gaceta municipal - gobierno de chalco · de los comités de planeación capÍtulo sexto de las...
Post on 18-Aug-2020
1 Views
Preview:
TRANSCRIPT
-REGLAMENTO DE CABILDO DEL AYUNTAMIENTO DE CHALCO 2019-2021.
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL DE CHALCO (COPLADEMUN),
PARA EL PERÍODO 2019 - 2021
GACETA MUNICIPALPERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CHALCO, ESTADO DE MÉXICO
Chalco, Estado de México, a 11 de febrero de 2019.
No. 05, Volumen 1, Año 2019
GOBIERNO DE CHALCO2019-2021
-REGLAMENTO DE CABILDO DEL AYUNTAMIENTO DE CHALCO 2019-2021.
GACETA MUNICIPAL
José Miguel Gutiérrez MoralesPresidente Municipal Constitucional de Chalco,
Estado de México
PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CHALCO. ESTADO DE MÉXICO.
-REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL DE CHALCO (COPLADEMUN), PARA EL PERIODO 2019-2021
GACETA MUNICIPAL
SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO
PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CHALCO. ESTADO DE MÉXICO.
El Secretario del Ayuntamiento de Chalco, Estado de México, Lic. César Enrique Vallejo
esta Gaceta Municipal.
DIRECTORIO
José Miguel Gutiérrez MoralesPresidente Municipal Constitucional de Chalco
Rosalba Jiménez RamírezSíndica Municipal
Erasmo Calderón FuentesPrimer Regidor
María Ascención Garduño LujanoSegunda Regidora
Víctor Hugo Juárez BarberenaTercer Regidor
Mireya Nayeli Ramírez PérezCuarta Regidora
Roel Cobos UriósteguiQuinto Regidor
Ana Patricia Valdivia CalderónSexta Regidora
Alejandro Martínez PeñaSéptimo Regidor
Olivia del Carmen Ramírez PérezOctava Regidora
Miguel Ángel Rivero CarbajalNoveno Regidor
Alejandra Saldaña MorenoDécima Regidora
Teodoro Domínguez RomeroDécimo Primer Regidor
María Soledad Ramírez RíosDécima Segunda Regidora
Nadia Ivett Arroyo GuerreroDécima Tercera Regidora
César Enrique Vallejo SánchezSecretario del Ayuntamiento
CAPITULO PRIMERODisposiciones Generales
CAPÍTULO SEGUNDODe la Planeación Democrática Para El Desarrollo En El Municipio
CAPÍTULO TERCERODe Los Planes De Desarrollo Y Sus Programas
CAPÍTULO CUARTODel Control, Seguimiento Y Evaluación De La Ejecución
CAPÍTULO QUINTODe Los Comités De Planeación
CAPÍTULO SEXTODe Las Funciones De Los Integrantes Del Coplademun
CAPÍTULO SÉPTIMODe Las Sesiones Del Coplademun
TRANSITORIOS.
Contenido
DIRECTORIO
José Miguel Gutiérrez MoralesPresidente Municipal Constitucional de Chalco
Rosalba Jiménez RamírezSíndica Municipal
Erasmo Calderón FuentesPrimer Regidor
María Ascención Garduño LujanoSegunda Regidora
Víctor Hugo Juárez BarberenaTercer Regidor
Mireya Nayeli Ramírez PérezCuarta Regidora
Roel Cobos UriósteguiQuinto Regidor
Ana Patricia Valdivia CalderónSexta Regidora
Alejandro Martínez PeñaSéptimo Regidor
Olivia del Carmen Ramírez PérezOctava Regidora
Miguel Ángel Rivero CarbajalNoveno Regidor
Alejandra Saldaña MorenoDécima Regidora
Teodoro Domínguez RomeroDécimo Primer Regidor
María Soledad Ramírez RíosDécima Segunda Regidora
Nadia Ivett Arroyo GuerreroDécima Tercera Regidora
César Enrique Vallejo SánchezSecretario del Ayuntamiento
GACETA MUNICIPAL
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO
MUNICIPAL DE CHALCO (COPLADEMUN),PARA EL PERIODO 2019 - 2021.
REGLAMENTO INTERNO DEL COPLADEMUN DE CHALCO
CAPÍTULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.-
Artículo 2.-
I. Ayuntamiento.ejerce
competencia.
II. COPLADEM.
III. COPLADEMUN.
IV. Dictamende y
n. la Ley.
V. del desempeño
los procesos y resultados.
