declaracion de impuestos sri

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IMPUESTO A LA RENTA

PERSONAS NATURALES

1

2

Art. 8 LRTI

3

OBLIGADOS A LLEVAR

S/. 60.000,00

S/. 100.000,00

S/. 80.000,00

DE CAPITAL PROPIO

INGRESOS BRUTOS

GASTOS ANUALES

BASES PARA LLEVAR CONTABILIDAD

4

EXENCIONES

5

EXENCIONES

6

EXENCIONES

7

…Exenciones por concepto de becas

9

EXENCIONES

10

EXENCIONES

)

11

DEDUCCIONES

12

DEDUCCIONES

13

DEDUCCIONES

14

DEDUCCIONES

Art. 33.- Deducciones de los cónyuges o convivientes.- Las

deducciones efectuadas de conformidad con la Ley de Régimen

Tributario Interno y que tengan relación directa con los ingresos de

la sociedad conyugal o de bienes, serán imputables a la actividad

común y el ingreso neto así como las retenciones, se distribuirá

entre los cónyuges en partes iguales.

15

DEDUCCIONES

Art. 71.- Declaraciones de los cónyuges.- Para la declaración de los ingresos de la

sociedad conyugal, se observarán las siguientes normas:

1. Cuando cada uno de los cónyuges obtiene ingresos independientes, presentarán

las correspondientes declaraciones por separado.

2. Cuando un cónyuge administre una actividad empresarial y el otro obtenga

ingresos fruto de una actividad profesional, artesanal u otra, por la actividad

empresarial presentará la declaración el cónyuge que la administre y el otro

presentará su declaración por sus propios ingresos; y,

3. Si la sociedad obtiene ingresos exclusivamente de una sola actividad

empresarial, se presentará la declaración por parte del cónyuge que lo administre y

con su propio número de RUC, pero antes de determinar la base imponible se deducirá

la porción de la utilidad que corresponde al otro cónyuge quien a su vez presentará

su declaración exclusivamente por esa participación en la utilidad.

16

DEDUCCIONES

GASTOS PERSONALES

17

DEDUCCIONES

GASTOS PERSONALES

GASTOS PERSONALES

18

GASTOS PERSONALES

19

Gastos de

Educación

• Inicial

•General Básica

•Bachillerato

•Superior

los gastos de educación superior

realizados por cualquier dependiente suyo, incluso mayor de edad , que justifique

mediante declaración juramentada ante Notario que no percibe ingresos y que

depende económicamente del contribuyente.

GASTOS PERSONALES

20

GASTOS PERSONALES

21

.

.

GASTOS PERSONALES

22

.

23

DEDUCCIONES

GASTOS PERSONALES

LIMITE DE

GASTOS

DEDUCIBLES

24

DEDUCCIONES

GASTOS PERSONALES

25

DEDUCCIONES

GASTOS PERSONALES

26

PERSONAS BAJO RELACIÓN DE

DEPENDENCIA

PROYECCIÓN DE LOS GASTOS PERSONALES

27

PERSONAS BAJO RELACIÓN DE

DEPENDENCIA

28

PERSONAS BAJO RELACIÓN DE

DEPENDENCIA

29

FORMULARIO SRI-GP

30

103

104

105

INGRESOS GRAVADOS PROYECTADOS (sin decimotercera y decimocuarta remuneración) (ver Nota 1)

(=) TOTAL INGRESOS PROYECTADOS

USD$

(+) TOTAL INGRESOS GRAVADOS CON ESTE EMPLEADOR (con el empleador que más ingresos perciba)

(+) TOTAL INGRESOS CON OTROS EMPLEADORES (en caso de haberlos)

USD$

USD$

Información / Identificación del empleado contribuyente (a ser llenado por el empleado)

101CEDULA O PASAPORTE

102APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS

FORMULARIO SRI-GP

EJERCICIO FISCAL

DECLARACIÓN DE GASTOS PERSONALES A SER UTILIZADOS POR EL EMPLEADOR EN EL

CASO DE INGRESOS EN RELACION DE DEPENDENCIA

CIUDAD AÑOCIUDAD Y FECHA DE

ENTREGA/RECEPCION

www.sri.gov.ec

FORMULARIO SRI-GP

31

106

107

108

109

110

111

GASTOS PROYECTADOS

NOTAS:

1.- Cuando un contribuyente trabaje con DOS O MÁS empleadores, presentará este informe al empleador con el que perciba mayores ingresos, el que efectuará la retención considerando los ingresos

gravados y deducciones (aportes personales al IESS) co

USD$

USD$

(+) GASTOS DE VIVIENDA

(+) GASTOS DE EDUCACION

USD$

USD$

USD$

(=) TOTAL GASTOS PROYECTADOS (ver Nota 2)

