detalle de las cifras llevadas a los renglones …galeon.com/gonfor/unisangil/renta1.pdf · que va...
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Modelo tomado de la página web de ACTUALICESE.COM
ANEXOS A DECLARACIÓN DEL IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENTARIOSAÑO GRAVABLE 2013
DETALLE DE LAS CIFRAS LLEVADAS A LOS RENGLONES DEL FORMULARIO 110
Indique cual de las 5 opciones anteriores es la escogida 1
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anexo
30 Total Gastos De Nómina 756.402.000 756.402.000
510506 Sueldos 308.981.800 308.981.800
510527 Auxilio de Transporte 1.196.346 1.196.346
510530 Cesantías 25.785.537 25.785.537
Totales
saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
esta misma hoja)
(Nota: Con el fin de poder calcular automáticamente el valor del renglón 69 y 72 en el formulario 110 ("impuesto sobre la renta" e "impuesto de ganancias ocasionales"), y conociéndose que este formulario
110 está diseñado para ser utilizado por distintas clases de personas jurídicas las cuales pueden llegar a utilizar diferentes tarifas para la liquidación de los mencionados impuestos , se hace necesario
escoger entre una de las siguientes cinco opciones:
1. ¿Este formulario lo está usando una persona jurídica del régimen ordinario, incluidas las "usuarias comerciales" de las zonas Francas? (tributan al 25% en renta y el 10% en ganancia
ocasional).
Nota: En este caso en particular el renglón 69 del impuesto de renta lo tendrán que liquidar manualmente pues cada una, según el año de operaciones en que se encuentre, usará un porcentaje de
exoneración especial respecto de la tarifa total que es del 25% en renta y del 10% en ganancia ocasional. Recuerde además que gracias al Fallo del Consejo de Estado de mayo de 2013 con el cual se
anularon algunos apartes del artículo 2 del Decreto 4910 de 2011, y debido a que el Gobierno Nacional no emitió otro decreto antes de diciembre 31 de 2013 que reemplazara dicha parte anulada, entonces
las pequeñas empresas, al menos por el 2013, no tienen que hacer la discriminación que se les pidió en el año gravable 2011 y 2012 y con la cual, al llegar a lo que ahora es el renglón 60 (renta líquida),
internamente tenían que elaborar anexos con los cuales demostraran cuánta parte de la renta líquida era obtenida con la actividad operacional de la pequeña empresa y cuánta era obtenida con las demás
actividades no operacionales, pues solo sobre la parte de la renta líquida obtenida con las actividades operacionales sí podían tomarse el beneficio de la tarifa de renta reducida progresiva que les concede la
Ley 1429 y sobre la otra parte tenían que tributar con la tarifa plena vigente. Por tanto, en el caso de la declaración 2013 lo que sucederá es que a todo el valor que les figure en el renglón 60 le podrán
aplicar la tarifa reducida progresiva que le corresponda a cada quien, según el año de operaciones en que se encuentre. Además, debe tenerse claro que las pequeñas empresas no tienen que llevar al
renglón 62 (rentas exentas) ninguna parte del valor que tengan en el renglón 60 (renta líquida), pues el beneficio que les da la Ley 1429 no se maneja como "renta exenta" sino que se refleja simplemente
en el hecho de que usarán tarifas de renta reducidas progresivas. En consecuencia, lo que quede reflejado en el renglón 60 pasaría igual hasta el renglón 64 (pues ni siquiera calculan renta presuntiva en el
renglón 61) y por tanto, al menos en esta declaración 2013, todo ese valor se podrá beneficiar de tributar con la tarifa reducida progresiva. Además, por causa de lo indicado en el Fallo del Consejo de
Estado, se entendería que las pequeñas empresas de la Ley 1429 también pueden tributar con tarifa reducida progresiva hasta en el impuesto de ganancia ocasional.
RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
Recuerde que en esta hoja de trabajo algunas de las cifras con los "Saldos Contables a dic. 31" se muestran en color rojo (se introdujeron con el signo negativo adelante). Caso por ejemplo de la cuenta
1598 (depreciación acumulada) o la cuenta 1399 (provisión de deudores). Por tanto, si se cambian estas cifras, no debe olvidar poner el signo negativo al comienzo para que Excel la pueda tomar como cifra
negativa y restarla luego en las celdas donde se hacen las sumas respectivas. Además, en esta plantilla se usaron los códigos del PUC de comerciantes (Decreto 2650 de 1993). Pero si la persona jurídica
que va a usar esta plantilla utiliza cualquiera de los otros 18 PUC que existen en Colombia, deberá cambiar estos códigos por los que en su propio PUC sean los más equivalentes a los del PUC de
comerciantes. Así mismo, en la columna doble de "Ajustes para llegar a saldos fiscales", tenga en cuenta que se incluyen como ejemplos algunos de los distintos tipos de ajustes que un obligado a llevar
contabilidad podría tener que efectuar a sus cifras contables para ajustarlas a lo indicado en la norma fiscal. Por tanto, en esta plantilla NO se incluyen todos los ajustes que la norma fiscal que estuvo
vigente por el 2013 ordenaba. Esta hoja de trabajo solo debe ser usada como una guía o ejemplo.
A lo largo de la herramienta se incrustaron marcas de referenciación como (*-1), (*-2), etc. Cuando se encuentre con alguna de ellas, remítase a la parte final de la herramienta para leer el comentario
pertinente a esa parte del formulario.
RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales Totalessaldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de esta misma hoja)
2. ¿Este formulario lo está usando una persona jurídica del régimen especial? (tributan solo en renta y con tarifa del 20%).
3. ¿Este formulario lo está usando una persona jurídica ubicada en Zonas Francas y que no es "usuaria comercial"? (tributan al 15% en renta y al 10% en ganancia ocasional).
5. ¿Este formulario lo está usando una persona jurídica no contribuyente que solo presenta "Declaración de ingresos y patrimonio"? (No tributan).
4. ¿Este formulario lo está usando una persona jurídica del régimen ordinario pero acogida por el 2013 al beneficio del artículo 4 Ley 1429 de 2010 (pequeñas empresas)?
Página 1
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anexoTotales
saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
esta misma hoja)
RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
510533 Intereses sobre cesantías 3.711.739 3.711.739
510536 Prima de servicios 25.613.591 25.613.591
510539 Vacaciones 18.402.463 18.402.463
510548 Bonificaciones 41.681.306 41.681.306
520506 Sueldos 224.828.703 224.828.703
520518 Comisiones 42.521.961 42.521.961
520527 Auxilio de Transporte 424.320 424.320
520530 Cesantías 14.627.319 14.627.319
520533 Intereses sobre cesantías 880.881 880.881
520536 Prima de servicios 14.769.908 14.769.908
520539 Vacaciones 7.252.514 7.252.514
520548 Bonificaciones 25.724.091 25.724.091
720506 Sueldos 0 0
720527 Auxilio de Transporte 0 0
720530 Cesantías 0 0
720533 Intereses sobre cesantías 0 0
720536 Prima de servicios 0 0
720539 Vacaciones 0 0
720548 Bonificaciones 0 0
31Aportes al Sistema de Seguridad Social
119.840.000 121.838.000
(*-1) 510568 ARL 1.415.939 141.594 (a-1) 117.995 1.439.538
510569 EPS 24.724.712 2.472.471 (a-1) 2.060.393 25.136.791
510570 Fondos Pensiones 33.779.566 3.377.957 (a-1) 2.814.964 34.342.559
520568 ARL 1.415.939 141.594 (a-1) 117.995 1.439.538
520569 EPS 24.724.712 2.472.471 (a-1) 2.060.393 25.136.791
520570 Fondos Pensiones 33.779.566 3.377.957 (a-1) 2.814.964 34.342.559
720568 ARL 0 0 (a-1) 0 0
720569 EPS 0 0 (a-1) 0 0
720570 Fondos Pensiones 0 0 (a-1) 0 0
32Aportes al Sena, ICBF, Caja
Compensación 45.573.000 46.333.000
510572 CAJA COMP. 12.718.441 1.271.844 (a-1) 1.059.870 12.930.415
510575 ICBF 9.538.831 953.883 (a-1) 794.903 9.697.812
510578 SENA 6.359.221 635.922 (a-1) 529.935 6.465.208
520572 CAJA COMP. 7.536.328 753.633 (a-1) 628.027 7.661.933
520575 ICBF 5.652.245 565.225 (a-1) 471.020 5.746.449
520578 SENA 3.768.166 376.817 (a-1) 314.014 3.830.969
720572 CAJA COMP. 0 0 (a-1) 0 0
720575 ICBF 0 0 (a-1) 0 0
720578 SENA 0 0 (a-1) 0 0
33
Efectivo, Bancos, cuentas de Ahorro,
inversiones mobiliarias 232.744.000 237.419.000
(*-2) 1105 Caja General 3.654.991 3.654.991
1110 Bancos- Moneda Nacional 228.664.124 0 (e) 228.664.124 (*-3)
Bancos- Moneda Extranjera 0 0
1115 Remesas en tránsito 0 0
1120 Cuentas de ahorro 0 0
1125 Fondos 0 0
1215 Bonos 0 0
1220 Cédulas 0 0
1225 Certificados 1.275.000 3.825.000 (k) 5.100.000
1230 Papeles comerciales 0 0
1235 Títulos 0 0
1240 Aceptaciones bancarias 0 0
1245 Derechos Fiduciarios 0 0 (b-1) 0
1250 Derechos de recompra de inversiones 0 0
1260 Cuentas en Participación 0 0
1295 Otras Inversiones 0 0
Página 2
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anexoTotales
saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
esta misma hoja)
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PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
129915 a
129995
Provisiones sobre inversiones (distintas a la
provisión sobre acciones o cuotas; la
provisión sobre estas últimas van en el
renglón 34) Recuerde anteponer el signo
menos (-)
(850.000) 850.000 (a) 0
(*-4) Efectivo y otras inversiones que se habían
mantenido ocultas en periodos anteriores
0 0
34 Acciones y Aportes 19.550.000 22.950.000
1205 Acciones (en sociedades nacionales) 19.550.000 (*-5) 3.400.000 (d) 22.950.000 (*-5)
1205 Acciones (en sociedades del exterior) 0 0
(*-7) 1205 Acciones en sociedades ubicadas en países
con los que Colombia tiene convenios de
doble tributación 0 0
1210 Cuotas o partes de interés social (sociedades
nacionales) 0 0
1210 Cuotas o partes de interés social (sociedades
del exterior) 0 0
1210 Cuotas en sociedades ubicadas en países con
los que Colombia tiene convenios de doble
tributación 0 0
129905 y
129910
Provisiones (recuerde anteponer el signo
menos (-) para indicar saldo credito).
