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Declaración Jurada Anticipada de
Importación: Situación actual.
Nueva herramienta de contacto – Aspectos prácticos, comerciales y
bancarios
Como surge del cuadro, la política comercial del Gobierno consiste en mantener los niveles de exportación (líneas punteadas en naranja) más elevados que los niveles de importación (línea azul). Este superávit tiene por objeto proteger las reservas del B.C.R.A.
La Balanza Comercial Argentina ha demostrado, desde 2008 hasta el día de hoy, una tendencia de conformidad a esta política comercial.
Para mantener esta tendencia, el Gobierno ha implementado distintas medidas de control al comercio internacional.
2011 2012 2013
Total promedio de
exportaciones (en
millones de US$)
84.051 80.927 83.026
Total promedio de
importaciones (en
millones de US$)
74.319 68.507 74.002
Tendencia promedio para el año 2014
Promedio mensual de exportaciones
(En millones de US$) 5.231
Promedio mensual de importaciones
(En millones de US$) 5.196
Y= Total Importaciones/Exportaciones Promedio mensual
X= Promedio Anual
Cuadro de la Balanza Comercial provista
mensualmente por el BCRA
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Conceptos Preliminares.
Mediante las Resoluciones Generales de AFIP Nº3252/2012 y 3255/2012 se determinó la creación de una “Ventanilla Única Electrónica” mediante la cual opera un régimen de información anticipada aplicable a todas las destinaciones definitivas de importación para consumo como condición previa para efectuar la importación en el territorio aduanero del país importador.
(Siempre y cuando la mercadería no hubiese sido expedida con destino final al territorio aduanero por tierra, agua o aire y cargadas en el respectivo medio de transporte con anticipación al 01.02.2012).
Concepto de “Ventanilla Única”
A través del Sistema creado por la AFIP, todos los trámites fueron centralizados en una única ventanilla que permite al importador acceder y cumplimentar con todos los requisitos formales y legales solicitados por los distintos Organismos gubernamentales para lograr importar la mercadería a plaza.
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Conceptos Preliminares.
Art.2º - Todos aquellos interesados en importar mercadería a consumo deberán, en forma previa a la emisión de la Nota de Pedido, Orden de Compra o Documento similar utilizado para concertar sus operaciones de compra en el exterior, producir (fehacientemente) la información que se indica en el micrositio “DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE IMPORTACION”, disponible en el sitio “web” de esta Administración Federal.
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Política Oficial del Gobierno.
“Resulta básico para lograr un régimen comercial más seguro y propender a un nuevo enfoque de trabajo y asociación entre las aduanas, los organismos gubernamentales intervinientes y las empresas, orientando a la facilitación del comercio internacional”.
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Operaciones Alcanzadas.
Las operaciones involucradas son las destinaciones
definitivas de importación para consumo, siempre y cuando
la mercadería no haya sido expedida antes del 1° de febrero de 2012.
Las DJAI son oficializadas a través del Kit MARIA. Los encargados de oficializar las mismas son:
Los importadores inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros al amparo de la RG 333.
Los despachantes de aduana.
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
A.N.M.A.T.
SENASA
SEDRONAR
I.N.V.
La información registrada en cada una de las Declaraciones Juradas será puesta a disposición de los Organismos adheridos.
Secretaría de Comercio
La DJAI a partir de su registro puede tener los siguientes estados:
Oficializada: DJAI ya ingresada, habiendo dado cumplimiento con toda la información solicitada. La información ingresada, una vez oficializada, es puesta a disposición en forma simultánea en los Sistemas de todos los Organismos adheridos.
Salida: DJAI aprobada y retirada por el interesado. A partir del estado “salida” es aquí donde debo iniciar mi proceso de importación.
Cancelada: Aquella DJAI aprobada que se encuentra totalmente afectada por importación a consumo. Es decir, una vez que el total de lo declarado haya sido efectivamente importado para consumo, sin que haya remanente de ningún valor.
Anulada: Cuando el mismo interesado anula la DJAI ingresada, por considerar la información inexacta o habiendo obtenido la DJAI no la utilice para ninguna operación de importación a consumo. En la práctica no se puede anular una DJAI.
Observada: Aquella DJAI sobre la cual alguno de los Organismos adheridos formuló observación que puede responder a diferentes naturalezas. Este estado de la DJAI es posible entre que se oficializa y se le da “salida”.
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Seguimiento de las DJAI.
El Estado de las DJAI puede ser consultado ingresando la clave fiscal en el sitio web de la AFIP, en la sección Mis Operaciones Aduaneras (MOA).
En caso de surgir el estado “observada” el interesado deberá dirigirse directamente al Organismo que efectuó dicha observación a los efectos de subsanarla.
Los Organismos adheridos pueden argumentar diferentes motivos a la hora de observar una DJAI. Dichos motivos no son informados en el MOA.
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas Lic. Axel Kicillof
Estructura Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
Secretaría de Comercio Lic. Augusto Costa
Dirección de Competencia
Desleal Valeria Raitieri
Formulario
Web “Formulario de Contacto SCI”/ Nuevo
Legajo
Comisión Nacional de Comercio Exterior Lic. Ramiro Bertoni
Subsecretaría de Defensa del Consumidor
Dirección de Lealtad Comercial
Adalberto Gabriel Rotella
Declaraciones Juradas
Anticipadas de importación
(DJAIs)
Subsecretaría de Comercio Exterior
Lic. Paula Irene Español
Subsecretaría de Comercio
Interior Lic. Ariel Langer
Dirección Nacional de Comercio Interior Prof. Fernando Carro
Comisión Nacional de Defensa de la Competencia Dr. Ricardo A.
