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ESQUEMA TEMA 17 “PROTECCIÓN CIVIL”
Página 1
Ingreso en la Escala Cabos y Guardias de la Guardia Civil. Centro de Estudios Gesinpol - info@gesinpol.com
FUNDAMENTO JURÍDICO:
C. Española 1978. Art. 30.4 (Mediante Ley podrán
regularse LOS DEBERES de los ciudadanos en los casos de
riesgo, catástrofe o calamidad pública.
C. Española 1978. Art. 15 (La obligación de los poderes
públicos de garantizar el derecho a la vida y la integridad
física.
C. Española 1978. Art. 2. PRINCIPIOS de Unidad Territorial
y Solidaridad territorial.
C. Española 1978. Art. 103 (Exigencias esenciales de
eficacia y coordinación administrativa.
RAZONA LOS ARTÍCULOS DEL FUND. JURÍDICO
Potencial de ocasionar daño a personas o bienes
LEY 17/2015, 9 julio
Sistema Nacional de
Protección Civil
TIPOS DE PLANES DEFINICIÓN
Informados
Protección Civil
Servicio público destinado a proteger a personas y
bienes, frente a emergencias y catástrofes, ya sean
naturales o por la acción humana
DEFINCIONES
Informados
PELIGRO
(Autonómico o Local)
(
Características de las personas o bienes que
pueden ser afectados por un peligro
VULNERABILIDAD
(Autonómico o Local)
(
Situación en las que las personas o bienes se
exponen a un peligro inminente o latente
AMENAZA
(Autonómico o Local)
(
Posibilidad de que una amenaza afecte a personas
o bienes
RIESGO
(Autonómico o Local)
(
Evento que pone en peligro inminente a persona o
bienes, y exige una gestión rápida de los poderes
públicos para atender y mitgar losdaños
EMERGENCIA
(Autonómico o Local)
(
Situación que altera o interrumpe el
funcionamiento de una comunidad, ocasionado
gran cantidad de víctimas y daños
CATÁSTROFE
(Autonómico o Local)
(
Medios necesarios para el mantenimiento de las
funciones sociales básicas o el eficaz
funcionamiento de las instituciones del Estado y
las Adm. Públicas
SERV. ESENCIALES
(Autonómico o Local)
(
LEY 17/2015, 9 julio
Sistema Nacional de Protección Civil
TIPOS DE PLANES Actuaciones del SNP
(PINCIPIOS)
(Copia)
1. COLABORACIÓN
( 2. COOPERACIÓN
( 3. COORDINACIÓN
( 4. SOLIDARIDAD INTER.
( 5. SUBSARIEDAD
( 6. EFICIENCIA
( 7. PARTICIPACIÓN
( 8. INCLUSIÓN
( 9. ACCESIBILIDAD UNIV
(
Los ciudadanos y las personas
jurídicas, participarán en los
términos establecidos en esta Ley
a) Prevención de riesgos
b) Planificación/medidas para afrontar situaciones riesgo
c) Intervención operativa inmediata, caso de Emergencia
d) Efectuando una coordinación, seguimiento y evaluación
NOTAS:
ESTRATEGIA
Sistema Nacional de Protección Civil
TIPOS DE PLANES ¿Quién aprueba las líneas básicas y las
directrices ISE?.
CONSEJO NACIONAL DE PC
(Autonómico o Local)
(
¿Cada cuánto tiempo se revisará?
AL MENOS CADA 4 AÑOS
(Autonómico o Local)
(
¿Cómo se implementará dicha estrategia?
Planes de actuación anuales
(Autonómico o Local)
(
¿Quién aprueba la Estrategia NCP?.
Consejo de Seguridad Nacional
a propuesta del
Ministro del Interior
(Autonómico o Local)
( Derecho de Protección en caso de
catástrofe
¿Quién tiene derecho a ser atendido por
las Adm. Públicas en caso catástrofe?
Todos los residentes en
territorio español
(Autonómico o Local)
(
¿Existe algún tipo de limitación?
