1. primera sesion el derecho.pdf
Post on 14-Feb-2018
237 Views
Preview:
TRANSCRIPT
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
1/58
Mag. DORA MARIA OJEDA ARRIARAN
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
2/58
Adentrarnos al Derecho CivilComprender la importancia de los Ttulos
Preliminares
Conocer con amplitud el concepto de personaIdentificar a los sujetos de derecho
Analizar la influencia de los avances de laciencia y su repercusin en el derecho de las
personas.Discernir los actos jurdicos de aquellos que
no lo son.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
3/58
Su concepto es diverso.
Qu BUSCA EL DERECHO?
Qu HARIAMOS SINO EXISTIERA EL DERECHO?
Quin ES EL CENTRO DEL DERECHO?
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
4/58
O
BJETIVO Conjunto de
normas
SUBJETIVO Poder o
facultad
Adecuacion
al
ajusticia Dar a cada
uno lo que
corresponde
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
5/58
Es el precepto dictado por el rganocompetente.
Ordena el comportamiento humano.
Es necesario de lo contrario todo seria undesorden.
Debemos entenderla en sentido amplio
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
6/58
SUPUESTODE HECHO
CONSECUENCIAJURIDICA
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
7/58
Por ser de carcter general (no para un caso
concreto)Por ser abstracta (para todos).
Es coercible (el Estado es el encargado deejercerla)
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
8/58
Clases
de
normas
Religiosas
Jurdicas
De trato
social
Morales
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
9/58
PRIMER CRITERIO
NORMAS DE
DERECHOCOMUN NORMAS DE
DERECHO ESPECIAL
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
10/58
NORMAS DE
DERECHO
NORMAL
NORMAS DE
DERECHO
EXCEPCIONAL
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
11/58
NORMAS
DISPOSITIVAS
NORMAS
IMPERATIVAS
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
12/58
NORMASRIGIDAS
NORMASELASTICAS
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
13/58
FUENTES FORMALES: Ley, costumbre,principios generales del derecho.
FUENTES MATERIALES: Referida a quienescrean el derecho
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
14/58
Tradicionalmente en
PUBLICO
PRIVADO
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
15/58
El derecho publico atae tradicionalmente alEstado, quien se encuentra en una situacinde superioridad frente a los administrados.
El derecho privado se refiere a las relacionesentre particulares, quienes se encuentran enigualdad de condiciones y pueden negociar.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
16/58
El derecho civil se encuentra dentro delderecho privado, en el cual las partes estnen igualdad de condiciones.
A su vez dividimos el derecho civil en
- patrimonial
- extrapatrimonial
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
17/58
Derecho patrimonial: aquel que tienecontenido econmico, por ejemplo derechode los contratos, obligaciones,responsabilidad civil.
Derecho extrapatrimonial: referido al derechoque es indisponible, como derecho de
personas, derecho de familia, derecho desucesiones
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
18/58
MAG. DORA MARIA OJEDA ARRIARAN
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
19/58
Cdigo Civil Francs de 1804
Cdigo Civil Prusiano 1794Cdigo Civil Austriaco 1811
Despus de la Constitucin, los
CC constituyen la fuentenormativa ms importante paratodociudadano.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
20/58
Conjunto de normas que regulan
los derechos y deberes del
hombre en la sociedad.
Conjunto de normas que regulanlas relaciones jurdicas
patrimoniales y extra
patrimoniales entre particulares.
Su contenido interesa a todapersona sin excepcin.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
21/58
1.-Cdigo Civil de 1852
2.-Cdigo Civil de 1936
3.-Cdigo Civil de 1984.-promulgado por D.L 295 del 24
de Julio y entra en vigencia el
14 de noviembre del presente
ao.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
22/58
I. Adecuar sus disposiciones a losprincipios sealados en la
Constitucin Poltica del Per
1979.
II. Efectuar las reformas que
aconsejaba la prctica, doctrina
y jurisprudencia.
III. Incorporar las instituciones quese han desarrollado con
posterioridad a la vigencia del
CC de 1936 y perfeccionar las
existentes.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
23/58
Ttulo Preliminar. (I-X)
Libro I: D Personas (art. 1-139)
Libro II: Acto Jurdico (140 -
232) Libro III: Derecho de Familia
(233-659)
Libro IV.- D Sucesiones (660-
880) Libro V.- D Reales (881-1131)
Libro VI.- D Obligaciones(1132-1350)
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
24/58
Ttulo Preliminar. (I-X)
Libro I: D Personas (art. 1-139)
Libro II: Acto Jurdico (140 - 232)
Libro III: Derecho de Familia(233-659)
Libro IV.- D Sucesiones (660-880)
Libro V.- D Reales (881-1131)
Libro VI.- D Obligaciones (1132-1350)
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
25/58
Libro VII.- Fuente de lasObligaciones (1351-1988)
Libro VIII.- Prescripcin y
Caducidad (1989-2007)
Libro IX.- Registros Pblicos
(2008-2045)
Libro X.- D Internacional Privado
(2046-2111) Ttulo Final.- (2112-2122)
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
26/58
(ART. I - X)
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
27/58
TTULO PRELIMINAR
Concepto:
Conjunto de normas que histricamente ha sido
preparado para regir a todo el sistema jurdico.
Legislativamente.-
Tiene rango de Ley.
Por su contenido de fondo, como una especie de
instancia intermedia entre la Constitucin del Estado y
los dems de la legislacin
Importancia
Radica en que pese a estar ubicado en un Cdigo,tpicamente privado, su alcance normativo es mayor.
