boletin seguridad social 22
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Esta es una publicación del Instituto Sindical de Cooperación al Desarrollo ISCOD - Perú, a través
de su proyecto Salud Laboral y Protección Social para Trabajadores y Trabajadoras, con el apoyo
de la Junta de Comunidades Autónomas Castilla La Mancha.
Comentarios y sugerencias: Jr. Lloque Yupanqui 1399, Jesús María - Lima - Perú (511) 472-6418
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Situación y perspectivas de la seguridad y salud laboral
Boletín Virtual N° 22
Accidentes laborales en aumento
y la necesidad de
medidas de prevención
Accidentes laborales en aumento
y la necesidad de
medidas de prevención
Seguridad Social virtual
Según estimaciones de la OIT se producen anualmente 270 millones de accidentes de trabajo en el mundo (205 x segundo). 5 000 accidentes o enfermedades mortales en el trabajo por día, lo equivale a un total de entre 2 y 2,3 millones de muertes en el mundo.
En el caso peruano la situación para nosotros, los trabajadores, es muy preocupante. Se sabe que tenemos una tasa de 18,9 accidentes mortales por cada mil, superior a la experimentada
por Brasil, Colombia, Venezuela y Panamá en la región, y por encima de la India y China en Asia.
En el Perú son varios los factores que posibilitan y explican está situación. Entre los motivos más estructurales mencionamos: la carencia de una política pública de seguridad y salud laboral, la evasión de la responsabilidad empresarial y la poca eficiencia del Estado en advertirla y sancionarla; así como la
Comisión de Salud Laboral y Medio Ambiente - CUT
Situación y Perspectivas
de la Seguridad y Salud LaboralLas causas y soluciones a los altos índices de accidentes y enfermedades laborales desde una perspectiva sindical
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existencia de una estructura del mercado laboral dispersa, flexible y con un sesgo marcadamente anti trabajador: contratos temporales, Subcontratos, services, jornadas de trabajo extensas, actividades laborales de alta vulnerabilidad como las micro empresas, autoempleo trabajadoras de la agro exportación, etc.
A ello debemos agregar una limitada cobertura del actual sistema de aseguramiento de los riesgos del trabajo: aproximadamente 6,4% de la PEA. No se trata de un seguro de “riesgos laborales” sino de “trabajo de riesgo”. Solo se incluye a ciertos tipos de actividades que son consideradas riesgosas, dejando afuera a un 58% de los accidentes laborales que se producen en actividades inafectas al seguro.
Tampoco existe una ley de prevención de riesgos laborales, la normativa vigente -el DS N° 009-2005-TR, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo- es de carácter menor, es decir reglamentaria, y se encuentra dispersa por sectores de actividad productiva, careciendo de un enfoque común en r e l ac ión a t emas importantes como los aspectos de organización.
Un ejemplo, es el caso de los comités de seguridad y salud en el trabajo, el sector industr ial adopta otra
d e n o m i n a c i ó n : c o m i t é s d e seguridad e higiene en el trabajo. Este tipo de organizaciones de tan vital importancia no tiene un respaldo normativo en otros sectores laborales como el público o el de los trabajadores autónomos.
Así pues, en la CUT consideramos que si bien el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo constituye un avance, no ha sido éste lo suficientemente significativo para armonizar la normativa existente y brindar una base común para el conjunto de las actividades productivas y de servicios en el país, sobre todo en el sector de la denominada economía informal.
Por ello desde la CUT se busca una reforma integral de la seguridad s o c i a l , q u e a s e g u r e l a universalización de la cobertura del aseguramiento de los riesgos del trabajo, incluyendo a todos los trabajadores del sector público (régimen CAS y SERVIS que
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prestan servicios al Estado) y privado, independientemente de la actividad productiva o de servicios que desempeñe.
A su vez, y de forma concertada a la par que se impulsa esta reforma, se busca alcanzar mejoras bajo el ordenamiento existente. La CUT a través de la Comisión de Salud Laboral y Medio Ambiente, está constituyendo los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo a nivel regional y por sectores, a fin de contribuir a la promoción de mejores condiciones laborales en nuestras bases sindicales.
Para ello se elegirá a los Delegados prevencionistas que formarán parte de la Comisión de Salud Laboral y Medio Ambiente e impulsarán la
constitución de los Comités. Ello va de la mano con la consolidación de nuestras propias organizaciones sindicales, que deben promover de entre sus miembros a los mejor capacitados para formar parte de estos comités paritarios ante las empresas o el Estado o incluso frente a la propia comunidad dependiendo del sector en el que se desempeñen.
Somos los propios trabajadores y nuestras organizaciones los que podemos identificar los problemas y las soluciones más apropiadas a los problemas de seguridad y salud. Solo con sindicatos bien organizados y preocupados por su entorno laboral y social se podrá tener un ambiente de trabajo seguro.
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Tomado de Andina
En solo 12 meses, 700 obreros de c o n s t r u c c i ó n c i v i l s u f r i e r o n accidentes por la falta de condiciones de seguridad.
