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Apoyo a la gestión de cobro y recaudo de los impuestos del municipio de Villavicencio
MODALIDAD DE GRADO
Practica Social, Empresarial y Solidaria
ESTUDIANTE
Lina María Pedraza Dueñas, ID 306245
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES
PROGRAMA DE CONTADURIA PÚBLICA
VILLAVICENCIO, META
2019
Apoyo a la gestión de cobro y recaudo de los impuestos del municipio de Villavicencio
MODALIDAD DE GRADO
Practica Social, Empresarial y Solidaria
ESTUDIANTE
Lina María Pedraza Dueñas, ID 306245
Informe de trabajo de grado como requisito previo para optar al título de
Contador Público
ASESOR DE LA PRÁCTICA
Janeth Lozano Lozano
Magister en administración de empresas con énfasis en finanzas corporativas
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES
PROGRAMA DE CONTADURIA PÚBLICA
VILLAVICENCIO, META
2019
AUTORIDADES ACADÉMICAS
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIBA
Dra. MARITZA RONDÓN RANGEL
Rectora
Dr. CESAR AUGUSTO PEREZ LONDOÑO
Director Sede Villavicencio
Dra. DORA NAVARRO QUINTERO
Decana Facultad de Ciencias Económicas Administrativas y Contables
Dra. EDNA RUTH AYALA MILLAN
Jefe de programa Facultad de Ciencias Económicas Administrativas y Contables
Dra. JANETH LOZANO LOZANO
Coordinación de Investigaciones Programa Contaduría Pública
Villavicencio, 2019
DECLARACIÓN DE HONESTIDAD
Estudiante
Lina María Pedraza Dueñas, ID 306245
DECLARO QUE:
El presente trabajo de grado titulado “Apoyo a la gestión de cobro y recaudo de los
impuestos del municipio de Villavicencio” ha sido desarrollado en la modalidad de practica
social, empresarial y solidaria, desarrollado en la entidad Alcaldía Municipal de Villavicencio,
donde se ha elaborado respetando derechos intelectuales de terceros, conforme las citas que
constan al interior del documento y la presentación de sus respectivas referencias.
Por tanto, este trabajo es de mi autoría, y en virtud de esta declaración, me responsabilizo
de la información presentada en este documento y declaro que la Facultad de Ciencias económicas,
Administrativas y Contables de la Universidad Cooperativa de Colombia verifica el cumplimiento
de las condiciones mínimas requeridas científicamente y de manejo ético.
TABLA DE CONTENIDO
1. Identificación ........................................................................................................................ 11
1.1 Línea de investigación .................................................................................................... 11
1.2 Grupo de investigación adscrito al programa ................................................................. 11
2. Resumen ................................................................................................................................ 12
Palabras clave ........................................................................................................................ 13
Abstract ..................................................................................................................................... 13
3. Introducción .......................................................................................................................... 15
4. Problema ............................................................................................................................... 17
4.1. Descripción y Planteamiento del Problema ................................................................... 17
4.2. Pregunta Problema ......................................................................................................... 22
4.3. Justificación del problema .............................................................................................. 22
5. Marco Referencial ................................................................................................................. 24
5.1 Marco institucional ......................................................................................................... 24
5.1.1 Misión ......................................................................................................................... 25
5.1.2 Visión.......................................................................................................................... 26
5.1.3 Mapa de Procesos Sistema Integrado de Gestión ....................................................... 26
1.2. Marco teórico ................................................................................................................ 26
1.3. Marco legal.................................................................................................................... 28
Artículo 1.- Administración de los tributos. ............................................................................. 28
Artículo 2.- Deber ciudadano y obligación tributaria. .............................................................. 28
Artículo 3.- Autonomía del Municipio. .................................................................................... 29
Artículo 4.- Objeto y ámbito de aplicación. a. .......................................................................... 29
Artículo 17.- Autorización legal. .............................................................................................. 30
Artículo 18.- Definición del Impuesto Predial. ......................................................................... 30
Artículo 19.- Hecho Generador. ................................................................................................ 30
Artículo 20.- Predio. ................................................................................................................. 30
Artículo 21.- Base Gravable. .................................................................................................... 30
Artículo 28.- Sujeto Activo. ...................................................................................................... 30
Artículo 29.- Sujeto Pasivo. ...................................................................................................... 31
Artículo 22.- Definición de Avalúo Catastral. .......................................................................... 31
Artículo 23.- Definición de mejora. .......................................................................................... 31
Artículo 24.- Reajustes anuales de avalúos para la vigencia respectiva. .................................. 31
Parágrafo. .................................................................................................................................. 31
Artículo 25.- .............................................................................................................................. 32
Parágrafo. .................................................................................................................................. 32
Artículo 26.- Liquidación del impuesto para predios desenglobados. ...................................... 32
Parágrafo. .................................................................................................................................. 34
Artículo 47.- Objeto imponible. ................................................................................................ 35
Artículo 48.- Hecho generador. ................................................................................................ 35
Artículo 49.- Actividad industrial. ............................................................................................ 35
Artículo 50.- Actividad comercial. ........................................................................................... 35
Artículo 51.- Actividad de servicio. .......................................................................................... 35
Artículo 52.- Actividades no sujetas al impuesto de industria y comercio. .............................. 36
Parágrafo 1. ............................................................................................................................... 37
Parágrafo 2. ............................................................................................................................... 37
Artículo 53.- Sujeto activo. ....................................................................................................... 37
Artículo 54.- Sujeto pasivo. ...................................................................................................... 37
Artículo 55.- Periodo gravable y vigencia fiscal. ..................................................................... 37
Parágrafo Transitorio. ............................................................................................................... 37
Artículo 56.- Presentación de la declaración y pago del impuesto. .......................................... 38
Parágrafo. .................................................................................................................................. 38
Parágrafo 1. ............................................................................................................................... 41
Parágrafo 2. ............................................................................................................................... 41
Artículo 75.- Base gravable. ..................................................................................................... 41
1.4. Marco conceptual ........................................................................................................... 43
6. OBJETIVOS DEL PROYECTO .......................................................................................... 45
6.1 Objetivo general .................................................................................................................. 45
6.2 Objetivos específicos...................................................................................................... 45
7. Metodología .......................................................................................................................... 46
8. Resultados ............................................................................................................................. 48
8.1 Atención al contribuyente en los diferentes temas tributarios ............................................ 48
8.2 Apertura de Expedientes ..................................................................................................... 49
9. Conclusiones ......................................................................................................................... 56
10. Recomendaciones .............................................................................................................. 58
11. Aporte Social De La Práctica ............................................................................................. 59
12. Divulgación de Conocimiento ........................................................................................... 61
13. Experiencias Significativas ................................................................................................ 62
14. Referencias ......................................................................................................................... 63
LISTA DE ANEXOS
Anexo A. Solicitud pasante empresa y requerimiento pasante 64
Anexo B. Oficio presentación pasante 65
Anexo C. Acta de inicio 66
Anexo D. Registro fotográfico 68
Anexo E. Primer informe pasantía 70
Anexo F. Primer informe docente 71
Anexo G. Segundo informe docente 73
Anexo H. Planilla de asistencia a la entidad 75
Anexo I. Evaluación del convenio 77
Anexo J. Oficio aval. 78
Anexo K. Acta final. 79
LISTA DE TABLAS
Tabla 1. Ejecución presupuestal de ingresos del impuesto de Industria y comercio . 17
Tabla 2. Ejecución presupuestal de ingresos del impuesto predial unificado .............................. 20
Tabla 3. Tarifas impuesto predial Unificado para el municipio de Villavicencio 32
Tabla 4. Tarifas Impuesto de Industria y Comercio para el municipio de Villavicencio 38
Tabla 5 Operacionalización de los objetivos ................................................................................ 43
Tabla 6 Resultados ...................................................................................................................... 47
LISTA DE FIGURAS
Ilustración 1 Mapa de procesos.................................................................................................... 26
Ilustración 3 Liquidación oficial impuesto predial unificado fuente Alcaldía de Villavicencio .. 50
Ilustración 4 Sistema web impuestos territoriales fuente la alcaldía de Villavicencio ................. 51
Ilustración 5 Verificación ventanilla única de registro fuente instrumentos públicos .................. 52
Ilustración 6 Auto administrativo fuente alcaldía de Villavicencio.............................................. 52
Ilustración 7 Auto de embargo fuente Alcaldía de Villavicencio ................................................. 53
Ilustración 8 Citación notificación personal fuente Alcaldía de Villavicencio ............................ 53
Ilustración 9 Oficio de Embargo entidad Bancaria Fuente Alcaldia de Villavicencio ................. 54
Ilustración 10 Oficio de embargo oficina de registro de instrumentos públicos fuente Alcaldía de
Villavicencio ................................................................................................................................. 54
1. Identificación
1.1 Línea de investigación
Contabilidad Internacional y Finanzas
1.2 Grupo de investigación adscrito al programa
G-dovaz
2. Resumen
El presente informe es el resultado de las prácticas empresariales realizadas en la Alcaldía de
Villavicencio ocupando el cargo de apoyo a cobro y recaudo de impuestos municipales,
efectuándolos procedimientos y seguimiento de los diferentes actos administrativos del área de
cobro coactivo por concepto de impuesto predial e industria y comercio del municipio de
Villavicencio.
La Alcaldía de Villavicencio es una entidad territorial del sector público, le corresponde
prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso
local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el
mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la
Constitución y las leyes, de Colombia, C. P. (1991). Este trabajo realizado fue desarrollado en
su totalidad en la oficina cobro coactivo de la dirección de impuestos, cumpliendo el cargo de
apoyo a cobro y recaudo de impuestos municipales esta práctica se realizó desde el día 29 de
marzo del año 2019 hasta el día 06 de junio del mismo año, cumpliendo una jornada laboral de 8
horas diarias de lunes a viernes, completando un total de 350 horas exigido para el desarrollo de
la Práctica profesional (330 prácticas y 20 lectivas).
El tiempo en la oficina se desarrollaron las actividades de proyectar los diferentes actos
administrativos que me fueron asignados en el área de cobro coactivo de la dirección de
impuestos y el respectivo seguimiento cuando a ello hubiere lugar, apoyo en la atención en los
contribuyentes en los diferentes temas tributarios y depuración de las diferentes bases de datos
asignados, esto como etapa previa a la apertura de expedientes de cada programa de la dirección
de impuestos. Las actividades realizadas durante el periodo de la práctica fueron propicias para
poder desarrollar los objetivos propuestos en la práctica que eran los requeridos por la Dirección
de Impuestos Municipales y aprender la labor que atañe al ejercicio profesional como Contador
Público al ser egresado. De esta forma se logró contribuir a las necesidades de la empresa en la
cual se desarrolló la pasantía.
Palabras clave: Cobro Coactivo, Contribuyentes, Actos administrativos, Impuesto predial,
Impuesto de Industria y comercio
Abstract
This report is the result of the business practices in the City Hall of Villavicencio, the charge
of support for a collection and collection of municipal taxes, it is monitored the different aspects
of the company's service. And the commerce of the municipality of Villavicencio.
The Mayor's Office of Villavicencio is a territorial entity of the public sector, it is responsible
for providing the public services determined by law, building the works demanded by local
progress, ordering the development of its territory, promoting community participation, social and
cultural improvement of its inhabitants and fulfill the other functions assigned to it by the
Constitution and the laws, De Colombia, CP (1991). This work was developed in the Tax Office
in the area of Coercive Collection Area, the work performed was developed in its entirety in the
coercive collection office, fulfilling the position of support for collection and collection of
municipal taxes. This practice was carried out from the March 29 of the year 2019 until June 6 of
the same year, fulfilling a working day of 8 hours a day from Monday to Friday, completing a total
of 330 hours worked achieving what is required for the development of the professional practice.
