concurso pÚblico nacional e internacional para la exploraciÓn y explotaciÓn de ... · ·...
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CONCURSO PÚBLICO NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA EXPLORACIÓN
Y EXPLOTACIÓN DE ÁREAS COSTA AFUERA (Ronda 01)
CONCURSO PÚBLICO NACIONAL E INTERNACIONAL
PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE ÁREAS COSTA AFUERA (Ronda 01)
INDICE GENERAL DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
Título Art. Contenido Pág.
I DEL LLAMADO A CONCURSO
1 Objeto 1
2 Del Concurso 1
3 Definiciones 1
4 Documentos del concurso y legislación aplicable 7
5 Condiciones generales 8
5.1 Personas habilitadas 8
5.2 Condiciones a satisfacer por los oferentes 8
5.2.1 Domicilio 8
5.2.2 Compromiso Arbitral 8
5.3 Incompatibilidades para ser oferente 9
5.4 Conocimiento de las obligaciones 10
5.5 Venta de pliegos 11
5.6 Consultas y aclaraciones 12
6 Anuncio del concurso 13
II DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
7 Presentación de las ofertas 13
8 Sobre "A" (Antecedentes) 15
9 Sobre "B" (Ofertas Técnico Económica) 20
10 Pautas básicas de la oferta 22
11 Garantías 22
11.1 Mantenimiento de oferta 22
11.2 De cumplimiento del Contrato 23
11.5 Devolución de la garantía de mantenimiento de oferta 25
11.6 Desafectación de la garantía de ejecución del contrato 26
11.7 Intereses 26
12 Rechazo de ofertas 26
13 Aclaraciones e información adicional 27
III DE LA ADJUDICACIÓN
14 Precalificación de ofertas 28
15 Selección 29
16 Adjudicación 29
17 Impedimento de suscripción del Contrato 29
18 Ausencia de oferentes - Ofertas inconvenientes 30
19 Suscripción del contrato 30
20 Ejecución de la garantía de mantenimiento de la oferta 30
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
TÍTULO I: DEL LLAMADO A CONCURSO Artículo 1 – Objeto
El presente Pliego establece las Bases y Condiciones del llamado a
CONCURSO PÚBLICO NACIONAL E INTERNACIONAL (en adelante el
“CONCURSO”), destinado a la selección y posterior adjudicación a las
empresas que resulten seleccionadas durante el proceso de selección de un
contrato con ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (en adelante
“ENARSA”), para la exploración, desarrollo y explotación, transporte y
comercialización de hidrocarburos en áreas marítimas nacionales cuya
titularidad de los permisos de exploración y concesiones de explotación le
corresponde en virtud de lo establecido en el Artículo 2° de la Ley N° 25.943.
La ubicación de las ÁREAS sujetas al presente concurso y sus
correspondientes superficies y coordenadas provisorias, se indican en el
ANEXO 1 y en el ANEXO 2 respectivamente, los cuales forman parte de este
pliego.
Artículo 2 – Del Concurso
Este llamado a Concurso Público Nacional e Internacional se desarrollará, de
conformidad con todos los términos estipulados en el presente Pliego de Bases
de Condiciones y de acuerdo a los procedimientos establecidos en sus
TÍTULOS II y III.
Artículo 3 – Definiciones
A todos los efectos del presente Pliego de Bases y Condiciones y de sus
respectivos Anexos (en adelante el “PLIEGO”), los términos que se indican a
continuación tendrán el siguiente significado:
ADJUDICATARIO: OFERENTE calificado que ha cumplido con la totalidad de
los requisitos estipulados en el PLIEGO y cuya OFERTA ha sido seleccionada
y adjudicada por ENARSA a través de la aplicación de todos los
procedimientos establecidos en sus TÍTULOS I y III.
AFILIADA: Es una sociedad o persona jurídica que directa o indirectamente es
controlada por una de las Partes, o una persona jurídica que sea directa o
indirectamente controlada por la misma persona jurídica que controla a
cualquiera de las Partes, o una persona jurídica que es directa o indirectamente
controlada por cualquiera de las Partes.
El término control, consiste en la propiedad o titularidad, directa o indirecta, por
parte de la controlante, de más del cincuenta por ciento (50%) del capital y de
los votos de o en la controlada, o la aptitud para formar la voluntad social de
esta última. En los supuestos de titularidad indirecta de capital y votos, el
porcentaje mínimo requerido antes referido, deberá cumplirse entre la Parte y
cada una de las personas, entidades, sociedades o asociaciones involucradas
en la cadena de control.
AÑO: Un periodo de doce (12) meses comenzando el primero de enero y
terminando en el siguiente treinta y uno (31) de diciembre del mismo año.
ÁREA o ÁREAS: Son las áreas objeto del presente concurso, cuyas
denominaciones, medidas, ubicación y coordenadas provisorias se indican en
los ANEXOS 1 y 2 del PLIEGO, y que ENARSA aportará y pondrá a disposición
de las EMPRESAS ASOCIADAS sin que ello signifique cesión alguna de su
titularidad.
AUTORIDAD DE APLICACIÓN: La definida en los Artículos 97 y 98 de Ia Ley
N° 17.319.
CASO FORTUITO o FUERZA MAYOR: Su definición, alcances y efectos serán
los previstos en el Código Civil Argentino (Artículos N° 513, 514 y
concordantes), en todo lo que no se encuentre específicamente regulado en el
presente PLIEGO.
CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN: Conjunto de derechos y obligaciones que
surgen de las Leyes N° 25.943 y N° 17.319.
CONTRATO: Es el Contrato de Unión Transitoria de Empresas y sus Anexos
que se adjuntan como Anexo 8 al presente PLIEGO.
DECLARACIÓN DE COMERCIALIDAD: Es la comunicación escrita oficial
presentada ante la AUTORIDAD DE APLICACIÓN registrando la existencia de
un DESCUBRIMIENTO COMERCIAL en el ÁREA.
DESCUBRIMIENTO COMERCIAL: Es todo descubrimiento de
HIDROCARBUROS que, una vez realizados todos los ensayos necesarios para
dimensionar su potencial productivo, resulta factible de ser explotado
comercialmente.
DÍA: Plazo de veinticuatro (24) horas a contar desde las 00:00 horas. Salvo
que se establezca lo contrario, se lo computa como día corrido. En todos los
casos donde el vencimiento de los plazos aquí establecidos ocurra en un día
no hábil, el mismo se trasladará al primer DÍA HÁBIL subsiguiente en el horario
original.
DIA HÁBIL: Significa un día en que los Bancos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires abren sus puertas para operar normalmente.
DÓLAR: La moneda de curso legal en los Estados Unidos de América.
EMPRESAS ASOCIADAS: OFERENTE seleccionado que haya celebrado con
ENARSA el CONTRATO objeto del presente concurso y que se encuentra
obligado en los términos del mismo y del presente PLIEGO.
ENARSA: Energía Argentina Sociedad Anónima, empresa creada mediante la
Ley N° 25.943, titular de los permisos de exploración y concesiones de
explotación de las ÁREAS, cuyos estatutos se aprobaron por Decreto
1692/2004, inscripta en la Inspección General de Justicia bajo el N° 1546, del
Libro 27 de Sociedades por Acciones.
EVALUACIÓN: Los trabajos destinados a determinar la capacidad de un
RESERVORIO para producir HIDROCARBUROS. La palabra EVALUACIÓN y
todos sus derivados deberán ser interpretadas de conformidad con esta
definición.
FECHA DE VIGENCIA DEL CONTRATO: El día DIA HÁBIL siguiente a la
fecha en la cual se suscriba el CONTRATO entre el ADJUDICATARIO y
ENARSA.
