aduanero casi terminado
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“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO
DE LA EDUCACIÓN”
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
TEMA:
“MERCANCÍAS”
CURSO: DERECHO ADUANERO
DOCENTE: DRA. HEILLEN ESCALANTE TARAZONA
CICLO: XI-A
ALUMNOS:
ASTETE MARTÍNEZ, Oscar
BARRIONUEVO MENDEZ, Ivette
MARTÍNEZ IGREDA, Walter
SANTOS PÉREZ, Franco
TORRES ALVÍNCOLA, Jordan
CHIMBOTE - PERÚ
2015
1
DEDICATORIA
2
El presente trabajo monográfico está
dedicado a Dios en primer lugar, a
nuestros padres y a la Dra. Escalante
por su asesoría en el curso de Derecho
Aduanero.
INTRODUCCIÓN
Desde que la humanidad se formó, su preocupación por mejorar su
condición de vida fue prioridad en cada era de la humanidad. Primero, tuvieron
que ver la forma de alimentarse, y los medios como cazar y los utensilios que
iban a utilizar en su vida diaria, lo que dio nacimiento a la edad de los metales,
así que este cambio ideológico y tecnológico –para la era- abrió nuevas rutas a
los hombres de aquel entonces, por lo que pensaron en que las relaciones
sociales permitiría ayudar su condición de vida, por lo que dejaron de lado su
lado nómada y se encargaron de vivir en comunidades.
Pero, el avance trajo consigo nuevas necesidades, y esta consistía en
que lo que un pueblo producía no era suficiente, ya que la tierra no era la
misma, los climas, y sobre todo la tecnología empleada. Y con la creación de
nuevos medios de transporte –carretas gracias a la creación de la rueda- y de
los barcos que podían desplazarse por los mares- abrieron nuevo campo de
comercio, así que los comerciantes foráneos podían ir a determinados lugares
a vender sus productos, o compradores podrían ir a determinados mercados
extranjeros a importar bienes para posteriormente venderlos a su mercado
local.
Encontramos por ejemplo a los Fenicios, considerados uno de los
pioneros en lo que a comercio extranjero se refiere, fueron uno de los primeros
en utilizar la madera en la creación de barcos para travesías largas, luego
encontramos a los griegos y romanos, los persas con sus conocidas telas –
reconocidas incluso en la literatura universal-. Y así podemos seguir
mencionando muchas civilizaciones, pero lo relevante es que el comercio no
vino solo, si no que aparecieron los entes y la institución reguladora, que
consiste en ADUANAS, y la creación del Derecho Aduanero, por lo que una
mercancía no podía ser introducida fácilmente a un determinado país si no
cumple con los requisitos que el estado y las normas locales lo determinan, por
lo que encontramos Mercancías Prohibidas o Peligrosas y Mercancías
Restringidas, tema que desarrollaremos con profundidad a continuación.
El grupo
3
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………3
LAS MERCANCÍAS……………………………………………………………………5
I. CONCEPTO DE
MERCANCÍAS……………………………………………..6
II. HISTORIA DEL COMERCIO
INTERNACIONAL…………………………..6
III. MARCO
LEGAL………………………………………………………………..9
IV. TIPO DE
MERCANCÍAS………………………………………………….......9
a. MERCANCÍAS
LEGALES…………………………………………...10
b. MERCANCÍAS PROHIBIDAS………………………………………10
c. MERCANCÍAS RESTRINGIDAS…………………………………...11
d. MERCANCÍAS EQUIVALENTES…………………………………..14
e. MERCANCÍA EXTRANJERA……………………………………….15
f. MERCANCÍA NACIONAL……………………………………………
15
g. MUESTRA SIN VALOR COMERCIAL……………………………..15
EL DELITO DE TRÁFICO DE MERCANCÍAS PROHIBIDAS O
RESTRINGIDAS……………………………………………………………………..16
I. TIPO LEGAL………...
………………………………………………………..17
II. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL
DELITO…………………………..17
4
CONCLUSIONES…………………………………………………………………….19
BIBLIOGRAFÍA……………………………………………………………………….21
LAS
MERCANCÍAS
5
I. CONCEPTO DE MERCANCÍAS:
Según el Decreto Legislativo N° 1053, denominado Ley General de Aduanas,
las mercancías son definidas como “todo aquel Bien susceptible de ser
clasificado en la nomenclatura arancelaria y que puede ser objeto de
regímenes aduaneros”.
Cabe aclarar que no sólo el derecho define a las mercancías, puesto que
también los filósofos se han encargado de darle un concepto, por ejemplo
tenemos el de Karl Marx que lo define como “objeto producido en la sociedad
capitalista dotado de valor de uso y valor de cambio, además como la célula
económica de la sociedad burguesa1”.
