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DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS Y

PROMOCIÓN AGROALIMENTARIA

Manuel Castañón FierroJefe de Sección de Denominaciones de

Calidad

•LEY 25/1970. Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes.

A los efectos de esta Ley, se entiende por:

Denominación de Origen. El nombre geográfico de la región, comarca, lugar o localidad empleado para designar un producto procedente de la vid, del vino o de los alcoholes de la respectiva zona, que tengan cualidades y caracteres diferenciales debidos principalmente al medio natural y a su elaboración y crianza.

Consejos Reguladores. Normas que les afectan

Se disponen denominaciones de origen, genéricas y específicas.

DENOMINACIONES DE CALIDAD

•Real Decreto 1573/1985

Regula las Denominaciones genéricas y específicas

Real Decreto 728/1988

Establece la normativa a que deben ajustarse las denominaciones de calidad de productos agroalimentarios no vínicos

DENOMINACIONES DE CALIDAD

•Reglamento (CEE) nº 2081/92

Relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios.

Denominación de Origen Protegida

Indicación Geográfica Protegida

No se registran las denominaciones genéricas

Los organismos certificadores deben cumplir los requisitos de la norma EN-45011

DENOMINACIONES DE CALIDAD

•Orden de 25 de enero de 1994.

Correspondencia de la legislación nacional a la europea

•Real Decreto 1414/2005

Regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro Comunitario de las Denominaciones de Calidad.

DENOMINACIONES DE CALIDAD

Denominaciones de Origen

Vino 6Vinagre 2Aceite 10Jamón y paleta 2 (1 amparada por el MAPA)Pasas 1Chirimoya 1Miel 1

Denominaciones Específicas (IGP)

Jamón 1Brandy 1Espárragos 1Alfajor 1Caballa 1Melva 1

DENOMINACIONES DE CALIDAD

Denominaciones de Origen de vinos y vinagres

DENOMINACIONES DE CALIDAD

Denominaciones de Origen de aceites de oliva virgen extra

DENOMINACIONES DE CALIDAD

Denominaciones de Origen

DENOMINACIONES DE CALIDAD

Denominaciones Específicas (IGP)

DENOMINACIONES DE CALIDAD

•Real Decreto 1126/2003. Vinos de la Tierra (I)

Son vinos asociados a un nombre geográfico con derecho a utilizar esta mención tradicional.

Cambios con la nueva Ley 24/2003 de la Viña y del Vino:Vinos de mesaVinos de agujaVinos de licorVinos de uva sobremaduradas

Documentación a presentar:SolicitudEstudio JustificativoPliego de condicionesRegistros

DENOMINACIONES DE CALIDAD

DENOMINACIONES DE CALIDAD

•Real Decreto 1126/2003. Vinos de la Tierra (II)Requisitos:

•Categoría o categorías de vino a los que es aplicable la mención

•Nombre de la indicación geográfica a emplear•Delimitación precisa del área geográfica• Indicación de las variedades de vid aptas•La graduación alcohólica volumétrica natural mínima de los diferentes tiposde vino con derecho a mención.

•Una apreciación o una indicación de las características organolépticas

•Sus características físico-químicas•Deberá señalarse el sistema de control aplicable a los vinos, que deberá realizar un organismo público o privado

•Referencia al Organismo Certificador, que deberá ser autorizado por la Consejería de Agricultura y Pesca

Vinos de la Tierra

DENOMINACIONES DE CALIDAD

Certificación de las Caracteristicas Especificas de los Productos Agrícolas y Alimenticios

Reglamento (CEE) nº 2082/92

Elemento o conjunto de elementos por los que un producto agrícola o alimenticio se distingue claramente de otros similiares pertenecientes a la misma categoría.

Deberán haber sido producidos a partir de materias primas tradicionales, o una composición, producción o transformación tradicionales.

Las denominaciones registradas disfrutan de la mención “Especialidad Tradicional Garantizada” (E.T.G.)

DENOMINACIONES DE CALIDAD

Ley 24/2003 de la Viña y del Vino.

DENOMINACIONES DE CALIDAD

VINOS DE MESA

•Vinos de mesa

•Vinos de mesa con derecho a la mención tradicional “Vinos de la Tierra”.

