acto administrativo y normativo, resoluciones administrativas y hecho administrativo
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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL
ECUADOR
CONTROLES ADMINISTRATIVOS
ADRIÁN RACINES M.
PROF. JORGE CEVALLOS D.
TEMARIO:
•El Hecho Administrativo, características
•El Acto Administrativo, características
•Los actos Normativos y sus características
•Las Resoluciones Administrativas, su
motivación y fundamentación.
•Los Contratos Administrativos. Las cláusulas
exorbitantes
BIBLIOGRAFÍA Y BASE LEGAL:
DUSSÁN HITSERICH, Jorge, “Elementos del Contrato
Estatal”, Editorial Fundación Universidad de Bogotá,
Bogotá, 2005.
GORDILLO, Agustín, “Tratado de Derecho
Administrativo: Parte General”, Editorial Fundación de
Derecho Administrativo, Argentina, 2003.
NOILLET, Alejandra, “Derecho Administrativo”, Editorial
Jurídica de Chile, Santiago, 2007.
Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la
Función Ejecutiva, Ecuador.
ALONSO MAS, Ma. José, “La Solución Justa en las
Resoluciones Administrativas”, Editorial Universitat de
Valencia, Valencia, 1998.
ÍNDICE DE TEMAS:
1. El hecho Administrativo. Características.
2. El acto administrativo. Características
3. El Acto Normativo
3.1.- Diferencias entre acto administrativo y acto
normativo
4.- Las resoluciones administrativas
4.1.- Motivación de las resoluciones
administrativas
4.2.- Fundamentación de las resoluciones
administrativas
5.- Los contratos administrativos
5.1.- Las cláusulas exorbitantes
1.- EL HECHO ADMINISTRATIVO
Hecho
AdministrativoAcción de una actividad física de las
instituciones de la administración
Acción del gobierno central, provincial y
local encaminada en forma ordenada a la
aplicación de las leyes y reglamentos
Promover el bien público en todas sus
manifestaciones y dar soluciones a las
reclamaciones y/o peticiones que surgen
de la ciudadanía.
Natural Humano
Natural cuando un
acontecimiento se
produce por leyes
de la naturaleza,
humano si se da
por actividad
material de una
persona
HECHO ADMINISTRATIVO
Hecho Administrativo (Art. 78 ERJAFE): Es toda
actividad material, traducida en operaciones
técnicas o actuaciones físicas, ejecutadas en
ejercicio de la función administrativa, productora de
efectos jurídicos directos o indirectos, ya sea que
medie o no una decisión de acto administrativo
previo.
Acto Administrativo
Es cualquier manifestación de la
actividad de la administración,
es decir, es toda declaración
unilateral y ejecutiva (sea
voluntaria, judicial o de
conocimiento) tendiente a crear,
reconocer, modificar o extinguir
una situación jurídica
Características:
•Produce efectos singulares, directos e inmediatos que no
están sujetos al dictado de un acto posterior.
•Emana de un funcionario administrativo
•Por su naturaleza se concreta en una declaración especial
•Por su alcance, afecta positiva o negativamente a los
derechos de las personas individuales o colectivas que se
relacionan con la Administración Pública.
2.- EL ACTO ADMINISTRATIVO:
Elementos del acto administrativo: competencia, objeto,voluntad y forma
Elementos subjetivos: Administración, el órgano, lacompetencia y la legalidad.
Elementos objetivos: Supuesto de hecho, el fin, la causa, elmotivo y la declaración.
Elementos formales: Procedimiento de elaboración y la formade manifestación. Motivación y notificación.
Elementos accidentales: Condición, término y modo.
Objeto: Se identifica con el contenido del acto administrativo ocon su finalidad.
Voluntad: La voluntad administrativa es el concurso deelementos subjetivos y objetivos.
Forma: Procedimiento Administrativo o ContenciosoAdministrativo.
Motivación: El más importante de los elementos de validez ylegitimidad del acto administrativo.
Notificación: Para dar plena validez al acto administrativo.
Efectos jurídicos del acto administrativo (ejecutividad,
presunción de legitimidad, exigibilidad y ejecutoriedad)
Ejecutividad: Es la obligatoriedad que tiene la autoridad de
hacer cumplir la decisión administrativa, es decir el carácter
exigible (Secaira).
Presunción de Legitimidad: Los actos administrativos se
presumen legítimos, mientras no se pruebe judicialmente lo
contrario.
Exigibilidad y Ejecutoriedad: Los actos administrativos son
exigibles desde el momento que se dictan o cuando son
notificados al particular.
El alcance actual del acto administrativo
La concepción dogmática del acto administrativo en la
doctrina administrativa contemporánea considera esta
figura jurídica como una garantía de los derechos de los
ciudadanos.
La expedición de actos administrativos con finalidades
de intereses particulares o ilegítimos del órgano público,
constituye el vicio de desviación del poder.
