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“La Técnica al Servicio de la Patria”www.ipn.mx
3 DE AGOSTO DE 2010 NÚMERO EXTRAORDINARIO 800 ISSN 0061-3848 AÑO XLVI VOL. 12
Convocatorias
A los interesados
en participar en
el proceso para
la elección de la terna
para la designación de
directores de la ESIME
Azcapotzalco, de la
ESM, de la ESIQIE y
de la ESEO; así como
subdirectores de la
ESCA Tepepan, de
la ESIME Ticomán, de la
ESIME Zacatenco, de
la ESIT, de la Upibi y del
CeCyt 10
CONTENIDO
GACETA POLITÉCNICA NÚMERO EXTRAORDINARIO 800
3 de agosto de 2010
3 Convocatoria a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna para la designación del Director de la ESIME Unidad Azcapotzalco
6 Convocatoria a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna para la designación del Director de la ESM
9 Convocatoria a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna para la designación del Director de la ESIQIE
12 Convocatoria a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna para la designación del Director de la ESEO
15 Convocatoria a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designación del Subdirector Académico de la ESCA Tepepan
18 Convocatoria a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designación del Subdirector de Servicios Educativos e Integración Social de la ESIME Ticomán
21 Convocatoria a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designación del Subdirector Administrativo de la ESIME Ticomán
24 Convocatoria a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designación del Subdirector Académico de la ESIME Zacatenco
27 Convocatoria a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designación del Subdirector Académico de la ESIT
30 Convocatoria a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designación del Subdirector Académico de la Upibi
33 Convocatoria a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designación del Subdirector Administrativo de la Upibi
36 Convocatoria a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designación del Subdirector Académico del CECyT 10 “Carlos Vallejo Márquez”
39 Convocatoria a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designación del Subdirector Administrativo del CECyT 10 “Carlos Vallejo Márquez”
DIRECTORIOINSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
Yoloxóchitl Bustamante DíezDirectora General
Juan Manuel Cantú VázquezSecretario General
Efrén Parada AriasSecretario Académico
Jaime Álvarez GallegosSecretario de Investigación y Posgrado
Óscar Jorge Súchil VillegasSecretario de Extensión e Integración Social
Ernesto Mercado EscutiaSecretario de Servicios Educativos
Fernando Arellano CalderónSecretario de Gestión Estratégica
Roberto Álvarez ArgüellesSecretario de Administración
Emma Frida Galicia HaroSecretaria Ejecutiva de la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas
Salvador Silva RuvalcabaSecretario Ejecutivo del Patronato de Obras e Instalaciones
Adriana Campos LópezAbogada General
Jesús Ávila GalinzogaPresidente del Decanato
José Arnulfo Domínguez CorderoCoordinador de Comunicación Social
GACETA POLITÉCNICA ÓRGANO INFORMATIVO OFICIALDEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
Martha Herrera y Gabriela DíazCoordinación Editorial
Luis A. RodríguezJefe de Diseño
César GómezJefe de Servicios Administrativos
Angela Félix, Felisa Guzmán, Octavio Grijalva, Yolanda Hernández,Araceli López, María Guadalupe Morales, Georgina Pacheco, Cristian RoaColaboradores
Rodrigo HuitrónDiseño y Formación
OficinasDirección General: Coordinación de Comunicación SocialTeléfono 5729 6000 extensiones 50041 y 50039
Licitud de título No. 3302, Licitud de contenido No. 2903Permiso de circulación 07607888 del 13 de julio de 1988
Impreso en Tussan, S.A. de C.V., Calle 10 Núm. 47, Col. AmpliaciónProgreso Nacional, Deleg. Gustavo A. Madero, México, D.F.
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CONVOCATORIA a los interesados en participar en el proceso para la ELECCIÓN de la terna para la designación del DIRECTOR de la Escuela Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, Unidad Azcapotzalco
CONSIDERANDO
que el artículo 29, fracción IV, de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, en relación con el artículo 180 de su Reglamento Interno, disponen que los consejos técnicos consultivos escolares se reunirán en sesión permanente por un lapso que no excederá de ocho días hábiles con el propósito de auscultar, en la forma que estimen conveniente, la opinión del personal y el alumnado del plantel para elegir la terna que deberán proponer a la Directora General del Instituto para la designación del Director.
Que el Consejo Técnico Consultivo Escolar de la Escue-la Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, Unidad Azcapotzalco, en sesión celebrada el 14 de junio de 2010, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico y en los ar-tículos 168, 170, 171, 179, 180, 181, 205 y 207 del Reglamento Interno, acordó emitir la presente:
CONVOCATORIA
a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna para la designación del Direc-tor de la Escuela Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, Unidad Azcapotzalco, de conformidad con las siguientes:
BASES
Primera. DE LOS REQUISITOS
Los aspirantes a Director, en los términos de los artículos 21 de la Ley Orgánica y 170 del Reglamento Interno, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Artículo 170: “Para ser director de escuela, centro o unidad de enseñanza superior se requiere:
I. Ser de nacionalidad mexicana;
II. Poseer, en una rama afín del conocimiento, título profesional de licenciatura otorgado por el Instituto Politécnico Nacional, o un gra- do equivalente, y tener estudios de posgrado;
III. Tener la calidad de personal académico de tiempo completo, con nombramiento definitivo y categoría dictaminada de titular;
IV. Tener una antigüedad mínima de cinco años realizando actividades académicas en el Instituto, y
V. No haber sido sancionado por incurrir en alguna causa de responsabilidad prevista en el presente Reglamento”.
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Segunda. DEL REGISTRO DE LOS ASPIRANTES
En los términos del artículo 205 del Reglamento Interno, el Consejo Técnico Consultivo Escolar integrará la Comisión de Registro de Aspirantes a Director, misma que se reunirá en la Sala de Juntas del H. Consejo Técnico Consultivo Escolar durante tres días hábiles inmedia- tos posteriores a la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Politécnica, con horarios matutino de 10:00 a 13:00 y vespertino de 17:00 a 20:00.
Además de la documentación comprobatoria de que reúnen los requisitos señalados en la base primera de es-ta Convocatoria y la presentación de un plan de trabajo valorable por el Consejo, la solicitud de registro deberá ser acompañada por:
a) Carta compromiso para laborar de tiempo comple- to y exclusivo en el Instituto.
b) Curriculum vitae en extenso, con documentación comprobatoria.
La Comisión de Registro entregará los expedientes de los aspirantes registrados al maestro decano, Ing. Claudio Sánchez Segura, presidente del Consejo Técnico Con-sultivo Escolar, para que éste a su vez los presente ante el pleno del mismo, el día hábil siguiente de concluido el registro, a las 10:00 horas.
Tercera. DE LA AUSCULTACIÓN
El Consejo Técnico Consultivo Escolar, con fundamento en el artículo 180 del Reglamento Interno, deberá realizar una auscultación a la comunidad, de la manera que estime conveniente, con la finalidad de conocer su opinión sobre los aspirantes registrados que cumplieron con los requisitos establecidos, de acuerdo con la normatividad vigente, durante dos días hábiles inmediatos posteriores al cierre de registro de aspirantes.
Cuarta. DE LA ELECCIÓN DE LA TERNA
El Consejo Técnico Consultivo Escolar en pleno definirá los criterios de evaluación de los aspirantes aplicables a la elección de la terna de candidatos a la Dirección, misma que deberá ser presentada a la Directora General del Instituto Politécnico Nacional para la designa- ción correspondiente. Para efecto de elección de la terna, cada Consejero emitirá su voto por un candidato en forma directa y secreta.
Los resultados del proceso se presentarán a la Directora General acompañados del acta completa de la sesión ex-traordinaria del Consejo Técnico Consultivo Escolar, en la que se expliquen los criterios acordados para la elección, los resultados de las fases de auscultación a la comuni-dad y de votación y cómo se dirimieron las diferencias en el seno del Consejo. El Maestro Decano es responsa-ble del resguardo de toda la información generada du-rante el proceso, por el tiempo necesario para la toma de decisiones por parte de la Directora General.
Quinta. DE LAS CONTROVERSIAS
En caso de existir controversia sobre la aplicación o interpretación de las bases contenidas en la presente Convocatoria, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente, deberá solicitar la intervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, lo resuelvan en forma definitiva.
Cuando las controversias sobre la interpretación y aplicación de las bases contenidas en la presente Convocatoria den lugar a una inconformidad, ésta deberá ser promovida dentro de un término de cinco días hábiles, contados a partir de que el inconforme tenga conocimiento del acto o situación que lo motive, ante el Consejo Técnico Consultivo Escolar, debiendo acompañar al escrito de impugnación los elementos probatorios en
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los que se funde. Recibida la inconformidad, el Consejo
Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente,
solicitará la intervención del Secretario General o de la
Abogada General del Instituto para que, en el ámbito
de sus competencias, resuelvan en forma definitiva la
impugnación planteada.
TRANSITORIOS
Primero. En términos de lo dispuesto por los artículos 179
y 207 del Reglamento Interno, así como del artícu-
lo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico, la presente
Convocatoria ha sido autorizada por la Secretaría
General, mediante oficio número 0017 SG/1363/10,
y ha quedado inscrita en la Oficina de la Abogada
General, con el número 09/2010, foja 71 en el Libro
de Registro de Actos Derivados de Procesos de Elección.
Segundo. En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos
29, fracción IV, de la Ley Orgánica y 180 del Reglamen-
to Interno, el término de ocho días hábiles al que se re-
fiere el considerando de la presente Convocatoria
empezará a transcurrir a partir de la fecha de su
publicación en la Gaceta Politécnica.
Tercero. Cualquier asunto no previsto por la presente
Convocatoria será resuelto por el pleno del Consejo
Técnico Consultivo Escolar, de conformidad con la
normatividad aplicable.
Ciudad de México, Distrito Federal, 14 de junio de 2010
“LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA”
ING. CLAUDIO SÁNCHEZ SEGURAMAESTRO DECANO Y PRESIDENTE DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLAR
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELÉCTRICA,UNIDAD AZCAPOTZALCO
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CONVOCATORIA a los interesados en participar en el proceso para la ELECCIÓN de la terna para la designación del DIRECTOR de la Escuela Superior de Medicina
CONSIDERANDO
que el artículo 29, fracción IV, de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, en relación con el artículo 180 de su Reglamento Interno, disponen que los consejos técnicos consultivos escolares se reunirán en sesión permanente por un lapso que no excederá de ocho días hábiles con el propósito de auscultar, en la forma que estimen conveniente, la opinión del personal y el alumnado del plantel para elegir la terna que deberán proponer a la Directora General del Instituto para la designación del Director.
Que el Consejo Técnico Consultivo Escolar de la Escuela Superior de Medicina, en sesión celebrada el 17 de junio de 2010, con fundamento en lo dispuesto en el artícu- lo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico y en los artículos 168, 170, 171, 179, 180, 181, 205 y 207 del Reglamento Interno, acordó emitir la presente:
CONVOCATORIA
a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna para la designación del Direc- tor de la Escuela Superior de Medicina, de conformidad con las siguientes:
BASES
Primera. DE LOS REQUISITOS
Los aspirantes a Director, en los términos de los artículos 21 de la Ley Orgánica y 170 del Reglamento Interno, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Artículo 170: “Para ser director de escuela, centro o unidad de enseñanza superior se requiere:
I. Ser de nacionalidad mexicana;
II. Poseer, en una rama afín del conocimiento, título profesional de licenciatura otorgado por el Instituto Politécnico Nacional, o un gra- do equivalente, y tener estudios de posgrado;
III. Tener la calidad de personal académico de tiempo completo, con nombramiento definitivo y categoría dictaminada de titular;
IV. Tener una antigüedad mínima de cinco años realizando actividades académicas en el Instituto, y
V. No haber sido sancionado por incurrir en alguna causa de responsabilidad prevista en el presente Reglamento”.
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onvocatoriaCSegunda. DEL REGISTRO DE LOS ASPIRANTES
En los términos del artículo 205 del Reglamento Inter-no, el Consejo Técnico Consultivo Escolar integrará la Comisión de Registro de Aspirantes a Director, mis- ma que se reunirá en la Sala de Juntas de la Dirección del plantel durante dos días hábiles inmediatos pos-teriores a la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Politécnica, con horarios matutino de 10:00 a 12:00 y vespertino de 16:00 a 18:00.