0 (*-6) 0 (a) 0
(*-4) Acciones y cuotas que se habían mantenido
ocultas en periodos anteriores 0 0
35 Cuentas por Cobrar Clientes 11.025.555.000 11.023.430.000
1305 Clientes 10.913.352.384 (e) 0 10.913.352.384
1310 A compañías Vinculadas 0 0
1315 Cuenta por cobrar a casa matriz 0 0
1320 Cuentas por cobrar a vinculados económicos 0 0
1325 Cuentas por cobrar a socios o accionistas 97.471.858 97.471.858
1330 Anticipos y avances 868.170 868.170
1335 Depósitos 2.143.275 2.143.275
1340 Promesas de compraventa 0 0
1345 Ingresos por cobrar 3.825.000 (k) 3.825.000 0
1350 Retenciones sobre contratos 0 0
1355 Anticipo de Impuestos y contribuciones 43.984.100 43.984.100
1360 Reclamaciones 0 0
1365 Cuentas por cobrar a trabajadores 6.098.204 6.098.204
1380 Deudores Varios 536.472 536.472
1399 Provisión sobre Clientes y otras cuentas que
sí tuvieron en este año o en los anteriores
una contrapartida en el ingreso y sin incluir
las cuentas por cobrar que sean con
vinculados económicos (solo esta provisión,
si se ajuste a los máximos permitidos por la
norma fiscal, es aceptada fiscalmente; ver
art. 145 del E.T.)
(41.024.573) (41.024.573)
1399 Provisión sobre las demás cuentas por cobrar
(esta sería la que no es aceptada
fiscalmente) (1.700.000) 1.700.000 (a) 0
(*-8) Otras provisiones sector financiero 0 (*-6) 0
(*-4) Cuentas por cobrar que se habían mantenido
ocultas en periodos anteriores
0 0
36 Inventarios 3.687.917.000 3.809.700.000Página 3
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saldos fiscales
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PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
1405 Materias Primas 0 0
1410 Productos en proceso 0 0
1415 Obras de construcción en curso 0 0
1417 Obras de organismo 0 0
1420 Contratos en ejecución 0 0
1425 Cultivos en desarrollo 0 0
1428 Plantaciones agrícolas 0 0
1430 Productos terminados 0 0
1435 Mercancías no fabricadas por la empresa 3.809.700.000 3.809.700.000
1440 Bienes raíces para la venta 0 0
1445 Inventarios de Semovientes bovinos 0 0 (a-2) 0 (*-9)
1445 Inventarios de actividades avícolas, piscícolas
y otras especies menores 0 0
1450 Terrenos 0 0
1455 Materiales, repuestos y accesorios 0 0
1460 Envases y empaques 0 0
1465 Inventarios en tránsito 0 0
1499 provisión para inventarios (121.783.089) (a) (121.783.089) 0
(*-10) Disminución de inventarios (art. 64 del E.T.)0
0
(*-4) Inventarios que se habían mantenido ocultos
en periodos anteriores
00
37 Activos Fijos 459.847.000 506.297.000
1504 Terrenos 93.500.000 (*-11) 46.450.800 (d) 139.950.800 (*-11)
1506 Materiales proyectos Petroleros 0 0
1508 Construcciones en curso 0 0
1512 Maquinaria y Equipo en montaje 0 0
1516 Edificaciones 195.500.000 0 (d) 195.500.000
1520 Maquinaria y Equipo 179.520.000 0 (d) 179.520.000
152405 Equipo de oficina-Muebles y enseres 2.975.000 0 (d) 2.975.000
1528 Equipo de comunicación y cómputo 3.536.000 0 (d) 3.536.000
1532 Equipo médico y científico 0 0
1536 Equipo de hoteles y restaurantes 0 0
1540 Flota y Equipo de Transporte 126.136.600 0 (d) 126.136.600
1556 Acueductos, plantas y redes 0 0
1564 Plantaciones agrícolas y forestales 0 0
1568 Vías de Comunicación 0 0
1572 Minas, canteras y yacimientos 0 0
162535 Bienes recibidos en Leasing 0 0
0
159205 Depreciación acumulada de Edificaciones
(75.650.000) (*-6) (d) 0 (75.650.000)
159210 Depreciación acumulada de Maquinaria (8.160.000) (d) 0 (8.160.000)
159215 Depreciación acumulada-equi.ofici-muebl.y
ense. (2.975.000) 0 (2.975.000)
159220 Depreciación acumulada equipo computación
yc. (3.536.000) 0 (3.536.000)
159225 Depreciación acumulada equipo médico y
científico 0 0
159230 Depreciación acumulada equipo de hoteles y
restaura 0 0
159235 Depreciación flota y equipo de transporte
(51.000.000) 0 (51.000.000)
159255 Depreciación acueductos, plantas y redes
0 0
1596 Depreciación diferida 0 0
159705 Amortización acumulada de plantaciones
agric. 0 0
159710 Amortización acumulada vías de
comunicación 0 0
Página 4
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Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
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PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
159805 Agotamiento acumulado de minas,cante.y
yaci. 0 0
0 0
1599 Provisiones 0 (*-12) 0 (a) 0
169830 Depreciación bienes recibidos en leasing
0 0
(*-4) Activos fijos que se habían mantenido ocultos
en periodos anteriores
0 0
38 Otros Activos 64.535.000 3.655.000
(*-13) 1605 Crédito Mercantil 0 0
1610 Marcas 0 0
1615 Patentes 2.550.000 2.550.000
1620 Concesiones y Franquicias 0 0
1625 Derechos (sin incluir la 162535-Bienes en
Leasing, pues esa cuenta se colocó en el
renglón 37) 0 0 (g-1) 0
1630 Know how 11.050.000 (g-2) 11.050.000 0
1635 Licencias 0 0
1698 Depreciación y/o amortización acumulada
(sin incluir la amortización de los bienes en
leasing, pues esa partida ya se colocó en el
renglón 37) (170.000) (170.000)
1705 Gastos Pagados por Anticipado 0 0
171076 Impuesto diferido debito de renta 0 (g) 0 0(*-14) 17109501 Impuesto al patrimonio 0 (g) 0 0
17109502 Impuesto diferido débito del CREE 0
1715 Costos de exploración por amortizar 0
1720 Costos de explotación y desarrollo 0 0
1730 Cargo por corrección monetaria diferida0 0
1798 Amortización acumulada de cargos diferidos0 0 (g-3) 0
(*-15) Amortización diferida 0 0 (g) 0
1805 Bienes de Arte y cultura 0 0
189520 Bienes recibidos en Dación en pago 1.275.000 1.275.000
189905 Provisiones sobre otros activos 0 0
189995 Provisiones sobre bienes recibidos en dación
en pago (21.250) 0 21.250 0
1905 Valorizaciones de inversiones 3.400.000 (d) 3.400.000 0
191005 Valorizaciones de terrenos 46.450.800 (d) 46.450.800 0
191008 Valorizaciones de construcciones y
edificaciones 0 (d) 0 0
199529 Valorizaciones Semovientes 0 (a-2) 0 0
1995 Valorizaciones-Las demás valorizaciones0 (d) 0 0
(*-16) Activos por derivados financieros y oper.
cobert. 0 0
(*-4) Otros activos que se habían mantenido
ocultos en periodos anteriores
0 0
39 15.490.148.000 15.603.451.000
40 Pasivos 2.060.614.000 1.976.522.000
2105 Bancos Nacionales 4.250.000 4.250.000
2110 Bancos del exterior 237.602.880 237.602.880
2115 Corporaciones financieras
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2120 Cías. De Financiamiento comercial
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
Total patrimonio bruto
Página 5
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anexoTotales
saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
esta misma hoja)
RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
2125 Corporaciones de ahorro y vivienda
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2130 Entidades financieras del exterior 0 0
2135 Compromisos recompra inversiones
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2140 Compromisos recompra cartera negociada
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2145 Obligaciones gubernamentales
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2195 Otras obligaciones
En Colombia 4.250.000 4.250.000
En el exterior 0 0
2205 Proveedores-Nacionales 28.400.311 28.400.311
2210 Proveedores-Exterior 957.809.662 957.809.662
2215 Cuentas corrientes comerciales
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2220 Casa Matriz
En Colombia 0 0
(*-17) En el exterior 5.950.000 5.950.000
2225 Cías vinculadas
En Colombia 0 0
En el exterior 2.550.000 2.550.000
2305 Cuentas corrientes comerciales
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2310 A casa matriz
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2315 A compañías vinculadas
En Colombia 0 0
En el exterior 12.750.000 12.750.000
2320 A Contristas
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2330 Ordenes de compra por utilizar
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2335 Costos y gastos por pagar
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2340 Instalamentos por pagar
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2345 Acreedores oficiales
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2350 Regalías por pagar
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2355 Deudas con socios o accionistas
En Colombia 1.275.000 1.275.000
En el exterior 170.000 170.000
2357 Deudas con directores
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2360 Dividendos o participaciones por pagar
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2365 Retención en la fuente 34.281.852 34.281.852
2367 Retención de IVA 0 0
2368 Retención de Industria y comercio 266.335 266.335Página 6
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saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
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Parciales
2370 Retenciones y aportes en nómina 16.350.742 16.350.742
2375 Cuentas por devolver
En Colombia 0 0
En el exterior 0 0
2380 Acreedores Varios
En Colombia 2.176.000 2.176.000
En el exterior 4.250.000 4.250.000
2404 Impuesto por pagar - De renta y
complementarios 127.230.465 127.230.465
2408 Impuestos sobre las ventas 62.628.802 62.628.802
2412 Impuesto por pagar - De industria y
comercio 12.750.000 (c) 12.750.000
2416 Impuestos por pagar - A la propiedad raíz0 (c) 0
2424 Impuestos por pagar - De valorización 0 (c) 0
2428 Impuestos por pagar - De turismo 0 (c) 0
2432 Impuestos por pagar - Por utilización de
puertos 0 (c) 0
2436 Impuestos por pagar - De vehículos 127.500 (c) 127.500
2440 Impuestos por pagar - De espectáculos
pbcos. 0 (c) 0
2444 Impuestos por pagar - De hidrocarburos y
minas 0 (c) 0
2448 Impuestos por pagar - Regalías y mediana
minería 0 (c) 0
2452 Impuestos por pagar - A las exportaciones0 (c) 0
2456 Impuestos por pagar - A las importaciones0 (c) 0
2460 Impuestos por pagar - Cuotas de fomento 0 (c) 0
2464 Impuestos por pagar - licores, cervezas,
cigarrillos 0 (c) 0
2468 Impuestos por pagar - Sacrificio de ganado0 (c) 0
2472 Impuestos por pagar - Al azar y juegos0 (c) 0
2476 Impuestos por pagar - Utilización del suelo0 (c) 0
2495 Impuestos por pagar - Otros (incluye el
CREE) 405.166.100 (c) 405.166.100
2505 Salarios por pagar 2.505.290 2.505.290
2510 Cesantías Consolidadas 28.088.366 28.088.366
2515 Interés de Cesantías 3.367.320 3.367.320
2525 Vacaciones Consolidadas 17.820.542 17.820.542
2530 Prestaciones extralegales 0 0
2532 Pensiones por pagar 0 0
2540 Indemnizaciones laborales 0 0
2605 Provisión - Para costos y gastos 80.691.640 80.691.640 (h) 0
2610 Provisión - Para obligaciones laborales 850.000 850.000 (h) 0
2615 Provisión - Para obligaciones fiscales 2.550.000 2.550.000 (h) 0
262005 Provisión-Pensiones de jubilación-Calculo
actuarial 4.250.000 (h-1) 4.250.000
262010 Pensiones de jubilación por amortizar
(2.550.000) (2.550.000)
2625 Provisión-Para obras de urbanismo 0 0
2630 Provisión-Para mantenimiento y reparaciones0 0
2635 Provisión-Para contingencias 0 0
2640 Provisión-Para obligaciones de garantía 0 0
2695 Provisión-Diversas 0 0
2705 Ingresos recibidos por anticipado 2.805.000 2.805.000
2710 Abonos diferidos 0 0
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Parciales
2715 Utilidad diferida en ventas a plazos 0 0
2725 Impuesto Diferido 0 0 (h) 0
2805 Anticipos y avances recibidos 0 0
2810 Depósitos recibidos 0 0
2815 Ingresos recibidos para terceros 0 0
2820 Cuentas de operación conjunta 0 0
2825 Retenciones a terceros sobre contratos 0 0
2830 Embargos judiciales 0 0
2835 Acreedores del sistema 0 0
2840 Cuentas en participación 0 0
2895 Diversos 0 0
0 0
(*-18) Reserva matemática y/o técnica y otros
pasivos exclusivos en compañías de seguros
0 0
Pasivos por derivados financieros y
operaciones de cobertura 0 0
(*-19) Pasivos inexistentes que se incluían en
periodos anteriores y que ahora se están
eliminando 0 0
41 13.429.534.000 (*-20) 13.626.929.000
3105 Capital suscrito y pagado 8.814.202.678
3115 Aportes sociales 0
3120 Capital Asignado 0
3125 Inversión suplementaria al capital asignado 0
3135 Aportes del Estado 0
3140 Fondo social 0
(*-21) 3205 Prima en colocación de acciones o cuotas 0
3210 Intangibles 11.050.000
3215 Crédito mercantil 0
3220 Know How 0
3225 Superávit método de participación 0
(*-22) Diferencia en cambio en cías controladas 0
330505 Reserva legal
Tomada de utilidades gravadas 42.500.000
Tomada de utilidades no gravadas 21.250.000
330510 Reservas por disposiciones fiscales (art. 130
Tomada de utilidades gravadas 0
Tomada de utilidades no gravadas 0
330515 Reserva para readquis. acciones propias59.500
(*-22 a) 330516 Acciones propias readquiridas 0
3310 Reservas estatutarias
Tomadas de utilidades gravadas 0
Tomada de utilidades no gravadas 0
3315 Reservas ocasionales
Tomadas de utilidades gravadas 0
Tomada de utilidades no gravadas 0
(*-23)Reservas gravadas sistemas espec. valorz.