GASES LICUADOS: Propano y/o butano (C3 y C4), que puedan recuperarse
del GAS NATURAL a través de una planta de tratamiento, de
acondicionamiento de GAS NATURAL y/o de una planta de extracción.
GAS NATURAL: Mezcla de HIDROCARBUROS gaseosos a presión
atmosférica y a 15,5 ° Celsius en cualquiera de condiciones que se encuentre.
GASOLINA: Mezcla de HIDROCARBUROS (C5+) presentes en el GAS
NATURAL, separados al estado líquido por medio de operaciones de
enfriamiento mecánico o por procesos industriales propios de las plantas de
acondicionamiento de GAS NATURAL y/o extracción de GASES LICUADOS.
HIDROCARBUROS: PETRÓLEO CRUDO, GAS NATURAL, GASES
LICUADOS y condensados en cualquiera de las condiciones y relaciones en
que se encuentren vinculados.
OFERENTE: Persona física o jurídica o conjunto de personas físicas o jurídicas
agrupadas que adquieren el PLIEGO y presentan una OFERTA en conjunto
válida en el marco del presente PLIEGO. Ninguna persona podrá integrar por sí
o por una AFILIADA, más de un OFERENTE, cualquiera sea su porcentaje de
participación.
OFERTA: Declaración de voluntad irrevocable y unilateral efectuada por un
OFERENTE de acuerdo con las condiciones establecidas en el PLIEGO y toda
la documentación contenida en el Sobre “A” y el Sobre “B”. Las OFERTAS
podrán efectuarse por una o más ÁREAS.
OPERADOR: Es cualquiera de las EMPRESAS ASOCIADAS, o quien las
sustituya durante la vigencia del CONTRATO, a cargo de la efectiva ejecución
del PLAN DE TRABAJO presentado en la OFERTA para el PERÍODO DE
EXPLORACIÓN, y eventualmente la ejecución de programas de desarrollo y
compromisos de inversión durante el PERÍODO DE EXPLOTACIÓN en el caso
de
una DECLARACIÓN DE COMERCIALIDAD.
PERÍODO DE EXPLORACIÓN: Lapso de cinco (5) años consecutivos,
contados a partir de la FECHA DE VIGENCIA DEL CONTRATO sin reversiones
intermedias, prorrogable por una única vez por un (1) año previa autorización
de ENARSA.
PERÍODO DE EXPLOTACIÓN: Período de veinticinco (25) años, más el plazo
no transcurrido del PERÍODO DE EXPLORACIÓN, a contar desde la fecha de
la DECLARACIÓN DE COMERCIALIDAD.
PERMISO DE EXPLORACIÓN: Derecho exclusivo para la búsqueda de
HIDROCARBUROS en el ÁREA establecido en el Artículo 16, siguientes y
concordantes de la Ley N° 17.319, y otorgados a ENARSA conforme con lo
establecido por la Ley N° 25.943.
PETRÓLEO CRUDO: Mezcla de HIDROCARBUROS líquidos en su estado
natural u obtenidos por condensación o extracción del GAS NATURAL y que
permanecen líquidos bajo condiciones normales de presión y temperatura (760
mm. Hg y 15,56 grados Celsius). Se incluyen como tal los HIDROCARBUROS
que se obtengan a partir de la fase gaseosa, luego de la primera separación de
petróleo (condensados del gas) y la GASOLINA.
PLAN DE TRABAJO: Plan para la ejecución efectiva de las UNIDADES DE
TRABAJO (U.T.) según las disposiciones de este PLIEGO y comprometidas
por el ADJUDICATARIO en su OFERTA para su realización en el PERÍODO
DE EXPLORACIÓN y su eventual prórroga. Este PLAN DE TRABAJO incluirá
una indicación, sobre un mapa geo-referenciado, de las superficies a cubrir
con los trabajos de geociencias a ejecutar y las potenciales ubicaciones
exploratorias de dicho ÁREA. Deberá además contener un Cronograma Anual
de los desembolsos e inversiones a realizar y un Programa Anual de las
Actividades exploratorias asociadas a las mismas a realizar para cada uno de
los cinco (5) AÑOS del PERÍODO DE EXPLORACIÓN. Se confeccionará uno
por cada ÁREA respecto de la cual se presente una OFERTA. El PLAN DE
TRABAJO deberá permitir obtener la información necesaria para la evaluación
del potencial exploratorio de la totalidad de la superficie del ÁREA.
POZO EXPLORATORIO: Cualquier pozo realizado en una posible trampa
separada en la que no se hubiere perforado previamente un pozo considerado
económicamente productivo. Están incluidos los destinados a investigar
entrampamientos estratigráficos o estructurales. Asimismo, un pozo perforado
en una zona descubierta que tenga como objetivo una profundidad por debajo
del intervalo estratigráfico más profundo punzado en un pozo considerado
económicamente productivo, también será considerado como POZO DE
EXPLORACION.
POZO DE EVALUCIÓN: Pozo realizado con el objeto de mejorar la definición y
evaluar la extensión, capacidad de producción y el potencial de reservas
recuperables de hidrocarburos vinculados a un descubrimiento realizado por un
POZO EXPLORATORIO y para confirmar si el mismo constituye o no un
DESCUBRIMIENTO COMERCIAL.
POZO DE DESARROLLO: Cualquier pozo perforado para la producción de
HIDROCARBUROS de un RESERVORIO calificad como de RESERVA
COMPROBADA.
RESERVAS: Acumulaciones descubiertas de HIDROCARBUROS
comercialmente recuperables a una fecha dada. La clasificación establecida de
reservas y recursos con sus respectivas definiciones, se basan en todo lo
establecido por la Resolución S.E.N. Nº 324/2006 o la que en el futuro la
reemplace.
RESERVORIO: Un estrato del subsuelo que contiene o se piensa que contiene
una acumulación de HIDROCARBUROS que puede ser objeto de producción
separada de otra acumulación de HIDROCARBUROS.
S.E.N.: Secretaría de Energía de la Nación.
UNIDAD DE TRABAJO (U.T.): Parámetro expresado en unidades económicas
convencionales, que permite valorizar, medir y comparar la magnitud e
importancia de diversos parámetros (tales como metros de perforación,
cantidad de pozos a perforar, kilómetros de líneas sísmicas a adquirir, etc.), de
las actividades e inversiones de carácter exploratorio propuestas por los
OFERENTES en los PLANES DE TRABAJO para el PERÍODO DE
EXPLORACIÓN.
La valorización del total de las UNIDADES DE TRABAJO de cada PLAN DE
TRABAJO incluido en las diferentes OFERTAS recibidas, será empleada, junto
con otros parámetros considerados, para la elección de la OFERTA ganadora.
Se establece el valor unitario de cada UNIDAD DE TRABAJO en cinco mil
(5.000) DÓLARES.
Toda referencia vinculada a las definiciones establecidas en el presente
Artículo son aplicables indistintamente al género masculino o femenino y
cualquier referencia al singular incluye el plural y viceversa.
Artículo 4 – Documentos del Concurso y Legislación Aplicable
4.1 El presente CONCURSO, PLIEGO y el CONTRATO se regirán y serán
interpretados de acuerdo a las leyes de la República Argentina. A los
fines de la interpretación del CONTRATO se establece el siguiente
orden de prelación:
1. El PLIEGO y las circulares aclaratorias que oportunamente sean
emitidas. 2. EL CONTRATO que suscriban ENARSA y el ADJUDICATARIO
de cada ÁREA en los términos y condiciones establecidos en
el ANEXO 8.