The time in the office was developed the activities of projecting the different administrative
acts that were assigned to me in the area of coercive collection of the direction of taxes and the
respective follow-up when it would be necessary, support in the attention to the taxpayers in the
different tax issues and debugging of the different databases assigned, this as a stage prior to the
opening of files of each program of the tax office. The activities carried out during the period of
practice were conducive to develop the objectives proposed in practice that were required by the
Municipal Tax Office and learn the work that concerns the professional practice as a Public
Accountant to be graduated. In this way it was possible to contribute to the needs of the company
in which the internship was developed.
Keywords: Coactive collection, taxpayers, administrative acts, property tax, tax of industry and
commerce
3. Introducción
En el presente trabajo comprende la experiencia durante el desarrollo de la práctica
profesional llevada a cabo en la Alcaldía de Villavicencio, se dejará plasmado las actividades
desarrolladas en el trabajo de grado, bajo la modalidad de práctica social, empresarial y solidaria,
como requisito indispensable para el título profesional de contador público. Las cuales más que
una exigencia, es la forma de culminar la etapa de la preparación academia, y dar refuerzo a los
temas abordados en la Universidad Cooperativa de Colombia
El informe contiene la descripción general del fundamento de la pasantía en referencia a la
descripción formulación y planteamiento del problema, justificación, marco referencial, la
metodología, objetivos generales y específicos del proyecto, con los cuales se organiza la parte
sustantiva que soportan la práctica realizada en la entidad, operacionalización de los objetivos,
resultados esperados, cronograma de actividades y presupuesto, se detalla los conceptos básicos
a tener presente para el desarrollo de la práctica como lo es el marco referencial, que incluye la
fundamentación teórica o marco teórico del tema de la práctica, marco institucional de la entidad
la fundamentación legal leyes, normas, reglamentos, conceptos fundamentales e importantes para
poder desarrollar el trabajo de grado.
Se detallan los resultados de los objetivos propuestos en la práctica y las actividades que
permitieron su cumplimiento en la Dirección de Impuestos, al igual que los diferentes
conocimientos adquiridos en la ejecución de esta, enriqueciendo y afianzando lo aprendido en la
academia, además estar actualizada en temas de tributos municipales, y logrando tener una visión
clara e importancia del desempeño actual del contador público en sus diferentes campos.
La práctica social, empresarial y solidaria se encuentra tipificada en el capítulo III del acuerdo
219 del 27 de octubre de 2014, “por la cual se reglamentan las modalidades de trabajo de grado
como requisito para optar a títulos académicos en los programas de pregrado de la Universidad
Cooperativa de Colombia”, donde se describen las diferentes modalidades de grado avaluadas
por la Universidad Cooperativa de Colombia. Partiendo del convenio de pasantías celebrado
entre la Universidad Cooperativa de Colombia y la Alcaldía de Villavicencio.”
Esta práctica se realizó en la Alcaldía de Villavicencio, en el periodo 2019-1, durante los
meses de marzo, abril, mayo y junio ejecutándose el total de las 350 horas exigidas para la
modalidad de grado, donde 330 horas fueron prácticas en la entidad y 20 horas lectivas.
El cumplimiento de los objetivos y las actividades planteadas en la propuesta de prácticas, se
realizaron bajo la supervisión del jefe del área y el apoyo de la profesora Janeth Lozano Lozano,
quien fue la tutora en el proceso de prácticas.
En este informe final se busca dejar de forma precisa y clara las actividades y objetivos
desarrollados y terminados en la entidad pública, Alcaldía de Villavicencio, donde se apoyó en el
cobro y recaudo de los impuestos municipales lo cual fue aprobado por el director de la práctica
Janeth Lozano Lozano, y el director de impuestos municipales doctor Miguel Antonio Meneses
Garavito. Se trabajó en la aprobación y revisión del informe final con la docente Janeth Lozano
Lozano Contadora Pública.
4. Problema
4.1. Descripción y Planteamiento del Problema
Actualmente el tributo es el principal recurso de financiamiento con que cuentan todos los
Estados para hacer posible la realización de sus diversas actividades.
El funcionamiento de los municipios en Colombia está determinado por las fuentes de
financiación con las que cuentan para percibir ingresos con el fin de cubrir sus gastos e
inversiones para garantizar el normal desarrollo de las ciudades, según lo determina la
Constitución política de Colombia en sus artículos 287, 313 y 338; los cuales otorgan potestades
a las entidades territoriales para recaudar y administrar tributos en su respectiva jurisdicción.
De igual manera la Ley 14 de 1983, regla el tipo de rentas que puede establecer los
municipios para la obtención de ingresos propios. Dentro de estos se encuentran: el impuesto
predial, impuesto de industria y comercio, impuesto a la gasolina, impuesto a la circulación y
tránsito de vehículos automotores e impuesto a los licores entre otros. Esto ha permitido que las
ciudades año a año cuenten con una fuente de ingreso fija que se incorporan dentro de su
presupuesto anual con el fin de financiar los gastos e inversiones, y atender las necesidades de la
gente en materia de salud, educación, transporte y bienestar es decir que se redistribuyen entre la
misma población y que la normatividad le permite realizar.
Con respecto a lo anterior, el municipio de Villavicencio cuenta con este tipo de tributos
dentro de su fisco territorial y su reglamentación está contenida en el Acuerdo municipal No. 030
de 2008.
Cabe destacar que el presente proyecto busca responder a la situación estable, y en algunos
momentos decrecientes de los recaudos del impuesto de industria y comercio e impuesto predial
en el municipio de Villavicencio. Esto debido a que se revisó el reporte oficial datos históricos
de ejecuciones presupuestales de ingresos sobre el recaudo de estos importantes tributos en las
arcas municipales durante las vigencias fiscales 2014 al 2018, encontrando una reducción de
ingresos en ciertas vigencias del impuesto de industria y comercio dentro de este intervalo de
tiempo determinado, según los datos oficiales de la Secretaría de Hacienda Municipal de
Villavicencio, como se describe en la siguiente tabla:
Tabla 1. Ejecución presupuestal de ingresos del impuesto de Industria y comercio
Vigencia Presupuesto Definitivo Recaudo Acumulado Saldo
% Total del
recaudo
% Por
recaudar
2014 $ 36.629.031.079 $ 39.287.016.845 -$ 2.657.985.766 107,3 %
- 7,3 %
2015 $ 39.441.397.095 $ 32.766.972.158 $ 6.674.424.937 83,1 %
16,9 %
2016 $ 48.743.152.218 $ 36.386.937.267 $ 12.356.214.951 74,7 % 25,3 %
2017 $ 50.934.100.602 $ 38.568.789.658 $ 12.365.310.944 75,7 %
24,3%
2018 $ 43.263.820.733 $ 35.001.334.456 $ 8.262.486.277 80,9 %
19,1%
fuente Alcaldía Municipal de Villavicencio/ Transparencia /Información Financiera y Contable
De esta manera se puede concluir que durante los últimos 4 años los ingresos del municipio
de Villavicencio por concepto del impuesto de industria y comercio vienen decreciendo con
respecto al recaudo de la vigencia 2014, una situación que es preocupante para las arcas de la
ciudad, ya que de eso depende la satisfacción de necesidades y servicios que beneficien a la
ciudadanía.
Ahora bien, considerando que el impuesto de industria y comercio está definido por el
artículo 32 de la Ley 14 de 1983, de la siguiente manera : “El impuesto de industria y comercio
recaerá, en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales, industriales y de
servicio que ejerzan o realicen en las respectivas jurisdicciones municipales, directa o
indirectamente, por personas naturales, jurídicas o por sociedades de hecho, ya sea que se
cumplan en forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de
comercio o sin ellos”.
Se puede detallar que es un tributo que está vinculado a las actividades económicas existentes
dentro de la ciudad (en el caso de Villavicencio están clasificadas en la resolución municipal No.
728 de 2013); por lo cual su recaudo debería estar ligado proporcionalmente al crecimiento del
desarrollo económico anual del comercio y la industria municipal.
Sin embargo, al observar la normatividad, el procedimiento de recaudo y su exigibilidad en el
cobro; se puede percibir que existen unas carencias tanto en materia operativa, tecnológica y
talento humano que permita garantizar un óptimo recaudo según las condiciones reales sobre la
presencia de establecimientos de comercio que desarrollan sus actividades dentro de la ciudad.
Lo anterior se sustenta con las cifras oficiales de entidades registradas dentro de la base de
datos de industria y comercio, que arroja un registro de 53000 personas jurídicas y naturales con
actividades económicas pero únicamente están declarando 14700 de estos contribuyentes, una
clara diferencia abismal, ya que tan solo el 27% está efectuando su declaración, frente al 73%
que no lo hace, lo que significa técnicamente que se está presentando una evasión tributaria
directamente detectada; esto puede deberse a diferentes causas, que para la presente propuesta se
identifican por parte de los autores en las siguientes hipótesis:
• Falta de educación y cultura tributaria en el municipio de Villavicencio
• Desconocimiento para la presentación de la declaración del impuesto.
• Falta de información sobre la obligatoriedad de pago del impuesto de industria y
comercio.
• Analfabetismo digital, informático y de manejo de las tecnologías de la información y la
comunicación.
• Desconocimiento del procedimiento, las herramientas y los medios de pago que la
Alcaldía de Villavicencio tiene para efectuar el recaudo del impuesto.
• Dificultad en el diligenciamiento y registro del formato virtual de la declaración del
impuesto.
• Inconformidad y dificultad con el servicio de atención a los contribuyentes en la
Dirección de Impuestos Municipales de la Alcaldía de Villavicencio
• Inactividad temporal o definitiva de sus actividades económicas y comerciales.
• Deudores definitivamente morosos en su condición de evasores conscientes.
En este sentido y cualesquiera que sean las demás causas determinantes de este
problema, se viene generando una afectación al presupuesto de ingresos y gastos del municipio
que altera el normal funcionamiento de la Alcaldía de Villavicencio, debido a que se deben
reducir las inversiones requeridas muchas veces en el gasto social o para el acceso a la oferta de
servicios institucionales que requiere el público en diferentes sectores. Conforme a esto la
disminución del recaudo del impuesto de industria y comercio se puede decir que perjudica
directamente a toda la población villavicense.
Tabla 2. Ejecución presupuestal de ingresos del impuesto predial unificado
Vigencia Presupuesto Definitivo Recaudo Acumulado Saldo
% Total Del
Recaudo
% Por
Recaudar
2014 $ 58.584.078.260 $ 46.230.546.728 $ 12.353.531.532 78,9 % 21,1 %
2015 $ 57.629.188.718 $ 48.970.536.355 $ 9.866.722.593 85,0 % 15,0 %
2016 $ 55.562.193.910 $ 46.605.860.208 8.956.333.702 83,9 %
16,1 %
2017 $ 58.837.258.948 $ 49.920.117.180 -$ 10.478.720.085 84,8 % 15,2 %
2018 $ 63.410.643.646 $ 50.582.153.750 -$ 7.318.333.017 79,8% 20,2 %
Fuente: Alcaldía Municipal de Villavicencio/ Transparencia /Información Financiera y Contable
Se puede concluir que durante los últimos 4 años los ingresos del municipio de Villavicencio
por concepto del impuesto predial unificado se mantienen estable con respecto al recaudo de la
vigencia 2014, aunque no se cumple al 100% su recaudo acumulado del total proyectado del
presupuesto definitivo; a comparación del recaudo por industria y comercio el predial ha sido
más representativo captando mayores ingresos.