VI. programática presupuestal.
congruencia existente entre el ejercicio de los recursos financieros asignados
VII. Indicador. Al parámetro utilizado para medir o comparar los resultados efectivamente
para monitorear y
VIII. Indicadorde desempeño.
sus servicios.
la socieda
IX. Informe de avance de los planes de desarrollo.
en el desarrollo de los programas y proyectos contenidos en los planes.
X. Ley.
XI. Plan de desarrollo.
XII. Presidente. Al Presidente del COPLADEMUN.
XIII. Programa.cuantitativa y técnicamente las acciones o actividades y los recursos
los planes de desarrollo.
XIV. Programa comunitario.
Al conjunto de actividades enfocadas a promover el crecimiento y desarrollo de sectores sociales de carácter comunitario, para responder a sus necesidades y mejorar sus niveles de vida e ingreso, donde intervienen y participan los
federal, estatal y municipal, y de organizaciones sociales y privadas.
XV. Programa micro regional.
XVI. Proyecto.
XVII. Reglamento.
XVIII.
XIX. Seguimiento.
Artículo 3.-
I. En el ámbito estatal:
a) El Titular del Poder Ejecutivo;b) El Secretario de Finanzas;c)
II. En el ámbito Municipal:
a) Los Ayuntamientos;b) Los Presidentes Municipales;c)
Artículo 4.-
I. SIMPLICIDAD Y CLARIDAD.
II. CONGRUENCIA.
III. PROXIMIDAD. -
sociedad; IV. PREVISIÓN.
V. UNIDAD.
y evitar duplicidad de funciones;
VI. FLEXIBILIDAD. -
de las estrategias de desarrollo, efectuando los ajustes necesarios para lo cual, se vincularán la planea-
programas;VII. COOPERACIÓN.
que se tomen en el presente;VIII. EFICACIA.
IX. EFICIENCIA. -
Artículo 5.-
I. II. III. IV. V. VI. Panteones;VII. Rastros;VIII. Calles, parques y jardines, áreas verdes y recreativas;IX. Caminos, carreteras y vialidades;X. XI. XII. XIII. XIV. XV. XVI. Salud y asistencia social;XVII. XVIII. XIX. XX. XXI.
los municipios.
Artículo 6.-
CAPÍTULO SEGUNDODE LA PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA PARA EL DESARROLLO
EN EL MUNICIPIO
Artículo 7.- , tendrá
funcionales entre las diferentes regiones de la entidad.
Artículo 8.-
Artículo 9.-
Sectorial; Metropolitano; Regional y Municipal.
Artículo 10.-
Artículo 11.-
Artículo 12.-
I. sus programas;
II.
III. Asegurar la congruencia del Plan de Desarrollo Municipal con el Plan de Desarrollo del Estado y el
IV.
desarrollo municipal;V. Participar en la estrategia del desarrollo del Estado de México, formulando las propuestas que proce-
VI. --
VII.
VIII. -dan, de acuerdo con las leyes, reglamentos y demás disposiciones;
IX. Cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan de Desarrollo del Estado de México, elPlan de De-sarrollo Municipal y los programas que de éstos se deriven; y
X.
Artículo 13.-
I.
Estatal de Planes y Programas, y presentados a la H.Legislatura Local a través del Órgano Supe-
Municipal al COPLADEM;II.
III.
IV. -
V. Presentar con sus planes de desarrollo y sus programas, y en su caso, con los dictámenes de -
jetivos del Plan de Desarrollo del Estado. Igualmente, será para el caso de las actualizaciones o
VI. planes de desarrollo, el análisis de congruencia entre las acciones realizadas y las prioridades,
VII. municipal, en el que podrán formar parte las delegaciones o representaciones de las dependen-
-
Artículo 14.-
I. En materia de planeación:
a) y los Programas que de él se deriven;
b) c)
Plan de Desarrollo Municipal y sus programas;d)
de los programas anuales que conforman su presupuesto por programas;e) -
cipal;f)
Estado y el Plan Nacional de Desarrollo; yg)
II. En materia de información:
a)
b) -
c)
decisiones;d)
e)
III. En materia de programación:
a) -
programas; yb)
participe el municipio.
IV. En materia de presupuestación:
a)
b)
c) -
sarrollo Municipal y los programas autorizados; yd) -
V. En materia de seguimiento y control:
a)
b)
c)
Municipal y los programas autorizados; yd)
VI. En materia de evaluación:
a)
b)
avance programático y presupuestal de las metas contenidas en el programa anual;c)
-
del Municipio;d)
-
e)
CAPÍTULO TERCERODE LOS PLANES DE DESARROLLO Y SUS PROGRAMAS
Artículo 15.-
del Estado y Municipios.
