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Radicado No 2020300002702 Medellín, 06/05/2020
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Doctor ANDRÉS FELIPE LOPEZ RAMIREZ Contralor Auxiliar Delegado
Contraloría General de Antioquia
Asunto: Informe Técnico de las URI 040 Antioquia Solidaria con radicado N. 2020300002557 y URI 041 con Radicado No. 2020300002571 del 27 de abril de 2020 sobre la gerencia de MANA.
Respetado doctor Andrés Felipe,
En cumplimiento de los procedimientos establecidos por la Contraloría General de Antioquia - CGA, y más concretamente de las Resoluciones 2018500000955 del 16 de mayo de 2018 y 2017500001562 del 19 de octubre de 2017, por medio de las cuales se adoptó el Procedimiento de Atención de denuncias en la Contraloría General de Antioquia, Resoluciones 2020500000953 del 13 de abril 2020500000996 del 20 de abril de 2020; nos permitimos emitir Pre-informe Técnico a las atención de las URIS 040 Antioquia Solidaria y 041 de la gerencia de MANA.
ANTECEDENTE:
En este orden de ideas, se precisa que se recibieron los Autos Comisorios No 192 Unidad de Reacción Inmediata – URI 040 bajo la radicación No. 2020300002557 de Antioquia Solidaria y el Auto 193 URI – 041 bajo el radicado No 2020300002571 de MANA las dos comisiones del 27 de abril de 2020, instaurada por el Contralor Auxiliar de Auditoria Delegada, a fin de realizar investigación a los actos que dentro de la urgencia manifiesta nacional y territorial y con ocasión del COVID 19 se adelantan en dichas Secretarias.
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FUNDAMENTOS DE DERECHO
La Contraloría General de Antioquia, es el órgano de control fiscal del Estado y su misión es procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a que el Estado se modernice mediante acciones de mejoramiento. Su función básica es vigilar que la administración pública y los particulares o entidades que manejan bienes públicos se hagan con total ajuste a la Ley.
Los Artículos 119, 267 y 268 de la Constitución Política de Colombia y la Ley 42 de 1993 establecen la competencia de las Contralorías, como titular de la función fiscal en la Nación y el Departamento, en ese sentido, ejercen en representación de la comunidad la vigilancia de la gestión fiscal y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación.
En desarrollo de esos mandatos constitucionales, se dictó la Ley 610 de 2000, Acto legislativo 04 de 2019 y Decreto 403 de 2020, mediante la cual se establecieron las normas que regulan el proceso de responsabilidad fiscal y denuncias a cargo de la Contraloría, la organización y funcionamiento de la misma.
El artículo 5 de la Ley 610 de 2000, establece que la responsabilidad fiscal estará integrada por una conducta dolosa o culposa atribuible a una persona que realiza gestión fiscal; un daño patrimonial al Estado; y un nexo causal entre los dos elementos anteriores.
De igual manera, el artículo 6° de la precitada Ley, señala que se entiende por daño patrimonial al Estado, la lesión del patrimonio público, representada en el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento, pérdida o deterioro de los bienes o recursos públicos, o a los intereses patrimoniales del Estado, producida por una gestión fiscal antieconómica, ineficaz, ineficiente e inoportuna, que en términos generales no se aplique al cumplimiento de los cometidos y de los fines esenciales del Estado, particularizados por el objetivo funcional y organizacional, programa o proyecto de los sujetos de vigilancia y control de las Contralorías.
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Para el caso que nos ocupa, el cual es la atención de las peticiones de los ciudadanos que presentan a la Contraloría General de Antioquia, conforme a nuestra competencia del control fiscal y los diferentes procedimientos administrativos de orden interno relacionados con el trámite de derechos de petición, quejas y denuncias, los cuales orientan la misión y visión de la entidad, fundamentados por las Resoluciones las Resoluciones 2018500000955 del 16 de mayo de 2018 y 2019500001954 del 1° de noviembre de 2019, las cuales adoptan el procedimiento para el trámite de atención de denuncias, quejas y otras solicitudes en la CGA, las Resoluciones 2020500000996 del 20 de abril de 2020 modificatoria de la Resolución 2020500000953 del 13 de abril de 2020.
PROCEDIMIENTO DESARROLLADO
Una vez recibidas la URI 040 bajo la radicación No. 2020300002557 de Antioquia Solidaria y la URI – 041 bajo el radicado No 2020300002571 de MANA las dos comisiones del 27 de abril de 2020 asignadas a los profesionales universitarios: Juan Guillermo Ossa Tabares, Julián Arturo Arboleda Arroyave, Luis Alberto Orrego Calderón, Mauricio Orozco Velásquez y Eleany Rodriguez Cano (coordinadora), quienes deberán realizar investigación a los actos que dentro de la urgencia manifiesta nacional y territorial se adelanten y en especial a la ejecución de los recursos públicos destinados por la gerencia de MANA para atender la emergencia ocasionada por el virus denominado COVID – 19.