Las impuestas por las propias
condiciones del peligro
(Autonómico o Local)
(
Consideraciones a tener en cuenta por
parte de los Poderes Públicos
a) Velarán por la atención de los ciudadanos independientemente del lugar
de su residencia (Ver artículo 139.1 CE)
b) Velarán por la adopción de medidas específicas, para garantizar a las
personas con discapacidad que conozcan de los riesgos y medidas de
autoprotección y prevención, en casos de emergencia y participen en los
planes de protección civil.
¿Quién se encargará de la identificación
de víctimas e información de familiares?
Los Servicios Públicos
competentes
RED NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL
¿Cómo se beneficia el SNPC sobre la Red?
a) Recogida, almacenamiento y acceso ágil información
b) Intercambio de información en todas las actuaciones
ESQUEMA TEMA 17 “PROTECCIÓN CIVIL”
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NOTAS:
Derecho a la información
¿Quién tiene derecho a ser informado por
los Poderes Públicos sobre los
riesgos/medidas/conductas que les
afecten?
TODOS
¿En qué caso habrá de proporcionare
dichas informaciones sobre
riesgos/medidas/conductas que les
afecten?
Emergencia, Preventivamente
Derecho de participación
¿Qué derechos tienen los ciudadanos en
materia de PC?
Participar directamente o por
medio de entidades, en la
elaboración de las normas y
planes de PC.
¿Cómo se canaliza la participación
ciudadana en las tareas de PC?
Entidades de Voluntariado
Derecho a la colaboración
Los ciudadanos y personas jurídicas, están
obligados a colaborar, personal o
materialmente, en CASO DE
REQUERIMIENTO DE LA AUTORIDAD
¿Quién está obligado a la realización de
las prestaciones personales que exijan las
autoridades competentes en materia de
PC?
Cualquier personas a partir de
la mayoría de edad
Consideraciones a tener en cuenta por
parte de las autoridades competentes
En caso de emergencia, podrán proceder a la REQUISA TEMPORAL de TODO tipo de
bienes, así como la intervención u ocupación TRANSITORIA, y en su caso a la suspensión
de actividades
¿Qué pasará quienes como consecuencia
de las actuaciones de PC, sufran perjuicios
en bienes y servicios?
INEDEMINAZIÓN
En el supuesto de una emergencia,¿ se
podrá entrar en un domicilio para la
evacuación de las mismas por ese peligro?
Si, en aplicación a la L.O
4/2015 de 30 de Marzo
DETALLE IMPORTANTE
Dichas medidas tendrán una vigencia limitada
al tiempo estrictamente necesario para la
emergencia
DETALLE IMPORTANTE SOBRE
PERSONAS JURÍDCIAS
¿Qué consideración tendrán los servicios
de vigilancia y protección frente a
emergencias públicas/privadas?
COLABORADORES EN PC
Pueden asignarle cometidos en
los Planes de PC de ámbito
territorial
Titulares de Centros, establecimientos y
dependencias que realicen actividades que
origen emergencias
REQUISITOS
Deberán informar/medidas con regularidad a
los ciudadanos que puedan ser afectados
OBLIGACIONES
a) Comunicación al órgano competente de
programas de información a los ciudadanos.
b) Instalar y mantener sistemas de generación
de señales de alarma a la población
c) Garantizar acceso de la información a los
discapacitados
OBLIGACIONESDE LOS MEDIOS
COMUNICACIÓN
Difundir de manera gratuita, informaciones
preventivas y operativas ante situaciones de riesgo,
que determinen las autoridades competentes
Deber de cautela y autoprotección
¿Qué deben de hacer las personas para
evitar la generación de riesgos?
Adoptar medidas necesarias, y
no exponerse a ellas
En el supuesto de emergencia, ¿bajo qué
indicaciones actuarán dichas personas?
Agentes de los servicios
públicos compentente
Voluntariado en el ámbito de la PC
¿Cómo ejercen su actividad?
1. COLABORA en la gestión emergencias
2. OJO: Independiente del deber de
colaboración de los ciudadanos
3. Su colaboración no entraña relación
de empleo con la Adm. acutante
A través de ENTIDADES en que
se integren
Complementario
2. OJO: Independiente
del deber de
colaboración de los
ciudadanos
3. Su colaboración no
entraña relación de
empleo con la Adm.
acutante
¿Quién promueve la participación y
formación de voluntarios?
Red de comunicaciones de
emergencia de radioaficionados
PODERES PUBLICOS
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RED NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL
¿Qué es?