invers 0
Reservas no gravadas sistemas espec.
valorz. invers 0
34 Revalorización del patrimonio
3405 Ajustes por inflación 0
3410 Saneamiento fiscal 0
341001 Por activos omitidos y pasivos inexistentes
Ley 1607 0
Total patrimonio líquido-positivo
Si el valor fiscal
del renglón 41 es
un valor que se
obtiene de una
simple resta
aritmética entre el
valor fiscal del
renglón 39 y el
valor fiscal
renglón 40, es por
eso que en esta
parte fiscal no se
necesita hacer los
mismos detalles
de las subcuentas
del patrimonio
que sí se hace en
los valores
contables
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Parciales
35 Dividendos o participaciones decretados en
0
acciones o cuotas 0
36 Resultado del ejercicio
Utilidad después de impuestos
No gravadas en cabeza de socios 0
Gravadas en cabeza de socios 3.858.220.281
Pérdida después de impuestos 0
3705 Utilidades de periodos anteriores
Gravadas en cabeza de socios o accionistas436.900.000
No gravadas en cabeza de socios o acción195.500.000
3710 Pérdidas de ejercicios anteriores 0
3805 Superávit por valorizaciones - De inversiones3.400.000
381004 Superávit por valorizaciones - Terrenos 46.450.800
381008 Superávit por valorizaciones -Edificaciones0
381080 Superávit por valorizaciones -semovientes0
38 Superávit por valorizaciones - Las demás 0
42 11.084.076.000 11.084.076.000
(*-24) 4105 Actividades agrícolas
Ventas de productos agrícolas (a cualquier
clase de cliente, en Colombia o en el
exterior) Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
Ventas de productos ganaderos (a cualquier
clase de cliente, en Colombia o en el
exterior) Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
Ventas de otras actividades pecuarias (a
cualquier clase de cliente, en Colombia o en
el exterior) Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
Venta de bienes
A clientes Nacionales-Vinculados
económicos Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes nacionales-normales
Que formarán rentas gravadas 10.774.377.338 10.774.377.338
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes del exterior-Vinculados
económicos Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes del exterior-normales
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes en Zonas Francas
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
Si el valor fiscal
del renglón 41 es
un valor que se
obtiene de una
simple resta
aritmética entre el
valor fiscal del
renglón 39 y el
valor fiscal
renglón 40, es por
eso que en esta
parte fiscal no se
necesita hacer los
mismos detalles
de las subcuentas
del patrimonio
que sí se hace en
los valores
contables
Ingresos brutos operacionales
4110, 4115,
4120, 4125,
4130, 4135
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Parciales
A clientes que son Socid.de Comer. Intern.
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
Servicios generales
A clientes Nacionales-Vinculados
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes nacionales - normales
Que formarán rentas gravadas 24.438.350 24.438.350
Que formarán rentas exentas 285.260.000 285.260.000
A clientes del exterior - Vinculados
económicos Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes del exterior - normales
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes en Zonas Francas
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes que son Socied.de Comer.
Intern. Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
415010 Dividendos y participaciones
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
415080 Ingreso método de participación 0 0 ( j ) 0
4155 Servicios-Arriendos
A clientes Nacionales - (de todo tipo) Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes del exterior - (de cualquier tipo)
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
Servicios-Honorarios y comisiones
A clientes nacionales - (de cualquier tipo)
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes del exterior - (de cualquier tipo)
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
4155 Servicios-Explotación de intangibles
A clientes Nacionales-de todo tipo
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes del exterior - Vinculados
económicos 0
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0
A clientes del exterior - normales
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
4125, 4140,
4145, 4150
4155, 4165,
4170
Página 10
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Parciales
4155 Servicios-técnicos, asistencia técnica y
consultoría (a cualquier clase de cliente, en
Colombia o en el exterior) Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
Seguros, capitalizaciones y fiduciarios (a
cualquier clase de cliente, en Colombia o en
el exterior) Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
En contratos de servicios autónomos (a
cualquier clase de cliente, en Colombia o en
el exterior) Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
(*-25) INFORMATIVO: Ingresos por Ventas y
servicios obtenidos en países con los cuales
existe convenio para evitar la doble
tributación (de todo tipo de bienes, y todo
tipo de servicios, sean ingresos obtenidos
con vinculados o con no vinculados; este
valor se entiende que ya está incluido dentro
de todos los demás renglones anteriores de
ingresos brutos operacionales)
No se coloca valor
contable
0
43 264.853.000 232.303.000
4205 Venta de bienes
A clientes Nacionales - Vinculados
económicos Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes nacionales - normales
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes del exterior - Vinculados
económicos Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes del exterior - normales
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes en Zonas Francas
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes que son Socid.de Comer. Intern.
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
Servicios generales
A clientes Nacionales - Vinculados
económicos
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes nacionales - normales
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
Ingresos brutos no operacionales
Página 11
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Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
A clientes del exterior - Vinculados
económicos Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes del exterior - normales
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes en Zonas Francas
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes que son Socid.de Comer. Intern.
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
Servicios-Arriendos
A clientes Nacionales - (de todo tipo)
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes del exterior - (de todo tipo)
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
Servicios-Honorarios y comisiones
A clientes Nacionales - Vinculados
económicos
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes nacionales - (de cualquier otro
tipo) Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes del exterior - Vinculados
económicos Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes del exterior - (de cualquier otro
tipo) Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
Servicios-Explotación de intangibles
A clientes Nacionales - de todo tipo
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes del exterior-Vinculados
económicos Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
A clientes del exterior - normales
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
421005 Financieros intereses gravados
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
421020 Financieros - Diferencia en cambio
Que formarán rentas gravadas 204.205.275 204.205.275
Que formarán rentas exentas 2.975.000 2.975.000
421040 Financieros - Descuentos condicionados
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
4215 Dividendos y participaciones
Página 12
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Parciales
Que formarán rentas gravadas 5.583.783 5.583.783
Que formarán rentas exentas 0 0
4218 Ingreso método de participación 0 0 ( j ) 0
4245 Utilidad en venta de activo fijo
Por ventas de acciones poseídas menos de
dos años
Que formarán rentas gravadas 0 (f ) 0 0
Que formarán rentas exentas 0 (f ) 0 0
Por ventas de activos fijos-inversiones
mobiliarias - poseídos menos de dos años
Que formarán rentas gravadas 0 (f ) 0 0
Que formarán rentas exentas 0 (f ) 0 0
Por ventas de activos fijos-los demás
activos fijos-poseídos menos de dos años
Que formarán rentas gravadas 0 (f ) 0 0
Que formarán rentas exentas 0 (f ) 0 0
(*-26)Por venta de acciones poseídas por más de
dos años Que formarán rentas exentas 0 (f ) 0 0
Por ventas de activos fijos-inversiones
mobiliarias-poseídos más de dos años
Que formarán rentas exentas 0 (f ) 0 0
Por ventas de activos fijos-los demás
activos fijos-poseídos menos de dos años
Que formarán rentas exentas 0 (f ) 0 0
Por herencias y legados
Que formarán rentas exentas 0 0
4265 Ingresos de ejercicios anteriores 0 0 ( j-2) 0
425035 Reintegro provisiones
Que formarán rentas gravadas 32.549.362 32.549.362 (b) 0
Que formarán rentas exentas 5.860.855 5.860.855
425050 Reintegro de otros costos y gastos
Que formarán rentas gravadas 13.678.478 13.678.478
Que formarán rentas exentas 0 0
4255 Indemnizaciones
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
4295 Diversos - aportes contribuciones y otros
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
4295 Diversos-donaciones(*-27) Que forman rentas exentas 0 0
Lo recibido por encima del aporte social en
los procesos de liquidación de sociedades
donde era socio o accionista y donde el
aporte se tuvo por menos de dos años (art.
301 del E.T.)