Por lo anterior se dispuso realizar las siguientes actuaciones:
1. Asignación de profesionales y/o contralores auxiliares adscritos a la Contraloría
General de Antioquia, a fin de poder establecer la existencia de presuntas
irregularidades dentro de la ejecución de los contratos objeto de análisis
perfeccionados dentro de la urgencia manifiesta nacional y territorial con ocasión
del COVID 19.
2. Se consultaron el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP y el Sitio
Web Gestión Transparente, a fin de revisar los documentos y soportes de los
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procesos, disponibles para analizar, revisar y evaluar cada actuación contractual desarrollada para la atención de la emergencia ocasionada por el virus COVID – 19 por MANA.
3. Se realizó visita a las oficinas de MANA para revisión de la documentación existente
e inspección técnica de algunas actuaciones desarrolladas para la atención de la emergencia ocasionada por el virus COVID – 19, los días martes 28 y jueves 30 de abril de 2020.
4. Se efectuó la revisión y análisis de la información recopilada de los contratos No
4600010541 y 4600010542 sobre completos de alimentación a la población
vulnerable. .
5. Se realizaron muestras aleatorias de entregas de paquetes alimentarios en virtud
de los contratos 4600010541 y 4600010542, así como verificación de remisiones a
algunos municipios. .
6. Elaboración informe de la URI
DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS, ANÁLISIS EFECTUADO Y RESULTADO
FINAL
Como resultado de la URIS adelantadas y de acuerdo con el material recaudado se pudo establecer lo siguiente:
A. Sobre la competencia:
De conformidad con los Autos comisorios No 192 y 193 del 27 de abril de 2020, en el cual se establece que de conformidad con en el artículo 115 de la Ley 1474 de 2011, “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención,
investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión
publica”, la Unidad de Reacción Inmediata URI-CGA cuenta con las facultades de policía judicial previstas en la Ley 610 de 2000 y actuara con la debida diligencia y
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cuidado en la conservación y cadena de custodia de las pruebas que se recauden durante la investigación.
B. Sobre lo observado en la función de vigilancia. 1. Observaciones El día 28 de abril de 2020, se realizó visita a la gerencia de MANA y a las instalaciones de la Secretaria de participación Ciudadana, quien es el enlace del programa Antioquia solidaria, con el fin de recaudar información y de realizar actividades de revisión de los soportes de los procesos precontractuales, perfeccionamiento, ejecución física, financiera y liquidación de los contratos y al respecto nos indicaron lo siguiente: Respecto al programa de Antioquia Solidaria. En reunión con el dr Juan correa – Secretario de Participación Ciudadana, nos indicó que Antioquia Solidaria, es una estrategia que se maneja es esa secretaria y los recursos que se manejan son privados de donaciones y todo se hace a través de la fundación Antioquia presente y apoyan los diferentes programas y contratos de otras secretarias que se realizan en virtud de la emergencia del COVID 19 con el propósito de liderar la:
Red de voluntarios
Donación de dineros para paquetes alimentarios
Donaciones de empresas privadas para el sistema de salud y atención general
Movilizar otras organizaciones alrededor del concepto de la SOLIDARIDAD en las diferentes fases de la contingencia. Y establecer plan de acción para el segmento de hogares vulnerables . : Además el gobierno Departamental conformo grupos de trabajo para los distintos temas de Gobierno ante dicha emergencia, con el propósito estratégico de liderar la estrategia de solidaridad alrededor de la contingencia en varias líneas de trabajo, así: (Documento Plan Covid19 Gobernación de Antioquia). 1. Contener la pandemia para salvar vidas.
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2. Fortalecer la salud mental de la población Antioqueña 3. Aumento de la capacidad del sistema de Salud 4. Garantizar seguridad alimentaria en la población durante y después de la
emergencia. 5. Garantizar la soberanía alimentaria prevenir el acaparamiento y la
especulación. 6. Garantizar la seguridad Ciudadana y territorial –fortalecer la convivencia. 7. Mantener activa la economía regional 8. Nueva perspectiva de planeación 9. Planeación por nuevos escenarios económicos y sociales 10. Toma de decisiones tácticas eficientes, eficaces y articuladas 11. Articulación del gobierno Departamental con otros niveles de gobiernos 12. Operación eficaz del Gobierno Departamental
l. En consecuencia como se indicó que Antioquia solidaria no realiza ninguna contratación, toda vez que es una estrategia del Gobierno Departamental para mitigar la pandemia ocasionada por el COVID19, no es procedente continuar con la URI y se adjunta como anexo el certificado que entrego el Secretario de Participación Ciudadana al respecto.
