contrato de préstamo
Post on 21-Jul-2015
1.299 Views
Preview:
TRANSCRIPT
CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO MERCANTIL
CARÁCTER MERCANTIL DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO
El artículo 486 Cc. exige dos condiciones: cuando éste se contrae en el concepto y con expresión de que las cosas prestadas se destinan a actos de comercio, y no para necesidades ajenas a este; o bien que se contrae entre comerciantes, así como los que se hacen por los bancos e instituciones de crédito.
Atendiendo a la simplicidad o complejidad del tipo de relación contractual que conllevan, podemos distinguir los préstamos ordinarios de los especiales.
En función de la naturaleza de los bienes prestados el Código de Comercio distingue tres tipos de préstamos:
el de dinero, el de cosas muebles fungibles y el de esas cosas muebles fungibles de carácter
especial que denominamos títulos valores.
I. OBLIGACIÓN DE RESTITUIR
PRÉSTAMO DE DINERO. EL PRINCIPIO NOMINALISTA
PRÉSTAMO DE ESPECIE
PRÉSTAMO DE TÍTULOS
PACTO DE INTERESES
ANATOCISMO
REGLAS ESPECIALES SOBRE LA EXTINCIÓN DE LA DEUDA DE INTERESES
MORA DEBITORIS
PRÉSTAMO CON GARANTÍA DE VALORES
PRÉSTAMOS SINDICADOS
PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS
PRÉSTAMO CON EMISIÓN DE OBLIGACIONES
CRÉDITO DIFERIDO
top related