3. Las OFERTAS de los OFERENTES.
4. La documentación que intercambien las partes.
4.2 La Legislación Nacional en materia de HIDROCARBUROS será de
aplicación en todo cuanto no esté expresamente previsto en el PLIEGO
o en el CONTRATO.
Atento a ello, este PLIEGO deberá ser interpretado teniendo en cuenta
la totalidad de sus disposiciones, las que no podrán ser interpretadas
separadamente.
El orden de los Títulos y Artículos que lo componen no indican prelación
entre los mismos. Los Títulos utilizados no forman parte de texto
normativo y solo tienen carácter de referencia.
Para el caso que existan dudas en la interpretación de las cláusulas del
CONTRATO y lo establecido en el PLIEGO, el CONTRATO prevalecerá
sobre el PLIEGO.
Artículo 5 – Condiciones Generales
5.1 Personas habilitadas: Podrán presentar OFERTAS las personas físicas o
jurídicas constituidas en la República Argentina, y las que constituidas
en el extranjero que den cumplimiento a lo establecido en el artículo 118
y siguientes de la Ley N° 19.550, al momento de la presentación de
OFERTAS, o se comprometan en forma irrevocable en caso de resultar
ADJUDICATARIO, a su cumplimiento previo a la firma del CONTRATO.
5.2 Condiciones a satisfacer por los OFERENTES:
5.2.1 Domicilio: Los OFERENTES deberán constituir domicilio especial
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (República Argentina),
donde serán notificadas válidamente todas las comunicaciones
referentes al presente CONCURSO, el que no podrá ser
cambiado por el OFERENTE sin mediar la previa notificación
fehaciente a ENARSA.
5.2.2 Compromiso Arbitral: Los OFERENTES deberán aceptar y
declarar en forma expresa:
a) Que toda controversia que se suscite entre uno o más
OFERENTES y ENARSA con relación al presente CONCURSO,
al PLIEGO, las OFERTAS y al CONTRATO, se someterá en
forma definitiva e inapelable a la decisión del Tribunal de Arbitraje
General de la Bolsa de Comercio (en adelante el “Tribunal de
Arbitraje”), de acuerdo con la reglamentación vigente para el
arbitraje de derecho que el OFERENTE y ENARSA declaran
conocer y aceptan como medio idóneo para dirimir las
controversias surgidas del CONCURSO, el PLIEGO, las
OFERTAS y el CONTRATO;
b) Que será competencia exclusiva del Tribunal de Arbitraje el
dictado de medidas cautelares de cualquier tipo, como así
también su ejecución, salvo que para la misma se requiera el
imperio de la Justicia en cuyo caso corresponderá la competencia
de los Tribunales Federales con asiento en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, con exclusión de cualquier otro fuero o
jurisdicción;
c) Que la ejecución del laudo arbitral será solicitada ante los
Tribunales Federales con asiento en la Ciudad Autónoma de
Buenos con exclusión de cualquier otro fuero o jurisdicción que
pudiera corresponder;
d) Que en todos los procesos y en todas las instancias arbitrales y
eventualmente judiciales, las costas serán soportadas por las
partes involucradas en el orden causado;
e) Que en su primera intervención en cualquier proceso, los
letrados patrocinantes y apoderados de cada parte deberán
manifestar por escrito conocer y aceptar las disposiciones del
inciso f) siguiente; y
f) Que renuncian al derecho de solicitar el dictado de medidas
cautelares que pudieran interrumpir y/o demorar el proceso del
presente CONCURSO.
5.3 Incompatibilidades para ser OFERENTE:
No podrán concurrir a este Concurso por sí, ni por interpósita persona
aquellos interesados que se encuentren encuadrados en cualquiera de
los siguientes supuestos:
a) Las personas físicas incapaces de contratar, según la legislación
vigente en la República Argentina.
b) Las personas físicas o jurídicas que sean deudoras morosas
impositivas o previsionales del Fisco Nacional o Provincial por
decisión judicial o administrativa firme.
c) Las personas físicas o jurídicas que estuvieran sujetas a
procesos concursales o falencias o cualquier tipo de reorganización
de su pasivo en estado de cesación de pagos, y las declaradas en
quiebra mientras no obtengan su rehabilitación.
d) Aquellas personas jurídicas en cuyos órganos directivos se
desempeñen agentes o funcionarios de la Administración Pública, o
de aquellos organismos nacionales que sean competentes para
entender en todo lo relacionado a la Exploración, Explotación y
Desarrollo de Hidrocarburos en territorio de la República Argentina.
e) Aquellas personas jurídicas que se encuentren suspendidas o
inhabilitadas en el Registro de Empresas Productoras de
Hidrocarburos de la Secretaría de Energía de la Nación.
f) Aquellas que se encuentren inhabilitadas por condena judicial.
g) Aquellas que se encuentren alcanzadas por las limitaciones y/o
restricciones que se establecen en la Resolución SE N° 407/2007.
5.4 Conocimiento de las obligaciones:
La presentación de una OFERTA implicará que quien la realiza conoce el
ÁREA marítima objeto del presente CONCURSO, sus condiciones físicas y
climáticas, las características geográficas, geológicas, los objetivos concretos
de los trabajos y su desarrollo, que se ha compenetrado con el alcance de las
bases y condiciones contenidas en el PLIEGO, que las acepta de conformidad
y que ha arbitrado todos los medios financieros necesarios para la ejecución
completa del plan descrito en la OFERTA.
En consecuencia, la presentación de una OFERTA en este CONCURSO y las
obligaciones que contraerá el OFERENTE, implicarán la renuncia previa a
cualquier reclamo posterior a la adjudicación basado en el desconocimiento de
este PLIEGO, el ÁREA, las condiciones para el desarrollo del PLAN DE
TRABAJO incluido en la OFERTA o cualquier otro tema vinculado al presente
PLIEGO.
5.5 Venta de pliegos:
Los avisos del Concurso se iniciarán treinta (30) DÍAS previos a la venta
de los PLIEGOS.
5.5.1 Copia certificada de los PLIEGOS, incluyendo un mapa de
ubicación de cada ÁREA con sus correspondientes coordenadas
aproximadas, podrán adquirirse hasta veintiocho (28) DÍAS antes
de la fecha de apertura del presente CONCURSO, en la oficina
de ENARSA sita en: Av. del Libertador 1068 – Piso 2°
(C1112ABN) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Tel/Fax:
54 - 11 – 4801-9325
5.5.2 Se establece en ciento veinte mil DÓLARES (US$ 120.000) el
precio del PLIEGO para las ÁREAS (E-4 y E-5) y en setenta mil
DÓLARES (US$ 70.000) para las demás ÁREAS, pagaderos en
pesos al tipo de cambio del Banco Nación Argentina – tipo
vendedor - del cierre del día anterior al del depósito para la
compra del PLIEGO. La adquisición del PLIEGO es condición
indispensable para la formulación de una OFERTA.
Los interesados en participar en el presente CONCURSO, al
momento de adquirir el PLIEGO, deberán seleccionar aquella/s
AREA/S que resulte/n de su interés, a fin de obtener la
información correspondiente a cada una de las AREA/S
seleccionadas.
El PLIEGO incluirá la información que ENARSA disponga, a la
fecha de este CONCURSO, de cada una de las ÁREAS
seleccionadas por el interesado y estará constituida por
información de carácter general y específico de las cuencas costa
afuera argentinas de cada una de las ÁREAS incluidas en el
CONCURSO, e información sísmica, perfiles y legajos de pozos.
