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Dirección General de Relaciones Laborales PROYECTO LEY ESTABILIDAD José Gregorio Villaroel Barreto Director General de Relaciones Laborales. Notas Introductorias. Antecedentes III. Definiciones. Contenido. Dirección General de Relaciones Laborales. IV. Tipos de Estabilidad. - PowerPoint PPT Presentation

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Dirección General de Relaciones Laborales

PROYECTO LEY ESTABILIDAD

José Gregorio Villaroel Barreto

Director General de Relaciones Laborales

Contenido

I. Notas Introductorias.

II. Antecedentes

III. Definiciones

IV. Tipos de Estabilidad

V. Ámbito de Aplicacion

VI. Procedimiento

VII. Estructura de la Ley

Dirección General de Relaciones Laborales

I. NOTAS INTRODUCTORIAS:

Dirección General de Relaciones Laborales

3-APORTE SEGÚN CAPACIDADES

1-GARANTIZA LA ESTABILIDAD EN

EL EMPLEO

2-MEDIO DE SUSTENTO PROPIO

Y FAMILIAR SOCIEDAD DE IGUALES

Dirección General de Relaciones Laborales

El socialismo del siglo XXI debe sustentarse en leyes:

Dirección General de Relaciones Laborales

Socialismo del siglo XXI

Que mejoren el nivel

de bienestar

Desmarcadas del Individualismo

Para el beneficio colectivo

Inexorables para mayor suma de

felicidad

La nueva sociedad de iguales marcara el camino hacia nuevos Paradigmas :

La Transformación Socialista

El trabajo como Derecho Humano

fundamental

Trabajo como deber ineludible

Nuevas Relaciones de producción

Hombre y Mujer nuevos

Dirección General de Relaciones Laborales

VENEZUELA

El Proyecto de Ley Confluyen procesos Sociales,Judiciales

Administrativos,

Políticos

Dirección General de Relaciones Laborales

ConstitucionalesII. ANTECEDENTES:

a. CONSTITUCIÓN DE 1.947: Se consagra por primera vez la estabilidad

para los trabajadores.

b. CONSTITUCIÓN DE 1.961(art. 88)“La Ley adoptará medidas tendentes a

garantizar la estabilidad en el trabajo y establecerá las Prestaciones que recompense la antigüedad del trabajador en el servicio y amparen en caso de cesantía”.

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C. CONSTITUCION DE 1.999 (art. 93)

“La ley garantizará la estabilidad en el trabajo y dispondrá lo conducente para limitar toda forma de despido no justificado. Los despidos contrarios a esta Constitución son nulos”

C. LEY ORG. PROC. DEL TRABAJO: (2.002)Conserva casi completo la regulación de la L.O.T

Legales

a. LEY CONTRA DESPIDOS JUSTIFICADOS: (1.976)

“Establece la estabilidad numérica y las comisiones tripartitas.”

b. LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO: (1.990)

Elimina la estabilidad numérica, crea la jurisdicción de estabilidad .Establece el procedimiento correspondiente. ( artículos 112 al 129).

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III. DEFINICIONES1. MARIO DE LA CUEVA:

“Un principio que otorga carácter permanente a la relación

de trabajo y hace depender su disolución únicamente

de la voluntad del trabajador y solo excepcionalmente

de la del patrono, por el incumplimiento grave de las

obligaciones del trabajador y de las circunstancias

ajenas a la voluntad de los sujetos de la relación, que

hagan imposible su continuación”.

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2. NESTOR DE BUEN:

“La estabilidad en el empleo debe entenderse como el

derecho a conservarlo, no necesariamente en forma

indefinida, sino por el tiempo en que la naturaleza de la

relación lo exija; si ésta es indefinida no se podrá

separar al trabajador, salvo que existiere causa para

ello”

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IV. TIPOS DE ESTABILIDAD.