Haciendo un pequeño repaso a la historia, el siglo XIX, se caracterizó por la
represión –por parte de algunos sistemas como el comunista- de la Revolución
Industrial ocurrida en Gran Bretaña y que esparció por el mundo entero, sobre
todo por los que hoy lo conocemos como potencias mundiales. El asunto es
que las mercancías son importantes para el Derecho Aduanero, y para la
economía de los Estados, por lo que a continuación haremos un estudio
detallado.
II. ETIMOLOGÍA :
La palabra MERCANCÍA la tomamos del italiano mercanzia. Este vocablo se
genera en italiano con un sufijo de cualidad a partir del vocablo mercante
(comerciante). Esta palabra viene del latín mercans, mercantis (que comercia o
se dedica al tráfico de mercancías), participio de presente del verbo mercari
1 Echegoyen, J.. (2013). Filosofía Contemporánea. Setiembre 09, 2015, de Torre de Babel Ediciones Sitio web: http://www.e-torredebabel.com/Historia-de-la-filosofia/Filosofiacontemporanea/Marx/Marx-Mercancia.htm
6
(comerciar, comprar, adquirir). De ahí también el francés marchand, mientras
que en portugués es mercator (del latín clásico mercator) y en castellano y
catalán mercader (del latín tardío mercatarius)2.
III. MARCO LEGAL :
Está regulado en:
Ley General de Aduanas: Decreto Legislativo 1053° y su reglamento.
IV. TIPOS DE BIENES :
Cuando una persona natural o jurídica, pretenda introducir al país (importar) o
enviar a otro país (exportar) mercancías, tiene que tener presente que tipo de
mercancías son las que está por enviar o pretender introducir, por lo que,
debido a ese conocimiento podrá otorgarle el cuidado necesario, y tomar las
precauciones del caso para su conservación, por lo que podemos encontrar los
siguientes tipos de bienes:
a. BIENES FUNGIBLES : Son aquellas cosas que pueden intercambiarse
sin que produzcan ningún perjuicio para su dueño, pues son iguales en
su esencia mientras se respete su cantidad y calidad. Por supuesto que
no existen dos cosas naturalmente idénticas, pero sí lo son
culturalmente, perteneciendo ellas al mismo género. No podemos decir
que un kilo de manzanas sea lo mismo que un kilo de naranjas, pero sí
que es equivalente a otro kilo de manzanas de la misma calidad. El bien
fungible por excelencia es el dinero. Si alguien presta a otro $ 300 en
tres billetes de $ 100, no podrá exigirle, salvo que se los haya dado en
depósito, que le entregue exactamente los mismos billetes, pues todos
tienen un valor idéntico, aunque se los devuelva en seis billetes de $ 503.
Otros ejemplos de bienes fungibles son: la gasolina, una bebida
gaseosa, libros, automóviles, aceite, y demás artículos que se
produzcan en grandes cantidades.4).
2 Varios. (2015). Mercancía. Setiembre 22, 2015, de Etimologías de Chile Sitio web: http://etimologias.dechile.net/?mercanci.a
3 Varios. (2009). Bienes fungibles. Setiembre 22, 2015, de Derecho: La Guía 2000 Sitio web: http://derecho.laguia2000.com/parte-general/bienes-fungibles
7
b. BIENES NO FUNGIBLES : Son aquellos bienes que no pueden
reemplazarse, debido a que tienen características particulares, que lo
hacen único. Y tratar de imitarlo, o crear una copia “parecida” podría
incurrirse en un delito contra la propiedad intelectual. Podemos citar
algunos ejemplos de ellos, y son los siguientes: una pintura de
Caravaggio o de Gustav Klimt o Frida Kahlo; un modelo de automóvil
exclusivo, un determinado caballo de carrera, un sombrero que usaba el
archiduque Francisco Fernando al ser asesinado, etc.
c. BIENES TANGIBLES : Son los que tienen forma y ocupan un lugar en
el espacio, por lo tanto pueden ser percibidos por los cinco sentidos, a
través de aparatos que permitan su identificación. Se clasifican en
bienes muebles e inmuebles. En el mundo de la empresa, los productos
tangibles son los bienes físicos que pueden ser fabricados, procesados y
entregados. Algunos ejemplos son: un teléfono móvil, una camisa o un
coche. Por el contrario, un producto intangible serían los bienes
inmateriales que comercializa una empresa. En este caso, se podrían
identificar con un servicio, ya que no se oferta ni se compra algo físico
(por ejemplo, una operación dental o la reparación de una lavadora).
Una misma empresa puede tener productos tangibles (por ejemplo, un
módem) y productos intangibles (la instalación del módem)5.
d. BIENES INTANGIBLES : Son aquellos que solo pueden ser percibidos
por la razón, por el intelecto, no tienen materialidad y por tal razón no se
le pueden ver, una marca comercial, las escrituras de una casa, un acta
de matrimonio, un derecho de autor, son algunos ejemplos de bienes
intangibles6. En conclusión, podemos afirmar que los bienes tangibles
son los “derechos”, no los podemos ver, pero sabemos que existen a
nuestro favor o a favor de una determinada persona.