5.5.3 ENARSA elaborará un registro, debidamente foliado, donde se
dejará constancia de los adquirentes del PLIEGO. A tal efecto los
mismos deberán suministrar, al momento de la adquisición del
PLIEGO, los siguientes datos:
a. Nombre de la persona jurídica, o en caso de un Contrato
de Colaboración Empresaria u otra figura de asociación
empresaria bajo las leyes de la República Argentina, el
nombre del representante o apoderado del mismo.
b. Domicilio especial en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
c. Dirección postal, número de teléfono/telefax, dirección
de correo electrónico.
d. Nombre y apellido, documento de identidad y
representación acreditada de la persona que retira el
PLIEGO.
La adquisición del PLIEGO y la presentación de los
OFERENTES al CONCURSO implican el pleno
conocimiento y aceptación de todas las condiciones y
normas establecidas en el mismo;
Los interesados deberán, al momento de adquisición del PLIEGO y la
información de la/s AREA/S, suscribir el Acuerdo de Confidencialidad del
Anexo 4.
5.6 Consultas y aclaraciones:
ENARSA habilitará un período para la recepción de consultas o solicitudes de
aclaraciones que le formulen los postulantes con referencia al PLIEGO.
Estas consultas y/o aclaraciones serán recibidas por ENARSA hasta
diecinueve (19) DÍAS antes de la fecha de apertura de las OFERTAS.
Las consultas y/o aclaraciones deberán ser formuladas por escrito en idioma
español. Serán respondidas del mismo modo a todos los postulantes, sin
identificar quien realizó la consulta, los que a tal efecto estarán obligados, al
momento de la compra del PLIEGO, a fijar un domicilio especial en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, para este tipo de notificaciones y envíos de
circulares aclaratorias.
ENARSA responderá las consultas y/o aclaraciones así recibidas, en un plazo
no mayor de diez (10) DÍAS a contar de la fecha de recepción fehaciente del
pedido de consulta y/o aclaración. Estas consultas y/o aclaraciones con sus
correspondientes respuestas, serán informadas a los demás postulantes bajo la
forma de circulares aclaratorias las que quedarán automáticamente
incorporadas al PLIEGO.
Toda la correspondencia relacionada con el presente CONCURSO deberá
dirigirse a: ENERGÍA
ARGENTINA S.A.
Av. del Libertador 1068, Piso 2°
(C1112ABN) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Artículo 6 – Anuncio del Concurso
El presente concurso será publicada, por el término de cinco (5) DÍAS
HÁBILES, en cuatro (4) oportunidades en periódicos de amplia circulación
nacional, en dos (2) oportunidades en periódicos de circulación internacional.
Las publicaciones se realizarán en forma alternada o sucesiva, efectuándose la
última con una anticipación mínima de veinticinco (25) DÍAS HÁBILES a la
fecha de apertura del CONCURSO.
Asimismo, el anuncio del concurso se incorporará al sitio oficial de ENARSA en
Internet: www.enarsa.com.ar
TÍTULO II: DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Artículo 7 – Presentación de las Ofertas
7.1 Las OFERTAS por una o más ÁREAS se recibirán en la Recepción de
“Energía Argentina Sociedad Anónima”, en sobre cerrado (sobre general)
dirigido a: ENARSA, con la indicación: “CONCURSO PÚBLICO
NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA EXPLORACIÓN Y
EVENTUAL EXPLOTACIÓN DE ÁREAS COSTA AFUERA (Ronda 01)”.
Dicho sobre general contendrá a su vez, dos (2) sobres, también cerrados,
uno correspondiente a “Antecedentes” e identificado con la letra “A” y el
otro, identificado con la letra “B”, que contendrá la “Oferta Técnico-
Económica”. Ambos sobres deberán tener claramente identificados el
nombre del/de los OFERENTE/S y de las ÁREAS por las que oferta.
7.2 Las OFERTAS deberán ser claras, redactadas en idioma español, con la
Planilla de Cotización (ANEXO 7) completada, debiendo ser presentadas
en original y copia en papel y en versión electrónica grabada en soporte
magnético. Si un OFERENTE presentara OFERTAS por dos o más
Eliminado: ¶
ÁREAS, cada “Oferta Técnico-Económica” por cada ÁREA deberá ser
incluida en un Sobre “B” por cada ÁREA debidamente identificada en su
exterior.
Todas las fojas de la OFERTA deberán estar foliadas y firmadas por la, o
las personas que acrediten fehacientemente estar debidamente
apoderadas y con poder suficiente para ello por el OFERENTE.
Asimismo, dichos representantes o apoderados también deberán salvar
con sus rúbricas, toda raspadura y/o enmienda que pudieran contener los
documentos de la OFERTA. El soporte magnético llevará impresos o
adheridos en una etiqueta, el nombre del OFERENTE y la firma de dichos
representantes o apoderados.
7.3 Las OFERTAS se recibirán desde el 08/08/08 y hasta las 11:00 horas
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del día de apertura (cuya fecha
consta en el Cronograma del Concurso y que constituye el ANEXO 3 de
este PLIEGO). A las 14:00 horas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
de ese mismo Día de Apertura, se procederá a la apertura del sobre
general conteniendo los Sobres “A” y “B”, y del Sobre “A”, con constancia
de la reserva del/de los Sobre/s “B” en sobre opaco cerrado, sellado y
firmado por Escribano Público, para su posterior consideración. No se
recibirán OFERTAS con posterioridad al horario de recepción citado.
7.4 De la revisión del contenido, del consiguiente análisis de los
antecedentes presentados en el Sobre “A” y su posterior selección,
surgirán los OFERENTES cuyas respectivas OFERTAS quedarán
calificadas para la apertura de sus correspondientes Sobres “B”. Del acto
de apertura de los Sobres “B”, solo participarán los OFERENTES cuyas
OFERTAS hayan sido declaradas válidas.
7.5 ENARSA se expedirá sobre la evaluación de los antecedentes del Sobre
“A” a partir de los veinte (20) DÍAS a contar desde la fecha del Día de
apertura.
7.6 ENARSA informará a los OFERENTES cuyos Sobres “A” no hubieran sido
declarados válidos, dicha circunstancia, será debidamente notificada por
ENARSA, enviando la correspondiente comunicación al domicilio que
oportunamente hubieran declarado y constituido e invitándolos a retirar su
respectivo Sobre “B” sin abrir.
7.7 En caso que los OFERENTES no calificados no retirasen sus respectivos
Sobres “B” sin abrir dentro de los quince (15) DÍAS posteriores a la fecha
de envío de la comunicación mencionada en el ítem precedente, ENARSA
procederá a la destrucción de los mismos.
7.8 Toda consulta y/o aclaración al PLIEGO o sobre cualquier otro documento
que sea integrante del presente llamado a CONCURSO, deberá hacerse
por escrito ante ENARSA dentro de los plazos establecidos en el Artículo
5.6.
7.9 Se establece en cien mil DÓLARES (U$S 100.000.-), el monto de la
garantía de mantenimiento de la OFERTA para cada una de las ÁREAS y
en ciento veinte (120) DÍAS el plazo de mantenimiento de la OFERTA
respectiva. Dicha garantía será incluida en el Sobre “A” y podrá ser
constituida en efectivo, mediante aval bancario, valores públicos que
coticen en Bolsa o seguro de caución, según lo estipulado en el Artículo
11. ENARSA no reconocerá intereses por depósitos de garantía, pero los
que devenguen los títulos o valores pertenecerán a sus depositantes y
estarán a disposición de éstos cuando la entidad emisora los haga
efectivos.
Artículo 8 – Sobre “A” (Antecedentes)
El Sobre “A” tendrá en su parte exterior indicación de la siguiente información:
• Identificación del OFERENTE.