(+) GASTOS DE SALUD

(+) GASTOS DE ALIMENTACION USD$

(+) GASTOS DE VESTIMENTA

www.sri.gov.ec

FORMULARIO SRI-GP

32

0 0 1

EMPLEADO CONTRIBUYENTEEMPLEADOR / AGENTE DE RETENCION

Firmas

Identificación del Agente de Retención (a ser llenado por el empleador)

RUC RAZON SOCIAL, DENOMINACION O APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS112 113

www.sri.gov.ec

33

34

Gastos Deducibles

Remuneraciones pagadas

Beneficios Soc., Indemnización.

Servicios.

Suministros y materiales

Reparaciones y mantenimiento

Depreciaciones

Gastos Deducibles personales

Gastos Personales

salud

educación

vivienda

vestimenta

alimentación

35

36

Junio

2006Impuesto a la Renta

RETENCIONES POR INGRESOS POR DIVIDENDOS

Art. 15 del RLRTI

Los dividendos o utilidades distribuidos a favor de personas naturales

residentes en el Ecuador constituyen ingresos gravados para quien los percibe,

debiendo por tanto efectuarse la correspondiente retención en la fuente por

parte de quien los distribuye.

Los porcentajes de retención se aplicarán progresivamente de acuerdo a los

siguientes porcentajes, en cada rango, de la siguiente manera:

Fracción Exceso Retención Porcentaje de Retención

básica hasta fracción básica sobre la fracción excedente

- 100.000 0 1%

100.000 200.000 1.000 5%

200.000 En adelante 6.000 10%

37

Junio

2006Impuesto a la Renta

RETENCIONES POR INGRESOS POR DIVIDENDOS

Art 15 del RLRTI.- (...) El valor sobre el que se calculará

la retención establecida en este artículo será el que

deba ser considerado como ingreso gravado dentro de

la renta global, es decir, el valor distribuido más el

impuesto pagado por la sociedad, correspondiente a

ese valor distribuido.

Reforma al RLRTI del 08-06-2010 RO 20938

Junio

2006Impuesto a la Renta

CRÉDITO TRIBUTARIO POR DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS A

PERSONAS NATURALES

Para considerar crédito tributario el impuesto a la renta pagado por la sociedad, en el caso de dividendos distribuidos a personas naturales, se tendrá en cuenta las siguientes consideraciones:

a) Dentro de la renta global, se considerará como ingreso gravado el valor distribuido más el impuesto pagado por la sociedad, correspondiente a ese valor distribuido.

b) El crédito tributario en ningún caso podrá superar ninguno de los siguientes valores.

i) El impuesto pagado por la sociedad correspondiente al dividendo.

ii) El 25% del ingreso considerado en la renta global.

iii) La diferencia resultante de restar el impuesto causado en su renta global incluido el valor de la utilidad, beneficio o dividendo, menos el impuesto causado en su renta global si no se consideraría la utilidad, beneficio o dividendo

Articulo 137 del RLRTI - Reforma del 08-06-2010 RO 20939

40

OTRAS RENTAS

Rifas, apuestas y similares

41

TARIFAS PERSONAS NATURALES

42

Contribuyentes no obligados a presentar

declaración de Impuesto a la Renta

36

DECLARACION PATRIMONIAL

43

44

Personas naturales no obligadas a llevar contabilidad:

Personas naturales obligadas a llevar contabilidad:

Un valor equivalente a la suma matemática de los siguientes rubros:

•El cero punto dos por ciento (0.2%) del patrimonio total

•El cero punto dos por ciento (0.2%) del total de costos y gastos

deducibles a efecto del impuesto a la renta

•El cero punto cuatro por ciento (0.4%) del activo total

•El cero punto cuatro por ciento (0.4%) del total de ingresos gravables

a efecto del impuesto a la renta

ANTICIPO DE IMPUESTO A LA RENTA

45

PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR

:

46

TARIFAS PERSONAS NATURALES 2009

47Res. No. NAC-DGERCGC09-823 de 21 de diciembre de 2009

TARIFAS PERSONAS NATURALESAño 2010En dólares

Fracción básica

Exceso hastaImpuesto Fracción Básica

% Impuesto Fracción

Excedente0 8.910 0 0%

8.910 11.350 0 5%11.350 14.190 122 10%14.190 17.030 406 12%17.030 34.060 747 15%34.060 51.080 3.301 20%51.080 68.110 6.705 25%68.110 90.810 10.963 30%90.810 en adelante 17.773 35%

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