1 reglamento ocm Única mª josé hernández mendoza sg frutas y hortalizas, aceite de oliva y...
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REGLAMENTO OCM ÚNICAREGLAMENTO OCM ÚNICA
Mª José Hernández MendozaSG Frutas y Hortalizas, Aceite de Oliva y VitiviniculturaDG de Producciones y Mercados Agrarios
JORNADA “IMPLICACIONES DE LA NUEVA PAC PARA LA INDUSTRIA DE ALIMENTACIÓN Y BEBIDAS”
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ÍNDICE
1. PRINCIPALES ELEMENTOS DE LA NUEVA OCM ÚNICA:
1.1 Sistemas de limitación de la producción1.2 Organizaciones de productores1.3 Organizaciones interprofesionales
agroalimentarias1.4 Relaciones contractuales1.5 Negociación colectiva de contratos1.6 Normas de competencia
2. CALENDARIO DE APLICACIÓN
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1.1.SISTEMAS DE LIMITACIÓN DE LA
PRODUCCIÓN
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1.1 SISTEMAS DE LIMITACIÓN DE LA PRODUCCIÓN
AHORA FUTUROAzúcar Eliminación en 2015 Prórroga hasta 2017
ViñedoRégimen de derechos de plantación hasta final de 2015
Sistema de autorización de plantaciones de viñedo 2016 -2030
LecheFin de la cuota láctea en 2015
Fin de cuotas en 2015.
Se ha abierto un debate sobre el futuro de este sector en un escenario sin cuotas.
Conferencia extraordinaria 24 septiembre de 2013.
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1.2. Organizaciones de productores
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1.2 ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES (I)
AHORA FUTURO
Reconocimiento
Obligatorio: frutas y hortalizas, aceite de oliva y aceituna de mesa, lúpulo, gusanos de seda y leche y productos lácteos.
Facultativo: resto de sectores incluidos en la OCM
Status -quo
Objetivos / funciones
3 objetivos: obligatorio al menos 1 para FyH y leche, para resto facultativo:-Planificación de la producción y ajuste O – D-Concentrar la oferta y comercializar los productos de los miembros-Optimizar costes de producción y estabilizar los precios.
Vino: asistencia técnica MA, gestión sostenible de subproductos, estudios y realización del PA.
- 3 objetivos + vino: status - quo
- Nuevos objetivos facultativos: iniciativas de I+D, asistencia técnica para producción de calidad, cambio climático, iniciativas de promoción y comercialización, gestión de fondos mutuales, asistencia técnica para mercados de futuros y sistemas de seguros.
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1.2 ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES (II)AHORA FUTURO
Estatutos Sólo para FyH Se extiende a todos los sectores
Posición dominante
FyH: No ocupar una posición dominante excepto para cumplir art. 33 del Tratado (objetivos de la PAC)
Se elimina
Extensión de normas
Sólo en FyH- Circunscripción económica-50% de los productores y 60% del volumen-Lista cerrada de extensión de normas sobre: información de la producción, comercialización, protección del MA, promoción y comunicaciónSe lleven realizando al menos 1 campaña y duración máxima 3 campañas
Se amplia a todos los sectores-Representatividad: SQ FyH, 50% - 66% resto sectores-Objetivos (mismos para OPs e OIAs): contratos tipo, normas de producción más estrictas, medidas de protección de la AE y figuras de calidad, investigación para valorizar los productos, estudios para mejora de la calidad, investigación para reducir uso fitosanitarios o veterinarios, calidades mínimas y normas mínimas de envasado y presentación, gestión de subproductos.
Contribuciones financieras no
miembrosFyH Todos los sectores, previa consulta
partes interesadas.
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1.3. ORGANIZACIONES INTERPROFESIONALES AGROALIMENTARIAS
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1.3 ORGANIZACIONES INTERPROFESIONALES AGROALIMENTARIAS (I)
AHORA FUTURO
ReconocimientoObligatorio: aceite de oliva y aceituna de mesa y tabacoFacultativo: resto de sectores incluidos en la OCM
Status - quo
Objetivos / funciones
Aceite de oliva y aceituna y tabaco:- Concentración y coordinación de la oferta y la comercialización, adaptación de la producción y transformación al mercado, racionalización y mejora de producción y transformación, estudios métodos producción sostenible y evolución del mercado.FyH (cumplir 2) y vino:- Mejora de conocimiento y transferencia de la producción y del mercado, mejor coordinación de la puesta en el mercado con estudios de mercado e investigación, contratos tipo, revalorizar potencial de producción, investigación para orientar la producción al mercado limitar uso de fitosanitarios y veterinarios, mejora de la calidad, AE y PI.-FyH: normas de producción más estrictas -Vino: calidad, consumo moderado, promoción.
Lista común de objetivos:-Los que ya existían + nuevos:
Elaborar índices de precios, previsión de las posibilidades de producción, modelos de contratos, fomento de consumo sano y responsable en el mercado interior, información sobre patrones de consumo peligrosos.
