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Definicin de Educacin Social
1. Presentacin
El documento que presentamos responde a una inquietud compartida, entre ASEDES y
APESCAM, por contribuir a la incipiente pero continua construccin de nuestra profesin. La
primera entidad, como foro estatal representativo de las organizaciones de los educadores
sociales, solicita una definicin comprensiva a lo que en los tiempos actuales puede ser
concebido como un profesional de la Educacin Social. Por su parte, APESCAM, recoge el
encargo para incorporarlo a las tareas que, en ese sentido, ya se estaban desarrollando desde
haca unos meses en un grupo de formacin permanente1.
Iniciamos entonces un trabajo de revisin de diferentes definiciones existentes
apreciando, bsicamente, la existencia de dos lneas hegemnicas de conceptualizacin. Por
un lado, encontramos definiciones que se construyen acentuando la especializacin del
educador social segn los mbitos de trabajo o las personas a las que se dirige: educacin de
personas adultas, accin socioeducativa, educacin no formal. Por otro lado, el criterio
orientador remite a los fines que se persiguen con la actuacin social y educativa, como
ejemplos: educacin social como didctica de lo social, socializacin, adquisicin de
competencias sociales, formacin poltica del ciudadano... (Petrus, 1997).
Nuestra aportacin busca definir la Educacin Social como un concepto-sntesis
capaz de articular una mirada profesionalizadora acerca de aquello que el decreto de 1991
consigui en el mbito jurdico. Tenemos un marco jurdico para el desarrollo de la profesin,
es decir, hemos conseguido cierta regulacin para el desarrollo del empleo y esto constituye
un elemento profesionalizador de relevancia. Pero eso es slo un paso en la construccin de
una profesin. Seguimos sin formalizar un marco epistemolgico y tico (no solo
deontolgico) desde el que poder construir una identidad profesional que, a todas luces, va
emergiendo desde esa compleja diversidad de prcticas sociales y educativas que se
multiplican en nuestra geografa. Es importante por ello separar la idea de profesin de la de
prctica educativa del educador social.
Querer dar cuenta de la segunda sera como querer dar cuenta de todas las
especialidades de la profesin mdica: una tarea de Ssifo. No obstante, todos sus especialistas
1 El Grupo de Formacin Permanente de APESCAM (Asociacin Profesional de Educadores Sociales de Castilla La Mancha) ha sido una modalidad formativa abierta a la participacin de los socios de APESCAM que ha compaginado, a lo largo de varios aos, la formacin en contenidos epistemolgicos, tericos y metodolgicos, con un trabajo de produccin terica que acompaase el proceso de profesionalizacin de la educacin social a nivel estatal.
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se reconocen como mdicos, como profesionales al servicio de la salud de las personas, ms
all de su mbito especfico de competencias. Precisamente por ello, nos hemos centrado en la
primera; queremos hacer una definicin capaz de articular las diferencias y de dar razn de ser
de la Educacin Social como profesin. Algunas preguntas han servido de gua para resolver
estos problemas: Qu tipo de profesional es el educador social? Profesional de la educacin
o de lo social? Al servicio de qu y de quin? (Garca Molina, 2003b)
Dado esto, el planteamiento es construir una definicin:
1. Coetnea a la actualidad.
2. Superadora, pero integradora a la vez, de las antiguas figuras y las distinciones
ocupacionales dentro de la educacin social, y
3. Superadora de los marcos y anclajes que significan nuestra profesin como no-
formal, informal, extraescolar o exclusiva de los servicios sociales.
2. Definicin de Educacin Social
Presentamos una definicin cuya base conceptual se sostiene sobre un doble eje:
La Educacin Social como Derecho de la ciudadana
Profesin de carcter pedaggico
Por todo ello definimos la Educacin Social como:
Derecho de la ciudadana que se concreta en el reconocimiento de una profesin de carcter pedaggico, generadora de contextos educativos y acciones mediadoras y formativas, que son mbito de competencia profesional del educador social, posibilitando: La incorporacin del sujeto de la educacin a la diversidad de las redes sociales,
entendida como el desarrollo de la sociabilidad y la circulacin social. La promocin cultural y social, entendida como apertura a nuevas posibilidades de la
adquisicin de bienes culturales, que amplen las perspectivas educativas, laborales, de ocio y participacin social.