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
Página 13
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Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
Lo Recibido por encima del aporte social en
los procesos de fusión o escisión de
sociedades donde era socio o accionista y
donde el aporte se tuvo por menos de dos
años (art. 301 del E.T.) Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
**** Recuperación de deducciones (ver art. 90, y
195 hasta 199, del E.T.) Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
(*-28) INFORMATIVO: Ingresos por Ventas y
servicios obtenidos en países con los cuales
existe convenio para evitar la doble
tributación (de todo tipo de bienes, y todo
tipo de servicios, sea a vinculados o a no
vinculados; este valor se entiende que ya
está incluido dentro de todos los demás
renglones anteriores de ingresos brutos
operacionales)
No se coloca valor
contable
0
44 18.060.000 18.060.000
421005 Financieros-intereses
Que formarán rentas gravadas 4.250.000 4.250.000
Que formarán rentas exentas 0
**** Intereses por hacer préstamos en dinero a
los socios de esta sociedad o a otras
sociedades donde esta sociedad es socia Que formarán rentas gravadas 0 (j-1) 0 0 (*-30)
Financieros - Descuentos condicionados
Que formarán rentas gravadas 13.810.146 13.810.146
Que formarán rentas exentas 0 0
**** Rendimientos-inversiones en títulos
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
**** Rendimientos-por derivados financieros
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
**** Rendimientos-por créditos hipotecarios
Que formarán rentas gravadas 0 0
Que formarán rentas exentas 0 0
(*-29) Informativo: Rendimientos financieros
obtenidos en países con los cuales existen
convenios para evitar la doble tributación
No se coloca valor
contable
0
45 11.366.989.000 11.334.439.000
46 931.055.000 931.055.000
4175 Devoluciones en ventas
De los ingresos que forman rentas
gravadas 931.054.541 931.054.541
De los ingresos que forman rentas
exentas 0 0
47 0 0
(*-31) Dividendos y Participaciones 0
Intereses y demás rendimientos financieros
Total Ingresos Brutos
Menos: Devoluciones, Descuentos y Rebajas
Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia
ocasional
Para este renglón
47 no hay "valores
contables"
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Parciales
De los denunciados en ingresos brutos
operacionales 0 0
De los denunciados en ingresos brutos no
operacionales 0 0 (*-32)
(*-32)Utilidad en la enajenación de acciones (art.
36-1)De los denunciados en ingresos brutos no
operacionales 0 0
Utilidad en venta de casa de habitación (art.
44)De los denunciados en ingresos brutos no
operacionales 0 0
Parte no gravada de lo recibido en liquidación
o transformación de sociedades
De los denunciados en ingresos brutos no
operacionales 0 0
Parte no gravada de lo recibido en fusión o
escisión de sociedadesDe los denunciados en ingresos brutos no
operacionales 0 0
Por valor capitalizado de la cuenta
De los denunciados en ingresos brutos
operacionales 0 0
De los denunciados en ingresos brutos no
operacionales 0 0
Indemnizaciones seguros daño emergente
De los denunciados en ingresos brutos no
operacionales 0 0
Recompensas (art. 42 del E.T.)
De los denunciados en ingresos brutos
operacionales 0 0
De los denunciados en ingresos brutos no
operacionales 0 0
Subsidios de Agroingreso seguro (art. 57-1)
De los denunciados en ingresos brutos
operacionales 0 0
De los denunciados en ingresos brutos no
operacionales 0 0
Ingresos recibido para ser destinados a
proyectos de investigación científica o
tecnológica (art. 158-1 del E.T.)De los denunciados en ingresos brutos
operacionales 0 0
De los denunciados en ingresos brutos no
operacionales 0 0
De ingresos por derivados financieros
De los denunciados en ingresos por
intereses 0 0
Otros Ingresos (Ej.: intereses bonos)De los denunciados en ingresos por
intereses 0 0
Para este renglón
47 no hay "valores
contables"
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Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
48 10.435.934.000 10.403.384.000
49 2.070.809.000 1.861.038.000
6135 Costos de las mercancías vendidas
Inventario inicial de mercancías 2.822.000.000 2.822.000.000
Inventario inicial trabajo en proceso 0 0
Mas: Consumo de materias primas
Inventario inicial de Materias Primas0 0
Mas: Compras netas de materias
primas 0 0
Menos: Inventario final materias
primas 0 (*-6) 0
Mas: Mano de obra
Mano de obra (salarios y prestaciones)0 0
Aportes a EPS 0 0
Aportes a ARL 0 0
Aportes a fondos de pensiones 0 0
Aportes al SENA 0 0
Aportes a ICBF 0 0
Aportes a Cajas de compensación 0 0
Mas: Costos indirectos de fabricación Mano de obra indirecta 0 0
Depreciaciones 0 0
Amortizaciones 0 0
Agotamiento 0 0
Diferencia en cambio 0 0
Pagos al exterior servicios técnico,
asistencia técnica y consultoría 0 0
Servicios contratados con terceros0 0
Regalías pagadas al exterior 0 0
Otros costos generales de fabricación0 0
Menos: Inventario final de trabajo en proceso0 (*-6) 0
Mas: Compras de mercancías
Valor de las compras del año 2.848.738.267 2.848.738.267
0
Menos: Inventario final (en negativo) (3.809.700.000) (3.809.700.000)
Costos en exploración de gases y minerales0 0
Costos en exploración de otros recursos 0 0
Costos en explotación de hidrocarburos 0 0
Costos en explotación de otros recursos 0 0
Costo en la actividad de seguros y
capitalización 0 0
Para este renglón
47 no hay "valores
contables"
Total Ingresos Netos (45-46-47)
Costo de venta y prestación de servicios
Página 16
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anexoTotales
saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
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RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
Costo en contratos de servicios autónomos0 0
Costo en la actividad agrícola 0 0
Costo en la actividad ganadera y en comercio
de ganado 0 0
Costos de las actividades que forman
rentas exentas (actividad hotelera en este
ejemplo) 209.770.922 (*-34) (f-2) 209.770.922 0
Costos imputables a ingresos que no
constituyen renta ni ganancia ocasional Este
valor no se diligencia contablemente en el
prevalidador del formato 1732
0
0 (*-36)
50 0 0
Costo de ventas de valores mobiliarios
poseídos menos de dos años 0 (*-35) 0
Costo de ventas de otros activos fijos
mobiliarios poseídos menos de dos años 0 0
51 2.070.809.000 1.861.038.000
52 1.779.992.000 1.773.437.000
5105 Gastos de personal-Salarios y otros 425.372.782 425.372.782
Gastos de personal-Aportes a EPS 24.724.712 2.472.471 (a-1) 2.060.393 25.136.791
Gastos de personal-Aportes a ARL 1.415.939 141.594 (a-1) 117.995 1.439.538
Gastos de personal-Aportes a fondos de
pensiones 33.779.566 3.377.957 (a-1) 2.814.964 34.342.559
Gastos de personal-Aportes al SENA 6.359.221 635.922 (a-1) 529.935 6.465.208
Gastos de personal-Aportes al ICBF 9.538.831 953.883 (a-1) 794.903 9.697.812
Gastos de personal-Aportes a Cajas de
compensación 12.718.441 1.271.844 (a-1) 1.059.870 12.930.415
5110, 5135 Honorarios, Servicios comisiones
A favor de residentes en Colombia 126.856.375 126.856.375
A favor de no residentes 0 (a-3) 0
A favor de Vinculados económicos
nacionales 0 0
A favor de Vinculados económicos en el
exterior 0 (a-3) 0
Servicios técnicos, asistencia y consultoría
pagados a no residentes o no domiciliados en
el país 0 0
5115 Impuestos (al patrimonio, industria y ccio,
etc.) 1.244.632 0 ( c ) 1.244.632 0
5115 Tasas 7.279.613 7.279.613
5120 Arrendamientos
Con domiciliados en Colombia 71.944.000 71.944.000
Con domiciliados en el exterior 6.711.280 (a-3) 6.711.280
5125 Contribuciones
Con domiciliados en Colombia 41.296.760 41.296.760
Con domiciliados en el exterior 0 (a-3) 0
5130 Seguros
Otros costos
Total Costos
Gastos Operacionales de Administración
Página 17
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saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
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RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
Con domiciliados en Colombia 30.771.141 30.771.141
Con domiciliados en el exterior 0 (a-3) 0
5140 Gastos Legales
Con domiciliados en Colombia 2.290.723 2.290.723
Con domiciliados en el exterior 0 (a-3) 0
5145 Mantenimiento y Reparación
Con domiciliados en Colombia 460.908.522 460.908.522
Con domiciliados en el exterior 0 (a-3) 0
5150 Adecuaciones e instalaciones
Con domiciliados en Colombia 466.993 466.993
Con domiciliados en el exterior 0 (a-3) 0
5155 Gastos de Viajes
Con domiciliados en Colombia 42.338.954 42.338.954
Con domiciliados en el exterior 0 (a-3) 0
5160 Depreciaciones 10.259.500 10.259.500
5165 Amortizaciones 0
5195 Diversos
Intereses a favor de residentes en Colombia0 0
Intereses a favor de no residentes en
Colombia 0 (a-3) 0
Por deudas manifiestamente perdidas 0 0
Pérdida de bienes 0 ( L ) 0
Diferencia en cambio 0 0
Gastos por inversiones en títulos 0 0
Gastos por derivados financieros 0 0
Regalías pagadas en el exterior 0 0
Los demás diversos con domiciliados en
Colombia 456.927.806 456.927.806
Los demás Diversos con domiciliados en el
exterior 0 0
5199 Provisiones
De cartera-provisión general 0 0
De cartera-Provisión individual 0 0
Para bienes recibidos como dación en pago0 0
Las demás 6.786.060 ( a ) 6.786.060 0
53 993.407.000 994.688.000
5205 Gastos de personal-Salarios 331.029.697 331.029.697
Gastos de personal-Aportes a EPS 24.724.712 2.472.471 (a-1) 2.060.393 25.136.791
Gastos de personal-Aportes a ARL 1.415.939 141.594 (a-1) 117.995 1.439.538
Gastos de personal-Aportes a fondos de
pensiones 33.779.566 3.377.957 (a-1) 2.814.964 34.342.559
Gastos de personal-Aportes al SENA 3.768.166 376.817 314.014 3.830.969
Gastos de personal-Aportes al ICBF 5.652.245 565.225 471.020 5.746.449
Gastos de personal-Aportes a Cajas de
compensación 7.536.328 753.633 (a-1) 628.027 7.661.933
5210, 5235 Servicios, Honorarios, Comisiones
A favor de residentes en Colombia 0 0
A favor de no residentes 0 (a-3) 0
A favor de Vinculados económicos
nacionales 0 0
A favor de Vinculados económicos en el
exterior 0 (a-3) 0
Servicios de Publicidad (que no estén
incluidos en los renglones anteriores) 0 0
5215 Impuestos 0 0 (c ) 0 0
5215 Tasas 0
5220 Arrendamientos
Gastos Operacionales de Ventas
Página 18
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RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
Con domiciliados en Colombia 35.505.064 35.505.064
Con domiciliados en el exterior 0 (a-3) 0
5225 Contribuciones
Con domiciliados en Colombia 0 0
Con domiciliados en el exterior 0 0
5230 Seguros
Con domiciliados en Colombia 0 0
Con domiciliados en el exterior 0 0
5235 Servicios
Con domiciliados en Colombia 271.561.385 271.561.385
Con domiciliados en el exterior 0 0
5245 Mantenimiento y reparaciones
Con domiciliados en Colombia 1.843.603 1.843.603
Con domiciliados en el exterior 0 (a-3) 0
5255 Gastos de viaje
Con domiciliados en Colombia 58.509.167 58.509.167
Con domiciliados en el exterior 0 (a-3) 0
5260 Depreciaciones 0 0
5265 Amortizaciones 0 0
5270 Financieros
Con domiciliados en Colombia 0 0
Con domiciliados en el exterior 0 (a-3) 0
5275 Pérdidas método de participación patrimonial 0 ( j ) 0 0
5295 Diversos
Con domiciliados en Colombia 218.081.249 218.081.249
Con domiciliados en el exterior 0 (a-3) 0
5299 Provisiones 0 (a ) 0
54 0 0
(*-37) Valor del activo fijo depreciable adquirido
durante 2013 $ XXXXXXXXXXX x 30%
En este renglón no
hay "valores
contables". Es solo
una cifra fiscal0 0
55 3.612.615.000 3.548.901.000
5305 Financieros
A favor de residentes en el país 3.548.901.069 (f-3) 0 3.548.901.069
A favor de no residentes en el país 0 0
Diferencia en cambio 0 0
Por inversiones en títulos 0 0
Por derivados financieros 0 0
Por contratos de Leasing financiero 0 0
5310 Pérdida en venta y retiro de bienes 4.775.204 ( f ) 4.775.204 0
5313 Pérdida método de participación patrimonial0 ( j ) 0 0
5315 Gastos extraordinarios 49.393.575 (f-1) 49.393.575 0
5395 Gastos diversos
Donaciones 0 0
Deducción por inversión en espectáculos
públicos (art. 4 Ley 1493 dic. 2011 y Decreto
1258 jun/12)
En este renglón no
hay valor contable.
