELA RANGEL
Refrendado El Mlnlstro d e Estado para . la Banca Públlca (LS.1
RODOLFO a M E N r E MARCO TORRES
Refrendado El Minlstro de Estado para la Transformación Revolucionaria de la Gran Caracas (L.S.)
FRANCISCO DE ASiá SESM NOVAS
Refrendado El Mlnlsbo de Estado para la RegkJn Esttatéglca de Desarrollo l Integral h b a l (LS.1
LUIS ALFREüO MOTTA DOM~NGUEZ
Refrendado biMlnistta' de Estado para la Reglh Esbatéglca de Desarrollo Integral Ocddenbl (LS.1
Isls TATIANA OOlOA C A k C 4 E
Refrendado . La Mlnlsba de Estado para
la Reg16n Esbatéglca de Desarrollo I Integral Lw Llanos (LS.1
1 NANCY NARISTA PERR SIERRA
~efrendado b Minlsba de Estado para la Reglón Esbatéglca de Desarrollo Integral Oriental &S.)
MARIA PILAR HERNANDEZ DOM~NGUR
Refrendado El Mlnlsbo de Estado para !a Regi6n Estratégica de Desarrollo Integral Guayana &S.)
CARLOS ALBERTO OSORlO ZAMBRANO
Reliendsdo La M l n W de ñgdo pan la Reglón Esbat4gka de Derarmllo Integral de ia Zona Maritima y Espadas Insulanr (L.S.)
MARLENE YADIRA C~RMXIA DE PIERUA
Refrendado El Mlnlstro de Estado para la Regi6n Esbatéglca de Desarrollo Integral Los Andes (L.S.)
CELSO ENRiQUE CANELONS GUOlARn
REP~BUCA BOUVARIANA DE VENEZUELA VICEPRESIDENCIA DI LA REPCIBUCA .
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE AUDTTORÍA INTERNA AROS ZOZO Y 153O
Caracas, 2 5 0Cr 2013 No- 010/1013
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
.El Superintendente Naclonal de Audltoria Interna. en ejercicio de las ahibuciones conferidas en el artículo 143 de la Loy Orgánica de la Administración Financiera del Sedor
, Piiblim.
Que la Constitución de la Repubiica 3-livariana de Venezuela consagra en su artkuailo 141 que la Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y dudadanas y se fundamenta en los principios de hcfiestidad, participación. celeridad. eficacia. eficienda. transparencia, rendici6n de cuentñs y rssponsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al de!e:ho, por lo que en atención a los mismos. se hace necesario el diseno y adopción ds un 56DIGO DE ETICAY CONDUCTA'.
Considerando
Que la Asamblea General de la Crganizaci6n de las Naciones Unidas (ONU). apmbb el 'CMiao Internacional de Conduct;; oaca los titulares de Cargos POblicos', y recomendó a los ~sta&s Miembros que se gu.an , c 61 %n su lucha contra l&mpc16n. es deu'r que sirva de modelo para el diseno y adopción d., t i 8 "c~DIGO DE ETICAY CONDUCTA'.
Considerando
Que la adopd6n de un Código de &c.? y Conducta tiene por objeto crear una sihrad6n de elevada moral y poner en práctica ü;r conjunto de medidas encaminadas a Incrementar b sensibilidad del personal ante los i.iuUadanos. mediante el establecimlenlo de aiierios que penitan anteponer los principios Clicos al logro de lucro y a los interese3 personales. as1 como el fortalecimiento del contrcl irltenio .
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DECIDE
I f ) Los servidores públicos no deben por ningún concepto acortar el tiempo de trabajo en vlsperas de festividades o fines de semana. Tampoco se tolerará la
UNICO: Aprobar el "C6digo de Ética y Conducta de los $ewidores Públicos de la prolortgaciófl de 10s asuetos por dlas feriados que o c u m hacia el comienzo o fin Superintendencia Nacional de Auditoria Interna" de la semana laboral.
Código de Ética y Conducta de los Servidores Públicos de la Superintendencia Nacional de Auditoría lnterna
Título l Del Objeto y Alcance del Código
&#culo 1.- Las normas contenidas en el presente Código tienen por objeto regir la conducta Btica de los servidores públicos de la Superintendencia Nacional de Auditoría lnterna (SUNAI), en el desempeño de sus funciones.
A los efectos previstos en el presente Código se entiende por Servidores Públicos, los trabajadores. trabajadoras, funcionarios, funcionarias. obreros, obreras y contratados al servicio de la Institución.
Artlculo 2.- Este Código de Ética y Conducta es aplicable a todos los Servidores Públicos de la Superintendencia Nacional de Auditoría lnterna (SUNAI). sin importar su jerarquía dentro de la Institución. ta índole de la actividad que desempeñe e independientemente de los códigos de ética que rijan su profesión u oficio si fuere el caso.
Título II De los Principios
Artlculo 3.- Son principios rectores de la conducti de los Servidores Públicos de la Superintendencia Nacional de Auditoría lnterna (SUNAI), en la realización de sus funciones: la eficacia, la eficiencia, la celeridad, la transparencia, la honestidad, la equidad, el decoro, la lealtad institucional, la vocación de servicio, disciplina, responsabilidad. puntualidad y pulcritud, con sometimiento pleno a la ley.
Capítulo I De la Eficacia
Artlculo 4.- La eficacia comporta la realización de los programas y actuaciones gubernamentales y administrativas con calidad de servicio, con el logro de los objetivos y metas trazados conforme a Planes. Programas y Proyectos definidos en el Plan Operativo Anual lnstitucional (POAI).
Artlculo 5.- La eficacia de los Servidores Públicos de la Superintendencia Nacional de Auditoría Interna, será practicada y apreciada según los siguientes criterios:
a) Llevar un registro continuo y actualizado de las actividades inherentes a las labores desempeñadac. b) Hacer uso obligado de loa recursos materiales. financieros y tecnológicos a SU alcance.
Tener disposición a ser capacitado para el logro de mejores resultados en la lización de sus labores. X
Capítulo II De la Eficiencia
ulo 6.- La eficiencia comporta la consecución y alcance de las metas y etivos propuestos, medianfe la aplicación de los ~r inc i~ ios de racionalidad, c%
legalidad, equidad y economía en la utilización de los recursos materiales, financieros y tecnológicos de la Institución, así como el mejor aprovechamiento del talento humano en cuanto a sus capacidades profesionales y manejo del tiempo.
Artlculo 7.- La eficiencia de los trabajadores de la Superintendencia Nacional de Auditoría Interna, será practicada y apreciada según los siguientes criterios:
a) Cumplir con los objetivos individuales de desempeíio diligentemente. de manera proactiva. b) Aplicar en el desempeño de sus funciones. la racionalidad en cuanto al tiempo y criterio, la legalidad de los procesos y procedimientos, dentro de la objetividad que debe prevalecer, y ajustado a los plazos y términos establecidos. c) Poner al servicio y disposición de la Institución el máximo de su , conocimientos habilidades y destrezas profesionales, haciendo uso racional del tiempo empleado para la solución de los casos asignados
Capítulo III De la Celeridad
Mículo 8.- La celeridad, comporta para el servidor de la Superintendencia Nacional de Auditoría Interiia y por ende para la Institución, la optimización en los lapsos de atención y respuesta oportuna en la ejecución de las competencias y atribuciones legalmente conferidas, y ante las demandas y requerimientos de la ciudadanía en el proceso de orientación y formación en materia de participación ciudadana y control social.
Artlculo 9.- La celeridad de los trabajadores de la Superintendencia Nacional de Auditoria Interna, será practicada y apreciada según los siguientes criterios:
a) Aplicar en el desempeño de sus funciones, la optimización en los lapsos de atención y respuesta oportuna en la ejecución de las competencias y atribuciones legalmente conferidas, así como a. las demandas y requerimientos de la ciudadanía en el proceso de orientación y formación en materia de participación ciudadana y control social b) Los horarios de trabajo serán cumplidos exactamente como han sido establecidos.
Los servidores públicos encargados de atender al público comenzarán su y al terminar le manifestarAn
smente la conclusión de sus labores. La modificación de horarios debe garantizar al usuario recibir el mismo
ofrecido o mejorado. por lo cual no deberán hacerse cambios de horarios
rolongarse injustificadamente; los si está asegurado su efectivo
Cumplimiento.
g) El s e ~ d o r público debe.usar el üempo comprendido dentro de su horario de trabajo, en un esfuetzo responsable para cumplir con sus que haceres.
h) Debe desempeiíar sus funciones de una manera eficiente y eficaz y velar para que sus subordinados actúen de la misma manera. i) No debe fomentar. exigir o solicitar a sus subordinados o comparieros que empleen el horario de trabajo para realizar actividades que no sean las que les requieran para el desempeiío de los deberes a su cargo.
Capítulo IV De la Transparencia
Artículo 10.- La transparencia, implica tanto para el servidor de la Superintendencia Nacional de Auditoria Interna, el coadyuvar con su comportamiento ético y actitud en el desempeño de sus funciones. en la dinámica de la gestión de la estructura organizativa y funcional de la misma Institución, a. objeto de establecer la mayor simplicidad y transparencia en la comprenkión, acceso y cercada de los ciudadanos y ciudadanas de manera que les permitan resolver sus asuntos. ser auxiliados y recibir información oportuna y veraz sobre la gestión de la Institución y manejo de los recursos asignados.
I Mículo 11.- La transparencia de los trabajadores de la Superintendencia Nacional de Auditoría Interna, será practicada y apreciada según los siguientes criterios:
a) Toda persona tiene derecho a conocer la verdad. El servidor público no debe omitirla o falsearla, en menoscabo de lo establecido en la ley. b) La disposición arquitectónica de los despachos públicos deberA realizarse y mantenerse en forma tal que evite el exceso de antesalas y un ambiente fisicointimidatorio para la ciudadanía. C) Los servidores públicos en el cumplimiento de los procedimientos previamente establecidos, deben permitir al usuario conocer los pasos a seguir y
que no ofrezca dudas en relación a su ejecución. ncia en los actos del servicio público exige, en especial, que la
dispongan los despachos y dependencias públicas ha usceptible de acceso a toda persona natural o jurídica que tenga sobre el asunto. La reserva como excepción deberA ser clarada y fundamentada en razones debidamente justificadas de
fonnidad con la Ley. Los servidores públicos encargados de adquisiciones y compras deberán
blicar periódicamente y en sitio visible al público una relación de los bienes adquiridos y'cervicios contratados, el objeto y valor de tales bienes y servicios, su destino, el nombre del adjudicatario, así como las Contrataciones Públicas declaradas desiertas. La relación se hará en lenguaje sencillo y asequible al ciudadano común.
Capítulo V ,~ , De la Honestidad
I Artículo 12.- La honestidad está referida a la realización de las funciones encomendadas teniendo en cuenta que 'los fines públicos excluyen cualquier
comportamiento en desmedro del interés colectivo. destinado de alguna manera al provecho personal o grupa1 de los trabajadores o de un tercero cualquiera éste sea. o buscarlo o obtenerlo por sí mismo o por interpuesta persona. - Arculo 13.- La honestidad del servidor de la Superintendencia Nacional de Auditoría Interna, será practicada y apreciada bajo los siguientes cn'terios:
a) Rechazo de regalos, invitaciones, favores, dádivas. pago de viajes, uso de medios de transporte o cualquier clase de halagos, beneficios materiales o inmateriales. ofrecidos por personas o grupos interesados en obtener decisiones . . favorables. b) Abstenerse en forma absoluta a ejercer funciones o autoridad con fines distintos al interBs público. A tal efecto, en ninguna circunstancia. podrá vincular su vida privada con el desempeño del cargo que ejerce, ni utilizarlo para hostigamiento. acoso o seducción de cualquier tipo. c) Abstenerse de celebrar contratos de cualquier naturaleza con la República por si, ni por terceras personas. d) Inhibirse de conocer o participar por si o por terceras personas. en asuntos en los cuales tenaa directa o indirectamente es~ecial interbs. e) ~ntrevista& con personeros o articulares interesados en una determinada decisión, en la respectiva oficina o lugar de trabajo del servidor. f) Los subordinados no deben ser obligados a realizar durante el tiempo de trabajo actividades correspondientes a los asuntos e intereses personales de sus superiores. g) pespués de asumir el cargo o funciones. no podrán desempeñarse como administrador de sus negocios particulares, inversiones o empresas. si estas menoscaban el estricto cumplimiento de sus deberes en cuyo caso deberán elegar sus poderes de administración.
Abstenerse de utilizar la información en el ejercicio de su cargo en contra de intereses de la Superintendencia Nacional de Auditoría lnterna y de cualquier Organismo e Institución de la República Bolivariana de Venezuela. Mostrar la rectitud e integridad de su conducta escogiendo siempre y cuando
j) Ejercer con moderación y discreción las prerrogativas inherentes al cargo y abstenerse de ello cuando cause algún perjuicio a los legltimos intereses de los usuarios de los servicios públicos. k) Bajo ninguna circunstancia retardar o dificultar a cualquier ciudadano el ejercicio regular de su derecho y menos en forma tal que pueda causarle daño moral o material y que ha consecuencia de su hecho, ponga en peligro o afecte la Hacienda Pública y por ende los legitimas derechos e intereses de la República Bolivariana de Venezuela.
Capítulo VI De la Equidad
I Mículo 14.- La equidad esta referida a la actuación respecto. a las personas que dirijan peticiones, sin ningún tipo de preferencias y sólo en razón del mento.
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legalided. modhraciones objetivas y sin mnsideraQdn de g8ner0, raligibn. &da, p o s # b n s u d a i ~ ~ ¡ u o b a s ~ a ~ ~ a l f o n d o d e l ~ y d e 1 biuriieia
A r t i a k 1 5 2 L a e q u i d a d d e k s ~ d e l a S ~ N a d o n a l d e ~ l n t e m a ~ p a c o c a d a y a p r e d e d e ~ k s s i g u i e n t e s ~ .
a) Obrperun~imparc .y .ob j fc4haODdoaqueiqussd[dDso S demandeslenddno~delalnswuddh
b) ~ ~ c b l s e n i d o # , d e b a e n g u a l c a n t i d a d o c a l i d e d a w o 6 l m r i l u s m r . ~ l a m i s m a o p o i t u n i d a d a w o 6 y c a d a u r , d e e b a M IiistiticedossbbaqueflostretamientosespacialasamparedosporLeyo~ póbÉs del orgenismo competente. C) la i<pte y anreCta prestacidn del twvicb, deben gltar 7 conscientes que su @bajo esta regido por el a ser útd a quendiniandewsenricio.slii~condidbrsudai.pdltlca.econdmica.
d de cualquier otro orden. respetando fielme& sus deradios
caplRil0 w Del Decon,
a) Evitar ks excesos. mantenido una conduda amde con tas namsp iurldicas Y inmnas coshimbres socialmente estableddas. en todo manento. higar - Y- b) Abstenersa de practicar teriuüas, juegos. lances bmmMas o comersedanes tddónks durante el ejercicio de sus funciones y. especialmente aisndo atienda pSWa>.
c) Evitar en el tratamiento al pÚWco famiüaiidades. cdoguiallvnos y toda suerte de lenguaje no consono con la seriadad y formalidad de la lnstihidbn. A tal efecto. el abuso de confianza en el trato con el público e inclusive enbe cervidores debe ínritarse. d) La caResla debe imperar en todo momento en el trato con el pCiblico.
Capitulo VlI -*&,la Lealtad lnstituclonal : < - 3 C
Artlcuk 18.- La lealtad será la manifsstaaón permanente de fidelidad que se iraducM en awrctancia y solidaridad con b Instihicidn, y para con todo el personal del Organismo, comprendios en bs categorias de alta M, mnfiaw. adminiiivo y obrero. Cuando se r e a l ¡ en ausencia de bs superioree alcanza su m8idma expresí6n valorativa.
ArtlaJo 19- La lealiad de bs ceMdores de b Superintendenda Nacional de Awütor& Intsma. será practicada y apreáada según los siguientes criterios:
a) Comunicar inmedbtamente a sus superiores cualquier a& conbario a bs disposiciones de b s presentes Normas. as1 como techazar las pdones de superiores jerzirquicos, contratantes. interesados o cualquiera que desee obtener favores, ventajas o beneficios indebidos mediante acciones ilegales o inmorales.
7 b) Mantener una actihid que permita fortalecer la solidaridad y wnímtemidad con sus compaiieros de trabajo. mediante el respeto mutuo, el trato d i 1 y b raaonal tderanaa. permitiendo fa armonía de la estructura organizacid. c) üi i lgar entre sus compaflems de trabajo la existencia y el mntenklo de bs presentes Nomas e instar a su cumplimiento.
Dar inmediatamente parte a sus superiores o al ente correspondiente de los a los bienes de la dependenkia y ambiente de trabajo donde se
f
Cap?u\o Vlll De la V o c a g f ~ ~ ~ ~ S , ~ w l c i o
,&culo 20 La vocacidn de ser vi cid^^^&^^, motivaciones e intereses instituúonales y se patentiza en acciones de entrega diligente a las tareas asignadas. Entre otros aspectos, implica la disposición para una opomina y esmerada atencidn a los requerimientos de trabajo encomendados, apertura y
atender cort6smente las peticiones, demandas quejas y redamos del púb co, as1 como de contestarlos oporiunamente.
I -PtMdad pa7 Artlaik 21.- La vocacidn de servicio, en la superintendencia' Nacional de Auditorla In-. será pracb'cada y apreciada según los siguientes uiterios:
üesempeiio del cargo en funcidn de las obligaciones que le cdnfieren %¡do Iodos sus conocimientos y su capacidad Wsica e intelectual. con el fin de o b t e ~ los mejores resultados. b) Achiaabn permanente con solidaridad. respeto. cordialidad, tolerancia y considemci6n para con el público. c) Solicitud de información sobre las funciones. los deberes. los procedimientus. la ubicacidn jerárquica y los canales regulares de comunicacidn propius del cargo que ha de ejercer.