VINOS DE CALIDAD PRODUCIDOS EN REGIONES DETERMINADAS (v.c.p.r.d.).

•Vinos de calidad con indicación geográfica.

•Vinos con denominación de origen (incluido la denominación Cava).

•Vinos con denominación de origen calificada.

•Vinos de pagos.

CALIDAD CERTIFICADA

CALIDAD

DIFERENCIAL

IMPARCIALIDAD

Concepto subjetivo, muypersonal.

Calidad distinta y definida para un producto o grupo de productos.

Garantía de que lo que se ofrece se corresponde con las características definidas para el producto .

CALIDAD CERTIFICADA = Calidad diferente certificada por un organismo imparcial.

Es una marca de la Consejería de Agricultura y Pesca. Decreto 242/2001,de 6

de noviembre (BOJA nº 131 de 13 de noviembre)

¿ QUE ES CALIDAD CERTIFICADA?

DECRETO 242/2001

Distingue la Junta de Andalucia, con esta MARCA, a los productos agroalimentarios y

pesqueros con una calidad demostrada

Los productos han de superar los requisitos establecidos en sus Reglamentos o Pliegos de Condiciones y certificados por Entidades

autorizadas

DECRETO 242/2001

La Marca Calidad Certificada permite a los:

OPERADORES: dar a conocer la calidad diferenciada de los productos

CONSUMIDORES: garantías de unas características que les confieren un mayor nivel de calidad avalado mediante los oportunos controles y ratificado por la Consejería de Agricultura y Pesca

• Denominaciones de Origen (DOP)• Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP)• Vinos de la Tierra• Denominaciones Específicas• Certificaciones de Características

Específicas (ETG).• Agricultura Ecológica• Producción Integrada• Otros:

Empresas con productos amparados por alguna denominación de calidad certificable

• Pliegos de condiciones aprobados

• Certificados por entidades acreditadas ENAC EN-45.011)

¿QUIEN LA PUEDE USAR?

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA SOLICITAR LA MARCA

• Solicitud en impreso oficial

• Identificación del solicitante

• Caracteristicas de la Empresa

• Marcas comerciales y formatos o envases

• Proyecto de etiquetado

• Certificado del Organismo Certificador

CALIDAD CERTIFICADA

Nº de inscripciones en el Registro de Calidad Certificada

529 21

5335 23 30 20 913

145121

212

64

121

43

112

14

0

50

100

150

200

250

D. GEN

ERAL

ALMER

ÍACÁD

IZ

CÓRDOBA

GRANA

DA

HUELVA

JAÉN

MÁLAG

A

SEVIL

LA

Nº EMPRESAS Nº PRODUCTOS

Datos: marzo 2006Nº empresas: 225Nº productos: 845

CALIDAD CERTIFICADA

Productos inscritos por sectores

115

277

93

167

193ACEITES

VINOS, VINAGRES YLICORES

IBÉRICOS YCÁRNICOS

FRUTAS YHORTALIZAS

VARIOS

Datos: marzo 2006

DECRETO 269/2005.TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA

• Modifica el Decreto 242/2001, de 6 de noviembre.

• Presenta la posibilidad de obtener la Marca para los productos agroalimentarios y pesqueros mediante la tramitación electrónica.

• Dicha tramitación permite mayor facilidad, comodidad y rapidez.

• El único requisito indispensable que necesita el solicitante para dicha tramitación es tener un certificado digital.

• La única documentación necesaria que hay que aportar con la Tramitación Electrónica es la propuesta del etiquetado de producto.

Programa localizado en la página web de la Consejería desde donde se solicita la marca Calidad Certificada.

DECRETO 269/2005.TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA

• No elimina la tramitación tradicional para aquellas entidades que no dispongan del certificado digital. Se podrá rellenar el formulario de solicitud en el programa de tramitación y presentarlo junto con toda la documentación en las Delegaciones Provinciales.

• Una modificación que se introduce con el nuevo Decreto respecto al etiquetado de productos es que hay que hacer referencia, en el mismo campo visual de la marca Calidad Certificada, al organismo Certificador que ha intervenido en la certificación del producto.

DECRETO 269/2005.TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA

¡gracias!

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