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Criterios de Ejecución de los Actos Juridicos

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Criterios para la Ejecución

de los Actos JurídicosCurso Teoría del Acto Jurídico

Alvaro Hernán Mejía Mejía

Criterios de Ejecución del Acto Jurídico

Celebrado un Acto Jurídico y correctamente interpretado, debe procederse a su ejecución mediante el cumplimiento de las obligaciones por el generadas. Pero no sólo se trata de las obligaciones individualmente consideradas, también y fundamentalmente del conjunto o resultado que con el cumplimiento de ellas se persigue, es decir el objeto del acto mismo. La ejecución del acto jurídico es, pues, la realización de su objeto mediante el cumplimiento conjunto de las obligaciones generadas.

Ejecución del Acto Jurídico

Ejecución del Acto Jurídico =

La realización de su objeto, mediante el cumplimiento conjunto de las obligaciones generadas.

Criterios Generales de Ejecución

1. La obligatoriedad de los Actos Jurídicos.2. La buena fe.

Cri

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os

Gen

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de

Eje

cuci

ón La

Obligatoriedad

La Buena Fe

La Obligatoriedad de los Actos Jurídicos

Art. 1602 C.C.:“Todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales”.

Requisito Primario de la Obligatoriedad del Acto Jurídico

Para que el acto sea una ley para sus agentes se requiere, como se infiere del Art. 1602 C.C. , que sea eficaz (existente y plenamente válido).Luego el primer requisito de aplicación del criterio de obligatoriedad (o de “normatividad” como lo denominan algunos autores), es la eficacia inicial o liminar del acto.

Requisito Primario de la Pérdida de Obligatoriedad

Los efectos solo pueden neutralizarse por otra ley que provendrá:1. De las mismas partes si celebran otro acto igualmente eficaz con el objeto de resolver el primero o2. Del órgano del Estado investido de la facultad de expedir normas con fuerza suficiente para rescindir:a) Por motivos superiores, el acto eficaz celebrado por

los particularesb) O simplemente con fuerza para declarar o tener

declaradas las causales de inexistencia o de invalidez.

Requisito Primario de la Pérdida de Obligatoriedad

Pérdida Obligatoriedad

OtraLey

De las mismas Partes Del Estado

ENFOQUES DE LA OBLIGATORIEDAD DEL ACTO JURÍDICO

1. Según su poder vinculante general erga omnes.2. Según su poder vinculante especial o inter partes.

Ob

ligato

ried

ad

ERGA OMNES GENERAL

INTER PARTES ESPECIAL

Poder Vinculante General (Erga Omnes)

Los efectos del Acto no pueden ser desconocidos ni vulnerados por los terceros ni por el Estado.Excepción a la Prohibición de Desconocimiento:Motivos de Orden Público.Art. 58 Constitución Política:Los derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles “no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores”.

Poder Vinculante Especial (Inter Partes)

Cada uno de los Agentes que interviene en el Acto quede sometido a sus efectos como quedaría sometido a cualquier norma con fuerza legal, y sobre todo quede sujeto a las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones derivadas del acto.

La Buena Fe

Disposición Normativa de Derecho Civil:Art. 1603 C.C.:“Los contratos deben ejecutarse de buena fe y por consiguiente obligan no solo a lo que en ellos se expresa, sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación, o que por ley pertenecen a ella”.

La Buena Fe

Disposición Normativa de Derecho Mercantil:Art. 871 C. de Co.:“Los contratos deberán celebrarse y ejecutarse de buena fe y, en consecuencia, obligarán no solo a lo pactado expresamente en ellos sino a todo lo que corresponda a la naturaleza de los mismos, según la ley, la costumbre o la equidad natural”.

La Buena Fe

NociónLa Buena Fe es la recta disposición del agente en el cumplimiento de las obligaciones derivadas del acto, cumplimiento que podría inclusive extenderse a la etapa posterior a la ejecución del acto, cuando los agentes que lo celebraron y ejecutaron deben abstenerse de ciertas conductas que podrían ocasionar perjuicios, como la revelación de secretos, el aprovechamiento de clientela o el uso de determinados locales.

La Buena Fe

DelimitaciónLos postulados que se han creado para delimitar la buena fe, sirven para:1. Orientar la recta actuación de los agentes.2. Deducir responsabilidad en los casos en que se

desconozca la buena fe.

Postulados de la Recta Actuación

Deberes de la Buena Fe, aplicables a la etapa de ejecución del contrato:1. Aplicar rectamente los principios de interpretación.2. Realizar la expectativa concreta.3. Conducta coherente.4. Preservar el equilibrio5. Buscar la Indemnidad

Deber de Aplicar Rectamente los Principios de Interpretación

Se aplica especialmente para determinar objetivamente la intención de los agentes, la especialidad y la concordancia de las cláusulas.

Deber deRealizar la Expectativa Concreta

Equivale decir, el cumplimiento esperado por cada contratante, con la diligencia necesaria, especialmente cuando ésta es más exigente y debe alcanzar la llamada buena fe exenta de culpa, o cuando se trata de cumplir deberes profesionales (preparación, idoneidad, respeto, etc.)

El Deber deConducta Coherente

Que tiene variadas y muy importantes manifestaciones o consecuencias, entre las cuales merecen mencionarse:1. Actuar bajo la confianza legítima.2. Actuar bajo la apariencia fundada.3. Observar el principio de que el error común hace

Derecho.4. Abstenerse de actuar contra actos propios.

Actuar bajo la Confianza Legítima

Significa creer y esperar confiadamente en que las actuaciones del otro contratante, en igualdad de circunstancias, serán consistentes con lo previamente tratado o actuado, respetarán los compromisos adquiridos, y se adelantarán en un clima que permita tener una razonable certeza de la actuación.