ArUculo 22.- Los seMd0reS de la Superintendencia Nacional de ~udihr la Interna. deberán reali ir sus funciones en todo momento con h vocacidn antes d d , a bs fines de obtener de igual forma la mAs eficaz y eficiente productividad Imtitucio~l.
Capitulo IX De la Disciplina
Articulo 23.; La disciplina significa la observancia y el estricto cumplimiento de las normas administrativas. en el ejercicio de sus funciones.
Art[aik 24.- La Wplina, en bs semi@m de la Superintendenda Nacional de Audbda Interne, sed predicada y apreciada cagh bs siguientes aitecio3:
a) Acatar ks órdrm#l superkres, o¡n menoscabo del aimplhiiento del ordanamientD jurldko establecido. ni la negaci6n de los velores Mierentes a la codd6nhumana
los'crMwdelas6rdenesredbidss.dar to a les mimas dejando constancia de su inconfomadad ante el
d) La ampliddad en el incumplimiento de drdenes no podrA jwübwm dOgMd0 un beneRdo mayor para la instituddn. ni por el acatamiento de bdenes -. e) NO M bejo m u n a wnstsncia atta- su lugar de w, sin esiar debkmnb autorhado. as1 como tampoco. exbaer doaimentedbn o iníomdh resenrada o no para uso Únko y exdushro de b dependencia donde desemmfundaies.
~i t lcub25.-La~Wadsebad~en~mayordlspo8id6nydlUgendaen el aunphknto de las competedas. fundones y tareas encomendadas. el tomar la Irdcbtiva de ofrecerse a realiirlas; as1 co&, la pmanente dlsposiddn a rendir sientas y asumir las conseaiendas de la conduae púbika sin exarras de nhguna nahyaleza, cuando se requiera o juzgue obligante.
Artlailo 26.- La responsabilidad. de los seniidores de b Superintendencia Nadonal de Audltaia Interna. será piacocada y apredada según los siguientes aiterks:
a) No poddn &ir los compromisos conbaldoc con las personas que acudan .en solicitud de la debida prestaaón de se~cios. b) Ser unvigüente fiel y permanente de los documentos, bienes e intereses que le han sido con'ados. c) S d i y acordar en cuanto le corresponda, lasüoendas y los permisos sin . viohr imperativos Bocas. en forma morálmente jusüñcada y legalmente correcia. d) Cansidererse el primer o b i i i o m el pago de lm Impuestos, tasas y conbibuciones. y no evadidos por n w n concepto.
Capitulo XI De la Puntualidad
Artlado 27.- La punh id id e>age.que, los compromisos conbaldos y les taraas. encargos y ímbajos asignados sean cumplidos dentro de ios lapsos establecklos o conkidas, h-pone &actitud y precisión en el cumplimi&o de la jomada ordinaria de trabajo, as1 como. en hs jornadas exbaordinarles previamente
e o 28.- La puntualidad, de los seMdores de la Superintendencia Nadonal de
Interna. será pradcada y apreciada según los siguientes criterios:
a& horarios de trabajo serán cumplidos exactamente como han sido p , ecidos.
b) . Los sewidores encargados por h naturaleza de sus funciones de atender público, c o m e d n su horario de trabajo sin mayores ditaciones. c) Las pausas en el trabajo no pueden prolongarse Injuswicndamente. d) Por ningún concepto se podrá acortar el iiempo de babajo en vlspeas de festividades o fines de semana. Tampoco podrán pmlongar los asuetos por dlas feriados que ocumn hacia el comienzo o fin de semana laboral.
Capítulo XII De la Pulcritud
Articulo 29.- La pulcritud entratia la adecuada presentadbn de los bienes públicos. la preocupacidn por el ambiente íísico de trabajo y en. todo caso. que por desidia no se aumente el deterioro de los bienes públicos. De igual manera. implica !a apropiada presentacidn personal de los trabajadores de b Superintend%ncla Nacional de Auditorla Interna. durante el ejercicio de sus funciones.
ArUculo 30.- La pulcrihid. de los servidores de la Superintendenda Nadonal de Auditorla Interna. será practicada y apreciada según los siguientes aiterios:
a) La apariencia personal deberá ser de general acepb~i611. esmerándose en la medida de sus posibilidades se lo permitan, mantener mayor aiidado posible en su vestimenta. as1 como el cumplimiento de las normas higi8nka~ basicas. b) Los trabajadores que usen unifome, deberán mantener en el Myor cuidado posible el estado del mismo.
c) Deberá ser fiel y permanente vigilante de la prese~aadn. el mantenimito y la adecuada presentacidn de las instalaciones ilsi~as y los bienes de la dependencia donde labora. d) El establecimiento. el manejo y la conservación de d ~ o s y mgisbxs merecerá especial cuidado. como fuente de antecedentes y experiencias que faciliten la gerencia pública y como muestra de respeto y aprecio por la badici6n y. b historia del Estado.
Capitulo Xlll De la Conducta Ambiental
ecol6giica. está referida, para actuar siempre UM Una ambiente, dirigida fundamentalmente a la preservasidn
lo 32 -La conciencia ecd6gica de los se~dores de la Supernitenden~la de Auditoria Interna, será practicada y apreciada según los siguientes
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a) Realización de ptáckas benignas con el medio ambiente en w drea de . -io b) Promod6n del usa radonal de los recursos uliiidos 9 sus labores. cy Rachalbando el consumo de papel y tinta de Impresoras. bnprhniendo. solo lo indispensable, utilizando las dos caras del papel. haaendo buen uso de las cartuchos de ünta y de papel recidado de ser el caso. d) Disminución del consumo de luz. mediante el apagado de luces. monitores. y equipos (cuando esto sea posible) al finalizar la jornada laboral, contribuyendo al a h m energ6tico. - e) Reportando a la Oficina correspondiente. los equipos informaticos y el mobiliario inse~ble. f) Encendiendo luces. aparatos eléctricos y ordenadores s6b si es necesario. g) Promoviendo campañas de conservaci6n y uso eficiente de los r e a i r s a renovables y no renovables. h) Haciendo uso racional del agua potable. y de la energla ekbica.
Título 111 Principios Relativos al úso ymanejo de la Información
ANculo 33.- En virtud de la naturaleza que caracterh a la Institud6n, los servidores de la Superintendencia Nacional de Auditorla Interna. deben guardar la debida confidenaalidad respecto de la informaaón que tengan conocimiento.
Articulo 34.- La reserva en los servidores de la Superintendencia Nacional de Auditorla Interna, será practicada y apreciada según los criterios siguientes:
a) Guardar absoluta reserva respecto de los hedios, actos o informaciones de los que tengan conocimiento. por cualquier medio. con ocasi6n del ejercido de
sus funciones. b) Ser enfaticos en advertir que su participaah a titulo personal como expositores, conferencistas o panelistas en seminarios, conhwcias o eventos públicos organizados para tratar asuntos vinculados, dVeda o indirectamente, con la actividad del Organismo. no wmpmmete ni repmsenta h opinión de la Superintendencia Nacional de Auditorla Interna. c) En el caso que los servidores realicen actividades docentes. deber¿in advertir que sus declaraciones u opiniones no representan las del Organismo.
Evitar efectuar declaraciones a los m e d i de comunicaci6n sobre materias ladas, directa o indirectamente, con las funciones del Organismo, o aspectos
dos con las labores desempeñadas. usar cualquier iniciativa para establecer contacto. rendir e n b v h s o
lrar informacibn a los medios de comunicación, sobre materias viladas, o indirectamente, con las funciones del Organismo: En ese smtfdo, La tendencia Nacional de Audibrfa Interna, de acuerdo a su estruchira donal, cuenta con normas y procedimientos especfficos pera tala fines.
f) En los casos de la información remitida vla electr6nica. debed adverorse que la misma no compromete al Organismo, salvo en los casos e-te autorizados por el o la Superintendente. g) El acceso de datos e informaciones que dispongan los swldores de b Superintendenaa Nacional de Auditorfa Intema, debido al ejercicio de sus funciones. competencias. labores o empleos no deberti ser utilizado para fines distintos de los instihicionales.
Disposiciones Finales
Artículo 35.- Los Se~dores Públicos 'de la SuperinteIIdencia Nadonel de Auditorla Interna durante el ejercicio de sus funciones, están obligados a practicar cabal y rigurosamente 106 principios antes mendonados. los aieles han de regir w conducta.
Articulo 36.- La conducta de los S e ~ d o r e ~ de la Superintendencia Nadonal de Auditor& Interna, ajustada a los principios de las presentes N t ~ l l ~ a ~ , será referenaa valorativa válida para la evaluaci6n que se haga del seMcio prestado por Bstos.
Artlailo 37.- Corresponderd al nivel gerencia1 y de coordinaddn de la Superintendencia Naaonal de Auditoría Intema.. velar porque los servidores públicos que se encuentren bajo su supervisih, cumplan todas y cada una de las nomas contenidas en el presente Código.
Artículo 38.- La Oficina de Recursos Humanos conjuntamente con la Oficina de Relaciones Institucionales, serán las encargadas de inshmentar la entrega de un ejemplar del presente Código, a cada uno de los Sddoms PúMlcos de la , SUNAI, as1 como a los que ingresen a partir de la entrada en vigenda, propiciando su conocimiento, divulgación y cumplimiento.
Artlculo 39.- Todo Servidor Piiblico de la Superintendencia Nacional de Auditorfa Interna. que conozca de cualquier hecho contrario a la nmaüva dispuesta en las presentes Normas, que atente contra los principios antes sellelados. estA en el deber de informar a los directivos de la Institución donde presta sus sdc ios el presunto infractor.
A~Uculo 40.- Las presentes Normas en en la Gaceta Oficial de la Rep
Tradbase y Publíquese
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8 W d e n t ~ de la Corporadón de Desando Jadntn LM, CQRPOIAIW, ciudadano wÍS RAMÓN REYES REYESI desigMdo medbnte lkdudh No 047 de fgha 09 de septiembre de 2013, publicada .en Gaceta de la RepÚbh Bdhmiiaria de Veneaiela No 40.247 de fgha 10 de septiemke de 2013. En eierdga & b abikidbi conferida en el numeral 5 del aitkub 11 del k m i o No 8.800 m Raigo, V a b y Fuena de Ley de Qeadón de b Corpawi6n de Desaridlo lacinto Lara, CORPOURA, de fgha 14 de fekero de 2012, publkado en Gaaeta OfKid de b Repiibüca Bdivariana de Venenieb No 39.874, de fe- lo de marzo de 2012, en mardanda con lo estabieddo en el aibkik 17 de b Ley Org6nica de Rocedimientoa Admlnlstraüvos y el numeral 5 del a r t h b 5 de b Ley del Estatuto de b Función Pública.
1 RESUELVE
1. Designar a la ciudadana ANA MARiñ TORREALBA ROJAS, tihihr de b W u b de Idenodad #O V- 10.275.840, como 000RDINAM)RA DE Pl.,ANIfiCAUON IN!3TNUONAL M LA OFIQNA DE PLANU%AUON ESIRATEGICA DE IJi CORPORAU~N DE DESARROUO JACINTO C O R P O W en calldad de ENCARGADA. M c u l o 2. Los acm y documentos que la prenombrada fundaMM firme de mfomidad a n esta ñovidencia Administrativa, deberán indkar Inmediatamente bajo b firma, h fecha y número de la Resolución y Gaceta Oñdai en la que haya sido publicada, de mformidad 0x1 lo estableddo en el arhlo 18, numeral 7 de b Ley Orgánica de Rocedlmlentos Adminisbaüwx. Artículo 3. l,a funcionaria designada por esta Provkkka Adrninishativa deberá rerui~u cuenta al Presidente de b Corporad6n de Derarmllo Jadnóo haI CORPOLARk, de todos los actcs y documentos que hubiere firmado en razh de .q gesbión. M a l o 4. La presente Providenda Administrativa entrará en vkpnQ a partir de nipuWQ66nenb B d i de Veneaieb.
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7 . - 1 -.
CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE &4 CUENCA DEL RiO TUY *fWCESCO DE WIWDA" , CORPOMIWDA, S.A. JUMA DIRECTIVA. PROYIDENUA ADMINISlRAlIVA No JD-2013404 CARACAS, 31 DE OCIUBRE DE 2013.-
El Vicepresidente Ejecutivo de la CORPORAUÓN DE DESARROLLO DE LA CUENCA DEL RIO TUY "FRANUSCO M MIRANDAm, S A ,
I CORPOMIRANDA, S A , de'confmidad con el Decreto No 9.433 de fecha 26 de m a m de 2013, pu~icaad'eri k Gaceta oficial de b RepiiMica Bdivariana de Venezuela &@,?&d&dniuna fedxi, en cumplimiento de los arb'culos 62 y 7i numeral 19 del üecreta No 6.217 am Rango, Valor y Fueiza de Ley Orgánica de la Adminíshadón Pública, p u b l ' i e n Gaceta Oficial &ordinaria No 5.890 de fecha 31 de julio de 2008, y de acuerdo a lo previsto en el arb'culo 84 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos,
CONSIDERANDO
Que en virtud de la .potestad de la autoMa, la administradón podrá en cualquier momento corregir mores materiales o de cálculo en que hu- incurrido en la configuración de los actos adminiktiaüvos.
I CONSIDERANDO
Que la Providenaa Administrativa No JD-2013-002, de fecha 13 de mayo de 2013, contentiva de la designaaón de la ciudadana PAMELA FIGUEROA IBARRA, titular de la cédula de identidad V- 16.168.829, como
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Secretaria del Directorio de la Corporación de Desarrollo de la Cuenca del Rio Tuy 'Francisco de Miranda, S.A.", CORPOMIRANDA, S.A., se,incurriÓ en un error material donde dice: "....como Secretaria,del Directorio de la Corporación de Desarrollo de la Cuenca del Rio Tuy "Francisco de Miranda, S.A.", CORPOMIRANDA, S.A.,." siendo lo correcto: *.:..como Smtar ia Encargada del Directorio de la.CorporaciÓn de Desarrollo de la Cuenca del Rio Tuy '~rancisco de Miranda, S.A.", CORPOMIRANDA, S.A.,...".
1 RESUELVE
1 Artículo 1. Corregir el error material en que se incurrió en la Providencia Administrativa No JD-2013-002, de fecha 13 de mayo de 2013, contentiva de la encargaduría de la ciudadana ANYURA PAMELA RGUEROA IBARRA, titular de la cédula de identidad V- 16.168.829, como Secretaria del Directorio de la Corporación de Desarrollo de la Cuenca del Rio Tuy "Francisco de Miranda, S.A.", CORPOMIRANDA, S.A.:
Donde dice: '....como Secretaria del Directorio de la Corporación de Desarrollo de la Cuenca del Rio Tuy 'Francisco de Miranda, S.A.", CORPOMIRANDA, S.A.,"
Debe decir: "....como Secretaria ~ncargada del Directorio de la Corporación de Desarrollo de la Cuenca del Rio Tuy "Franüm de Miranda", S.A., CORPOMIRANDA, S".A.,"
Artículo 2. Reimprímase íntegramente a continuación el texto de la referida Providencia, con la corrección indicada, de conformidad con lo 'establecido en el artículo So de la Lev de Publicaciones Oficiales.
Comuníquese y Publíquese 1
Bolivariana de Venezuela
CORPORACION DE DESARROLLO DE LA CUENCA DEL RIO TUY
'FRANCISCO DE MIRANDA", S.A. CORPOMIRANDA, S.A. JUNTA DIRECTIVA. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA No ID-2013-002. CARACAS, 1 3 DE MAYO DE 2013.-
El Vicepresidente Ejecutivo de la CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE LA CUENCA DEL RIO TUY 'FRANCISCO DE MIRANDA", S+, CORPOMIRANDA, S.A., Empresa del Estado adscrita a la Vicepresidencia de la República, cdya creación fue autorizada por Decreto No 9.431, de fecha 19 de marzo de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.135, de fecha 25 de marzo de 2013, carácter que consta según Decreto No 9.433, de fecha 26 de marzo de 2013, pilblicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.136, de la misma fecha. En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, en el artículo 13 del Decreto No 9.431, de fecha 19 de marzo de 2013, publicado en la Gaceta Ofiüal de la República Bolivanana de Venezuela No 40.135, de fecha 25 de mano de 2013, en concordancia con lo dispuesto en la Cláusula 34 del Acta Constitutiva Estatutaria de la referida Empresa del Estado, publicados en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.152, de fecha 23 de abril de 2013, debidamente facultado para este acto de conformidad con lo establecido en la sesión ordinaria No 001 de fecha 13 de mayo de 2013, mediante Punto de Cuenta No VE-2013-001.
RESUELVE
Amaculo .l. Designar a la ciudadana ANYURA PAMELA FIGUEROA IBARRA, titular de la c6dula identidad No V- 16.168.829, como
SECRETARIA ENCARGADA DEL DIRECTORIO DE LA CORPORACI~N DE DESARROLLO DE LA CUENCA DEL RIO TUY "FRANCISCO DE MIRANDA", S.A., CORPOMIRANDA S.A.
Articulo 2. Los actos y documentos que la prenombrada ciudadana firme de conformidad con esta Resolución, deberán indicar inmediatamente bajo la firma, la fecha y número de la Providencia Administrativa y Gaceta Oficial en la que haya sido publicada, de conformidad con lo establecido en-el artículo 18, numeral 7 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
Artículo 3. La ciudadana designada por esta Providenaa Administrativa deberá rendir cuenta al DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE LA CUENCA DEL RIO T W "FRANUSCO DE MIRANDA", S.A., CORPOMIRANDA S.A., de todos los actos y, documentos que hubiere firmado en ejecución de sus atribuciones.