El acto administrativo debe responder a dos objetivos:
Someter las actuaciones de la administración a un
régimen jurídico uniforme y la necesidad de pensar en
la protección del interés público.
Terminación del acto administrativo
Cumplimiento del objeto, término o condición: Agotamiento delcontenido, el mismo que puede ser material o jurídico, expreso oimplícito.
Caducidad: Por incumplimiento de las obligaciones y condicionesimpuestas en el acto abre la opción del órgano para declarar lacaducidad del acto administrativo.
Lesividad: Declaratoria de lesividad del acto y el planteamiento dela impugnación respectiva ante el juez contencioso administrativo.
Desuso: La falta de aplicación. El decaimiento se produce cuandono se ha aplicado el acto y por lo tanto ha perdido su efectividad yvigencia. Inutilidad.
Rechazo y renuncia: Dejan sin efecto el acto administrativo porvoluntad de los particulares a cuyo favor se ha expedido el actoadministrativo.
Los funcionarios públicos en el ejercicio de sus
atribuciones o potestades constitucionales o legales
expiden actos jurídicos de derecho público, o sea, actos
administrativos a través de los cuales se manifiesta la
voluntad de los órganos del Estado.
Son las manifestaciones unilaterales de los órganos
públicos con efectos jurídicos individuales y subjetivos.
Acto Administrativo es una declaración unilateral
realizada en ejercicio de la función administrativa apta
para producir efectos jurídicos individuales en forma
inmediata (Gordillo).
La declaración de un órgano público competente que
crea, modifica, reconoce o extingue una situación
jurídica individual.
3.- ACTO NORMATIVO
Acto Normativo
Manifestación de
voluntad excepcional
de la administración
que nace del ejercicio
de una potestad
legislativa material
atribuida a un órgano
del Estado
específicamente
determinado.
Produce efectos generales y no
particulares como el acto
administrativo
Un ejemplo es
el Reglamento
(ERJAFE)
Las normas administrativas
Reglamentos que dicta el Presidente de la República:
El Ejecutivo y las entidades con personalidad jurídica semanifiestan jurídicamente mediante actos administrativos.
Esta potestad administrativa proviene de la Constitución y la ley(actos generales o reglamentarios).
Los actos administrativos tienen jerarquía inferior a la ley, no lacontradicen ni la modifican.
Los actos administrativos se clasifican en: Individuales osubjetivos; Generales, objetivos o reglamentarios; y, Bilaterales ocontractuales.
Acto normativo es toda declaración efectuada en ejercicio de lafunción administrativa que produce efectos jurídicos generalesobjetivos de forma directa.
Instructivos y circulares: Manifestaciones de losórganos públicos de índole particular dentro de suscompetencias específicos y que afectan a losciudadanos como por ejemplo el horario de atenciónen una institución pública.
Sólo el Presidente de la República puede expedirreglamentos. Los reglamentos orgánicos funcionaleslos dictan los otros órganos públicos paraorganizarse y cumplir las funciones asignadas.
Los demás actos normativos de los órganos de laAdministración Pública no son propiamentereglamentos sino a lo sumo normas reglamentarias aveces mal llamadas reglamentos.
Los reglamentos se clasifican en:
Reglamentos de ejecución: Los que dicta el Ejecutivo para normar losaspectos específicos de una Ley, dentro de los alcances fijados en la mismaley.
Reglamentos autónomos: Son los que dicta el Ejecutivo sin relación conley alguna, en ejercicio de una potestad establecida en la Constitución.
La reglamentación delegada o de integración es la normativa sobrematerias que en principio son del ámbito del Poder Legislativo que dicta elEjecutivo, conforme las potestades expresas otorgadas por una normahabilitante.
La delegación legislativa es la que otorga al Ejecutivo la potestad de dictaruna normativa generalmente obligatoria, con el carácter de Ley, dentro delmarco y alcance establecido por la Asamblea.
Reglamentos de necesidad y urgencia son verdaderas leyes bajo ladenominación de “decretos leyes de emergencia en el orden económico” yque estaban comprendidos en la Constitución de 1946. Actualmente seutilizan para el caso de la disolución de la Asamblea Nacional.
DIFERENCIAS ENTRE ACTO
ADMINISTRATIVO Y ACTO NORMATIVO
La administración puede anular de oficio en cualquier tiempo los actos
normativos, sin embargo, la administración no puede anular de oficio los actos
administrativos declarativos de derechos, pues éstos deben de someterse al
recurso de lesividad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
Los actos normativos
ilegales son por regla
general nulos de pleno
derecho, y por otro
lado, los actos
administrativos ilegales
son por regla general
anulables.
La potestad normativa sólo
le corresponde a aquellos
órganos a quienes la ley ha
previsto específicamente, el
poder de dictar actos es una
cualidad general de toda la
administración, es su modo
normal de expresarse.
El acto normativo crea derecho y se incorpora al
ordenamiento, el acto administrativo es el resultado de la
ejecución del derecho. Si se desea un nuevo cumplimiento,
hay que dictar un nuevo acto.