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3. Puntos de anclaje de la definicin:
Derecho. La conciencia de responsabilidad pblica frente a los problemas de la convivencia, el
surgimiento de nuevas modalidades de exclusin y marginacin social y la necesidad de
construir un mundo en el que todos podamos compartir bienes de forma ms equitativa son
algunos de los factores que explican y justifican la eclosin y relevancia social que ha
conseguido adquirir la educacin social en nuestro pas en las ltimas dcadas. Ya en la poca
del Estado de Derecho y Bienestar la demanda y oferta de tareas socioeducativas se ha
multiplicado, se han ido abriendo nuevos espacios sociales para atender necesidades
educativas: el acceso a la vida social. En este sentido podemos decir que la educacin ha
dejado de ser patrimonio exclusivo de la escuela.
Concebimos a la educacin social como una prestacin educativa, al servicio del
cumplimiento de los valores fundamentales de un Estado de Derecho: igualdad de todos los
ciudadanos, mximas cuotas de justicia social y el pleno desarrollo de la conciencia
democrtica.
Por ello, consideramos que la educacin es un derecho de la ciudadana porque as lo
avalan los marcos jurdicos internacionales, nacionales y autonmicos. Destacamos entre
ellos:
La Declaracin Universal de los Derechos Humanos de 1948 ratificada por nuestro pas
en 1976, cuyo artculo 26 expone:
1. Toda persona tiene derecho a la educacin. La educacin debe ser gratuita, al
menos en lo concerniente a la instruccin elemental y fundamental. La instruccin elemental ser obligatoria. La instruccin tcnica y profesional habr de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores, ser igual para todos, en funcin de los mritos respectivos.
2. La educacin tendr por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecer la comprensin, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos tnicos o religiosos; y promover el desarrollo de las actividades de Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
La Constitucin Espaola de 1978 que afirma en su artculo 27:
1. Todos tienen derecho a la educacin. Se reconoce la libertad de enseanza.
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2. La educacin tendr por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democrticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
En consecuencia, como derecho democrtico todos deberamos poder acceder a l.
Deberan aprovecharse de este derecho todas las personas y grupos que deseen incorporarse a
la cultura de su tiempo para incluirse en l (Sez, 2003; Garca Molina, 2003a).
Profesin. Proceso de bsqueda y mejora que algunas ocupaciones en un contexto geogrfico
determinado, bajo condicionantes sociales, culturales, polticos y econmicos especficos,
recorren para cualificarse cuantitativa y cualitativamente, dotndose de recursos que
indicaran el grado de estabilizacin. Siguiendo a Riera (1998), algunos de estos seran:
La existencia de un cuerpo de conocimientos especfico que proviene de la investigacin cientfica y de la elaboracin terica en el mbito que abrace cada profesin (en nuestro caso la disciplina Pedagoga Social).
La existencia de una comunidad que comparte una misma formacin especfica (la Diplomatura de Educacin Social).
Desarrollo de unas funciones pblicas y especficas con planteamientos comunes y tcnicos de intervencin profesional, con retribucin econmica reconocida por la tarea desarrollada y la asuncin de un compromiso tico de la profesin hacia sus clientes o usuarios.
La existencia de una normativa interna para el grupo profesional que permite el autocontrol de sus miembros por parte del colectivo profesional (colegios profesionales).
Desde esta concepcin, en el proceso de profesionalizacin cuantitativo (Sez, 1998 y 2003)
se ha conseguido:
Disponer de un reconocimiento y titulacin acadmica de la formacin.
Iniciar el proceso de formulacin de un cdigo deontolgico.
Creacin de colegios y asociaciones profesionales.
El proceso de profesionalizacin cualitativa pone, no obstante, el acento en distintas
dimensiones de la praxis; tanto en la posibilidad de mejora de la accin que los educadores
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sociales ponemos en marcha en nuestros puestos de trabajo como de las mltiples dinmicas
en el empleo, dando cuentas de:
Cmo se lleva a cabo la profesin y para qu se hace Qu visin tiene el profesional de su propia prctica. La utilizacin y generacin de plataformas desde donde poder estudiar y analizar,
proponer y construir, interpretar y evaluar la diversidad que convoca al mundo de la Educacin Social.
Al hilo de lo anterior, se entiende la Educacin Social como una profesin en
construccin, relativamente joven, donde su profesionalizacin est en relacin a una serie de
actores sociales con los cuales interacta: grupo ocupacional, polticas sociales, universidad y
mercado de trabajo ( Sez, 2003).
De carcter pedaggico. Porque entendemos que la Pedagoga Social es la ciencia y la disciplina que toma como
objeto de estudio la Educacin Social, proporcionando modelos de conocimiento,
metodologas y tcnicas para la praxis educativa. A travs de este campo de conocimiento
podemos disponer de un corpus sistemtico de conocimientos especializados con los que se
adquieren competencias intelectuales y tcnicas para actuar en un campo de accin educativa.
