codigo de etica colegio antonio caso

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CÓDIGO DE ETICA INSTITUCIONAL

COLEGIO ANTONIO CASOSECUNDARIA Y PREPARATORIA

CONTENIDO1. Justificación.2. Objetivo.3. Ámbito de Aplicación.4. Principios Básicos de Comportamiento. 4.1. Legalidad. 4.2. Integridad Ética. 4.3. Derechos Humanos.5. Ambiente Laboral. 5.1. Inclusión Laboral. 5.2. Equidad de Genero. 5.3. Seguridad Social. 5.4. Vida Integral.

CONTENIDO6. Responsabilidad Social. 6.1. Promoción de una Vida Digna. 6.2. Protección del Medio Ambiente. 6.3. Luchadores por la Paz.7. Interpretación y Cumplimiento.

1. JUSTIFICACIÓN

La propuesta de valor de valor de nuestra institución se centra en proporcionar una educación basada en la formación de valores, por lo que todo el personal que colabora en el Colegio debe vivir y promover los valores que buscamos detonar en los alumnos para convertirlos en personas de virtuosas, transmisores de los principios éticos fundamentales.

2. OBJETIVO:

Establecer los principios básicos a los que debe apegarse el comportamiento de quienes forman parte del Colegio Antonio Caso, personal administrativo, docentes y alumnos; así como de las entidades físicas y morales relacionadas con este: proveedores, clientes, acreedores, etc.

3. AMBITO DE APLICACIÓN

Este Código de Ética es de observación obligatoria para:a) El Personal que Colabora con el Colegio: Docentes,

Alumnos, Personal Directivo y de Apoyo.b) Padres de Familia.c) Las entidades, no importando su personalidad

jurídica, que tienes relación directa o indirecta con el Colegio.

4. PRINCIPIOS BASICOS DE COMPORTAMIENTO.

4.1. LEGALIDAD

a) Toda actividad desarrollada por el Colegio o el personal que forma parte de él, deberá hacerse dentro de los términos impuestos por la ley o leyes correspondientes.

b) El personal debe ser reflejo de legalidad por lo que no son admisibles, ni se solaparan las infracciones a la ley en que ellos incurran.

4.2. INTEGRIDAD ETICA

a) Todas las actividades del Colegio Antonio Caso y de su personal deberán llevarse a cabo integra, honorable, respetuosa y responsablemente.b) El valor de la honestidad es el sustento de la propuesta de valor de nuestra institución por lo que actuar de manera contraria a este principio se considera una falta grave.

4.3. DERECHOS HUMANOS

a) Todas las actividades que realiza el Colegio Antonio Caso o las que sus colaboradores llevaran en nombre de este deben estar encaminadas a dignificar al ser humano y bajo ningún motivo serán aceptables practicas mezquinas como la humillación, el maltrato físico y emocional, la indiscriminación o la desigualdad ya que violan las garantias individuales del ser humano.

5. AMBIENTE LABORAL.

5.1. INCLUSIÓN LABORAL

a) Dentro de los procesos de admisión del colegio Antonio Caso no existe ningún impedimento para que personas con algún tipo de discapacidad formen parte de su planilla laboral, no obstante si la persona manifestara problemas de salud relevantes quedara excluida del proceso de admisión.

5.2. EQUIDAD DE GENERO

a) Toda persona sin importar su genero, preferencia sexual, religión o Ideología tiene las mismas oportunidades de desarrollo dentro de la institución siempre y cuando estas no atenten contra la meta de un aeducación con formación de valores.

5.3. SEGURIDAD SOCIAL.

a) Todas las actividades del Colegio deben realizarse de manera que se garantice la integridad tanto física como mental de sus colaboradores.

b) Todo colaborador del Colegio tiene derecho a las prestaciones que marca la ley en materia de seguridad y salud laboral, con el objeto de proporcionarle una vida digna.

5.4. VIDA INTEGRAL

a) Todos los colaboradores del colegio tienen derecho a disfrutar de una vida equilibrada donde el trabajo y la vida personal estén balanceadas para permitir el desarrollo integral de la persona.

b) El Colegio es respetuoso, en todo momento, de los tiempos que el colaborador destina a su libre esparcimiento por lo que todo tema de índole laboral deberá ser tratado dentro del horario de trabajo del colaborador.

6. RESPONSABILIDAD SOCIAL.

6.1. PROMOCIÓN DE UNA VIDA DIGNA.

a) Todo colaborador del Colegio debe pugnar porque cada persona reciba una vida digna y es su responsabilidad fomentar este principio entre los alumnos a través de actividades de amplio impacto en el tejido social.

b) El Colaborador debe predicar con el ejemplo su preocupación porque las personas en situaciones de vulnerabilidad sean tratadas digna y humanamente.

6.2. PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE

a) Todas las actividades desarrolladas por el Colegio Antonio Caso deben ser planeadas y ejecutadas considerando el impacto directo e indirecto que tendrán sobre el entorno.

b) La racionalización de los recursos naturales es una practica empresarial de observación obligatoria por todas las partes relacionadas.

c) La protección y cuidado de los animales son un reflejo de la dignificación del ser humano.

6.3. LUCHADORES POR LA PAZ

a) Es responsabilidad de los Colaboradores fomentar el ambiente propicio para promover la tolerancia, el respeto y la concordia.

b) Las practica de hostigamiento, acoso y violencia son actitudes reprobables por la institución.

c) La paz es un estado social que es alcanzable cuando vivimos en un ambiente de concordia y el dialogo es la vía de la negociación.

7. INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO.

7.1. CUMPLIMIENTO

a) El presente código es de observación obligada para todos los colaboradores del Colegio Antonio Caso.

b) Si algún colaborador llegara a saber de alguna situación que incumpla con este código, debe notificar al comité de ética y valores.

c) Todo colaborador que sea acusado sera considerado inocente hasta que después de un periodo probatorio sea encontrado culpable y acreedor a la sanción correspondiente.

7.1. CUMPLIMIENTO

d) Ningún Colaborador podrá tener una relación mas allá de lo académico con cualquiera de los alumnos ya que estas situaciones pueden desencadenar conflictos de interés.e) Todo conflicto de interés que llegara a presentarse deberá resolverse a través del dialogo para encontrar una solución aceptable.

7.1. CUMPLIMIENTO

f) La vulneración del presente código representa una falta de índole laboral por lo que será sancionada con base en las leyes laborales vigentes.g) Las faltas que por su gravedad pudieran comprometer la imagen y/o la integridad de la Institución deberán sancionarse con el cese del colaborador y la reparación de daños.

7.2. VIGILANCIA

a) El órgano encargado de velar por el cumplimiento de este código es el Comité de Ética y Valores de la Institución y se encuentra facultado para dictaminar la gravedad de la falta así como la sanción correspondiente.

b) Cuando la falta viniera de un alumno este será juzgado por el Comité de Honor y Disciplina, el cual estara formado por alumnos del plantel y su fallo sera revisado por un representante del Comité de Etica y Valores quien dará el fallo final.

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