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Basilea III, Solvencia II y
las Compañías de Seguros
XVIII Simposio Anual del CIIFMadrid, junio 2011
Prof. Jorge Soley
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Solvencia IIEn diciembre de 2009 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva de Solvencia II, tras ser ratificada por el Parlamento y el Consejo Europeo.
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Pilar 1: Requerimientos cuantitativos
1. Cálculos armonizados de provisiones técnicas.
2. Aproximación prudente a inversiones en vez de las actuales restricciones cuantitativas.
3. Dos requerimientos de capital:
• “Solvency Capital Requirement” (SCR)
• “Minimum Capital Requirement” (MCR)
Pilar 3:Información pública y al supervisor
1. Herramientas de reporte europeas comunes.
2. Información pública financiera y reporte de solvencia.
(Pre-borrador)
Pilar 2: Requerimientos cualitativos y supervisión.
1. Gobierno mejorado, control interno, gestión de riesgos y autoevaluación.
2. Fuerte revisión de la supervisión, criterios armonizados de supervisión y práctica.
(Borrador avanzado)
PILARES
Fuente: UNESPA
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Adaptación de la industria y los supervisores
Aprobación del
Reglamento de Solvencia II
Periodo desde inicio a
publicación de resultados del
QIS5
Discusiones sobre las medidas de
implementación de Nivel 2
Calendario de Solvencia II
Entrada en vigor de Solvencia II
Sept- 2010 Mar- 2011 Ene- 2012
Probable QIS6 para testar
calibraciones
Abr- 2012 Ene- 2013
Fuente: Elaboración propia
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Política Prudencial en el Seguro
Filosofía:–Adecuación del capital de las compañías de seguros y reaseguro, al riesgo asumido (similar a las normas de Basilea III en el sector bancario).–Solvencia II fija los requerimientos de capital de las entidades aseguradoras (modelos standard o internos) –Supervisión cualitativa, mejora de la información pública y una más estrecha relación con el supervisor
El concepto de riesgo en el seguro incluye: Riesgo de suscripción Riesgo de mercado Riesgo de contraparte Riesgo operacional
Estos riesgos deben ser cubiertos por los recursos propios de la entidad.
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Capital Requerido y Capital Disponible en Solvencia II
Conceptos Clave:
–Capital Requerido:Se obtiene del balance económico de la compañía de seguros que tiene en cuenta el valor de mercado tanto de sus activos como de sus pasivos (Mark-to-Market) –Capital Disponible:Con anterioridad a Solvencia II el Capital Disponible se calculaba en base al valor de mercado, tanto de sus activos como de sus pasivos bajo la misma curva de tipos de interés (Matching). Con Solvencia II el activo se calcula a partir de la curva de mercado y el pasivo según la curva de tipo de interés sin riesgo.El Capital Disponible siempre debe ser superior al requerido.
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Conceptos a tener en cuenta en el cálculo del Capital Requerido (SCR)
SCR
Ajuste BSCR Operacional
Mercado IntangiblesSalud No VidaVidaImpago
Acciones
Salud SLT Mortalidad Primas y Reservas
Mortalidad
Iliquidez
Spread
Inmuebles
Concentración
Tipo de Cambio
Tipo de Interés
Revisión
Gastos
Caída
Invalidez Morbilidad
Longevidad
Catastrófico Salud no SLT
Primas y Reservas
Caída
Catastrófico
Revisión
Gastos
Caída
Invalidez Morbilidad
Longevidad
Catastrófico
Caída
Fuente: Especificaciones Técnicas del QIS5 (EIOPA)
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QIS 5
Incremento del diferencial de tipos de
interés
Activo Pasivo
Solvencia I
Balance Contable
Activo Pasivo
Solvencia II
Balance Económico
GAP de
Pasivo
• Se produce un GAP por la mayor valoración de los pasivos (tipos de interés sin riesgo / bono alemán) respecto a la valoración de los activos (tipos de interés de mercado).
Capital Requerido y Capital Disponible
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Modelos Standard e Internos de Cálculo de Capital Requerido (SCR)
Modelo Standard:Se calcula el Capital Requerido en función de los parámetros facilitados por la Comisión Europea.
Modelo Interno:Basado en los parámetros de la experiencia de cada entidad. Debe ser aprobado por el supervisor nacional.
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Desarrollo de modelos internos: la alternativa a la fórmula estándar
•Modificación de los actuales cálculos de provisiones•Calidad de los datos de los modelos•Tests de uso, para comprobar que la actividad diaria y la toma de decisiones corresponde a los “Modelos de Riesgo” de Solvencia II.•Medición de los parámetros de riesgo en los correspondientes modelos. •Validación periódica de su funcionamiento•Exigencia de la documentación del modelo
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Riesgo de Suscripción en Vida
El valor en riesgo (Var) cubriría los riesgos técnico-actuariales teniendo en cuenta la desviaciones que podrían producirse en un escenario negativo (longevidad, mortalidad, invalidez-morbilidad y caída de cartera).
