derecho societario i parte i bimestre

Post on 26-Jan-2015

117 Views

Category:

Education

5 Downloads

Preview:

Click to see full reader

DESCRIPTION

U.T.P.L.Escuela: Ciencias JurídicasMateria: Derecho societarioPonente: FRANCISCO SÁNCHEZ FARFÁNCorreo: fesanchez@utpl.edu.ecPeriodo: Octubre-2010-Febrero-2011

TRANSCRIPT

DERECHO SOCIETARIO

ESCUELA: CIENCIAS JURIDICAS

PONENTE: FRANCISCO SÁNCHEZ FARFÁN

CORREO: fesanchez@utpl.edu.ec

Telf.: 07 2570275 Ext: 2261

BIMESTRE: I BIMESTRE

CICLO: SEPTIEMBRE 2010 –FEBRERO 2011

CONTRATO DE COMPAÑÍA

Es aquél por el cual dos o más personas unen sus capitales o industrias, para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus utilidades….

POR QUE DISPOSICIONES SE RIGE..?

Ley de Compañías Código de Comercio Convenio de las partes Acuerdo de las partes, y Código Civil

ESPECIES DE COMPAÑÍAS

Cía. En Nombre Colectivo Cía. En Comandita Simple Cía. De Responsabilidad Limitada Cía. Anónima Cía. De Economía Mixta (accidental o cuentas en

participación)

COMPAÑÍAS PROHIBIDAS

Formación y Funcionamiento, contrarias al orden público.

DOMICILIO En el lugar que se determine en el

contrato constitutivo. Sucursales, solamente para

efectos judiciales. Toda compañía esta en la

obligación de tener un apoderado o representante.

COMPAÑÍA EN NOMBRE COLECTIVO

Se contrae entre dos o más personas naturales, que hacen el comercio bajo una razón social, la misma que será el nombre de los socios, o el socio, con la agregación de la palabra “y compañía”.

ESCRITURAS

Se celebra por Escritura Pública La aprueba el Juez de lo Civil Publicación del Extracto Inscripción en el Registro Mercantil Contenido de la Escritura

CAPACIDAD

Capacidad para comerciar. El menor de edad, necesitará

autorización para hacerlo. Personas jurídicas no podrán

formar parte de esta compañía.

CAPITAL Se compone de los aportes de

cada uno de los socios entrega o promete entregar.

Se pagará por lo menos el 50% de cada capital suscrito…

Aportación en bienes.

Administradores

Todos o uno solo.

RESOLUCIONES Se las realizará por mayoría de

votos A menos que diga lo contrario el

contrato constitutivo. La minoría que estuviere en

contra, podrá apelar la resolución. El acuerdo de la mayoría obliga a

la minoría.

OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS

Pagar el aporte suscrito No pertenecer a otra compañía

que tenga el mismo objeto. Participar de la pérdidas. Resarcir daños y perjuicios.

top related