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Con relación a la Gerencia de MANA. En reunión realizada con el gerente de MANA, el abogado y la asesora técnica nos aclaran que MANA no ha realizado directamente contratos con respecto al COVID 19, que se realzaron 2 convenios de complementación alimentaria y que los contrató y realizó EL DAPARD directamente, pero los ejecuta, hace seguimiento y supervisa la gerencia de MANA. Los convenios se proceden a detallar así:
CONTRATO 4600010541 SUSCRITO ENTRE EL DAPARD Y LA FUNDACION
FUBAM.
.El contrato 4600010541 suscrito el 26/03/2020 con la fundación Banco Arquidiocesano de Alimentos de Medellín – FUBAM, cuyo objeto es: “Prestación
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de servicios para contribuir el mejoramiento y/o complemento de la alimentación a la población vulnerable de las subregiones del Bajo Cauca, Magdalena Medio, Nordeste, Norte y Occidente del Departamento en razón a la declaratoria de emergencia económica social y ambiental por el Gobierno Nacional.
El Valor inicial fue de: $2.557’179.637 y dicho contrato fue adicionado en
$1.279’919.622.
Plazo inicial: 2 meses
Fue rendido a Gestión Transparente
Los documentos aportados del contrato fueron:
1. Listado de chequeo 2. Estudios previos 3. Análisis de riesgos 4. Certificado de idoneidad del contratista 5. Certificación lista Clinton 6. Certificado de experiencia del contratista 7. Carta de compromiso par ejecución del contrato con MANA y/o DAPARD 8. Manifestación para notificación de medios electrónicos 9. Constancia para contratar 10. Carta aportes seguridad social 11. Carta de compromiso para ejecución 12. Relación documentos del contratista - FUBAM 13. Constancia de datos del proceso y condiciones 14. Opciones de marcar de productos a suministrar en los paquetes de alimentos 15. Contrato No 4600010541 de marzo de 2020 16. Registro presupuestal 17. Designación de supervisor 18. Pólizas de cumplimiento 19. Solicitud y aprobación de garantías.
Observaciones favorables del contrato:
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Se declara acertadamente la calamidad pública, pues la Gobernación de Antioquia mediante acto 2020070000984 del 13 de marzo de 2020, teniendo en cuenta todos los considerandos sobre el tema del COVID- 19, declara acertadamente la calamidad pública en el Departamento por seis (6) meses, y con base en esto celebra este contrato; en el artículo 4° se establece que el seguimiento y control del Plan de Acción estará a cargo del DAPARD.
Se identifican las características de los bienes y servicios contratados y están relacionados con la problemática asociada al Covid-19.
Luego de revisar bases de datos del DANE y según los estudios del mercado
de la Entidad, los precios de los productos de los paquetes alimentarios, se ajustan a los del mercado para la época y las diferentes zonas.
En “Certificado de idoneidad”, la Entidad expresa que la Fundación es una
entidad sin ánimo de lucro domiciliada en Medellín, que tiene “como propósito y fines, subsanar los problemas de inseguridad alimentaria de la población vulnerable, mediante programas asistenciales”, que la Fundación cuenta con la capacidad técnica y administrativa para realizar el objeto del contrato, y que ha celebrado varios convenios con objetos similares a los de la presente contratación. El equipo auditor considera que, para verificar en campo la entrega de los paquetes alimentarios, los Directivos ó funcionario que designen, deben tener en cuenta el último informe de seguimiento de la supervisión del contrato aportado por la Entidad, el cual va del 12/04/2020 al 22/04/2020, en el que figura que se han entregado 31.552 paquetes; allí figuran la cantidad de despachos entregados en cada municipio, con las remisiones respectivas.