Artículo 4. La presente Providencia entrará en vigencia a partir del 13 de mayo de 2013.
Decreto No 9.433, de f&ha 26 de marzo dé 2013 Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
No 40.135, de fecha 26 de mano de 2013
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA
Y SEGUIMIENTO DE LA GESTION DE GOBIERNO
República Bolivariana de Venezuela Mlnlaerio del Poder Popular del Despacho de la Presidenda y
Seguimiento de la Gestlón de Gabiemo I Despacho del Ministm
No 062-13 Caracas, 8 de noviembre de 2013
203", 154' y 14'
RESOLUCI~N
El ciudadano Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, designado mediante Decreto N' 1
215. de fecha 08 de julio de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bohariana de Venezuela No 40.204, de fecha 10 de julio de 2013; en uso de las atribuciones que le confieren los artlculos 62 y 77, numerales 2 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicado en Gaceta Oficial de la República Bol~ariana de Venezuela No 5.890 Extraordinario, de fecha 31 de julio de 2008; y de conformidad con lo establecido en los artlculos 5 numeral 2,19 y 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 37.522, de fecha 6 de septiembre de 2002.
PRIMERO: Designar a la ciudadana VIOLETA MAGDALENA UNARES D~AZ, titular de la cédula de identidad No V-7.337.963. DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN Y ANALISIS, adscrita al Viceministerio de Análisis Estrat6gicos del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno. quedando facultado para ejercer las atribuciones previstas en los artiwlos 45 y 46 del Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder Popuhr del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, contenido en el Decreto NO 247, de fecha 18 de julio de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Boli~¿Wiana de Venezuela W 40.210. de la misma fecha. I
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SEGUNDO: Se deroga cualquier Resolución que colida con presate.
l TERCERO: Mediante la pesen@ Resolución juramento a la referida ciudadana
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CUARTO: La presente Resolución, entrará en viqncia a partir de su Repúbllca Bollvarlana de Venezuela
publicación en la Gaceta Oficial de la RepúMica Bol~ariana de Venezuela Mlnlsterlo del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Segulmlento de la Gestlón de Goblemo
Despacho del Mlnlsbo
No 064-13 Caracas, 8 de noviembre de 2013
I 203", 154' y 14O
\ RESOLUCI~N
Ministro del Pod encia y Seguimiento de
kl ciudadano Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, designado mediante Decreto No 215. de fecha 08 de julio de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.204, de fecha 10 de julio de 2013: en uso de las atribuciones que le confieren los artfculos 62 y 77, numerales 2 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgániaa de la
República Bolivarlana de Venezuela Administración Pública, publicado en Gaceta Oficial de la República Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencla y
Segulmlento de la Gestlón de Goblemo Bolivariana de Venezuela N' 5.890 Extraordinario, de fecha 31 de julio de
Despacho del Ministro 2008; y de conformidad con lo establecido en los artfculos 5 numeral 2,19 y 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N" 37.522, de fecha 6 de septiembre de 2002.
No 060-13 Caracas, 04 de noviembre de 2013 I RECUELVE
El ciudadano Ministro del Poder Popular del Gespacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, designacio mediante Decreto No 215, de fecha 08 de julio de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.204, de fecha 10 de julio de 2013; en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 62 y 77, numerales 2 y 19 del Decreto con Rango, Vaior y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 5.890 Extraordinario, de fecha 31 de julio de 2008; y de conformidad con lo establecido en los ar;ículos 5 numeral 2, 19 y 20 de la Ley del Estatuto de la Función Púbiica, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezueln N" 37.522, de fecha 6 de septiembre de 2002.
PRIMERO: Designar a la ciudadana SOBEIDA NAKARI MORALES CORREA, titular de la cédula de identidad NO V-16.810.040, Directora de la Dirección de Prensa e Imagen, de la Oficina de Gestión Comunicacbnal del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, quedando facultado para ejercer las atribuciones previstas en los artículos 18 y 19 del Reglamento lnterno del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, contenido en Resolución No 052-13. de fecha 21 de octubre de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela No 40.282, de hcha 29 de octubre de 2013.
SEGUNDO: Mediante la presente Resoluciór! juramento a la referida ciudadana.
TERCERO: La presente Resolución, entrar6 en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Repúbiica Soiiwiana de Venezuela.
Conforme a lo di Ley Orgánica de
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PRIMERO: Designar al ciudadano RODOLFO MEDINA DEL R~O, titular de la cédula de identidad No V-17.387.151, DIRECTOR DE LA DIRECCI~N DE ADMINISTRACI~N, de la Oficina de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, quedando facultado para ejercer las atribuciones previstas en los artículos 13 y 14 del Reglamento lnterno del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, contenido en la Resolución No 052-13, de fecha 21 de octubre de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N O 40.282, de fecha 29 de octubre de 2013.
1 SEGUNDO: Mediante la presente Resolución juramento al referido ciudadano.
i CUARTO: La presente Resolución, entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivaiiana de Venezuela.
Conforme a I a Ley OrgAnica de Procedimiento uese.
SFERNÁNDEZ '
a Presidencia Y Seguimiento de
República Bollvarlana de Venezuela Minlsterlo del Poder Popular del Despacho de la Presidencla y
Seguimiento de la Gest16n de Goblemo Despacho del Mlnistro
31 +'
Caracas, 8 de noviembre de 2013,
El ciudadano Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, designado mediante Decreto No 215, de fecha 08 de julio de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.204. de fecha 10 de julio de 2013; en uso de las atribuciones que le confieren los artfculos 62 y 77, numerales 2 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley OrgAnica de ia Administración Pública, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 5.890 Extraordinario. de fecha 31 de julio de 2008; y de conformidad con lo establecido en los artículos 5 numeral 2, 19 y 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N" 37.522, de fecha 6 de septiembre de 2002.
RESUELVE
PRIMERO: Designar a! ciudadario JONATHAN DAVID PARRA MAIT~N, . . titular de la cédula de identidad No V-14.158.181, DIRECTOR [E) DE LA
1 DIRECCI~N DE BIENESTAR SOCIAL, de la Oficina de Recursos Humanas
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del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, en calidad de encargado, quedando facultado para ejercer las atribuciones previstas en los articulos 15 y 16 del
Reglamento Interno del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, contenido en la Resolución N" 052-13, de fecha 2 1 de octubre de 2013, publicado en l a Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.282, de fecha 29 de octubre de 2013.
SEGUNDO: Mediante la presente Resolución juramento al referido ciudadano.
CUARTO: La presente Resolución, entrará en vigencia a partir de su publicación en l a Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
Presidencia v Seauimiento de
República Bolivariana de Venauels Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Residencia y
Seguimiento de k Gesti6n de Gobierno Despacho del Ministro
Caracas. 19 de noviembre de 2013
203", 1 54" y 14O
RESOLUCI~N
El ciudadano Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, designado mediante Decreto N" 215. de fecha 08 de julio de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.204, de fecha 10 de julio de 2013; en uso de las atribuciones que le confieren los artlculos 62 y 77, numerales
.2 y 19 del Decreto con Rango. Valor y Fuerza de Ley Orginica de la Administración Pública, publicado en Gaceta Oficial de la República Boiwariana de Venezuela N" 5.890 Extraordinario, de fecha 31 de julio de 2008; y de conformidad con lo establecido en los artlculos 5 numeral 2. 19 y 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 37.522. de fecha 6 de septiembre de 2002.
RESUELVE
PRIMERO: Designar al ciudadano ALEXIS RAMÓN TOYO. titular de la cédula de identidad No V-10.638.793. DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN, adscrita al Wceministerio de Análisis Estratégicas del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gesti6n de Gobierno, quedando facultado para ejercer las atribuclones previstas en los articulos 47 y 48 del Reglamento Orginico del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, contenido en el Decreto No 247. de fecha 18 de julio de 2013. publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivanana de Venezuela No 40.210. de la misma fecha.
SEGUNDO: Se deroga cualquier Resoluci6n que colida con la presente.
TERCERO: Mediante la presente Resoluci6n juramento al referido ciudadano.
CUARTO: La presente Resoluci6n. entrará en vigencia a partir de su pub i i c i 6n en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Conforme a lo dispuesto en el articulo 72 de la Ley Orgánica de
MINISTERIO DEL POPULAR PARA RELACIONES
INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ
MINICTEPJO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSnCIA Y PAZ
1 8 K V . 2013 Fecha
El Ministro' del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, designado según Decreto NO 2 de fecha 22 de abril de 2013, publicado en b Gaceta Ofiaal de la República Bolivariana de Venezuela NO 40.151, de la mlsma f&, 'en ejercicio de las atribuciones legales que !e confiere lo dispuesto en los numerales 2, 19 y 27 del artículo 77 del Decreto con Xango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública: en concordancia con lo vrevisto en el artículo 5 numeral 2: y el artículo 20 numeral 9 de la Ley del &tuto de la Fundón Pública, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 15, de la Ley de Registro Público y del Notariado, y lo previsto en el articulo 4, numeral 1, literal c) de la Resolución NO 31 de fecha 24 de febrero del 2011, contentiva de la Estructura Organizativa y Funcional del Servicio Autónomo de Registros y Notarias, reimpresa por error material en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 39.667, de fecha 05 de mayo de 2011, DESIGNA al ciudadano 30Sk RAFAEL MARRNU GAMBOA, titulor de la cédula de identidad V- 2.548.949, para ocupar el cargo de REGISTRADOR, en el REGISTRO PÚSUCO DEL SEGUNDO CIRCUiTO DEL MUNICIPIO EA adscrito al Servicio Autónomo de Reg
Comuníquese y Publíquese. Por el Ejecutivo Nacional,
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE FINANZAS
.I.Y.LIEA S0kW11.111mA D I I l l l X Y I . l
SE- - -m-.-
.)1-
Cantas,. 1 9 NOV 20fi 2030 y 154O
Quien suscribe, JOSE DAVIG CABELLO RONDON, titular de la céúula de ldentldad W 10.300.216, Superintendente del Se iclo Nadonal Integrado de AdmlnletrPci6n Aduanera y Tributaria - SENIAT, en n!f condici6n de máxima autoridad conforme lo establece el artlwlo 7 de la Ley dei Se~icio Nacional Integrado de Adminlstraci6n Aduanera y Tributana. publicada en la '~aceta Oficial de le República üolivadana de Venezuela No 37.320 de fecha 08 de noviembre de 2001, y en uso'de las atribuciones que me confieren los numerakfs 3 y 9 del articulo 10 de la citada Ley, at?ículo 21 de la Providencia Administrativa que dida la Reforma Parcial del Estatuto del Sistema de Recurws Humanos del SENIAT. publicada en la Gaceta üñcial de la República Bolivananade Venezuela No 3.292.de fecha 13 de octubre de 2005, artlwlo 51 de la Ley Orghnica de la Administración Finenciera del Sector Público, publicada en la Gaceta Oficial de la República üollvarlena de Venezuela No 38.661 de fecha 11 de abril de 2007, artlculos 48, 49 y 51 del Reglamento No 1 sobre el sistema presupuestafio, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 5.781 Ewtaordlnaiio. de fecha 12 de agosto de 2005. dicto la siguiente:
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA No SNAT-~OI~=~O 0 7 0 Articulo l. Designo al ciudadano EDUARDO JOSE GALLARDO BRAVO, titular de la Mu la de identidad No 12.573.721. mme Gerente de la Aduana Prlnclpal h a PIudror - Paraguanh en calidad de Encargado. para que eje- las competencias asignsdai, al cargo . senaladas en el Artlculo f l e de la Resolucibn 32 de fecha 24 de msru, dn 1885, publicada en Gaceta Oñdal de la Replibiica da Venezuela el 29 de mano de 1995, bajo el No 4.881. EXTRAORDINARIO, sobre la Organizacit~n, Atribuciones y Fundones del Servicio Nacional Integrado de Administraci6n Tnbutaria - Arüculo 2 Deslgno al mencionado dudadano. iuncionario resporigable de la Unidad Administredora Desconcentrada de la Estnidura pan la q d 6 n Finandm del Presupuesta de Gasto del M d c Neional Integredo de Admln- Adusricvs.y Tributana (SENIAT) pap,el ejedclo fecal 2013.
Articulo &'Delego 4.d meridonado dudadama la fawltad para ordenar ompmmbs y pagos hasta por un monto de 1600 U.T.
Articulo 4. En bo y docmmis wbc~ilos en ejercido de &a ddegación. oe deberá Indicar el nhero y de la peosnte Pmvidencia. asl como el número dn la Gaceta Ofidal de la Re@blio BJajaislaia de \Isnezuels y la fecha do publicadon.
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Artlculo 6. La presente Pmwdencia Administrativa entrará en vigencia a partir de la fecha de la República Bolivariana de Venezuela.
NDON IQWAL INTEGRADO
DE ADMINISTRACI~N ADUANERA Y TRIBUTARIA Decreto No 5.851 de fecha 01-02-2008
Gaceta Oficial de la República Bolivarianc de Venezuela No 38.863 del 01-02-2008
Caracas. 1 9 NOV 2013
Quien suscribe, JOSE DAVID CABELLO RONDON. titular de la d u l a de identidad No 10.300.226, Superintendente del Servicio Nacional lntegrado de Adrninistraadn Aduanera y Tributaria - SENIAT, en mi condicidn de máxima autoridad conforme lo establece el artlwlo 7 de la Ley del Servicio Nacional lntegrado de Administraci6n Aduanera y Tributaria, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 37.320 de fecha 08 de noviembre de 2001. y en uso de las abibuúones que me confieren los numerales 3 y 9 del articulo 10 de la citada Ley. articulo 21 de la Pmwdencia Administrativa que dicta la Reforma Parcial del Estatuto del Sistema de Recursos Humanos del SENIAT, publicada en la Gaceia Oficial de la República üoliiriana de Venezuela No 38.292 de fecha 13 de octubre de 2005, artículo 51 de la Ley Orghnica de la Administraadn Financiera del Sector Público, publicada en la Gaceta üñdal de la República Bolivariana de Venezuela No 38.661 de fecha 11 de abril de 2007. artlwlos 48, 49 y 51 del Reglamento No 1 sobre el sistema presupuestario, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela NO 5.781 Extraordinario, de fecha 12 de agosto de 2005. dicto la siguiente:
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA No S N A T - ~ G I ~ - ' ~ ~ o 7 1
&tículo 1. Designo al audadano ANIBAL JOSE LANZ PADRON, titular de la cedula de : identidad No 11.510.350. como Gerente Regional de Tributos Internos de la Regi6n . C e n e Occidental en calidad de TItular, para que ejerza las competencias asignadas al
cargo, Maladas en el Artlculo 94 de la Resoluci6n 32 de fecha 24 de marzo de 1995. publicada en Gaceta üñaal de la República de Venezuela el 29 de rnarzo de 1995. bajó el No 4.881. EXTRAORDINARIO, sobre la Organizaci6n, Atribuciones y Funaones del Servicio Naaonal lntegrado de Administraci6n Tributaria.
Artículo 2 Designo al menúonado ciudadano. funcionario responsable de la Unidad Administradora Desconcentrada. de la Estructura para la Ejecuci6n Finanaera del Presupuesto de Gasto del Servicio Nacional lntegrado de Administraci6n Aduanera y Tributaria (SENIAT) para el ejercicio fiscal 2013.
Articulo 3. Delego en el mencionado ciudadano la facultad para ordenar compromisos y pagos hasta por un monto de 1000 U.T.
Artículo 4. En los ados y documentos suscritos en ejercicio de esta delegaabn, se deberá indicar el número y fecha de la presente Providencia, as1 como el número de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y !a fecha de publicacibn.
Articulo 5. La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de la fecha de publicaci6n en la Gaceta Ofdal de la R e p ú M i Bolivariana de Venezuela. Comunlquese y Publlquese.
DENTE DEL SERVICIO NACICNAL INTEGRADO DE ADMINIsTRACIÓN ADUANERA 5' TRIBU1
Decreto No 5.851 de fecha 01-02-20~8 Gaceta OTiúal de la República Bolivariana de 'ienezuela
No 38.863 del 01-02-2008
Caracas, 1 9 ?!2!! Xll:
203' y 154'
Quien susuibe, JOSE DAVID CABELLO RONDON. tituis: de la cedula de identidad No 10.300.226. Superintendente del Servicio Nacional Lnkgrado de Administración Aduanera y Tributaria - SENIAT, en mi condición de m8:cirna autoridad conforme lo
establece el artlculo 7 de la Ley del SeMao Nacional lntegrado de Adminisba6, Aduanera y Tributaria, publicada en la Gaceta Oficial de la Repúbli i B d i de Venezuela No 37.320 de fecha 08 de noviembre de 2001. y en uso de las abikiciones que me confieren los numerales 3 y 9 del artlculo 10 de la citada Ley. arííwlo 21 de la Providencia Administrah que dida la Reforma Parcial del Estaíuto del Sistema de Recursos Humanos del SENIAT, publicada en la Gaceta Ofiaal de la RepCiblica Bolivariana de Venezuela No 38.292 de fecha 13 de oáubre de 2005. articulo 51 de la Ley Orgánica de la Administraa6n Financiera del Sector Público, publicada en la Gaceta Oficial de la República üolivariana de Venezuela No 38.661 de fecha 11 de abril de 2007. adlculos 48.49 y 51 del Reglamento No 1 cobre el sistema presupuestario. publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 5.781 Emaordinario. de fecha 12 de agosto de 2005. dido la siguiente:
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA No SNAT-2013- ao o 73 Artlculo 1. Designo al audadano RICARDO ALI RODRIGUU , Mular de h cedula de identidad No 9.907.286. como Gerente Reglonal de Tributos Internos de h Reglón Insular en calidad de Titular. para que ejerza las wmpetenaas asignadas al cargo . sellaladas en el Artlculo 94 de la Resolua6n 32 de fecha 24 de marzo de 1995. publicada en Gaceta Ofiaal de la República de Venezuela el 29 de marzo de 1995. bajo el No 4.881, EXTRAORDINARIO. sobre la Organizaa6n, Atribuciones y Funciones del Servicio Nacional lntegrado de Administraa6n Tributaria.