Acciones mediadoras. Son aquellas acciones de acompaamiento y de sostenimiento de procesos que tienen como
fin provocar un encuentro del sujeto de la educacin con unos contenidos culturales, con otros
sujetos o con un lugar de valor social y educativo (Garca Molina, 2003a).
Cuando hablamos de acciones mediadoras no nos referimos especficamente a la
mediacin de conflictos ni lo entendemos como una enseanza o transmisin de contenidos
culturales. Consideramos que la mediacin es un trabajo previo que se ha de hacer para que el
sujeto de la educacin pueda encontrarse con lugares, personas y contenidos. La mediacin
as entendida tiene como finalidad la emancipacin progresiva del sujeto.
Contenidos culturales: Ha de ser un encuentro guiado ya que el educador conoce los
tiempos, recursos, materiales de apoyo, etc., y puede acompaar/guiar al sujeto para que se
produzca ese encuentro.
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Los dems: El educador debe intentar que se produzcan nuevos encuentros para que se
multipliquen y/o consoliden las relaciones sociales con los dems. Remite al desarrollo de la
sociabilidad.
Los lugares: implica el conocimiento de, y el trnsito por, los lugares que conforman el
espacio social donde vive el sujeto de la educacin
Acciones formativas. Son aquellas que posibilitan la apropiacin de la cultura, no slo la acadmica, sino entendida
en sentido amplio, por parte del sujeto de la educacin. Actos de enseanza que permiten la
apropiacin de herramientas conceptuales, habilidades tcnicas y formas de trato social.
Sujeto de la educacin. Entendemos por sujeto de la educacin a todo individuo o colectivo con el que se establece
una relacin educativa, es decir, a quien se dirige nuestra accin profesional y se muestra
dispuesto a asumir dicho trabajo educativo.
Redes sociales. La nueva configuracin social, hace que no podamos pensar exclusivamente en un sistema
social vertical, sino que lo abordemos como una multitud de itinerarios, situaciones, espacios,
ritmos, tiempos y lugares en los que es susceptible de darse el acto educativo. Ello supone una
forma de entender la configuracin actual de nuestra sociedad.
Sociabilidad. Por sociabilidad entendemos la capacidad de relacin con los otros en los espacios sociales.
Hemos introducido el trmino sociabilidad, en vez del de socializacin, porque este alude
preferentemente a la concepcin de mile Durkheim, que hace referencia a la socializacin
metdica de la infancia.
Circulacin social. Posibilidad de realizar trayectos diversos y diferenciados por los diferentes espacios de
desarrollo de la sociabilidad.
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Bienes culturales. Contenidos y recursos culturales con un valor social reconocido (y por tanto objetivado u
objetivable), propios de cada poca y lugar.
BIBLIOGRAFA. FEAPES: Actas del I Congreso Estatal del Educador Social. Murcia, Abril 1995.
Garca Molina, J. (2003a): Dar (la) palabra. Deseo, don y tica en educacin social.
Barcelona, Gedisa.
Garca Molina, J. (2003b): Educacin social: profesin educativa o empleo social?, en
Garca Molina, J. (coord.): De nuevo, la educacin social. Madrid, Dykinson, pp. 15-40.
Garca Molina, J. y Mar Ytarte, R. (coord.) (2002): Pedagoga social y mediacin educativa.
Talavera de la Reina, APESCAM.
Luzuriaga, L. (1960): Diccionario de pedagoga. Buenos Aires, Losada.
Nez Prez, V. (1990): Modelos de educacin social en la poca contempornea. Barcelona,
PPU.
Nez Prez, V. (1999): Pedagoga Social: Cartas para navegar en el nuevo milenio. Buenos
Aires, Santillana.
Nez Prez, V. (coord.) (2002): La educacin en tiempos de incertidumbre: las apuestas de
la Pedagoga Social. Barcelona, Gedisa.
Petrus, A. (1997): Concepto de educacin social, en Petrus, A. (coord.): Pedagoga social.
Petrus, A. (2000): Nuevos mbitos en Educacin Social, en Romans, M; Petrus, A. y Trilla,
J.: De profesin educador/a social. Barcelona, Paids, pp. 61-82.
Riera Roman, J. (1998): Concepto, formacin y profesionalizacin del educador social, el
trabajador social y el pedagogo social. Valencia, Nau Llibres.
Sez Carreras, J. (1994) (coord.): El educador social. Publicaciones de la Universidad de
Murcia.
Sez Carreras, J. (1998): La profesionalizacin de los educadores sociales: perfiles y tareas.
Conferencia dictada en el marco del I Congreso Andaluz de Educacin Social. Crdoba,
edicin en facsmil.
Sez Carreras, J. (2003): La profesionalizacin de los educadores sociales. En busca de la competencia educativa cualificadora. Madrid, Dykinson.
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