Respecto al paquete alimentario se tiene lo siguiente: En el documento denominado “Datos Generales del Proceso”, figura el paquete
estándar, el cual consiste en:
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También figura allí sobre las características generales de los productos contenidos en los paquetes alimentarios que:
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Adicionalmente sobre la presentación de los paquetes alimentarios se tiene lo siguiente:
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Sobre los despachos, transporte y distribución de los alimentos, que:
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En la siguiente tabla se observan los diferentes ítems de los paquetes alimentarios con su respectivo valor unitario:
ALIMENTO GRAMOS
UNIDAD
GRAMOS
TOTALES UNIDADES VALOR UNITARIO
Panela 500 500 1 1.883,4
Bebida achocolatada 200 200 1 4.914,1
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ALIMENTO GRAMOS
UNIDAD
GRAMOS
TOTALES UNIDADES VALOR UNITARIO
Atún Aceite 170 510 3 4.502,8
Huevo 50 750 15 430,1
Arroz 500 2.500 5 2.076,5
Pastas 250 750 3 1.246,2
Avena Hojuela 500 500 1 2.088,0
Aceite 500 500 1 3.743,8
Leche en polvo _P 380 380 1 8.929,3
Frijol 500 500 1 4.891,1
Lenteja 500 1.000 2 2.004,8
Sal 500 500 1 748,5
Peso total 9.590
Total Alimentos 37.458,7
Fuente: Maná
Elaboró: Luis Alberto Orrego C. (CA) y Juan Guillermo Ossa T. (PU)
Y en la siguiente tabla, se observan los costos adicionales para el despacho,
transporte y distribución de los alimentos en cada una de las zonas del
Departamento:
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VLR LOGISTICO SUBREGION
VLR KILO
VALOR
LOGISTICA X
SUBREGION
VLR TODO COSTO
PAQUETE
(X SUBREGION)
CUPOS POR
SUBREGION
Vlr Logística Bajo Cauca 1.454 13.944 79.234 6.052
Vlr Logística Magdalena Medio 1.909 18.304 83.593 5.470
Vlr Logística Nordeste 1.705 16.353 81.642 7.900
Vlr Logística Norte 1.440 13.805 79.095 5.436
Vlr Logística Occidente 1.689 16.197 81.487 6.694
Impuestos y demás (x Paquete) 31.552
Fuente: Maná
Elaboró: Luis Alberto Orrego C. (CA) y Juan Guillermo Ossa T. (PU)
Luego de revisar bases de datos del DANE y según los estudios del mercado de la Entidad, los precios de los productos de los paquetes alimentarios, se ajustan a los del mercado para la época y las diferentes zonas.
1. En “Certificado de idoneidad”, la Entidad expresa que la Fundación es
una entidad sin ánimo de lucro domiciliada en Medellín, que tiene “como propósito y fines, subsanar los problemas de inseguridad alimentaria de la población vulnerable, mediante programas asistenciales”, que la Fundación cuenta con la capacidad técnica y administrativa para realizar el objeto del contrato, y que ha celebrado varios convenios con objetos similares a los de la presente contratación.
En la página web de la Fundación figura que:
“El 19 de octubre de 1999 varios civiles y algunos sacerdotes se propusieron unir esfuerzos
para crear un banco de comida y varias personas se fueron a buscar donaciones. Madrugaron a las 2 a.m. y recogieron una caja de manzanas; la semilla de lo que hoy es el Banco Arquidiocesano de Alimentos, una entidad que recibe donaciones de
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establecimientos comerciales, de granjeros e industriales y la entrega a fundaciones de toda la ciudad.
En ese mismo año, después de una visita de varios sacerdotes y laicos a los Bancos de alimentos de México, Monseñor Alberto Giraldo Jaramillo, Arzobispo de Medellín, autorizó la creación del Programa Banco Arquidiocesano de Alimentos, adscrito a la Pastoral Social de Medellín. Posteriormente, en el año 2006 se constituyó como Fundación, mediante decreto Arzobispal.”
Y que “Su trabajo está sustentado en los principios de la Doctrina Social de la
Iglesia, fiel a su vocación de servicio y aporte al desarrollo integral de los seres
humanos, adelanta un trabajo incansable para contribuir en la seguridad alimentaria
de miles de personas en Medellín y Antioquia.
Actualmente se concibe como una institución social, de carácter canónico, sin ánimo de lucro, con la misión de acopiar y distribuir alimentos y otros productos; sirviendo de puente entre la abundancia de quienes los poseen y la escasez de quienes carecen de éstos, sin distinción de religión, preferencias políticas o raza.”
2. En el seguimiento a la ejecución del contrato, se estableció que: El contrato se adicionó el 21/04/2020: Modificación 1 al contrato por $1.279’919.622
y dos (2) meses más de plazo. (Sólo se ha suscrito esta adición al 29 de abril del 2020).
En el informe de seguimiento 3 de la Supervisión del contrato, del período
12/04/2020 al 22/04/2020, figura que se han entregado 31.552 paquetes alimentarios, correspondientes a un 100% del contrato inicial. Allí figuran la cantidad de despachos entregados en cada municipio.
La Entidad al 29/04/2020 expresa que va a realizar el trámite para una segunda
adición al contrato. Respecto a la Ejecución del Contrato: En visita realizada a MANA, se constató el seguimiento realizado al contrato mediante un programa de APP (sistematizado), que ofrece en tiempo real, la
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entrega del paquete alimentario a cada beneficiario, donde aparece registro fotográfico de cada persona. Ver Anexo 2. En el Anexo 3, se aprecia un informe de una primera entrega, con una cantidad de 31.552 paquetes alimentarios, que corresponde a lo ingresado al programa de seguimiento. Esto acompañado con las remisiones a los enlaces de cada municipio, donde se aprecia la firma de recibido y su número telefónico, para su verificación. Para nuestro caso elegimos una muestra de remisiones, para realizar algunas llamadas telefónicas y constatar el recibo en cada municipio. De la misma manera se verificaron las deducciones realizadas por la Secretaria de Hacienda, en los egresos de los pagos realizados hasta el momento, las cuales son:
Estampilla CBA
Estampilla pro U Envigado
Estampilla pro hospital
Estampilla pro desarrollo
Estampilla politécnico JIC Las cuales, confrontadas con el Instructivo Tributario para los Procesos Contractuales de la Secretaria de Hacienda, de la Gobernación de Antioquia, están acordes a dicho instructivo.