El comportamiento de los ingresos en el presupuesto de las vigencias anteriores y el impacto
del comportamiento de los diferentes indicadores económicos influye de forma directa frente al
recaudo de los tributos, ya que como bien se sabe ha influenciado la admitía del 2017 y los
beneficios de descuentos por pronto pago que realizan durante los tres primeros meses de cada
vigencia, ha sido un factor favorable para incrementar el recaudo de dicho impuesto, pero por
otro lado los procesos masivos que se adelantan en el área de cobro coactivo han aumentado
donde allí decretan medidas cautelares que garantizan de forma efectiva el recudo .
Por otro lado, el municipio tiene cuentas por cobrar de vigencias anteriores del impuesto
predial esto debido a que existen factores que tienen incidencia en su captación, tales como: la no
actualización oportuna de las bases de datos catastrales; dependencia al sistema general de
participaciones y de regalías, índices de desempleo, la cultura de no pago, falta de recursos
económicos suficientes para el pago oportuno entre muchas otras más causales.
4.2. Pregunta Problema
¿Cómo efectuar el proceso de apoyo de los procedimientos en el área de cobro coactivo?
4.3. Justificación del problema
En la actualidad la Alcaldía de Villavicencio requiere de pasantes en su dependencia
Dirección de Impuestos para apoyar sus procedimientos, teniendo en cuenta que el primer
semestre del año aumenta el volumen de trabajo de acuerdo al calendario tributario y sus plazos
para declarar y pagar; de acuerdo a lo anterior se es indispensable contar con recurso humano
idóneo brindando espacios a los estudiantes de los diferentes programas académicos de pregrado,
para que realicen las prácticas y así contribuyan a bajar la carga laboral de los funcionarios de la
entidad y así mismo coadyuven al cumplimiento de la misión y visión de ambas entidades.
Además de esto el aporte que da el pasante, de contaduría pública se convierte en un
miembro más del equipo que tiene la responsabilidad institucional de propender a través de su
trabajo que la Alcaldía de Villavicencio, recupere cartera y recaude eficientemente sus impuestos
para que cuente con mayores recursos para desarrollar su actividad constitucional.
Este trabajo tuvo como finalidad brindar apoyo a la gestión de cobro y recaudo del
impuesto de industria y comercio e impuesto predial unificado del municipio de Villavicencio,
realizando actividades y procedimientos propias del área efectuando las actividades
necesarias establecidas dentro del procedimiento diseñado por el ente para recuperar cartera de
los impuestos municipales, una vez agotada la vía gubernativa, para iniciar así el respectivo
proceso ejecutivo por jurisdicción coactiva. Para lograr esta propuesta se desarrolló poniendo en
práctica los conocimientos adquiridos en la preparación profesional de contaduría pública.
De acuerdo con la necesidad de la Dirección de Impuestos en contar con talento humano
idóneo en estas áreas de resultados , se efectuó eficientemente los procedimiento establecidos
el área de coactivo ; y conforme al convenio de prácticas celebrado entre la Universidad
Cooperativa de Colombia y la Alcaldía de Villavicencio cuyo objeto es generar a los estudiantes
de los diferentes programas académicos de pregrado, espacios de práctica para realizar los
propósitos que sean comunes y de interés en el campo académico que coadyuven al
cumplimiento de la misión, visión y principios de ambas entidades.
Teniendo en cuenta el objeto del mencionado convenio y la solicitud de la Dirección de
Impuestos he efectuado actividades y procedimientos requeridos y pactados, y así mediante esta
práctica se ha adquirido como contraprestación experiencia y el requisito exigido por la
Universidad Cooperativa para obtener el título profesional.
Cabe destacar que el interés de resolver esta situación-problema con respecto a cómo efectué
el proceso de apoyo de los procedimientos en el área de cobro coactivo se debe a que la cartera
por cobrar de los impuestos ha aumentado y es importante que se lleve a cabo el cobro y recudo
de los impuestos, está determinado porque son el recaudo de los tributos los indicadores del
estado de la economía local del municipio y debido a la evasión, elusión y el no pago de los
tributos se abre lugar al deber ser deber del procedimiento de cobro coactivo.
5. Marco Referencial
Para el buen desarrollo de las diferentes actividades durante la práctica fue necesario
profundizar en algunos conocimientos adquiridos en el transcurso del programa y adquirir unos
nuevos, dando como resultado el siguiente marco teórico o referencial que permitió un mejor
acoplamiento con los procesos de la entidad.
5.1 Marco institucional
Villavicencio es una ciudad colombiana, capital del departamento del Meta, y es el centro
comercial más importante de los Llanos Orientales. Está situada en el Piedemonte de la Cordillera
Oriental, al noroccidente del departamento del Meta, en la margen izquierda del río Guatiquía y
cuenta con una población urbana de 516802 habitantes en 2018 (DANE, 2018). Presenta un clima
cálido y muy húmedo, con temperaturas medias de 27 °C.
De acuerdo con (Alcadia de Villavicencio, 2019) Villavicencio como capital departamental,
alberga las sedes de la Gobernación del Meta, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de
Villavicencio, la Electrificadora del Meta, la sucursal del Banco de la República de Colombia y la
Cámara de Comercio de Villavicencio. La ciudad se encuentra a 86 kilómetros al sur de la capital
de Colombia, Bogotá, a dos horas y media por la Autopista al Llano. De momento la consolidación
de Villavicencio como Área Metropolitana está descartada, de ser posible la integraría los
municipios de Acacias, Cumaral y Restrepo.
Información del Municipio
• País: Colombia
• Departamento: Meta
• Región: Orinoquía
• Código DANE: 50001
• Ubicación: 04°09 N 73°38 O
• Altitud: 467 msnm
• Distancia: 86 km a Bogotá
• Superficie: 1.328 km²
• Temperatura media: 27 °C
• Fundación: 1840
• Población: 452.472 habitantes
• Densidad: 332,80 km²
• Gentilicio: Villavicense
• Alcalde: Wilmar Orlando Barbosa Rozo
Dentro del contexto del plan de gobierno del Alcalde plasmado en el plan de desarrollo
“UNIDOS PODEMOS” se extrae que lo público debe ser lo mejor, por medio del cual se
pretende fortalecer la democracia participativa y pluralista para brindar transparencia, eficiencia
y satisfacción del requerimiento de los ciudadanos y partes interesadas, mediante el compromiso
del talento humano competente, encaminado al logro del mejoramiento continuo de los procesos,
es allí donde la gestión de la dirección de impuestos debe contribuir al logro de recursos que
permitan el cumplimiento de todas las metas propuestas por el señor Alcalde.
En los siguientes apartes se presentará la filosofía institucional tomada de (Alcadia de
Villavicencio, 2016).
5.1.1 Misión
En relación con (Alcadia de Villavicencio, 2016) La Administración Municipal de Unidos
Podemos del Municipio de Villavicencio buscando que lo público puede ser lo mejor, bajo un
enfoque colectivo, integral y sistémico enfocará su gestión para que el ente territorial sea
responsable de garantizar el cumplimiento de los fines esenciales de Estado Colombiano y los
servicios a su cargo, consistentes en la promoción del desarrollo integral, la garantía de los
derechos humanos y el fortalecimiento de la democracia participativa y pluralista, que beneficie
positivamente la calidad de vida de sus comunidades y las sostenibilidad territorial.
5.1.2 Visión
En relación con (Alcadia de Villavicencio, 2016) ,Villavicencio, Ciudad Segura y de
Oportunidades a inicios del año 2020...Será una ciudad en consolidación y transformación hacia
un modelo propio de ciudad sostenible y más competitiva, enfocada a consolidad
progresivamente sus indicadores de calidad de vida, bienestar general y sostenibilidad territorial,
con muestras serias de avance responsable sobre procesos de cultura ciudadana de respeto,
igualdad, convivencia y garantía de los derechos humanos para todos.
5.1.3 Mapa de Procesos Sistema Integrado de Gestión
De acuerdo al mapa de Sistema Integrado de Gestión donde se ubica procesos de apoyo se
encuentra el de gestión financiera dentro de la cual se incluye el subproceso gestión de impuestos
en el cual comprende la dependencia de la dirección de impuestos, (ver ilustración 1).
Ilustración 1.
Mapa de procesos Sistema Integrado de Gestión.
Fuente:file:///C:/Users/lina.pedraza/Downloads/1103-FMP-SIG-V4%20MAPA%20DE%20PROCESOS.pdf
1.2. Marco teórico
De acuerdo a (Significado de Impuesto, 2019) el impuesto es el tributo, exacción o la
cantidad de dinero que se paga al Estado, a la comunidad autónoma y/o al ayuntamiento
obligatoriamente. La obligatoriedad de los impuestos está establecida sobre las personas
naturales o jurídicas. Estos tienen como propósito contribuir con la hacienda pública, financiar
los gastos del Estado y otros entes, así como los servicios públicos.
En consecuencia, en un documento de la (Universidad Santo tomas, s.f.), se reitera que la
clasificación de los impuestos directos e indirectos en Colombia son:
Impuesto al patrimonio, Impuesto sobre la renta y complementarios (incluye ganancias
ocasionales loterías, herencias, venta de activos fijos), impuesto de industria y comercio (ICA),
Impuesto predial (aplicable solo sobre bienes inmuebles).
Por su parte los indirectos hacen referencia a la responsabilidad del pago por medio de
agentes retenedores establecidos por las entidades encargadas de administrar los impuestos.
Impuesto a las ventas (IVA), Gravamen a los movimientos financieros (GMF), Impuesto de
registro, Impuesto de timbre, De acuerdo a la territoriedad los impuestos se dividen en:
Nacionales, departamentales, municipales.
De registro: “está constituido por la inspección de actos, contratos o negocios jurídicos
documentales en los cuales sean parte o beneficiarios los particulares y que, de conformidad con
las disposiciones legales. Deban registrarse en las oficinas de Instrumentos Públicos o en
cámaras de comercio” con jurisdicción en el municipio de Villavicencio (Estatuto tributario).
Considerando que el impuesto de industria y comercio está definido por el artículo 32 de
la Ley 14 de 1983, de la siguiente manera : “El Impuesto de Industria y Comercio recaerá, en
cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicio
que ejerzan o realicen en las respectivas jurisdicciones municipales, directa o indirectamente, por
personas naturales, jurídicas o por sociedades de hecho, ya sea que se cumplan en forma
permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin
ellos”. (EVA Asesora, 2019)
Según (EVA Asesora, 2019) el Impuesto Predial Unificado (IPU): el IPU es un tributo de
carácter municipal autorizado para cobrar a los municipios por los predios existentes dentro de su
jurisdicción. Impuesto Industria y Comercio recaerá, en cuanto a materia imponible, sobre todas
las actividades comerciales, industriales y de servicio que ejerzan o realicen en las respectivas
jurisdicciones municipales, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas o por
sociedades de hecho, ya sea que se cumplan en forma permanente u ocasional, en inmuebles
determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos.
1.3. Marco legal
Seguidamente, una breve descripción de los impuestos predial e impuesto de industria y
comercio sobre los cuales se generó el apoyo a dirección de impuestos con la aclaración del
procedimiento aplicado para el cobro coactivo.
En el Acuerdo 030 de 2008 del municipio de Villavicencio se consagra en los cuatro
primeros artículos lo siguiente:
Artículo 1.- Administración de los tributos.
Sin perjuicio de las normas especiales le corresponde a la administración tributaria
municipal, la gestión, recaudo, fiscalización, determinación, discusión, devolución y cobro
de los tributos municipales.