Determinación de riesgos en un territorio,
basándose en la vulnerabilidad y las posibles
amenazas
ANTICIPACIÓN
NOTAS:
FINALIDAD
RESPUESTA EFICAZ FINALIDAD
¿Qué contiene?
a) Mapa Nacional de Riesgos de PC
b) Catálogos oficiales de actividades que originen emergencia
c) Registro informatizados con todos planes de protección civil
d) Catálogos de recursos movilizables en caso de emergencia
e) Registro Nacional de datos sobre Emergencias y Catástrofes
(presente/futuro)
f) Información adicional para prevenir riesgos
¿Qué es?
Conjunto de medidas y acciones, para evitar o
mitigar los posibles efectos de los riesgos y
amenazas de la emergencia
POLÍTICA DE PREVENCIÓN
¿Qué deberá de incluir el
estudio técnico?
1. El emplazamiento
2. Diseño y tamaño del proyecto de la actividad
3. Identificación y evaluación
4. Medidas para evitar o reducir consecuencias
¿Qué deben de garantizar?
1. Su recepción a colectivos más vulnerables
2. Accesibilidad a personas con discapacidad
FONDEO DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS
¿Quién lo gestiona?
MINISTERIOR DEL INTERIOR
¿Cómo se subvenciona?
CRÉDITOS CONSIGNADOS POR
LOS PRESUPUESTOS GENERALES
DEL ESTADO
MISIÓN
FINANCIAR ACTIVIADES ÁMBITO AGE
¿Cuáles son?
1. Análisis de la peligrosidad, la vulnerabilidad y los riesgos
2. Realización de mapas de riesgos de protección civil
3. Elaboración de programas de sensibilización e información
4. Elaboración de programas de educación
5. Otras que se determinen
Puede suscribir instrumentos de
colaboración con otros Ministerios. Adm.
Públicas, entidades públicas o privadas
RED DE ALERTA NACIONAL DE PC
¿Qué es?
Sistema de comunicación de avisos de emergencia a
las autoridades competentes en materia PC, para
que los servicios públicos esenciales y ciudadanos
estén informados ante cualquier amenaza.
¿A quién le corresponde su
gestión?
MINISTERIOR DEL INTERIOR, a
través del Centro Nacional de
Seguimiento y Control (CNSYC)
Comunicación por parte de organismos
de las Adm. Públicas que contribuyan a la
detención, seguimiento y previsión de
amenazas, de cualquier situación que
tengan conocimiento
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NOTAS:
NORMA BÁSICA DE PROTECCIÓN CIVIL
PLAN ESTATAL GENERAL
¿Quién lo aprueba? a) Identificación de riesgos para su gestión integral
b) Establecer contenido mínimo de los planes PC
c) Criterios para la elaboración de planes
d) Criterios para el desarrollo por órganos competentes
en matera de coordinación y eficiencia
Real Decreto 407/92,de 24 abril
A propuesta MINISTERIOR DEL INTERIOR
Previo Informe
Consejo Nacional de PC
¿Qué establece?
PLANTES DE PROTECCIÓN CIVIL
PLAN ESTATAL TERRITORIALES PLANTES ESPECIALES PLANTES AUTOPROTECCIÓN
Deberán ser INFORMADOS por el CONSEJO NACIONAL DE PC, a efectos
de adecuación al Sistema Nacional de PC
PLAN ESTATAL GENERAL ¿Quién lo aprueba?
GOBIERNO
A propuesta de:
MINISTERIO INTERIOES
FUNCIONES
a) Desarrolla la organización y los
procedimientos de actuación de de la AGE
para prestar ayuda y asistencia a las demás
Adm. Públicas, en casos de emergencia
b) Ejerce la dirección y coordinación en
emergencias que sean declaradas de interés
nacional
PLAN TERRITORIALES ¿Quién lo aprueba?
Adm. Competente,
autonómica o local
FUNCIONES
Se elaboran para hacer frente a los riesgos que
puedan presentarse en el Territorio de una CA
o de una entidad Local.
PLAN ESPECIALES ¿Quién lo aprueba?