• Título de la Concurso
• Sobre “A” (Antecedentes)
El Sobre “A” (Antecedentes) deberá indefectiblemente contener lo siguiente:
1. Índice del contenido del Sobre “A” (Antecedentes).
2. Nombre, denominación o razón social, domicilio legal, dirección postal,
número de teléfono, telefax, correo electrónico del OFERENTE. En
caso de tratarse de un conjunto de empresas de personas físicas o, el
de todos sus integrantes.
3. Constitución de domicilio especial en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires - República Argentina, conforme al artículo 5.2.1 del
PLIEGO.
4. Copia debidamente autenticada de:
a) Acta constitutiva, contrato social, estatutos, certificados
de vigencia o debida inscripción y toda otra documentación
válida que acredite la existencia, capacidad jurídica del
OFERENTE, y la representación de sus directores o
administradores, debidamente actualizados e inscriptos ante
la Autoridad Competente que corresponda en cada caso
particular.
b) Indicación de las personas físicas que tienen el uso de la
firma social y el carácter de las mismas;
c) Acta de Designación de Autoridades vigentes al momento
de la presentación;
d) Acta de Reunión del órgano societario competente, del
que surja la decisión social para la presentación y la
formulación de la OFERTA, y que confiera poder suficiente
de representación en forma expresa a la persona que se
designe para ello, con facultades también expresas para
asumir las obligaciones emergentes del PLIEGO y de la
OFERTA. La persona nominada será considerada el
representante o apoderado a los efectos indicados en el
presente PLIEGO.
5. En caso que el OFERENTE opte por presentar la OFERTA, a través de
un conjunto de personas físicas o jurídicas, presentará la totalidad de
los requisitos que se establecen en el Artículo 8 inciso 4, de cada uno
de los integrantes del OFERENTE, además del compromiso expreso e
irrevocable de constituir una Unión Transitoria de Empresas con
ENARSA, en caso de resultar ADJUDICATARIO, antes de la firma del
CONTRATO, compromiso que a su vez deberá contemplar:
a) Que el objeto sea afín al del CONCURSO.
b) La participación en la Unión Transitoria de Empresas de
cada uno de los integrantes de la misma.
c) Que las responsabilidades y obligaciones entre
todos los participantes, sean mancomunadas y
solidarias.
f) Acta de reunión del órgano competente de la
persona jurídica que cumpla la decisión de integrar una
Unión Transitoria de Empresas con ENARSA.
6. Nómina de los integrantes de los órganos de administración y
fiscalización de la sociedad, al menos, durante los dos (2) últimos
años. En caso de no contar la empresa con dos (2) años de
antigüedad, deberá presentar la nómina antes mencionada desde su
creación a la fecha.
7. Poder otorgado ante Escribano Público certificado y legalizado por el
Colegio Público de Escribanos, para el caso de confeccionarse en otra
jurisdicción, en el que se acrediten las facultades de la o las personas
físicas que actúan en representación del OFERENTE.
8. Detalle de los números de inscripción para los impuestos y
tributos que fuere responsable y de los órganos previsionales que
correspondiere aportar, nacionales y provinciales. Tal requisito deberá
ser cumplimentado hasta el momento de la firma del CONTRATO.
9. Garantía de Mantenimiento de OFERTA, por un monto de cien mil
DÓLARES (U$S 100.000.-), constituida a favor de ENARSA por ciento
veinte (120) DÍAS para cada una de las ÁREAS para las que se
presente OFERTA, según lo estipulado en el Artículo 11.1.
10. Copia del PLIEGO y sus ANEXOS, foliados y firmados en todas sus
páginas por un representante o apoderado con facultades suficientes
para obligar al OFERENTE y la declaración escrita del OFERENTE
aceptando las condiciones del presente PLIEGO y las aclaraciones y
circulares correspondientes.
11. Información general que se estime conveniente para completar los
antecedentes.
12. Nombre, antecedentes, organización del OFERENTE y de su personal
técnico profesional, a asignar para la cumplir con la OFERTA
presentada.
13. Constancia que acredite la experiencia y capacidad de los
OFERENTES, en relación con su solvencia económica y respaldo
técnico en, al menos, tres proyectos como los incluidos en el presente
CONCURSO, de manera que a juicio de ENARSA aseguren el
adecuado cumplimiento de sus compromisos con relación a este
CONCURSO.
14. Acreditación de la fecha y número de inscripción del OPERADOR y
de los demás integrantes del OFERENTE, en el Registro previsto
por el Artículo 50 de la Ley 17.319, reglamentado por la Resolución
Secretaría de Energía 407/2007, o en su defecto constancia de haber
iniciado el trámite de inscripción correspondiente antes de los diez (10)
DÍAS de la fecha de apertura del CONCURSO.
15. Declaración de aceptación de la cláusula arbitral prevista en los
Artículos 5.2.2 del PLIEGO con trascripción de todos sus términos y
constituyendo domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
16. Declaración jurada que no existen impedimentos, inhabilitaciones o
incompatibilidades de orden nacional y/o provincial para el desarrollo
de las actividades que son el objeto de esta CONCURSO.
17. Documentos, informes, certificados y opiniones de expertos que
prueben o acrediten la antigüedad del OFERENTE en la actividad
hidrocarburífera; y en el caso de un conjunto de personas jurídicas, los
correspondientes a cada uno de sus integrantes. Los documentos
presentados deberán ser copias certificadas notarialmente y en su
caso, legalizados de conformidad con la legislación vigente. En el
supuesto de un OFERENTE extranjero o que lo sea cualquier
integrante de un OFERENTE, toda la documentación requerida deberá
ser legalizada por ante el Consulado Argentino de su lugar de origen y
el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación o, en su
defecto, contar con la apostilla prevista en la Convención de La Haya
para la supresión de requisitos de legalización de documentos públicos
extranjeros del 5 de octubre de 1961.
18. El integrante del OFERENTE que se desempeñará como OPERADOR
durante el plazo de vigencia del CONTRATO, para el caso que el
OFERENTE resultara ADJUDICATARIO, deberá acreditar experiencia
comprobada en al menos tres proyectos de exploración, desarrollo y
explotación en áreas costa afuera (áreas “offshore”) de hidrocarburos,
similares a los del objeto del presente CONCURSO. Los mismos
deberán resultar suficientes, a criterio de ENARSA, para demostrar la
capacidad e idoneidad técnico-operativa y de gestión empresaria en
proyectos similares para la realización de las actividades
hidrocarburíferas que constituyen el objeto del presente CONCURSO.
19. Declaración expresa de los integrantes del OFERENTE, de la que
resulte la responsabilidad mancomunada y solidaria frente a ENARSA
a todos los efectos derivados del presente CONCURSO, debiendo
además constituir un único domicilio en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y unificar su personería a todos los efectos derivados de
este CONCURSO y hasta la firma del CONTRATO, mediante el
otorgamiento por instrumento público de mandato irrevocable
debidamente legalizado.
20. Acreditar solvencia financiera - económica. Para ello deberá presentar
los Estados Contables de los tres (3) últimos ejercicios cerrados con
anterioridad a la fecha de apertura de la CONCURSO; para el caso de
inexistencia de los mismos deberá presentar, como mínimo, un
balance de cierre. Los estados contables y financieros requeridos
deberán estar certificados por Contador Público Nacional y
legalizados. En el caso de un OFERENTE integrado por un conjunto
de personas jurídicas, la presentación de los balances de los tres (3)
últimos ejercicios de cada una de los integrantes. Para el caso de
inexistencia de los mismos deberá presentar, como mínimo, un
balance de cierre de cada una de ellas. Para las empresas extranjeras,
los estados contables y financieros deberán estar acompañados de su
traducción al español realizada y certificada por un Traductor Público
Nacional.