Artículo 2.- Deber ciudadano y obligación tributaria.
Es deber de la persona y del ciudadano contribuir a los gastos e inversiones del Municipio
dentro de los conceptos de justicia y equidad. Los contribuyentes deben cumplir con la
obligación tributaria que surja a favor del Municipio de Villavicencio cuando en su calidad
de sujetos pasivos del tributo, incurran en el hecho generador del mismo.
Artículo 3.- Autonomía del Municipio.
El Municipio de Villavicencio, goza de autonomía para el establecimiento de los tributos
necesarios para el cumplimiento de sus funciones dentro de los límites de la Constitución y
la Ley y lo determinado en el presente Estatuto.
Artículo 4.- Objeto y ámbito de aplicación. a.
Este Acuerdo establece los principios y las normas jurídicas generales del sistema tributario
del Municipio de Villavicencio, así como la definición general de los tributos municipales,
la determinación, discusión y cobro de los mismos, su administración y control, lo mismo
que la regulación del régimen de sanciones. Además, prevé las competencias de la
Secretaria de Hacienda Municipal y la Dirección de Impuestos Municipales en este ámbito.
b. El municipio de Villavicencio aplicará los procedimientos establecidos en el Estatuto
Tributario Nacional, para la administración, determinación, discusión, cobro,
devoluciones, régimen sancionatorio incluido su imposición, a los impuestos por él
administrados. Así mismo aplicará el procedimiento administrativo de cobro a las multas,
derechos y demás recursos municipales. c. Haciendo uso de la facultad establecida en el
Artículo 59 de la ley 788 de 2002, se variará el monto de las sanciones y el término de la
aplicación de los procedimientos que expresamente se establezcan, adecuándolos a la
naturaleza de sus tributos.
Los primeros cuatro artículos del Estatuto de rentas municipal permiten ver el marco legal
de acción que otorgan la potestad al municipio para que realice las funciones de la
administración para el recaudo del impuesto con su debida autonomía y que es deber de los
ciudadanos que se hacen responsables del impuesto al generarse un hecho impositivo de
ellos el pagarlo, procesos que se enmarcan en la Constitución y la Ley.
En el Título II del Acuerdo 030 de 2008 artículos del 17 al 28, se consagra lo referente al
“Impuestos, Tasas y Contribuciones Impuesto Predial Unificado”
Inicialmente se presenta los conceptos básicos del impuesto con sus elementos así:
Artículo 17.- Autorización legal.
El impuesto predial unificado está autorizado por la Ley 44 de 1990 y es el resultado de la
fusión de los siguientes gravámenes: a) El impuesto predial regulado en el Código de
Régimen Municipal adoptado por el Decreto 1333 de 1986 y demás normas
complementarias, especialmente las Leyes 14 de 1983, 55 de 1985 y 75 de 1986. b) El
impuesto de parques y arborización, regulado en el Código de Régimen Municipal adoptado
por el Decreto 1333 de 1986. c) El impuesto de estratificación socioeconómica, creado por
la Ley 9 de 1989. d) La sobretasa de levantamiento catastral a que se refieren las Leyes 128
de 1941, 50 de 1984 y 9 de1989.
Artículo 18.- Definición del Impuesto Predial.
El Impuesto Predial Unificado es un gravamen que recae sobre los bienes inmuebles
ubicados en la jurisdicción del Municipio de Villavicencio y se genera por la existencia del
predio y se hará efectivo por este hecho, independientemente de quien sea su propietario.
Artículo 19.- Hecho Generador.
El elemento material del impuesto se constituye por la existencia del predio, con lo cual, el
impuesto es de carácter real.
Artículo 20.- Predio.
Se denominará predio, el inmueble perteneciente a una persona natural o jurídica, o a una
comunidad, situado en el Municipio de Villavicencio y no separado por otro predio público
o privado.
Artículo 21.- Base Gravable.
La base gravable del impuesto predial unificado será el avalúo catastral resultante de los
procesos de formación, actualización de la formación y conservación, conforme a la Ley 14
de 1983 o el auto avalúo cuando el propietario o poseedor haya optado por él.
Artículo 28.- Sujeto Activo.
El sujeto activo del Impuesto Predial Unificado es el Municipio de Villavicencio.
Artículo 29.- Sujeto Pasivo.
El sujeto pasivo del impuesto predial unificado es el propietario, poseedor o usufructuario
de un predio ubicado en la jurisdicción del Municipio de Villavicencio.
A continuación, los referentes a conceptos que pueden implicar conceptos que permiten
determinar la tarifa y actores para la determinación del impuesto:
Artículo 22.- Definición de Avalúo Catastral.
El avalúo catastral consiste en la determinación del valor de los predios, obtenidos mediante
investigación y análisis estadísticos del mercado inmobiliario. El avalúo catastral de cada
predio se determinará por la adición de los avalúos parciales practicados independientemente
para los terrenos y para las edificaciones en él comprendidas.
Artículo 23.- Definición de mejora.
Para efectos del avalúo catastral se entenderá por mejora, las edificaciones o construcciones
en predio propio o las instaladas en predio ajeno, incorporadas por catastro, seccional Meta.
Mejora es toda obra producida por el esfuerzo humano que incremente el valor del bien al
cual se incorpora.
Artículo 24.- Reajustes anuales de avalúos para la vigencia respectiva.
Los reajustes anuales de los avalúos catastrales los hará el Instituto Geográfico Agustín
Codazzi, seccional del Meta, a través de listados o medios magnéticos, así como las
adiciones, correcciones, actualizaciones, mutaciones, por medio de las resoluciones
respectivas.
Parágrafo.
La Dirección de Impuestos Municipales, a través del funcionario competente, podrá
reliquidar el impuesto predial unificado y establecer el valor real del mismo desde la fecha
de inscripción catastral que establezca la resolución del IGAC, seccional Meta, que ordena
su modificación. Una vez hecha la reliquidación los mayores valores a que haya lugar deben
cargarse a la cuenta del contribuyente, y los menores valores que constituyen saldo a favor
del contribuyente, podrán ser devueltos o aplicados como abono a otros periodos gravables
que no han sido cancelados. Esta operación se podrá realizar siempre que no se haya
notificado el respectivo título ejecutivo al sujeto pasivo.
Artículo 25.-
Predios o Mejoras no Incorporadas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi. Los
propietarios o poseedores de predios o mejoras deberán informar al Instituto Geográfico
Agustín Codazzi, seccional del Meta, con su identificación ciudadana o tributaria, tanto el
valor, área y ubicación del terreno y/o de las edificaciones, la escritura registrada o
documento de adquisición, así como la fecha de terminación de la edificación con el fin de
que catastro incorpore estos inmuebles.
Parágrafo.
Para un mejor control sobre incorporación de nuevas mejoras o edificaciones, el
Departamento Administrativo de Planeación Municipal y la Secretaría de Control Físico de
manera coordinada deben de informar al Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Seccional
Meta, sobre las licencias de construcción y planos aprobados.
Artículo 26.- Liquidación del impuesto para predios desenglobados.
Cuando un inmueble se encuentra desenglobado, el terreno a nombre de una o varias
personas y las mejoras a nombre de una o varias personas diferentes, las liquidaciones por
concepto de impuesto predial unificado se harán por separado tanto del terreno como de la
construcción. Se aplicará como tarifa al terreno la señalada a la mejora, siempre y cuando
que el área construida tenga como mínimo el diez por ciento (10%) del área del terreno según
datos suministrados por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, seccional del Meta.
Con respecto a la tarifa de este impuesto (Artículo 27.- Tarifas del Impuesto Predial
Unificado para el Municipio de Villavicencio) se consagran varias y estas se han fijado según el
tipo de predio y su ubicación y actualizadas según el Acuerdo 136 de 2012 que sintetizo de la
siguiente forma:
Tabla 3. Tarifas impuesto predial Unificado para el municipio de Villavicencio
Predio Edificados Tarifas
Suelo Urbano
Acuerdo 136
de 2012
Para vivienda por estratos (del 1 al 6) y según
avalúos
4.0 x 1000 al 6.8 x1.000
Para actividades comerciales 6.5 x 1000
Para actividades industriales 6.5 x 1000
Para actividades de servicios 6.5 x 1000
Para actividades financieras y aseguradoras 10.2 x 1000
Para otros fines y usos: Comunidades religiosas
(diferentes al culto y vivienda de los religiosos)
Moteles, casinos, grilles, discotecas, tabernas y
amoblados
Predios recreacionales (parques, teatros, salas
culturales)
Predios destinados a la educación, clínicas y
cultura en general
Predios institucionales definidos por la Ley
6.5 x 1000
9.8 x 1000
6.5 x 1000
6.0 x 1000
6.5 x 1000
Predios mixtos: Los predios donde se combinan
actividades comerciales, industria y servicios,
con la vivienda.
6.5 x 1000
Predios y/o
lotes sin
edificar
Acuerdo 136
de 2012
Para predios y/o lotes con área hasta 500 m2
Para predios y/o lotes con área superior a 500
m2
Lotes urbanos con limitaciones en su
explotación económica por estar ubicados en
zona de alto riesgo inminente de inundación,
derrumbe, entre otros, con características más
del 50% del área total del terreno. (IGAC y/o el
Departamento de Planeación Municipal)
Lotes urbanos con limitaciones en su
explotación económica por estar ubicados en
zona de reserva o protección forestal,
nacimientos de agua, humedales, y que esté
comprometido con estas características más del
50% del área total del terreno. (IGAC y/o el
Departamento de Planeación Municipal)
13.6 x1000
19.2 x1000
7.4 x1000
8.2 x1000
Predios en
suelo Rural
Habitacional,
Agropecuario,
Agrícola y
Pecuario
Avalúos desde cero y mayores a $100.000.000 Tarifas desde 4.7x1000 a
10.2x1000
Industrial y agroindustrial 7.7x1000
Comercial, servicios no determinados en esta
clasificación
7.2x1000
Minero 11.2x1000
Cultural y Educativo 7.0x1000
Recreacional y turístico 9.2x1000
Servicios especiales 10.0x1000
Forestal 7.2x1000
Moteles y casinos, amoblados, discotecas,
grilles, tabernas, casas de juegos
12.0x1000
Predios rurales con limitaciones en su
explotación económica por estar ubicados en
zona de alto riesgo inminente de inundación,
derrumbe, entre otros, con características más
del 50% del área total del terreno. (IGAC y/o el
Departamento de Planeación Municipal)
4.9x1000
Predios rurales con limitaciones en su
explotación económica por estar ubicados en
zona de reserva o protección forestal,
nacimientos de agua, humedales, y que esté
comprometido con estas características más del
50% del área total del terreno. (IGAC y/o el
Departamento de Planeación Municipal)
4.9x1000
Elaboro Lina Pedraza (2019) de conformidad al artículo 27 del Acuerdo 030 de 2008 y Acuerdo 136 de 2012 que actualizo las
tarifas
Parágrafo.
Los valores de los rangos de avalúos de los inmuebles según su destinación, determinados
en el presente Acuerdo, se ajustarán en la proporción en que se aumenten los avalúos
catastrales para cada vigencia, según certifique la entidad competente. Cuando se presenten
actualizaciones catastrales no se seguirá este procedimiento.
Las tarifas del impuesto actualizadas en el acuerdo 136 de 2012 en comparación con las
que se presentaban en el acuerdo 008 de 2008 bajaron para los predios de suelo urbano y predios
y/o lotes sin edificar, las tarifas para los predios en suelo Rural Habitacional, Agropecuario,
Agrícola y Pecuario conservan el mismo régimen tributario del acuerdo 008 de 2008.