Actuar bajo la Apariencia Fundada

Que quiere decir que las manifestaciones y actuaciones externas llevan al convencimiento de que ellas coinciden con los factores reales y son por tanto sus reflejos más probables.

Observar el Principio de que el Error Común hace Derecho

Principio que generalmente se expresa en su versión latina “error comunis facit ius” e indica que ante un convencimiento generalizado, objetivo y demostrable, es esperable que los agentes del acto adecuen sus actuaciones a tal convencimiento, y si así proceden, aunque estén en el error, obran correctamente.

Abstenerse de Actuar contra los Actos Propios.

Se suele manifestar con la expresión latina “venire contra factum propium”, que significa que no es aceptable para uno de los contratantes hacer valer un derecho en contradicción con su anterior conducta, en el claro entendido de que hubo una primera conducta relevante y conocida, y más tarde un intento de actuar en contra de ella a pesar de tratarse de los mismos agentes y de obrar en similares circunstancias.

Deber de Preservar el Equilibrio

En el acto contractual conmutativo, cuyas prestaciones deben mirarse como equivalentes. Son consecuencias de este deber:1. Abstenerse de usar cláusulas abusivas.2. Abstenerse de actos de competencia desleal.3. Abstenerse de celebrar acuerdos restrictivos o

limitativos de la libre competencia.4. Abstenerse de usar con daño una posición dominante5. Abstenerse de actos que impliquen abuso del derecho.

Abstenerse de usar cláusulas abusivas

Lo que puede presentarse especialmente en contratos por adhesión cuando la parte que está en posición ventajosa o dominante establece obligaciones muy gravosas a cargo de la otra o derechos abusivos en su beneficio.

Abstenerse de Actos de Competencia Desleal

Como serían, entre otros, las actuaciones que busquen:1. La desviación de la clientela,2. La desorganización interna de la empresa competidora,3. La confusión respecto a la actividad que esta realiza,4. La creación de situaciones engañosas o de descredito en perjuicio del

competidor,5. La imitación de productos o servicios,6. La utilización de signos distintivos ajenos o de denominaciones de origen

falsas o engañosas,7. La divulgación o explotación, sin autorización de su titular, de secretos

industriales o empresariales en general,8. La inducción a trabajadores, proveedores o clientes a desconocer deberes

contractuales básicos que han contraído con los competidores.

Abstenerse de celebrar acuerdos restrictivos o limitativos de la libre competencia

Que son los que tienen por objeto: impedir, restringir o limitar las actividades de otras personas o empresas que puedan competir en una determinada gama de negocios.

Abstenerse de usar con daño una posición dominante.

Como por ejemplo, la disminución de precios por debajo de los costos para eliminar uno o varios competidores o prevenir la entrada o expansión de estos, la aplicación de condiciones discriminatorias para operaciones equivalentes, la venta a un comprador en condiciones diferentes para disminuir o eliminar la competencia.

Abstenerse de actos que impliquen abuso del Derecho

Sería la utilización indebida, exagerada, con perjuicio para terceros o para un contratante, de un derecho reconocido en la ley o en el contrato, como:1. Una demanda judicial sin fundamento,2. El embargo excesivo de bienes,3. La terminación anticipada de un contrato,4. Los aumentos excesivos en el precio o la

remuneración5. La utilización indebida de facultades

El Deber debuscar la Indemnidad

Es decir buscar cada agente del acto que no se produzca daño al otro, bien evitándolo, bien resarciendo los perjuicios causados. Se incorporan obligaciones como las siguientes:1. Indemnizar los daños por faltar a la diligencia debida.2. Mitigar los daños propios cuando se es perjudicado y la otra parte debe

indemnizar para lo cual debe actuar con diligencia y acuciosidad a fin de reducir, tanto como sea posible, el perjuicio que ha sufrido, y en todo caso de evitar cualquier actuación o descuido que conlleve daños adicionales.

3. Buscar o aceptar la aplicación de la norma sobre imprevisión (Art.868 C. de Co.) a fin de que puedan revisarse aquellos actos jurídicos de ejecución diferida cuyas prestaciones han resultado excesivamente onerosas en razón de circunstancias extraordinarias, imprevistas o imprevisibles.

4. Evitar el enriquecimiento sin causa, que implica el empobrecimiento correlativo de otro sin causa legítima.

Reflexión sobre la nueva dimensión de la Buena Fe

La buena fe, criterio central de toda actuación jurídica, puede verse aniquilada por conductas maliciosas, desleales, deshonestas. O puede verse lesionada por conductas negligentes o imprudentes en virtud de los cuales quedaría reducida a concepto pasivo, útil para deshacer un eventual cargo de malicia pero insuficiente para constituirse en criterio o postulado de ejecución jurídica.

Reflexión sobre la nueva dimensión de la Buena Fe

Por esto el derecho contemporáneo exige que la buena fe vaya acompañada de positiva diligencia o cuidado, que la actuación de los agentes no solo sea elusiva del mal sino constructiva del bien real, que la disposición delo ánimo, en fin, además de no ser pasiva se concrete en la inteligente y real realización del objeto del acto.

Reflexión sobre la nueva dimensión de la Buena Fe

Este es el contenido moderno del concepto de la buena fe exenta de culpa, al cual en numerosas normas alude nuestro ordenamiento positivo y reiteradamente la jurisprudencia y la doctrina.

Reflexión sobre la nueva dimensión de la Buena Fe

A la buena fe, como a la buena fe exenta de culpa, se oponen el dolo y la culpa propiamente dicha.

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