4.- LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS
Las resoluciones
administrativas
Orden escrita dictada por el jefe
de un servicio público que tiene
carácter general, obligatorio y
permanente, y se refiere al
ámbito de competencia del
servicio.
Características:
•Se dictan para cumplir las funciones que la ley encomienda a cada servicio
público.
•Alcanza a todo aquello que complemente, desarrolle o detalle a la ley en la
esfera de competencia del servicio público.
•Pueden tener alcance nacional o local, tratándose de servicios
descentralizados.
•Las resoluciones tienen un enorme impacto en la actividad económica y social,
pues tienen un grado de flexibilidad, oportunidad e información que la ley no
puede tener, y en ese sentido la complementan.
MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES
ADMINISTRATIVAS
•Se puede definir a la motivación de las resoluciones radica en el deber
que poseen los poderes públicos de justificar, explicar o expresar en forma
razonable sus decisiones acerca de un determinado acto o resolución
administrativa. Siendo el Estado un “poder funcional”, dicha motivación se
da en razón de la naturaleza humana de los administrados, siendo una
suerte de “compensación” que se da a éstos respecto del enorme poder
que tiene el Estado. La falta de motivación de la resolución administrativa,
cuando ésta es exigible, no la hace arbitraria, ya que la motivación es
simplemente la expresión de las razones que las justifican.
•La motivación constituye la expresión del conjunto de razones justificativas
de la resolución, pero no se identifica con ellas. Por ello, la ausencia de
motivación no es un hecho invalidante de un acto o resolución, sino sólo
cuando genera indefensión al administrado, se procede a su anulación.
FUNDAMENTACIÓN DE LAS RESOLUCIONES
ADMINISTRATIVAS
Las resoluciones administrativas se fundamentan
en varios puntos; principalmente, en principios de
orden constitucional, tales como el de legalidad, el
de interdicción de la arbitrariedad de los poderes
públicos, o el de tutela judicial efectiva. También
tienen como fundamento a los principios generales
del Derecho, como el de seguridad jurídica por
ejemplo, que debe imperar siempre, tanto ex ante
como ex post en las relaciones entre
Administración y administrados.
5.- LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS
Los contratos del Estado, también llamados "contratos de laAdministración o contratos administrativos", están regidospredominantemente por el derecho público y con un régimenjurídico único.
Estrictamente hablando, no hay contratos civiles de laAdministración; en principio, todos son de derecho público,sometidos a reglas especiales, como por ejemplo, en loscontratos de “adhesión” que efectúa el Estado.
Ocasionalmente, hay contratos de este tipo que se rigen porreglas del derecho privado. Así, están más próximos al derechocivil (más lejanos del derecho administrativo), los contratos decesión, permuta, donación, locación, compraventa, mandato,depósito, fianza, mutuo hipotecario, transporte, contratosaleatorios. Por el contrario, están más cerca del derechoadministrativo los contratos de empleo o función pública,empréstito, concesión de servicios públicos, concesión de obraspúblicas, obra pública y suministro.
El contrato administrativo o contrato de la Administración tiene
elementos comunes al contrato de derecho privado pero con
variantes que dependen de su contenido, de su fin, de los
distintos intereses que afecta y de su régimen jurídico propio.
Las partes contratantes están en un plano desigual. En los
contratos administrativos desaparece el principio de igualdad
entre las partes, que es uno de los elementos básicos de los
contratos civiles. La Administración aparece en una situación de
superioridad jurídica respecto del contratista.
Esta subordinación o desigualdad jurídica del contratista
respecto de la Administración Pública tiene su origen en la
desigualdad de propósitos perseguidos por las partes en el
contrato, pues al fin económico privado se opone y antepone un
fin público o necesidad pública colectiva que puede afectar su
ejecución.
CLÁUSULAS EXORBITANTES
Son cláusulas derogatorias del derecho común,
inadmisibles en los contratos privados, porque
rompen el principio esencial de la igualdad de los
contratantes y de la libertad contractual que prima
en la contratación civil.
En otros términos, son cláusulas inusuales en el
derecho privado, o que incluidas en un contrato de
derecho común resultarían "ilícitas", por exceder el
ámbito de la libertad contractual y contrariar el
orden público.
En virtud de estas cláusulas, la Administración
puede ejercer sobre su contratista un control de
alcance excepcional, modificar unilateralmente las
condiciones del contrato, dar directivas a la otra
parte, declarar extinguido el contrato por sí y ante
sí, imponer sanciones contractuales, etcétera.
Cláusulas
Exorbitantes
Virtuales o
implícitas
Concretas o
expresas
Poderes de dirección y
control de la
Administración en el
contrato
Aquellas contempladas
en el mismo contrato o
en un Reglamento al
cual el contratista
adhiere y que tornan así
el contrato en uno
administrativo.
CLÁUSULAS EXORBITANTES
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