Además de la documentación comprobatoria de que reúnen los requisitos señalados en la base primera de es-ta Convocatoria y la presentación de un plan de trabajo valorable por el Consejo, la solicitud de registro deberá ser acompañada por:
a) Copia del acta de nacimiento.
b) Copia del título profesional de licenciatura.
c) Copia del dictamen oficial que lo acredite como profesor titular A, B o C.
d) Documentación oficial que compruebe su antigüe-dad de cinco años de actividades académicas en la Escuela Superior de Medicina.
e) Documentación que acredite poseer estudios de posgrado.
f) Carta compromiso para laborar de tiempo comple- to y exclusivo en la Escuela Superior de Medicina, en caso de ser designado.
g) Curriculum vitae, con documentos probatorios orde-nados según el formato de Estímulo al Desempeño Docente del IPN.
h) Plan de trabajo.
La Comisión de Registro entregará los expedientes de los aspirantes registrados al maestro decano, Dr. Carlos Jesús Guzmán Cuervo, presidente del Consejo Técnico Consultivo Escolar, para que éste a su vez los presente ante el pleno del mismo, el día hábil siguiente de con-cluido el registro, a las 12:00 horas.
Tercera. DE LA AUSCULTACIÓN
El Consejo Técnico Consultivo Escolar, con fundamento en el artículo 180 del Reglamento Interno, deberá realizar una auscultación a la comunidad, de la manera que estime conveniente, con la finalidad de conocer su opinión sobre los aspirantes registrados que cumplieron con los requisitos establecidos, de acuerdo con la normatividad vigente, durante tres días hábiles inmediatos posteriores al cierre de registro de aspirantes.
Cuarta. DE LA ELECCIÓN DE LA TERNA
El Consejo Técnico Consultivo Escolar en pleno definirá los criterios de evaluación de los aspirantes aplicables a la elección de la terna de candidatos a la Dirección, misma que deberá ser presentada a la Directora General del Instituto Politécnico Nacional para la designa- ción correspondiente. Para efecto de elección de la terna, cada Consejero emitirá su voto por un candidato en forma directa y secreta.
Los resultados del proceso se presentarán a la Directora General acompañados del acta completa de la sesión ex-traordinaria del Consejo Técnico Consultivo Escolar, en la que se expliquen los criterios acordados para la elección, los resultados de las fases de auscultación a la comuni-dad y de votación y cómo se dirimieron las diferencias en el seno del Consejo. El Maestro Decano es responsa-ble del resguardo de toda la información generada du-rante el proceso, por el tiempo necesario para la toma de decisiones por parte de la Directora General.
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Quinta. DE LAS CONTROVERSIAS
En caso de existir controversia sobre la aplicación o interpretación de las bases contenidas en la presente Convocatoria, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente, deberá solicitar la intervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, lo resuelvan en forma definitiva.
Cuando las controversias sobre la interpretación y apli-cación de las bases contenidas en la presente Convocatoria den lugar a una inconformidad, ésta deberá ser promo-vida dentro de un término de cinco días hábiles, contados a partir de que el inconforme tenga conocimiento del acto o situación que lo motive, ante el Consejo Técnico Consul- tivo Escolar, debiendo acompañar al escrito de impugna-ción los elementos probatorios en los que se funde. Recibida la inconformidad, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente, solicitará la intervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, resuelvan en forma definitiva la impugnación planteada.
TRANSITORIOS
Primero. En términos de lo dispuesto por los artículos 179 y 207 del Reglamento Interno, así como del artículo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico, la presente Convocatoria ha sido autorizada por la Secretaría General, mediante oficio número 0018 SG/ 1364/10, y ha quedado inscrita en la Oficina de la Abogada General, con el número 020/2010, foja 72 en el Libro de Registro de Actos Derivados de Procesos de Elección.
Segundo. En cumplimiento a lo dispuesto en los artícu- los 29, fracción IV, de la Ley Orgánica y 180 del Reglamento Interno, el término de ocho días hábiles al que se refiere el considerando de la presente Convocatoria empezará a transcurrir a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Politécnica.
Tercero. Cualquier asunto no previsto por la presente Convocatoria será resuelto por el pleno del Consejo Técnico Consultivo Escolar, de conformidad con la normatividad aplicable.
Ciudad de México, Distrito Federal, 17 de junio de 2010
“LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA”
DR. CARLOS JESÚS GUZMÁN CUERVOMAESTRO DECANO Y PRESIDENTE DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLAR
ESCUELA SUPERIOR DE MEDICINA
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CONVOCATORIA a los interesados en participar en el proceso para la ELECCIÓN de la terna para la designación del DIRECTOR de la Escuela Superior de Ingeniería Química e Industrias Extractivas
CONSIDERANDO
que el artículo 29, fracción IV, de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, en relación con el artículo 180 de su Reglamento Interno, disponen que los consejos técnicos consultivos escolares se reunirán en sesión permanente por un lapso que no excederá de ocho días hábiles con el propósito de auscultar, en la forma que estimen conveniente, la opinión del personal y el alumnado del plantel para elegir la terna que deberán proponer a la Directora General del Instituto para la designación del Director.
Que el Consejo Técnico Consultivo Escolar de la Escue- la Superior de Ingeniería Química e Industrias Extracti-vas, en sesión celebrada el 17 de junio de 2010, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 15, frac- ción VIII, del Reglamento Orgánico y en los artículos 168, 170, 171, 179, 180, 181, 205 y 207 del Reglamento Interno, acordó emitir la presente:
CONVOCATORIA
a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna para la designación del Di- rector de la Escuela Superior de Ingeniería Química e Industrias Extractivas, de conformidad con las siguientes:
BASES
Primera. DE LOS REQUISITOS
Los aspirantes a Director, en los términos de los artículos 21 de la Ley Orgánica y 170 del Reglamento Interno, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Artículo 170: “Para ser director de escuela, centro o unidad de enseñanza superior se requiere:
I. Ser de nacionalidad mexicana;
II. Poseer, en una rama afín del conocimiento, título profesional de licenciatura otorgado por el Instituto Politécnico Nacional, o un gra- do equivalente, y tener estudios de posgrado;
III. Tener la calidad de personal académico de tiempo completo, con nombramiento definitivo y categoría dictaminada de titular;
IV. Tener una antigüedad mínima de cinco años realizando actividades académicas en el Instituto, y
V. No haber sido sancionado por incurrir en alguna causa de responsabilidad prevista en el presente Reglamento”.
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onvocatoriaCSegunda. DEL REGISTRO DE LOS ASPIRANTES
En los términos del artículo 205 del Reglamento Interno, el Consejo Técnico Consultivo Escolar integrará la Comisión de Registro de Aspirantes a Director, misma que se reunirá en la Sala de Juntas del H. Consejo Técnico Consultivo Escolar durante dos días hábiles inmedia- tos posteriores a la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Politécnica, con horarios matutino de 12:00 a 14:00 y vespertino de 16:00 a 18:00.
Para comprobar que se cumplen los requisitos señala-dos en la base primera de esta Convocatoria y que los integrantes del Consejo normen su criterio, la solicitud de registro deberá ser acompañada por:
a) Copia del acta de nacimiento o documento oficial que acredite la nacionalidad.
b) Copia del título profesional de licenciatura otorga- do por el IPN o un grado equivalente.
c) Copia del diploma de grado o constancia vali- dados por la Secretaría de Investigación y Pos- grado del IPN.
d) Copia del dictamen de categoría de profesor titular y comprobante de tener tiempo completo.
e) Constancia del área de Capital Humano que com-pruebe haber realizado actividades académi- cas en alguna escuela, centro o unidad del IPN en los últimos cinco años.
f) Constancias del área administrativa y del Consejo Técnico Consultivo Escolar de no haber sido sancio-nado por causas previstas en el Reglamento Interno.
g) Curriculum vitae (con copia de documentos probatorios).
h) Plan de trabajo que incluya todas las áreas del plantel.
i) Carta compromiso para laborar de tiempo comple- to y exclusivo en la escuela, en caso de ser desig-nado para el cargo de Director.
La Comisión de Registro entregará los expedientes de los aspirantes registrados al maestro decano, Ing. Jesús Ávila Galinzoga, presidente del Consejo Técnico Con-sultivo Escolar, para que éste a su vez los presente ante el pleno del mismo, el día hábil siguiente de conclui- do el registro, a las 11:00 horas.
Tercera. DE LA AUSCULTACIÓN
El Consejo Técnico Consultivo Escolar, con fundamento en el artículo 180 del Reglamento Interno, deberá realizar una auscultación a la comunidad, de la manera que estime conveniente, con la finalidad de conocer su opinión sobre los aspirantes registrados que cumplieron con los requisitos establecidos, de acuerdo con la normatividad vigente, durante tres días hábiles inmediatos posteriores al cierre de registro de aspirantes.
Cuarta. DE LA ELECCIÓN DE LA TERNA
El Consejo Técnico Consultivo Escolar en pleno definirá los criterios de evaluación de los aspirantes aplicables a la elección de la terna de candidatos a la Dirección, misma que deberá ser presentada a la Directora General del Instituto Politécnico Nacional para la designa- ción correspondiente. Para efecto de elección de la terna, cada Consejero emitirá su voto por un candidato en forma directa y secreta.
Los resultados del proceso se presentarán a la Directora General acompañados del acta completa de la sesión ex-traordinaria del Consejo Técnico Consultivo Escolar, en la que se expliquen los criterios acordados para la elección, los resultados de las fases de auscultación a la comuni-dad y de votación y cómo se dirimieron las diferencias en el seno del Consejo. El Maestro Decano es responsa-ble del resguardo de toda la información generada du-rante el proceso, por el tiempo necesario para la toma de decisiones por parte de la Directora General.
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En caso de existir controversia sobre la aplicación o interpretación de las bases contenidas en la presente Convocatoria, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente, deberá solicitar la intervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, lo resuelvan en forma definitiva.
Cuando las controversias sobre la interpretación y apli-cación de las bases contenidas en la presente Convocatoria den lugar a una inconformidad, ésta deberá ser promo-vida dentro de un término de cinco días hábiles, contados a partir de que el inconforme tenga conocimiento del acto o situación que lo motive, ante el Consejo Técnico Consul- tivo Escolar, debiendo acompañar al escrito de impugna-ción los elementos probatorios en los que se funde. Recibida la inconformidad, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente, solicitará la intervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, resuelvan en forma definitiva la impugnación planteada.
TRANSITORIOS
Primero. En términos de lo dispuesto por los artículos 179 y 207 del Reglamento Interno, así como del artículo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico, la presente Convocatoria ha sido autorizada por la Secretaría General, mediante oficio número 0019 SG/ 1365/10, y ha quedado inscrita en la Oficina de la Abogada General, con el número 011/2010, foja 71 en el Libro de Registro de Actos Derivados de Procesos de Elección.