Administración competente
en su caso
FUNCIONES
Hacer frente a una serie de riesgos:
a) Inundaciones, Terremotos
b) Maremotos, Volcánicos
c) Fenómenos meteorológicos adversos
d) Incendios forestales, accidentes
instalaciones con sustancias químicas,
biológicas, nucleares o radiactivas
e) Accidentes de aviación civil
f) Transporte de mercancías peligrosas
g) Protección de la población en caso de
conflicto bélico
h) Aquellos otros que se determinen en las
Normas básicas
TIPOS
Estatales o autonómicos
dependiendo del ámbito
SIEMPRE DE COMPETENCIA
ESTATAL
Establecen el marco orgánico y funcional relativo a
centros, establecimientos, con el objeto de prevenir y
controlar los riesgos de emergencia dando respuesta
adecuada a esa situación (SIMULACROS)
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NOTAS:
RESPUESTA INMEDIATA A LAS EMERGENCIAS
DEFINICIÓN
IMPORTANTE
Servicios Técnicos/Emergencias de PC de Adm. Públicas
a) Atención Sanitaria, Psicológica y Social
de urgencia
b) Refugio y reparación inicial de daños
para restablecimiento de servicios e
infraestructuras esenciales
c) Otras necesidades necesarias para
iniciar la recuperación
Actuación de los servicios púbicos o privados
de intervención y asistencia tras producirse
una emergencia
FINALIDAD
a) Evitar DAÑOS, RESCATAR Y PROTEGER a
personas y bienes.
b) Velar por la seguridad ciudadana
c) Satisfacción de necesidades básicas de
subsistencia de población afectada
¿Qué se debe de incluir
en esa repuesta?
SERVICIOS DE INTERVENCIÓN Y ASISTENCIA EN
EMERGENCIAS DE PROTECCIÓN CIVIL
¿Quién tiene esta
consideración?
FUERZAS Y CUEPOS DE SEGURIDAD
Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento- Incendios Forestales
Servicios de Atención Sanitaria de Emergencia
FUERZAS ARMADAS - UME
Órganos competentes de coordinación de emergencia de
la Adm. Públicas
Técnicos forestales y Agentes Medioambientales
SERVICIOS DE RESCATE
Equipos multidisciplinares de identificación víctimas
Personas de contacto con las víctimas y familiares
Los órganos de coordinación de
emergencias ámbito CA que no tengan
afectación colectiva, podrán actuar en las
emergencias como CENTRO DE
COORDINACIÓN OPERATIvA
¿En qué zona
intervendrá UME?
Todo Territorio nacional cuando la gravedad
lo requiera, junto instituciones del Estado y
Adm. Públicas L.O 5/2005 de Defensa
Nacional
¿Cómo se solicita su
intervención?
Solicitud al MINISTERIO INTERIOR y ordenada
por MINISTERIO DEFENSA
Supuestos de
emergencia de
interés Nacional
Asume la DIRECCIÓN OPERATIVA, bajo la
DIRECCIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
Los DELEGADOS DEL GOBIERNO, bajo las
instrucciones del MI ,COORDINARÁN las
actuaciones de los órganos y servicios del
Estado en respectivos ámbitos
Territoriales
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CENTRO NACIONAL DE SEGUIMIENTO Y
COORDINACIÓN DE EMERGENCIAS DE PC
¿Mediante Acuerdo de quien?
a) Gestionar de la Red Nacional de Información de PC
b) Gestionar la Red de Alerta Nacional de PC
FUNCIONES
a) Elabora un plan Nacional que permite la
comunicación entre las diferentes Adm. Públicas y
eficacia en la gestión, coordinación y seguimiento de la
emergencia.
FUNCIONES
CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL (CNPC)
a) Divulgar datos y estadísticas sobre emergencias
FUNCIONES
Actuar como Centro de Coordinación Operativa en
emergencias de interés nacional
¿Quién integra operativamente
el Centro de Coordinación
Operativa?
1.Órganos de coordinación de emergencias de las CCAA
2. Redes de información para la gestión y coordinación
de servicios que intervengan
¿Quién determina el alcance de
dicha integración?
