el respeto de la dignidad inherente, la autonomía

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CDPD promueve el respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida lalibertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas.

EDUCACION

SALUD

INCLUSION LABORAL JUSTICIA

CUIDADO DE LOS HIJOS

SERVICIOS SOCIALES

• Historia de la Ley 19.904 ; denotó “el Lenguaje de Señas como herramienta de comunicación” para la población con discapacidad auditiva en todo el territorio nacional.

• El señor Ministro de Educación, don José Pablo Arellano Marín, mediante oficio Nº 05/798, de 2 de junio de 1997, señaló que el lenguaje gestual es una de las formas de comunicación no verbal. Preconcepciones erróneas: Mímica, gestos.

• Comunicación Total: Señas ordenadas debajo de cada palabra del español. Evolución histórica y reconocimiento internacional de la independencia de la Lengua de Señas con respecto de los idiomas hablados.

Medios de Comunicación: Son instrumentos utilizados en la sociedad contemporánea para

informar y comunicar mensajes en versión textual, sonora, visual o audiovisual.

Medio de comunicación NO es sinónimo de Lengua.

Medio de comunicación requiere de un código para el decodificado, de un patrón posible de comprensión.

TELEGRAFOMORSE

MAQUINABRAILLE

MANOSALFABETOMANUAL(¡No es LSCh!)

.- -- --- .-. amor

.-.. --- ...- . love

SON SISTEMAS DE COMUNICACIÓN SECUNDARIOS A LA LENGUA.

¿EN QUE LENGUA ESTAN?

ESPAÑOL: A M O R

INGLES : L O V E

Lengua de Señas como Derecho Humano de las Personas Sordas en Chile.

Lengua de Señas

DE CADA PAÍSESTRUCTURA, LEXICO

Y GRAMATICA

SURGE ESPONTANEAMENTEGRUPOS HUMANOS

DESARROLLO FUNCION CEREBRAL

Y HABILIDADES SOCIALES

LENGUA DE SEÑAS INSEPARABLE

CULTURA/IDENTIDAD

TEMPRANO DESARROLLO COGNITIVO,

EMOCIONAL, SOCIAL,

LINGUISTICO EN PS

Lengua de Señas como Derecho Humano de las Personas Sordas en Chile.

INSTRUMENTOS DE DDHH:CDPD

Artículo 2 : Deja claro que las lenguas de

señas son iguales en estatus que las

lenguas habladas

artículo 21.b: Permite a las personas sordas elegir; como desean dar y recibir comunicaciones oficiales, incluso en las lenguas de señas.

artículo 21.e y 24.3b: Obliga a los Estados a fomentar el aprendizaje de la lengua de señas y la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas.

Artículo 23.3 : Requiere a los Estados; a proporcionar información temprana e integral, los servicios y el apoyo a los niños con discapacidad y sus familias, incluyendo información sobre la Cultura Sorda, la lengua de señas y la educación bilingüe.

NECESIDAD DE ESTABLECER UNA CONCEPTUALIZACION LEGAL CORRECTA

EL CONCEPTO DEBE ORIENTARSE NECESARIAMENTE A:• Que las personas Sordas puedan usar su lengua natural para

expresarse por sí mismos y comunicarse. (Principios de autonomía y dignidad humana)

• Ser Personas Sordas plenas con una identidad Cultural y Lingüística completa. (La identidad Sorda está a menudo vinculada al dominio de la Lengua de Señas y a la cultura compartida con el colectivo de Personas Sordas local, nacional e internacional) ART 30.4 CDPD

• Ser capaces de participar igualmente en sociedad como seres enteros, sanos y seguros.

• Reconocer su rango de lengua natural, originaria y patrimonio intangible de las Personas Sordas

• Tomar medidas de acción positiva; reconociendo la enseñanza de la lengua de señas por Personas Sordas; como depositarios de su patrimonio lingüístico dinámico y vivo.

PERSONA SORDA:Un concepto que subraye potencialidades, no déficits

v/s

“DEAFNESS”(SORDERA)

“DEAFHOOD”(SORDEDAD)

DEAFHOODSORDEDAD

POSIBILIDAD,CAPACIDAD,

IMAGEN POSITIVA

REFUTA EL MODELO MÉDICO HACIA UN

MODELO LINGUISTICO/

CULTURAL/IDENTITARIO

SISTEMA DE VALORES

HISTORICOS COMO ENTIDADES BIOLÓGICAS SINGULARES

RESISTENCIA Y

CONSERVACIÓNDE LA LENGUA Y

CULTURA“1001 victorias”Es un

PROCESOVITAL Y

COLECTIVO

NO ES UN ESTADO FIJO;APRENDEMOS A SER MIEMBROS DE UNA

CULTURA.Es una decisión.

Superación de laOpresión

(Internalizaciones/ vergüenza del ser)

EVITAR PELIGROS DE PATRONES

POSTCOLONIALES:Discriminación entre

Sordos/ Violencia Horizontal.

ANÁLISIS DEL CONCEPTO SOCIO- ANTROPOLÓGICO DE LA SORDERA: HACIA LA TITULARIDAD DE DERECHOS

Lane, Hoffmeister y Bahan, definen el Mundo Sordo :

• Como un grupo de personas con característicascomunes y una forma de vida particular, queposeen conocimientos de su mundo y compartenexperiencias de lo que es ser Sordo (Lane, H. et al,1996).

• Muchas personas que pertenecen al mundo Sordonacieron en él, pero existe también un númeroimportante que se incorpora en la adultez. Estemundo tiene su propia lengua y cultura, no lesgusta ser llamados impedidos auditivos,discapacitados o ser calificados por lo que no tienen;para ellos lo importante es lo que son, personaseminentemente visuales, y lo que tienen paracomunicarse: sus manos y cuerpo.

SOBRE LA URGENCIA DE LEGISLAR:

1. La urgencia de legislar un concepto de Lengua de Señas que permita consolidar procesos de creación de

normas específicas.Que permita establecer el conjunto de las acciones

jurídicas y el campo de acción de los derechos de las personas Sordas, en conformidad con la CDPD.

2. Solicitar al Poder Ejecutivo a fin de que se haga una Ley de Lengua de Señas Chilena que contemple los DDHH de las

personas Sordas en el acceso a la salud, la educación, a la justicia y a los servicios públicos.

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