4 Varios. (2010). Bienes fungibles e infungibles ejemplos. Setiembre 22, 2015, de Uni Notas Sitio web: http://www.uninotas.net/bienes-fungibles-e-infungibles-ejemplos/
5 Varios. (2012). Significado de tangible. Setiembre 22, 2015, de Significados Sitio web: http://www.significados.com/tangible/
6 Varios. (2012). Bienes tangibles e intangibles. Setiembre 22, 2015, de Innovando la educación Sitio web: http://maryescp.blogspot.pe/2012/04/v-behaviorurldefaultvmlo.html
8
e. PRODUCTOS FÁCILMENTE PERECIBLES : Son aquellos que deben
ser preservados en frio, con el fin de retrasar la actividad microbiana,
que los deteriora en muy poco tiempo. Ejemplo de estos productos son
las carnes, los productos de la pesca, los lácteos, las frutas y las
verduras.
Estos productos son, por lo general, almacenados en cámaras de refrigeración,
en las que se deben acopiar sólo productos de la misma naturaleza. Además
de ello, se deben acomodar de modo que se permita la circulación de aire. La
mejor disposición es que los productos, que son perecibles, se almacenen a15
centímetros de la pared, a 50 centímetros del techo y a 10 centímetros del piso.
Los productos perecibles no sólo son almacenados en frío, sino que también
durante su transporte se mantienen congelados o refrigerados, gracias al uso
de vehículos isotermos. Estos vehículos cuentan con unidades de frío, que les
permiten llevar productos como frutas, vegetales, carnes, etc., por grandes
distancia y sin comprometer su calidad7.
f. PROCEDIMIENTO AL QUE SE SOMETEN LOS MEDICAMENTOS EN
CASOS DE URGENCIA Y NECESIDAD: En casos de urgencia
debidamente declarada por la Autoridad de Salud competente, no será
exigible la presentación del Registro Sanitario para la importación de
productos farmacéuticos y afines destinados al Ministerio de Salud.
V. TIPOS DE MERCANCÍAS :
Todo bien que quiera ser ingresado a nuestro país, o salir del nuestro, no
necesariamente será admitido o tendrá un trámite fácil. Hay mercancías que
por sus características y condiciones están restringidos o prohibidos de
ingresar o salir del país –después de un minucioso estudio que ha realizado la
entidad competente, y el Ministerio que le compete-. Por lo que a continuación,
analizaremos cada una de esas mercancías.
a) Mercancías Prohibidas o peligrosas : Son aquellas que por mandato
legal se encuentran prohibidas de ingresar o salir del territorio nacional.
7 Varios. (2011). Productos Perecibles: Almacenamiento En Frío. Setiembre 22, 2015, de Refrigeración Comercial Sitio web: https://refrigeracioncomercial.wordpress.com/2011/02/14/productos-perecibles-almacenamiento-en-frio/
9
Objetivo de la prohibición : Resguardar la seguridad nacional, el
derecho a la vida, a la salud, al medio ambiente, la tranquilidad pública,
etc.
Consecuencias de extraer o introducir una mercancía prohibida :
Además de las sanciones administrativas, aquella persona que
utilizando cualquier medio o artificio o infringiendo normas específicas
introduzca o extraiga del país mercancías por cuantía superior a dos
Unidades Impositivas Tributarias cuya importación o exportación está
prohibida o restringida, será reprimido con pena privativa de libertad no
menor de ocho ni mayor de doce años y con setecientos treinta a mil
cuatrocientos sesenta días-multa, conforme lo establece el artículo 8° de
la Ley de Delitos Aduaneros –Ley N° 28008 (Delito de tráfico de
mercancías prohibidas o restringidas).
Mercancías Importación Prohibidas Mercancías Exportación Prohibidas Plagicidas organoclorados, sus
derivados y compuestos Plaguicidas agrícolas con base en
los ingredientes activos dicloruro de etileno, óxido de etileno y monocrotofos
Productos pirotécnicos Vestidos y calzados usados Textos cartográficos, geográficos,
cuadernos, diskettes, videocasetes y cualquier material en el cual aparezca mutilado el territorio nacional o diferente al de los límites del Perú.
Bebidas fabricadas en el extranjero con la denominación de PISCO.
Bovinos vivos, productos y subproductos de origen bovino, ovino y caprino.
Neumáticos usados. Vehículos automóviles usados. Sustancia química bromato de
potasio en la elaboración del pan y otros productos alimenticios destinados al consumo humano.