Es solo fiscal
0 0
Deducción por inversión en carteras
colectivas 0 0
Otros 9.544.838 (f-1) 9.544.838 0
Deducción inversión en activos fijos
Otras deducciones
Página 19
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saldos fiscales
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RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
(*-38) Deducciones especiales y/o sin relación de
causalidad 0 0
Deducciones imputables a los ingresos no
gravados 0 (f-2) 0 0
Los gastos que se imputan a las rentas
exentas (ver art. 177-1 del E.T. y el
Concepto 39740 jun/2004) 0 0
56 6.386.014.000 6.317.026.000
57 1.979.111.000 2.225.320.000
58 (*-39) 0 0
59 0 (*-41)
0
(*-40) 0
60 2.225.320.000
61 188.349.000 (*-42)
6.229.064.978
73.754.000
0
0
0
63.140.625
0
6.092.170.353
182.765.000
5.583.7831
2.225.320.000
62 294.096.000 (*-43)
00
0285.260.000
8.835.855
63 0
Total deducciones (suma renglones 52 a 55)
Renta líquida ordinaria del ejercicio (si 48-51-56,
mayor que cero)
O Pérdida líquida del ejercicio (si 51+56-48, mayor
que cero)
Compensaciones
Por excesos de Renta presuntiva sobre Renta liquida en
años anteriores (ver parágrafo del art. 189 del E.T.)
En este renglón no
hay valores
"contables". Son
solo partidas
fiscales Por pérdidas fiscales de ejercicios anteriores:
Renta liquida (57 - 69)
Renta presuntiva
En este renglón
no hay valores
"contables". Son
solo partidas
fiscales
Menos: Valor patrimonial neto de acciones y aportes en
sociedades nacionales
Menos: Valor patrimonial neto de bienes afectados por
fuerza mayor
Menos: Valor patrimonial neto de bienes vinculados a
empresas en período improductivo
Menos: Valor patrimonial neto de bienes vinculados a
empresas mineras
Menos: las primaras 19.000 UVT de activos destinados
al sector agropecuario
Menos: Las demás exclusiones
Subtotal Patrimonio sujeto a Renta Presuntiva
3% del Patrimonio sujeto a Renta Presuntiva
Mas: Renta gravable generada durante el 2013 por los
activos excluidos
Rentas exentas
Por ley Páez En este renglón no
hay valores
"contables". Son
solo partidas
fiscales
Por Ley Quimbaya
Por desarrollar actividades del art. 207-2 del E.T. (ver más conceptos en el numeral 4 del art. 28 de la
Resolución 273 diciembre 10 de 2013 exógena año 2013)
Rentas gravables
Activos omitidos en años anteriores no revisables por la
DIAN, y que se están incluyendo en esta declaración
Patrimonio liquido a diciembre de 2012
El mayor valor de la renta presuntiva u ordinaria
Página 20
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saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
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RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
0
0
64 1.931.224.000
65 17.000.000 17.000.000
429543 Premios, rifas y loterías 17.000.000 17.000.000 (*-45)
Precio de venta enajenación de acciones
0 0
(*-44) Precio de venta de activo fijos -inversiones
mobiliarias- poseídos por más de dos años
0 0
Precio de venta activos fijos - los demás
activos fijos - poseídos por más de dos años0 ( f ) 0 0
Ingresos por herencias, legados y donaciones
0 0
Lo recibido por encima del aporte social en
los procesos de liquidación de sociedades o
transformación de sociedades donde era
socio o accionista y donde el aporte se tuvo
por mas de dos años (art. 301 del E.T.)0 0
4295 Diversos - aportes contribuciones y otros 0 0
4295 Diverso - donaciones 0 0
Las demás ganancias ocasionales 0 0
66 0
(*-46)
Costo fiscal de activo fijo (valores
mobiliarios) vendido y poseído por más de
dos años 0 0
Costo fiscal de activo fijo (demás activos
fijos) vendido y poseído por más de dos años0 0 ( f) 0
Otros costos 0 0
67 0
Utilidad en venta de acciones o cuotas
poseídas por más de dos años (art. 36-1) 0 (*-32)
Utilidad en venta de casa de habitación (art.
44) 0
De las herencias, legados y donaciones 0
De la parte Recibida por encima del aporte
social en los procesos de liquidación de
sociedades donde era socio o accionista y
donde el aporte se tuvo por mas de dos años
(art. 301 del E.T.)
0
68 17.000.000 17.000.000
Pasivos no reales incluidos en años anteriores no
revisables por la DIAN y eliminados en esta declaración
Renta líquida gravable (al mayor entre 60 y 61, se
resta 62 y se suma 63)
Ingresos por ganancias Ocasionales
Costos y deducciones por ganancias ocasionales
Ganancias ocasionales no gravadas y exentas
Para este renglón
no hay "valores
contables"
Ganancias ocasionales gravables (65-66-67)
Página 21
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saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
esta misma hoja)
RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
69 482.806.000 (*-47)
70 0 (*-49)
(*-48) 0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
71 482.806.000
72 3.400.000
3.400.000
0
73 0 (*-59)
0
0
74 486.206.000
75 0 0
76 0 0
77 0 0
0 0
0 0
0 0
0 0
Impuesto sobre la Renta Gravable
Descuentos Tributarios
Por impuesto de renta pagado en el exterior (art. 254) En estos renglones
no hay valores
"contables". Son
solo partidas
fiscales
Por los pagos de parafiscales y una parte de la seguridad
generados sobre los nuevos puestos de trabajo otorgados
en el año a menores de 28 años, art. 9 Ley 1429 de 2010
Por los pagos de parafiscales y una parte de la seguridad
generados sobre los nuevos puestos de trabajo otorgados
en el año a personas en situación de desplazamiento,
artículo 10 Ley 1429 de 2010Por los pagos de parafiscales y una parte de la seguridad
generados sobre los nuevos puestos de trabajo otorgados
en el año a mujeres mayores de 40 años, artículo 11 Ley
1429 de 2010Por IVA en la importación de maquinaria pesada para
industrias básicas (art. 258-2 del E.T.)
Empresas colombianas de transporte internacional (art.
256 E.T.)
Empresas de servicio público (art. 104 Ley 788 de 2002)
Inversión en acciones de sociedades agropecuarias (art.
249 E.T. y Decreto 667 de 2007)
Por IVA en la adquisición de bienes de capital (art. 498-1
del E.T.)
Otros
Impuesto Neto de Renta (69-70)
Sobre loterías Rifas y Similares
Sobre las demás Ganancias ocasionales del renglón 68
Descuentos por impuestos pagados en el exterior
por ganancias ocasionales
En este renglón no
hay valores
"contables". Son
solo partidas
fiscales
Impuestos pagados sobre loterías y similares ganadas
en el exterior
Impuestos pagados sobre las demás ganancias
ocasionales en el exterior
Total Impuesto a cargo (71+72-73)
Menos: Anticipo por el año gravable 2013
Saldo a favor 2012 sin solicitud de devolución
Autorretenciones
Por ventas
Por servicios
Por rendimientos financieros
Por otros conceptos
Impuesto de Ganancias Ocasionales
Página 22
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anexoTotales
saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
esta misma hoja)
RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
78 43.984.000 43.984.000
43.984.100 43.984.100
43.984.100 43.984.100
0 0
0 0
0 0
0 0
0 0
0 0
0 0
0 0
0 0
0 0
0 0
0 0
0 0
0 0
0 0
0 0
79 43.984.000
80 (*-51) 137.068.000 137.068.000 (*-52)
81 579.290.000
82 0
0
0
83 579.290.000
84 0
(a)
(a-1)
(a-2)
(a-3)
(b)
Otras retenciones
Por ventas
-Empresa XYZ, nit XXXXXx
-Empresa XYZ, nit XXXXXx
Por Servicios
-Empresa XYZ, nit XXXXXx
-Empresa XYZ, nit XXXXXx
Por Honorarios y comisiones
-Empresa XYZ, nit XXXXXx
-Empresa XYZ, nit XXXXXx
Por Rendimientos financieros
-Empresa XYZ, nit XXXXXx
-Empresa XYZ, nit XXXXXx
Por Dividendos y participaciones
-Empresa XYZ, nit XXXXXx
-Empresa XYZ, nit XXXXXx
Por Otros conceptos (intereses, loterías y rifas, etc.)