Artlculo 2. Designo al mencionado ciudadano. funcionario responsable de la Unidad Administradora Desconcentrada de la Estructura para la Ejecuci6n F m a e r a del Presupuesto de Gasto del SeMao Naaonal lntegrado de Administración Aduanera y. Tributaria (SENIAT) para el ejemao fiscal 2013.
Artlculo 3. Delego en el mencionado ciudadano la facultad para ordenar compromisos y pagos hasta por un monto de 1000 U.T.
Artlculo 4. En los ados y documentos susuiios en ejeracio de esta delegaah. se deberá indicar el número y fecha de la presente Providencia, as1 como el número de h Gaceta Oficial de la República Bolimriana de Venezuela y la fecha de publiioón.
Articulo 5. La presente Pmwdenda Administrativa entrará en wgenaaa partir de h fecha de publicaci6n en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezueh. Comuníquese y Publlquese.
Oeasb NO 5.851 de f d t a 01-02-2008 GacetaOTiciddefa~GraBdivanaMdeVenepiela
NO 38.863 del 01-02-2008
REPÚBLICA BOLlVARlANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE FINANZAS
SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMlNlSTRAClON ADUANERA Y TRIBUTARIA
N* SNAT12013 1.0 a 7 2 Caracas, ' 2013
AÑOS 203' Y 154'
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
El Superintendente del Servicio Nacional lntegrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en uso de las facultades previstas en los numerales 1 y 7 del articulo 4 de la Ley del Servicio Nacional lntegrado de Administración Aduanera y tributaria, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 37.320 de fecha 0811 1R001. y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 66 Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana-de Venezuela N" 37.305 de fecha 1711 012001.
Dicta lo siguiente:
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE LA TASA APLICABLE PARA EL CALCULO DE LOS INTERESES
MORATORIOS CORRESPONDIENTE AL MES DE OCTUBRE DE 2013
Artículo Único. La tasa de interés activa promedio ponderado de los seis (06) principales bancos comerciales y universales del país con mayor volumen de depósitos. excluidas las carteras con intereses preferenciales. fijada por el Banco Central de Venezuela para el mes de Octubre de 2013, es de 16,70%.
En consecuencia, para el cálculo de los intereses moratorios causados durante el mes de Octubre de 2013. se aplicará dicha tasa incrementada en uno punto dos (1.2) veces.
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407.100 GACETA OF'ICLAL DE LA R E P ~ B L I C A B O L I V . A DE VENEZUELA ' Martes 19 de noviembre de 2013
Dado en Caracas a los 1 9 días del mes de de 2013. Anos I REPÚBuCA BOUVARIANA DE VENEZUELA
' de la Federación y 14' de la Revolución.
al minlstracl6n Aduanera y Tributarla
Drn(o K 5 m1 da 01-02-2008 G6C&ORDelN'Y)863W01-02-W
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
REPUBLICA BOUVARIANA DE VENUUEW
MINiSiERiO DEL PODER P O P U W PARA LA DEFENSA
DESPACHO DE LA MINlSTRA
can-, 17 NOV 2013 203O y 154O
La Minisba del Poder Popular para la Defensa, ALMIRANTA EN IEFA, , CARMEN TERW MELÉNDEZ RiVAS, designada medlante Decreto NO 214 de
fecha 05 de julio de 2013, publlcado en la Gaceta Ofidal de la Repúbllca
Wvariana de Venezuela No 40.204 de fecha 10 de julio de 2013, en ejerddo de
las atribuciones que le confieren los artículos 34 y 77 numerales 19 y 26 del
Decreto No 6.217 w n Rango, Valor y Fuerza de Ley OrgAnIca de la Admlnisbadón
Pública de fecha 31 de julio de 2008, en concordada relación m lo dispuesto en
el arbkulo 11 del üecreto wn Rango, valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza
Armada Nacional Bolivariana de fecha 09 de mano de 2011, publicada en la
Gaceta Ofiaai de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria No 6.020 de
fecha 21 de mano de 2011 y lo sefialado en el articulo 1 dJ Reglamento de
Delegación de Firma de los Ministro del Ejecutivo Nadonal de fecha 17 de
septiembre de 1969, publicado en la Gaceta Ofidal NO 29.025 de fecha 18 de
sepUembre de 1969,
RESUELVE
B: Delegar en el Almirante WLBERTO AM~LCAR PINTO BLANCO, C.I.
O 6.436471, Comandante General de la Armada Bolivarlana, nombrado según 7 . resoluah No 001427 de fecha 06 de julio de 2013, publlcado en la Gaceta Oficial
de la República Bolivarlana de Venezuela No 40.202, de fecha 08 de julio de 2013,
la facultad de suxriblr los documentos relacionados con el Ingreso, remoción y
retiro de los fundonarlos y fundonarias de confianza de libre nombramlenOD y
remoción de la administración pública, adscritos a la Direcdón de &untos
Nadonales del Componente de la Armada Bolivariana.
De conformidad con lo establecido en el articulo 1 del Reglamento de Delegadón
de Firma de los Ministros del Ejecutivo Nacional, el referido Comandante Geqeral
deberá rendir cuenta mensual a la Ministra de todos los actos y documentos que
hubiere firmado en virtud de esta delegación.
La Mlnistra del Poder Popular para la Defensa podrA discrecionalmente, firmar los
actos y documentos referidos a la presente Resolución.
Queda a salvo lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de Delegadh de
flrma de los Mlni*os del Ejecuüvo Nadonal, respedo a los actos y documentos
cuya firma no puede ser delegada.
El presente acto de delegadón no conlleva, ni entrafia la facultad de subdelegar la
abibudón wnferlda.
-: La presente Resolucl6n entrará en vigencia a partlr de su publicación
en la Gaceta Ofidal de la RepÚbllca Bolivariana de V e n a
MINISTERiO DEL PODER POPULAR PARA DEFENSA
DESPACHO DE LA MINISTRA l
canasl 17 MV 2013 2030 y 1540
RESOLUCI~N N O 003010
Por dlsposldón del Ciudadano Presidente de la República Bolivarbna de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional B d h r i a ~ , de
conformidad m lo dispuesto en el artículo 77 numeral 19 del Decreto NO 6.217
w n ñango, Valor y F u e m de Ley Orgánica de la Administración hiMlca de fecha
31 de jullo de 2008, actuando en concordancia con lo eslablecldo en el artkulo 11
del Decreto w n Rango, Valor y Fuerza de Ley OrgAnica de la Fuerza Armada
Nadonal Bolivarlana de fecha 09 de mano de 2011, publicada en la Gaceta W a l
de la Repúbllca Bolivarlana de Venezuela Extraordinaria NO 6.020 de fecha 21 &
marzo de 2011,
RESUELVE
Efectuar el Jgulente nombramiento:
- Coronel RAFAEL ANTONIO ~ANCHQ MORENO, C.I. NO 9.980.642, Director, e/r del General de Brlgada BORIS ]OSE POYER VASQUEZ, C.I. No 8.315.338.
Comuníquese y
Por el ~ecut ivo
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REP~BUCA BOUVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
DES'PWCHO DE LA MINISTRA
18 NOV 2013 2030 y 1540
Por disposición del Cludadano Presidente de la Repúbllca Bollvariana oe
Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nadonal Bolivarlana, de
cpnformldad con lo dispuesto en artículo 77 numeral 19 del Decreto NO 6.217 con
Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánlca de la Administradón PÚbllca de fecha 31 de
jullo de 2008, actuando en concordancia con lo establecido en el attículo 11 del
Decreto con ñango, Valor y F u m a de Ley Orgánlca de la Fuena Armada Nadonal
Bolivarlana de fecha 09 de mamo de 2011, publicada en la Gaceta Ofidal de la
Repúbllca Bollvarlana de Venezuela Extraordlnarla NO 6.020 de fecha 21 de mano
de 2011,
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Martes 19 de noviembre de 2013 GACETA OFICIAL DE LAREP~BLICA BOLIVARIANADE V E ~ Z U E L A 407.101
1 RECUELVE
m m a r el siguiente nombramiento:
- Contralmiranta ROSANA GONTÁLEZ, C.I. No 6.441.097, Directora.
Comuníquese y
Por el Ejecutiva
REPÚBuCA BOLNARIANA DE VENUUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
DESPACHO DE LA MINISTRA
araas¡ 19 NOV 2013 203O y 1540
RESOLUCI~N NO 0 030 24 La Mlnistra del Poder Popular para la Defensa, ALMIRAMA EN JEFA
CARMEN TERESA MELÉNDEZ RIVAS, nombrada mediante Deueto NO 214 de fecha 05 de jullo de 2013, publicado en la Gaceta Ofidal de la República Bolivarlana de Venezuela No 40.204 de fecha 10 de jullo de 2013, en ejerddo de lasstrlbuciones que les confiere el artículo 77 numerales 19 del Decreto No 6.214 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgdnica de la Administración Pública de fecha 31 de julio de 2008, en concordancia con lo estableddo en el articulo 11 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgdnica de la Fuem Amada Nadonal üolivariana de fécha 09 dé marzo de 2011, Publicada en la Gaceta Ofidal de la República üolivariana de Venezuela Extraordinaria No 6.020 de fecha 21 de marzo de 2011, y lokefialado en el artículo 29 de la Ley de reforma Pardal de la Ley Orgdnlca de la Administración Rnanciera del Sector Público, publlcado en la Gaceta Oficial No 39.164 de fecha 23 de abril de 2009, y artículo 16 del Reglamento No 1 de la Ley Org6nica de la Administración Rnandera del Sedor Público, publicado mediante Decreto 3776 de fecha 18 de jullo de 2005 en la Gaceta Oficlal No 5781 de fecha 12 de agosto de 2005,
RESUELVE
'w: Designar al Fondo de Inversión Misión Negro Primero, S.A como administrador de los créditos adicionales para dotar de material de Intendencia clase 11 al personal de cadetes y Oficiales de planta de Academla Militar de la Armada Bolivariana por un monto CUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINnCUATRO MIL BOÚVARES SIN CÉNTIMOS (ES. 4.924.000,OO).
SEGUNDO: Designar al Fondo de Inversión Misión Negro Primero, S.A como admlnlstrador de los ukditos adicionales para financiar la particlpadón del Buque Escuela AB "Simón Bolívar" (BE-11) en la regata "Velas Latinoamericanas 2014" por un mqnto CATORCE MILLONES SETEUENiOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENIVS OCHENTA Y OCHO WLÍVARES CON NOVENTA Y UN CÉNTIMOS (B. 14.739.988.91).
JERCFRQ: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Comuauese y Por el Ejecutivo
publiquese.
REPÚBLICA BOLNARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
DESPACHO DE LA MINISTRA
RESOLUCI~N No 0 03025 La Mlnlstra del Poder Popular para la Defensa, ALMIRAMA EN JEFA
CARMEN TERESA MEL~NDEZ RIVAS, nombrada mediante Decreto No 214 de fecha 05 de julio de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República üollvarlana de Venezuela No 40.204 de fecha 10 de julio de 2013, en ejercido de
las abibudones que les confiere el artículo 77 numerales 19 del Decreto NO 6.214 con Rango, Valor y Fuera de Ley Org6nica de la Mminisbadón PÚMIca de fecha 31 de jullo de 2008, en concordancia con lo estableddo en el artículo 11 del üeueto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgdnica de la F w m Armada Nadonal üollvarlana de fecha 09 de marzo de 2011, publicada en la Gaceta üñdal de la República Bollvariana de Venezuela Extraordharla No 6.020 de fecha 21 de marzo de 2011, y lo seiíalado en ei artículo 29 de la Ley de reforma Pardal de la Ley Org6nka de la Administración Finandera del Sector PÚbllco, publicado en la Gaceta ORdal No 39.164 de fecha 23 de abril de 2009, y artículo 16 del Reglamento No 1 de la Ley Org6nlca de la Adminisbación Rnandera del Secbr PÚbllw, publlcado medlante Decreta 3776 de fecha 18 de julio de 2005 en la Gaceta Ofidal No Si81 de fecha 12 de agosto de 2005,
RESUELVE
-. DeslgMr al Fondo de Inversión Mislón Negro Rlm, SA cano admlnlsbador de los uéditos adicionales para la ejecudón de varlas obras militares en distintas entidades de la República BolivarlaM de Venezuela y la remodeladbn, dotadón de mobiliario de la Dirección del Centro de ESMIOS T6cticos, TBailcos y Logisticos de la Universidad Militar Bollvatiana de Venezuela por un monto de VEINTIaNCO MILLONES -ENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y sas BOUVARES CON VEINTE Y CUATRO cÉNTIMOS (BS. 25.364.286,24).
SEGUNDO: La presente Resolución entrar6 en vigencia a partir de su puMicadbn en la Gaceta üfidal de la República üolivariana de Venezuela.
Comuníquese y publlquese. Por el Ejecutivo Nadonal ,
DM/NO 064 Caracas, , de de 2013.
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr una mayor eficacia política y calidad revoludonarla de la Administración Pública, en aras de la construcdn del socialismo y un Estado ético, que exige funcionarias y fundonarlos honestos y eficientes, que m6s que un altar de valores exhiban una conducta moral en sus condidones de vida, en su relaclón con el'pueblo y en su vócadón de servldo, en ejercido de las atribudones que confiere el arb'culo 77 del Decreto No 6.217, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Org6nica de la Adminlsbadón PÚMlca, concatenado con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Org6nlca de Procedimientos Administrativos, y lo estableddo en los artículos 5 numeral 2, y 19 último aparte de la Ley del Estatuto de la Fundón Públlca, este Despacho,
RESUELVE
Artículo único. Designar al ciudadano JHON ARTURO 'SOSA MARI~~O, tltular de la cedula de Identidad No V-6.114.438, como Director de Admlnlstracl6n, Chdigo de Nómina (340), Dependenda 11001150, adscrito a la Dirección General de la Ofiana de Administración y S ~ N ~ ~ O S , a brtlr del 1 8 de agosto de 2013, teniendo por norte los principlos y valores humanistas del soclallsmo, cuyo objetiuq. fundamental, descansa sobre los caminos de la justkla sodal, la equld ,dry:;l&~plideridad entre los seres humanos y las institudones de
.., la República. L:''
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407.1 02 GACETA OFICLAL DE LA REP~BLICA BOLIYARJANA DE VENEZUELA Martes 19demwiembredeUIW
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO
~ c A w ~ D E v e S r n a A MINlSTERlO DEL PODER P O P U F PAW
DESPACHO DEL MINISTRO
AkOS 203* y lSOO
En conformidad con los artículos 62 y 7i, numeral 19 del üefmto con Rango, Valor y Fuena de Ley Orgdnica de b Admlntsbad6n Públlca; artículo "5 numeral 2 de la Ley del EstaMo de b ñmdón Pública'; artículo "3, numeral 1 y, articulo 9 de b Ley del EstaMD sobre el Reglmen de Jubiladones y Pensiones de los Fundonariús o Fundo~rias, Empleados o Empleadas de la M t n l n ~ Púbka Nado~I, de los Estados y de los Munkipios, este Despacho Ministerial, I
POR CUANTO
La Dlrecclón General de la Ofldna de Recursos Humanos de este MinWrio hace constar mediante la Hoja de Cálculo de Jublladón que, la Funcionaria GUERRA MEZA AUUA, de nado~lidad vek lana, mayor de edad, titular de b cédula de ldentldad iy.v-5.093.761, cuenta con CINCUENTA Y CINCO (55) años de edad, con una antigtiedad de M N n N W E (29) años de seivido p&dos en la Adminlsbadh Públlca Nacional, con un sueldo promedlo mensual correspondiente a los úitimos velntlcuabo (24) meses, de CUATRO MIL TRESSUENTOS CUARENTA Y SEIS B~ÚVARES CON CUARENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.4.346,43), quien se desempefia en el cargo & BACHILLER 1,
POR CUANTO
La Funcionaria RANGEL PARRA IB€ili DEL VALLE, ya Identificada, cumple con los requisitos de Ley, para que le sea otorgado el beneficio de jubilación,
RESUELVE
ÚNICO. Otorgar el beneficio de Jubilación a la Funcionaria RANGEL PARRA I B m DEL VALLE, de nacionalldad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NO V.- 10.720.186. El monto de la Jubilaci6n asciende a la cantidad de CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS BOL~VARES CON CINCUENTA Y TRÉs CENTIMOS (Bs.4.742,53) mensuales equivalente al OCHENTA POR CIENTO (80orb) del sueldo promedio de los Últim pagarse quincenalme
Ministro ~ e e r e t ~ No 02 de Igha 22 de aMI de 2013
Gaceta Oíidal No 40.151 de M M 22 de abñ de M13
~ ~ ~ ~ ~ c A ~ ~ D E v B Y ~ ~ B A - MINISTERIO DEL PODER POPUIAR PARA
TRANSPORTE ACUARCO Y AÉREO
DESPACHO DEL MIN- ESOLW~N N? gg CARACAS, DE DE al3
... 1 Y m. 2013
En conformidad con los artiailos 62 y 7i, numeral 19 del üeueb am Rango, Valor y Fuetza de Ley Orgánica & b Adminictradái PÚblka, artículo 5 numeral 2 de la Ley del EstaUo de b Fundbn PÚMka; artkulo 5, de la Ley del WaMo sobre ei Régimen de Jubfbdoner y Pensiones de los Funcio~rlos o ' Funcionarias, E m p W h o Empleadas de la Administradón PúMlca Nadonal, & los EsiAos y de los Munldplos, y artículo 2 del Reglamenbo sobe el Régimen de Jubliaciones del Personal de Conbuladores de Tránsito Aho, este Despacho Ministerial,
I POR CUANTO
La Direcclh General de la Oficina de Reaims Humanos & este Ministerio hace constar mediante la Hoja-de Cáiculo de Jubiladón que, la Funcionaria RANGEL PARRA: IB€iH DEL VALLE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titubr de la cécfub de identidad No V-10.720.186, cuenta con CUARENTA Y CUATRO (44) años de edad, con una antigüedad de VEXNTID6S (22) aiios de S ~ M ~ O prestados en la Administración Pública Nacional, m un sueldo promedio mensual correspondiente a ios úitimos vdntiaratro (24) meses, de CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO BOLÍVARES CON DIECISEIS CÉNTIMOS (Ba5.928,16), quien se desempefia en el cargo de CONTROLADOR TRANSrrO AÉREO
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POR CUANTO
La Funcionaria RANGEL PARRA I B n H DEL VALLE, ya identificada, cumple con los requisitos de Ley, para q w le sea otorgado el beneficio de jubilación,
RESUELVE
ÚNICO. Otorgar el beneficio de Jubilación a b Funcio~ria RANGEL PARRA I B m DEL VALLE, de nacionalldad ve-obna, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NO V.- 10.720.186. El monto de la Jubllac16n asciende a la cantidad de CUATRO MIL SmCIENTOS CUARENTA Y DOS BOÚVARES CON CINCUENTA Y TRÉS CÉNTIMOS (Bs.4.742,53) mensuales equivalente al OCHENTA POR CIENTO (80orb) del sueldo promedio de los ÚIti pagarse quincenalm
Ministro Decreto No 02 de fecha 22 de abtil de 2013
Gaceta ORdal No 40.151 de fecha 22 de abrll de 2013
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MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTÉ
REPÚBuCA BOLNAWNA DE V E N R U U MINISiERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE
Años 2030 y 1540
üe confmidad con las abibuclones establecidas en el arblculo 7i, numeral 9, del üecreto con Rango, Valor y Fueiza de Ley OrgAnica de la Administración Pública; artículo 21, numeral 8, del Decreto Sobre Organización y Funcionamiento de la Adminisbadón Pública Nadonal, y articulo 129 de la 'Ley de üosques.