Segundo. En cumplimiento a lo dispuesto en los artícu- los 29, fracción IV, de la Ley Orgánica y 180 del Reglamento Interno, el término de ocho días hábiles al que se refiere el considerando de la presente Convocatoria empezará a transcurrir a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Politécnica.
Tercero. Cualquier asunto no previsto por la presente Convocatoria será resuelto por el pleno del Consejo Técnico Consultivo Escolar, de conformidad con la
normatividad aplicable.
Ciudad de México, Distrito Federal, 17 de junio de 2010
“LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA”
ING. JESÚS ÁVILA GALINZOGAMAESTRO DECANO Y PRESIDENTE DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLAR
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA QUÍMICA E INDUSTRIAS EXTRACTIVAS
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CONVOCATORIA a los interesados en participar en el proceso para la ELECCIÓN de la terna para la designación del DIRECTOR de la Escuela Superior de Enfermería y Obstetricia
CONSIDERANDO
que el artículo 29, fracción IV, de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, en relación con el artículo 180 de su Reglamento Interno, disponen que los consejos técnicos consultivos escolares se reunirán en sesión permanente por un lapso que no excederá de ocho días hábiles con el propósito de auscultar, en la forma que estimen conveniente, la opinión del personal y el alumnado del plantel para elegir la terna que deberán proponer a la Directora General del Instituto para la designación del Director.
Que el Consejo Técnico Consultivo Escolar de la Escuela Superior de Enfermería y Obstetricia, en sesión celebra-da el 17 de junio de 2010, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgáni- co y en los artículos 168, 170, 171, 179, 180, 181, 205 y 207 del Reglamento Interno, acordó emitir la presente:
CONVOCATORIA
a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna para la designación del Direc- tor de la Escuela Superior de Enfermería y Obstetricia, de conformidad con las siguientes:
BASES
Primera. DE LOS REQUISITOS
Los aspirantes a Director, en los términos de los artículos 21 de la Ley Orgánica y 170 del Reglamento Interno, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Artículo 170: “Para ser director de escuela, centro o unidad de enseñanza superior se requiere:
I. Ser de nacionalidad mexicana;
II. Poseer, en una rama afín del conocimiento, título profesional de licenciatura otorgado por el Instituto Politécnico Nacional, o un gra- do equivalente, y tener estudios de posgrado;
III. Tener la calidad de personal académico de tiempo completo, con nombramiento definitivo y categoría dictaminada de titular;
IV. Tener una antigüedad mínima de cinco años realizando actividades académicas en el Instituto, y
V. No haber sido sancionado por incurrir en alguna causa de responsabilidad prevista en el presente Reglamento”.
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onvocatoriaCSegunda. DEL REGISTRO DE LOS ASPIRANTES
En los términos del artículo 205 del Reglamento Inter-
no, el Consejo Técnico Consultivo Escolar integrará
la Comisión de Registro de Aspirantes a Director, mis-
ma que se reunirá en la Sala de Juntas del Edificio de
Gobierno durante dos días hábiles inmediatos pos-
teriores a la publicación de la Convocatoria en la
Gaceta Politécnica, con horarios matutino de 9:00
a 14:00 y vespertino de 15:00 a 20:00.
Además de la documentación comprobatoria de que
reúnen los requisitos señalados en la base primera de es-
ta Convocatoria y la presentación de un plan de trabajo
valorable por el Consejo, la solicitud de registro deberá
ser acompañada por:
a) Acta de nacimiento.
b) Título de licenciatura otorgado por el IPN o grado
equivalente.
c) Comprobante de estudios de posgrado.
d) Dictamen de profesor de tiempo completo y cate-
goría de titular.
e) Constancia de servicios expedida por la Direc-
ción de Capital Humano.
f) Constancia de no sanción expedida por el área
administrativa correspondiente.
La Comisión de Registro entregará los expedientes de
los aspirantes registrados a la maestra decana, M. en
C. María Luz Medina Miranda, presidenta del Consejo
Técnico Consultivo Escolar, para que ésta a su vez los
presente ante el pleno del mismo, el día hábil siguiente
de concluido el registro, a las 10:00 horas.
Tercera. DE LA AUSCULTACIÓN
El Consejo Técnico Consultivo Escolar, con fundamento en
el artículo 180 del Reglamento Interno, deberá realizar
una auscultación a la comunidad, de la manera que
estime conveniente, con la finalidad de conocer su opinión
sobre los aspirantes registrados que cumplieron con los
requisitos establecidos, de acuerdo con la normatividad
vigente, durante dos días hábiles inmediatos posteriores
al cierre de registro de aspirantes.
Cuarta. DE LA ELECCIÓN DE LA TERNA
El Consejo Técnico Consultivo Escolar en pleno definirá
los criterios de evaluación de los aspirantes aplicables
a la elección de la terna de candidatos a la Dirección,
misma que deberá ser presentada a la Directora General
del Instituto Politécnico Nacional para la designa-
ción correspondiente. Para efecto de elección de la
terna, cada Consejero emitirá su voto por un candidato
en forma directa y secreta.
Los resultados del proceso se presentarán a la Directora
General acompañados del acta completa de la sesión ex-
traordinaria del Consejo Técnico Consultivo Escolar, en la
que se expliquen los criterios acordados para la elección,
los resultados de las fases de auscultación a la comuni-
dad y de votación y cómo se dirimieron las diferencias
en el seno del Consejo. La Maestra Decana es responsa-
ble del resguardo de toda la información generada du-
rante el proceso, por el tiempo necesario para la toma
de decisiones por parte de la Directora General.
Quinta. DE LAS CONTROVERSIAS
En caso de existir controversia sobre la aplicación o
interpretación de las bases contenidas en la presente
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onvocatoriaCConvocatoria, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidenta, deberá solicitar la in-tervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, lo resuelvan en forma definitiva.
Cuando las controversias sobre la interpretación y aplicación de las bases contenidas en la presen-te Convocatoria den lugar a una inconformidad, ésta deberá ser promovida dentro de un término de cin- co días hábiles, contados a partir de que el inconfor-me tenga conocimiento del acto o situación que lo mo- tive, ante el Consejo Técnico Consultivo Escolar, debiendo acompañar al escrito de impugnación los elementos probatorios en los que se funde. Recibi- da la inconformidad, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidenta, solicitará la intervención del Secretario General o de la Aboga-da General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, resuelvan en forma definitiva la impugnación planteada.
TRANSITORIOS
Primero. En términos de lo dispuesto por los artículos 179 y 207 del Reglamento Interno, así como del artículo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico, la presente Con-vocatoria ha sido autorizada por la Secretaría Gene-ral, mediante oficio número 0020 SG/1366/10, y ha quedado inscrita en la Oficina de la Abogada General, con el número 010/2010, foja 71 en el Libro de Registro de Actos Derivados de Procesos de Elección.
Segundo. En cumplimiento a lo dispuesto en los artícu- los 29, fracción IV, de la Ley Orgánica y 180 del Reglamento Interno, el término de ocho días hábiles al que se refiere el considerando de la presente Con-vocatoria empezará a transcurrir a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Politécnica.
Tercero. Cualquier asunto no previsto por la presente Convocatoria será resuelto por el pleno del Consejo Técnico Consultivo Escolar, de conformidad con la nor-matividad aplicable.
Ciudad de México, Distrito Federal, 17 de junio de 2010
“LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA”
M. EN C. MARÍA LUZ MEDINA MIRANDAMAESTRA DECANA Y PRESIDENTA DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLAR
ESCUELA SUPERIOR DE ENFERMERÍA Y OBSTETRICIA
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CONVOCATORIA a los interesados en participar en el proceso para la ELECCIÓN de la terna que servirá para la designación del SUBDIRECTOR ACADÉMICO de la Escuela Superior de Comercio y Administración, Unidad Tepepan
CONSIDERANDO
que el artículo 29, fracción V, de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, en relación con el artículo 180 de su Reglamento Interno, disponen que los consejos técnicos consultivos escolares se reunirán en sesión permanente por un lapso que no excederá de ocho días hábiles con el propósito de auscultar, en la forma que estimen conveniente, la opinión del personal y el alumnado del plantel para elegir la terna que deberán proponer a la Directora General del Instituto para la designación del Subdirector Académico.
Que el Consejo Técnico Consultivo Escolar de la Es-cuela Superior de Comercio y Administración, Unidad Tepepan, en sesión celebrada el 15 de junio de 2010, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico y en los artículos 168, 174, 175, 179, 180, 181, 205 y 207 del Reglamento Interno, acordó emitir la presente:
CONVOCATORIA
a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designa- ción del Subdirector Académico de la Escuela Superior de Comercio y Administración, Unidad Tepepan, de conformidad con las siguientes:
BASES
Primera. DE LOS REQUISITOS
Los aspirantes a Subdirector Académico, teniendo en consideración la estructura organizacional de la unidad académica y la naturaleza de las funciones que debe-rán desempeñar de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 175 del Reglamento Interno, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Artículo 174: “Los subdirectores de las escuelas, cen- tros y unidades de enseñanza y de investigación deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Ser de nacionalidad mexicana;
II. Poseer título profesional de licenciatura ex-pedido por el Instituto Politécnico Nacional, o un grado equivalente;
III. Tener la calidad de personal académico de tiempo completo, con nombramiento definitivo y categoría dictaminada;
IV. Tener una antigüedad mínima de cinco años realizando actividades académicas en el Instituto, y
V. No haber sido sancionado por incurrir en al- guna causa de responsabilidad prevista en el presente Reglamento”.
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Adicionalmente deberán cumplir con lo señalado en la fracción I del artículo 175 del Reglamento Interno.
Segunda. DEL REGISTRO DE LOS ASPIRANTES
En los términos del artículo 205 del Reglamento Inter- no, el Consejo Técnico Consultivo Escolar integrará la Comisión de Registro de Aspirantes a Subdirector Aca-démico, misma que se reunirá en la Sala de Juntas de las Coordinaciones durante dos días hábiles posteriores a la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Po-litécnica, con horarios matutino de 9:00 a 13:00 y vespertino de 17:00 a 21:00.
Además de la documentación comprobatoria de que reúnen los requisitos señalados en la base primera de es-ta Convocatoria y la presentación de un plan de trabajo valorable por el Consejo, la solicitud de registro deberá ser acompañada por:
a) Original y copia de los documentos que acrediten los requisitos señalados en la base primera de esta Convocatoria.
b) Curriculum vitae en extenso, con fotografía y do-cumentación comprobatoria organizada para su valoración en las siguientes actividades:
• Docencia.
• Labores de administración educativa.
• Formación académica.
• Investigación.
• Extensión y difusión.
• Otras actividades académicas.
c) Carta compromiso para trabajar de tiempo comple-to y exclusivo para la Escuela Superior de Comer- cio y Administración, Unidad Tepepan, en caso de ser designado.
d) Programa de trabajo.
La Comisión de Registro entregará los expedientes de los aspirantes registrados al Presidente del Consejo Técnico Consultivo Escolar, para que éste a su vez los presente ante el pleno del mismo, al día hábil siguiente de concluido el registro, a las 9:00 horas.
Tercera. DE LA AUSCULTACIÓN
El Consejo Técnico Consultivo Escolar, con fundamento en el artículo 180 del Reglamento Interno, deberá realizar una auscultación a la comunidad, de la manera que estime conveniente, con la finalidad de conocer su opinión sobre los aspirantes registrados que cumplieron con los requisitos establecidos, de acuerdo con la normatividad vigente, durante dos días hábiles inmediatos posteriores al cierre de registro de aspirantes.