-Empresa XYZ, nit XXXXXx
-Empresa XYZ, nit XXXXXx
Total retenciones año gravable 2013 (77+78)
Más Anticipo al impuesto de renta por el año 2014
Saldo a pagar por impuestos (si 74+80-75-76-79
mayor que cero)
Sanciones
Por extemporaneidad
Total saldo a pagar (si casillas 74+80+82-75-76-79
mayor que 0)
O Total saldo a favor (si 75+76+79-74-80-82>0,
escriba el resultado)
Notas que explican el ajuste que se hizo entre los saldos contables y los fiscales
Estos valores por provisiones contables no son aceptables fiscalmente. Solamente se aceptaría la provisión hecha sobre cuentas por cobrar originadas en actividades productoras de renta siempre y
cuando dicha provisión sobre las cuentas por cobrar se haya hecho con los límites impuestos por el criterio fiscal.
Como el saldo contable a diciembre de 2013 incluía los valores de aportes de seguridad social simplemente causados por la nómina de diciembre, los valores simplemente causados y no pagados
se acreditan. Pero al mismo tiempo, los valores de los aportes de diciembre de 2012 que sí fueron pagados en enero de 2013 son sumados para tomarlos como deducibles en el 2013 (ver art. 108
y 114 del E.T.).
Véase el anexo de "Semovientes Bovinos". Aunque contablemente la valorización de los bovinos está en la cuenta 1995, la valorización sí se declara fiscalmente pero habría que reflejarla junto con
el costo de los bovinos cuyo costo se declara en el renglón 36.
Para deducir gastos con beneficiarios del exterior, se deben tomar en cuenta las limitaciones del art. 122 a 124-2 y siguientes del E.T.
Si cuando se produce el "gasto provisión contable" sobre ciertos activos, tal gasto no es deducible fiscalmente, entonces cuando se forma el ingreso contable por revertir los saldos en las cuentas "
provisiones", ese ingreso tampoco debe figurar fiscalmente.
Página 23
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anexoTotales
saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
esta misma hoja)
RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
(b-1)
(c)
(d)
(e)
(f)
(f-1)
(f-2)
(f-3)
(g)
(g-1)
(g-2)
(g-3)
(h)
(h-1)
(j)
(j-1)
(j-2)
(K)
El art. 271-1 indica que los derechos en fideicomiso se deben declarar fiscalmente por el valor intrínseco contable que certifique el administrador del fideicomiso.
Se acreditan los valores contables y se debita con el valor de los impuestos de industria y comercio, de predial y el 50% del GMF que fueron pagados en el año (ver art. 115 del E.T.). Además,
aunque los demás impuestos no sean aceptados fiscalmente o el impuesto de industria y comercio o predial que solo esté causado no sean aceptados fiscalmente, el pasivo sí es aceptado, pues sí
se está debiendo a diciembre 31.
La diferencia se origina porque fiscalmente se aplicaron los "reajustes fiscales" a los bienes raíces (ver anexo de "activos fijos"). Además, la cuenta contable de "Valorizaciones" (cuenta 1905) no se
toma como parte del valor fiscal de los activos.
Por consignaciones que aparecen en extracto y que son hechas por los clientes y que todavía no se habían registrado en contabilidad a diciembre 31.
Fiscalmente, para denunciar la venta de un activo fijo, se debe reportar el precio de venta en el renglón de "ingreso bruto" y el costo fiscal de venta en el renglón "otros costos". Además, como el
activo fijo vendido había sido poseído por más de dos años, se denunciará en la sección de "Ganancias ocasionales". Como en este año en la zona de "ganancias ocasionales" se está denunciando
al mismo tiempo un ingreso por "loterías, rifas y similares", entonces se usó un costo fiscal de venta del activo fijo que fuera igual a su precio de venta para de esa manera no producir una
"pérdida en venta de activo fijo" que afecte aritméticamente al valor de la ganancia por loterías pues este valor bruto de la ganancia por loterías debe ser el mínimo valor que luego figure en el
renglón 68-Ganancia ocasional Gravable.
Valores correspondientes a intereses de mora y sanciones generados en obligaciones tributarias y por tanto no son deducibles (ver inciso segundo art. 11 del E.T.).
El art. 177-1 indica que no son deducibles los gastos imputables a los ingresos no gravados. En cambio, los costos y gastos imputables a las rentas exentas sí son deducibles por lo indicado en el
Concepto DIAN 39740 de julio de 2004.
Parte no deducible de los intereses del año por aplicación de la norma de sub-capitalización (art. 118-1 del E.T.).
Estos activos no representan bienes ni derechos "apreciables en dinero" y por tanto son activos y pasivos que solo figuran contablemente pero no deben figurar fiscalmente (ver art. 261 del E.T.).
En el caso incluso del activo diferido del impuesto al patrimonio pendiente de amortizar, cuando se amortice formará un gasto no deducible y por eso el activo tampoco se puede tomar como un
activo fiscal pues no servirá para formar luego un gasto deducible.
De acuerdo con el art. 75 del E.T., si en el año siguiente (para nuestro caso el 2014) se llega a vender un intangible que no figuraba fiscalmente, entonces es obligatorio hacerlo figurar al menos
fiscalmente en la declaración del año anterior (hasta por el 30% del precio con el cual se venderá), y de esa forma sí dejarían enfrentar ese valor fiscal declarado en el año anterior como un "costo
de venta" en el año siguiente. El problema es que al obligar a declarar el activo aunque sea fiscalmente, se elevará el patrimonio líquido de este año 2013 y también la renta presuntiva para el
2014. Además, si en los intangibles se tienen valores por bienes aportados en "fideicomisos" (cuentas 162515 a 162530), en ese caso el art. 271-1 indica que los derechos en fideicomiso se deben
declarar fiscalmente por el valor intrínseco contable que certifique el administrador del fideicomiso.
Este activo tiene contrapartida contable en la cuenta 3230 del patrimonio contable pues es un activo simplemente estimado pero no se ha pagado nada por él. Por tanto como es un activo que no
se piensa vender en el año siguiente, la empresa no estaría obligada a denunciarlo al cierre del año 2013. Si quisiera venderlo en el 2014, entonces el art. 75 del E.T., le diría que tiene que
denunciarlo en la declaración 2013 (ver la nota g-1).
El saldo contable de "amortización cargo diferido", en este caso corresponde a la amortización que se le está haciendo al valor del cargo diferido por "impuesto al patrimonio". Por tanto, si el valor
del cargo diferido de ese "impuesto al patrimonio" no se lleva fiscalmente a la declaración, por eso tampoco se llevaría fiscalmente su "amortización".
Esos pasivos, por ser simplemente estimados o no tener un beneficiario externo real (como el caso del pasivo por impuesto diferido), son pasivos que no son aceptados fiscalmente.
Ese pasivo sería el único pasivo estimado que sí se acepta fiscalmente, con tal que se cumpla con los cálculos de los artículos 111 a 113 del E.T.
Los valores que se registran contablemente por la aplicación del método de participación patrimonial no son valores que afecten la renta fiscal (Concepto DIAN 29461 marzo de 2008).
Si la sociedad no cobró intereses reales a los socios o a otras sociedades por los préstamos en dinero que les hizo, o de pronto sí le cobró intereses reales pero usando una tasa inferior a la tasa
mínima presuntiva, entonces se hará el ajuste para mostrar el mínimo interés presuntivo ordenado por el art. 35 del E.T.
Los "ingresos de ejercicios anteriores" no son fiscales pues lo que en realidad tocaría hacer es corregir la declaración de los años anteriores (si aún no están en firme) y hacer que produzcan el
impuesto en el año al que en verdad correspondían.
Los bonos, CDT, títulos y otras inversiones, si cotizan en bolsa, se les debe ajustar su valor patrimonial para que queden declarados según los índices de cotización en bolsa a diciembre 31 de 2013
(ver art. 271 del E.T. y la circular DIAN 004 de febrero 12 de 2014). Si las inversiones tenían intereses causados y no cobrados a diciembre 31, pero tales intereses contablemente se registraron en
la cuenta 1345 y dicha cuenta 1345 quedaría incluida en otro renglón de la declaración (renglón 34), en ese caso en la cuenta 1345 se eliminan estos valores para que queden declarados junto con
la respectiva inversión en el renglón 33.
Página 24
Ver
anexoTotales
saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
esta misma hoja)
RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
(L)
Comentarios a ciertas partidas de la depuración (anexos):
(*-1)
(*-2)
(*-3)
(*-4)
(*-5)
(*-6)
(*-7)
(*-8)
(*-9)
(*-10)
(*-11)
(*-12)
Son deducibles fiscalmente si se trata de activos perdidos por causas de fuerza mayor (ver art. 148 del E.T.).
Téngase en cuenta que en los renglones 31 y 32 los valores fiscales a reportar deben corresponder a los valores pagados a la seguridad social (solo la parte del empleador) y los pagados por
parafiscales entre enero 1 y diciembre 31 de 2013 (sin importar a qué periodos correspondan; ver art. 108 y 114 del E.T.). Si no se pagaron sino que simplemente quedaron causados, en ese caso
no hay que diligenciarlos pues si se hiciera sería una inexactitud sancionable (ver art. 647 modificado con art. 28 Ley 1393 julio de 2010). Además, y para los entes jurídicos que durante el 2013 sí
fueron al mismo tiempo responsables del nuevo impuesto CREE, es claro que los valores de aportes pagados al SENA y al ICBF se redujo bastante pues desde mayo de 2013 no lo volvieron a
pagar sobre la parte salarial de los trabajadores que cada mes su total devengado (incluyendo parte salarial y parte no salarial) no superara el equivalente a 10 SMMLV. Aunque no hayan pagado
estos aportes, igual sus salarios sí son deducibles (lo mismo que les pasa a las pequeñas empresas de la Ley 1429 de 2010; ver el parágrafo 3 del art. 108 del E.T. luego de ser modificado con la
Ley 1607).
Quienes hayan sido gestores en el desarrollo de contratos de cuentas en participación, o los que fueron contratistas en contratos de administración delegada, también tendrán que incluir en estos
renglones de la declaración las cuentas auxiliares para bancos que estén a su nombre las cuales están incluidas dentro de sus "cuentas de orden especiales" de su contabilidad y que son con las
cuales llevan el control de la ejecución de los contratos de cuentas en participación o del contrato de administración delegada (ver las contabilizaciones especiales de esas figuras en la Circular de
Supersociedades 115-000006 de diciembre 23 de 2009). En el caso de la figura de administración delegada o mandato, si en las cuentas de orden tienen cuentas por cobrar o por pagar producto
de administrar los ingresos y gastos de sus contratantes o mandantes, dichas cuentas por cobrar o por pagar solo las declara en el contratante o el mandante, pues él también es quien declarará el
ingreso o el gasto respectivamente. Además, el mandatario o el contratista delegado deben hacer reportes especiales de exógena con los detalles de estas cuentas por cobrar y por pagar, y los
ingresos y gastos con ellas relacionados, pero los mandantes no tienen que volver a entregar esa misma información que vaya a ser entregada por sus mandatarios o contratistas delegados (ver
art. 31 Resolución DIAN 273 de diciembre 10 de 2013).