Consejo Nacional de PC (CNPC)
Actúa como punto de comunicación e intercambio
de información (órganos de la UE, órganos
internacionales, órganos homólogos mediante
acuerdo o convenio en materia de de PC
ENCUADRADO DENTRO DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE PC Y
EMERGENCIAS (FUNCIONES)
DISPOIBILIDAD DE RECURSOS HUMANOS
NOTAS:
Comunidades Autónomas
Entidades Locales
COLABORACIÓN POR PARTE ESTADO
¿Cómo será esa colaboración por
parte del Estado?
Según se acuerde en CNPC
Facilitando recurso humanos y materiales en
emergencias que no hayan sido declaradas de
interés nacional
FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO Y FUERZAS
ARMADAS que intervengan actúan BAJO LAS ÓRDENES DE SUS
MANDO NATURALES Y DIRGIDIOS POR LA AUTORIDAD DESIGNADA EN
EL PLA DE PC
En supuestos de responsabilidad por
daños y perjuicios por la intervención
de medios de la AGE
Indemnización por parte de la Adm.
Pública que asuma la dirección de la
emergencia
Colaborarán en acciones de PC, según establecido L.O 2/1986
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FASE DE RECUPERACIÓN
DEFINICIÓN
¿Cuándo intervendrá la
AGE?.
Conjunto de acciones y medidas de ayuda
dirigida al restablecimiento de la
normalidad una vez finalizada la
respuesta inmediata
NOTAS:
Cuando sea decretada zona afectada
gravemente
¿A quién se debe informar en los
supuestos de intervención del Estado en
la fase de recuperación?
1. Comunidad Autónoma afectada
2. Consejo Nacional de PC
Las medidas de
recuperación ¿cómo se
aplicarán?
AYUDAS, no teniendo en ningún caso
carácter confiscatorio
DAÑOS MATERIALES/PERSONALES
DEFINICIÓN
Son los realmente producidos durante el
siniestro, evaluables y amparados por un
seguro, público o privado
¿Cómo serán esas ayudas
producidas por daños?
COMPATIBLES:
1. Ayudas que concedan otras Adm. Publicas
2. Indemnizaciones en virtud de seguros
EN NINGUN CASO EL IMPORTAL TOTAL DE TODAS ELLAS NO PUEDE
SUPERAR EL VALOR DEL DAÑO PRODUCIDO.
La valoración Organismos especializados tasación
Cuando sean daños personales se
concederán ayudas por fallecimiento y por
incapacidad absoluta y permanente, en los
términos fijados
ZONA AFECTADA GRAVEMENTE POR
UNA EMERGENCIA DE PC
¿A quién le
corresponde?
CONSEJO DE MINISTROS, previo acuerdo
¿Quién lo propone dicha
declaración?
1. Ministro de Hacienda y Adm. Públicas
2. Ministro del Interior
3. Titulares de los demás ministerios
concernidos
¿Qué se debe incluir
cuando sea decretado?
DELIMITACIÓN DEL ÁREA AFECTADA
¿Puede solicitarlo la propia
Comunidad Afectada?
SI, puede solicitarlo
¿Qué requisitos se exigen?
Antes de decretarlo, el Gobierno podrá
solicita INFORME a la Comunidad/es
afectadas
¿Qué aspectos ser
valoran para decretarlo?
1. Que se hayan producido daños materiales/personales
2. Que el siniestro perturbe GRAVEMENTE las
condiciones de vida de la población
3. Que se produzcan la paralización de los servicios
públicos esenciales
Se procederá a la coordinación y seguimiento de las medidas
adoptadas.
Se constituye una COMISIÓN DE COORDINACIÓN, integrada por
representantes de las Administraciones estatales, autonómicas y locales
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MEDIDAS APLICABLES EN LA DECLARACIÓN DE ZONA
AFECTADA GRAVEMENTE POR UNA EMERGENCIA DE PC
NOTAS:
¿A quién le corresponde
APROBARLAS?