Cuarta. DE LA ELECCIÓN DE LA TERNA
El Consejo Técnico Consultivo Escolar en pleno defini- rá los criterios de evaluación de los aspirantes aplicables a la elección de la terna de candidatos a la Subdirección Académica, misma que deberá ser presentada a la Directora General del Instituto Politécnico Nacional pa- ra la designación correspondiente. Para efecto de elec-ción de la terna, cada Consejero emitirá su voto por un candidato en forma directa y secreta.
Los resultados del proceso se presentarán a la Direc- tora General acompañados del acta completa de la sesión extraordinaria del Consejo Técnico Consultivo Escolar, en la que se expliquen los criterios acorda-dos para la elección, los resultados de las fases de auscultación a la comunidad y de votación y cómo se dirimieron las diferencias en el seno del Consejo. El Presidente del Consejo es responsable del resguardo de toda la información generada durante el proce- so, por el tiempo necesario para la toma de decisio- nes por parte de la Directora General.
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Quinta. DE LAS CONTROVERSIAS
En caso de existir controversia sobre la aplicación o interpretación de las bases contenidas en la presente Convocatoria, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente, deberá solicitar la intervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, lo resuelvan en forma definitiva.
Cuando las controversias sobre la interpretación y aplicación de las bases contenidas en la presente Convocatoria den lugar a una inconformidad, ésta deberá ser promovida dentro de un término de cinco días hábiles, contados a partir de que el inconforme tenga conocimiento del acto o situación que lo motive, ante el Consejo Técnico Consultivo Escolar, debiendo acompañar al escrito de impugnación los elementos probatorios en
los que se funde. Recibida la inconformidad, el Consejo
Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente,
solicitará la intervención del Secretario General o de la
Abogada General del Instituto para que, en el ámbito
de sus competencias, resuelvan en forma definitiva la
impugnación planteada.
TRANSITORIOS
Primero. En términos de lo dispuesto por los artículos 179 y 207 del Reglamento Interno, así como del artícu- lo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico, la presente Convocatoria ha sido autorizada por la Secretaría General, mediante oficio número 0011 SG/1357/10, y ha quedado inscrita en la Oficina de la Abogada General, con el número 012/2010, foja 71 en el Libro de Registro de Actos Derivados de Procesos de Elección.
Segundo. En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 29, fracción V, de la Ley Orgánica y 180 del Regla- mento Interno, el término de ocho días hábiles al que se refiere el considerando de la presente Convocatoria empezará a transcurrir a partir de la fecha de su pu-blicación en la Gaceta Politécnica.
Tercero. Cualquier asunto no previsto por la presente Convocatoria será resuelto por el pleno del Consejo Técnico Consultivo Escolar, de conformidad con la nor-
matividad aplicable.
Ciudad de México, Distrito Federal, 15 de junio de 2010
“LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA”
M. EN C. JAIME VENTURA SANCHIS CUEVASPRESIDENTE DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLAR
ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN,UNIDAD TEPEPAN
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CONVOCATORIA a los interesados en participar en el proceso para la ELECCIÓN de la terna que servirá para la designación del SUBDIRECTOR DE SERVICIOS EDUCATIVOS E INTEGRACIÓN SOCIAL de la Escuela Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, Unidad Ticomán
CONSIDERANDO
que el artículo 29, fracción V, de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, en relación con el artículo 180 de su Reglamento Interno, disponen que los consejos técnicos consultivos escolares se reunirán en sesión permanente por un lapso que no excederá de ocho días hábiles con el propósito de auscultar, en la forma que estimen conveniente, la opinión del personal y el alumnado del plantel para elegir la terna que deberán proponer a la Directora General del Instituto para la designación del Subdirector de Servicios Educativos e Integración Social.
Que el Consejo Técnico Consultivo Escolar de la Escue-la Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, Unidad Ticomán, en sesión celebrada el 18 de junio de 2010, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico y en los artículos 168, 174, 175, 179, 180, 181, 205 y 207 del Reglamento Interno, acordó emitir la presente:
CONVOCATORIA
a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designación del Subdirector de Servicios Educativos e Integración So- cial de la Escuela Superior de Ingeniería Mecánica y Eléc- trica, Unidad Ticomán, de conformidad con las siguientes:
BASES
Primera. DE LOS REQUISITOS
Los aspirantes a Subdirector de Servicios Educativos e Inte-gración Social, teniendo en consideración la estructura organizacional de la unidad académica y la naturaleza de las funciones que deberán desempeñar de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 175 del Reglamento Interno, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Artículo 174: “Los subdirectores de las escuelas, cen- tros y unidades de enseñanza y de investigación deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Ser de nacionalidad mexicana;
II. Poseer título profesional de licenciatura ex-pedido por el Instituto Politécnico Nacional, o un grado equivalente;
III. Tener la calidad de personal académico de tiempo completo, con nombramiento definitivo y categoría dictaminada;
IV. Tener una antigüedad mínima de cinco años realizando actividades académicas en el Instituto, y
V. No haber sido sancionado por incurrir en al- guna causa de responsabilidad prevista en el presente Reglamento”.
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onvocatoriaCAdicionalmente deberán cumplir con lo señalado en la
fracción II del artículo 175 del Reglamento Interno.
Segunda. DEL REGISTRO DE LOS ASPIRANTES
En los términos del artículo 205 del Reglamento Inter- no, el Consejo Técnico Consultivo Escolar integrará la Comisión de Registro de Aspirantes a Subdirector de Servicios Educativos e Integración Social, misma que se reunirá en la Sala de Juntas de la Dirección del plantel durante tres días hábiles posteriores a la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Politécnica, con horarios matutino de 10:00 a 13:00 y vespertino de 17:00 a 20:00.
Además de la documentación comprobatoria de que reúnen los requisitos señalados en la base primera de es-ta Convocatoria y la presentación de un plan de trabajo valorable por el Consejo, la solicitud de registro deberá ser acompañada por:
a) Carta de exposición de motivos por los que desea ocupar la Subdirección de Servicios Educativos e Inte-gración Social.
b) Plan de trabajo en extenso, asimismo sintético en una cuartilla.
c) Curriculum vitae en extenso, asimismo sintético en una cuartilla, ambos con fotografía vigente.
d) Carta compromiso para laborar tiempo completo y exclusivo en el cargo.
La Comisión de Registro entregará los expedientes de los aspirantes registrados al Presidente del Consejo Técnico Consultivo Escolar, para que éste a su vez los presente ante el pleno del mismo, al día hábil siguiente de concluido el registro, a las 12:00 horas.
Tercera. DE LA AUSCULTACIÓN
El Consejo Técnico Consultivo Escolar, con fundamento en el artículo 180 del Reglamento Interno, deberá realizar
una auscultación a la comunidad, de la manera que estime conveniente, con la finalidad de conocer su opinión sobre los aspirantes registrados que cumplieron con los requisitos establecidos, de acuerdo con la normatividad vigente, durante tres días hábiles inmediatos posteriores al cierre de registro de aspirantes.
Cuarta. DE LA ELECCIÓN DE LA TERNA
El Consejo Técnico Consultivo Escolar en pleno defini- rá los criterios de evaluación de los aspirantes aplicables a la elección de la terna de candidatos a la Subdirección de Servicios Educativos e Integración Social, misma que deberá ser presentada a la Directora General del Instituto Politécnico Nacional para la designación correspondiente. Para efecto de elección de la terna, cada Consejero emitirá su voto por un candidato en forma directa y secreta.
Los resultados del proceso se presentarán a la Direc- tora General acompañados del acta completa de la sesión extraordinaria del Consejo Técnico Consultivo Escolar, en la que se expliquen los criterios acorda-dos para la elección, los resultados de las fases de auscultación a la comunidad y de votación y cómo se dirimieron las diferencias en el seno del Consejo. El Presidente del Consejo es responsable del resguardo de toda la información generada durante el proce- so, por el tiempo necesario para la toma de decisio- nes por parte de la Directora General.
Quinta. DE LAS CONTROVERSIAS
En caso de existir controversia sobre la aplicación o interpretación de las bases contenidas en la presente Convocatoria, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente, deberá solicitar la intervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, lo resuelvan en forma definitiva.
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onvocatoriaC
Cuando las controversias sobre la interpretación y aplicación de las bases contenidas en la presente Convocatoria den lugar a una inconformidad, ésta deberá ser promovida dentro de un término de cinco días hábiles, contados a partir de que el inconforme tenga conocimiento del acto o situación que lo motive, ante el Consejo Técnico Consultivo Escolar, debiendo acompañar al escrito de impugnación los elementos probatorios en
los que se funde. Recibida la inconformidad, el Consejo
Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente,
solicitará la intervención del Secretario General o de la
Abogada General del Instituto para que, en el ámbito
de sus competencias, resuelvan en forma definitiva la
impugnación planteada.
TRANSITORIOS
Primero. En términos de lo dispuesto por los artículos 179 y 207 del Reglamento Interno, así como del artícu-
lo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico, la presente Convocatoria ha sido autorizada por la Secretaría General, mediante oficio número 0013 SG/1359/10, y ha quedado inscrita en la Oficina de la Abogada General, con el número 019/2010, foja 72 en el Libro de Registro de Actos Derivados de Procesos de Elección.
Segundo. En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 29, fracción V, de la Ley Orgánica y 180 del Regla- mento Interno, el término de ocho días hábiles al que se refiere el considerando de la presente Convocatoria empezará a transcurrir a partir de la fecha de su pu-blicación en la Gaceta Politécnica.
Tercero. Cualquier asunto no previsto por la presente Convocatoria será resuelto por el pleno del Consejo Técnico Consultivo Escolar, de conformidad con la nor-
matividad aplicable.
Ciudad de México, Distrito Federal, 18 de junio de 2010
“LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA”
ING. MIGUEL ÁLVAREZ MONTALVOPRESIDENTE DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLARESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELÉCTRICA,
UNIDAD TICOMÁN
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CONSIDERANDO
que el artículo 29, fracción V, de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, en relación con el artículo 180 de su Reglamento Interno, disponen que los consejos técnicos consultivos escolares se reunirán en sesión permanente por un lapso que no excederá de ocho días hábiles con el propósito de auscultar, en la forma que estimen conveniente, la opinión del personal y el alumnado del plantel para elegir la terna que deberán proponer a la Directora General del Instituto para la designación del Subdirector Administrativo.
Que el Consejo Técnico Consultivo Escolar de la Escue-la Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, Unidad Ticomán, en sesión celebrada el 18 de junio de 2010, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico y en los artículos 168, 174, 175, 179, 180, 181, 205 y 207 del Reglamento Interno, acordó emitir la presente:
CONVOCATORIA
a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designa- ción del Subdirector Administrativo de la Escuela Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, Unidad Ticomán, de conformidad con las siguientes:
BASES
Primera. DE LOS REQUISITOS
Los aspirantes a Subdirector Administrativo, teniendo en consideración la estructura organizacional de la unidad académica y la naturaleza de las funciones que deberán desempeñar de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 175 del Reglamento Interno, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Artículo 174: “Los subdirectores de las escuelas, cen- tros y unidades de enseñanza y de investigación deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Ser de nacionalidad mexicana;
II. Poseer título profesional de licenciatura ex-pedido por el Instituto Politécnico Nacional, o un grado equivalente;
III. Tener la calidad de personal académico de tiempo completo, con nombramiento definitivo y categoría dictaminada;
IV. Tener una antigüedad mínima de cinco años realizando actividades académicas en el Instituto, y
V. No haber sido sancionado por incurrir en al- guna causa de responsabilidad prevista en el presente Reglamento”.
CONVOCATORIA a los interesados en participar en el proceso para la ELECCIÓN de la terna que servirá para la designación del SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO de la Escuela Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, Unidad Ticomán
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Núme
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onvocatoriaCAdicionalmente deberán cumplir con lo señalado en la
fracción III del artículo 175 del Reglamento Interno.
