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El principio de legalidad y los instrumentos formales de la actuación administrativa

Generalidades

Actividad administrativa • Actuación concreta de las

AAPP, en desarrollo de sus competencias y potestades.

• La actividad administrativa es muy heterogénea, manifestándose, por ejemplo, en la aprobación de reglamentos, la adopción de actos administrativos o la adjudicación de contratos.

Procedimiento administrativo • Trámites que las AAPP deben

seguir en su actividad cotidiana. Se dice que la actividad administrativa está formalizada porque requiere la existencia de un "camino“: el procedimiento administrativo.

• El procedimiento administrativo común (rectius los elementos comunes básicos de todos los procedimientos) se regula en la LAP.

1

El acto administrativo. Concepto, elementos y clases

Concepto de acto administrativo

Delimitación positiva • Declaración formal de la

Administración pública: – Reconocimiento de un

derecho (autorización, beca...)

– Imposición de un deber (sanción)

– Establecimiento de un mandato (orden de derribo)

– Fijación de una prohibición (de realizar vertidos)

• Con un destinatario: el interesado

Delimitación negativa • No son actos

administrativos: – Reglamentos o

"disposiciones de carácter general"

– Contratos del sector público – Actuaciones no sujetas a

Derecho administrativo (contratos de compraventa, contratos laborales, etc…)

Elementos del acto administrativo

Acto administrativo

Forma

Objeto Sujeto

Supuestos problemáticos o "fronterizos"

• Actos políticos – Doble naturaleza del Gobierno = Consejo Ministros

(Presidente+Ministros): • órgano que ejerce funciones administrativas, • órgano constitucional que toma decisiones de naturaleza política (arts. 97

y 98 CE) – Cuestiones-clave:

• 1. ¿Cuándo el Gobierno actúa como tal y no como Administración?→interpretación restrictiva: política exterior, relaciones con las Cortes, prioridad gastos, fondos reservados.

• 2. Cuando el Gobierno actúa como tal, ¿está sometido a algún control? → amplio control judicial (arts. 26 LGob y 2.a LJ)

• Actos no administrativos sometidos a Derecho administrativo – Actos "materialmente administrativos" (art. 1.3 LJ) – Actos administrativos impropios (art. 2 c) y d) LJ)

Clases de actos administrativos

• Actos favorables y de gravamen (art. 105.1 LAP)

• Actos definitivos, de trámite y firmes (art. 107 LAP)

• Actos que agotan vía administrativa y que no agotan vía (art. 109 LAP)

• Actos expresos y presuntos (arts. 43-44 LAP)

2

¿Cómo decide la Administración? La discrecionalidad

administrativa

Potestades regladas y potestades discrecionales

¿Qué es esto? • En el marco de la

vinculación positiva a la Ley, las AAPP juegan con distintos márgenes de libertad en la toma de decisiones: – Potestades regladas: escaso-

nulo margen de decisión – Potestades discrecionales:

amplio margen de decisión

Estructura de la norma

Consecuencia jurídica

Presupuesto de hecho

Hecho

Algunos ejemplos....

• Ej.1 “Los permisos y su duración serán, al menos, los siguientes: d) Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, durante los días de su celebración.” (art. 48.1 d) EBEP).

• Ej.2 "El objeto de los contratos del sector público deberá ser determinado" (art. 86.1 TRLCSP).

• Ej.3 “Incoado el expediente de caducidad, la Administración podrá disponer la paralización inmediata de las obras" (art. 80 Ley de Costas).

• Ej.4 "El Alcalde puede delegar el ejercicio de sus atribuciones" (art. 21. 3 LRBRL).

• Ej.5 "Las Administraciones públicas podrán revocar en cualquier momento sus actos de gravamen o desfavorables" (art. 105 LAP).

¿Qué interés tiene?

• Determinan la amplitud del control judicial de la decisión administrativa: – En potestades regladas se facilita el "poder de

sustitución" del juez (arts. 71.1.b) y 71.2 LJ)

• Marcan, por lo tanto, las posibilidades de éxito de los recursos administrativos y contencioso-administrativos

Control de la discrecionalidad

• 1. Control de los elementos reglados de la actuación administrativa: competencia, procedimiento, hechos determinantes. – Incluido control de una hipotética desviación de

poder (art. 70.2 LJ): ejercicio de potestades administrativas con fines distintos de los fijados por el ordenamiento

• 2. Control de los principios generales del Derecho y los derechos fundamentales (igualdad, proporcionalidad, mérito y capacidad...).