Bienes, maquinaria y equipos usados que utilicen fuentes radioactivas.
Especies amenazadas de flora y fauna silvestres (llamas, alpacas, vicuñas, guanacos y sus híbridos, pijuayo, caoba, cedro, camu camu, uña de gato, semillas botánicas, vegetativas, especímenes, productos y subproductos de la maca al estado natural o con proceso de transformación primaria, pava aliblanca).
Restos humanos y bienes culturales de los completos arqueológicos “SIPAN” y “SICAN” y del cuerpo congelado de la “DAMA DE AMPATO”.
b) Mercancías Restringidas : Son aquellas que por mandato legal
requieren la autorización de una o más entidades competentes para ser
sometidas a un determinado régimen aduanero.
10
LISTA DE ALGUNAS MERCANCÍAS PROHIBIDAS Y
RESTRINGIDAS:
Cód. ENTIDAD / Tipo de mercancía que controla
Ministerio de la Producción – PRODUCE
11 Viceministerio de Pesquería
Anexo 09: Recursos hidrobiológicosAnexo 10: Cetáceos menores
17 DIQPF – Dirección De Insumos Químicos y Productos Fiscalizados
Anexo 05: Insumos y productos químicos que pueden derivarse a la fabricación de drogas derivadas de la hoja de coca, de la amapola y otras que se obtienen a través de procesos de síntesisAnexo 04: Elementos componentes del nitrato de amonio
18 OTO/PERÚ – Oficina Técnica de Ozono
Anexo 07: Sustancias agotadoras de la capa de ozonoAnexo 08: Equipos de refrigeración, congelamiento que pueden usar SAO
27 Dirección de Normas Técnicas y Control
Anexo 30: Pilas y baterías de zinc carbónAnexo 31: Neumáticos de vehículosAnexo 32: Conductores Eléctricos
19 Otras dependencias pertenecientes al PRODUCE
Ministerio de Agricultura – MINAG
05 SENASA – Servicio Nacional de Sanidad Agraria
Anexo 18: Productos y subproductos de origen vegetalAnexo 19: Plaguicidas agrícolasAnexo 19.1: Autorización de Importación de plaguicidas químicos de uso agrícola terminadoAnexo 19.2: Autorización de Importación de plaguicida químico de uso agrícola, ingrediente activo grado técnicoAnexo 20: Productos y subproductos de origen animalAnexo 21: Productos veterinarios terminados, alimentos, aditivos y mezclasAnexo 21.1: Cantidades Máximas de Productos Veterinarios, Alimentos y Aditivos no Registrados para uso propio sin fines comercialesAnexo 22: Productos vegetales y animales, sus productos y subproductos que ingresen por puestos fronterizos
06 INRENA – Instituto Nacional de Recursos Naturales
Productos de flora y fauna
14 PROABONOS – Proyecto Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos provenientes de Aves Marinas
Anexo 23: Guano de la isla
15 CONACS - Comisión Nacional de Camélidos Sudamericanos
Camélidos sudamericanos, productos y subproductos
16 Otras dependencias pertenecientes al MINAG
Ministerio del Interior – MININTER
02 DICSCAMEC - Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil
Anexo 3: Armas, municiones, explosivos y artículos conexos de uso civil
11
Anexo 4: Nitrato de amonio y sus elementos componentes
20 Otras dependencias pertenecientes al MININTER
Ministerio de Salud – MINSA
03 DIGEMID – Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas
Anexo 11: Productos farmacéuticos y galénicos, productos cosméticos y similares, insumos, instrumental y equipo de uso médico-quirúrgico u odontológico, productos sanitarios y productos de higiene personal y doméstica.Anexo 12: Sustancias estupefacientes, psicotrópicas y precursores
04 DIGESA – Dirección General de Salud Ambiental
Anexo 13: Alimentos y bebidas industrializados de consumo humanoAnexo 14: Recursos hidrobiológicos para consumo humanoAnexo 15: Desinfectantes y plaguicidas de uso doméstico o en salud pública.Anexo 16: Residuos peligrosos sujetos al convenio de BasileaAnexo 17: Residuos sólidos
21 Otras dependencias pertenecientes al MINSA
Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC
08 Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Anexo 01: Equipos o aparatos de telecomunicación y equipos para estaciones transmisoras radioeléctricas en general
Ministerio de Relaciones Exteriores –MRREE
07 Ministerio de Relaciones Exteriores
Anexo 02: Textos geográficos o publicaciones cartográficas
Ministerio de Educación – MINED
12 I.N.C; Biblioteca Nacional o Archivo General de la Nación
Anexo 24: Bienes culturales muebles
22 Otras dependencias del Ministerio de Educación
Ministerio de Energía y Minas – MEM
23 IPEN - Instituto de Energía Nuclear
Anexo 29: Material nuclear, bienes, maquinaria y equipos que sean fuentes de radiaciones ionizantes nuevas, usadas o repotenciadas.
