caso andahuasi

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Caso: 2570-2010.

Sumilla: Variación y Reexamen de

Incautación.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL DE HUAURA:

DIANA CONSUELO TELLO ZAMBRANO, identificada con DNI

Nº. 41908974, representante legal de la empresa INVERSIONES DIANA E.I.R.L CON

RUC. Nº.20489312515, en la investigación que se sigue con GRUPO WONS con la

empresa AGRARIA AZUCARERA ANDAHUASI S.A.A, a Ud., atentamente digo:

Que, por convenir a los derechos de mi representada y al amparo de lo

que establece el inciso b) del artículo 319 del Código Procesal Penal, solicito la

variación y reexamen de la incautación de 400 bolsas de azúcar que mi representada

adquiriera de buena fe de la EMPRESA AGRARIA AZUCARERA ANDAHUASI

S.A.A, conforme a los siguientes hechos que paso a exponer:

Primero.- Que mí representada de buena fe adquirió de la empresa AGRARIA

AZUCARERA ANDAHUASI S.A.A el equivalente de 400 bolsas de azúcar rubia x 50

kilos cada uno respectivamente.

Que dicho producto de mi representada que estaba siendo transportado por el

vehículo de Placa XG-9812, de marca Volvo, fuera intervenido e incautado por el

SO2. PNP Víctor Diego Huzco y el SO3 PNP Moisés David Sánchez Vilchez el día

24 de Octubre del presente año a bordo de la unidad móvil PL 7230 de la carretera de

penetración a Oyon, el cual dicho vehículo transportaba 430 sacos de azúcar rubia x

50 kg; de las cuales 400 sacos son de la empresa a la cual represento conforme a la

factura de compra Nº.000308, Detracción y Guía de Remisión Nº.000312 a nombre de

mi empresa el cual lo ha adquirido legalmente.

Segundo.- Mi representada desconocía en todo momento de la problemática que

tenia la empresa AGRARIA AZUCARERA ANDAHUASI S.A.A. con terceras personas,

hecho que no me incumbe a mi representada ya que la empresa a la cual represento

adquirió las 400 bolsas de azúcar el día 19 de octubre del presente año conforme es

de verse de la fecha de emisión de la factura Nº.000308.

Tercero.- En consecuencia mi representada tiene toda la documentación en regla del

producto adquirido de la EMPRESA AGRARIA AZUCARERA ANDAHUASI S.A.A,

conforme es de verse de mi escrito de devolución de mercadería con fecha 25 de

octubre del año en curso.

Cuarto.- Por lo que a Ud., señor Juez solicito se realice el reexamen de la medida

de incautación, a fin de que se levante y se me entreguen los bienes de propiedad de

la empresa a la cual represento.

PRIMER OTROSI DIGO: Que solicito así mismo que se designe como depositaria a

DIANA CONSUELO TELLO ZAMBRANO, identificada con DNI Nº. 41908974, de las

400 bolsas de azúcar rubia x 50 kilos cada uno, que mi representada adquiriera con

fecha 19 de octubre del presente año de la empresa AGRARIA AZUCARERA

ANDAHUASI SA.A.

Por lo expuesto a Ud., señor Juez, tener presente lo expuesto.

HUAURA, 29 de Octubre del 2010.

Documento que adjunto:

1.- Copia del DNI.

2.- Certificado de Vigencia de Poder.

3.- Copia simple de la factura Nº.000308 y numero de Guía Nº.000312.

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