Conceptos jurídicos indeterminados

• Cuando una norma incluye conceptos jurídicos indeterminados ("interés público", "utilidad pública", "urgente necesidad", "mejores técnicas disponibles") no hay estrictamente discrecionalidad administrativa, porque la Administración sólo puede adoptar UNA ÚNICA SOLUCIÓN JUSTA

• Ej.1. En el otorgamiento de concesiones se preferirá, "en igualdad de condiciones, aquellos que proyecten la más racional utilización del agua" (art. 79.2 TR Ley de Aguas)

• Ej.2. Los actos administrativos serán publicados "cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente" (art. 60 LAP)

Discrecionalidad técnica

• Decisiones de tipo "técnico" en las que el órgano administrativo está en condiciones óptimas para tomar su decisión, debido a su especialización (corrección de exámenes, oposiciones...)

• Ej. "La libre designación con convocatoria pública consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto" (art. 80 EBEP).

3

Invalidez de los actos administrativos

Validez del acto administrativo

• Presunción de validez del acto administrativo (art. 57 LAP)

• Concurrencia de todos sus elementos (arts. 53-55 LAP): sujeto (competencia), objeto (fin, causa y contenido) y forma (procedimiento, motivación)

Invalidez del acto administrativo

•Art. 62 LAP Nulidad de pleno derecho

•Art. 63 LAP •Regla general

Anulabilidad

Simple irregularidad no invalidante

Diferencias nulidad / anulabilidad

Nulidad de pleno derecho • Efectos ex tunc (nulidad de

raíz) • Posibilidad de declarar un

acto nulo en cualquier momento, sin plazo (art. 102 LAP)

• No convalidable

Anulabilidad • Efectos ex nunc (efectos

desde que se declara) • Plazo de cuatro años para

declarar la lesividad de actos anulables (art. 103 LAP)

• Convalidable

Las llamadas "irregularidades no invalidantes"

• Principio antiformalista: las infracciones formales o procedimentales no tienen consecuencias invalidantes, salvo excepciones (indefensión)

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Eficacia del acto administrativo

Requisitos de eficacia del acto administrativo

• Autotutela declarativa o ejecutividad: eficacia inmediata del acto (art. 57.1 LAP)

• Requisitos de eficacia: – Notificación (arts. 58-59 LAP) – Publicación (art. 60 LAP)

• Eficacia retroactiva (art. 57.3 LAP)

Práctica de la notificación • Se notifica el texto íntegro del acto, indicando

órgano responsable, recursos procedentes, órgano ante el que deban presentarse y plazos (art. 58.2 LAP)

• Plazo, forma y lugar • ¿Cuándo? Plazo de 10 días desde la fecha del acto (art. 58.2

LAP), dentro de los plazos generales del procedimiento (art. 42)

• ¿Cómo? Por cualquier medio suficiente (art. 59.1 LAP) • ¿Dónde? Donde señale el interesado (art. 59.2 LAP)

• Notificación edictal (art. 59.5 LAP)

Notificaciones electrónicas Ley 11/2007, de 22 junio y RD 1671/2009, de 6 noviembre

• Siempre que el interesado haya señalado este medio como preferente

• Requisitos: • a) Dirección electrónica habilitada • b) Sistemas de eCorreo con acuse de recibo automático • c) Comparecencia en la sede electrónica del órgano

actuante • d) Otros medios

Publicación del acto administrativo

Publicación sustitutiva (art. 59.6 LAP) • Actos generales: pluralidad

indeterminada de destinatarios

• Actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva

• Cuando lo establezca la norma

Publicación complementaria (art. 60 LAP) • Decisión discrecional de la

Administración competente (art. 59.5 LAP)

• Por razones de interés público

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Ejecución del acto administrativo

Ejecución de actos administrativos

• Título para la ejecución del acto y notificación de actuaciones (art. 93 LAP)

• Autotutela ejecutiva o ejecutoriedad (art. 94 LAP) • Medios de ejecución forzosa:

– Apremio (art. 97 LAP) – Ejecución subsidiaria (art. 98 LAP) – Multa coercitiva (art. 99 LAP) – Compulsión sobre las personas (art. 100 LAP)

• Suspensión de la ejecución (arts. 94, 111 y 138 LAP)

Vía de hecho

• Concepto: actuación desmesurada o abusiva de la Administración, sin sujeción a la Ley, que afecte al derecho de propiedad

• Recurso contra la vía de hecho: art. 30 LJ

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