Napolitani
El organigrama fue efectuado al sólo efecto ilustrativo y no contiene la totalidad de las dependencias que posee la Secretaría de Comercio.
Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI)
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
Ricardo Echegaray
Declaración Jurada Anticipada de Importacion
(DJAI)
Secretaría de Comercio
Secretario Lic. Augusto Costa
Nota: Aún cuando las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importacion estén reguladas por las Resoluciones Nº 3255/3252 de la AFIP, varias autoridades gubernamentales deciden acerca de la admisibilidad de las mismas. Dentro de estas autoridades se
encuentra la Secretaría de Comercio.
Formulario Web “Formulario de Contacto SCI”/ Nuevo Legajo
Panorama Gestión Moreno – Costa.
El mayor problema que afrontan los importadores a la hora de tramitar las DJAI son las “observaciones” que se están
efectuando desde la Secretaría de Comercio.
SOLUCIONES POSIBLES
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Condiciones informales que debían cumplirse para aprobación de DJAIs:
Legajo aprobado
Lista de precios Compromiso de compensación
Acreditación exportaciones 2012
Gestión G. Moreno
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Condiciones informales que deben cumplirse para aprobación de DJAIs:
Formulario de contacto SCI – Página Web AFIP
Consulta de DJAIs
Presentación de información
Solicitud de audiencia
Gestión A. Costa
Balanza comercial
Lista de precios
Inversiones
AUTOMÁTICO: Figura actividad
declarada en AFIP al momento de dar de alta la
CUIT
INFORMACIÓN EN PESOS Histórica y Proyectada
INFORMACIÓN EN DÓLARES Histórica y Proyectada
Formulario de Contacto SCI – Página web AFIP
ANÁLISIS FACTURACIÓN
(Primer Producto
Histórica y Proyectada)
ANÁLISIS PRODUCCIÓN
(Primer Producto
Histórica y Proyectada)
ANÁLISIS FACTURACIÓN (Primer Producto Histórica y
Proyectada)
Formulario de Contacto SCI – Página web AFIP
ANÁLISIS PRODUCCIÓN
(Segundo Producto
Histórica y Proyectada)
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Condiciones informales que deben cumplirse para aprobación de DJAIs:
Presentación de información
Balanza comercial
Lista de precios
Inversiones
Exportaciones
Importaciones
Propias
Terceros
Bienes finales
Bienes de capital
Insumos para la producción
Nuevo Legajo
Precio sugerido al público
Precio al comercio
Histórico
Proyectado
Adquisición de maquinaria
Ampliación y refacción
Adquisición de rodados
Otros
1 + 2 48 horas hábiles 3 1 semana después
Habilitación servicio página web AFIP “Formulario de contacto – SCI”
Completar formulario de contacto
Motivo: Presentación de información
Guardar número
Completar formulario de contacto: Consulta DJAIs
Incluir únicamente DJAIs “observadas”
Regla general: aprobación
DJAIs
Excepción: Observación
Nota formal MECON
Judicialización de la cuestión
Posibles resultados – Tiempos Estimados
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Remedios Judiciales.
En el caso de que la aplicación de las DJAI resulte ser arbitraria y, en consecuencia, restrictivo del comercio internacional, podría interpretarse que el régimen violaría normativa internacional en materia de comercio de la OMC y del MERCOSUR.
Decreto Nº2284/91 - “Desregularización del Comercio Exterior”. Imposibilidad de imponer regímenes previos (por ej.: DJAI) a la importación.
Riesgos políticos y comerciales.
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Declaración Jurada Anticipada de Importación.
Antecedentes Judiciales.
Casos “Yudigar S.A.”: la CNCAF confirmó medida cautelar que permitió importar, suspendiendo los efectos de las Resoluciones Generales AFIP N°3252/12 y 3255/12. Es decir, importar sin aprobación previa de DJAI (septiembre 2012).
Casos “Wabro S.A.”: la CNCAF confirmó medida cautelar que permitió importar, suspendiendo los efectos de las Resoluciones Generales AFIP N°3252/12 y 3255/12. Es decir, importar sin aprobación previa de DJAI (octubre 2012).
Caso “Genti S.R.L.”: la CNCAF confirmó medida cautelar que permitió importar, suspendiendo los efectos de las Resoluciones Generales AFIP N°3252/12 y 3255/12. Es decir, importar sin aprobación previa de DJAI (abril 2013).
Caso “Solci S.R.L.”: la CNCAF confirmó medida cautelar que permitió importar, suspendiendo los efectos de las Resoluciones Generales AFIP N°3252/12 y 3255/12. Es decir, importar sin aprobación previa de DJAI (octubre 2013).
Caso “Kendale S.A.”: la CNCAF confirmó medida cautelar que permitió importar, suspendiendo los efectos de las Resoluciones Generales AFIP N°3252/12 y 3255/12. Es decir, importar sin aprobación previa de DJAI (noviembre 2013).
Caso “Diesel Lider S.R.L.”: la CNCAF confirmó medida cautelar que permitió importar, suspendiendo los efectos de las Resoluciones Generales AFIP N°3252/12 y 3255/12. Es decir, importar sin aprobación previa de DJAI (diciembre 2013).
MUCHAS GRACIAS
Augusto Vechio
avechio@ebv.com.ar
Camila Corvalán
ccorvalan@ebv.com.ar
Martín Solano
msolano@santanderrio.com.ar
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