Segunda. DEL REGISTRO DE LOS ASPIRANTES
En los términos del artículo 205 del Reglamento Interno, el Consejo Técnico Consultivo Escolar integrará la Comisión de Registro de Aspirantes a Subdirector Administrativo, misma que se reunirá en la Sala de Juntas de la Dirección del plantel durante tres días hábiles posteriores a la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Politéc- nica, con horarios matutino de 10:00 a 13:00 y ves-pertino de 17:00 a 20:00.
Además de la documentación comprobatoria de que reúnen los requisitos señalados en la base primera de es-ta Convocatoria y la presentación de un plan de trabajo valorable por el Consejo, la solicitud de registro deberá ser acompañada por:
a) Carta de exposición de motivos por los que desea ocupar la Subdirección Administrativa.
b) Plan de trabajo en extenso, asimismo sintético en una cuartilla.
c) Curriculum vitae en extenso, asimismo sintético en una cuartilla, ambos con fotografía vigente.
d) Carta compromiso para laborar tiempo completo y exclusivo en el cargo.
La Comisión de Registro entregará los expedientes de los aspirantes registrados al Presidente del Consejo Técnico Consultivo Escolar, para que éste a su vez los presente ante el pleno del mismo, al día hábil siguiente de concluido el registro, a las 12:00 horas.
Tercera. DE LA AUSCULTACIÓN
El Consejo Técnico Consultivo Escolar, con fundamento en el artículo 180 del Reglamento Interno, deberá realizar
una auscultación a la comunidad, de la manera que estime conveniente, con la finalidad de conocer su opinión sobre los aspirantes registrados que cumplieron con los requisitos establecidos, de acuerdo con la normatividad vigente, durante tres días hábiles inmediatos posteriores al cierre de registro de aspirantes.
Cuarta. DE LA ELECCIÓN DE LA TERNA
El Consejo Técnico Consultivo Escolar en pleno defini- rá los criterios de evaluación de los aspirantes aplicables a la elección de la terna de candidatos a la Subdirección Administrativa, misma que deberá ser presentada a la Di-rectora General del Instituto Politécnico Nacional para la designación correspondiente. Para efecto de elección de la terna, cada Consejero emitirá su voto por un candidato en forma directa y secreta.
Los resultados del proceso se presentarán a la Direc- tora General acompañados del acta completa de la sesión extraordinaria del Consejo Técnico Consultivo Escolar, en la que se expliquen los criterios acorda-dos para la elección, los resultados de las fases de auscultación a la comunidad y de votación y cómo se dirimieron las diferencias en el seno del Consejo. El Presidente del Consejo es responsable del resguardo de toda la información generada durante el proce- so, por el tiempo necesario para la toma de decisio- nes por parte de la Directora General.
Quinta. DE LAS CONTROVERSIAS
En caso de existir controversia sobre la aplicación o interpretación de las bases contenidas en la presente Convocatoria, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente, deberá solicitar la intervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, lo resuelvan en forma definitiva.
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onvocatoriaCCuando las controversias sobre la interpretación y
aplicación de las bases contenidas en la presente Convocatoria den lugar a una inconformidad, ésta deberá ser promovida dentro de un término de cinco días hábiles, contados a partir de que el inconforme tenga conocimiento del acto o situación que lo motive, ante el Consejo Técnico Consultivo Escolar, debiendo acompañar al escrito de impugnación los elementos probatorios en
los que se funde. Recibida la inconformidad, el Consejo
Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente,
solicitará la intervención del Secretario General o de la
Abogada General del Instituto para que, en el ámbito
de sus competencias, resuelvan en forma definitiva la
impugnación planteada.
TRANSITORIOS
Primero. En términos de lo dispuesto por los artículos 179 y 207 del Reglamento Interno, así como del artícu-
lo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico, la presente
Convocatoria ha sido autorizada por la Secretaría
General, mediante oficio número 0012 SG/1358/10,
y ha quedado inscrita en la Oficina de la Abogada
General, con el número 018/2010, foja 72 en el Libro
de Registro de Actos Derivados de Procesos de Elección.
Segundo. En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos
29, fracción V, de la Ley Orgánica y 180 del Regla-
mento Interno, el término de ocho días hábiles al que
se refiere el considerando de la presente Convocatoria
empezará a transcurrir a partir de la fecha de su pu-
blicación en la Gaceta Politécnica.
Tercero. Cualquier asunto no previsto por la presente
Convocatoria será resuelto por el pleno del Consejo
Técnico Consultivo Escolar, de conformidad con la nor-
matividad aplicable.
Ciudad de México, Distrito Federal, 18 de junio de 2010
“LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA”
ING. MIGUEL ÁLVAREZ MONTALVOPRESIDENTE DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLARESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELÉCTRICA,
UNIDAD TICOMÁN
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onvocatoriaC
CONSIDERANDO
que el artículo 29, fracción V, de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, en relación con el artículo 180 de su Reglamento Interno, disponen que los consejos técnicos consultivos escolares se reunirán en sesión permanente por un lapso que no excederá de ocho días hábiles con el propósito de auscultar, en la forma que estimen conveniente, la opinión del personal y el alumnado del plantel para elegir la terna que deberán proponer a la Directora General del Instituto para la designación del Subdirector Académico.
Que el Consejo Técnico Consultivo Escolar de la Escue-la Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, Unidad Zacatenco, en sesión celebrada el 18 de junio de 2010, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico y en los artículos 168, 174, 175, 179, 180, 181, 205 y 207 del Reglamento Interno, acordó emitir la presente:
CONVOCATORIA
a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designa- ción del Subdirector Académico de la Escuela Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, Unidad Zacaten- co, de conformidad con las siguientes:
BASES
Primera. DE LOS REQUISITOS
Los aspirantes a Subdirector Académico, teniendo en consideración la estructura organizacional de la unidad académica y la naturaleza de las funciones que deberán desempeñar de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 175 del Reglamento Interno, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Artículo 174: “Los subdirectores de las escuelas, cen- tros y unidades de enseñanza y de investigación deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Ser de nacionalidad mexicana;
II. Poseer título profesional de licenciatura ex-pedido por el Instituto Politécnico Nacional, o un grado equivalente;
III. Tener la calidad de personal académico de tiempo completo, con nombramiento definitivo y categoría dictaminada;
IV. Tener una antigüedad mínima de cinco años realizando actividades académicas en el Instituto, y
V. No haber sido sancionado por incurrir en al- guna causa de responsabilidad prevista en el presente Reglamento”.
CONVOCATORIA a los interesados en participar en el proceso para la ELECCIÓN de la terna que servirá para la designación del SUBDIRECTOR ACADÉMICO de la Escuela Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, Unidad Zacatenco
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onvocatoriaCAdicionalmente deberán cumplir con lo señalado en la
fracción I del artículo 175 del Reglamento Interno.
Segunda. DEL REGISTRO DE LOS ASPIRANTES
En los términos del artículo 205 del Reglamento Interno, el Consejo Técnico Consultivo Escolar integrará la Comisión de Registro de Aspirantes a Subdirector Académico, misma que se reunirá en la Sala de Juntas de la Dirección, ubicada en la planta baja del Edificio Núm. 1 de la Unidad Profesional “Adolfo López Mateos”, durante tres días há-biles posteriores a la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Politécnica, con horarios matutino de 11:00 a 14:00 y vespertino de 17:00 a 20:00.
Además de la documentación comprobatoria de que reúnen los requisitos señalados en la base primera de es-ta Convocatoria y la presentación de un plan de trabajo valorable por el Consejo, la solicitud de registro deberá ser acompañada por:
a) Carta compromiso para laborar de tiempo completo y exclusivo en la Escuela Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, Unidad Zacatenco.
b) Curriculum vitae y documentos probatorios.
c) Plan de trabajo resumido para su publicación.
La Comisión de Registro entregará los expedientes de los aspirantes registrados al Presidente del Consejo Técnico Consultivo Escolar, para que éste a su vez los presente ante el pleno del mismo, al día hábil siguiente de concluido el registro, a las 11:00 horas.
Tercera. DE LA AUSCULTACIÓN
El Consejo Técnico Consultivo Escolar, con fundamento en el artículo 180 del Reglamento Interno, deberá realizar
una auscultación a la comunidad, de la manera que estime conveniente, con la finalidad de conocer su opinión sobre los aspirantes registrados que cumplieron con los requisitos establecidos, de acuerdo con la normatividad vigente, durante un día hábil inmediato posterior al cierre de registro de aspirantes.
Cuarta. DE LA ELECCIÓN DE LA TERNA
El Consejo Técnico Consultivo Escolar en pleno defini- rá los criterios de evaluación de los aspirantes aplicables a la elección de la terna de candidatos a la Subdirección Académica, misma que deberá ser presentada a la Di-rectora General del Instituto Politécnico Nacional para la designación correspondiente. Para efecto de elección de la terna, cada Consejero emitirá su voto por un candidato en forma directa y secreta.
Los resultados del proceso se presentarán a la Direc- tora General acompañados del acta completa de la sesión extraordinaria del Consejo Técnico Consultivo Escolar, en la que se expliquen los criterios acorda-dos para la elección, los resultados de las fases de auscultación a la comunidad y de votación y cómo se dirimieron las diferencias en el seno del Consejo. El Presidente del Consejo es responsable del resguardo de toda la información generada durante el proce- so, por el tiempo necesario para la toma de decisio- nes por parte de la Directora General.
Quinta. DE LAS CONTROVERSIAS
En caso de existir controversia sobre la aplicación o interpretación de las bases contenidas en la presente Convocatoria, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente, deberá solicitar la intervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, lo resuelvan en forma definitiva.
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onvocatoriaCCuando las controversias sobre la interpretación y
aplicación de las bases contenidas en la presente Convocatoria den lugar a una inconformidad, ésta deberá ser promovida dentro de un término de cinco días hábiles, contados a partir de que el inconforme tenga conocimiento del acto o situación que lo motive, ante el Consejo Técnico Consultivo Escolar, debiendo acompañar al escrito de impugnación los elementos probatorios en
los que se funde. Recibida la inconformidad, el Consejo
Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente,
solicitará la intervención del Secretario General o de la
Abogada General del Instituto para que, en el ámbito
de sus competencias, resuelvan en forma definitiva la
impugnación planteada.
TRANSITORIOS
Primero. En términos de lo dispuesto por los artículos 179 y 207 del Reglamento Interno, así como del artícu-
lo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico, la presente
Convocatoria ha sido autorizada por la Secretaría
General, mediante oficio número 0014 SG/1360/10,
y ha quedado inscrita en la Oficina de la Abogada
General, con el número 013/2010, foja 71 en el Libro
de Registro de Actos Derivados de Procesos de Elección.
Segundo. En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos
29, fracción V, de la Ley Orgánica y 180 del Regla-
mento Interno, el término de ocho días hábiles al que
se refiere el considerando de la presente Convocatoria
empezará a transcurrir a partir de la fecha de su pu-
blicación en la Gaceta Politécnica.