CONSEJO DE MINISTROS
1. Ayudas económicas a particulares, por daños en vivienda HABITUAL y
enseres personales
2. Compensación a Corporaciones Locales, por gastos derivados de
actuaciones que no se puedan aplazar
3. Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo
prestaciones personales o de bienes
4. Ayudas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios
5. Subvenciones para daños ocasionados en infraestructuras municipales
6. Ayudas por daños ocasionados en producciones agrícolas, ganaderas,
forestales y de acuicultura marina
7.- Aperturas de líneas de préstamo preferente, subvencionados a carogo
del Instituto de Crédito Oficial
MEDIDAS FISCALES
1. Exención de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
2. Reducción en el impuesto Actividades económicas, siempre que se
produzca como consecuencia de las emergencias y hayan sido realojados o
cierre temporal por daños sufridos
3. Exención de la tasa del organismo autónomo de la Jefatura Central de
Tráfico
4. Disminución de los ingresos en los tributos locales como consecuencia de
la emergencia, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado
LAS AYUDAS POR DAÑOS PERSONALES ESTÁN EXENTAS
DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE PERSONAS FÍSICAS
MEDIDAS LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL
1. Extinciones o suspensiones de los contratos de trabajo o reducciones
temporales de la jornada que tenga por causa directa en la emergencia
2. Moratoria de HASTA UN AÑO sin interés del pago de las cotizaciones a la
SS
Se podrá exonerara los empresarios del pago cuotas SS
Supuestos de extinción contrato, las indemnizaciones a cargo
del FOGASA
Podrán solicitarla/obtener las empresas y los trabajadores por
cuenta propia
EVAULACIÓN E INSPECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE
PROTECCIÓN CIVIL
FINALIDAD
Mejorar la calidad de la respuesta de los poderes públicos
antes riesgos y emergencias
MEMORIA ANUAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PC
¿Quién lo elabora?
CONEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL
A PROPUESTA, ¿DE QUIÉN?
MINISTRO DEL INTERIOR
MODO DE EJECUTARLO
GOBIERNO ELEVA AL SENADO
UNA MEMORIA ANUAL QUE PERMITA VALORAR LA
EFICACIA DEL SISTEMA NACIONAL
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NOTAS:
EMERGENCIAS DE INTERÉS NACIONAL
¿Quién tiene esta
consideración?
1. Aquella que requieran la aplicación L.O 4/1981, reguladora
de los estados de alarma, excepción y sitio
2. Coordinación administraciones diversas que afecten a varias
CCAA y exijan aportación de recursos supraautonómicos
3. Aquellas que requieran una dirección de carácter ESTATAL
¿A quién le corresponde
declararlo?
MINISTRO DEL INTERIOR
¿Cómo podrá ser
realizada/ejecutada?
1. Propia iniciativa del Min. Interior
2. Petición de las CCAA
3. Petición de los Delegados Gobierno
CCAA
PREVIA COMUNICAIÓN CCAA AFECTADAS
Una vez decretada la Emergencia,
¿Quién asume la dirección?
MINISTRO DEL INTERIOR
¿Qué función desarrolla?
1. Ordenación y coordinación de las actuaciones
2. Gestión de recursos estatales, autonómicos y locales del
ámbito territorial afectado
3. Solicitar de otras CCAA sus recursos movilizables, aunque no
afecte a su territorio la emergencia
ESCUELA NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL
¿Qué funciones desarrolla?