CONTRATO 4600010542 SUSCRITO ENTRE EL DAPARD Y LA FUNDACION
SACIAR.
El contrato No 4600010542 del 26/03/2020, cuyo objeto fue la Prestación de
servicios para contribuir el mejoramiento y/o complemento de la alimentación a la
población vulnerable de las subregiones del Oriente, Suroeste, Urabá y Valle de
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Aburrá del Departamento en razón a la declaratoria de emergencia económica
social y ambiental por el Gobierno Nacional.
Contratante: Departamento de Antioquia - DAPARD
Contratista: Fundación Saciar.
Valor inicial: $2.959.806.528
Plazo inicial: 2 meses Mediante Acta de Modificación No 1 suscrita el 21/04/2020 se adicionaron $1.500.012.195 al valor del contrato inicial, con CDP No 3500044117.
La Gobernación de Antioquia mediante acto 2020070000984 del 13 de marzo de
2020, teniendo en cuenta todos los considerandos sobre el tema del COVID- 19,
declara acertadamente la calamidad pública en el Departamento por seis (6) meses,
y con base en esto celebra este contrato; en el artículo 4° se establece que el
seguimiento y control del Plan de Acción estará a cargo del DAPARD.
Los documentos escaneados y aportados del contrato fueron:
1. Resolución por medio del cual se declara una situación de calamidad pública 2. Acta por medio del cual se designa un comité asesor y evaluador 3. Acta de comité de contratación interna 4. Certificado de disponibilidad 5. Listado de chequeo 6. Estudios previos 7. Análisis de riesgos 8. Certificado de idoneidad del contratista 9. Certificación lista Clinton 10. Certificado de experiencia del contratista 11. Carta de compromiso par ejecución del contrato con MANA y/o DAPARD 12. Manifestación para notificación de medios electrónicos 13. Constancia para contratar 14. Carta aportes seguridad social
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15. Carta de compromiso para ejecución 16. Relación documentos del contratista – SACIAR 17. Constancia de datos del proceso y condiciones 18. Opciones de marcar de productos a suministrar en los paquetes de alimentos 19. Contrato No 4600010541 de marzo de 2020 20. Registro presupuestal 21. Designación de supervisor 22. Pólizas de cumplimiento 23. Solicitud y aprobación de garantías.
En el documento denominado “Datos Generales del Proceso”, figura el paquete
estándar, el cual consiste en:
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También figura allí sobre las características generales de los productos contenidos en los paquetes alimentarios que:
Adicionalmente sobre la presentación de los paquetes alimentarios, que:
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Sobre los despachos, transporte y distribución de los alimentos, que:
Tabla 1
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1. A continuación se puede observar en la siguiente tabla los precios de cada uno de los ítems
para los paquetes alimentarios:
Fuente: Maná
Elaboró: Julian Arturo Arboleda Arroyave y Mauricio Orozco Velásquez / Profesionales universitarios
AlimentoGramos
unidadUnidades
Gramos
Totales
Valor
Unitario ($)Valor Total ($)
Vr X gramo
($/g)
Vr gramo
según Dane
y/o
establecimie
tos
comerciales
($/g)
Panela 500 1 500 1.883,4 1.883,4 3,8 5,16
Bebida achocolatada 200 1 200 4.914,1 4.914,1 24,6 26,43
Atun Aceite 170 3 510 4.502,8 13.508,3 26,5 26,43
Huevo 50 15 750 430,1 6.451,9 8,6 10,72
Arroz 500 5 2.500 2.076,5 10.382,6 4,2 4,47
Pastas 250 3 750 1.246,2 3.738,7 5,0 5,09
Avena Hojuela 500 1 500 2.088,0 2.088,0 4,2 3,80
Aceite 500 1 500 3.743,8 3.743,8 7,5 8,10
Leche en polvo _P 380 1 380 8.929,3 8.929,3 23,5 32,38
Frijol 500 1 500 4.891,1 4.891,1 9,8 8,87
Lenteja 500 2 1.000 2.004,8 4.009,6 4,0 4,17
Sal 500 1 500 748,5 748,5 1,5 1,44
Peso total 9.590
Total Alimentos 37.458,7 65.289,4
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A continuación, se observan los costos adicionales para el despacho, transporte y
distribución de los alimentos en cada una de las zonas del Departamento:
Fuente: Maná
Elaboró: Julián Arturo Arboleda Arroyave y Mauricio Orozco Velásquez / Profesionales universitarios
Analizadas los precios de cada uno de los alimentos del listado se observó que no existen grandes diferencias con los precios del mercado, sin embargo éstos no están plenamente identificados y no se tiene claridad en cuales es su calidad y especificaciones, por lo tanto no fue fácil establecer comparaciones con los precios comerciales, pues examinando las tablas de precios del Dane, se observaron unos rangos de precios bastante amplios, que dependían de las especificaciones de cada producto, situación irregular por lo expuesto en el numeral 4.2.1 del informe sobre los datos generales del contrato, donde se especifican las características generales de los productos, y condicionan al contratista a presentar un anexo con las opciones de marca de los alimentos a suministrar, con su respectivo registro de números de permiso, registro sanitario, las fichas técnicas y los registros del INVIMA, documento que no fue posible encontrar ni en el expediente magnético del contrato y que tampoco se observó publicado en el Secop II. Todo lo anterior inobservó los principios de transparencia, economía y responsabilidad señalados en los artículos 23, 24, 25 y 26 de la ley 80 de 1993.