24 Otras dependencias pertenecientes al MEM
Anexo 25: Combustible líquido y otros derivados de los hidrocarburos
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR
25 DNT- Dirección Nacional de Turismo
Anexo 26: Juegos de casino y máquinas tragamonedas o de memoria de sólo lectura de programas para estas máquinas
26 Otras dependencias pertenecientes al MINCETUR
Otros Organismos o Instituciones del Estado
99 Otras dependencias del Estado
12
NOTA: La lista completa de todas las mercancías prohibidas y
restringidas puede encontrarse en la página web de la SUNAT8.
Cabe aclarar también que de acuerdo a las normas que regulan la
exportación y la importación definitiva de mercancías, las listas
consignadas en el portal de SUNAT son referenciales. Esto implica que
el importador deberá agotar otras fuentes de consulta adicionales a fin
de determinar si la mercancía tiene o no la condición de restringida9.
DOCUMENTOS DE LAS ENTIDADES COMPETENTES : Las entidades
encargadas del control y los que le interesa la restricción y/o prohibición
(v. gr. Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de Salud, Ministerio de
Educación), se encargarán de emitir autorizaciones, permisos,
resoluciones, licencias, registros, etc., dependiendo de la regulación
legal de cada entidad10.
PROCEDIMIENTO DE LAS MERCANCÍAS RESTRINGIDAS : Para el
ingreso o salida de mercancías restringidas se debe contar con la
documentación general propia del régimen aduanero (las mencionada
en línea anterior), los cuales pueden ser enviados a la Autoridad
Aduanera vía electrónica o por cualquier otro medio; quien está
facultada para verificar la autenticidad de los documentos. En la
declaración Única de Aduanas (DUA), se asigna una serie para cada
producto restringido que requiere la presencia de un documento de
control. Cuando una serie y tenga más de un código de control y la
casilla no alcance a detallarlos, deben transmitirse electrónicamente
todos los códigos de control. En cada serie de la DUA, además de la
descripción de la mercancía, se consigna el código de la entidad que
emite el documento de control seguido del documento de control y su
número, así como la fecha de emisión y vencimiento del mismo.
La presentación de los documentos de control a la Intendencia de
Aduana de ingreso o salida se realiza en forma física o electrónica, en el
8 http://www.aduanet.gob.pe
9 Zagal, R,. (2009). Derecho Aduanero: Principales Instituciones Jurídicas Aduaneras. Lima - Perú: Editorial San Marcos.
10 SUNAT. (2010). Mercancías Restringidas y Prohibidas. Setiembre 09, 2015, de SUNAT - Orientación Aduanera Sitio web: http://www.sunat.gob.pe/orientacionaduanera/mercanciasrestringidas/
13
momento del reconocimiento físico de las mercancías o de la revisión
documentaria. Según corresponda el especialista en aduanas u oficial
de aduanas verifica el cumplimiento de los requisitos dispuestos por las
normas legales para las mercancías restringidas.
Verificada la conformidad de los documentos, la Autoridad Aduanera
devuelve al interesado los originales de éstos documentos debidamente
firmados por el especialista en aduanas u oficial de aduanas, siempre
que dicho documento de control sea utilizado por única vez en un
despacho conforme a lo dispuesto por la entidad de control. Para tal
efecto, consigna en el documento de control: el número de DUA, la
fecha de verificación del documento y el número de acta de verificación,
inspección o reconocimiento, según sea el caso.
El documento de control se utiliza en un solo despacho; sin embargo, su
la entidad de control lo permite, en los casos de bultos vigentes en el
régimen de depósito o admisión temporal, cuando la cantidad de
mercancía declarada es menor al total autorizado por la entidad de
control, se procede a la rebaja en una cuenta corriente registrada en el
reverso del original del documento de control, pudiendo ser utilizado en
posteriores despachos hasta por el total permitido y dentro de la fecha
de vencimiento, luego del cual se cancela el documento de control y se
entrega al interesado.
VI. VUCE (VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR) : Es el medio
por el que se “permite a los administrados realizar, por medios
electrónicos, los trámites requeridos para la obtención de permisos,
certificaciones, licencias y demás autorizaciones exigidas para el
ingreso, tránsito o salida de mercancías”. Podemos encontrarlo definido
en el D.S. N° 010-2010-MINCETUR, publicado en El Peruano el 09 de
julio del 2010.