1. Estabilidad absoluta:

La doctrina se ha referido a estabilidad absoluta cuando se niega al patrono, de manera total la facultad de disolver una relación de trabajo por un acto unilateral de su voluntad y únicamente se permite la disolución por causa justificada que deberá probarse ante el órgano competente previamente establecido, en caso de inconformidad del trabajador

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2. Estabilidad Relativa:

Estamos en presencia de la estabilidad relativa cuando se autoriza al patrono, en grados variables, a disolver la relación de trabajo por un acto unilateral de su voluntad o mediante el cumplimiento por equivalente a través de pago de una indemnización

V. AMBITO DE APLICACIÓN:

ACTUAL 1. Delegado sindical en los buques de bandera venezolana (Art. 356

L.O.T).

2. Promoventes y adherentes de un sindicato en formación (Art. 450 L.O.T).

3. Los miembros de la Junta Directiva del Sindicato. (ART. 451 L.O.T)

4. Interesados proceso electoral de una organización sindical (Art. 452 LOT).

Trabajadores Amparados

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5. Trabajadores involucrados en un conflicto colectivo de trabajo (Art. 458 y 506 LOT).

6. Interesados en la negociación de una convención colectiva de trabajo (Art. 458 y 520 LOT).

7. Interesados en una Reunión Normativa Laboral (Art. 533 LOT).

8. Directores Laborales y sus suplentes, en Institutos y Empresas del Estado (Art. 617 LOT).

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9. Representantes de los trabajadores en los Comités de Higiene y Seguridad Industrial (Art. 37 Lopcymat).

10. La mujer trabajadora en estado de gravidez y hasta un año después del parto (Art. 384 LOT).

11.La mujer trabajadora durante el año siguiente a la adopción (Art. 384 LOT).

12. Trabajadores afectados por la suspensión de su relación de trabajo (Art. 93 y Sig.)s

PROPUESTA1. Funcionarios públicos nacionales, estadales y municipales.

2. Funcionarios de cuerpos armados.

3. Trabajadores de direccion.

4. Temporeros eventuales u ocacionales.

5. Contratados a tiempo u obra determinada.

6. Trabajadores domésticos.

7. Deportistas profesionales.

8. Trabajadores actores, músicos, folcloristas e intelectuales.

Trabajadores ExcluidosArticulo 3 L.O.E.T

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9. Trabajadores a domicilio.

10. Trabajadores públicos afectados por reducción de personal o reestructuración del organismo.

Se estima que con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de

Estabilidad en el trabajo el 80 % de los trabajadores quedaran

amparados, pues según estimaciones de expertos solo el 20 % de

ellos queda excluido.

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1º Fase: Sustanciación, Mediación y Conciliacion:

a. Concebida como una etapa previa, ejecutada por los comités de sustanciacion, mediación y conciliacion.

b. Para buscar acuerdos que eviten la ruptura laboral.c. Donde se realizan actos preparativos del respectivo

expediente.d. Permite depurar Vicios e irregularidades.e. Facilitando al inspector la toma de decisión rápida

expedita y transparente.

VI. PROCEDIMIENTO

2º Fase: Ante la Inspectoria del Trabajo:

a. Se asemeja a la fase de juicio jurisdiccional.

b. En ella se providencian las pruebas.

c. No comparecencia de las partes.

d. Realización del acto oral y publico.

e. Evacuación de pruebas.

f. Inspector dicta o difiere decisión

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PROYECTOLOET

Cap. 1Disp.Fund Cap. 2

Org.Just.Adtiva

Cap. 3Comt. Sust.Med

Cap. 4Proc.Esta

b

Cap. 5Fase

Sust.MedCap. 6Fase Insp.

Cap. 7Proc.empresa

s20 Trab.

Cap.8Proc.Red.

Pers.

Cap.9Infracciones

Cap. 10Sancione

s

VII. Estructura de la Ley

Disposiciones Transitorias

SegundaProcedimientos en Curso

PrimeraNombramiento Representantes

TerceraAsignación de Presupuesto

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La época del Derecho “Puro” ha terminado. La nuestra es la época del Derecho responsabilizado, del Derecho no separado de la Sociedad sino íntimamente ligado a ella, a sus necesidades, a sus demandas, a sus voces de esperanza, pero también de justa protesta y de dolor que viene de la sociedad.

Mauro Cappelletti

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MUCHAS GRACIAS

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