CONSIDERANDO
Que confme al artículo 2O del Decreto No 7.457 de fecha lo de junio de I 2010, la Empresa Nacional Forestal S.A., tiene por objeto la producción
sustentable "de bienes y servicios foresía&, a babavés de & pJanifiwaOn y manejo del patrimonio &reshI, bajo una vWn sodallsta, orientado a favorecer la participación aidirecta de las annunirlddes locales y obas c~yanhabnes sooales en la producaOn, pmewmiento y annerdalkadfn & bienes f o ~ l e s maderablles, no madaables as/ w m tambiPn o- benefidm pvvenienies del hque; y en genera4 ml&ard Crd' krc a& y negwWca junaiws hiitvs que guardan relacidn w n el objeto despailo':
CONSIDERAN DO \
Que el articulo 3O, numeral 3, del Lkueto No 7.457 de fecha a l 0 de junio de 2010, le otorga la faailtad a la Empresa Nadonal Forestal S.A., para recibir mediante asignadón las unidades para el manejo forestal adminlsbadas por el Mlnlsterlo del Poder Popular para el Ambíente, localizadas en Reservas Forestales y otros espacios propiedad de la Nación, siendo que la referida empresa redM6 mediayte contratos las slguientes Unidades de Manejo Forestal en el estado Bolnrar: Reserva Forestal Imataca, Imataca 11 (130.000 has), Imataca IV (160.900 has), Imataca V (166.634 has), Imataca W i (140.400 has), Reserva Forestal San Pedro-El Manteco (193.000 has) y Manteco iIi (144.265 has). Igualmente las Unidades de Manejo Forestal de Palmito en el estado üelta Amacuro, Delta 11-Pedernales (170.877 has), Delta iIIGwquinlma (163.113 has) y Delta?V-Merejina (305.276 has).
CONSIDERANDO
Que el articulo 101, numeral 9, de la Ley de Bosques establece la guía amo Instrumento de control y los artículos 156 y 159 del Reglamento de la Ley Forestal de Cwlos y de Aguas, disponen que el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente deteminará el diseño y demás características de los martillos forestales y las guías de circulaci6n.de productos forestales, que se usarán para el control de todas las explotaciones de madera, su movilización e identtficadón.
CONSIDERANDO
Que por ttatarse de.bienes perecederos expuestos a la intemperie, riesgo de deterioro y pérdida, se requiere medidas orientadas pa,ra su movilizadón a fin de evitar la pérdida, asegurando su debida utilización en beneficio de los intereses de la Nación.
CONSIDERANDO
Que la Empresa Nacional Forestal S.A., es responsable del manejo y comercializaclón de los bienes forestales resultantes de los planes de aprovechamiento aprobados, que requiere de un proceso Idóneo, eficaz y oportuno para el comercio de los productos forestales, por lo que la referida empresa deberá solicitar ante el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, la respectiva guía de circulación establecida en Resolución 0000068 del 23/10/2009, Gaceta Oficial N039.302 del 09/11/2009 regulada por el registro interno denominado, Sistema de Guías Electrónico de bienes forestales (SIGEFOR), para la emisión propia y eficiente de guías de terreno o canje a personas naturales o jurídicas.
I RESUELVE
. NORMAS PARA LA DISWSIU~N Y EMISIÓN DE GUIAS DE URCULAU~N DE BIENES FORESTALES POR U EMPRESA NACIONAL FORESTAL, S.A.
Objeto Artículo 1. Las presentes normas tienen por objeto fijar los lineamientus para la adqulsldón y ernlsión de guías de circulación para bienes forestales por parte de la Empresa Nacional Forestal S.A., a fin de regular la venta, movilización y canje, de los productos forestales maderables y nd maderables, resultantes de los Planes de Ordenación y Manejo, aprobados por el Minlsterio del Poder Popular para el Ambiente; así como de otros procedimientos técnicos adminisbativos legalmente autatizados.
Solicitud de guía Artículo 2. La Empresa Nauonal Forestal S.A., deberá solicitar por esaito al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, a ttavés de la Dirección General de Bosques, las guías para la moviliza&n de los blenes forestales maderables y no maderables originados de los aprovechamientos autorizados en las unidades de manejo forestal asignadas a la Empresa Nacional Forestal S.A.
Cantidad de guías Artículo 3. La cantidad de guías a solicitar corresponderá al total del volumen aprobado en cada autorización para el aprovechamiento forestal, tomando en consideración el tipo de producto, wlumen y cantidad máxima a movilizar con cada guía.
Tipo de Guía Artículo 4. Las guías requeridas por la Empresa Nauonal Forestal S.A., serán, la azul para los terrenos baldios u ob-os propiedad de la Nación, ejidos y de propiedad privada en el territorio Nacional y la roja para el canje, de confonnldad con lo establecido en la Resolución No 0000068 del 23 de octubre de 2001, publicada en la Gaceta Oficial No 39.302 de fecha 09/11/2009.
Sumlnlsbo opomino de guías Artículo 5. La Dirección General de Bosques a travb de la Dlrecdón de Supervisión y Control Forestal coordinará con la Empresa Nadonal Forestal S.A, la adjudlcadón y expedición oportuna de guias de dmladón de productos forestales sobre los que se han otorgado permisos o concesiones de aprovediamiento y los provenlentes de una medida de comiso, apoitados a la Empresa Nacional Forestal S.A.
l Emislón de guías
Artículo 6. La Dirección General de Bosques coordinará la inciuslón de la Empresa Nadonal ,Forestal S.A., en el SIGEFOR, a (propósb de la creación del USUARIO G U M para la emisión oportuna y descenttalizadón del proceso de otorgamiento de guías, así como la aplicación de los procesos y su control.
a Firma de guias ARlculo 7. El Presld te de la Empresa Nacional Forestal S.A., firmará y expedlrá las guías de dmladón de bienes forestales a los adquirentes de productos forestales, en las áreas de su competencia.
Valor, vigencia, costo, inutilización y anulación de guías
~ r t í c u l o 8. El valor, vigencia, costo, inutilizad6n y anuladón de guias se regirá por lo establecido en la Resolución 0000068 del 23/10/2009 publicada en la Gaceta Ofiual No 39.302 de fecha 09/11/2009.
Información Artículo 9. La Empresa Nacional Forestal S.A., deberá envlar trimestralmente a la Dirección General de Bosques una relación de las guías emitidas con los soportes de pagos efectuados por concepto del valor de las mismas, de igual forma remitirán copia de la relación, a la Direcdón Estadal del Poder Popular para el Ambiente, respectiva.
Artículo 10. Estas normas entrarán en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Comuníquese y Publiquese, Por el Ejecutivo Nacional
MIGUEL LEONARDO RODRICUU MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA EL A M B I E m
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MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA CIENCIA, TECNOLOGÍA
.REP~BLICA BOLIVARIANA DE VENUUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA CIENCIA,
TECNOLOOIA E INNOVACION DESPACHO DEL MINISTRO
En ejerck4o de las atiibudones que me wnfiere el Deueto N' 02 dr fecha 22 de abril de 2013 Publicado en Gacata Otidal & la ReptiMica Bolivariana de Venezuela No 40.151. de era mhma fecha. en concordancia wn lo establecido en el arllculo 77. numerales 3 y 18 LI Demto con ñango. Valor y Fuerza de Ley Orgkilca de Admlniatraddn Pdblica. publlcado en Gaceta Oklal de la Redblica Bolivanana de Venezuela No 5.800. Exiraodinatio. de feoha 31 & iulio de 2WB: el artlculo 5 y 6 del Deueto, 677 de lacha 21 de Junio de 1985. wntenUvo de las ~ o r i a s sobn ~údadones, Asoclsclones v Sociedades Clvilea del Emdo v el Control de los Apofles PJbllcos a la8 InsGiudonn Prlvsdas ~ ~ m ~ i a r e s y de acuerdo con lo prevt~io en las CIPU~UI~S ~ 6 p ~ m s y Occiva de ~w ~ s i a ~ o a de Is Fundacldn Centro Nacional de Innovacidn Teuiol6gica (CENIT). r8D Despacho.
RESUELVE 1 Alticulo 1. Derlgnsr como Dlrsctorss mlembm del Consejo Dlrecllvo de LA FUNDAC16N CENTRO NACIONAL DE INNOVAC16N TECNOL6GICA "CENIT", a loa ciudadanos que w mrnclonan a wntlnuaci6n
I PRYIClPUEl 8UPWITW 1
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~ r t i c u ~ o 2. La preclente Reaolucldn entrar6 en la Gaceta Oticlal de la República Bollvarlana de Venezuela. Comunlquese y publlquere, Por el Ejecutivo Naclonal.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA CIENCIA, TECNOLOG~ E INNOVACION DESPACHO DEL MINISTRO
En ejerclcio de las atribuciones conferidas por el Decreto Presldendal No 02 de fecha 22 de abril de 2013. publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.151 de la misma feche; en conwrdancla con el Decreto Preeldencial N' 8.901 de fecha 03 de abril de 2012, publicado en la Gaceta Oficial do la Reptibllca Bolivariana de Venezuela No 39.897 de la inisma feche, de conformidad con lo establecido en los artlculos 12 y 77, numerales 2, 12, 19 y 27 del Decreto wn Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgbnlca de la Admlnlstrac~6n Públlca, publicada en le Gacela Oficial de la Reptiblice Bolivariana de Venezuela No 5.890 Extraordlnarlo de fecha 31 de ]uUo de 2008, y en loa artlculos 42 y 47 del Reglamento No 1 de la Ley OrgInica de Admlnlstrad6n Flnanclera del Sector Públlco sobre el Slstema Pmeupueelarlo publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N O 5.781, Extraordinaria. de fecha 12 de agwto de 2005, este Deepacho,
RESUELVE
ÚNICO. Aprobar la Estructura Financiera del Ministerio del Poder Popular pan Cienda. Tecnologla e Innoveci6n pera el Ejercicio Ewn6mlco 2014; le cual, estar& wnrtltulda por la Unidad Adminletradora Central cuya denominacl6n ee senala a wntlnuacl6n:
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACI~N
DESPACHO DEL MINISTRO
FECHA: 1811112013
203O y 154O
RESOLUCI~N
De conformidad con lo establecido en el articulo 84 de la Ley Orgknica de Procedimientos Administrativos. se ~ r o d e a la correcd6n de la Resolucibn No 194 defecha 08 dé octubre de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.272 de fecha 15 de octubre de 2013, a traves de la cual se designa al dudadano MANUEL P ~ R E Z ALVAREZ, titular de la Cédula de IdenüCad No V.- 5.532.028, como Director General de Acceso y Uso a las Tecnologlas de lnformacibn y Comunicacibn, adscrito al keministerio para las Telecomunicaciones. Tecnologlas de Infomiacibn v Serviaos d os tales por cuanto se incurrib en el er6r material siguiente: - Donde dice:
PRIMERO: Designar al ciudadano MANUEL PÉRU ALVAREZ, titular de la CBdula de-Identidad No V.- 6.532.028, como Director ene eral de Acceso y Uso a las Tecnologlas de lnformacibn y Comunicacibn, adscrito al Viceministerio para las Telecomunicaciones, Tecnologlas de Informaci6n y Servicios Postales de este Ministerio.
Debe decir:
PRIMERO: Designar al ciudadano MANUEL PÉREZ ALVARU, titular de la Cédula de ldentidad No V.- 5.532.028, como Director General (E) de Gesti6n de Tecnologias de lnformacibn y Comunicacibn, adscrito al Viceministerio para las Telecomunicaciones, Tecnologlas de Infomiaci6n y Servicios Postales de este Ministerio.
En consecuencia, reimprimase íntegramente el texto de la Resoluci6n No 194 de fecha 08 de octu de la República Bolivariana octubre de 2013, rubsanánd mismo número y fecha.
Comuniquese y Publiquese, Por El Ejecutivo Nacional.
Ministro del Poder Popula
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA , MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
CIENCIA, TECNOLOG~A E INNOVACI~N DESPACHO DEL MINISTRO
FECHA: O811012013
En ejercicio de las atribuciones +e me confiere el Decreto No 02 de fecha 22 de abril de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.151 de la misma fecha, de conformidad con lo establecido en el articulo 77, numeral 2, 19 y 27 del Decreto con Rango, Valor y Fuena de Ley OrgAnica de la Admlnistraci6n Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la RepOblica Bolivariana de Venezuela No 5.890 Extraordinario, de fecha 31 de julio de 2008, y en los artlculos 5, numeral 2; 19 en su último aparte y 20 de la Ley del Estatuto de la Funcibn Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la Repúblisa Bolivariana de Venezuela No 37.522 de fecha 06 de septiembre de 2002.
RESUELVE
PRIMERO. Designar al ciudadano MANUEL PÉRU ALVARU. bituler de la CWula de Identidad N* 6.532.028, como Director General (E) de Gesti6n de Tecnologlas de Informadbn y Comunicadón. r d e al Viceministerio para las Telecomunicaciones. T ~ ~ l ~ g i a s de 1- y Servicios Postales de este Ministerio.
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SEGUNDO. La presente Resolución'entrar~ en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficia na de Venezuela.
Comuniquese y Publiquese, Por El Ejecutivo Nacional.
Ministro del Poder Pop
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA CIENCIA, TEcNoLoG~A E.INNOVACI~N DESPACHO DEL MIN1STRO
FECHA: 1411 11201 3 No 206
En ejercicio de las atdbuclones conieridas por el Decreto Presidencial No 02 de fecha 22 de abril de 2013, publicado en la Gaceta Ofiual de la Repúbüca Bolivariana de Venezuela No 40.151 de la misma fecha; de conformidad con b establecido en el artlwlo 77, numeraks 2. 13 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Org4nica de la Administraddn Públlca, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 5.890 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008; en el artlculo 6 del Decreto N" 677 de fecha 21 de junio de 1985 contentivo de las 'Normas Sobre las Fundaciones, Asociaciones y Sociedades Civiles del Estado y el Control de los Aportes Públicos a h e Insütuclones Privadas Simila.msn, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivanana de
'Venezuela No 3.574 Extraordinario de la misma fecha; y en concordancia con la Cidusula Décima de los Estatutos de la Fundación Gran Mariscal de
' Aya+cho (FUNDAYACUCHO), &e Dwpacho,
RESUELVE
PRIMERO. Designar al ciudadano MIGUEL VILLEOAS FEBRES, Wlar de la CBduln de ldenüdad No V.8.314.789 como Presidente (E) de la Fundacih Gran Mariscal de Ayacucho (FUNDAYACUCHO).
SEGUNDO. La presente R e s d W n 8 publicación en la Gaceta Ofidai de le R M b Venezuela.
Comunlquem y Publlquem, Por el Ejecutivo Nacional.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA CIENCIA. TECNOLOGIA E INNoVACIÓN
DESPACHO DEL MINISTRO
FECHA: 14ill12013 N0 207 \ I
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decnrto Presidendel No 02 de fecha 22 de abril de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.151 de la misma fecha, de wnfonnldad con lo establecido en los numerales 13, 19 y 27 del artlculo i7 del Decreto N' 6.217 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Organica de la Administración Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la Repriblica Bolivariana de Venezuela No 5.890 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008 y la Claúsula Vlgéslma Tercera de los Estatutos Sociales de la Empresa del Estado 'INDUSTRIA CANAIMA C.A.", publicados en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.969, de fecha 20 de julio de 2008.