Dada la declaración de responsabilidad solidaria requerida en el punto
19 precedente, el OFERENTE deberá poseer, según surja de los
estados contables y financieros presentados para el último ejercicio, un
patrimonio neto no inferior a la suma de veinte millones de pesos ($
20.000.000).
21. Deberá presentar una declaración expresa dejando constancia que la
OFERTA presentada se basa exclusivamente en la evaluación técnica
del OFERENTE. Asimismo el OFERENTE deberá reconocer que
ENARSA no ha otorgado garantía de ningún tipo, ni efectuado
aseveración alguna, sobre el potencial del ÁREA, para su exploración,
desarrollo y extracción de HIDROCARBUROS (ANEXO 5).
22. ENARSA tendrá la facultad de auditar toda la información suministrada
por el OFERENTE, debiendo éste facilitar todo trámite de verificación y
las gestiones necesarias para ello. El incumplimiento de esta
obligación será motivo de rechazo de la OFERTA.
23. El OFERENTE incluirá en su OFERTA un detalle completo del Sistema
de Gestión de Salud, Seguridad, Medio Ambiente y Calidad a
implementar y ejecutar en las ÁREAS.
24. El OFERENTE deberá presentar un informe de la Central de Deudores
del Banco Central de la República Argentina, del que surja su situación
financiera al momento de presentar la OFERTA.
25. Recibo de compra del PLIEGO y la respectiva documentación técnica.
En el caso de un OFERENTE integrado por dos o más empresas,
bastará que el recibo de compra del PLIEGO esté emitido a nombre de
una de dichas empresas.
Artículo 9 – Sobre “B” “Oferta Técnico Económica”
El Sobre “B” deberá contener la “Oferta Técnico Económica”, la que estará
constituida por:
9.1 PLAN DE TRABAJO: Contendrá el Cronograma Anual de
Desembolsos y el Programa Anual de Actividades, para cada una de
las ÁREAS sobre las que se realice la “Oferta Técnico Económica”.
En cada PLAN DE TRABAJO se discriminará, para cada uno de los
cinco (5) años del PERÍODO DE EXPLORACIÓN, todos los
desembolsos de fondos y las actividades exploratorias asociadas a
llevar a cabo.
Los montos de los desembolsos a realizar durante el PERÍODO DE
EXPLORACIÓN serán expresados en UNIDADES DE TRABAJO. Se
establece el valor unitario de cada UNIDAD DE TRABAJO en cinco mil
DÓLARES (U$S 5.000).
A los efectos de establecer la debida equivalencia entre los
desembolsos a comprometer en la “Oferta Técnico Económica” y el
PLAN DE TRABAJO de cada OFERENTE, se hará uso de la “Tabla de
Equivalencias de Unidades de Trabajo” estipuladas en el ANEXO 6 de
este PLIEGO.
En base a la citada equivalencia cada OFERENTE procederá a
completar la “Planilla de Cotización” de acuerdo al modelo establecido
en el ANEXO 7 de este PLIEGO.
El OFERENTE que presente “Oferta Técnico Económica” por más de un
ÁREA, deberá indicar el orden de preferencia de adjudicación para el
caso de resultar ADJUDICATARIO en más de una de ellas.
9.2 Garantía de Cumplimiento de CONTRATO: Se deberá incluir en este
Sobre “B”, una nota del OFERENTE suscripta por su representante
apoderado legal, mediante la cual el OFERENTE, en caso de resultar
ADJUDICATARIO, asume el formal compromiso de constituir a favor de
ENARSA, una Garantía de Cumplimiento del CONTRATO en un todo de
acuerdo a lo establecido en el Artículo 11.2 de este PLIEGO.
9.3 El porcentaje de participación mínimo de ENARSA en el CONTRATO
para cada ÁREA no será inferior al cincuenta y uno por ciento (51%). Sin
perjuicio de lo anterior, el OFERENTE podrá presentar en su OFERTA
porcentajes de participación de ENARSA superiores al mínimo antes
mencionado, lo que deberá ser claramente establecido en la Planilla de
Cotización (ANEXO 7) de la “Oferta Técnico Económica” contenida en
este Sobre “B” a los fines de su evaluación.
9.4 En caso que durante el PERÍODO DE EXPLORACIÓN se produjese un
DESCUBRIMIENTO COMERCIAL y consecuentemente, la
DECLARACIÓN DE COMERCIALIDAD del descubrimiento realizado,
ENARSA tendrá la opción de incrementar su participación durante el
PERÍODO DE EXPLOTACIÓN hasta un máximo del sesenta por ciento
(60%) en la participación total, efectuando los aportes adicionales que
correspondan.
La opción mencionada, podrá ser ejercida por ENARSA dentro de los
ciento ochenta (180) DÍAS contados a partir de la fecha de la
comunicación de la DECLARACIÓN DE COMERCIALIDAD del
DESCUBRIMIENTO COMERCIAL.
9.5 El OFERENTE deberá presentar a ENARSA, el Sistema de Gestión
de Salud, Seguridad, Medio Ambiente y Calidad que aplicará en sus
actividades en el ÁREA, como así también los Planes de Contingencia
que se propone aplicar en las mismas.
Artículo 10 – Pautas básicas de la OFERTA
Durante todo el PERÍODO DE EXPLORACIÓN y su eventual prórroga, el
ADJUDICATARIO se compromete a ejecutar, a su exclusivo costo y riesgo, el
PLAN DE TRABAJO comprometido en el punto 9.1 precedente.
Artículo 11 – Garantías
11.1 Mantenimiento de OFERTA
Los OFERENTES respaldarán el cumplimiento de todas las obligaciones
requeridas por este PLIEGO constituyendo a tal fin, una garantía de
mantenimiento de sus OFERTAS, a favor de ENARSA.
El monto de esta garantía se establece en cien mil DÓLARES (U$S
100.000), y el plazo de mantenimiento de la OFERTA será de ciento
veinte (120) DÍAS para cada una de las ÁREAS para las que se
presente “Oferta Técnico Económica”.
Las modalidades posibles para efectivizar esta garantía, se indican en el
Artículo 11.4.
Los OFERENTES quedan obligados a mantener la validez de sus
OFERTAS durante ciento veinte (120) DÍAS contados a partir de la fecha
de apertura del CONCURSO.
Si el OFERENTE comunicase su desistimiento o el retiro de su OFERTA
antes de la expiración del plazo original de mantenimiento de la misma,
o no suministrare información adicional de acuerdo al Artículo 14 b)
perderá la garantía de mantenimiento de OFERTA constituida a favor
ENARSA, quien la ejecutará sin necesidad de interpelación
administrativa o judicial previa alguna y sin que ello genere derecho a
reclamo o resarcimiento de ninguna índole por parte del OFERENTE.
11.2 De Cumplimiento del CONTRATO
Como garantía del cumplimiento del CONTRATO, el ADJUDICATARIO
deberá constituir a favor de ENARSA y a satisfacción de ésta, con una
antelación de treinta (30) DÍAS a la fecha de la firma del CONTRATO,
una garantía de cumplimiento de las UNIDADES DE TRABAJO
comprometidas en su “Oferta Técnico Económica”.
Bajo ninguna circunstancia podrá suscribirse el CONTRATO hasta tanto
no se haya constituido satisfactoriamente en el plazo estipulado el
párrafo anterior la garantía descripta en este Artículo.