Vlr Logistico subregion
Vlr kilo
Valor
Logistica x
Subregion
Vlr Todo
Costo
Paquete
(x
Subregio
Cupos por
subregion
Valor total por
subregion
Vlr Logistica Uraba 1.416 13.584 78.873 10.337 815.314.468
Vlr Logistica Valle de Aburra 682 6.544 71.833 5.508 395.657.392
Vlr Logistica Oriente 1.139 10.919 76.209 13.176 1.004.123.529
Vlr Logistica Suroeste 1.033 9.904 75.193 9.904 744.711.140
Impuestos y demás (x Paquete) 38.925 2.959.806.528
*2020300002702* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020300002702 Medellín, 06/05/2020
24
2. En documento emitido por el DAPARD se observó que éste calificó a la Fundación Saciar Banco de alimento de Medellín, como una empresa de reconocida idoneidad y además certifica que es una entidad sin ánimo de lucro domiciliada en Medellín, que tiene “como propósito y fines, subsanar los problemas de inseguridad alimentaria de la población vulnerable, mediante programas asistenciales”, que la Fundación cuenta con la capacidad técnica y administrativa para realizar el objeto del contrato, y que ha celebrado varios convenios con objetos similares a los de la presente contratación, que en su totalidad suman $33.472.177.978 equivalentes a 37461 SMLMV, y que evidencian suficiente experiencia para la ejecución del contrato.
3. Durante visita realizada a MANA, se constató la existencia de una aplicación para el seguimiento de los suministros realizados en tiempo real, de forma tal que cuando se hace la entrega del paquete alimentario a cada beneficiario, se deja un registro fotográfico de ésta acción. Ver Anexo 2 (de acuerdo a una muestra). En el Anexo 3, se aprecia un informe de las entregas, con una cantidad de 38.925 para el contrato inicial y 14.606 paquetes alimentarios del contrato adicional, que corresponde a lo ingresado al programa de seguimiento. Esto acompañado con las remisiones a los enlaces de cada municipio, donde se aprecia la firma de recibido y su número telefónico, para su verificación. Para nuestro caso elegimos una muestra de remisiones, para realizar algunas llamadas telefónicas y constatar el recibo en cada municipio, a continuación se presenta la relación de las llamadas realizadas con su respuesta:
NOMBRE
MUNICIP
IO CEDULA
CELULA
R
OBSERVACI
ON
Manuel orlando García Tax Ideal
71.622.171
30459519
84
Confirmaron
entrega de
mercado
*2020300002702* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020300002702 Medellín, 06/05/2020
25
Luis Hernando Henao
Vasco Tax Ideal
3.435.804
31483338
42
Confirmaron
entrega de
mercado
Wilton Albeiro Bahena Tax Ideal
71.705.048
30235125
49
Confirmaron
entrega de
mercado
Jonathan Alvarez A Taz Ideal
98.715.062
31889363
28
Confirmaron
entrega de
mercado
Omar Gonzalo Cano Z Taz Ideal
70.102.209
30420007
11
Confirmaron
entrega de
mercado
Alba Luz Sanchez El
Carmen
43.898.016
31279476
58
Confirmaron
entrega de
mercado
Wilson Andrés Ciro El
Carmen
1.036.404.54
2
31383864
89
Confirmaron
entrega de
mercado
John Fredy Quintero
Zuluaga
El
Carmen
1.036.396.33
6
31133582
10
Confirmaron
entrega de
mercado
Patricia Rios Ramirez El
Carmen
1.036.782.67
1
31350577
24
Confirmaron
entrega de
mercado
*2020300002702* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020300002702 Medellín, 06/05/2020
26
Didiana Arias Rionegro
52.621.276
30243727
10
Confirmaron
entrega de
mercado
Claudia Cecilia Agudelo Rionegro
39.438.985 4791164
Confirmaron
entrega de
mercado
Luz Dary Martinez Rionegro
39.186.619
31222236
45
Confirmaron
entrega de
mercado
Alvaro Orlando Rendón
Carrillo Rionegro
15.426.984
32069758
41
Confirmaron
entrega de
mercado
Tatiana Bustamante Rionegro
1.036.954.22
5
31151960
13
Confirmaron
entrega de
mercado
Jorge René Cadavid
Pabón Rionegro
70.325.509
31054278
48
Confirmaron
entrega de
mercado
Luis Alberto Durango
Higuita Urrao
8.151.269
31267293
92
Confirmaron
entrega de
mercado
Evangelina Escobar Urrao
43.341.453
31461625
24
Confirmaron
entrega de
mercado
Fuente: Maná
Elaboró: Julián Arturo Arboleda Arroyave y Mauricio Orozco Velásquez / Profesionales universitarios