Tercero. Cualquier asunto no previsto por la presente
Convocatoria será resuelto por el pleno del Consejo
Técnico Consultivo Escolar, de conformidad con la nor-
matividad aplicable.
Ciudad de México, Distrito Federal, 18 de junio de 2010
“LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA”
M. EN C. JESÚS REYES GARCÍAPRESIDENTE DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLARESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELÉCTRICA,
UNIDAD ZACATENCO
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CONVOCATORIA a los interesados en participar en el proceso para la ELECCIÓN de la terna que servirá para la designación del SUBDIRECTOR ACADÉMICO de la Escuela Superior de Ingeniería Textil
CONSIDERANDO
que el artículo 29, fracción V, de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, en relación con el artículo 180 de su Reglamento Interno, disponen que los consejos técnicos consultivos escolares se reunirán en sesión permanente por un lapso que no excederá de ocho días hábiles con el propósito de auscultar, en la forma que estimen conveniente, la opinión del personal y el alumnado del plantel para elegir la terna que deberán proponer a la Directora General del Instituto para la designación del Subdirector Académico.
Que el Consejo Técnico Consultivo Escolar de la Es-cuela Superior de Ingeniería Textil, en sesión celebrada el 15 de junio de 2010, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico y en los artículos 168, 174, 175, 179, 180, 181, 205 y 207 del Reglamento Interno, acordó emitir la presente:
CONVOCATORIA
a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designa- ción del Subdirector Académico de la Escuela Superior de Ingeniería Textil, de conformidad con las siguientes:
BASES
Primera. DE LOS REQUISITOS
Los aspirantes a Subdirector Académico, teniendo en consideración la estructura organizacional de la unidad académica y la naturaleza de las funciones que debe-rán desempeñar de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 175 del Reglamento Interno, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Artículo 174: “Los subdirectores de las escuelas, cen- tros y unidades de enseñanza y de investigación deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Ser de nacionalidad mexicana;
II. Poseer título profesional de licenciatura ex-pedido por el Instituto Politécnico Nacional, o un grado equivalente;
III. Tener la calidad de personal académico de tiempo completo, con nombramiento definitivo y categoría dictaminada;
IV. Tener una antigüedad mínima de cinco años realizando actividades académicas en el Instituto, y
V. No haber sido sancionado por incurrir en al- guna causa de responsabilidad prevista en el presente Reglamento”.
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onvocatoriaCAdicionalmente deberán cumplir con lo señalado en la
fracción I del artículo 175 del Reglamento Interno:
I. El Subdirector Académico: en el nivel medio superior, poseer preferentemente estudios de posgrado; en el nivel superior, poseer estu- dios de posgrado, y para los centros de in-vestigación, tener el grado académico de doctor o equivalente.
Segunda. DEL REGISTRO DE LOS ASPIRANTES
En los términos del artículo 205 del Reglamento Interno, el Consejo Técnico Consultivo Escolar integrará la Comisión de Registro de Aspirantes a Sudirector Académico, misma que se reunirá en el Salón de Actos durante dos días hábiles posteriores a la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Politécnica, con horarios matutino de 10:00 a 14:00 y vespertino de 16:00 a 20:00.
Además de la documentación comprobatoria de que reúnen los requisitos señalados en la base primera de es-ta Convocatoria y la presentación de un plan de trabajo valorable por el Consejo, la solicitud de registro deberá ser acompañada por:
a) Título de ingeniero textil en cualquier especialidad.
b) Plan de trabajo apegado a la política de la nueva gestión del IPN.
c) Curriculum vitae en extenso, con documentación comprobatoria.
d) Carta compromiso para laborar de tiempo comple- to y exclusivo en la escuela en caso de ser designado como Subdirector Académico.
e) Preferentemente, documentación que acredite expe-riencia laboral en la industria textil.
La Comisión de Registro entregará los expedientes de los aspirantes registrados a la Presidenta del Consejo Técnico Consultivo Escolar, para que éste a su vez los presente ante el pleno del mismo, al día hábil siguiente de concluido el registro, a las 20:00 horas.
Tercera. DE LA AUSCULTACIÓN
El Consejo Técnico Consultivo Escolar, con fundamento en el artículo 180 del Reglamento Interno, deberá realizar una auscultación a la comunidad, de la manera que estime conveniente, con la finalidad de conocer su opinión sobre los aspirantes registrados que cumplieron con los requisitos establecidos, de acuerdo con la normatividad vigente, durante tres días hábiles inmediatos posteriores al cierre de registro de aspirantes.
Cuarta. DE LA ELECCIÓN DE LA TERNA
El Consejo Técnico Consultivo Escolar en pleno defini- rá los criterios de evaluación de los aspirantes aplicables a la elección de la terna de candidatos a la Subdirección Académica, misma que deberá ser presentada a la Directora General del Instituto Politécnico Nacional pa- ra la designación correspondiente. Para efecto de elec-ción de la terna, cada Consejero emitirá su voto por un candidato en forma directa y secreta.
Los resultados del proceso se presentarán a la Direc- tora General acompañados del acta completa de la sesión extraordinaria del Consejo Técnico Consultivo Escolar, en la que se expliquen los criterios acorda-dos para la elección, los resultados de las fases de auscultación a la comunidad y de votación y cómo se dirimieron las diferencias en el seno del Consejo. La Presidenta del Consejo es responsable del resguardo de toda la información generada durante el proce- so, por el tiempo necesario para la toma de decisio- nes por parte de la Directora General.
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onvocatoriaCQuinta. DE LAS CONTROVERSIAS
En caso de existir controversia sobre la aplicación o interpretación de las bases contenidas en la presente Convocatoria, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidenta, deberá solicitar la intervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, lo resuelvan en forma definitiva.
Cuando las controversias sobre la interpretación y aplicación de las bases contenidas en la presente Convocatoria den lugar a una inconformidad, ésta deberá ser promovida dentro de un término de cinco días hábiles, contados a partir de que el inconforme tenga conocimiento del acto o situación que lo motive, ante el Consejo Técnico Consultivo Escolar, debiendo acompañar al escrito de impugnación los elementos probatorios en
los que se funde. Recibida la inconformidad, el Consejo
Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidenta,
solicitará la intervención del Secretario General o de la
Abogada General del Instituto para que, en el ámbito
de sus competencias, resuelvan en forma definitiva la
impugnación planteada.
TRANSITORIOS
Primero. En términos de lo dispuesto por los artículos 179 y 207 del Reglamento Interno, así como del artícu- lo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico, la presente Convocatoria ha sido autorizada por la Secretaría General, mediante oficio número 0021 SG/1385/10, y ha quedado inscrita en la Oficina de la Abogada General, con el número 021/2010, foja 72 en el Libro de Registro de Actos Derivados de Procesos de Elección.
Segundo. En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 29, fracción V, de la Ley Orgánica y 180 del Regla- mento Interno, el término de ocho días hábiles al que se refiere el considerando de la presente Convocatoria empezará a transcurrir a partir de la fecha de su pu-blicación en la Gaceta Politécnica.
Tercero. Cualquier asunto no previsto por la presente Convocatoria será resuelto por el pleno del Consejo Técnico Consultivo Escolar, de conformidad con la nor-matividad aplicable.
Ciudad de México, Distrito Federal, 15 de junio de 2010
“LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA”
ING. DORA MARÍA MARTÍNEZ PALACIOSPRESIDENTA DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLAR
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA TEXTIL
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CONVOCATORIA a los interesados en participar en el proceso para la ELECCIÓN de la terna que servirá para la designación del SUBDIRECTOR ACADÉMICO de la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Biotecnología
CONSIDERANDO
que el artículo 29, fracción V, de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, en relación con el artículo 180 de su Reglamento Interno, disponen que los consejos técnicos consultivos escolares se reunirán en sesión permanente por un lapso que no excederá de ocho días hábiles con el propósito de auscultar, en la forma que estimen conveniente, la opinión del personal y el alumnado del plantel para elegir la terna que deberán proponer a la Directora General del Instituto para la designación del Subdirector Académico.
Que el Consejo Técnico Consultivo Escolar de la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Biotecnología, en sesión celebrada el 16 de junio de 2010, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico y en los artículos 168, 174, 175, 179, 180, 181, 205 y 207 del Reglamento Interno, acordó emitir la presente:
CONVOCATORIA
a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designación del Subdirector Académico de la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Biotecnología, de conformidad con las siguientes:
BASES
Primera. DE LOS REQUISITOS
Los aspirantes a Subdirector Académico, teniendo en consideración la estructura organizacional de la unidad académica y la naturaleza de las funciones que debe-rán desempeñar de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 175 del Reglamento Interno, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Artículo 174: “Los subdirectores de las escuelas, cen- tros y unidades de enseñanza y de investigación deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Ser de nacionalidad mexicana;
II. Poseer título profesional de licenciatura ex-pedido por el Instituto Politécnico Nacional, o un grado equivalente;
III. Tener la calidad de personal académico de tiempo completo, con nombramiento definitivo y categoría dictaminada;
IV. Tener una antigüedad mínima de cinco años realizando actividades académicas en el Instituto, y
V. No haber sido sancionado por incurrir en al- guna causa de responsabilidad prevista en el presente Reglamento”.
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onvocatoriaCAdicionalmente deberán cumplir con lo señalado en la
fracción I del artículo 175 del Reglamento Interno:
I. El Subdirector Académico: en el nivel medio superior, poseer preferentemente estudios de posgrado; en el nivel superior, poseer estu- dios de posgrado, y para los centros de in-vestigación, tener el grado académico de doctor o equivalente.
Segunda. DEL REGISTRO DE LOS ASPIRANTES
En los términos del artículo 205 del Reglamento Interno, el Consejo Técnico Consultivo Escolar integrará la Comisión de Registro de Aspirantes a Subdirector Académico, misma que se reunirá en el Aula de Titulaciones de la Unidad durante dos días hábiles posteriores a la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Politécnica, con horarios matu-tino de 10:00 a 14:00 y vespertino de 16:00 a 20:00.
Además de la documentación comprobatoria de que reúnen los requisitos señalados en la base primera de es-ta Convocatoria y la presentación de un plan de trabajo valorable por el Consejo, la solicitud de registro deberá ser acompañada por:
a) Curriculum vitae resumido.
b) Carta compromiso para laborar de tiempo comple- to y exclusivo en la Unidad, en caso de ser designado como Subdirector Académico.
c) Análisis del estado actual de la Subdirección Aca- démica de la Unidad incluyendo propuestas gene-radas para su mejor funcionamiento, en un máximo de tres cuartillas.
La Comisión de Registro entregará los expedientes de los aspirantes registrados al Presidente del Consejo
Técnico Consultivo Escolar, para que éste a su vez los presente ante el pleno del mismo, al día hábil siguiente de concluido el registro, a las 13:00 horas.
Tercera. DE LA AUSCULTACIÓN
El Consejo Técnico Consultivo Escolar, con fundamento en
el artículo 180 del Reglamento Interno, deberá realizar
una auscultación a la comunidad, de la manera que
estime conveniente, con la finalidad de conocer su opinión
sobre los aspirantes registrados que cumplieron con los
requisitos establecidos, de acuerdo con la normatividad
vigente, durante tres días hábiles inmediatos posteriores
al cierre de registro de aspirantes.
Cuarta. DE LA ELECCIÓN DE LA TERNA
El Consejo Técnico Consultivo Escolar en pleno defini-
rá los criterios de evaluación de los aspirantes aplicables
a la elección de la terna de candidatos a la Subdirección
Académica, misma que deberá ser presentada a la Di-
rectora General del Instituto Politécnico Nacional pa-
ra la designación correspondiente. Para efecto de elec-
ción de la terna, cada Consejero emitirá su voto por
un candidato en forma directa y secreta.