Según el art. 268 del E.T., este valor fiscal debe ser igual al del extracto bancario (sin importar que el saldo contable diga otra cosa). En especial debe tenerse en cuenta que si el saldo en el
extracto es positivo, entonces en la información exógena el contribuyente reportará este activo y el banco reportará un pasivo. Si el saldo en el extracto es negativo, entonces el contribuyente
llevará ese valor al pasivo de esta declaración y de su información exógena y al mismo tiempo el banco reportará una cuenta por cobrar.
Este valor tendría que estar reflejado contablemente en alguno de los códigos del PUC anteriores pero lo hemos puesto por aparte solo para facilitar la elaboración del renglón respectivo en el
formato 1732. Cada quien entonces puede completar aquí el código PUC que le corresponde. El mayor patrimonio líquido que se origine al sanear estos patrimonios irá al renglón 63-Rentas
gravables.
Estas cifras están amarradas a la hoja de trabajo "Acciones y Aportes". Por tanto, si se quiere, se puede ir y modificar dicha hoja de trabajo para que se actualicen luego estas cifras.
Si se llega a usar esta celda, digitar la cifra con un signo negativo adelante para que no se altere la fórmula donde se hace la suma de todas las partidas.
Durante el 2013 los convenios de doble tributación que se podían aplicar son: con España, Ley 1082/2006; con Chile, Ley 1261/2008; con Suiza, Ley 1344/2009; con Canadá, Ley1459/2011; con
México, Ley 1568/2012).
Esta partida no tiene código en el PUC de comerciantes pero sí lo debe tener en el PUC que usen esas entidades aseguradoras. La DIAN lo quiere ver discriminado en la hoja 2 del formato 1732.
Esta cifra está amarrada a la hoja de trabajo "semovientes bovinos" el cual lo tienen que manejar solo los contribuyentes que sí desarrollan el negocio de ganadería propiamente dicho (cría,
levante, ceba), pues a ellos les toca declarar los semovientes de todo tipo (no solo los bovinos sino también los caprinos, ovinos, etc.) por el mayor valor entre el costo fiscal o el valor comercial
(ver art. 276 del E.T.).
Este valor no figuraría como un saldo a diciembre 31 entre las cuentas contables, pues esas deducciones o castigos se registran acreditando directamente las cuentas del costo de inventarios. Pero
para efectos fiscales la DIAN quiere tener detallado este valor.
Estas cifras están amarradas a la hoja de trabajo "Activos Fijos". Por tanto, si se quiere, se puede ir y modificar dicha hoja de trabajo para que se actualicen luego estas cifras.
En los detalles de la hoja 3 del formato 1732, la DIAN en el renglón 166, insinúa que esta partida se aceptaría fiscalmente. Pero esto es un error pues este tipo de provisiones no son aceptadas
fiscalmente (ver Concepto 26552 de marzo 21 de 1997).
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Ver
anexoTotales
saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
esta misma hoja)
RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
(*-13)
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(*-21)
(*-22)
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(*-26)
Cuando este valor del "Crédito mercantil" se haya originado en operaciones realizadas a partir de enero de 2013 y el valor del mismo se quiera amortizar como un gasto deducible tanto en el
impuesto de renta como en el CREE, en este caso tendrán que cumplirse las instrucciones del art. 143-1 del E.T. que fue creado con el art. 110 de la Ley 1607. En el caso de los "créditos
mercantiles" originados en operaciones de los años 2012 o anteriores, su amortización como gasto deducible en renta o en CREE estaría supeditado a cumplir los requisitos de la circular DIAN
00066 de octubre 16 de 2009 donde indico que se podrá amortizar solamente contra la utilidad gravada de los dividendos o participaciones según la línea del negocio al cual se encuentre asociada
la inversión.
Ver Decreto 850 de marzo de 2011 y Concepto 115-046673 de abril de 2011 de la Supersociedades con los cuales se indica que el valor total causado por impuesto al patrimonio en enero 1 de
2011 se podía registrar en un cargo diferido para luego irlo amortizando a lo largo de los años 2011 a 2014 formando un gasto no deducible.
El PUC de comerciantes no tiene código para esta partida, pero en el renglón 176 del formato 1732 la DIAN sí solicita este detalle indicando que es una partida que es solo contable y no es fiscal.
El PUC de comerciantes no tiene código para esta partida, pero en la hoja 3 del formato 1732 la DIAN sí solicita este detalle.
Debido a que la Ley 1607 derogó el art. 298 del E.T., estos pasivos con vinculados en el exterior sí se aceptarán fiscalmente. Ello tiene como propósito el de lograr que se disminuya el patrimonio
líquido y por ende la renta presuntiva pero también se disminuye el cálculo del nivel de endeudamiento promedio permitido y la cantidad de intereses deducibles todo de acuerdo a lo indicado en la
norma del art. 118-1 del E.T. (subcapitalización) que también fue creada con la Ley 1607 y luego fue reglamentada con el Decreto 3027 de diciembre de 2013.
Este pasivo no tiene código en el PUC de comerciantes pero sí lo debe tener en el PUC que usen esas entidades aseguradoras. La DIAN lo quiere ver discriminado en la hoja 3 del formato 1732.
Este renglón solo lo incluimos para poder hacer el amarre respectivo con el renglón 210 del formato 1732. Pero es obvio que si se colocan valores en este renglón, dichos valores NO DEBEN
SUMAR, ni contable ni fiscalmente, dentro del total de pasivos a diciembre 31 de 2013 pues justamente de lo que se trata es de NO VOLVERLOS A INCLUIR en el patrimonio. Así que esta es solo
una cifra informativa para el formato 1732. Se utiliza solo para sumarla con los valores de los otros renglones 104, 110, 119, 133, 167 y 185 y con esto sacar el gran total del patrimonio que se
está saneado. Ese gran total es el que luego irá en el renglón 457 (y que es el 63 dentro del formulario 110).
El patrimonio neto contable sí puede llegar a ser negativo. Pero si el fiscal llegase a ser negativo, en el formulario se diligenciaría como "0" (cero).
Si durante el 2013 se registraron valores por el crédito de la cuenta 3205-Prima en colocación de acciones, estos valores ya no se harán figurar como un ingreso bruto fiscal en la declaración de
renta los cuales luego se restaban como "ingreso no gravado" bajo ciertas condiciones, pues el art. 91 de la Ley 1607 modificó el art. 36 del E.T. con los efectos fiscales que tienen las "primas" a
partir de enero de 2013. Además, si durante el año 2013 se llegó a registrar algún valor por el crédito de la cuenta "3210-Donaciones", este valor en la declaración de renta sí deberá figurar en la
zona de "ingresos brutos no operaciones" y no podrá tratarse como "no gravado".
Ver parágrafo art. 69 y parágrafo art. 102, ambos del Decreto 2649 de 1993. Téngase presente el concepto 115-024083 de marzo de 2008 de la Supersociedades donde se indica que ese ajuste
por diferencia se controlaría en la misma cuenta 3225 de superávit método participación. Por tanto, si la DIAN quiere aparte el dato de esta partida, hay que entender que este dato es en todo
caso una parte del registro originado de las contabilizaciones del método de participación. Pero lo que en realidad se quiere controlar es que lo que se haya llevado contablemente a esta cuenta es
un valor que fiscalmente sí debió llevarse a las cuentas de ingreso o gasto por diferencia en cambio (ver art. 32-1 del E.T.). Además, si contablemente ese valor se llevó a una cuenta del
patrimonio pero fiscalmente se lleva a los ingresos o gastos, en ese caso existe polémica en si se debe o no calcular el impuesto diferido débito o crédito por diferencias temporales (ver Concepto
115-083188 de agosto de 2008 de Supersociedades que indica que no se calcularía ese impuesto diferido y el Concepto 010 de junio 2 de 2009 del Consejo Técnico de la Contaduría que dice que sí
se contabilizaría).
Esta subcuenta, en el grupo del patrimonio contable, se muestra con saldo débito y por tanto en esta hoja de trabajo, para que se pueda restar con las demás cuentas del patrimonio, la
mostramos como saldo negativo.
En el PUC de comerciantes no hay cuenta para este tipo de reservas que la DIAN quiere tener detalladas en la hoja 4. Con seguridad en otros PUC sí existe.
Los gestores en los contratos de cuentas en participación tienen que involucrar también en los renglones 42 a 43 como ingresos propios lo que registraban en las cuentas de orden de la
contabilidad por ingresos brutos en el desarrollo del contrato de cuentas en participación (ver circular Supersociedades 115-00006 diciembre de 2009).
Este valor es informativo y por tanto no sumará dentro del total del renglón 42 del formulario 110. Lo discriminamos aparte para luego llevarlo al renglón 267 del formato 1732.
En esta y en las siguientes tres partidas es claro que solo las entidades del régimen especial son las únicas que pueden tomar los ingresos por la venta de activos poseídos por más de dos años, o
por herencias y legados, y manejarlos en la zona de las rentas ordinarias pues estas entidades no manejan la zona de "ganancias ocasionales". A parte de manejarlos en la zona de rentas
ordinarias, al mismo tiempo los manejan como "rentas exentas" (ver las casillas tipo 3 en los renglones 287, 294 y 295 y 297 del formato 1732).
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anexoTotales
saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
esta misma hoja)
RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
(*-27)
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Esta partida, en la zona de rentas ordinarias, es para que la utilicen las entidades del régimen especial pues dichas entidades no manejan la zona de "ganancias ocasionales". A parte de manejar
los ingresos por donaciones en la zona de rentas ordinarias, al mismo tiempo los manejan como "rentas exentas" (ver la casilla tipo 3 en el renglón 299 del formato 1732).
Este valor es informativo y por tanto no sumará dentro del total del renglón 43 del formulario 110. Lo discriminamos aparte para luego llevarlo al renglón 301 del formato 1732.
Este valor es informativo y por tanto no sumará dentro del total del renglón 44 del formulario 110. Lo discriminamos aparte para luego llevarlo al renglón 310 del formato 1732.
Se puede usar la hoja de trabajo "intereses presuntivos", contenida en este mismo archivo para su cálculo.
En el numeral 3 del art.28 de la Resolución 273 de diciembre de 2013 (información exógena para 2013) se puede ver un listado actualizado de los distintos tipos de "ingresos no gravados" que
pueden llegar a utilizarse en el año fiscal 2013.
Si lo que se resta como "ingreso no gravado" es solo la "utilidad", significa que en los anteriores renglones (renglón 42 o 43) estará el precio de venta y en el renglón 50 el costo fiscal de venta de
las acciones, pero la utilidad que tácitamente se forma entre estos tres renglones será la misma que deba quedar informada acá en este reglón 47 y neutralizar así el efecto de que tal utilidad iba a
producir mayor impuesto.