La garantía de cumplimiento del CONTRATO estará escalonada
anualmente a lo largo de todo el PERÍODO DE EXPLORACIÓN y sus
montos en DÓLARES serán iguales a los respectivos desembolsos
anuales comprometidos por el ADJUDICATARIO en el PLAN DE
TRABAJO presentado en su Planilla de Cotización (ANEXO 7), que
forma parte de la OFERTA.
Sesenta (60) DÍAS previos al vencimiento de cada uno de los AÑOS del
PERÍODO DE EXPLORACIÓN, las EMPRESAS ASOCIADAS deberán
constituir a favor de ENARSA y a satisfacción de la misma, la renovación
de la garantía por el cumplimiento de los desembolsos comprometidos
para el siguiente AÑO del PERÍODO DE EXPLORACIÓN.
El incumplimiento de la citada renovación en el plazo fijado dará derecho
a ENARSA para proceder a la resolución del CONTRATO sin derecho
para las EMPRESAS ASOCIADAS de efectuar reclamo alguno a
ENARSA por ello y sin perjuicio que ENARSA ejecute la garantía vigente
y reclame daños y perjuicios adicionales.
Al cabo de cada AÑO del PLAN DE TRABAJO, las EMPRESAS
ASOCIADAS presentarán a ENARSA un detalle de las actividades y
desembolsos de fondos efectuados en el AÑO finalizado y del
porcentaje de cumplimiento alcanzado con respecto al PLAN DE
TRABAJO.
Con la excepción de aquellos casos de incumplimiento debidamente
justificados y fehacientemente aceptados por ENARSA, los
incumplimientos incurridos darán lugar a la aplicación, como mínimo, de
una multa por incumplimiento en carácter de cláusula penal, sin perjuicio
de la ejecución de las UNIDADES DE TRABAJO correspondientes al
PLAN DE TRABAJO anual comprometido.
El importe en DÓLARES de la multa a aplicar a las EMPRESAS
ASOCIADAS será igual al veinte por ciento (20%), de la diferencia entre
los montos a desembolsar comprometidos según el PLAN DE TRABAJO
y los efectivamente desembolsados por las EMPRESAS ASOCIADAS
en el período considerado.
ENARSA podrá a su solo criterio ejecutar la garantía de fiel cumplimiento
del CONTRATO para satisfacer el importe de la multa acordada y
cuantificada conforme a lo establecido en este Artículo, sin necesidad de
acto alguno de su parte, ni de interpelación o requerimiento a las
EMPRESAS ASOCIADAS, y sin perjuicio de exigir la ejecución de las
UNIDADES DE TRABAJO correspondientes al PLAN DE TRABAJO
anual.
11.3 Estas garantías a constituirse a favor de ENARSA, responderán por el
fiel e íntegro cumplimiento de todas las obligaciones contractuales y la
correcta y completa ejecución del PLAN DE TRABAJO.
Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de reclamar daños y perjuicios,
mayores costos, multas y/o demás cargos que correspondan y deriven
de incumplimientos del PLIEGO, del CONTRATO y/o de la legislación
vigente aplicable.
11.4 Las garantías de Mantenimiento de OFERTA y de Cumplimiento
del CONTRATO se constituirán a favor de ENARSA y a entera
satisfacción de esta, en alguna de las formas que se describen a
continuación:
a) Mediante un depósito en DÓLARES a la orden de Energía
Argentina Sociedad Anónima, en la Cuenta e institución a ser
oportunamente indicada por ésta.
b) Mediante fianza o aval emitido por un banco de primera línea, en la
que se constituya como liso, llano y principal pagador, con
renuncia a los beneficios de excusión, división, retractación e
interpelación judicial previa al deudor, pagadera incondicionalmente
al primer requerimiento de ENARSA y con firma certificada por el
Banco Central de la República Argentina en caso de bancos locales
o firma debidamente autenticada y legalizada en caso de bancos
extranjeros.
c) Mediante Seguro de Caución, de acuerdo a pólizas aprobadas por la
Superintendencia de Seguros de la Nación, con los anexos,
condiciones generales y particulares, con su correspondiente recibo
de pago. En cualquier caso, ENARSA podrá requerir el reemplazo de
la póliza presentada por el OFERENTE, por otra la de otra compañía
aseguradora, cuando se considere que los requisitos exigidos no son
cumplimentados a satisfacción de ENARSA.
11.5 Devolución de la Garantía de Mantenimiento de OFERTA: Dentro de los
diez (10) DÍAS posteriores al acto de ADJUDICACIÓN, se pondrá a
disposición de aquellos OFERENTES que no hubiesen resultado
ADJUDICATARIOS en cada una de las ÁREAS, las respectivas
Garantías de Mantenimiento de OFERTA que oportunamente
constituyeran.
Al OFERENTE cuya OFERTA hubiera resultado ADJUDICATARIA, le
será restituida su Garantía de Mantenimiento de OFERTA dentro de los
diez (10) DÍAS de haber constituido, a satisfacción de ENARSA, la
correspondiente Garantía de Cumplimiento del CONTRATO.
11.6 Desafectación de la Garantía de Ejecución del CONTRATO: Dentro
de los treinta (30) DÍAS de completado satisfactoriamente el PLAN DE
TRABAJO correspondiente al PERÍODO DE EXPLORACIÓN contenido
en la OFERTA que resultara ADJUDICATARIA, ENARSA procederá a la
devolución de la Garantía de Cumplimiento del CONTRATO.
Si la citada Garantía de Cumplimiento del CONTRATO no fuera retirada
dentro de los noventa (90) DÍAS se procederá a su destrucción.
Para el caso que las EMPRESAS ASOCIADAS ejercieran la opción de
prórroga del PERÍODO DE EXPLORACIÓN, previa aprobación de
ENARSA, las EMPRESAS ASOCIADAS deberán constituir una nueva
Garantía de Cumplimiento de ejecución de los trabajos exploratorios
adicionales al PLAN DE TRABAJO, en los términos indicados en los
Artículos 11.2 y 11.4 la que estará referida a los desembolsos que las
EMPRESAS ASOCIADAS se comprometan a realizar durante la
prórroga requerida.
11.7 Intereses: No se reconocerán intereses por la constitución de garantías
efectuadas mediante depósitos en efectivo.
Artículo 12 – Rechazo de OFERTAS
Serán rechazadas ya sea en el acto de apertura o durante la revisión posterior
de las OFERTAS, aquellas OFERTAS que no cumplan, como mínimo, con los
siguientes requisitos de admisibilidad:
12.1 Cumplimiento estricto de todos los requisitos de presentación de los
Sobres “A” y “B”, de acuerdo a lo estipulado en los Artículos 7, 8, 9 y 11
del presente PLIEGO.
12.2 Garantía de Mantenimiento de OFERTA constituida con arreglo
a lo establecido en el Artículo 11.1 del presente PLIEGO.
12.3 Las OFERTAS cuya documentación no esté firmada por el
OFERENTE y/o su representante legalmente apoderado con poderes
suficientes, en la totalidad de sus folios.
12.4 Cuando las OFERTAS contengan objeciones o reservas al régimen legal
aplicable al CONCURSO, se aparten de lo estipulado en este PLIEGO, o
que de cualquier modo condicionen la vigencia y efectos de la
presentación de la OFERTA y sus términos, o la subordinen a la ulterior
existencia o comprobación de hechos o situaciones, o limiten o restrinjan
las obligaciones a asumir por el OFERENTE o el ADJUDICATARIO.
12.5 Concluida la apertura de las OFERTAS recibidas, se procederá a
labrar ante escribano público un Acta Notarial, la que además podrá ser
firmada por los OFERENTES asistentes al acto que quisieran hacerlo.