El título II de este impuesto considera 46 artículos, los subsiguientes al artículo 28
consideran aspectos de procedimiento catastral y otros referentes a situaciones atípicas para
considerar predios o determinar situaciones de carácter especial para exenciones tributarias
referentes a este impuesto.
En el Título II del Acuerdo 030 de 2008 artículos del 17 al 21, se consagra los elementos
sustanciales del impuesto y términos para determinarlos referentes impuesto de “Industria y
Comercio” descrito a continuación:
Artículo 47.- Objeto imponible.
El impuesto de industria y comercio recae sobre todas las actividades industriales,
comerciales y de servicios, que se ejerzan o realicen en la jurisdicción del Municipio de
Villavicencio, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas o sociedades de
hecho, ya sea que se cumplan en forma permanente u ocasional, con establecimientos de
comercio o sin ellos, dentro de los términos y lineamientos señalados en la ley o en el
presente Estatuto.
Artículo 48.- Hecho generador.
Constituye hecho generador del impuesto de industria y comercio, la obtención de ingresos
por la realización de las actividades gravadas, en la jurisdicción del Municipio de
Villavicencio.
Artículo 49.- Actividad industrial.
Se consideran actividades industriales las dedicadas a la producción, extracción, fabricación,
confección, preparación, transformación, reparación, manufactura y ensamblaje de cualquier
clase de materiales o bienes.
Artículo 50.- Actividad comercial.
Se entienden por actividades comerciales las destinadas al expendio, compraventa o
distribución de bienes o mercancías, tanto al por mayor como al por menor, y las demás
definidas como tales por el Código del Comercio, siempre y cuando no estén consideradas
por el mismo código o por las leyes vigentes, como actividades industriales o de servicios.
Artículo 51.- Actividad de servicio.
Son actividades de servicios las dedicadas a satisfacer necesidades de la comunidad mediante la
realización de una o varias de las siguientes actividades: a. expendio de bebidas y comidas;
b. servicio de restaurante; c. cafés; d. fumigación; e. hoteles, casa de huéspedes, moteles,
amoblados, residencias; f. transporte y aparcaderos; g. formas de intermediación comercial
y civil, tales como el corretaje, la comisión, los mandatos y la compraventa y administración
de inmuebles; h. servicios de publicidad; i. servicios prestados por notarios y curadores
urbanos, interventoría, construcción y urbanización; j. radio y televisión; k. suministro de
alimentación, transporte y otros servicios para personal de empresas; l. suministro de
maquinaria; m. mantenimiento y seguridad de instalaciones, maquinaria y equipos; n. suministro
de personal a través de empresas de prestación de servicios temporales o de cooperativas; o. clubes
sociales, sitios de recreación; p. salones de belleza, peluquerías; q. portería; r. servicios funerarios; s.
talleres de reparaciones eléctricas, mecánicas, auto mobiliarias y afines; t. lavado, limpieza y
teñido; u. salas de cine y arrendamiento de películas y de todo tipo de reproducciones que
contenga audio y video; v. negocios de montepíos, prenderías o casas de empeño; w. dragado
de ríos o formaciones de agua; x. los servicios de consultoría profesional prestados a través de
personas jurídicas o de hecho; y. Las obligaciones de hacer que tengan una contraprestación
pecuniaria y respecto de las cuales no medie una relación laboral, sin que interese la primacía de lo
material o intelectual en la misma actividad.
Artículo 52.- Actividades no sujetas al impuesto de industria y comercio.
No se gravan las siguientes actividades con el Impuesto de Industria Comercio: a. Las
obligaciones contraídas por el Gobierno Nacional en virtud de tratados o convenios
internacionales que haya celebrado o celebre en el futuro, y las contraídas por la Nación,
los Departamentos o Municipios mediante contratos celebrados en desarrollo de la
legislación anterior. b. Las prohibiciones que consagra la Ley 26 de 1904 en cuanto al
Tránsito de mercancías. c. La producción primaria agrícola, ganadera y avícola, sin que se
incluyan en esta prohibición las fábricas de productos alimenticios o toda industria donde
haya un proceso de transformación por elemental que ésta sea. d. La primera etapa de
transformación realizada en predios rurales cuando se trate de actividades de producción
agropecuaria, con excepción de toda industria donde haya una transformación por
elemental que ésta sea. e. La producción nacional de artículos destinados a la exportación.
f. La explotación de canteras y minas diferentes a las de sal, esmeraldas y metales preciosos
cuando las regalías o participaciones para el Municipio sean iguales o superiores a lo que
correspondería pagar por concepto del impuesto de Industria y Comercio. g. Las realizadas
por los establecimientos educativos públicos, las entidades de beneficencia, las culturales
y deportivas, los sindicatos, las asociaciones de profesionales y gremiales sin ánimo de
lucro, los partidos políticos y los hospitales adscritos o vinculados al sistema nacional de
salud. Cuando las entidades anteriores realicen actividades industriales o comerciales,
serán sujetas del impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros en lo relativo a los
ingresos obtenidos en el desarrollo de tales actividades. h. Los servicios de salud.
Parágrafo 1.
Se entiende por primera etapa de transformación realizada en predios rurales, cuando se trate
de actividades de producción agropecuaria, aquella en la cual no intervienen agentes
externos mecanizados, tales como el lavado o secado de los productos agrícolas.
Parágrafo 2.
Quienes, únicamente, realicen las actividades no sujetas de que trata el presente artículo no
estarán obligados a registrarse, ni a presentar declaración de industria y comercio.
Artículo 53.- Sujeto activo.
El Municipio de Villavicencio es el sujeto activo del impuesto de industria y comercio que
se cause en su jurisdicción.
Artículo 54.- Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos las personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho. En el caso de los
consorcios y de las uniones temporales y, en general, de todos los contratos de asociación,
los integrantes de estos tendrán a su cargo la obligación y los deberes tributarios de forma
independiente.
Artículo 55.- Periodo gravable y vigencia fiscal.
Se entiende por periodo gravable o año gravable aquel durante el cual se produce el hecho
generador del impuesto de industria y comercio. Se entiende por vigencia fiscal el año
siguiente al de la causación del impuesto, en el que se genera la obligación del pago, de
conformidad con los plazos señalados para el efecto.
Parágrafo Transitorio.
La declaración correspondiente al periodo o año gravable de 2008 se presentará en la
vigencia fiscal 2009, dentro de los plazos que señale por Resolución la
Secretaría de Hacienda Municipal.
Artículo 56.- Presentación de la declaración y pago del impuesto.
La presentación de la declaración se realizará en los lugares y plazos establecidos por la
Secretaría de Hacienda Municipal, y en los formularios diseñados por la Dirección de
Impuestos Municipales. Cuando la presentación de la declaración se haga en bancos, la
presentación debe hacerse en las sedes ubicadas en el Municipio de Villavicencio.
Parágrafo.
La presentación de la declaración y el pago de la primera cuota o la totalidad del impuesto,
se deben realizar en forma simultánea, utilizando el formulario de la declaración. Para el
pago de la segunda cuota debe utilizarse el formato de Recibo Oficial de Pago adoptado por
la Secretaría de Hacienda Municipal. Si el pago se hace por consignación, transferencia
electrónica u otros medios, debe haberse hecho previamente la presentación de la declaración
y, el depositante deberá hacer llegar a la Tesorería Municipal en forma inmediata la
información de la transacción, diligenciando el formato autorizado por la Administración
Municipal, acompañado del soporte respectivo del pago.
Es de aclarar que por disposición de la Ley de Reforma Tributaria estructural 1819 de
2016, al modificar el artículo 36 de la Ley 14 de 1983, compilado en el artículo 199 del Decreto-
Ley 1333 de 1986, se presentó la novedad de nuevos contribuyentes del impuesto de industria y
comercio, que deben cumplir la obligación de declarar el año 2018 a presentar en el mes de abril
de 2019.
Es decir, que la Reforma Tributaria 1819 de 2016, amplió el universo de los
contribuyentes por las actividades de servicios sobre las que recae el impuesto de industria y
comercio. Dado, que la antigua definición de actividad de servicios sólo gravaba aquellos
profesionales prestados a través de sociedades regulares o, de hecho, pero ahora considera a los
profesionales que realizan su ejercicio profesional dentro del concepto de profesión liberal.
Para lo anterior, la Alcaldía realizo un trabajo de inscripción de los profesionales
enmarcados dentro de las profesiones liberales que gravo el estado con la ley 1819 de 2016 y de
acuerdo con la resolución 469 del 27 de diciembre de 2018 del municipio se generó la
reglamentación de esta disposición en el municipio, para la presentación y pago de la declaración
de industria y comercio de la vigencia 2018. Dejando el primero de abril, el inicio de su
presentación según calendario fijado por dicha entidad. Es decir que para el año 2019 que
declaran periodo 2018, se incrementaron los contribuyentes de este impuesto por el concepto o
hecho generador para los contratos de prestación de servicios profesionales, técnicos y
tecnólogos.
Las profesiones liberales son aquellas en las cuales se realizan actividades donde
predomina el ejercicio intelectual, son reguladas por el Estado y desarrolladas por las personas
naturales que hayan obtenido título académico de educación superior en instituciones
autorizadas; la prestación de servicios inherentes a las profesiones liberales es un acto no
mercantil conforme lo señala el numeral 5 del artículo 23 del Código de Comercio, por
consiguiente, la actividad no es comercial.
