aspectos jurídicos en la gestión de la innovación tecnológica

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Aspectos jurídicos en la gestión de la innovación tecnológica. Universidad Nacional del Sur Secretaría General de Ciencia y Tecnología Subsecretaría de Vinculación Tecnológica. Abogado Fernando Juarez. Ø Consideraciones generales. ü   Innovación como factor de crecimiento económico. - PowerPoint PPT Presentation

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Aspectos jurídicos en la gestión de la innovación tecnológica

Universidad Nacional del SurSecretaría General de Ciencia y Tecnología

Subsecretaría de Vinculación Tecnológica

Abogado Fernando Juarez

Consideraciones generales.   Innovación como factor de crecimiento económico. Fuente de trabajo. Competitividad de empresas. Crecimiento económico en general.  La creación de la riqueza hoy no depende tanto de la posesión de recursos sino más de la posesión de conocimiento e innovación.  Los sistemas de innovación se componen por las empresas de un sector industrial, las actividades económicas de la región, el marco reglamentario, normativo fiscal y la normativa en propiedad intelectual.

  La preocupación de las empresas por invertir en innovación y la de los estados no es muy lejana en el tiempo.

La gestión de la innovación, en sus múltiples facetas, conlleva la existencia de actores e instrumentos jurídicos específicos que requieren un trato particular.

Diferentes vías que las empresas tienen para innovar.  Desarrollo de tecnología con medios propios.

(ID interno).   Compra de equipamientos y materia prima que

incorporen tecnología innovadora.  Desarrollo tecnológico con otra empresa.

(cooperación tecnológica)   Adquisición de tecnología a un tercero que la ha

desarrollado previamente por su cuenta.(transferencia de tecnología)

  Contratación de un centro de investigación o una universidad para que desarrolle tecnología a medida.(ID por encargo).

Estas ultimas tres modalidades son instrumentos

destinados a permitir la colaboración entre agentes

económicos en el campo de la innovación

tecnológica. Como consecuencia de esta se crea un

cúmulo de relaciones jurídicas.

El papel de la propiedad intelectual en los procesos de innovación.   Incidencia en todas las etapas de la I+D. En la etapa de generación, definición, planificación yejecución tiene un papel importante la vigilancia tecnológica.También será bueno ir definiendo que instituto de propiedadintelectual será el utilizado para proteger los resultados de lainvestigación. 

En la fase de obtención de resultados habrá que comenzarcon todos los tramites necesarios para obtener la protecciónpor medio títulos de propiedad intelectual.

En la etapa de explotación el derecho nos brinda

varias herramientas, como el derecho contractual,

el derecho societario aparte de la propiedad Intelectual.

Esta última será necesaria para consolidar como activos

los títulos de propiedad industrial y para hacer observar

los derechos exclusivos que se otorgan.

  Los derechos de propiedad intelectual.

Conjunto de derechos exclusivos que protegen creaciones intelectuales. Son territoriales y temporarios.

Se clasifican en derechos intelectuales(sentido restringidos) y derechos industriales.

  Derechos industriales.   Patentes de invención(Ley 24.481 y TRIPs).   Modelos de utilidad(Ley 24.481).   Marcas y designaciones(Ley 22.362 y TRIPs). Modelos y diseños industriales (Dec. Ley 6.673/63 y TRIPs).   Derechos de obtentor (Ley 20.427).   Información confidencial (Ley 24.766 y TRIPs).   Indicaciones geográficas (Ley 25.380 y TRIPs).   Integrados(TRIPs).

  Derechos intelectuales.

 

Derechos de autor (ley 11.723 y TRIPs).

Derechos conexos (Ley 11.723 y TRIPs).

Patentes de invención (Ley 24.481 y TRIPs)

Titulo de Derecho Industrial otorgado por el Estado.Derecho a una comercialización exclusiva de un producto oprocedimiento industrial por un lapso de tiempo.Una invención es una solución dada a un problema técnico.  Requisitos de patentabilidad. Requisitos objetivos. Positivos.  Novedad.  Altura inventiva. Aplicación industrial.

Negativos.

Creaciones humanas que no son consideradas

invenciones patentables.

Invenciones excluidas de patentamiento.

Requisitos formales.

Descripción suficiente del invento en la solicitud.

 Modelos de utilidad(Ley 24.481)

Titulo destinado a proteger nuevas formas funcionales

aplicables a objetos conocidos. 

Confieren como los títulos de patentes derechos

exclusivos de explotación

  Elementos caraterizantes

Nueva disposición o forma obtenida

Utilidad técnica.

Funcionalidad.

  Requisitos objetivos Novedad relativa en cuanto a la nueva forma. Carácter industrial.

 

  Requisitos formales

Solicitud de certificado con una descripción de la

mejora funcional, reivindicaciones y dibujos necesarios.

 Modelos y diseños industriales (Dec. Ley 6673/63 y TRIPs)

Consisten en la forma, configuración u ornamento de

un producto que le confiere atractivo visual.

Son las características ornamentales de un producto.

 Requisitos

  Novedad absoluta

  Forma no impuesta por la función

 Vigencia limitada

Marcas y designaciones(Ley 22.362 y TRIPs)

  Consideraciones generales   En el afán de posicionarse mejor en los mercados los comerciantes han encontrado en las marcas una un mecanismo apto para ello. Son signos que distinguen productos y servicios de una persona/empresa, de productos idénticos o similares de otra persona/empresa. 

 El signo que se pretende inscribir como distintivo debe ser perceptible por el sentido vista.

 La marca es un signo distintivo de productos y servicios, por lo que esta debe ser diferente de otras ya registradas o solicitadas

 Se aplica para distinguir productos y servicios similares

Carácter territorial de la protección

Función que cumplen las marcas una vez registradas

  Proteger a los empresarios y comerciantes

  Proteger a los consumidores

 Registración

La propiedad y derecho a exclusión se adquiere en

principio por el registro

 

 Indicaciones geográficas(Ley 25.380 y TRIPs)

Básicamente son marcas utilizadas por un grupo de

productores en relación con mercaderías para indicar su

procedencia.

clasificación

  Indicaciones geográficas calificadas.

  Indicaciones geográficas simples.

  Indicaciones geográficas indirectas de la

procedencia.

  Alcance de la protección legal protección

  Derecho de uso de la indicación de procedencia.   Derecho de uso exclusivo de la denominación de origen para productos agrícolas y alimentarios.   Control y garantía de calidad especificada en la denominación de origen.

  Prohibición de uso de la indicación o denominación para

productos que no provengan de estas áreas geográficas.

  Como designación comercial de productos similares a

los registrados.

 Cualquier practica que pueda inducir a error a los

consumidores sobre el origen y/o cualidades

diferenciadoras del producto que implique competencia

desleal.

Universidad Nacional del Sur – Secretaría General de Ciencia y Tecnología- Subsecretaría de Vinculación Tecnológica

Avda. Colón 80 Tercer Piso-Bahía Blanca

Tel: (0291) 4595000-Int. 1117

E-mail: svt@uns.edu.ar

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