Otra definición aceptada la conceptualiza como “un sistema integrado
que permite a las partes involucradas en el comercio exterior y
transporte internacional gestionar, a través de medios electrónicos, los
trámites requeridos por las entidades competentes de acuerdo con la
14
normatividad vigente, o solicitados por dichas partes, para el tránsito,
ingreso o salida del territorio nacional de mercancías”.
a. DOCUMENTOS QUE EMITE LA VUCE : Mediante la VUCE, los
permisos, certificaciones, licencias y demás autorizaciones expedidas
por los sectores competentes adquieren la denominación de
Documentos Resolutivos (DR), existiendo algunas entidades del
sector salud que admiten el despacho con expediente en trámite,
denominándose en la VUCE como Solicitud Única de Comercio
Exterior (SUCE). El objetivo de la VUCE es prescindir de la
documentación física, lo cual se determinará en etapas de
construcción debido a la complejidad de su implementación.
En una etapa transitoria, se tiene que los DR o SUCE podrán ser
presentados a despacho todavía en forma física, presentados como
una impresión de la misma VUCE, donde el funcionario aduanero
corroborará la información pertinente en la VUCE.
NOTA: La VUCE otorga a los administrados la posibilidad de hacer
consultas a las entidades competentes, respecto al tratamiento
específico de las mercancías restringidas, con la finalidad de
establecer si dicha mercancía es restringida o no. De esta manera,
se proporciona seguridad jurídica a los administrados para que
puedan realizar sus operaciones de importación, tránsito o
exportación de mercancías sin contratiempos.
b. INFORMACIÓN A INCLUIR EN UNA CONSULTA TÉCNICA : El
interesado debe presentar la siguiente información:
- Identificación de la mercancía (descripción comercial, sub partida
arancelaria nacional, código institucional de corresponder, uso,
país de origen, país de procedencia, país de destino, cantidad,
unidad, estado del bien y forma de presentación, de
corresponder).
- Fecha estimada de ingreso o salida del país de la mercancía.
- Identificación del proveedor o destinatario de la mercancía.
15
- Entidad competente que absolverá la consulta
c. PLAZO EN LA CONTESTACIÓN DE LA CONSULTA TÉCNICA : El
plazo para absolver las consultas técnicas, cuando se trate de definir
si la mercancía se encuentra restringida, es no mayor a quince (15)
días calendario, contados desde el día siguiente de transmitida la
consulta, y no mayor a treinta (30) días calendario, contados desde el
día siguiente de transmitida la consulta, cuando se refiera a otros
aspectos. Tengan en cuenta que se trata de plazos máximos; no
obstante, las entidades pueden responder en tiempos muchos más
cortos cuando se trata de mercancías que ya han sido materia de
consultas anteriores.
d. NORMATIVA ADUANERA RELATIVA A LA ETAPA
TRANSISTORIA: Lo encontramos en el Circular 001-2011-SUNAT/A,
publicado en El Peruano el 28 de enero del 2011 y en el Anexo de la
Circular 001-2011-SUNAT/A.
En posteriores etapas, el DR o SUCE emitido por el sector
competente será validado electrónicamente en el Sistema de
Información de Gestión Aduanera (SIGAD-Teledespacho), donde no
será necesaria la presentación de documentos físicos para el
ingreso, tránsito o salida de mercancías restringidas en nuestro
país11.
e. OBJETIVOS DE LA VUCE : Esta cuenta con los siguientes objetivos:
- Integrar y mejorar los procesos: simplificando y uniformizando los
procedimientos, formularios y plazos de los trámites.
- Canalizar la información requerida y provista por las Entidades
competentes, a través de medios electrónicos, con el fin de facilitar el
comercio exterior.
- Facilitar, coordinar y velar porque el intercambio de información sea
de manera electrónica y gratuita entre las Entidades competentes.
- Brindar seguridad jurídica a través de la provisión de información
certera y vinculante a las partes involucradas.
11 El interesado podrá encontrar más información en el mismo portal de la VUCE: www.vuce.gob.pe
16
f. FUNCIONAMIENTO Y COMPONENTES : La VUCE cuenta con 3
componentes, que pasaremos a explicar cada uno de ellos a
continuación:
- Componente de Mercancías Restringidas : Permite a los
exportadores e importadores realizar, a través de Internet, los
trámites para la obtención de los permisos, certificaciones, licencias y
demás autorizaciones para el ingreso, tránsito o salida de
mercancías restringidas, como por ejemplo: alimentos,
medicamentos, animales, vegetales, equipos de telecomunicaciones,
juguetes, etc.
- Componente Origen : El cual permitirá gestionar la calificación y la
emisión de Certificados de Origen, integrando a productores,
exportadores y la autoridad competente.
- Componente de Servicios Portuarios (Ventanilla Única Portuaria
– VUP): Permitirá la gestión de los procedimientos administrativos
vinculados con la recepción, estadía y despacho de las naves en los
puertos del país, y los procedimientos relacionados con los servicios
portuarios.