PRIMERO. Designar al Ciudadano AXEL BASTIDAS REYES, titular de la Cedula de Identidad No V- 14.386.424. como Presidente (E) de la Empresa del Estado 'INDUSTRIA ~ANAIMA C.A.".
SEGUNDO: La presente Resolución entrara en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Re na de Venezuela.
Comunlquese y Publiquese, Por el Ejecutivo Nacional.
Ministro del Poder Popu
Gaceta Ofidal N
REP~BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA CIENCIA, lECNOLOGlA E INNOVACIÓN
DESPACHO DEL MINISTRO
FECHA: 14/11/2013
En ejerdcio de las atribuciones conferidas por el Decmto Presidencial No 02 de fecha 22 de abril de 2013. publicado en la Gaceta Oíidal de la República Bolivariana de Venezuela No 40.151 de la misma fecha, de conformidad con b establecido en los numerales 13, 19 y 27 del artlculo 77 del Decreto N* 6.217 con Rango. Valor y Fuerza de Ley Orgdnica de la Administradbn Pdbliica, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de M e r u e h No 5.890 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008 y las Claúsuk DBcima y Décima Tercera de los Estatutos Sociales de la Empresa del Estado Teinwm Venezuela. C.A., publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivarians da Venezuela No. 38.944, de fecha 03 de junio de 2008.
RESUELVE
PRIMERO: Deslgnar al Ciudadano DAMlAN MANUEL LOPEZ MURGA, titular de la Cbdula de Identidad No V- 13.486.728. como Pmidente (E) de la Empresa del Estado uTELECOM VENEZUELA, CA.'.
SEGUNDA: La presente Resoluci6n entrad en vigencia a partir de su publicacih en la Gaceta Oñcial de la República Bolhrariana de Venezuela.
Ministro del Poder Popu
REPOBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
CIENCIA, TECNOLOG¡A E INNOVACI~N DESPACHO DEL MINISTRO
FECHA: lüll112013
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RESOLUCI~N
1 I En ejercido de las atribuciones que me confiere el Decreto No 02 de fecha
22 de abril de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República l Bolivariana de Venezuela No 40.151 de la misma fecha, de conformidad 1 con lo establecido en el artlculo 77, numeral 2, 19 y 27 del Decreto con
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407.1 06 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANADE VENEZUELA , Martes 19 de noviembre de 2013
RESUELVE
Rango, Valor y Fuena de Ley Organica de le Administracibn Pública. publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 5.890 Extraordinario. de fecha 31 de julio de 2008, y en los artículos 5, numeral 2: 19 en su último aparte y 20 de la Ley del Estatuto de la Funcibn Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivamna de Venezuela No 37.522 de fecha 06 de septiembre de 2002.
Funcibn Pública, publicada'en l a &ceta 0ficiai de la República Bolivariana de Venezuela No 37.522 de fecha 06 de septiembre de 2002.
Bolivariana de Venezuela No 40.151 de la misma fecha, de conformidad con lo establecido en el ni~iculo 77, numeral 2, 19 y 27 del Decreto con Rango. Valor y Fuena de Ley Organica de la Administraci6n Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la Repiiblica Bolivariana de Venezuela No 5.890 Extraordinario, de fecha 31 de julio de 2008, y en los artículos 5, numeral 2; 19 en su Último aparte. 20 v 21 de la Lev del Estatuto de la
PRIMERO. Designar al ciudadano ANIBAL GHANEM AYOUBI, titular de 1 RESUELVE
la CMula de lientidad N" 12.625.854, como Director General (E) de Acceso y Uso a las Tecnologías de Informaci6n y Comunicaci6n, adscrito al Uceministerio para las Telecomunicaciones, Tecnologias de PRIMERO. Designar a la ciudadana MARYCEL PACHECO GUTIERREZ,
Informacibn y Servicios Postales de este Ministerio. titular de la CBdula de Identidad N" 17.439.963, como Directora General del Despacho de este Ministerio,
publicaci6n en la Gaceta Oficial de lica Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO. ~a presente Resol publicaci6n en la Gaceta Oficial
Comuníquese y Publiquese, Comuníquese y Publlquese, Por El Ejecutivo Nacional. Por El Ejecutivo Nacional.
Ministro del Poder Popular Ministro del Po
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REPÚBLICA BOLIVARLANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA CIENCIA, TECNOLOGLA E INNOVACI~N
DESPACHO DEL MINISTRO
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En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Decreto No 02 de fecha 22 de abril de 2013. publicado en la Gaceta Oficial de la Republica Bohariana de Venezuela No 40.151 de la misma fecha, en concordancia con lo establecido en los artlculos 77, numeral 13 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orghnica de la Administraci61-1 Publica. publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 5.890 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008, y según lo dispuesto en las Clausulas Decima Quinta.Vig6sima Primera y Vigesima Segunda, del Acta Constitutiva Estatutaria de la Fundaci6n para el Desarrollo de la Ciencia y Tecnologla en el Estado Sucre (FUNDACITE-SUCRE) este Despacho,
RESUELVE
PRIMERO. Designar al ciudadanu ENRIQUE ORTlZ. titular de la CBdula de Identidad No V- 8.647.822, como Presidente de la Fundaci6n para el Desarrollo de la Ciencia y Tecnolcgla en el Estado Sucre (FUNDACITESUCRE).
SEGUNDO. La presente Resoluci61-1 entrara en vigencia a partir de su publlcaci6n en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela.
Comunlquese y Publfauese. Por el Ejecutivo Naaonel. -
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
CIENCIA, TECNOLOG~A E INNOVACIÓN DESPACHO DEL MINISTRO
FECHA: 1811112013
En ejedc& de las atribuciones que me confiere el Decreto No 02 de fecha 22 de abril &e 2013. publicado en la Gaceta Oñcial de [a República
SERWCIO AUT6NOMO DE REGiSTñOS Y NOTARLAS. REGISTRO MERCANTIL QUINTO DEL DISTRITO CAPITAL
RM No. 224 203' y 154'
Municipio Liberiador, 21 de Agosta del Aflo 2013
Por presentado el anterior docurnen!~ por su FIRMANTE, parasu insmpdón en el RegkWO Mercantil y $aci6n. HBgase de sonfornidad. y ARCHIVESE original. El anterior documento redactado por el Abogado RUEEN DARlO ARIAS REVILLA IPSA N.: 98850,se M b e en el Registro de Comercio bajo si Número: 18, TOMO -126-A REGISTRO MERCANTIL V. PeFechos pagados ES: 0,00 Sagún Planilla RM No. , Banco No. Por BS: 0.00. La 'bden~ficacl6n ae efedu6 as¡: REBECA SAREL DELGADO. CAUADILIA, C.1: y-20.048.803.
Revisor: M R I A ANGELICA LONGART VELASQUE2
F30. Abogado ADOLFO ENRIQUE P
.;ESTA PAGINA PERTENECE A: '::l$ COMUNICACIONES (GRAN CARIBE), SS. $HÚ ero de expediente: 660630
:,**, Y -- y ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS 0'- EMPRESA TELECOMUNICACIONES GRAN CARIBE S A
'..Yo. CEUN 5 0 6 1 MEJ~AS. venezolano. soltero, mayor de edad; Ingeniero.
titular de la cédula de identidad No 6.002.246, R.1.F Nm. V060022468, en mi
caracter de Ucepreaidenta de la empresa TELECOMUNICACIONES GRAN
CARIBE S.A., R.1.F NE. G-200089997 protocolizada ante el Registro
Mercantil Quinto del Distrito Capitel y E e d o Miranda. en fecha 03 de
septiembre de 2008. bajo e¡ No. 95, Tomo 1886 A, CERTIFICO: Que la
&$opia +v.: que a continuacibn se inserta, es traslado fiel y axedo de su original.
se encuentra'as?W% 33 el Libro de Actas de la Asamblea General de
i - , dias del mes de agosto de dos mil trece (2013) siendo las 09:W a.m., 80
reunieron en le T m Fondo Común, d e de la empresa
TELECOMUNICACIONES ORAN CARIBE S A , con la flnalldad de tnitar
sobre los puntoi del Onda; del dia. que mls a d e l M r i.blm, 10s
1 siguientes mimbms de $ Amb lea 0**nl de Aaionlstas de la
I TELECOMUNICACIONES QQW CARIBE S&, R.1.F Nm. 620008999-7
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Martes 19 de noviembre de 2013 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 487.107 1
lo suasivo TGC). Por TELECOM VENEZJELq C A . R.1.F Nro. G I Para el primer periodo de &y (3) aflos de ejercicio la Cak 'A' al 0005143-4, domiciliada en la ciudad de Caracas. tenedoni de le totalidad .. Pnsldente y la Serle 'E nombrad al Vicepresidente. altemandose las
de las acciones de la Sefie 'A', enumeradas de la O1 a la 60 inclusive, que
'representan un porcentaje equivalente al sesenta por ciento (60%) del
capital Social, con un valor nominal de QUINIENTOS TREINTA Y SIETE
MIL NOVECIENTOS TREINTA BOL~VARES (0s. 537.930.00) cada una.
que representan la cantidad de TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS
SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. ' .32.275.800.00), mpmsmtada por su Presidente, el Ing. CHUNG-KAI
CHEN; venezolano, ingeniero, soltero, de este domicilio. mayor de yad. : 'con cédula de identidad Nro. V-11.093.370, R.1.F Nro. V-11093370-0 :.S
conea m Resolución No. 019 emanada del Ministerio del Poder .... '.para Ciqcia, Temologia e lndusitias Intermedias de fecha 15 de fe
2011, publlcede en Gaceta Oficial No 39.618 de fecha 17 de fe
2011; y P& : té' ELPRESA. DE TRANSPORTE DE SEAALE TELECOMUNICACIONES. S-A, abreviadamente TRANSBIT S.A:
cubana, .COnsWulda.~lante Esaiiura Constituüva No. 80 de I
Espcdel del Ministerio de Justicia de la República de Cuba, de fe& 22 de
enero.d&'2007, insQfta m el Registroh16icadl de Ciudad de La Habana el
23 de enero de 2007, en el Libro XXI, Folio 180. Hoja 16, l w p c i h
Primara, tenedora de. la totalidad de: las ecdones de la Serie 'p.
enumeradas ds'- la 61 a la 100 Inclusive, que mpresenian un parte
equlvalerde al cuarenta por ciento (40%) del capbl sodal, 'con
nominal 'de QUINIENTOS TREINTA 'Y SIETE MIL NOVEC
TREINTA BOL~VARES (Bs. 537.930,00) ceda un6 que
cantidad ' de VEINTlQN MILLONES 'QUINIENTOS DI
. DOSCIENTOS BOL~VARES 18s.. 21.517.200,00), representada p
Ppddsnte el 'Sr. CARLOS ERNESTO SILVA PUW, ciudadano CUbanQ;iC
ce&,, mayor de dad. con pasaporte No. 83gq567. según se dejprende
de A& de Junta Genaral:de ACdonistad Extraordinaria alebreda en fedwz. OSde ju~~o deí 2013; .regisiratia según se evidencia eh documenta es^^^? 500. expedido bh f&a 12 de ;ulio de 2013 ante la Uc. Glenda Lej%ia"-
Santos. NdYaria con competencia naclonll de la RepÚbllca de Cuba. el cual
fue debldemekel@altzedo por ante el Ministerio $e Relaciones Exteriores
de -la Rqpi5blica 'de .Cuba en fecha 23 de jullo de 2013 y por a
Consulado' OeMKel di? la Repíiblica Bolivariane de Venezuel
~epúbilce dt9 Cuba en facha 01 de aosto de 2013 según
registro 'ii817.9 el AbQ. .RUBÉN .DAR10 ARIAS REVILLA:
casado. mayor-de edad; desste domicilio, con cédula de iden 11.92&840, en su condioi6p .de Secmiario. Acto seguido y
ecdonlstas se..eAenhan presentes y han aceptado
procede en vifiud de lo previsto eh la ddusgla Décima
ütüs de TELECOMUNI~ACIONES GRAN CARIBE, SA.. a
brar con carácter univei$al la.presente sesión de Asamblea
S, pmndiendo pe convocatoria, a fin de tratar los
S del-ORDENDEL D~A: ......................................................................... ERO: Propuesta de la Serie A. pata la designación de nuevo
representante para ocupar cargo de Vicepresidente hasta la finalización
del segundo período de geaión de la Empresa TELECOMUNICACIONES
GRAN CARIBE, S.A ............ ; ............................................................................ SEGUNDO: Propueste :de¡ la Serie B: pata la designación de nuevo
representante para ocupar el cargo de R~esidente hasta la finalizaci6n del
segundo periodo de gestlbn de la Empreca TELECOMUNICACIONES
GRAN CARIBE. S;A ......................................................................................... pe inmedieto, toma la palabra el Presidente de TELECOM VENUUEY45
C.A.. Ing. .CHUNGKAI CHBN, antes Identffic3bo;quien expuso el
PRIMERO del ...O Nen del ¡Día: Los Estatutos Sociales de la
establecen en su Cláusula Mg6sima Temra que la Junta Direciiva
compuesta por seis (6) miembros: El Presidente, el Vicepresidente Y
(4) Directores y que la designaci6n de los mlenb:os de la Junta Directiva.se
realizad por la Asamblea General de Accioni&is, a propuesta de la Sede A
WLECOM- VENEZUELA, C.A.,) y Serie B rrRANSBIT. S.A.,), por un 1
periodo de ejercicio de tres (3) ahos, de la mafiera siguiente: cada Serie
propondrá a tres (3) miemtp: al Presidente o Vicepresidente, a dos (2) I
Direciores Principales y además a dos L (2) mifimhms suplen!es respectivos. l
iid&ignaciones para los peridos consecutivos. El primer periodo de 4 I::.' estaba mnpendido entre 01 03 de septiembre de 2 m hasta D--- Septiembre de 201 1. sin embargo. por disposición de la Asamblea
J de Accionistas en reunión Nro. 16. se postergó por únice vep y por d phro
(8) meses calendario dicho período, venciendo el ptimer periodo - - 2 -5: 02 de mayo de 2012. En fecha 02 de mayo de 2012 fue cekbíada
Asamblea General de Accionistas Nro. 17 designando h;w:- ntante para ocupar el cargo de Viapresidente de h !&&&
pariodo de gesti61-1 de la Sociedadarnprendido
2 hasta el 02 de mayo de 2015. Ahora bien. desarrollo el segundo periodo de gestión, en nomke y n
Serie A. propongo muy respetuosamente ra~car
Vicepresidente.-de Telecomunicaaones G~&I M b e , S A . al Ing. WlLFREDO MORALES MARQUE, ingeniero. casado. -, mayor de edad. de este domicilio, con cédula de identidad No; 6.450;319 y
nombrar en s u t i i t ~ ó n del referido ciudadano al Ing: CEUN JOSÉ Y W k , -
venezolapo, Soltero. mayor de edad. ingeniero. de este dhidio. tihrlai de
G.1; cédula de identidad No 6.002.2k como Viceprssidde para Mialfiare..' %;.&
e'. :wundo'período de gestión de la Empresa !2 R. 9 a&da la exposiaón. se propone a I~.ASAMBLEA
CIONISTA~: 1 .- Aprobar la designación-antes p-i final¡ segundo.período.de gesü6n de la Empnse. el cual
de mayo de 2015. 2.- Instruir al Vicepresidente-'de Teleamunicadones
. Gran Caribe, SA., para que proceda de i n m s d i a su inscripdón en @ y ...
Registro .Marcantil. Se somete a la consideradón de (os- miembros de b .1
Asamblea Genera! de.Accionistas el punteen aiestión síendo apmbado pa
unanimidad .............................................................................................. .........S
Con respecto al PUNTO SEGUNDO de la Agenda dd'día. h %=.. el Presidente de TRANSBIT SA.; el Sr. CARLOS toftNESTÓSlLV~ ~a~ antes idenWcado. quien expuso: Los Estatutos Socialag de :la Emfresa establecm en su Cláusula Vigésima T- que laZ~unta DLacthre compuesta por seis (6) Memkos: El Presidenteente el Viceprefidenta y aiabr,
(4) Diredores y que la designacih de los miambos de la Junta Directñn
realizará por la Asamblea General de Accionim, a propuesta dela Sena A
VELEOOM VENEZUELA. CA.) y Serie B (TRANSBIT, S
de ejercicio de tres (3) rsiios. de la manera 'si a tns (3) miembros: al Presidente o V i
Principales y además a dos (2) miambos suphtes mer de tres (3) anos de Bjerciao la
y la Serie 'B' nombrad al VicepresKlente,
,:.;;designaciones para los períodos conceartios. El primer período de gestión
comhndido entre el 03 de septiembre de 2008 hsda d W de
de 201 1. sa embargo, por diiposiah de . Asamblea orrni
en reunión Nro. 16, se postergd por única vez y pcr el plazo
de ocho (8) meses calendario dicho perbdo. venciendo el pñmer psríodo en fecha432 de mayo de 2012. En fecha 02 de mayo de 2012 fue celebrada la reunión de Asambla General de Accionistas Nro. 17 designando la Serie
B su representante para ocupar el cargo de Presidente de la Sociedad para
el segundo petíodo de gestión, comprendido entre el 02 de mayo de 2012
.hasta el 02 de mayo de 2015. Ahora bien, estando en desarrollo el segundo
o de gestión. en nombre y representación de'la Seríe B. propongo
respetuosamente revocar del cargo de Presidente de
nicaciones Gran Caribe. SA., al ciudadano: Ing. ALWANDRO
MATOS. ingeniero. casado. cubano, mayor de edad, de esIe
domicilio. con pasaporte No. H001063 y nombrar en sustituáóndel referido
ciudadano como Presidente para que finalice el segundo período de gesti6n
la empresa al Sr. HERMES GREGORIO REMlGlO FERRO; ingeniero.
;casado, cubano, mayor de edad. titular del pasaporte Nm. 1097827.