*2020300002702* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020300002702 Medellín, 06/05/2020
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Como se observa en la relación presentada, en general en cada una de las llamadas realizadas la repuesta del beneficiario fue la confirmación de la entrega de los mercados. Adicionalmente durante la realización de la URI por parte del equipo auditor se observó lo siguiente: En la ejecución del contrato, se estableció:
El CDP se diligenció el 26/03/2020 con No 3500044023 por $2.959.806.528
El contrato fue suscrito el 26/03/2020, con un plazo de ejecución de 2 meses, y una fecha de inicio del 27/03/2020.
El RPC se tramitó el 26/03/2020 con No 4500051128
Se constituyeron las pólizas de cumplimiento y responsabilidad civil extracontractual aprobadas mediante acta.
Mediante Acta de Modificación No 1 suscrita el 21/04/2020 se adicionaron $1.500.012.195 al valor del contrato inicial, con CDP No 3500044117 del 20/04/2020, y se realizaron las respectivas adiciones en las coberturas de las pólizas.
Analizadas las remisiones de los alimentos entregados para cada municipio se
tiene la siguiente recepción de cada uno de los sitios de entrega:
*2020300002702* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020300002702 Medellín, 06/05/2020
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Fuente: Maná
Elaboró: Julián Arturo Arboleda Arroyave y Mauricio Orozco Velásquez / Profesionales
universitarios
Numero de
Remisión
Cronograma
de EntregasMunicipio Recibidos OBSERVACION
2 27/03/2020 Girardota 700Recibido
completo
5 28/03/2020 La Estrella 700Recibido
completo
11 30/03/2020El Carmen de
Viboral800
Recibido
completo
12 30/03/2020 Sonsón 925Recibido
completo
55 2/04/2020 Tarso 300Recibido
completo
178 25/04/2020 Urrao 200Recibido
completo
177 25/04/2020 Rionegro 800Recibido
completo
2 30/03/2020 Caldas 1000
Faltaron 15
unidades de
leche
176 25/04/2020Medellín (Plaza
Mayor)5000
Recibido
completo
183 27/04/2020
Corporación
Antioquia
Presente
200Recibido
completo
180 25/04/2020 TAX IDEAL 75Recibido
completo
10700CANTIDAD TOTAL ENTREGADA
*2020300002702* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020300002702 Medellín, 06/05/2020
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Numero de
Remisión
Cronograma de
Entregas Municipio Recibidos OBSERVACION
37 1/04/2020 Andes 480 Recibido completo
38 1/04/2020 Betulia 295 Recibido completo
39 1/04/2020 Fredonia 400 Recibido completo
40 1/04/2020 Jardín 454 Recibido completo
41 1/04/2020 Salgar 426 Recibido completo
42 1/04/2020 Venecia 240 Recibido completo
50 1/04/2020 Amagá 400 Recibido completo
51 2/04/2020 Betania 239 Recibido completo
52 2/04/2020 Caramanta 175 Recibido completo
53 2/04/2020 Hispania 210 Recibido completo
59 2/04/2020 La Pintada 400 Recibido completo
54 2/04/2020 Pueblo Rico 246 Recibido completo
CANTIDAD TOTAL ENTREGADA 3965
Fuente: Maná
Elaboró: Julián Arturo Arboleda Arroyave Mauricio Orozco Velásquez / Profesionales universitarios
*2020300002702* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020300002702 Medellín, 06/05/2020
30
Según informe 4 de supervisión el avance de las entregas esta para el contrato
inicial en una entrega de 38.925 mercados que corresponden al 100% de ejecución
del contrato y para la adición se tienen entregados 14.606 mercados equivalentes
al 74,06% del total de entregas correspondientes a ésta. Ver anexo 1
Finalmente se realizó el siguiente estudio financiero de lo que va del contrato
ejecutado:
RESUMEN FINANCIERO HASTA EL INFORME DE SEGUIMIENTO NRO 4
Fuente: Maná
Elaboró: Julián Arturo Arboleda Arroyave y Mauricio Orozco Velásquez / Profesionales universitarios
*2020300002702* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020300002702 Medellín, 06/05/2020
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RESUMEN DE PAGOS REALIZADOS HASTA EL INFORME DE SEGUIMIENTO NRO 4
Fuente: Maná
Elaboró: Julián Arturo Arboleda Arroyave y Mauricio Orozco Velásquez / Profesionales