NOTA: El MINCETUR continuará sus esfuerzos para implementar
nuevos componentes en la VUCE, que posibiliten integrar todos los
servicios vinculados a las operaciones de comercio internacional de
forma efectiva e innovadora, tanto en el ámbito nacional e
internacional.
g. GRUPO PARTICIPADOR : Para que la VUCE haya sido
implementada, y sus fines estén siendo cumplidos se ha debido al
apoyo multi-institucional, los participantes son los siguientes:
- AAAP: Asociación de Agentes de Aduanas del Perú.
- ADEX: Asociación de Exportadores del Perú.
- APACIT: Asociación de Transporte y Logística.
- APAM: Asociación Peruana de Agentes Marítimos.
- APN: Autoridad Portuaria Nacional.
- ASMARPE: Asociación Marítima del Perú.
- ASPPOR: Asociación Peruana de Operadores Portuarios.
- CCL: Cámara de Comercio de Lima.
17
- COMEX: Sociedad de Comercio Exterior del Perú.
- DICAPI: Dirección General de Capitanías y Guardacostas
- SUCAMEC: Superintendencia Nacional de Control de Servicios de
Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil.
- DIGEMID: Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas.
- MIGRACIONES: Superintendencia Nacional de Migraciones.
- DIGESA: Dirección General de Salud Ambiental.
- DIRESA: Dirección Regional de Salud – Gobierno Regional del
Callao
- DGFFS: Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre.
- DP-WORLD Callao SRL
- ENAPU: Empresa Nacional de Puertos
- SANIPES: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera.
- MEF: Ministerio de Economía y Finanzas.
- MINCETUR: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
- MINAGRI: Ministerio de Agricultura y Riego.
- MTC: Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
- PCM: Presidencia del Consejo de Ministros.
- PRODUCE: Ministerio de la Producción.
- SENASA: Servicio Nacional de Sanidad Agraria.
- SNI: Sociedad Nacional de Industrias.
- SUNAT: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración
Tributaria.
h. LINEAMIENTOS GENERALES : Una idea siempre debe constar de
lineamientos, que serán aquellas directrices que nos encaminen a
lograr nuestros objetivos, por lo tanto la VUCE no es la excepción y
cuenta con los siguientes lineamientos:
- La automatización e incorporación a la VUCE de los procesos
optimizados y estandarizados de las entidades competentes.
- La integración de los procesos intrainstitucionales e
interinstitucionales a efectos de lograr la interoperabilidad de la
VUCE.
18
- La gestión compartida y distribuida de los servicios y medios
electrónicos que conforman la VUCE, por parte de los integrantes de
la misma.
- La coordinación e integración entre las entidades del Estado y el
sector privado.
- La mejora continua del servicio prestado.
- El aprovechamiento de soluciones y de la infraestructura desarrollada
e implementada que pueda ser compartida.
i. BENEFICIOS QUE OTORGA LA VUCE AL ESTADO : La VUCE al
ser un sistema innovador –y que requería con urgencia nuestro
sistema aduanero- otorga los siguientes beneficios al Estado:
- Mayor efectividad y eficiencia en la utilización de recursos
- Mejor gestión de riesgo aduanero
- Incremento en la satisfacción de los usuarios de comercio exterior
- Mayor integridad y transparencia
- Incremento en la seguridad.
j. ¿CÓMO USAR LA VUCE? : A continuación mostraremos los pasos
que los interesados deben seguir para iniciar el uso del sistema:
1. CREACIÓN DE USUARIO : El representante legal de la empresa
ante la SUNAT, debe ingresar a www.sunat.gob.pe y allí buscar la
sección Operaciones en Línea y acceder a la opción
Administración de Usuario. Este espacio le permitirá crear un
usuario secundario con el que podrá operar la VUCE. Para esto,
necesitará ingresar su número de DNI y crear un usuario y una
contraseña, similar a como ingresa a una cuenta de correo
electrónico.
2. INGRESAR A LA VUCE : Una vez activado su usuario para
trabajar con la VUCE, ingrese a www.vuce.gob.pe. En ese portal
haga click en la pestaña Ingresar al Sistema VUCE y elija el ítem
Mercancías Restringidas. Con el uso de su clave SOL puede
iniciar su sesión en el sistema. La primera vez que utilice la
VUCE, debe llenar un formulario que se mostrará
automáticamente en la pantalla y se creará su “buzón
electrónico”. Es importante que registre además su correo
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electrónico, porque allí le llegará la copia de cada operación
efectuada en la VUCE. Si no está seguro si su mercancía es
restringida, la VUCE le ofrece un servicio de consultas técnicas.
Allí puede revisar la base de datos de Mercancías Restringidas o
hacer la consulta sobre su producto. El resultado de esta consulta
tiene valor oficial para los trámites siguientes.