La desviación se computa en exceso/defecto sobre la Mejor Estimación (Best Estimate) que tenga la entidad sobre la frecuencia e intensidad del riesgo en cada momento.
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Provisiones TécnicasEl valor de las provisiones técnicas será igual a la suma de la “mejor estimación” y de su “margen de riesgo”:
La “mejor estimación” se debe corresponder con la media de los flujos de caja futuros ponderada por su probabilidad, teniendo en cuenta el valor temporal del dinero (Valor actual esperado de los flujos de cajas futuros) mediante la aplicación de la pertinente estructura temporal de tipo de interés sin riesgo.
El “margen de riesgo” sería tal que se garantice que el valor de las provisiones técnicas sea equivalente al importe que las empresas de seguros y de reaseguros previsiblemente necesitarían para asumir y cumplir las obligaciones de seguro y reaseguro.
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Impacto en la gestión de las entidades de seguros
Esta nueva normativa prudencial propicia:
Un cambio cultural que requiere una permeabilización al conjunto de la entidad, no sólo a los ámbitos financieros.
Una gestión integral del riesgo Un aumento de la transparencia y la información
que exigirá una mayor gobernanza en las entidades
Un refuerzo de los mecanismos de tutela de los tomadores y beneficiarios del seguro
Una relación más estrecha con el supervisor
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Impacto en la estrategia de las entidades de seguros
Exigencia de una mayor solvencia de las compañíasaseguradoras y reaseguradoras
Cambio de la visión del negocio: se complementa“la contribución del producto al resultado” con su“consumo de capital” (RORAC)
Impacto en las políticas comerciales y dedistribución (afectan a los ramos a comercializar ya la intensidad en su distribución)
28Fuente: VidaCaixa
POSIBLES SOLUCIONES
Reducir las fuentes de volatilidad:
Valorar los productos de renta fija a su coste amortizado (coste de adquisición + spread).
No considerar el riesgo de spread, sino únicamente el riesgo de default (crédito).
El sector asegurador tiene la función de gestionar riesgos a nivel agregado. En general, asume riesgos individuales para gestionarlos de forma global entre el conjunto de sujetos expuestos, de manera prudente y eficiente.
Así, la función del sector asegurador de Vida Ahorro es gestionar de forma eficiente el riesgo de tipo de interés y crédito a largo plazo.
De esta forma, puede ofrecer a sus clientes una forma de ahorro competitiva y a largo plazo, que contribuya a una mejor planificación de su jubilación.
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Conceptos:
• Participaciones significativas en entidades financieras no consolidables: corresponden a inversiones entre el 10% y el 50% del capital de la participada.
• Participaciones significativas en entidades aseguradoras: corresponden a inversiones superiores al 10% del capital de la participada. Cabe destacar que las entidades aseguradoras no consolidan a efectos de solvencia (balance consolidado reservado).
Tratamiento de las participaciones bancarias en entidades de seguros
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Consumos de RR.PP:
1. Se debe deducir de Core Capital el exceso del importe agregado de las participaciones significativas en entidades financieras no consolidables y en entidades aseguradoras sobre el 10% del Core Capital de la entidad participante, una vez aplicadas el resto de deducciones contra Core Capital (activos inmateriales, déficit de provisiones respecto a pérdidas esperadas, etc.)
2. La parte no deducida de inversiones significativas en entidades financieras no consolidables, en entidades aseguradoras y activos fiscales diferidos recibirán una ponderación de riesgo del 250% a efectos del cálculo de los APRs (denominador de los ratios de capital).
Tratamiento de las participaciones bancarias en entidades de seguros
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• Recientemente, se ha creado en el ámbito de la Comisión Europea un Grupo de Expertos para trabajar en el tratamiento de los productos de ahorro a largo plazo.
• El objetivo es mejorar los criterios de valoración de Solvencia II para evitar efectos no deseados.
• Este Grupo de Expertos se desarrolla con la participación tanto de supervisores como del sector asegurador.
• Este Grupo de Expertos debatirá alternativas que deberán considerarse en el desarrollo de las medidas de implementación, esto es, el futuro Reglamento de Solvencia II.
• Plazos de trabajo ajustados dado el calendario previsto de EIOPA para el conjunto de Solvencia II.
Solvencia II: Situación Actual
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Ratificación de plazos de Solvencia II
• Recientemente, se ha ratificado el 1 de enero de 2013 como fecha de entrada en vigor de Solvencia II.
• Desarrollo legislativo con aspectos importantes todavía en discusión, y plazos de trabajo y tramitación muy ajustados.
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