; FinBlizada la exposición, se propone a la ASAMBLÉA GENERAL DE
ACCIONISTAS: 1.- Aprobar la designacidn antes seiblada para final¡¡ el
I segundo periodo de gestión de la Empresa el cual comprende hasta el 02
de mayo de 2015. 2.- Instruir al Vicepresidente de Telecomunicaáones .kv>
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Caribe, S.A., para que pmceda de inmediato a su insaipci6n en el
istm Mercantil. Se somete a la wnsiderecidn de los miembros de la
Mea General de Accionistas el punto en cuestldn siendo aprobado por
uiranlmrclad. No,heblendo @(asunto que t m r -9s dio por terminada la
Ses lh , w orden6 tranaaibir fa pmseilte Acta en el Libro de Actas
IWW!*, autorlzándoss & su irwcripción en al Registro Mercaniir
-ca*l&ni REBECA S+REL DELGADO CALUDILLA. kitt
venezolana, mayor de da$. de este domidllo. üiular de la c&$l
identidad Nro. 2o.w.ooe y10 RUBÉN DARIO ARIAS R '
venezolana. cesado, rnayarlde edad, de aste domicilio, tihilar de 1
de idenüdad Nro. V- 11.928.MO. Se leyó y conformes f imn: .............. CHEJJ WO) a Nm v 11.093.370
CARLOS EMESTO SLVA PüPO llerb.no ~ r n . Y 6 7
Reptiblica Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnologia e Innovacibn
Corporacibn Para el Desarrollo Clentlfico y Tecnológlco (CODECYT S.A).
203' y 154'
No. 00812013 C i n c i i , 21 de octubre de 2013
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
Yo, Gabrlela Jlrndnez, Presidenta (E) de la Corporacbn para el Derarmllo Clentlflco y Tecnológlco, titular de la &dula de identidad No. V- 13.225.122. carácter que se evidencia de Resoluci(Hi No. 196 de fecha 14/10/2013, publicada en la Gaceta Obial de la República Bolivariana de Venezuela No. 40.272. de fecha 15 de octubre de 2013, suñclenlemente faculiade para este acto por las atribuciones conferidas en el Acta Esiatuiaria en su Cldusula Vigdslma Octava numeral 14:
RESUELVE
ArUculo 1: Designar a los miembros que conformaran la Comisión de Contraiaciones de la Corporación Para el Desarrollo Cientlfico y Tecnológico (CODECYT S.A) con carácter permanente, la cual conocera de b s procedimientos de contrataciones relacionados con la seleccidn de conlratisias para la adquisición de bienes. prestación de servicios o ejecución de obras. de confomidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento.
Arilculo 2: La Comisión de Contrataciones ectara confomada por cuaim (04) miembros principales con sus respectivos suplentes, quienes realizaran sus funciones a tiempo parcial. y será Integrada de la siguiente manera:
Keyla Delgado
ngel Fuentes C.1 No V.- 10.948.762
Arilculo 3: La Secretaria de la Comisión de Conlraiaciones. tiene derecho a voz mas no a voto en los procesos relacionados con la selección de contratisias y ejercerá las siguientes func ones:
Secretaria
1. Convocar a los miembms de la Comisión de Contrataciones a las reuniones que se I programen para tratar asuntos relacionados con los procedimientos de contrataci6n a
efectuarse. asi como coordinar los actos públtos que se celebren. 2. Levantar el acta correspondiente a cada reunión que celebre la Comlslón de
Contrataciones. asi como llevar el control de la asistencia. 3. En el caso de orocedimientos de selección de concurso ablerio y concuno cerrado deberá
llevar el regist;o de las personas juridicas que retiren los pliegos de wntratación. 4. Llevar el conlrol. regislro y custodia de los expedientes de wnüata&nes públicas. 5. Tramitar las solicitudes de cooia de los documentos que forman parie de los expedientes
Jhuleidy Angarita C.I. No V.-10.488.463
Alejandra Marsh C.1 No V- 18.023.864
~ - - - ~
de Contrataciones. 6. Recibir la corresmndencia exleme e interna dirigida a la Comisión de Contraiaciones.
Jorge Aguiler C.1 NOV.6.252.065
Gloria Gutibrrez C.1 No V.- 6.299.662
7. Elaborar las notificaciones de los actos que se dlclen en virtud de los prooedimientos llevados a cabo por la Comisión de Contrataciones. as1 como redactar los proyectos del llamado a participar en concursos-abieilo, los pliegos de condiciones y gestionar lo concemlente a su publicación cuando sea el caso.
8. Presentar los proyectos de pliegos y notificaciones a le revisión de la Comisibn de Conlrataciones.
9. Las demas que le sean asignadas por la Comisión de Contratedones.
M c u l o 4. La Comisi4n de Conlraiaciones podrá requerlr la parüdpedón en calidad de observadores. con derecho a voz pero no a voto, de reprewniantes de le unidad requirente. aegún la naturaleza y complejidad de la contratación de la cual se bate. as1 como incorporar e bá asesoras que consldere necesarios para aquellos procesos que as1 lo amedien. quienes serán designados al inldo da1 proceso de contratacita.
Axilculo 5. La Comisión de Contraiaciones. deberA velar por el wtrlcto cumplimiento de las disp&mnes contenidas en la Ley de Reforma Pardal de Conbalacioner Públicas. su Reglamento y demás nomas legales y sublegales que rigen la malda.
Axiiculo 6: La Comisibn de Contraiaaones. tendrá los deberes y Wbudoras que le anfiecs la Ley de Reforma Parcial de Contrataciones Pliblicas. 'su Reglamento y denJs -6 legaka y sublegales que rigen la materia.
Arilculo 1: Se demga la Providencia Admlnislrativa No. 00712013 de feche 28 de pnb de m13 2013. publicada en Gaceia Oficial de le República Eolnarlana de Venezuela No. 40.223 de 7 de
Axilculo 8: La.presente Providende Adminisüativa enFrá en vigencia a partir de 6u publicacidn en le Gacata oWal de la República Bolivan'ana de Venezuela.
Comuniquese y publlquese.
-' preside& (E) . C.1 V.-13.225.i22
~ . s i p n d i p w ~ a ~ ~ i s a n w 1 8 6 d s ~ r ~ 1 0 ~ 0 1 ~ . p i b ~ l d l n ~ . o ~ . a . ~ ~ m z n d . ~ d p 1 ~ ~ 0 1 3
"REP~~BUCA BOUVARIWA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA CIENCIA,
TECNOLOG~A E INNOVACI~N INSTITUTO VENEZOLANO DE INVESTIGACIONESCIENT~FICAS
(IVIC)
Altos de Plpe, 16 de octubre de 2013
Años 203' y 154"
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA . N" IVIC118-2013''
Quien suscribe Dr. Eloy A. Sira G, titular de la ceduh de identidad N' V-7.500.714. Director
del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas IVIC. designado según R-n
Número058 del 3 de mayo de 201 1, publicada en la G a ~ t a Oficial de h República BolNariana
de Venezuela No 39.665 de fecha 3 de mayo de 201 1. en ejercicio de la atntucMn prevista en
el aniculo 10 numerales 1 y 8 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley del Instituto
Venezolano de Investigaciones Científicas (IVlC). publicada en la Gaceta Oficial de la : .
República Bolivariana de Venezuela N" 37.022 del 25 de agosto de 2000. en concordancia
con lo dispuesto en los aniculos 12, 34 y 37 del Decreto No 621 7 con Rango. Vabr y Fuerza
de Ley Orgánica de la Administraclón Publica, publicado en la Gaceta Oficial de la República
Bolivuiana de Venezuela Extraordinaria N" 5890, en fecha 15 de julio de 2008 y de
conformidad con lo establecido en los aniculos 14, 17 y 18 de la Ley Orgánica de
roced di mi en tos Administrativos publicada en Gaceta Oficial de la República de. Venezuela
Extraordinaria No 2.818. el 01 de Julio de 1.981 y en cumplimiento a lo'dispuesio en el
artículo 10 de la Ley de Contrataciones Públicas y artículo 15 del Reglamento de la
mencionada Ley.
I CONSIDERANDO
Que el Qnsejo Directivo del lVlC en su sesión N" 1486 de fecha 18de julio de 2013, aprobó
la designación de varios funciona~ios para integrar la Comisibn de Contrataciones del
Instituto Venezolano de Investigaciones Cientfficas (IVIC) con carácterpermanente.
I PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA I
Articula l. Constituir con carácter permanente la Comisibn de Contrataciones del Instituto
1 Venezolano de 1nvesti.aciones Científic% (IVIC). competente para conosr. iniciar y
sustanciar los procedimientos de selección de contratistas para la ejewcibn de obras.
adquisición de bienes y prestación de servicios.
I Artlculo 2. La Comisibn de Contrataciones estará integrada por los siguiertes funcionario?,
en representación de las Areas Jurídica, Técnica y Económico Financiera:
MIEMBROS MIEMBROS / c.I 1 1 1 SUPLEf4lES
JURIDICA Anuro Emilio Ferez
Vásquez / V-9.063.092 1 'zt!: 2:;: 1 V-18.233.j 12
ECON~MICO 1 Maryhec Carolina 1 v-18.2m.m 1 Carios Eduardo Torrealba Milano
1 V-5.618.847 1 Goncakes Petit
V-8.677.828 Gamez Mejias
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Las faItas absolutas, temporales o accidentales de los Miembros Pgncipales serán cubiertas I por sus respectivos suplentes.
Articulo 3. Se designan como Secretarla Principal de la Comisión de Contrataciones a la
ciudadana Lourdes Susana rellano de Bastldas, titular de la &duh ce identidad No V-
10.1 16.393 y Secretarla Suplentea la ciudadana Maria Elena Navarro Rivero, titular de la
a u l a de identidad No V-14.214.623, quienes tendrán derecho a voz, más no a voto. en las
deliberaciones de la Comisión y serán las encargadas de compilar. organizar y suministrar
toda la informacibn y documentacibn que fuese necesaria para la correcta activdad de la
Comisibn de Contrataciones Permanente en el ejercicio de sus funciones, Levantar las Actas
de las reuniones y Apertura de Sobres contentivos de Manifestación de Voluntad, de Ofertas, I
--
REP~BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la República Caracas, 28 de octubre de 2013
Años 203O y 154O RESOLUCIÓN No 1764
LUISA ORTEGA DÍAZ Fiscal General de la República
asl como realizar cualquier otra labor que les sea encomendada y relacionada w n la I En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 6 de la &y Comisibn de Contrataciones Permanente. Orgánica del Ministerio Público y, en uso de las abibuciones establecidas en los
Articulo 4. La Comisión de Contrataciones del IVIC será competenie para conocer, iniciar y
sustanaar los procedimientos de contrataciones relacionados con la selección de
contratistas para la ejecución de obras, adquisición de bienes y prestación de servicios
distintos a bs laborales y profesionales, de conformidad con lo dispuesto en el artlwlo 10 de
la Ley de Contrataciones Públicas y su respectivo Reglamento.
numerales 1 y 3 del artículo 25 eiusdem.
PESUELVC:
m Trasladar al ciudadano Abogado FRANK J O S ~ BRACHO,
titular de la cédula de Identidad No 13.735.987, qulen se viene desempeñando
como FISCAL A U X i W R INTERINO en la Fiscalía Centésima Cuadrageslma
Artlculo 5. La Comisión de Contrataciones del lVlC se constituirá válidamente con la 1 Segunda del Ministerio Público de la Circ"nxripd6n'~udldal del &ea Metropolitana
presencia de la mayoría de los Miembros Principales o de los respsctivos suplentes en caso 1 de Caracas; a la F I S C A ~ A VIGÉSIMA TERCERA del Ministerio Público de la
de ausencias del Titulares y su6 decisiones serán tomadas w n el voto favorable de la
mayoría. .
Articulo 6. La Controlaría General de la República, podrá designar cuando lo estime
conveniente representantes para que actúen como observadores en los procedimientos de
contrataciones. con derecho a voz y sin derecho a voto.
Artlcuio 7. Los miembros do, la Comisión de Contrataciones del IVIC. los observadores, asi
como aquellas personas que por cualquier niotivo intervengan en las actdaciones de la
Comisibn, deberán guardar debida reserva de la documentacibn presentada. asi como los
informes, opiniones y deliberaciones que se realicen en ocasión del procedimiento.
Articulo 8. La Comisión de Contrataciones del lVlC podrá convocar a la Unidad,Organizativa
solicitante del bien, de la obra o del servicio a contratar. para que participe en el
procedimiento respectivo y con sus aportes conocer los detalles de los requerimientos y
nacesidades. w n derecho a voz mas no a voto.
Artlculo 9. La Comisión de Contrataciones del lVlC deberá velar por el estricto cumplimiento
de las disposiciones wntenidas en la Ley de Contrataciones Públicas. su Reglamento y
demás Normativas que regulen la materia.
Articulo 10. La Comisión de Contrataciones del lVlC para la ejecución de las obras.
5 de Tbcnicos adquisición de bienes y contratación de servicios, podrá solicitar la Asesc.í-
Especialistas en el área, dependiendo de la complejidad de la contratación
Articulo 11. La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a panir de su
publicación en Gaceta Oficial de la República de Venezuela.
Comunlquese y Publ(quese.
citada Circunxripci6n Judicíal, con competencia plena, cargo vacante, a partir del
30-10-2013 y hasta nuevas i n s t r u c c i o n e s ~ o r i d a d .
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la República Caracas, 28 de octubre de 2013
Años 203' y 154'
RESOLUCIÓN NO 1761
LUISA ORTEGA DÍAZ
Fiscal General de la República
En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 6 de la Ley
Orgánica del Mlnlsterio Público y, en uso de las abibuciones estableddas en los
numerales 1 y 3 del artículo 25 eiusdem.
.-. Trasladar a la ciudadana Abogada DEYANIRA DEL VAUE
V ~ ~ Q U R ALCALA, titular de la cédula de Identidad No 14.367.482, qulen se
viene desempeñando como FISCAL AUXILIAR INTERINO en la Fiscalía W m a
del Ministerio Público de la Circunxripci6n Judidal del estado Yaracuy; a la
F I C C A ~ PRIMERA del Ministerio Público con competenda en toda la
Circunxrlpcj6n Judicial del estado Portuguesa, en materia Conba las Drogas,
Conba la Compd6n, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales, cargo vacante. a
partir del 30 de octubre de 2013 y hasta nuevas instrucciones de esta
Suwriorldad.
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Flscal General de la Repúbllca -, 28 de ochike &*m13 ,
AROS 2030 y lY1° -6N No 1762
m Trasladar a la dudadana Abogada FRhNCIS XüAIUA
SAl?UAS da G- üiubr de b cedub de Idenüdad No 12.747.!YlI quien
sevknedesempdbndocomoFIXU.AU#LURIWCUUNOenla~ Sep4@s¡ms del MlnlstiWo Público a Nhrel NadoMI; zi b FISCAL~A V I G ~ M
NOVENA del ~lnisterio ~ i c o de ia cixunxripdón JU&I estado Miranda,
con sede en Guarenas y mpetiwaa para Intervenir p bs Fases Intemedia y de Juicio Oral, cargo vacante, a partir del 30-10-2013 y hasaa nuevas InshuaionesherQkiperioridad.
VARIANA DE VENEZUELA Martes 19 de noviembre de 2013
REPÜBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la República Cw#ar,25deodubredeM#
Años 2030 y W0
hKQ2 Trasiadar a la dudadana Abogixk . i C A R O u m 1
~ ~ ~ , t l h d a r d e b c e d u l a d e # e n t i d a d ~ ~ # ~ , q u l e n s e v l e n e derempelbndocoroFISCALAUXlLUR~enbmcijlíaSuperkrdel
MinkterioPU#ko&bürauiscripdón~ud#ddelestado)~aida;ab~~SCALfA
~ ~ [ ~ ~ É S a U Q U I ~ ~ ~ d e l M i n ~ ~ i i # k o & b ~ a n s e r i p d á i k d d d ~
~ ~ e t r o p o l i t a ~ d e ~ a r a g s , a w i a ~ m p e t e n d a ~ ~ ~ i p o w g n ~ e , a p a r a d e i 30deochikede2013 y hasianwvashtNaWmsdeerQSipabrldad
REP~JBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PÚBLIC$I
Despacho de la Flscal General de la Repúbllca Caracas, 25 de octubre de 2013
Aiios y 154' ' RESOLUCI~N NO 1747
LUISA ORTEGA DfAZ
Fissal Genetal de la RepÚbllcs
En eJerdcb de la facultad conferida por el artkulo 6 de b Ley
Orgdnle del MinWerio Público y, en uso de las atrikKkner estabkkkts en los
numeraies 1 y 3 dei aitlailo 25 elusdem.
m Trasladar a la ciudadana Abogada NOHENGRY MENWZA,
titular de la &ula de Identidad No 6.348.558, quien se viene desempehndo
como FISCAL AUXIUAR INiERINO en la fiscalla Vlgéslrna Sepoma del
Mlnisterlo Público a Nivel Nadonal; a la FIXALÍA S E X A G ~ M A PRIMERA del MinWerlo Público a Niwl Nacional, con competenda plena, en sustitución del
Abopado GuilkmK, Antonio Moreno Contreras, quien pasar6 a otm destino, a
partir del 30 de octubre de M13 y hasta nuevas Instrucciones de esta
REP~BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PÚBUCO
Despacho de la Fiscal General de la República Caracas, 25 de a b r e de 2013
Aiios 203O y lY1° 1
LUISA ORTEGA DfAZ
Fircal General dala RepÚbllCa
En,ejerckio de la facultad conferida por el atdwlo 6 de la Ley
'Oqhica del Mlnlsterk PúW y, en uso de las atribuciones estableddas en los
numerales 1 y 3 del articulo U eiusdem.