3. PREPARAR Y ENVIAR LA SOLICITUD Y LOS REQUISITOS :
Una vez establecida la mercancía como restringida (es decir, que
requiere del trámite para su ingreso o salida del país), puede
elegir la entidad y procedimiento que deberá cumplir. La VUCE
presenta un conjunto de opciones para registrar la información
específica del trámite y presenta ayudas para concluirlo
exitosamente. Durante ese proceso, se adjuntan las imágenes de
los documentos considerados como requisitos. Una vez
registrados todos los datos necesarios se envían a la VUCE,
mediante la opción transmitir. Al buzón electrónico le llegará el
monto de la tasa que debe cancelar y un código para identificar el
pago.
4. PAGO Y SEGUIMIENTO DEL TRÁMITE : Los pagos pueden
efectuarse en cualquier banco comercial o en el servicio de pago
electrónico de la SUNAT. Para el pago electrónico sólo se debe
contar con una cuenta corriente asociada y registrada ante
SUNAT, tal como para los pagos de tributos aduaneros. Una vez
hecho el pago, comienza a correr el tiempo para la resolución de
trámite. En este momento, se genera el número de la SUCE
(Solicitud Única de Comercio Exterior). Toda la información
ingresada pasa a las entidades públicas vinculadas que deben
atender el trámite. A través de la VUCE, podrá rastrear y
monitorear la evolución del trámite y conocerá las etapas por las
que ya ha pasado. Asimismo, mediante el buzón electrónico de la
VUCE, el responsable de su expediente estará permanente
comunicado. Esto permite que cualquier observación sea
subsanada rápidamente con solo modificar o añadir la información
o documentación requerida.
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5. EMISIÓN DE LA AUTORIZACIÓN : Una vez que el trámite ha
sido resuelto, recibirá un archivo digital (PDF) e información del
documento autorizante (Registro, Permiso, Certificado, etc.) con
el cual puede completar sus trámites aduaneros de importación o
exportación de la mercadería restringida.
k. PAGO DE TRÁMITES DE LA VUCE : El pago de las tasas
administrativas de la VUCE, se puede realizar presencialmente en las
oficinas de los bancos privados que tienen convenio con la SUNAT
(ADUANAS) o virtualmente mediante el pago electrónico de SUNAT.
Veamos a continuación los pasos a seguir para realizar un pago:
1. NOTIFICACIÓN DE MONTO A PAGAR : Una vez que ha sido
validada la Solicitud Única de Comercio Exterior (SUCE), la VUCE
envía al buzón electrónico del administrado, el monto a pagar y el
código de pago bancario.
2. PAGO DE LA TASA ADMINISTRATIVA : Puede ser en
cualquiera de los siguientes modos:
PAGOS EN LAS OFICINAS DE LOS BANCOS QUE
TIENE CONVENIO CON LA SUNAT (ADUANAS): Para
realizar el pago presencialmente en las oficinas de los
Bancos, sólo deberá indicar al personal del Banco, que se
desea pagar un trámite de la VUCE, el cual tiene el mismo
tratamiento que los pagos de Aduanas. Para ello, el
funcionario del Banco le solicitará el código de pago
bancario (equivalente al CDA – Código de Documento
Aduanero que se utiliza para el pago de los tributos
aduaneros, luego le indicará el monto a pagar. Bien puede
ser en efectivo o en cheque de gerencia.
PAGO ELECTRÓNICO :
a. INSCRIPCIÓN PARA PAGO ELECTRÓNICO: Por
única vez, se solicita la afiliación del Pago Electrónico
de Documentos Aduaneros a una de las entidades
bancarias que han suscrito un convenio de prestación
de servicios de recaudación aduanera con la SUNAT.
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Estos bancos son: Banco de Crédito del Perú (BCP),
Interbank, BBVA Continental, Scotiabank, Citybank,
Interamericano de Finanzas (BIF) y el Banco
Financiero. El Banco crea la cuenta con la que se
realizarán las transacciones y provee la solicitud para la
afiliación. Con estos documentos se apersonan a
SUNAT, quien entrega el código de usuario y la clave
de acceso.
b. PAGO ELECTRÓNICO DE TRÁMITES : Debemos
seguir 5 pasos:
a) Primero debemos ingresar al link:
www.aduanet.gob.pe/ol-ad-itepago/JSPLogin.jsp
b) Registrar el tipo de usuario, código de usuario y
la clave de acceso, asignado por SUNAT.
c) Ubicar el documento a pagar. Hacer uso de la
opción por número de CDA, registrar el código
de pago bancario.
d) Seleccionar la cuenta bancaria para realizar el
pago.
e) Confirmar el pago en cuenta.
COMUNICACIÓN EN EL BUZÓN ELECTRÓNICO DEL
PAGO REALIZADO: Inmediatamente, al realizarse el pago
de las dos modalidades, la información se registra
automáticamente en la VUCE y se enviará un mensaje a
su buzón electrónico.
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