Con respecto a la tarifa y categorización según la actividad económica desarrollada se
presenta a continuación lo referido al Artículo 60. Códigos y tarifas:
Tabla 4. Tarifas Impuesto de Industria y Comercio para el municipio de Villavicencio
Código / Descripción de la actividad Tarifa (x 1000)
Actividades industriales 1. 101 Elaboración de productos alimenticios de consumo humano, y de concentrados para animales. 2
2. 102 Producción de calzado y prendas de vestir- Industrialización de la madera 3
3. 103 Fabricación de productos metalúrgicos 3
4. 104 Fabricación de sustancias y productos químicos; y medicamentos. 3
5. 105 Actividades de Edición, impresión, y de reproducción de grabaciones 3
6. 106 Fabricación de Maltas, Cervezas y demás bebidas alcohólicas 6
1. 2
2. 3
3. 3
4. 3
5. 3
6. 6
7. 107 Fabricación de bebidas no alcohólicas 5
8. 108 Actividades relacionadas con la extracción y refinación de petróleo y gas natural, extracción de
minerales 7
9. 109 Las demás actividades industriales no clasificadas previamente 5
10. 101 Elaboración de productos alimenticios de consumo humano, y de concentrados para animales. 2
11. 102 Producción de calzado y prendas de vestir- Industrialización de la madera 3
12. 103 Fabricación de productos metalúrgicos 3
13. 104 Fabricación de sustancias y productos químicos; y medicamentos. 3
14. 105 Actividades de Edición, impresión, y de reproducción de grabaciones 3
15. 106 Fabricación de Maltas, Cervezas y demás bebidas alcohólicas 6
16. 107 Fabricación de bebidas no alcohólicas 5
17. 108 Actividades relacionadas con la extracción y refinación de petróleo y gas natural, extracción de
minerales 7
18. 109 Las demás actividades industriales no clasificadas previamente 5
7. 5
8. 7
9. 5
10. 2
11. 3
12. 3
13. 3
14. 3
15. 6
16. 5
17. 7
18. 5
Actividades Comerciales
19. 201 Comercio de alimentos, productos agrícolas e insumos agrícolas 2
20. 202 Comercio de drogas y medicamentos de uso humano; y perfumería 3
21. 203 Comercio de madera, de artículos para la construcción y en general elementos de ferretería 3
22. 204 Comercio de prendas de vestir, y calzado 4
23. 205 Comercio de libros, papelería y textos escolares 2
24. 206 Comercio de artículos y equipos para medicina, odontología y optometría 3
25. 207 Comercio de maquinaria y equipos para la industria 4
26. 208 Comercio de discos, compacts, cassettes, cintas de audio y video 4
27. 209 Comercio de joyas y piedras preciosas 8
28. 210 Comercio de artículos deportivos 3
29. 211 Comercio de electrodomésticos, muebles y accesorios de oficina 5
30. 212 Comercio de cigarrillos, licores, rancho y confitería 6
31. 213 Comercio de combustibles derivados del petróleo 6
32. 214 Comercio de cacharrería y miscelánea 4
33. 215 Comercio de productos artesanales 4
34. 217 Comercio de lubricantes, aditivos y productos de limpieza para vehículos automotores y
motocicletas. 5
35. 218 Las demás actividades comerciales no clasificadas previamente. 6
19. 2
20. 3
21. 3
22. 4
23. 2
24. 3
25. 4
26. 4
27. 8
28. 3
29. 5
30. 6
31. 6
32. 4
33. 4
34. 5
35. 6
Actividades de servicio
36. 301 Servicios de transporte, terrestre, aéreo y fluvial 2
37. 302 Servicio de reparación mecánica, eléctrica y electrónica de automotores y motocicletas; incluye
servicio de latonería y pintura 3
38. 303 Servicios de reparación de electrodomésticos y equipo de oficina 4
39. 305 Servicios de Asesoría profesional, servicios de notarías y curadurías, intermediación de seguros,
consultoría profesional, interventoría y servicios prestados por contratistas de construcción, contracturas
y urbanizadores 5
40. 306 Actividades inmobiliarias 6
41. 307 Servicios de casas de empeño 10
42. 308 Servicios de lavado y limpieza de Prendas 4
43. 309 Servicio de salones de belleza, peluquería y gimnasio 4
44. 310 Servicio de salas de cine 6
45. 311 Servicio de publicidad, radio y televisión 6
46. 312 Captación, depuración, distribución de agua, distribución de combustibles gaseosos por tubería,
recolección y disposición final de los desechos sólidos y líquidos, servicio de comunicación celular,
servicio de comunicación por cable o por satélite o antenas, distribución y comercialización de energía
eléctrica 10
47. 313 Servicios prestados por constructores de vivienda de interés social 2
48. 314 Servicios de educación privada 3
49. 315 Servicios prestados por Agencias de viajes y turismo 4
50. 316 Servicios de restaurantes, estaderos, asaderos y piqueteaderos 5
51. 317 Servicios de heladerías, fuentes de soda, cafeterías 4
52. 318 Servicio de alojamiento por días 4
53. 319 Servicio de alojamiento por horas 10
36. 2
37. 3
38. 4
39. 5
40. 6
41. 10
42. 4
43. 4
44. 6
45. 6
46. 10
47. 2
48. 3
49. 4
50. 5
51. 4
52. 4
53. 10
54. 10
54. 320 Servicio de discotecas, centros nocturnos, bares, tabernas, grilles, billares, casas de lenocinio, y en
general, establecimientos nocturnos que expendan bebidas alcohólicas para consumirlas en los mismos
10
55. 321 Actividades de Clubes sociales y sitios de recreación 10
56. 322 Servicio de Alquiler de películas, audio y video 3
57. 323 Las demás actividades de servicios no clasificadas previamente 6
55. 10
56. 3
57. 6
Actividades financieras
58. 402 Entidades financieras permitidas por la Ley 5 en forma temporal en el Municipio de Villavicencio.
10
58. 10
Actividades Comerciales y de Servicios temporales
59. 501 Actividades Comerciales y de Servicios ejercidas en forma temporal en el Municipio de
Villavicencio. 10
59. 10
Fuente: Elaboro Lina Pedraza (2019) de conformidad al artículo 60 del Acuerdo 030 de 2008
Parágrafo 1.
Independientemente del nombre que tenga el establecimiento, el impuesto se cobrará con
base en la actividad que se desarrolle.
Parágrafo 2.
Autorizase a la Secretaria de Hacienda Municipal para que de conformidad con las
anteriores tarifas se actualice la clasificación CIIU de actividades económicas
En relación con la base gravable que es el monto sobre el cual se aplica la tarifa para la
liquidación del impuesto el artículo 75 del acuerdo 008 de 2008 prescribe lo siguiente:
Artículo 75.- Base gravable.
La base gravable del impuesto de industria y comercio son los ingresos brutos obtenidos
en el año inmediatamente anterior, u obtenidos en el periodo gravable cuando éste fuere
inferior a un año, con motivo de la realización de una actividad industrial, comercial o de
servicios realizada en el Municipio de Villavicencio. Está constituida por la totalidad de
los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos por el contribuyente en el año
inmediatamente anterior a la vigencia fiscal, en el ejercicio de las actividades gravadas.
Ahora bien, la base gravable se deben tener presente otros factores que se aplican a
factores estipulados en la ley y sobre los cuales se regulan exenciones por actividades no
gravadas que se advierten desde el artículo 75 al artículo 82.
Es de aclarar que la declaración de industria y comercio incluye otros impuestos que se
pagan en conjunto con el impuesto de industria y comercio como lo son el de recargo bomberil
(Artículos del 83 al 85 del acuerdo 008 de 2008) e Impuesto complementario de avisos y tableros
(Artículos del 107 al 112 del acuerdo 008 de 2008), al igual que puede aplicar descuentos por
conceptos de retenciones en la fuente o descuentos por pronto pago, entre otros factores de
conformidad a la actividad económica que el contribuyente haya desarrollado en el periodo
gravable a declarar.
Para el procedimiento de cobro coactivo
• Código de Procedimiento Civil, Art. 561 y siguientes.
• Estatuto Tributario Nacional Artículo 823 y siguientes, y demás normas aplicables.
• Ley General del Proceso
• Código de Procedimiento
• Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Artículos
93 al 97, Art.297 al 299.
• Ley 383 de 1997 Artículo 66.
• Ley 788 de 2002, Artículo 59
• Estatuto Tributario del Municipio de Villavicencio, Acuerdo 030 del 4 de diciembre de
2008 en sus Arts. 295 al 298.
• Resolución 035 de 2014 “Por medio de la cual se actualiza el Reglamento Interno de
Recaudo de Cartera del municipio de Villavicencio.
• Resolución 027 de marzo 11 de 2009.
• Acuerdo 030 de 2008 Estatuto Tributario del Municipio de Villavicencio; modificado por
el acuerdo 072 de 2009 y el Estatuto Tributario Nacional.
1.4. Marco conceptual
A continuación, se presentan algunos conceptos que son claves para el desarrollo de la
pasantía
Actos administrativos: (registro digital, 2017) el acto administrativo es definido como la
manifestación de la voluntad de la administración, tendiente a producir efectos jurídicos ya sea
creando, modificando o extinguiendo derechos para los administrados o en contra de éstos, tiene
como presupuestos esenciales su sujeción al orden jurídico y el respeto por las garantías y derechos
de los administrados.
Cobro Coactivo: (registro digital, 2017)la aplicación de los procedimientos formales
previstos en el Estatuto Tributario con el objeto de lograr la satisfacción de la obligación hasta con
el remate de bienes del deudor. Aquellas obligaciones no sujetas al procedimiento administrativo
coactivo deberán cobrarse a través de la jurisdicción establecida en normas especiales
contribuyentes.
Impuesto predial: (Alejandro cepeda baquero, 2008) el impuesto es un gravamen que
recae sobre los bienes inmuebles ubicados en la jurisdicción del municipio de Villavicencio y se
genera por la existencia del predio y se hará efectivo por este hecho, independientemente de quien
sea su propietario.
Mandamiento de Pago: (procedimiento para el cobro coactivo alcaldia de villavicencio,
2013)el mandamiento de pago es el acto administrativo que se dicta en el proceso de cobro coactivo
que contiene la orden al deudor para que pague a favor del municipio de Villavicencio la
obligación contenida en el título ejecutivo, más los intereses de mora.
Medidas cautelares: (procedimiento para el cobro coactivo alcaldia de villavicencio,
2013) las medidas cautelares son el mecanismo de inmovilizar comercialmente los bienes del
deudor, con el objeto de someterlos a su venta o adjudicación una vez determinados,
individualizados y avaluados, con el fin de asegurar el pago de la obligación.
Notificaciones: (procedimiento para el cobro coactivo alcaldia de villavicencio, 2013) las
notificaciones son la forma de enterar al deudor a través de la notificación personal, por correo
o aviso, que tiene una obligación con el fin que proceda a su pago, o a proponer las excepciones
acorde al estatuto tributario nacional.
Título Ejecutivo: (procedimiento para el cobro coactivo alcaldia de villavicencio, 2013)
o el titulo ejecutivo es el acto administrativo en el cual consta una obligación clara, expresa y
actualmente exigible.
6. OBJETIVOS DEL PROYECTO
6.1 Objetivo general
Efectuar apoyo a la gestión de los procedimientos y seguimiento de los diferentes actos
administrativos del área Cobro Coactivo por concepto de Impuesto Predial e Industria y
Comercio del municipio de Villavicencio.
6.2 Objetivos específicos
Apoyar en la atención en los contribuyentes en los diferentes temas tributarios para la
orientación e inscripción ante el ente municipal en el impuesto de industria y comercio
Colaborar en la depuración de las diferentes bases de datos asignados, esto como etapa previa
a la apertura de expedientes de cada programa de la dirección de impuestos.
7. Metodología
La metodología utilizar en el desarrollo de la práctica se desarrolla bajo la metodología de
practica formativa donde según la (Fundacion universitaria catolica del norte, 2016) dice que la
práctica formativa constituye un ambiente idóneo para la validación y perfeccionamiento de los
conocimientos y habilidades mediante el desarrollo de experiencias laborales en escenarios
productivos reales y en un ambiente tutorial y preparado para el desempeño laboral en el área de
formación para el desarrollo de la práctica formativa se suscribirán convenios marco entre las
alcaldías entes públicos o privados del sector privado y la fundación Universitaria la universidad
en cuestión de tipo descriptivo y deductivo.
Teniendo presente que información por estudios descriptivos brindados por la Dirección de
impuestos Municipales de Villavicencio estos como fuente primaria apoyado de la técnica de
observación; como proceso formal se emplea el método deductivo, donde se toma la
normatividad actual para establecer el debido proceso de cada área y de cada uno de los
impuestos municipales en este caso de Industria y Comercio e Impuesto Predial, disminuyendo la
incertidumbre de generar o aprobar el impuesto no cumpliendo con lo establecido en el marco
normativo.
Los estudios descriptivos buscan especificar las propiedades, las características y los perfiles
de personas, grupos, comunidades, procesos, objetos cualquier otro fenómeno que se someta a un
análisis (Danhke, 1989). Es decir, miden, evalúan o recolectan datos sobre diversos conceptos
(variables), aspectos, dimensiones o componentes del fenómeno a investigar. En un estudio
descriptivo se selecciona una serie de cuestiones y se mide o recolecta información sobre cada
una de ellas, para así (valga la redundancia) describir lo que se investiga. (Ver tabla 5)
Operacionalización de los objetivos
Tabla 5. Operacionalización de los objetivos
Objetivos Operacionalización Actividades Resultado
Apoyar en la
atención en los
contribuyentes en los
diferentes temas
tributarios para la
orientación e
inscripción ante el
ente municipal en el
impuesto de
industria y comercio
Brindar orientación a
los contribuyentes acerca
de los procesos que se
adelantan en el área de
cobro coactivo y asesorar a
los nuevos contribuyentes
de industria y comercio de
acuerdo a la ley 1819 de
2016, además asesorar
sobre el acuerdo 379 de
2019
-Asesorar los
protocolos que se
cumple en el área e
indicar en que instancia
se encuentran los
procesos de cobro
coactivo.
