carta de deberes y derechos de los usuarios[1]

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PROCESO 2008-2010

CARTA DE DEBERES Y DERECHOS DE LOS USUARIOS CESFAM Nº1

ANTECEDENTES

• El Centro de Salud N°1 en conjunto con representantes de la Comunidad, han trabajado desde el año 2008 en la elaboración de la Carta de derechos y deberes de los usuarios

• Esto fue el producto de un proceso participativo a través de reuniones sistemáticas del Comité de Oirs, Consejo de Desarrollo Local, Jornadas comunitarias de “Salud Contigo” y representantes de los funcionarios.

OBJETIVOS• Objetivo general: contar con un acuerdo conjunto

que regule la relación entre el CESFAM y nuestros usuarios, en pro de mejorar la calidad en la atención.

• Reconocer por parte del Centro de Salud los derechos y deberes fundamentales de las personas, y comprometerse a resguardarlos y cumplirlos durante todo proceso de atención.

• Manifestar un compromiso explícito por parte de la comunidad, de cumplir los de deberes en salud

DERECHOS

• Derecho a un trato digno y respetuoso en todo momento y en cualquier circunstancia.

• Es decir:– Recibir un trato acogedor e igualitario sin discriminación, no

importando la nacionalidad, descendencia, nivel socioeconómico, sexo, edad, orientación sexual e ideología.

– Tener un lenguaje adecuado y comprensible por los usuarios, durante toda la atención.

– Que las personas sean tratadas y llamadas por su nombre.– Proteger la privacidad de los usuarios en cada una de las prestaciones

de salud.– Informar a los usuarios sobre la participación de alumnos y solicitar su

autorización a través de un consentimiento informado.

• Derecho a tener compañía y Asistencia espiritual:

• Es decir:

– Derecho a que se le facilite al paciente la compañía de familiares y amigos cercanos durante la atención, con el consentimiento del usuario y según la infraestructura, siempre y cuando no vulnere la atención.

– Recibir información sobre los grupos de apoyo que funcionan en el Centro de Salud, con el fin de recibir consejería espiritual si así lo desea.

– Los prestadores institucionales deben respetar las practicas de salud de las personas pertenecientes a Pueblos Originarios y facilitar su ejercicio en el Centro de Salud, manteniendo normas y reglas establecidas.

• Derecho a la información:

– Derecho a recibir información suficiente, oportuna, veraz y comprensible, en forma visual, verbal o por escrito, respecto a:

• Procedimientos de acceso.• Prestaciones disponibles, como acceder y valores, si corresponde.• Situación previsional requerida, documentos solicitados y trámites a seguir para

obtener la atención de salud

– Toda persona tiene derecho a saber quien lo está atendiendo,

– Los usuarios tienen derecho a ser informados de su estado de salud, posible diagnostico, alternativas de tratamiento, beneficios y efectos secundarios, junto con los riesgos que ello pueda representar

– Recibir información a cerca de instancias y formas de efectuar solicitudes ciudadanas.

– El prestador de salud debe colocar y mantener en lugar público visible la carta de derechos y deberes de los usuarios en salud.

• Derecho a la reserva de información contenida en la ficha clínica:

• La ficha clínica permanecerá en poder del prestador, debiendo este asegurar la reserva de su contenido y solo puede ser entregada la información en los siguientes casos:

– Al titular de la ficha clínica– A los representantes legales, apoderado o tercero autorizado.– A los Tribunales de justicia previa autorización del Juez que

corresponda– Al Ministerio de Salud, en que los datos sean necesarios para

fines estadísticos e investigativos, de fiscalización, resguardando la identidad de la persona

• Derecho a la decisión informada Derecho a la decisión informada :

• Toda persona tiene derecho a otorgar o denegar su voluntad para someterse a cualquier procedimiento, o tratamiento vinculado a su atención de salud.

• Debe existir un documento que clarifique el carácter de la prestación, por lo tanto el usuario pueda tener un consentimiento informado.

DEBERES DE LOS USUARIOS

• Los usuarios de nuestro CESFAM deberán:

– Informarse y respetar las normas que rigen el funcionamiento del Centro de Salud en cuanto a horarios, modalidades de atención, procedimientos de acceso, consulta y solicitudes.

– Tratar respetuosamente a los integrantes del Equipo de Salud.

– Cuidar las instalaciones y equipamiento del Centro de Salud, como si fuera propio.

– Entregar toda información y antecedentes requeridos, de forma oportuna, veraz y fidedigna, tanto en los procesos administrativos como clínicos.

– Respetar y seguir el tratamiento indicado. Colaborar en todo momento con los prestadores, teniendo siempre presente que la salud es una responsabilidad compartida que parte del autocuidado.

El respeto es la base del entendimiento entre los seres humanos; tenemos que aprender a respetar para que los demás nos respeten.

Muchas gracias

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