universitarios
Recomendaciones Los funcionarios y directivos que designen deberán verificar en campo de acuerdo con el análisis realizado en el control de legalidad, teniendo en cuenta que el contrato aún está en ejecución. 1. Respecto al contrato No 4600010542 del 26/03/2020
El equipo auditor considera que, para verificar en campo la entrega de los
paquetes alimentarios, los directivos o funcionarios que designen, deben tener en cuenta el último informe de seguimiento de la supervisión del contrato
*2020300002702* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020300002702 Medellín, 06/05/2020
32
aportado por la Entidad, el cual va del 23/04/2020 al 27/04/2020, en el que figura que se han entregado 53.531 paquetes; allí figuran la cantidad de despachos entregados en cada municipio, por ende es importante verificar es los municipios de acuerdo a las remisiones y entregas.
Anexo: Informe de seguimiento supervisión del contrato del 23/04/2020 al
27/04/2020
Sobre las cuáles los funcionarios Directivos deberán verificar en campo de acuerdo
con el análisis realizado en el control de legalidad:
2. Respeto al contrato No 4600010541 del 26/03/2020
El equipo auditor considera que, para verificar en campo la entrega de los paquetes alimentarios, los directivos y funcionarios designados deben tener en cuenta el último informe de seguimiento de la supervisión del contrato aportado por la Entidad, el cual va del 12/04/2020 al 22/04/2020, en el que figura que se han entregado 31.552 paquetes; allí figuran la cantidad de despachos entregados en cada municipio.
Anexos:
1. Informe de seguimiento supervisión del contrato del 12/04/2020 al 22/04/2020
2. Muestra de evidencias de entrega de mercados. 3. Informe en Excel de las entregas de paquetes alimentarios, por 31.552.
4. Anexo 4 verificación electoral
5. Anexo 5 llamadas y verificación a algunos beneficiarios – aleatorios.
*2020300002702* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020300002702 Medellín, 06/05/2020
33
Hallazgos
Analizada la información recopilada, surtida la evaluación y trámites correspondientes a la acción de fiscalización, no se evidencian ningún tipo de hallazgos en la parte legal y de perfeccionamiento de los contratos revisados, pero haciendo la salvedad de que dichos contratos se encuentran en la etapa de ejecución.
CONCLUSIONES Y TRÁMITES A SEGUIR
Analizada la información recopilada, surtida la visita técnica a las instalaciones de
MANA y la evaluación y trámites correspondientes para la revisión de los procesos
contractuales adelantados con las normas expedidas a raíz de la declaratoria de
urgencia manifiesta, se solicita continuar con las labores de verificación y
fiscalización de la ejecución de los recursos públicos destinados por el DAPARD y
ejecutarlos por MANA para atender la emergencia ocasionada por el virus
denominado COVID – 19.
Con respecto a las recomendaciones realizadas en el informe respecto al
seguimiento de las remisiones y entregas de los paquetes alimentarios en virtud
de los contratos No 4600010541 y 4600010542 de Marzo de 2020 suscritos con el
DAPARD; se deja como insumo para la próxima Auditoría en la Gobernación de
Antioquia – DAPARD, por lo que se enviará la correspondiente comunicación a la
Contraloría Auxiliar de Auditoría Integrada de la Contraloría General de Antioquia,
para lo de competencia.
*2020300002702* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2020300002702 Medellín, 06/05/2020
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Por lo anteriormente expuesto, se decide de fondo y se procede con el archivo de
las URIS 040 – Antioquia Solidaria, según radicado No 2020300002557 y URI 041-
MANA con radicado No 2020300002571 del 27 de abril de 2020; una vez se realice
la remisión a la Contraloría Auxiliar de Auditoría Integrada.
Atentamente,
ELEANY RODRIGUEZ CANO Profesional Universitario P/ Eleany Rodriguez Cano E/ Eleany Rodriguez Cano R/ Andres Felipe Lopera Ramírez
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