Dicha formación en PC, tendrá el reconocimiento
oficial del sistema educativo y de la formación
profesional para el empleo
1. Formar y entrenar al personal AGE
2. Formar y entrenar a otros colectivos
de interés
3. Desarrollo I+D+I en materia
formación PC
4. Colaborar con centros de formación
de PC de otras Adm. Públicas
1. Colaborar en actividades de formación
en el marco de PC de la UE
2. Impartir cursos para la obtención de
títulos oficiales relacionados con PC
ENCUADRADO DIRECCIÓN GENERAL DE
PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS
COMPETENCIAS DE LOS ÓRGANOS AGE
GOBIERNO
MINISTRO DEL INTERIOR
FUNCIONES
1. Regular la Red Nacional de Información de PC
2. Regular la Red de Alerta Nacional de PC
3. Aprobar el Plan Estatal General de PC
4. Aprobar los Planes Especiales PC ámbito/compet. Estatal
5. Declarar Zona Afectada Gravemente
6. Adoptar Acuerdos de Cooperación Internacional PC
7. Aprobar el Protocolo de Intervención de UME
8. Otras que le atribuya la Ley
FUNCIONES
Impulsar, coordinar y desarrollar la
política del Gobierno en materia
COMPETENCIAS
1. Desarrolla las Normas de actuación que apruebe Gobierno
2. Elabora la Norma Básica de PC
3. Elabora Plan Estatal General
4. Elabora Planes Especiales de PC ámbito/compet. Estatal
5. Elevar estos Planes al Gobierno para su aprobación
6. Proponer Consejo de Seguridad Nacional la aprobación
Estrategia Nacional de PC
7. Declarar la emergencia de Interés Nacional, asumir la
dirección y coordinación
8. Proponer al Gobierno, la declaración de zona afectada
gravemente por emergencia
9. Ejercer la superior dirección de los Planes de PC ámbito
Estatal
10. Disponer la intervención de las FFCCSE
11. Solicitar del MD la colaboración de las Fuerzas Armadas
12. Presidir el Consejo Nacional de Protección Civil
13. Efectuar la oferta de aportación de equipos de interv.
14. Moviizar recurso /imponer sanciones muy graves
ESQUEMA TEMA 17 “PROTECCIÓN CIVIL”
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CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL
Órgano de cooperación
¿de quién?
1. AGE
2. Adm. Comunidades Autónomas
3. Ciudades con Estatuto de Autonomía
4. Adm. Local, representada por la
Federación Española de Municipios y
Provincias
FINALIDAD
Contribuir a la actuación eficaz,
coherente y coordinada de las
Administraciones competentes, frente
a emergencias
COMPOSICIÓN
1. Ministro Interior (PRESINDENCIA)
2. Ministros que determine Gobierno
3. Representantes de las CC.AA
4. Representantes Ciudades con
Estatuto de Autonomía
5. Representante que designe la
Federación Española de Municipios y
Pronvincias
FUNCIONES
Trabajara para el ejercicio de
sus funciones en
PLENO y COMISIÓN
PERMANENTE
Aprobar las LÍNEAS BÁSICAS de la
Estrategia del Sistema de PC
Ejercer demás funciones según
Reglamento Interno
Aprobará su propio Reglamento
Interno
Carácter de COMITÉ ESPAÑOL de la
Estrategia Internacional para la
Reducción de Desastres de las Naciones
Unidads
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
¿Cómo se realizará dicha
Participación?
Por Ministerio del Interior en virtud de:
1. Tratados Internacionales
2. Convenios bilaterales suscritos
3. Cuando el Gobierno lo acuerde a
propuesta del Ministro de Asuntos
Exteriores y de Cooperación, y del
Ministro de Interior
RÉGIMEN SANCIONADOR
¿Quién ejerce la potestad
sancionadora?
Los ÓRGANOS COMPETENTES de la
AGE
¿Porqué tipo de hechos?
Con ocasión de emergencias declaradas
de interés nacional
Ejecución de planes de PC cuya
dirección y gestión sea del Estado
¿Sobre quién recae los
hechos?
AUTOR DEL HECHO
¿Qué tipo de INFRACCIONES
se pueden interpone?
MUY GRAVES
GRAVES
LEVES
¿Quién tiene la capacidad
para la interposición
infracciones?
MINSTRO INTERIOR
DIRECTOR GENERAL DE
PROTECCIÓN CIVIL
DELEGADO GOBIERNO
MUY GRAVES
GRAVES
LEVES
¿Cuál es el plazo máximo para la
resolución por infracciones?