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1.3 ORGANIZACIONES INTERPROFESIONALES AGROALIMENTARIAS (II)
AHORA FUTURO
Objetivos / funciones
Leche:- Los objetivos comunes de FyH y vino y además: índices de precios, datos estadísticos, modelos de contratos, promoción del consumo y exploración de posibles mercados de exportación.
Extensión de normas
Sólo en FyH:- 2/3 de la producción, transformación o comercialización-Lista cerrada de extensión de normas: notificación de producción y mercado, normas de producción más estrictas, elaboración de contratos tipo, normas de comercialización, protección del MA, promoción y protección de la producción, AE y figuras de calidad-Se lleven realizando al menos 1 campaña y duración máxima 3 campañasContribuciones no miembros
Se amplia a todos los sectores.
Mismas condiciones de representatividad que para OPs.
Mismos objetivos de extensión de normas que para OPs.
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1.4. RELACIONES CONTRACTUALES
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1.4 RELACIONES CONTRACTUALES
AHORA FUTUROPara el sector de leche y productos lácteos y azúcar.
Leche y productos lácteos:– EM puede decidir si contrato u oferta de contrato obligatorio y en qué etapas (intermediarios)– Con los elementos mínimos de los contratos recogidos en la OCMU– Cooperativas exentas si esos elementos están en sus Estatutos o Acuerdos.–EM puede fijar duración mínima (6 meses).
Azúcar:– Contratos de suministro vendedor de remolacha – empresa azucarera.
Se amplían las relaciones contractuales en todos los sectores:
– EEMM puede decidir si contrato u oferta de contrato obligatorio y en qué etapas – Con los elementos mínimos de los contratos recogidos en la OCMU– Cooperativas exentas si esos elementos están en sus Estatutos o Acuerdos.-EM puede fijar duración mínima (6 meses)- Mecanismo de mediación.
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1.5. NEGOCIACIÓN DE CONTRATOS POR PARTE
DE OPS/AOPS
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1.5 NEGOCIACIÓN DE CONTRATOS
AHORA FUTUROSólo para el sector de leche y productos lácteos.
Negociación en común por las OPs/AOPs (que cumplen al menos uno de los objetivos de concentrar oferta, comercialización conjunta u optimizar costes):- Los términos de un contrato por la totalidad ó parte de la producción de sus miembros.- Con o sin transferencia de propiedad;- Mismo o diferente precio;-Siempre que no haya un compromiso con la cooperativa;-Bajo ciertos límites (33 % de la producción nacional ó 3,5 % de la producción UE)-Supervisado por la Autoridad Nacional de Competencia.
Se amplía a otros sectores pero con mayores requisitos:
- Deben llevar a cabo al menos una actividad conjuntamente: comercialización, envasado, transformación, adquisición mp, etc.
-Comercializar conjuntamente el volumen bajo contrato;
-Límites más estrictos:
- Aceite de oliva: 20% del mercado relevante;
– Carne de vacuno y determinados cultivos herbáceos: !5% de producción nacional.
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1.6. NORMAS DE COMPETENCIA
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1.5 NORMAS DE COMPETENCIA1.5 NORMAS DE COMPETENCIA AHORA FUTURO
En general: disposiciones aplicables a las empresas
Excepciones para:
-Acuerdos, decisiones y prácticas de agricultores, de asociaciones de agricultores o de asociaciones de estas asociaciones OIAs de frutas y hortalizas, tabaco y leche y productos lácteos
-OPs si es para cumplir con los objetivos de la PAC (art. 33 del Tratado)
Nuevo capítulo horizontal de normas de competencia:
- Directrices UE para aplicación uniforme en todos los EEMM
- Definición de “mercado relevante” y “posición dominante”.
- Excepciones en materia de aplicación de la PAC: acuerdos, decisiones y prácticas concertadas de OPs, AOPs y OIAs para objetivos de la PAC (art 39 del Tratado)
- Exenciones en caso de desequilibrios de mercado: acuerdos y prácticas concertadas de OPs, AOPs y Ois:
• Autorizadas por la COM y una vez que se hayan puesto en marcha otros instrumentos de mercado
•Medidas: retiradas de mercado y distribución gratuita de productos, transformación y procesado, promoción, almacenamiento privado, requisitos de calidad.
•Limitado a 6 meses.
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• A nivel UE:– Acuerdo político de 26 de junio de 2013.– Votación en el Pleno del PE 20 noviembre de 2013.– Adopción del Rgto: finales 2013 / principios 2014.– Entrada en vigor: 1 de enero de 2014.– Actos delegados y de ejecución.
• A nivel España:– Conferencia sectorial 24 y 25 de junio de 2013:
impulsar la normativa nacional sobre reconocimiento de OPs.
2. CALENDARIO DE APLICACIÓN2. CALENDARIO DE APLICACIÓN
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Muchas gracias por su atención
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