Trasiadar a¡ dudadano Abogado ROGER D A ~ O & A R O
P E m , titular de la cédula de identidad NO 13.616.764, quien se viene
desempeñando corno FISCAL AUXIUAR INTERINO en b Axalia Munkipal
Primera del Mlnlderio Públii de la Grains3pcih Judidd del estado Fak6n; al cargo de FISCAL AUXILIAR SUPERIOR DE INvES~IGAQ~N, adsaito a la W i a Superior del Ministerio Público de la citada Grainscrlpdón Judkbl, con sede en Coro, cargo creado, a partir del 28 de octubre de 2013 y hasta nwvas
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1 Martes 19 de noviembre de 2013 GACETA OFICIAL DE LAREPÚBLICA BOLIVARIANADE VENEZUELA 407.111
REPÚBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Flscal General de la República Caracas, 25 de octubre de 2013
Años 203O y 154' RESOLUU~N N O 1751
LUISA ORTEGA DÍAZ Flscal General de la Republlca
En ejercido de la facultad conferida por el artiwlo 6 de la Ley
Org6nlca del Mlnisterlo Plibllco y, en uso de las atrlbudones establecidas en IQS I
numerales 1 y 3 del artículo 25 elusdem.
m Tmsladar a la dudadana Abogada e N E W
BRICE~~O BARAJAS, titular de la cédula de Identidad No 12.639.672, qulen se viene desempeiiando como FISCAL PROVISORLO en la Awl la Vigésima
Octava del Minlderio Público a Nivel Nacional; a la FSCAlh SEPTUAG~IHA
OCrAVA del Mlnlsterio Público de la arcunscripd6n Judldal del Area
Metropolitana de Caracas, mn competencia en materia Contra la Compdán, en
sustitución de la dudadana Abogada María Ziri-Casbo López, qulen pasará a otro
W n o , , a partir del 28-10-2013 y hasta nuevas Instnicdones de esta
Superladad.
REPÚBLICA BOCIVARIA'NA DE VENEZUELA . - MINISTERIO PUBLICO '
Despacho.de la Flscal General de la República Ca S, 25 de octubre de 2013
" p o s 203O y W, RESOLIJCI~N NO 1753
REP~BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la República Caracas, 25 de octubre de 200
Años 203O y lYl0
LUiSA ORiEGA DfAZ
Fiscal General de la Repúbika
En ejercido de la facultad conferida por el artkulci 6 de la Ley
Org6nlca del Mlnlsterio hblico y, en uso de las atribudones estabieddas en los numeiales 1 y 3 del artículo 25 elusdem.
RESUELVE.
LUISA ORTEGA DfAZ Fiscal General de la Replbiica
m: Trasladar al ciudadano Abogado HÉCTOR ALBERTO
ALVARADO MIUÁN, titular de la cédula de identidad No 13.247313, quien se
viene *mpeiiando como FISCAL AUXIUAR INTERINO en la Fiscalía
Octog-a Primera del Ministerio Públim de la arcunscripdón Judldal del &a
Metmwina de Camas; a la RSC- TRIGÉSIUA NOVENA del Mlnlstetio
PÚblim a Nivel Nadonal, con mpetenda plena, cargo vacante, a partir del 30 de
octubre de 2013 y hasta nuevas instrucciones de esta Superioridad.
m: Trasladar a la ciudadana Abogada ANA MAR~A AGUILERA
PARRA, titular de la cédula de identidad NO 14.272.827, quien se viene
desempeñando como FISCAL AUXILIAR INTERINO en la Ascalía Vigésima
Primera del Ministerio Público de la Circunxripci6n Judicial del estado Carabobo, a
la FIsCAL~A DÉCIHA QUINTA del Ministerio PÚblkú de la ~ruinscripdón
Judldal del estado Lara, con sede en Barqulslmeto y competenda en materia de
Protección de Nliios, Nlñas y Adolescentes, Gvil e InsWwones Familiares, cargo
vacante, a partir del 30 de octubrp de 2013 y hasta nuevas Instrucciones de esta Superioridad.
En ejercicio de la facultad conferida por el artkub 6 de la Ley
Orgdnlca del ~inistefio Públlco y, en uso de las atribudones estableddas en los numerales 1 y 3 dei artiiulo 25 eiusdem.
REP~BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la Repúbllca Caracas, 23 de octubre de 2013
Aiios 2030 y w R E S O L U ~ ~ N No 1710
LUISA ORrEGA DÍAZ
Fiscal General e la República
En ejercido de la facultad conferida por el arbhib 6 de b Ley
Orgdnka del Mlnlsterlo PÚMlco.y, uso de las atrlbucb$s estableddas en bs numerales 1 y 2 del artículo 25 elusdem.
m Trasladar a la dudadana Abogada WLDELENA
HONiENEGRO BARRIOS, titular de la cédula ,de identidad No 16.294.727, qui&
se vlene desempeííando mmo FISCAL A U X I W INTERINO en la Fiscalía
Décima Qulnta del Mlnlsterio Público de la Cimnscripdón Judidal del estado Lara;
a la FISCAÚA OCTAVA del Ministerio PÚMlco del Segundo ClrCulto de la
arcunxripdón Judidal del estado Pomiguesa, con sede en Acarigua y
competenda en materia para la Defensa de la Mujer, a partir del 28 de octubre de
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407.112 GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes 19 de noviembre de 2013
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Flscal General de la Repúbllca Caracas, U de octubre de 20U
Aikr 203" y 154"
RESOLKIbN No 1711
LUISA ORTEGA DfAZ
Fiscal G e m l üa la R4públla
E n ~ d e b f a c u l t a d c o n f e r l & p o r e l a r t l a J o 6 d e b L e y
0- del Mlnlsterb Público y, en uso de las abibudones ertableddas en los
numerales 1 y 3 del artículo 25 eiusdern.
RESUELVE:
m Trasladar al dudadano Abogado M O U ~ DAVID
CÓRDOVA AUAYA, titular de la &ub de kienüdad NO 14.363.197, quien se vlene desempdiando como FISCAL PROVLSORIO en b Rscalb Ceni&ma Q u l w m a Sexta del Ministerio Público de la Circunsuipdón Judkbl del h Metropolitana de Caracas; a la FLSCALfA TERCERA del Minisberk Público de b
Circunscripción Judidal del estado Anzoátegui, con sede en Pwrto la CNZ y
competencia plena, cargo vacante, a parür del 30 de octubre de 2013 y hasta
nwvas instrucciones de esta Sumioridad.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la República Caracas, 23 de &ubre de 2013
Años 203" v 154O
WlsA ORTEGA DfAZ
Fiscal General de la Repúbllca
En ejercicio de la facultad conferida por el arb'wlo 6 de la Ley
Orgánlca del Minlsteco Público y, en uso e las,atribudgnes estabieddas en los
numerales 1 y 3 del articulo 25 eiusdem.
m Trasladar a la ciudadana Abogada D I W MAR~A
GUTIÉRREZ CHIRINO, titular de la cédula de Identldad N! 14396.365, qulen se
viene desempeíiando como FISCAL AUXIUAR INTERINO en b Fiscalía Sexta
del Mlnisterp Público de la Crcunxnpu6n Judidal del estado aIc6n; a b
m TERCERA del Ministerio Público de la dtada Clrcunscripdón Judldal,
con sede en Coro y competencia plena, en susotuci6n de1 dudadano Abogado
h r o Enrique Contretas Urdaneta, quien pasará a otro destino, a parür del 28 de
iuevas instrucciones de esta Sucetiorldad.
R~PÚBLIC~ BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la Repúblka Caracas, 23 de ochrbre de 2013
Aiiob 203O y 154O
RESOLUCI~N NO 1713'
LUISA ORTEGA DfAZ FIwl Ganaal de k Re&iia
En ejercido de b facultad conferida por el artícuk 6 de b Ley
Oqánka del Ministerio Público y, en uso de bs abikidones &abkCkh en los
numerales 1 y 3 del articulo 25 elusdem.
Trasladar al ciudadano Abogado VARO ENRIQUE
CONTRERAS URDANErA, titular de la cedula de identidad No 17.918.538, q u h
se vlenc derempdiando como RSCAL AUXIUAR IWERINO en b Fiscalla
Tereera del Minlsterlo PÚ~~IW de b arcunscripd6;i ~uciicia~ del estddo Fak6n; a la
FISCAL~A SEXTA del Ministerio ~úb~ico de la citada arcunscripdón Judicial, con sede en Punto Rjo y competencia plena, en susüW6n de b dudadana Abogada
1
Dilla Mtfa Gutlérrez Chlrino, quien pasará a otro destlno, a partir del 28 de
odubr) de 2013~~--hastp nuevas pstrucciones de esta Superlorldad. . -
I General de la Re
REP~BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la Repúbllca Caracas, 23 de octubre de 2013
Años 203' y 154"
LUISA ORTEGA DfAZ
Flscal General de la República
En eferdcio de la facultad co?ferlda por el artículo 6 de la Ley i
Org6nlca del Mlnísterio Público y, en uso de las atribuciones establecidas en los I
numerales 1 y 3 del articulo 25 eiusdem.
m. Trasladar a la dudadana Abogada KATHERINE
MAGDALENA COMISSO MENDOZA, titular de la cédula de ldentldad N?
13.595.055, qulen se viene desempeñando como FISCAL PROYISORIO en la
~i&al la M m a Tercera del Minlsterlo PÚMlco del Segundo Circuito de la
flrcunxripci6n Judicial del estado Bolívar; a la F~SCAL~A OCTAVA del Ministerio
Público del Primer Clrcuito de la citada Circunsuipd6n Judidal, con sede en
Ciudad Bollvar y competencia en Penal Ordinario, Vlctimas Nliks, Nlñas y
Adole-tes, cargo vapnte, a partir del 28 de odubre de 2013 y hasta nuevas
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Martes 19 de noviembre de 2013 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 407.113
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PUBLICO
Despacho de la Fiscal General cle la R'epública Caracas, 23 de octubre de 2013
Aios 203O y 154O
RESOLU~ON NO 1715
LUISA ORTEGA D h Z
Fiscal General de la Repúbllca
En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 6 de la Ley
brgdnlca del Ministerio Público y, en uso de las atribuciones estableddas en los
numerales 1 y 3 del artículo 25 eiusdem.
RESUELVE:
Trasladar al ciudadano Abogado WALFREDO JOSÉ
MÉNDEZ ARAY, titular de la cédula de identidad N? 8.884.187, qulen se.viene
desempeíiando corno FISCAL PROVISORIO en la Rxalía Séptima del
Mlnlsterio Públlco del Primer Circuito de la Urcunxrlpddn Judklal del estado
Bollvar; a la F I s C A ~ SÉPTIMA del Ministerio Públlco del Segundo Clrculto de
la dtada Clrcunsgpdón Judldal, con sede en Puerto Ordaz y competenda en
materia de Protecddn de Niíios, Niñas y Adolex~ntes, Civil e Institudones
Famlllares, en sustitud6n de la ciudadana Abogada Ulibeth Coromoto L6pez Dlaz, qulen pasar6 a otro destino, a partir del 28-10-2013 y hasta nuevas Instnicdones
de pta Superioridad.
REPOBLICA BOLIVARIAMA DE VENEZUELA MINISTERIO PUBLICO
Despacho de la flscal General de la Repúbllca ~ 2 3 & o c t u k e d e H ) 1 3
A b s 203O y 154O
RESWKI6N M0 1716
LUISAORTEGA D~AZ F t r c i l ~ t d . l a R . p Q b R a
~neferddd&Iafaailtadconf«idapordaitkuk6delaLey
Orgánka del Mlnlsterb Ri#lco y, en uso de las atrlbudortes estableddas en los numerales 1 y 3 del artículo 25 eiusdem.
m: Trasiadar a la ciudadana Abogada MAR~A GABRIELA
L E ~ N PALACIOS, titular de la cédula de Identidad NO 18.421.990, qulen se viene
desempeiíando como FISCAL AUXIUAR IHTE.RIN0 en la flualla Qulnta dd
Mlnlsterlo PÚMlco de la Clrcunscripd6n Judldal del estado Lara; a la FI&
VIG&IMA SEGUNDA del Mlnlsterio Público de la dtada Clrcunxrlpd6n Judldal,
con sede en Barqulslmeto y competencia en materia Contra la Compd6n, Bancos,
Seguros y Mercado de Capitales, en sustituci6n de la Abogada Deslree Nakay
Daboln Gonz61ez q u i m g ~ t r 6 a Otro destino; a partir del 28 de odubre de 2013 y
AVISOS
JUZGADO AQRARIO PRIMERO DE PRIMERAiNüTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCI6N JUDICIAL DEL ESTADO NW Maracalb. dlechueve (19) de marro de dbs mil Mca (2013)
202' y 154.
v SABER:
A la Sociedad Mercanbl AQROPECUIWA EL JA~OEY DE LOS C A 0 A U 0 8 , C.4 lnscnta en el Registro Mercsntll Cuarto da la Cimfmw@&n JudW dd cwtado Zulia, el dla 18 de egosto de 2003, bajo el No. 54, Tomo 4SA, e
, ldaMWd8 en el Reglstm Onlco de Inlormad6n Fbcd (RIF) con el mknsro C
29386474-1, en la persona de ANGEL W ~ N OOICULU VIUAL080S
venezoleno. mayor de edad, Wlar de la cédula de identidad No. V-l1.2BBñ16 y con domicilio en el Municipio Maracaibo del estado Zulia. con el carácter de Pmidente y Fiador Solldano de la Obligauón y al ciudadano ENMR JOSE GONZMQ
URDANETA venezolano.'mayor de edad, tltular de la cédula da identidad No. V- 10A23.161 y de este domicilio en d carácter de VlcbPFesldente, pera que
comperezca dentro de los tres (03) dias de deapacho s)guhbs a dñ#, por dtodo; 8
cudqukra de hn horas destinadas por esta Trlbunel pera cbq8dwr cb ocho y tnkiti
mlnuba de la mafianr (08:30 am) a bm y trelnta minutos de le tuda (03:30 pm). Se b rdvbrts a ia pwtn nollcftsnio que de no comprscer en d Yrmino 8mnikdo por k Ley,
m b ~ ~ g n a r e ~ ~ ú b l l c o q u g u i b n m ~ i a d ~ b n , t o d o de conformidad con lo previsto en e4 Aitlculo 202 de b Ley 6 Tbne y [krsr~vüo
Agrark; a ñn de dar contestauón a la demando lncoada cm w contra denbo da Ice
cinco (05) dI8s do denpicho slgulentes a lo cmmtmck en sctu, da la Cltsdbn. Todo en el julcio que por COBRO DE BoL~ARES slgue la sodeded mereenül CORP SANCA, C.A BAmO UNIVERSAL contra la Sockdad Mmanü MIRóP€CüMiA
EL JAGOEY M LOS CAMLLOS, C.A y al chidadano ANQEL RAN6ñ 00)IZALEt
I
A l d u d r i d u i o U # 8 ~ N ~ M n r r r o l n o . ~ & edad, tlbtkr do ddula & identidad No. V4.370.ü52, con dom#lk b Pmqub WUidors8, del Munlapk M a Ddvik dd e8tub Wrh, pas pr# compPrsiPo denbu de kr tras (03) d l u do despacho rlgufentw a bRI por d t e d o ; s ~ n & b i h w e r ~ d # p o r ~ T i W u n i l p c u ~ d r r p r d r o i deochovtreinhminutosde l a m ~ n ~ s H 1 8 : U ) m ) a t m a v t m h I a ~ d .
e n r l a m J n o # n i l p d o p o r I s L e y , n b d . r l p n r n ~ con au#n $0 snWof6 la citadh. todo do confocmldd con lo wwbb en el
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LEY DE PUBLICACIONES OFICIALES (22 DE JULIO DE 1941) I
Articulo / l . La GACETAOFICIAL. creada Decreto Ejecutivo del 1 I de 1 octubre de 1872, continuará editandose en la 1,mprenta Nacional con la
DE LA REPÚBLICA BOLIVAMANA denominación GACETAOF~CIAL DE LA REPUBLlCABOLlVARiANA
DE VENEZUELA DE VENEZUELA. 1 Articulo 12. La GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA
DEP~SITO LEGAL: ppo 187207DF1 BOLIVARIANA DE VENEZUELA se publicará todos los días hábiles. sin- oeriuicio de aue se editen números extraordinarios siemore aue fuere a d . .
&O, CXLP - MES PI necesario; v deberán insertarse en ella sin retardo los actos ofíciales Número 40.297 q u e hayan de publicarse.
Caracas, martes 19 de noviembre de 2013 Parágrafo tinico. Las ediciones extraordinarias de la GACETA OFlClAL
Esquina Urapal, e{i/icio Dimase, La Candelaria Caracas - Venezuela
Tarifa sujeta a publicación de fecha 14 de noviembre de 2003 en la Gaceta Oficial No 37.818
http://www.minci.gob.ve - Es t a Gace t a con t i ene 48 Págs. costo equivalente
a 19.65 %valor Unidad Tributaria
- <
tendrán una numeración especial. Arricillo 13. En la GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA se publicarán los actos de los Poderes Públicos que deberán insertarse y aquellos cuya inclusión sea conveniente por el Ejecutivo Nacional. Artíci<lo 14. Las leyes. decretos y demás actos ofíciales tendrán carácter de públicos por el hecho de aparecer en la GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. cuyos ejemplares tendrán fuerza de documentos públicos.
Ei S I B I C I 0 AUTONOMO IMPRENTA NACIONAL Y .GACETA OFICIAL de la República Bolivariana de Venezuela advierte que esta publicación se procesa por repromicción fotomecánica directa de los originales que recibe del Consejo de Ministros, en consecuencia esta Institución no es responsable de los contenidos publicados.
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