Los resultados del proceso se presentarán a la Direc-
tora General acompañados del acta completa de la
sesión extraordinaria del Consejo Técnico Consultivo
Escolar, en la que se expliquen los criterios acorda-
dos para la elección, los resultados de las fases de
auscultación a la comunidad y de votación y cómo
se dirimieron las diferencias en el seno del Consejo. El
Presidente del Consejo es responsable del resguardo
de toda la información generada durante el proce-
so, por el tiempo necesario para la toma de decisio-
nes por parte de la Directora General.
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Quinta. DE LAS CONTROVERSIAS
En caso de existir controversia sobre la aplicación o interpretación de las bases contenidas en la presente Convocatoria, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente, deberá solicitar la intervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, lo resuelvan en forma definitiva.
Cuando las controversias sobre la interpretación y aplicación de las bases contenidas en la presente Convocatoria den lugar a una inconformidad, ésta deberá ser promovida dentro de un término de cinco días hábiles, contados a partir de que el inconforme tenga conocimiento del acto o situación que lo motive, ante el Consejo Técnico Consultivo Escolar, debiendo acompañar al escrito de impugnación los elementos probatorios en
los que se funde. Recibida la inconformidad, el Consejo
Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente,
solicitará la intervención del Secretario General o de la
Abogada General del Instituto para que, en el ámbito
de sus competencias, resuelvan en forma definitiva la
impugnación planteada.
TRANSITORIOS
Primero. En términos de lo dispuesto por los artículos 179 y 207 del Reglamento Interno, así como del artícu- lo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico, la presente Convocatoria ha sido autorizada por la Secretaría General, mediante oficio número 0015 SG/1361/10, y ha quedado inscrita en la Oficina de la Abogada General, con el número 014/2010, foja 71 en el Libro de Registro de Actos Derivados de Procesos de Elección.
Segundo. En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 29, fracción V, de la Ley Orgánica y 180 del Regla- mento Interno, el término de ocho días hábiles al que se refiere el considerando de la presente Convocatoria empezará a transcurrir a partir de la fecha de su pu-blicación en la Gaceta Politécnica.
Tercero. Cualquier asunto no previsto por la presente Convocatoria será resuelto por el pleno del Consejo Técnico Consultivo Escolar, de conformidad con la nor-matividad aplicable.
Ciudad de México, Distrito Federal, 16 de junio de 2010
“LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA”
DR. JUAN SILVESTRE ARANDA BARRADASPRESIDENTE DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLAR
UNIDAD PROFESIONAL INTERDISCIPLINARIA DE BIOTECNOLOGÍA
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CONVOCATORIA a los interesados en participar en el proceso para la ELECCIÓN de la terna que servirá para la designación del SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO de la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Biotecnología
CONSIDERANDO
que el artículo 29, fracción V, de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, en relación con el artículo 180 de su Reglamento Interno, disponen que los consejos técnicos consultivos escolares se reunirán en sesión permanente por un lapso que no excederá de ocho días hábiles con el propósito de auscultar, en la forma que estimen conveniente, la opinión del personal y el alumnado del plantel para elegir la terna que deberán proponer a la Directora General del Instituto para la designación del Subdirector Administrativo.
Que el Consejo Técnico Consultivo Escolar de la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Biotecnología, en sesión celebrada el 16 de junio de 2010, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico y en los artículos 168, 174, 175, 179, 180, 181, 205 y 207 del Reglamento Interno, acordó emitir la presente:
CONVOCATORIA
a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designación del Subdirector Administrativo de la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Biotecnología, de conformidad con las siguientes:
BASES
Primera. DE LOS REQUISITOS
Los aspirantes a Subdirector Administrativo, teniendo en consideración la estructura organizacional de la unidad académica y la naturaleza de las funciones que debe-rán desempeñar de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 175 del Reglamento Interno, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Artículo 174: “Los subdirectores de las escuelas, cen- tros y unidades de enseñanza y de investigación deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Ser de nacionalidad mexicana;
II. Poseer título profesional de licenciatura ex-pedido por el Instituto Politécnico Nacional, o un grado equivalente;
III. Tener la calidad de personal académico de tiempo completo, con nombramiento definitivo y categoría dictaminada;
IV. Tener una antigüedad mínima de cinco años realizando actividades académicas en el Instituto, y
V. No haber sido sancionado por incurrir en al- guna causa de responsabilidad prevista en el presente Reglamento”.
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Adicionalmente deberán cumplir con lo señalado en la fracción III del artículo 175 del Reglamento Interno:
III. “El Subdirector Administrativo: que el título profesional a que se refiere la fracción II del artículo 174 corresponda a una área de las Ciencias Sociales y Administrativas o bien tener reconocida experiencia administrativa”.
Segunda. DEL REGISTRO DE LOS ASPIRANTES
En los términos del artículo 205 del Reglamento Interno, el Consejo Técnico Consultivo Escolar integrará la Comisión de Registro de Aspirantes a Subdirector Administrativo, misma que se reunirá en el Aula de Titulaciones de la Unidad durante dos días hábiles posteriores a la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Politécnica, con horarios matu-tino de 10:00 a 14:00 y vespertino de 16:00 a 20:00.
Además de la documentación comprobatoria de que reúnen los requisitos señalados en la base primera de es-ta Convocatoria y la presentación de un plan de trabajo valorable por el Consejo, la solicitud de registro deberá ser acompañada por:
a) Curriculum vitae resumido.
b) Carta compromiso para laborar de tiempo comple- to y exclusivo en la Unidad, en caso de ser designado como Subdirector Administrativo.
c) Análisis del estado actual de la Subdirección Administrativa de la Unidad incluyendo propuestas generadas para su mejor funcionamiento, en un máximo de tres cuartillas.
La Comisión de Registro entregará los expedientes de los aspirantes registrados al Presidente del Consejo Técnico Consultivo Escolar, para que éste a su vez los
presente ante el pleno del mismo, al día hábil siguiente de concluido el registro, a las 13:00 horas.
Tercera. DE LA AUSCULTACIÓN
El Consejo Técnico Consultivo Escolar, con fundamento en
el artículo 180 del Reglamento Interno, deberá realizar
una auscultación a la comunidad, de la manera que
estime conveniente, con la finalidad de conocer su opinión
sobre los aspirantes registrados que cumplieron con los
requisitos establecidos, de acuerdo con la normatividad
vigente, durante tres días hábiles inmediatos posteriores
al cierre de registro de aspirantes.
Cuarta. DE LA ELECCIÓN DE LA TERNA
El Consejo Técnico Consultivo Escolar en pleno defini-
rá los criterios de evaluación de los aspirantes aplicables
a la elección de la terna de candidatos a la Subdirección
Administrativa, misma que deberá ser presentada a la
Directora General del Instituto Politécnico Nacional pa-
ra la designación correspondiente. Para efecto de elec-
ción de la terna, cada Consejero emitirá su voto por
un candidato en forma directa y secreta.
Los resultados del proceso se presentarán a la Direc-
tora General acompañados del acta completa de la
sesión extraordinaria del Consejo Técnico Consultivo
Escolar, en la que se expliquen los criterios acorda-
dos para la elección, los resultados de las fases de
auscultación a la comunidad y de votación y cómo
se dirimieron las diferencias en el seno del Consejo. El
Presidente del Consejo es responsable del resguardo
de toda la información generada durante el proce-
so, por el tiempo necesario para la toma de decisio-
nes por parte de la Directora General.
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Quinta. DE LAS CONTROVERSIAS
En caso de existir controversia sobre la aplicación o interpretación de las bases contenidas en la presente Convocatoria, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente, deberá solicitar la intervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, lo resuelvan en forma definitiva.
Cuando las controversias sobre la interpretación y aplicación de las bases contenidas en la presente Convocatoria den lugar a una inconformidad, ésta deberá ser promovida dentro de un término de cinco días hábiles, contados a partir de que el inconforme tenga conocimiento del acto o situación que lo motive, ante el Consejo Técnico Consultivo Escolar, debiendo acompañar al escrito de impugnación los elementos probatorios en
los que se funde. Recibida la inconformidad, el Consejo
Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente,
solicitará la intervención del Secretario General o de la
Abogada General del Instituto para que, en el ámbito
de sus competencias, resuelvan en forma definitiva la
impugnación planteada.
TRANSITORIOS
Primero. En términos de lo dispuesto por los artículos 179 y 207 del Reglamento Interno, así como del artícu- lo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico, la presente Convocatoria ha sido autorizada por la Secretaría General, mediante oficio número 0016 SG/1362/10, y ha quedado inscrita en la Oficina de la Abogada General, con el número 015/2010, foja 72 en el Libro de Registro de Actos Derivados de Procesos de Elección.
Segundo. En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 29, fracción V, de la Ley Orgánica y 180 del Regla- mento Interno, el término de ocho días hábiles al que se refiere el considerando de la presente Convocatoria empezará a transcurrir a partir de la fecha de su pu-blicación en la Gaceta Politécnica.
Tercero. Cualquier asunto no previsto por la presente Convocatoria será resuelto por el pleno del Consejo Técnico Consultivo Escolar, de conformidad con la nor-matividad aplicable.
Ciudad de México, Distrito Federal, 16 de junio de 2010
“LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA”
DR. JUAN SILVESTRE ARANDA BARRADASPRESIDENTE DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLAR
UNIDAD PROFESIONAL INTERDISCIPLINARIA DE BIOTECNOLOGÍA
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CONVOCATORIA a los interesados en participar en el proceso para la ELECCIÓN de la terna que servirá para la designación del SUBDIRECTOR ACADÉMICO del Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos 10 “Carlos Vallejo Márquez”
CONSIDERANDO
que el artículo 29, fracción V, de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, en relación con el artículo 180 de su Reglamento Interno, disponen que los consejos técnicos consultivos escolares se reunirán en sesión permanente por un lapso que no excederá de ocho días hábiles con el propósito de auscultar, en la forma que estimen conveniente, la opinión del personal y el alumnado del plantel para elegir la terna que deberán proponer a la Directora General del Instituto para la designación del Subdirector Académico.
Que el Consejo Técnico Consultivo Escolar del Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos 10 “Carlos Vallejo Márquez”, en sesión celebrada el 17 de junio de 2010, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico y en los artículos 168, 174, 175, 179, 180, 181, 205 y 207 del Reglamento Interno, acordó emitir la presente:
CONVOCATORIA
a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designa- ción del Subdirector Académico del Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos 10 “Carlos Vallejo Márquez”, de conformidad con las siguientes:
BASES
Primera. DE LOS REQUISITOS
Los aspirantes a Subdirector Académico, teniendo en consideración la estructura organizacional de la unidad académica y la naturaleza de las funciones que debe-rán desempeñar de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 175 del Reglamento Interno, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Artículo 174: “Los subdirectores de las escuelas, cen- tros y unidades de enseñanza y de investigación deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Ser de nacionalidad mexicana;
II. Poseer título profesional de licenciatura ex-pedido por el Instituto Politécnico Nacional, o un grado equivalente;
III. Tener la calidad de personal académico de tiempo completo, con nombramiento definitivo y categoría dictaminada;
IV. Tener una antigüedad mínima de cinco años realizando actividades académicas en el Instituto, y
V. No haber sido sancionado por incurrir en al- guna causa de responsabilidad prevista en el presente Reglamento”.
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onvocatoriaCAdicionalmente deberán cumplir con lo señalado en la
fracción I del artículo 175 del Reglamento Interno.