-Recepción de
formularios para
inscripción de los
nuevos contribuyentes
de industria y comercio.
Informe que sustente
el apoyo generado en la
atención al cliente en la
dirección de impuestos.
Colaborar en la
depuración de las
diferentes bases de
datos asignados, esto
como etapa previa a
la apertura de
expedientes de cada
programa de la
dirección de
impuestos.
Trabajar en la
verificación y depuración
por medio del sistema
tributario SWIT de los
expedientes enviados del
área de cobro persuasivo en
constancia de ejecutoria del
Título Ejecutivo.
-Revisión
Documentos
-Expedir
Mandamiento Ejecutivo
y Citación para
notificación personal
- Medida Cautelar
IPU
- Oficio Embargo a
Registro
- Medida Cautelar
ICO
- Oficio Embargo
Bancos.
Informe que sustente
la depuración de los
expedientes que no
tengan constancia de
ejecutoria del título
ejecutivo , y de los
actos administrativos
de los respectivos
procesos de cobro
coactivo
Fuente: Elaboro Lina Pedraza 2019
8. Resultados
De conformidad con el objetivo general de la práctica que correspondió a efectuar apoyo a la
gestión de los procedimientos y seguimiento de los diferentes actos administrativos del área de
cobro coactivo por concepto de impuesto predial e industria y comercio del municipio de
Villavicencio, se presenta a continuación el desarrollo de los objetivos específicos propuestos y
las actividades que permitieron cumplir con el compromiso de la pasantía desarrollada en la
Alcaldía de Villavicencio, dependencia Dirección de Impuestos .
Informe que sustente el apoyo generado en la atención al cliente en la dirección de
impuestos.
Informe que sustente la depuración de los expedientes que no tengan constancia de ejecutoria
del título ejecutivo, y de los actos administrativos de los respectivos procesos de cobro coactivo.
8.1 Atención al contribuyente en los diferentes temas tributarios
Se generó apoyo continuo en la atención en los contribuyentes en los diferentes temas
tributarios. Es así, como dentro del cumplimiento de este objetivo, se empezó con la orientación
general a los contribuyentes que llegaron a la oficina, entregando la información debida para
diligenciar el formulario y los anexos que deben presentar para la inscripción de industria y
comercio de las profesiones liberales de acuerdo a la ley 1819 de 2016.
Por otra parte, se apoyó recepcionando e inscribiendo a los contribuyentes del impuesto de
industria y comercio en el sistema web de impuestos territoriales (SWIT). También se comunicó
los pasos a seguir para su respetivo registro en la página de la Alcaldía y presentación de la
declaración en línea de la vigencia 2018 del impuesto de industria y comercio y su respectivo pago
y fechas de vencimientos de estas, además también se informó de la ampliación de las fechas para
los vencimientos para declarar y realizar el pago según la resolución N° 144 del 11 de abril de
2019.
Se realizó asesoría a los contribuyentes que están en mora en el pago de sus impuestos acerca
del acuerdo N° 379 de abril 01 del 2019 que fue aprobado como una iniciativa que presentó el
Gobierno (Municipal) acogida por los concejales de Villavicencio en el sentido de poderle dar una
opción al contribuyente, o tres opciones, en el tiempo de ponerse al día con las deudas que tengan
ahora hasta el 2018, para que paguen el impuesto y se les haga una reducción de intereses
dependiendo de las opciones que escojan.
Por último, se asesora también a los contribuyentes acerca del proceso que tienen en cobro
coactivo, brindado información de los protocolos que se cumple en el área, donde les indica que
es lo que tienen que hacer con el impuesto que deben para descargarles la deuda.
Es de aclarar que este aspecto de orientación en el cobro coactivo incluye la asesoría sobre los
acuerdos de pago y que se pongan al día en los impuestos y finalizarles los procesos que tienen en
cobro coactivo, para estar a paz y salvo en estas obligaciones tributarias.
En resumen, los trabajos realizados con respecto a este objetivo se pueden resumir en la
siguiente tabla.
Tabla 6 tabla de resultados
Actividad Beneficiados Logro
Inscripciones en el sistema
web de impuestos territoriales
280 Se evitaran sanciones y repressameinto
documental
Recepción de formularios 769 Sistematizar los nuevos contribuyentes del
impuesto de industria y comercio
Auto de archivo de los
procesos de cobro coactivo
por pago
26 Recaudo de cartera de deudores morosos
Fuente: Elaboro Lina Pedraza 2019
8.2 Apertura de Expedientes
Colaborar en la depuración de las diferentes bases de datos asignados, esto como etapa previa
a la apertura de expedientes de cada programa de la dirección de impuestos.
Se inició dando recepcionamiento a ochocientos veinticinco (825) liquidaciones de impuesto
predial unificado y treinta (30) declaraciones de industria y comercio enviadas del área de
cobro persuasivo confrontándolas física y virtualmente en el sistema web de impuestos
territoriales, que estuviesen efectivamente cargadas en el sistema y que presenten deuda en el
módulo de estado de cuenta, se reciben y se confronta en físico que las liquidaciones y
declaraciones contengan los requisitos y la información como: dirección, nombre del
contribuyente, cuantía, certificado de tradición, notificación, publicación en aquellos casos a que
hubiere lugar, conceptos de la obligación y constancia de ejecutoria del título ejecutivo en caso
de que las liquidaciones y/o declaraciones no presenten deuda o no cumplieran con los
requisitos se depura y se devuelve a la dependencia de origen. Posterior a ella verifico la
liquidación física (ver ilustración 3) y se confronta con el sistema web de impuestos territoriales
(ver ilustración 4)
Ilustración 2 Liquidación oficial impuesto predial unificado fuente Alcaldía de Villavicencio
Ilustración 3 sistema web impuestos territoriales fuente la alcaldía de Villavicencio
Después de revisadas las liquidaciones y declaraciones se hace el reparto equitativo de estas
a los funcionarios encargados de impulsar procesos para dar inicio al proceso de cobro coactivo.
Me fue asignadas cincuenta (50) liquidaciones oficiales de impuesto predial las cuales se
procede a revisar el VUR ventanilla única de registro de la oficina de registro de instrumentos
públicos (ver ilustración 5), que la información que contiene para determinar si se constituyen en
títulos ejecutivos contengan obligaciones claras, expresas y actualmente exigibles.
Ilustración 4
Verificación ventanilla única de registro fuente instrumentos públicos
Fuente: Alcaldía de Villavicencio
Una vez revisada la información en el VUR de las liquidaciones recibidas se da apertura a
(50) procesos de cobro coactivo, se procede a sacar un reporte masivo del sistema SWIT con la
referencia del número de liquidación, se selecciona las liquidaciones correspondientes, y el
sistema automáticamente saca en base de Excel con la información general requerida para
combinar correspondencia y proyectar los actos administrativos como: auto de mandamiento de
pago, (ilustración 6) se expide resolución de medidas cautelares, (ilustración 7) citación de
notificación personal, (ilustración 8), oficio de embargo decretando medida cautelar a la oficina
de registro de instrumentos públicos, (ilustración 9) oficios de embargo entidades bancarías,
(ilustración 10) para cada uno de los procesos impulsados.
Ilustración 5
Ilustración 6
Auto administrativo
Fuente: Alcaldía de Villavicencio
Auto de embargo
Ilustración 6
Auto de embargo
Fuente Alcaldía de Villavicencio
Citación Notificación Personal
Ilustración 7
Citación notificación personal
Fuente: Alcaldía de Villavicencio
Embargo a entidad bancaria
Ilustración 8
Oficio de Embargo entidad Bancaria
Fuente: Alcaldía de Villavicencio
Embargo a oficina de instrumentos públicos
Ilustración 9
Oficio de embargo oficina de registro de instrumentos públicos
Fuente Alcaldía de Villavicencio
Luego de proyectados los diferentes actos administrativos se imprime y se ordenan de manera
cronológica según la norma archivística se perforan y se archiva en carpetas anti fluidos y se da
paso al conducto regular que es la respectiva revisión y visto bueno por parte del coordinador del
área de cobro coactivo Dra. María Antonia Forero y el director de impuestos Dr. Miguel Antonio
Meneses Garavito.
Por consiguiente, una vez estén firmados los expedientes, se hace el respectivo alistamiento se
separa la citación y se envía por correo certificado al contribuyente para la notificación personal
del mandamiento de pago, por el término de 10 días. Art. 826 E.T.N., así mismo se alista los
oficios de embargos bancarios, y oficios de embargo a oficina de registro de instrumentos
públicos y se envía; además se deja como soporte copia de la guía del correo certificado con la
que se envió cada acto administrativo
Si el contribuyente se notifica personalmente del mandamiento ejecutivo de pago, puede
proponer excepciones, cancelar la obligación, celebrar acuerdo de pago. art.826 E.T.N.
Una vez vencido el término no comparece el mandamiento se notifica por correo.
Si es devuelto por la empresa de correo se procede a escanear y publicar en página web de la
Alcaldía de Villavicencio, adjuntando certificación de la publicación al expediente.
Por último, se guarda el expediente en un espacio del archivador físico donde permanecerá la
carpeta y se ingresan datos al sistema SWIT de todas las actuaciones y fechas en que se emiten
los actos administrativos y se notifican.
9. Conclusiones
La orientación realizada a los contribuyentes fue importante para la entidad al generarse un
apoyo significativo para que los contribuyentes lograran el cumplimiento de las obligaciones
formales en relación con el impuesto de industria y comercio.
Igualmente, se dio apoyo importante en la organización de los nuevos contribuyentes del
impuesto de ICO, dado que el Municipio empezó a cobrar en el presente año a las profesiones
liberales y trabajadores que ejercen por Orden de Prestación de Servicio (OPS). Proceso que tomó
por sorpresa a este sector de la economía, pues la gran mayoría desconocía el nuevo tributo que
está reglamentado en el art. 345 de la ley 1819 de 2016. Y estos nuevos contribuyentes no habían
hecho la respectiva inscripción para poder registrarse y presentar en línea su declaración de ICO
vigencia 2018 y dejando todo para lo último y llevando consigo consecuencias como vencimientos
de la fecha para declarar, acarreando sanciones por extemporaneidad.
El área de cobro coactivo es un área de resultado donde se manejan aproximadamente dieciocho
procedimientos, en algunos complejos, pero en definitiva siendo esta la última instancia se logra
recuperar la cartera de los deudores morosos de la entidad, mediante los embargos bancarios
preventivos, embargo del inmueble ante la oficina de instrumentos públicos o suspendiendo el
termino para el caso de prescripción, dada a importancia de este proceso para que el municipio
pueda recaudar ingresos que le permitan su funcionamiento y los objetivos que el ente municipal
ha presupuestado, se logró esclarecer el proceso y aplicarlo de forma razonable permitiendo un
buen desempeño en el área de cobro coactivo de la entidad para el recaudo.
Como valor agregado para la Alcaldía de Villavicencio, se logró con la pasantía un aporte a la
gestión de sus procesos para la eficiencia y eficacia en la organización de la información, el cobro
y recaudo de cartera que tiene la entidad. Dinero que le permite al ente su normal funcionamiento,
cumplir con las inversiones requeridas o para el acceso a la oferta de servicios institucionales que
requiere el público en diferentes sectores. En el entendido que el Estado busca obtener recursos
para cubrir sus necesidades a través de impuestos creados por el mismo de acuerdo a un plan de
desarrollo, los cuales hacen parte de los ingresos corrientes tributarios, municipales.
