convención colectiva mapa conceptual
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ConvencinColectiva
Antecedentes
La Conv. Colectiva es igualdad y su fin ultimo garantizar y promover el bienestar de seres humanos.Responden a un proceso de lucha histrico desde Edad Media hasta el Siglo XX (se amalgama).
En los aos 40 es acogida por la legislacin costarricense. Se le otorga el rango de Ley profesional.
Alcances y limitaciones de la Conv. Colectiva lo establece los legisladores en cada pas.
Las Conv. Colectivas, garantizan la proteccin del trabajador, con un mecanismo que obliga al patrono a entrar en negociacin, de no lograrse se puede recurrir a lasede judicial.
El estado no es obligado a constituir una Conv. Colectiva, pero puede generarla si es de su inters.
La Conv. Colectiva sirve como resolucin de conflictos laborales, y beneficia a trabajadores, sociedad y empleadores.
ConvencinColectiva
Es un convenio firmado entre uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios patronos, o uno o varios sindicatos de patronos, su fin es reglamentarcondiciones como ha de desarrollarse el trabajo dems materia relacionada.
Tipo deconvencionescolectivas
Cdigo de Trabajo define:
a. De empresa a centro de produccin determinadob. De industria, de actividad econmica o de regin determinada.
La Conv. Colectiva se negocia en cualquier momento en que las partes lo quieran hacer.El patrono solo est obligado a negociar, cuando la tercera parte de los trabajadores este sindicalizada, la negociacin es con el o los sindicatos existentes, o bien cadasindicato puede negociar a parte de existir problemas de acuerdo entre ellos. Si un solo sindicato tiene ms del 50% de afiliados, solo se puede negociar con ese.
En la industria (actividad econmica) o regin determinada, se requiere las dos terceras partes sindicalizados.Los acuerdos de la conv. Colectiva, rigen para todos los funcionarios por igual estn o no en sindicato, incluye tambin los presentes y futuros trabajadores. Esto se llamaCARCTER DE LEY PROFESIONAL.
El plazo de la conv. Colectiva los deciden las partes. No puede ser menor 1 ao y mayor de 3. Para la industria de actividad econmica el plazo es no menor 1 ao y mayorde 5. Si no se vence la conv. Colectiva, se puede prorrogar, por un periodo igual, de no prorrogarse la parte interesada debe hacerlo saber.
Contenidode laConvencinColectiva.
Al menos incluye:
a. Normas relativas a garantas sindicales establecidas en convenios de la O.I.T., ratificados por el pas.b. Clausula de Obligaciones, para las partes.c. Clausulas normativa sobre derechos incorporados al contrato de trabajo individual Ej., beneficios sobre vacaciones, aumentos de salarios, jornadas, horarios, etc. (estospermanecen aun cuando finalice la conv. Colectiva).d. Contener todo lo relacionado con: intensidad y calidad del trabajo; la jornada laboral, descansos, vacaciones, salarios, profesiones, oficios, etc., donde se aplicae. Otras clausulas legales acordadas entre partes.
Limitacionesde laConvencinColectiva
1. Debe respetar derechos adquiridos de trabajadores contenidos en contratos de trabajo2. Debe ajustarse a legislacin vigente.
Se debe enviar copia iguales a la Direccin General de Asuntos Laborales de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Esta verifica si la conv. Colectiva se ajusta a legalidad.
El LaudoArbitral
Requisitosesenciales
El laudo es decisin que emite un rbitro para resolver una controversia sometida a su conocimiento. El laudo arbitral es similar a sentencia judicial y se puede ejecutar como tal. Goza de COSA JUZGADA. El laudo es vinculante y obligatorio. El laudo requiere fundamentacin de la decisin final. (una lgica de las motivaciones que determinan la solucin aplicada al litigio). El laudo, se debe demostrar y generar una decisin nica y cierta.
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Convencin Colectiva.mmap - 26/06/2013 - Ing. Wady Johel Cerdas T, IMBA, MBA
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