Digitar en esa última columna los respectivos valores que se van a tomar como ingresos no gravados y la columna inmediatamente anterior arrojará la partida del "ajuste" en forma automática.
Aunque el art. 177-1 menciona que a las "rentas exentas" no se les podría enfrentar costos y gastos, la DIAN todavía tiene vigente el concepto 39740 de junio 2004 que indica que sí hay que
asociarle los costos y gastos para formar la verdadera "renta" o "utilidad" exenta. El problema será cuando la actividad exonerada de impuesto no arroje "utilidad" sino "pérdida", pues esa pérdida
estaría implícitamente afectando a las otras actividades que sí producen rentas gravadas. Pero la DIAN no ha rectificado su concepto ni ha dicho que los costos y gastos que se le puedan asociar a
las "rentas exentas" sean solo hasta el monto del ingreso bruto de tales rentas.
Recordemos que en la parte contable no se muestra como "ingreso bruto" el precio de venta" y luego como "costo contable" el costo neto del activo. En realidad en la contabilidad lo que se hace es
mostrar una "utilidad en venta de activo fijo" (en los ingresos no operacionales) o una "pérdida en venta de activo fijo" (en los gastos no operacionales). Por eso creemos que estas celdas en la
parte contable no se usarán. Y si alguien las quiere usar, debería reformar la forma en que la contabilidad tenía reflejada la operación de la venta del activo.
El valor que vaya aquí se debe digitar como valor fiscal negativo para que luego sea restado dentro del total del renglón 49 del formulario 110. Es el mismo que también estará en el renglón 352
del formato 1732.
Esta deducción solo la pueden utilizar quienes hayan incluido la norma del art. 158-3 en sus contratos de estabilidad jurídica firmadas con el Estado Colombiano por periodos de entre 3 hasta 20
años; ver Ley 963 de 2005 que permitió firmar los acuerdos hasta el 2012, pues desde enero de 2013 en adelante ya no se podrán seguir firmando nuevos contratos de estabilidad ya que la Ley
963 fue totalmente derogada con el art. 198 de la Ley 1607 de diciembre 26 de 2012.
En este renglón irían deducciones especiales como las que permiten la Ley del Cine (ley 812 de 2003 modificada con la Ley 1607 de 2012) o las donaciones a proyectos de investigación tecnológica
(ver art. 158-1 del E.T.).
Ver art. 147 del E.T. Si se forman pérdidas, la declaración de renta queda abierta por 5 años y no las cobija el beneficio de auditoría (beneficio que solo existió hasta las declaraciones del 2012; ver
Concepto DIAN 075186 de octubre 12 de 2010 y el 008895 de febrero de 2011).
Ver art. 147 del E.T. Si se usan las "compensaciones de pérdidas", la declaración queda abierta por 5 años y no la cobija el beneficio de auditoría (beneficio que solo existió hasta las declaraciones
del 2012, ver Concepto DIAN 075186 de octubre 12 de 2010 y el 008895 de febrero de 2011).
El valor total que se tome como compensaciones, en ningún momento puede exceder el valor del renglón 57.
Si se elabora primero el anexo de "renta presuntiva", este dato se obtiene automáticamente. Recuérdese que las pequeñas empresas de la Ley 1429 de 2010 no calculan renta presuntiva en sus
primeros 5 ó 10 años (dependiendo el departamento en que estén funcionando).
El valor que se coloque aquí no puede exceder al mayor entre el renglón 60 y el 61. Así es como lo controla el formulario virtual que se diligenciaría en el portal de la DIAN.
Contablemente irá lo que existe en la contabilidad, a saber, "la utilidad" en venta. Pero fiscalmente sí se tiene que mostrar el "precio de venta" como ingreso bruto, pues en el renglón siguiente
estará el "costo fiscal" del activo fijo vendido.
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Ver
anexoTotales
saldos fiscales
Parciales Totales(ver nota a, b, etc. al final de
esta misma hoja)
RenglónCódigo
PUCDescripción cuenta o partida
Saldos Contables a dic. 31 de 2013 Ajustes para llegar a Saldos Fiscales a dic. 31 de 2013
Parciales
(*-45)
(*-46)
(*-47)
(*-48)
(*-49)
(*-50)
(*-51)
(*-52)
La Ley 1607 modificó el art. 254 del E.T. estableciendo que al momento de calcular los valores por "descuentos de impuestos pagados en el exterior" y con los cuales se afectaría exclusivamente el
impuesto normal de renta, el valor a restarse por concepto de este descuento tuviese en cuenta el monto que el declarante también pueda tener que liquidar por concepto del impuesto CREE sobre
esos mismos ingresos obtenidos en el exterior. Lo anterior se explica así:
Supóngase que una Sociedad tiene una renta líquida gravable en el impuesto de renta de $40.000.000 y supóngase que es la misma renta gravable en el CREE. Por tanto, el impuesto básico de
renta es de $10.000.000 y el impuesto CREE de $3.600.000. Pero resulta que entre las rentas netas que están sumando en la base del impuesto de renta y en la base del CREE están unas rentas
de$ 30.000.000 las cuales se obtuvieron en el exterior y sobre las mismas pagó en el exterior un equivalente al impuesto normal de renta de $12.000.000 (en el exterior no existe el impuesto
CREE). Entonces, estos $30.000.000, en el impuesto normal de renta ante el gobierno colombiano, solo están produciendo un impuesto de $7.500.000 y en consecuencia, de los $12.000.000 que
ya pagaron en el exterior, solo podría restar hasta $7.500.000 (que incluso debe tomar en cuenta el límite de los descuentos del art. 259 que sigue vigente pero imaginemos que sí cumple con ese
segundo límite del art. 259). Entonces, es aquí cuando entra a jugar lo mencionado en el art. 254 y la sociedad diría: los $30.000.000 en realidad están produciendo impuesto de renta de
$7.500.000 y un CREE de $2.700.000. Por tanto, de los $12.000.000 se puede restar un valor de hasta $10.200.000, solo que el único lugar donde se restará ese valor es en el formulario del
impuesto normal de renta y al formulario del CREE no se lleva ningún valor, pues en el mismo no hay renglón para "descuentos del impuesto CREE".
El monto total de los descuentos del impuesto de renta que se pueden tomar tienen que guardar el límite del art. 259 del ET, norma que indica: "ARTICULO 259. LIMITE DE LOS DESCUENTOS. En
ningún caso los descuentos tributarios pueden exceder el valor del impuesto básico de renta”.
La determinación del impuesto después de descuentos, en ningún caso podrá ser inferior al 75% del impuesto determinado por el sistema de renta presuntiva sobre patrimonio líquido, antes de
cualquier descuento tributario.
PARÁGRAFO 1o. El límite establecido en el inciso segundo del presente artículo, no será aplicable a las inversiones de que trata el artículo quinto de la Ley 218 de 1995, ni a las rentas exentas.
PARÁGRAFO 2o. <Parágrafo modificado por el artículo 22 de la Ley 633 de 2000. El nuevo texto es el siguiente:> Cuando los descuentos tributarios estén originados exclusivamente en certificados
de reembolso tributario, la determinación del impuesto a cargo no podrá ser inferior al setenta por ciento (70%) del impuesto determinado por el sistema de renta presuntiva antes de cualquier
descuento."
Por tanto, como este formulario puede ser usado por distintos tipos de usuarios y en cada uno pueden darse casos muy especiales, este límite no se calculará automáticamente sino que cada quién
lo tendrá que calcular manualmente.
La instrucción de la DIAN para este renglón dice: "Escriba en esta casilla los impuestos pagados en el exterior a descontar del impuesto de ganancias ocasionales en virtud de lo establecido en
convenios vigentes para evitar la doble tributación." Sin embargo, el art. 254 del E.T. autoriza que este tipo de "descuentos" por impuestos pagados en el exterior sí se pueden tomar sin importar
si en el país donde se obtuvo la renta o ganancia ocasional y ya se había pagado el impuesto sea un país con el cual Colombia tenga o no convenio para evitar doble tributación. Además, se
entiende que el valor que se coloque en esta casilla nunca debe ser superior al del renglón 72.
Para los que son Contribuyentes del "Régimen Ordinario", siempre que el renglón 71 (impuesto neto de renta) tenga valor, en ese caso se debe calcular "anticipo al impuesto del año fiscal
siguiente" (en este caso, el anticipo para el 2014). Pero adviértase que si la declaración 2013 es la ÚLTIMA a presentarse por razón de que se trata de una entidad que se liquidó durante el año
2013, en ese caso NO SE LIQUIDA ANTICIPO AL AÑO SIGUIENTE (véase Concepto DIAN 12200 mayo 13 de 1987).
Si actualiza primero los datos de la hoja incluida en este mismo archivo en Excel, titulada "Anticipo impuesto de renta", en ese caso este cálculo se obtiene automáticamente.
Si se obtuvieron ingresos por loterías, rifas y similares, este valor no se puede ver afectado con las "pérdidas" en ventas de activos fijos que se puedan denunciar al mismo tiempo en esta misma
zona de "ganancias ocasionales". Así lo controlaría la DIAN en sus revisiones a la declaración (véase por ejemplo la herramienta de Excel de la DIAN para diligenciar el formulario 210 de Personas
naturales "Programa ayuda renta"). Por tanto, este valor bruto de ingresos por "loterías rifas y similares" es el que como mínimo se debe terminar reflejando en el renglón 68 de "Ganancias
ocasionales gravables", pues más abajo se formará el respectivo impuesto del 20% sobre esa ganancia por loterías y dicho valor se verá neutralizado con el que más abajo estará figurando en el
renglón de retenciones en la fuente por la retención que le hicieron sobre la rifa o lotería. Por ello, si al mismo tiempo se debe denunciar en esta zona una "pérdida en venta de activo fijo", lo que
se tendrá que hacer es limitar el costo fiscal del activo hasta el mismo precio de venta para no producir una "pérdida en venta de activo fijo" que aritméticamente afecte al ingreso por Loterías.
Recordemos que en la parte contable no se muestra como "ingreso bruto" el precio de venta" y luego como "costo contable" el costo neto del activo. En realidad en la contabilidad lo que se hace es
mostrar una "utilidad en venta de activo fijo" (en los ingresos no operacionales) o una "pérdida en venta de activo fijo" (en los gastos no operacionales). Por eso creemos que estas celdas no se
usarán. Y si alguien las quiere usar, debería reformar la forma en que la contabilidad tenía reflejada la operación de la venta del activo.
Recuérdese que esta celda calcula el impuesto en forma automática según la opción que se haya seleccionado en la celda del comienzo de esta herramienta donde se escogía el tipo de persona
jurídica que usará este formulario. En esta primera parte de dicha hoja se aclara que si quien usa esta plantilla es una "pequeña empresa de la Ley 1429", es necesario que el impuesto se calcule
manualmente.
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