Domingo Cabrera, Secretar io nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP, indicó que estos accidentes también ocurren con mucha frecuencia en sectores como la minería, que r e g i s t r a a l r e d e d o r d e 6 0 0 trabajadores afectados en el plazo señalado.
Del total de accidentes de trabajo atendidos en 2009, el 73% de
trabajadores no se encontraba afiliado al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
Cabrera señaló que los accidentes de trabajo han aumentado en los ú l t i m o s a ñ o s , s e g ú n l a s estadísticas del Sistema de Accidentes de Trabajo de EsSalud. Refirió que, por ejemplo, en 2009 se atendieron 19 mil 148 accidentes de trabajo, mientras que en 2008 se atendieron 17 mil 677 accidentes.
Del total de accidentes de trabajo
atendidos en 2009, el 73% de
trabajadores no se encontraba
afiliado al Seguro Complementario
de Trabajo de Riesgo.
700 obreros de construcción civil sufrieron accidentes laborales
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De acuerdo a la naturaleza de la
lesión, el 12% fueron heridas en los
dedos de la mano, el 3% fueron
contusiones en la rodilla y el 2 %
heridas en la muñeca y en la mano.
Según la forma del accidente, el 12%
obedecieron a golpes de objetos y el
10% respondieron a caídas.
Por lo general, los trabajadores que
sufren un accidente no reciben
ningún resarcimiento de sus
empleadores, sobre todo los del
sector de construcción civil, como
ocurrió, por ejemplo, con los obreros
sepultados por un derrumbe cuando
construían una galería en el emporio
comercial de Gamarra. Han pasado
varios años de aquella lamentable
ocurrencia y hasta ahora sus
familiares no reciben ayuda alguna.
Y así hay muchos otros casos
similares con obreros fallecidos o
que han quedado con invalidez
permanente", expresó Cabrera.
"Norma general. Cabrera sostuvo
que si bien existe actualmente un
Reglamento de Seguridad y Salud
en el Trabajo –aprobado el 29 de
setiembre de 2005-, no existe una
norma de carácter general que
alcance a todas las actividades
económicas y que incluya tanto al
sector privado como al público.
Ante esta situación, subrayó, el
proyecto de Ley de Seguridad y
Salud en el Trabajo busca
p romover una cu l t u ra de
prevención de riesgos laborales
en el país y propone políticas
públicas mediante el diálogo social
para la promoción, difusión y
cumplimiento de esta y otras
normas sobre la materia.
Asimismo, el proyecto tiene por
f ina l idad adoptar medidas
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destinadas a lograr condiciones de
trabajo seguro y saludable para
todos los trabajadores, así como el
a s e g u r a m i e n t o u n i v e r s a l y
progresivo de todos los riesgos en el
trabajo.
Consejos nacional. Explicó que el
proyecto de ley crea el Consejo
Nacional de Seguridad y Salud en el
T r a b a j o , p r e s i d i d o p o r u n
representante del Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo, e
integrado por un representante del
Ministerio de Salud; uno del Centro
Nacional de Salud Ocupacional y
Protección del Medioambiente para
la Salud (Censopas); y uno de
EsSalud.
También la conforman cuatro de los
gremios de empleadores a propuesta
d e l a C o n f i e p ; y c u a t r o
representantes de las Centrales
Sindicales a propuesta de la CGTP,
CUT, CTP Y CATP.
A nivel regional se crean los
C o n s e j o s R e g i o n a l e s d e
Seguridad y Salud en el Trabajo,
como instancias de concertación
reg iona l en es ta mater ia ,
presididos por un representante de
la Dirección Regional de Trabajo y
Promoción del Empleo.
Plazo para reclamación por
accidente
Cabrera destacó que un tema
importante en este proyecto de Ley
es el referido al plazo para
reclamar las indemnizaciones a los
empleadores como consecuencia
de un accidente de trabajo o
enfermedades ocupaciones, el
cual vence a los 15 años, contados
desde la fecha de término de la
relación laboral.
E l p royec to con temp la la
investigación –a cargo del
empleador con la Autor idad
Administrativa de Trabajo- de los
accidentes de trabajo mortales, las
enfermedades ocupacionales e
incidentes peligrosos, de acuerdo
con l a g ravedad de l daño
ocasionado o riesgo potencial.
S a n c i o n e s . E n e l á m b i t o
sancionador, el proyecto establece
que quien infrinja esta norma y no
adopte las medidas preventivas
necesarias para evitar que los
trabajadores corran riesgo, será
sancionado con una pena privativa
de la libertad no menor de cinco ni
mayor de diez años.
El representante de la CGTP
expresó que se espera que este
proyecto, que cuenta con
dictamen de la Comisión de
Trabajo del Parlamento, sea visto
antes que concluya la actual
legislatura, el 15 de julio.
“La aprobación de esta norma por
el Congreso contribuirá a reducir la
i n c i d e n c i a d e a c c i d e n t e s
laborales, sobre todo en el ámbito
de la construcción, porque las
empresas y el propio Estado
estarán obligados a garantizar las
cond ic iones de segur idad
necesarias y, en caso que ocurra
un accidente, brindar la atención
que permita la recuperación o un
resarcimiento al trabajador
afectado”, manifestó Cabrera.
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