10. Recomendaciones
Se sugiere a la dirección de impuestos que antes enviar las liquidaciones y/o declaraciones a
cobro coactivo, haga una acumulación de estas por todas las vigencias que se encuentran en mora
y una vez agotada la vía gubernativa lleguen al área de cobro coactivo y se inicie los procesos por
el total de la obligación puesto que es exorbitante iniciar procesos por ciertas vigencias, para que
tiempo después tener que impulsar nuevamente otro proceso por la vigencias faltantes, de cierto
modo es una forma de ahorrar gastos procesales, tiempo, recurso humano entre otros factores que
intervienen en el proceso logrando así notificar al contribuyente de todos los actos administrativos
que de los cuales se encuentra en mora, e interrumpir en algunos casos los términos de prescripción
y detrimento patrimonial de la entidad.
No obstante, también se recomienda la mejora del archivo de cobro coactivo, su instalación
seguridad, manejo y la organización del mismo. Esto con la debida digitalización de la totalidad
del archivo para dar paso del expediente físico al virtual.
11. Aporte Social De La Práctica
Como trabajo final de prácticas se aportó informe sustentando el apoyo generado en la atención
a los contribuyentes y reporte de inscripciones de los nuevos contribuyentes de industria y
comercio de acuerdo la ley 1819 de 2016 e informe de los actos administrativos de cobro coactivo
para la medición de indicadores del área.
La práctica ejercida ha sido muy productiva y gratificante pues a través del trabajo realizado
he puesto en práctica los conocimientos adquiridos durante la preparación académica
universitaria y donde he tenido acompañamiento de caldosos profesionales en el desarrollo de
esta, lo cual ha sido grato y de vital importancia para adquirir experiencia en este campo
laboral afines a la carrera de contador público, he observado diversos procedimientos que se
realizan en esta dependencia, sus actos administrativos, las dudas que surgen todos los días de
parte de los contribuyentes y de la misma entidad en si para el manejo, funcionamiento y
tratamiento adecuado en ciertos casos cuando hubiese lugar. Ha sido una oportunidad
gratificante para mi formación profesional, el ambiente en la oficina es gustoso me he
relacionado con un equipo de excelentes profesionales. (Imagen 1)
Imagen 1.
Fotografía puesto de trabajo Alcaldía de Villavicencio.
Fuente: Tomada cámara celular Lina Pedraza
12. Divulgación de Conocimiento
Corresponde al evento de participación en el que se socializan los resultados del estudio,
teniendo en cuenta la comunidad a la que se dirija. (Evidencie en los anexos con fotos y lista de
participantes). Como anexos debe adjuntar la certificación de la entidad de la aprobación y
cumplimiento de la práctica, así como certificación a la universidad en agradecimiento al aporte
realizado y certificación al director de práctica (profesor) por la asesoría y acompañamiento en al
proceso).
Imagen 2.
Fotografías sustentación trabajos de grado 27 de mayo de 2019 en la Universidad Cooperativa de
Colombia
Fuente: Tomadas cámara celular Lina Pedraza
13. Experiencias Significativas
Los momentos significativos durante el desarrollo de la práctica uno fue el primer día de
inducción donde dos funcionarios que trabajan en la dirección de impuestos me acogieron de forma
calidad y amable. Me explicaron sobre el manejo de los dientes áreas que hay en esta dependencia
me explicaron la labor a realizar, los procedimientos y que cualquier duda preguntara las veces
que fuera necesario, fue un buen comienzo. En el transcurso de este tiempo todos los días hay algo
nuevo que aprender, la dirección cuenta con excelentes profesionales que tienen mucha
experiencia en temas tributarios los cuales ha sido de mucho provecho para enriquecer mi
conocimiento intelectual.
Por otro lado, la contraprestación que la práctica me deja es la experiencia adquirida ya que me
he desenvuelto en campo laboral exigente y puesto en práctica los temas visto en clases. He
descubierto que la labor de los contadores públicos se ha vuelto indispensable y se puede poner en
ejercicio en diferentes campos laborales.
14. Referencias
Alcadia de Villavicencio. (2016). Nuestra Alcaldía. Obtenido de Nuestra Alcaldía:
http://www.villavicencio.gov.co/NuestraAlcaldia/Paginas/Mision-y-Vision.aspx
Alcadia de Villavicencio. (18 de 03 de 2019). Presentación. Obtenido de Villavicencio.gov.co:
http://www.villavicencio.gov.co/MiMunicipio/Paginas/Presentacion.aspx
Alcaldia de Villavicencio (2013). Procedimiento para el cobro coactivo alcaldia de Villavicencio.
(20 de 11 de 2013). Obtenido de
antigua.villavicencio.gov.co/index.php?option=com_docman&task=doc...
Consejo Municipal de Villavicencio. (4 de 12 de 2008). acuerdo 030 del 2008. Por el cual se
establece el estatuto tributario del municipio de Villavicencio y se dictan otras
disposiciones. Obtenido de tramites1.suit.gov.co: tramites1.suit.gov.co/registro-
web/suit_descargar_archivo?A=61242
Consejo Municipal de Villavicencio. (4 de 12 de 2008). Acuerdo 136 de 2012. Por el cual se
modifica el acuerdo 030 de 008. Estatuto tributario del Municipio de Villavicencio y se
dictan otras disposiciones. Obtenido de
http://www.villavicencio.gov.co/Transparencia/ImpuestosMunicipales/ACUERDO%20N
o%20136%20DE%2011%20DE%20FEBRERO%20DE%202012.pdf
DANE. (20 de 03 de 2018). Obtenido de Resultados y proyecciones (2005-2020) del censo 2005»:
https://www.dane.gov.co/
Danhke. (1989). Investigacion y comunicacion . Mexico, Mexico D.F.
EVA Asesora. (21 de 03 de 2019). Ley 14 de 1983 - Gestor Normativo Función Pública. Obtenido
de Funcionpublica.gov.co:
http://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=267
Fundacion Universitaria Catolica del Norte. (29 de 03 de 2016). Obtenido de
https://www.ucn.edu.co/programas.../ETDH/Reglamento-de-practicas-formativas.pdf
Fuentes-Navarro, R. (1996). La investigación de la comunicación en México: sistematización
documental 1986-1994. Tlaquepaque, Jalisco: ITESO; Universidad de Guadalajara. investigacion
y comunicacion. Mexico, Mexico D.F.
Registro digital. (29 de 11 de 2017). adminverblobawa. Obtenido de glosario acto administrativo:
NORMA_ARCHIVO&p_NORMFIL_ID=12283&f_NORMFIL_FILE=X&inputfileext=
NORMFIL_FILENAME
Significado de Impuesto. (07 de 02 de 2019). Significado. Recuperado el 07 de 02 de 2019, de
https://www.significados.com/impuesto/
Universidad Santo Tomas. (21 de 03 de 2019). Recuperado el 21 de 03 de 2019, de
Soda.ustadistancia.edu.co:
http://soda.ustadistancia.edu.co/enlinea/josegarcia_derechotributario/clasificacion_de_los
_impuestos.html
Universidad Santo tomas. (s.f.). soda usta distancia. Obtenido de
soda.ustadistancia.edu.co/enlinea/josegarcia.../clasificacion_de_los_impuestos.html
15. Anexos
Anexo A. solicitud pasante empresa y requerimiento
Anexo B. Oficio presentación pasante
Anexo C. Acta de inicio
Anexo D. Registro fotográfico
Anexo E. Primer informe pasantía
INFORME PARCIAL DE AVANCE PRACTICAS
PROFESIONALES
Opción de Grado
Título del proyecto: Apoyo a la gestión de cobro y recaudo de los impuestos del municipio de
Villavicencio
Nombre del
estudiante:
Lina María Pedraza
Dueñas
ID: 306245
Nombre de la
Empresa:
Alcaldía de
Villavicencio
NIT: 892099324-3
Nombre del
Asesor:
Janeth Lozano
Lozano
Correo: Janeth.lozano@campusuuc.edu.co
m
SITUACIÓN TEMPORAL EN EL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
Describa las actividades que ha desarrollado según la programación de la propuesta efectuada para
el cumplimiento de las horas del Plan de Trabajo.
ACTIVIDADES
Mes: Marzo
Nº
HORAS
Días de la semana
L M M J V
Solicitud de pasantías 1 X
Elaboración de la propuesta en acompañamiento de la
docente encargada
3 X
Presentación a la Alcaldía de Villavicencio como pasante de
la dependencia de la Dirección de Impuestos
3 X
Inducción por parte del jefe encargado para lograr la
ejecución de la practica
8 X X
ACTIVIDADES Mes: Abril
Nº
HORAS
Días de la semana
L M M J V
Apoyo al área de cobro coactivo 8 X
Verificación de las liquidaciones oficiales del impuesto
predial unificado que estén debidamente notificadas
8 X
Depuración de las liquidaciones canceladas en su totalidad 8 X
Asignación en el sistema tributario SWIT de liquidaciones
oficiales
8 X
Revisión en Ventanilla Única de Registro (VUR) que las
liquidaciones contengan elementos del tributo identificación y
calidad del sujeto pasivo, identificación del predio, de manera
que se constituya en el titulo ejecutivo que preste merito
ejecutivo para dar inicio al proceso de cobro coactivo
8 X
Estado del cumplimiento de las actividades por los objetivos alcanzados: A partir de la fecha
de inicio se ha realizado el respectivo proceso de cobro coactivo que inicia con la verificación
de las liquidaciones oficiales de IPU enviadas de cobro persuasivo se confronta en físico y en el
sistema tributario SWIT que se constituya en el titulo ejecutivo que preste merito ejecutivo, y
que esté debidamente notificadas, se hace depuración de las liquidaciones que se encuentren
pagas, y las que tengan deuda se asignan en el sistema para la respectiva revisión en el VUR
donde debe contener los elementos del tributo, es decir , identificación y calidad del sujeto pasivo,
identificación del predio, de manera que presta mérito ejecutivo, susceptible de cobro coactivo.
Conclusiones /recomendaciones:
Para concluir se destaca que la dependencia de la Dirección de Impuestos cuenta con un
excelente grupo de recurso humano los cuales me han brindado una buena e integra inducción
y acompañamiento para iniciar las actividades pactadas, y realizar los respectivos procesos en
el área de cobro coactivo , además han confiado su diferentes bases de información y consulta
confidenciales para llevar a cabo los procedimientos, con la meta de garantizar un efectivo
proceder ya que es una área de resultado. Logrando así realizar las prácticas de la modalidad de
grado y como contraprestación adquirir conocimiento, experiencia en las diferentes actividades
realizadas.
Descripción de las metas faltantes:
Como metas faltantes esta la continuidad de los procedimientos del proceso de cobro coactivo,
debido a que hace poco inicie las prácticas y el mencionado proceso tiene actividades y detalles
que requiere de términos estipulados para su ejecución, además por otra parte no he sido
asignada aun para apoyar los procedimientos del área de fiscalización.
Observaciones adicionales:
Las pasantías se han realizado de manera metodológica y procedimental de acuerdo a lo
estipulado en el procedimiento para el cobro coactivo con un periodo de tiempo corto pero
sustancial y un total de ### horas de asistencia en la Dirección de Impuestos Municipales hasta
la fecha.
Anexo F. Primer informe docente
Anexo G. Segundo informe docente
Anexo H. Planilla de asistencia a la entidad.
Anexo I. Evaluación del convenio.
Anexo J. Oficio aval.
Anexo K. Acta final.
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