Segunda. DEL REGISTRO DE LOS ASPIRANTES
En los términos del artículo 205 del Reglamento Inter- no, el Consejo Técnico Consultivo Escolar integrará la Comisión de Registro de Aspirantes a Subdirector Aca-démico, misma que se reunirá en la Sala de Juntas de la Dirección durante dos días hábiles posteriores a la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Politécni-ca, con horarios matutino de 10:00 a 14:00 y vespertino de 17:00 a 21:00.
Además de la documentación comprobatoria de que reúnen los requisitos señalados en la base primera de es-ta Convocatoria y la presentación de un plan de trabajo valorable por el Consejo, la solicitud de registro deberá ser acompañada por:
a) Carta compromiso para laborar de tiempo comple-to en exclusiva para la Unidad Académica, en caso de ser designado Subdirector Académico.
b) Curriculum vitae en extenso, con fotografía y con do-cumentos comprobatorios.
c) Carta de exposición de motivos.
La Comisión de Registro entregará los expedientes de los aspirantes registrados al Presidente del Consejo Técnico Consultivo Escolar, para que éste a su vez los presente ante el pleno del mismo, al día hábil siguiente de concluido el registro, a las 12:00 horas.
Tercera. DE LA AUSCULTACIÓN
El Consejo Técnico Consultivo Escolar, con fundamento en el artículo 180 del Reglamento Interno, deberá realizar
una auscultación a la comunidad, de la manera que estime conveniente, con la finalidad de conocer su opinión sobre los aspirantes registrados que cumplieron con los requisitos establecidos, de acuerdo con la normatividad vigente, durante dos días hábiles inmediatos posteriores al cierre de registro de aspirantes.
Cuarta. DE LA ELECCIÓN DE LA TERNA
El Consejo Técnico Consultivo Escolar en pleno defini- rá los criterios de evaluación de los aspirantes aplicables a la elección de la terna de candidatos a la Subdirección Académica, misma que deberá ser presentada a la Directora General del Instituto Politécnico Nacional pa- ra la designación correspondiente. Para efecto de elec-ción de la terna, cada Consejero emitirá su voto por un candidato en forma directa y secreta.
Los resultados del proceso se presentarán a la Direc- tora General acompañados del acta completa de la sesión extraordinaria del Consejo Técnico Consultivo Escolar, en la que se expliquen los criterios acorda-dos para la elección, los resultados de las fases de auscultación a la comunidad y de votación y cómo se dirimieron las diferencias en el seno del Consejo. El Presidente del Consejo es responsable del resguardo de toda la información generada durante el proce- so, por el tiempo necesario para la toma de decisio- nes por parte de la Directora General.
Quinta. DE LAS CONTROVERSIAS
En caso de existir controversia sobre la aplicación o interpretación de las bases contenidas en la presente Convocatoria, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente, deberá solicitar la intervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, lo resuelvan en forma definitiva.
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Cuando las controversias sobre la interpretación y aplicación de las bases contenidas en la presente Convocatoria den lugar a una inconformidad, ésta deberá ser promovida dentro de un término de cinco días hábiles, contados a partir de que el inconforme tenga conocimiento del acto o situación que lo motive, ante el Consejo Técnico Consultivo Escolar, debiendo acompañar al escrito de impugnación los elementos probatorios en
los que se funde. Recibida la inconformidad, el Consejo
Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente,
solicitará la intervención del Secretario General o de la
Abogada General del Instituto para que, en el ámbito
de sus competencias, resuelvan en forma definitiva la
impugnación planteada.
TRANSITORIOS
Primero. En términos de lo dispuesto por los artículos 179 y 207 del Reglamento Interno, así como del artícu-
lo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico, la pre-sente Convocatoria ha sido autorizada por la Secreta- ría General, mediante oficio número 0010 SG/1356/10, y ha quedado inscrita en la Oficina de la Abo- gada General, con el número 016/2010, foja 72 en el Libro de Registro de Actos Derivados de Procesos de Elección.
Segundo. En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 29, fracción V, de la Ley Orgánica y 180 del Regla- mento Interno, el término de ocho días hábiles al que se refiere el considerando de la presente Convocatoria empezará a transcurrir a partir de la fecha de su pu-blicación en la Gaceta Politécnica.
Tercero. Cualquier asunto no previsto por la presente Convocatoria será resuelto por el pleno del Consejo Técnico Consultivo Escolar, de conformidad con la nor-matividad aplicable.
Ciudad de México, Distrito Federal, 17 de junio de 2010
“LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA”
ING. FELIPE ARAUJO ÁLVAREZ PRESIDENTE DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLARCENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS 10
“CARLOS VALLEJO MÁRQUEZ”
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CONVOCATORIA a los interesados en participar en el proceso para la ELECCIÓN de la terna que servirá para la designación del SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO del Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos 10 “Carlos Vallejo Márquez”
CONSIDERANDO
que el artículo 29, fracción V, de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, en relación con el artículo 180 de su Reglamento Interno, disponen que los consejos técnicos consultivos escolares se reunirán en sesión permanente por un lapso que no excederá de ocho días hábiles con el propósito de auscultar, en la forma que estimen conveniente, la opinión del personal y el alumnado del plantel para elegir la terna que deberán proponer a la Directora General del Instituto para la designación del Subdirector Administrativo.
Que el Consejo Técnico Consultivo Escolar del Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos 10 “Carlos Vallejo Márquez”, en sesión celebrada el 17 de junio de 2010, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico y en los artículos 168, 174, 175, 179, 180, 181, 205 y 207 del Reglamento Interno, acordó emitir la presente:
CONVOCATORIA
a los interesados en participar en el proceso para la elección de la terna que servirá para la designa- ción del Subdirector Administrativo del Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos 10 “Carlos Vallejo Márquez”, de conformidad con las siguientes:
BASES
Primera. DE LOS REQUISITOS
Los aspirantes a Subdirector Administrativo, teniendo en consideración la estructura organizacional de la unidad académica y la naturaleza de las funciones que debe-rán desempeñar de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 175 del Reglamento Interno, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Artículo 174: “Los subdirectores de las escuelas, cen- tros y unidades de enseñanza y de investigación deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Ser de nacionalidad mexicana;
II. Poseer título profesional de licenciatura ex-pedido por el Instituto Politécnico Nacional, o un grado equivalente;
III. Tener la calidad de personal académico de tiempo completo, con nombramiento definitivo y categoría dictaminada;
IV. Tener una antigüedad mínima de cinco años realizando actividades académicas en el Instituto, y
V. No haber sido sancionado por incurrir en al- guna causa de responsabilidad prevista en el presente Reglamento”.
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Adicionalmente deberán cumplir con lo señalado en la fracción III del artículo 175 del Reglamento Interno.
Segunda. DEL REGISTRO DE LOS ASPIRANTES
En los términos del artículo 205 del Reglamento Inter- no, el Consejo Técnico Consultivo Escolar integrará la Comisión de Registro de Aspirantes a Subdirector Ad-ministrativo, misma que se reunirá en la Sala de Juntas de la Dirección durante dos días hábiles posteriores a la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Politécni- ca, con horarios matutino de 10:00 a 14:00 y vespertino de 17:00 a 21:00.
Además de la documentación comprobatoria de que reúnen los requisitos señalados en la base primera de es-ta Convocatoria y la presentación de un plan de trabajo valorable por el Consejo, la solicitud de registro deberá ser acompañada por:
a) Carta compromiso para laborar de tiempo comple-to en exclusiva para la Unidad Académica, en caso de ser designado Subdirector Administrativo.
b) Curriculum vitae en extenso, con fotografía y con do-cumentos comprobatorios.
c) Carta de exposición de motivos.
La Comisión de Registro entregará los expedientes de los aspirantes registrados al Presidente del Consejo Técnico Consultivo Escolar, para que éste a su vez los presente ante el pleno del mismo, al día hábil siguiente de concluido el registro, a las 12:00 horas.
Tercera. DE LA AUSCULTACIÓN
El Consejo Técnico Consultivo Escolar, con fundamento en el artículo 180 del Reglamento Interno, deberá realizar
una auscultación a la comunidad, de la manera que estime conveniente, con la finalidad de conocer su opinión sobre los aspirantes registrados que cumplieron con los requisitos establecidos, de acuerdo con la normatividad vigente, durante dos días hábiles inmediatos posteriores al cierre de registro de aspirantes.
Cuarta. DE LA ELECCIÓN DE LA TERNA
El Consejo Técnico Consultivo Escolar en pleno defini- rá los criterios de evaluación de los aspirantes aplicables a la elección de la terna de candidatos a la Subdirección Administrativa, misma que deberá ser presentada a la Directora General del Instituto Politécnico Nacional pa- ra la designación correspondiente. Para efecto de elec-ción de la terna, cada Consejero emitirá su voto por un candidato en forma directa y secreta.
Los resultados del proceso se presentarán a la Direc- tora General acompañados del acta completa de la sesión extraordinaria del Consejo Técnico Consultivo Escolar, en la que se expliquen los criterios acorda-dos para la elección, los resultados de las fases de auscultación a la comunidad y de votación y cómo se dirimieron las diferencias en el seno del Consejo. El Presidente del Consejo es responsable del resguardo de toda la información generada durante el proce- so, por el tiempo necesario para la toma de decisio- nes por parte de la Directora General.
Quinta. DE LAS CONTROVERSIAS
En caso de existir controversia sobre la aplicación o interpretación de las bases contenidas en la presente Convocatoria, el Consejo Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente, deberá solicitar la intervención del Secretario General o de la Abogada General del Instituto para que, en el ámbito de sus competencias, lo resuelvan en forma definitiva.
3 de agosto de 201040
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onvocatoriaCCuando las controversias sobre la interpretación y
aplicación de las bases contenidas en la presente Convocatoria den lugar a una inconformidad, ésta deberá ser promovida dentro de un término de cinco días hábiles, contados a partir de que el inconforme tenga conocimiento del acto o situación que lo motive, ante el Consejo Técnico Consultivo Escolar, debiendo acompañar al escrito de impugnación los elementos probatorios en
los que se funde. Recibida la inconformidad, el Consejo
Técnico Consultivo Escolar, por medio de su Presidente,
solicitará la intervención del Secretario General o de la
Abogada General del Instituto para que, en el ámbito
de sus competencias, resuelvan en forma definitiva la
impugnación planteada.
TRANSITORIOS
Primero. En términos de lo dispuesto por los artículos 179 y 207 del Reglamento Interno, así como del artícu-
lo 15, fracción VIII, del Reglamento Orgánico, la pre-sente Convocatoria ha sido autorizada por la Secreta- ría General, mediante oficio número 0009 SG/1355/10, y ha quedado inscrita en la Oficina de la Abo- gada General, con el número 017/2010, foja 72 en el Libro de Registro de Actos Derivados de Procesos de Elección.
Segundo. En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 29, fracción V, de la Ley Orgánica y 180 del Regla- mento Interno, el término de ocho días hábiles al que se refiere el considerando de la presente Convocatoria empezará a transcurrir a partir de la fecha de su pu-blicación en la Gaceta Politécnica.
Tercero. Cualquier asunto no previsto por la presente Convocatoria será resuelto por el pleno del Consejo Técnico Consultivo Escolar, de conformidad con la nor-matividad aplicable.
Ciudad de México, Distrito Federal, 17 de junio de 2010
“LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA”
ING. FELIPE ARAUJO ÁLVAREZ PRESIDENTE DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLARCENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS 10
“CARLOS VALLEJO MÁRQUEZ”
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