Los OFERENTES podrán dejar constancia en dicha Acta de las
observaciones que consideren que merezca el acto de apertura.
Artículo 13 – Aclaraciones e información adicional
Con el objeto de poder interpretar adecuadamente las OFERTAS recibidas,
ENARSA podrá requerir a los OFERENTES, durante el proceso de evaluación
de las OFERTAS, todos los pedidos de aclaración y/o la presentación de
información complementaria que considere necesaria para efectuar la debida
evaluación y comparación entre las mismas, estando los OFERENTES
obligados a su presentación a ENARSA en el plazo estipulado en el Artículo 14
b) segundo párrafo de este PLIEGO.
TÍTULO III: DE LA ADJUDICACIÓN
Artículo 14 – Precalificación de OFERTAS
Una vez finalizada la recepción de las OFERTAS, ENARSA procederá al
análisis de la toda la documentación presentada por los OFERENTES en base
a las siguientes consideraciones:
a) Sólo serán consideradas válidas y aptas para su análisis las OFERTAS
Eliminado: ¶
que hayan cumplido con la totalidad de los requisitos estipulados en los
Artículos 7, 8, 11, 12 y 14, y serán rechazadas como no válidas aquellas
que no alcancen los requisitos mínimos exigidos en el PLIEGO o que,
por deficiencias insalvables, no permitan su comparación en condiciones
de igualdad con las restantes OFERTAS válidas.
b) Los OFERENTES están obligados a suministrar toda la información
adicional y/o aclaratoria que ENARSA le solicite por considerarla
pertinente para una más clara comprensión e interpretación de los
Sobres “A” de las respectivas OFERTAS a los fines de su evaluación.
Los OFERENTES deberán dar cumplimiento a los pedidos de
información complementaria realizados por ENARSA dentro de un plazo
de cinco (5) DÍAS a partir de su solicitud.
Si transcurrido dicho plazo ENARSA no hubiera recibido
satisfactoriamente la información complementaria requerida, ENARSA
declarará no válida la OFERTA con la consiguiente pérdida de la
Garantía de Mantenimiento de Oferta como lo establece el Artículo 11.1
de este PLIEGO.
El cumplimiento a satisfacción de ENARSA de lo establecido en los puntos a) y
b) del presente Artículo, permitirá declarar válidas las OFERTAS para proceder
a la apertura de sus respectivos Sobres “B”.
Dicha circunstancia así como la fecha de apertura de los Sobres “B” de las
OFERTAS válidas, serán comunicadas en forma fehaciente por ENARSA a sus
respectivos OFERENTES.
La apertura de los Sobres “B” se realizará cinco (5) DÍAS posteriores a la fecha
establecida en el Artículo 7.5, a las 14:00 horas (hora argentina).
Artículo 15 - Selección
Habiendo dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 14 precedente,
ENARSA procederá al estudio y análisis de las OFERTAS válidas presentadas
por los OFERENTES y seleccionará, a su solo juicio, para cada ÁREA
concursada, la OFERTA que considere más conveniente.
Artículo 16 – Adjudicación
Conforme a lo establecido en el Anexo 3, la información sobre la OFERTA
seleccionada para cada ÁREA concursada según lo establecido en el Artículo
15 precedente, será elevada al Directorio de ENARSA para su consideración,
evaluación y adopción de la correspondiente decisión final.
La decisión final del Directorio de ENARSA sobre la OFERTA que resulte
ADJUDICATARIA del concurso para cada ÁREA, será definitiva e inapelable.
Esta definición se adoptará dentro de los veintiún (21) DÍAS después de
concluida, la evaluación por parte de ENARSA, de los correspondientes
Sobres ”B”. Ningún OFERENTE podrá resultar ADJUDICATARIO de más de
dos (2) ÁREAS, considerándose el orden de preferencia dado en su PLAN DE
TRABAJO, conforme al Artículo 9.1.
Dentro de los siete (7) DÍAS siguientes a la fecha aprobación por parte del
Directorio de ENARSA de la OFERTA que resulte ADJUDICATARIA para cada
ÁREA, ENARSA procederá a comunicar dicha aprobación de manera
fehaciente al respectivo ADJUDICATARIO.
ENARSA a su solo juicio, podrá proceder al rechazo parcial o total de las
OFERTAS recibidas, no teniendo por tanto la obligación de adjudicar la
presente CONCURSO.
Artículo 17 - Impedimento de suscripción del CONTRATO
En caso que el Directorio de ENARSA aprobara la OFERTA seleccionada
realizada según lo establecido en el Artículo 16 y no obstante ello se generara
alguna situación que por su carácter impidiera la formalización del
CONTRATO, el Directorio de ENARSA podrá, a su solo juicio, proceder a dejar
sin efecto la adjudicación y seleccionar un nuevo ADJUDICATARIO entre las
restantes OFERTAS válidas en orden a mérito y conveniencia, sin que ello
genere derecho alguno para los OFERENTES.
Artículo 18 – Ausencia de OFERENTES – OFERTAS inconvenientes
En caso que en este CONCURSO no se presentaren OFERENTES, o bien que
no se recibiesen OFERTAS convenientes por considerarse que las mismas no
satisfacen los objetivos e intereses exploratorios procurados por ENARSA, para
las ÁREAS concursadas, ésta podrá dejar sin efecto el presente CONCURSO y
quedará en total libertad de adoptar aquellas decisiones que más convengan a
sus intereses.
El ejercicio de dicha facultad no dará derecho alguno a los OFERENTES para
reclamar indemnizaciones, compensaciones o resarcimientos de ninguna
naturaleza.
Artículo 19 – Suscripción del CONTRATO
Dentro de los treinta (30) DÍAS siguientes a la comunicación de adjudicación
por parte del Directorio de ENARSA de acuerdo con el Artículo 16 precedente,
el ADJUDICATARIO firmará el CONTRATO correspondiente para el ÁREA
adjudicada.
Previo a lo establecido en el párrafo anterior, las personas físicas y jurídicas
integrantes del ADJUDICATARIO, en el caso de ser extranjeras, deberán
acreditar el cumplimiento del artículo 118 y siguientes de la Ley N° 19.550.
Previo a este acto, el ADJUDICATARIO deberá haber constituido a
satisfacción de ENARSA la Garantía de Cumplimiento del CONTRATO prevista
en los Artículos 11.2 al 11.4.
El incumplimiento de los requisitos exigidos en el presente Artículo en los
plazos respectivamente establecidos y con las formalidades previstas en este
PLIEGO, será causal automática de la anulación de la adjudicación realizada.
El modelo básico de CONTRATO a suscribir entre la ENARSA y el
ADJUDICATARIO forma parte del presente PLIEGO como ANEXO 8 del
mismo.
Artículo 20 – Ejecución de garantía de Mantenimiento de la OFERTA
La ejecución de la Garantía de Mantenimiento de la OFERTA debidamente
constituida a favor de ENARSA según lo requerido por el Artículo 11.1, se
concretará en cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Si el OFERENTE retirase la OFERTA antes del vencimiento del período de
Mantenimiento de OFERTA o no diere cumplimiento al Artículo 14 b);
b) Si el ADJUDICATARIO no constituyera en tiempo y forma la Garantía de
Cumplimiento del CONTRATO;
c) Si el ADJUDICATARIO no se aviniera a suscribir el CONTRATO según lo
estipulado en el Artículo 19.
CONCURSO PÚBLICO NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA EXPLORACIÓN
Y EXPLOTACIÓN DE ÁREAS COSTA AFUERA (Ronda 01)
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