6 mees
MUY GRAVES Y GRAVES
3 meses
LEVES
Nota: Los Alcaldes será competente para la resolución
de procedimientos sancionadores en el ámbito de PC,
de acuerdo con la legislación específica que les sa
aplicable
NOTAS:
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INFRACCCIONES MUY GRAVES
Cuando suponga UNA ESPECIAL PELIGROSIDAD para la seguridad de personas/bienes
1. Incumplimiento de las obligaciones derivadas de los planes de Protección Civil
2. Incumplimiento de órdenes, prohibiciones, instrucciones o requerimientos
efectuados por órganos competentes o miembros de los servicios de intervención y
asistencia
3. No colaboración de los servicios de vigilancia y protección de las empresas públicas
o privadas
4. Incumplimiento por parte de los titulares de centro en los que se realicen
actividades que puedan originar situaciones de emergencia, de su obligación de:
a) Informar al órgano establecido por la Adn. Pública sobre los programas de
información a los ciudadanos puestos en práctica
b) Instalación y mantenimiento de sistemas de alarma a la población
c) Garantizas que la información sea accesible a personas con discapacidad
5. La comisión de una segunda infracción grave en el plazo de un año
INFRACCCIONES GRAVES
Cuando NO suponga UNA ESPECIAL PELIGROSIDAD para la seguridad de personas/bienes
1. Incumplimiento de las obligaciones derivadas de los planes de Protección Civil
2. Incumplimiento de órdenes, prohibiciones, instrucciones o requerimientos efectuados
por órganos competentes o miembros de los servicios de intervención y asistencia
3. No colaboración de los servicios de vigilancia y protección de las empresas públicas o
privadas
4. Incumplimiento por parte de los titulares de centro en los que se realicen actividades
que puedan originar situaciones de emergencia, de su obligación de:
a) Informar al órgano establecido por la Adn. Pública sobre los programas de
información a los ciudadanos puestos en práctica
b) Instalación y mantenimiento de sistemas de alarma a la población
c) Garantizas que la información sea accesible a personas con discapacidad
5. La no colaboración de medios de comunicación con las autoridades, en la difusión de
informaciones ante riesgos y emergencias, cuando SUPONGA ESPECAIAL
TRASCENDENCIA
6. La comisión de una tercera infracción leve en el plazo de un año
INFRACCCIONES LEVES
1. La no colaboración de medios de comunicación con
las autoridades, en la difusión de informaciones ante
riesgos y emergencias, cuando NO SUPONGA
ESPECAIAL TRASCENDENCIA
2. Cualquier otro incumplimiento que no constituya
infracción grave o muy graves
NOTAS:
ESQUEMA TEMA 17 “PROTECCIÓN CIVIL”
Página 12
Ingreso en la Escala Cabos y Guardias de la Guardia Civil. Centro de Estudios Gesinpol - info@gesinpol.com
DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL
Y EMERGENCIAS
¿Cuál es su estructura?
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE
PREVENCIÓN Y PLANIFICACIÓN
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE
RECURSOS Y SUBVENCIONES
UNIDAD DE FORMACIÓN Y RELACIONES
INSTITUCIONALES
Ejercicio de las competencias atribuidas
al Ministerio del Interior en materia de
PC
FUNCIONES
Organización y mantenimiento de:
1. Centro de Coordinación Operativa
2. Red de Alerta a la Radiactividad
3. Redes propias de comunicación para emergencias
4. Otras infraestructuras destinadas a facilitar la
gestión operativa de las emergencias
FUNCIONES
Preparación y difusión de alertas
Solicita la intervención UME
FUNCIONES
1. Preparación de Planes estatales de PC
2. Preparación y gestión práctica de ejercicios/simulacros
3. Estudios relativos al análisis de riesgos
4. Desarrollo de estudios y programas de información
ciudadanos
5. Desarrollo de investigación y estudios sobre aspectos
relevantes de PC (sociológicos, jurídicos, económicos,etc)
¿Quién queda
integrada aquí?
CEISE
Centro Europeo de Investigación
Social de Situaciones de Emergencias
FUNCIONES
1. Confección/ejecución/seguimiento de los presupuesto
de PC
2. Tramitación de Subvenciones y ayudas derivadas de
catástrofes o siniestros
3. Tramitación de Subvenciones y ayudas que faciliten la
implantación de los planes de PC de carácter Estatal
4. Gestión administrativa para contratación de obras,
estudios y servicios, adquisición de bienes
FUNCIONES
1. Información Teórica y práctica en la gestión de riesgos y
emergencias
2. Coordinación de las relaciones con las Unidades de PC
de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.
CC.AA, Adm. Locales
3. Organización y mantenimiento de la Secretaria de la
Comisión Nacional de PC, de su Comisión Permanente y de
sus comisiones técnicas y grupos de trabajo
4. Mantenimiento de relaciones técnicas con organismos
homólogos de otros países, especialmente UE, del
Mediterráneo y Iberoamérica
5. Organización y mantenimiento de un fondo documental
que pemrita la máxima difusión de la información
¿Quién queda
integrada aquí?
ESCUELA NACIONAL DE PROTECCIÓN
CIVIL
NOTAS:
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