Artículo 16.-
I. II. III. IV. V. Estudios e investigaciones académicas y sociales;VI. Registro de demandas de campaña;VII.
Con los resultados, se integrará un expediente o memoria que contendrá su correspondiente registro, análisis y
Artículo 17.-
popular instituidos por el COPLADEMUN de Chalco.
Artículo 18.-
I. II. III. IV. Prioridades generales del plan;V. VI. VII. VIII.
plan.
Artículo 19.-
Artículo 20.- El Plan de Desarrollo Municipal se conformará asumiendo una estructura programática lo
Artículo 21.-
I. II.
que se informe;III. IV. V. VI. VII. VIII.
Artículo 22.-
Artículo 23.-
Artículo 24.-
procedan.
Artículo 25.-
Chalco para su registro y seguimiento.
CAPÍTULO CUARTODEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACION
DE LA EJECUCION
Artículo 26.- El Plan de Desarrollo Municipal será evaluado dos veces al año, la primera, al rendir su informe
Artículo 27.-
de la Ley y del presente Reglamento.
necesarios.
Artículo 28.-
Artículo 29.- El Órgano Interno de Control Municipal, además de tomar las medidas que les correspondan en
Artículo 30.-
Artículo 31.-
CAPÍTULO QUINTODE LOS COMITÉS DE PLANEACIÓN
Artículo 32.-
Artículo 33.-
I. -
II. III.
de las estrategias estatales y municipales de desarrollo;IV. V.
Desarrollo del Estado de México y Municipios;VI. -
mas;VII.
VIII. Proponer a los ayuntamientos programas de desarrollo;IX. X.
desarrollo;XI.
planes y programas de desarrollo.
Artículo 34.-
I. Un Presidente, que será el Presidente Municipal del municipio respectivo;II. III. Un representante del sector social municipal;IV. Un representante del sector privado municipal;V.
VI.
Para que sesione válidamente el COPLADEMUN se requerirá la presencia del Presidente o su suplente, y la
Artículo 35.-
Artículo 36.-
En el caso de los programas regionales a que hace referencia la Ley y el presente Reglamento, el COPLADEMUN,
CAPÍTULO SEXTODE LAS FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES
DEL COPLADEMUN
Artículo 37.
I. II. Presidir las Sesiones y las actividades del COPLADEMUN.III.
que regulen internamente las actividades del comité. IV. Proponer a los integrantes del COPLADEMUN.V. VI.
VII.
VIII. -
tivas para que procedan a su cumplimiento.
IX. -sarrollo Municipal.
X. Comité.
XI.
Artículo 38. I. II.
COPLADEMUN.III. IV. V. VI. Levantar las actas de las sesiones.VII. Realizar el seguimiento de los acuerdos.VIII. IX.
X. Comité.
Artículo 39.
I. II. Dar seguimiento, desde el sector que representan, al desarrollo y cumplimiento de los proyectos, pro-
gramas, acciones y compromisos de campaña que se encuentran en el Plan de Desarrollo Municipal.III.
IV. Ejecutar las acciones o actividades que instruya el presidente y las que se acuerden en las sesiones.V.
Comité.
CAPÍTULO SÉPTIMODE LAS SESIONES DEL COPLADEMUN
Artículo 40.- -
-dencias, organismos, involucradas para que procedan a su cumplimiento, requiriéndoles informen al
Artículo 41.- -
Artículo 42.-siempre que medie, por lo menos, media hora entre la señalada para la que tenga lugar la primera y la
Artículo 43.-
Artículo 44.- El COPLADEMUN podrá invitar a las sesiones a personas no pertenecientes almismo.
Artículo 45.-
Artículo 46.-
I. II. III. IV. V. Asuntos en cartera.VI. Asuntos generales.
Artículo 47.--
Artículo 48.-
Artículo 49.- del Comité.
Artículo 50.- -
Artículo 51.- -
Artículo 52.-
I. II. Cuando se insista en discutir un asunto que ya está resuelto por el Comité.III. Cuando el expositor se aleje del asunto que se está tratando.
Artículo 53.- Las Sesiones Ordinarias de los COPLADEMUN no podrán exceder de dos horas,salvo que los
Artículo 54.-
hayan asistido.
Artículo 55.-
Artículo 56.-
Artículo 57.- será sometido al COPLADEMUN.
Artículo 58.-
I.
II. III. IV. V. VI. VII. -
mente.VIII.
IX. X. Firma de los asistentes.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.-
SEGUNDO.-de Chalco, Estado de México.
APROBACIÓN: 7 de febrero de 2019.
PROMULGACIÓN: 11 de febrero de 2019.
top related