conservacion de paramos

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esta presentacion contiene informacion sobre las leyes y sanciones en lo que corresponde a la cobertura vegetal de los paramos

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UNIVERSIDAD POLITÉCNICA ESTATAL DEL CARCHI

CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE PARAMOS

LA NATURALEZA NOS MARAVILLA CON SU

ESPONTANEIDAD, EVOLUCION Y COLORIDO

JESSICA GARCIA

OBJETIVOOBJETIVOOBJETIVOOBJETIVO

∗ Proteger los recursos hídricos, paisajísticos, fauna y

flora, representadas por los frailejones que son

parte importante de esta zona.

∗ Promover la actividad recreativa, el turismo y

ecoturismo, de manera responsable.

Los páramos son espacios de nieblas,

lloviznas, nubes adheridas a las rocas y al

viento.

¿QUE ES P¿QUE ES P¿QUE ES P¿QUE ES PÁRAMO?RAMO?RAMO?RAMO?

Los páramos son sistemas naturales

complejos y variados de alta montaña,

los cuales se encuentran por encima

del límite superior de los bosques alto

andinos.

¿QUE ES P¿QUE ES P¿QUE ES P¿QUE ES PÁRAMO?RAMO?RAMO?RAMO?

El páramo del Carchi es un ecosistema que va

desde los 3.200 msnm y 4.200 msnm, siendo

generalmente húmedo y lluvioso.

Presenta una infinidad de plantas destacándose

los frailejones, que miden 7m de alto y animales

como: el cóndor, venados, oso de anteojos, lobos.

PROBLEMPROBLEMPROBLEMPROBLEMÁTICATICATICATICA

Los Páramos sufren de muchos atentados provocados por la mano del

hombre y los cuales son penados por la Ley Forestal y de Conservación

de Áreas Naturales y de vida Silvestre del Libro Texto Unificado de

legislación Ambiental Secundaria (TULAS) tales como:

∗ Incendios

∗ Contaminación

∗ Tala Ilegal de Vegetación natural.

∗ Cacería

Hace referencia a la protección de los

animales, las plantas y el planeta en

general.

Apunta a garantizar la subsistencia de

los seres humanos, la fauna y la flora,

evitando la contaminación y la perdida

de recursos.

¿QUE ES CONSERVACI¿QUE ES CONSERVACI¿QUE ES CONSERVACI¿QUE ES CONSERVACIÓN AMBIENTAL?N AMBIENTAL?N AMBIENTAL?N AMBIENTAL?

Las únicas actividades permitidas dentro de los bosques y

vegetación protectores, previa autorización del Ministerio del

Ambiente serán las siguientes:

a) La apertura de franjas cortafuegos.

b) Control fitosanitario.

c) Fomento de la flora y fauna silvestres.

Art. 20 (TULAS)Art. 20 (TULAS)Art. 20 (TULAS)Art. 20 (TULAS)

d) Ejecución de obras públicas consideradas

prioritarias.

e) Manejo forestal adecuado.

f) Actividades Científicas, turísticas y recreacionales

con responsabilidad.

Con el fin de prevenir y controlar eventos perjudiciales tales como

incendios, enfermedades o plagas, el MAE tendrá las facultades de:

a) Establecer vigilancia en los bosques estatales y exigir igual

medida en los de dominio privado.

b) Autorizar quemas que se realicen con fines agropecuarios y

disponer las medidas de prevención que deban usarse para su

ejecución.

ART. 158 (TULAS)ART. 158 (TULAS)ART. 158 (TULAS)ART. 158 (TULAS)

c) Controlar la circulación de productos forestales y ordenar el

decomiso, la destrucción de los que se hallen contaminados o

atacados por enfermedades o plagas.

d) Controlar el uso de pesticidas y fungicidas en las operaciones

silviculturales, de aprovechamiento e industrialización.

e) Delimitar las zonas atacadas por el fuego, plagas, enfermedades

así como sus áreas de influencia y declararlas en emergencia.

ART. 158 (TULAS)ART. 158 (TULAS)ART. 158 (TULAS)ART. 158 (TULAS)

Si la tala, quema o acción destructiva, se efectuare en

lugar de vegetación escasa o de ecosistemas altamente

lesionables, tales como Paramos determinados en la

Ley; o si ésta altera el régimen climático, provoca

erosión, o propensión a desastres, se sancionará con

una multa equivalente al cien por ciento del valor de la

restauración del área talada, quemada o destruida.

TITULO IVTITULO IVTITULO IVTITULO IVDE LAS INFRACCIONES A LA PRESENTE LEY Y SU DE LAS INFRACCIONES A LA PRESENTE LEY Y SU DE LAS INFRACCIONES A LA PRESENTE LEY Y SU DE LAS INFRACCIONES A LA PRESENTE LEY Y SU

JUZGAMIENTOJUZGAMIENTOJUZGAMIENTOJUZGAMIENTO

Art. 78 Art. 78 Art. 78 Art. 78

∗ A quien provoque incendios de

bosques o vegetación protectores,

cause daños en ellos, destruya la vida

silvestre será multado con una

cantidad equivalente de uno a diez

salarios mínimos vitales generales.

Art. 79Art. 79Art. 79Art. 79

∗ Si preparamos alimentos en el campo,

asegurémonos que no queden restos

de leña o carbón encendidos.

HERRAMIENTAS DE CONSERVACIHERRAMIENTAS DE CONSERVACIHERRAMIENTAS DE CONSERVACIHERRAMIENTAS DE CONSERVACIÓNNNNEVITEMOS LAS QUEMAS E INCENDIOSEVITEMOS LAS QUEMAS E INCENDIOSEVITEMOS LAS QUEMAS E INCENDIOSEVITEMOS LAS QUEMAS E INCENDIOS

∗ No dejemos ninguna clase de desperdicios

o basuras en el bosque o en el campo,

como botellas de vidrio, estas por acción

del sol pueden iniciar un incendio.

HERRAMIENTAS DE CONSERVACIHERRAMIENTAS DE CONSERVACIHERRAMIENTAS DE CONSERVACIHERRAMIENTAS DE CONSERVACIÓNNNNEVITEMOS LAS QUEMAS E INCENDIOSEVITEMOS LAS QUEMAS E INCENDIOSEVITEMOS LAS QUEMAS E INCENDIOSEVITEMOS LAS QUEMAS E INCENDIOS

∗ No retiremos la vegetación

que se encuentra en las

zonas de páramo ,

especialmente el musgo,

que en épocas navideñas

se utiliza para hacer

pesebres y arreglos

navideños.

CONSERVEMOS LA COBERTURA VEGETALCONSERVEMOS LA COBERTURA VEGETALCONSERVEMOS LA COBERTURA VEGETALCONSERVEMOS LA COBERTURA VEGETAL

∗ Evitemos la utilización de las

zonas de páramo para

convertirlas en potreros para

mantener las vacas, ovejas

o caballos .

NO UTILICEMOS LOS PARAMOS PARA NO UTILICEMOS LOS PARAMOS PARA NO UTILICEMOS LOS PARAMOS PARA NO UTILICEMOS LOS PARAMOS PARA ACTIVIDADES AGROPECUARIASACTIVIDADES AGROPECUARIASACTIVIDADES AGROPECUARIASACTIVIDADES AGROPECUARIAS

Toda manifestación de vida merece respeto.

Por favor pensemos en nosotros en nuestro mundo.

Es el único que tenemos.

MUCHAS GRACIASMUCHAS GRACIASMUCHAS GRACIASMUCHAS GRACIAS

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