Abarca al conjunto del sistema jurdico o, cuanto menos,
a partes considerables de l, mediante el aporte de varios
principios generales contenidos en sus normas.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
28/58
Sus normas no estn referidas nicamente alD Privado sino a todo el conjunto delordenamiento.
Norma I.- Derogacin (a toda la produccinnormativa)
Norma III.-no se refiere al CC sino a todo aexcepcin del art. 62 CPP
NormaVII.-(Norma de D Pblico)
NormaVIII,IX.
Haciendo una interpretacin restrictiva, slo 4de los 10 art. TP(II, IV, V, VI) podranconsiderarse de uso exclusivo del D Privado;pero esto no es del todo cierto porque muchasde sus normas son aplicables por el Dpblico.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
29/58
El ttulo Preliminar del Cdigo
Civil es un cuerpo normativo
para todo el sistema jurdico
salvo, naturalmente, queatente contra la naturaleza de
algn sector especfico de la
normatividad.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
30/58
I.- Derogacin
II.- Abuso del D
III.- Aplicacin en eltiempo
IV.- Analoga
V.- A.J Orden
pblico/Buenascostumbres
VI.- Inters para obrar
VII.- Obligacin. Juez
aplicar norma
VIII.- Obligacin.
Suplir deficiencias y
defectos
IX.-Aplicacinsupletoria del CC
X.- Vacos o defectos
de la legislacin
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
31/58
Artculo I.- La ley se deroga slo por otra
ley.La derogacin se produce por declaracin
expresa, por incompatibilidad entre la nueva
ley y la anterior o cuando la materia de sta
es ntegramente regulada por aqulla.
Por la derogacin de una ley no recobranvigencia las que ella hubiere derogado.
Antecedentes Normativos: C.C. de 1852:
art. VI; C.C. de 1936: art. IConcordancias: C. arts. 102 inc. 1, 103. C.C.
arts. VI, 2112 a 2117, 2120, 2121, 2122. C. T:
norma IV, VI, X.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
32/58
Expresa con claridad que una ley solo puede serderogada por otra ley.
Cualquier norma con rango de ley solo puedederogarse con otra norma de su mismo rango.
Por analoga, puede decirse que lasdisposiciones de rango inferior solo pueden serderogadas por otras normas de su miso rango.
Una disposicin legislativa no es abrogada nipor el desuso ni por la costumbre contra ley encualquiera de sus formas
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
33/58
Criterio de jerarqua (ley superiorderoga a la ley inferior)
Criterio Cronolgico (Ley posterior
deroga a la ley anterior) art. I TtuloPreliminar
Criterio de Especialidad (ley especial)
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
34/58
La ley no ampara el ejercicio ni la
omisin abusivos de un derecho. Al
demandar indemnizacin u otra
pretensin, el interesado puede
solicitar las medidas cautelares
apropiadas para evitar o suprimir
provisionalmente el abuso.
Antecedentes Normativo
s: C.C. de 1936: art. II
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
35/58
CARACTERISTICAS
Punto de partida una situacin jurdicasubjetiva.
Se trasgrede un deber jurdico genrico(buena fe o costumbre).
Se pueden agraviar intereses tantopatrimoniales como extra patrimoniales.
Ejercicio del derecho subjetivo de modoirregular.
No es necesario que se verifique el dao.Su tratamiento corresponde a la Teora
General del Derecho.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
36/58
1 El acto no est fuera del derecho sino
dentro de l
2 El obrar puede ser abusivo no slo por
intencin de su autor, sino tambin con
carcter objetivo
3 El ejercicio abusivo de los derechos
puede cometerse lo mismo por accin
que por omisin.
4 El dao no es un elemento esencial para
que se configure el abuso del derecho,
sino para hacer efectivo la
indemnizacin.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
37/58
Antecedentes Normativo
s: C.C. de 1852: art.II
La ley se aplica a las consecuencias de las
relaciones y situaciones jurdicas existentes. No
tiene fuerza ni efectos retroactivos, salvo las
excepciones previstas en la Constitucin Poltica
del Per.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
38/58
Situacin Jurdica
Es el status o posicin que ocupa unapersona dentro del mundo del derecho.
Haz de atribuciones, derechos, deberes yobligaciones, calificaciones jurdicas aladoptar unstatus frente al derecho:
(matrimonio ------cnyuge,
Contrato C_V -----comprador... )
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
39/58
Relacin Jurdica
Es el vnculo o unin que
se realiza entre laspersonas que celebran unacto jurdico vinculacionesde dos o ms situaciones
jurdicas :(padre e hijo,marido y mujer, persona ybienes, acreedor ydeudor).
Contrato ------Relacinobligacional (C-V)
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
40/58
Q Q(1)
Ultractividad de A
Ultractividad de B
Vigencia de C
Vigenciade BVigencia
de A
Retroactividad deB
Retroactividad de C
Q(2)
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
41/58
Este artculo slo es aplicable cuando el nuevo ordenamiento
no regula una institucin que s regula el derogado cdigo.
Contrario sensu si la institucin se encuentra recogida en elactual ordenamiento, es aplicable la teora de los hechos
cumplidos y no la de los derechos adquiridos (art. cdigo)
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
42/58
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
43/58
Artculo VII.- Los juecestienen la obligacin deaplicar la norma jurdicapertinente, aunque no hayasido invocada en lademanda.
Concordancias: C.C. arts.1992, 2047, 2028, 2049,2051. C.P.C. arts. I, III, VII,
424.7. C.N.A. art. VI.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
44/58
Se incorpora una norma eminentemente procesal.- unaactividad que corresponde la juez durante la sustanciacin delproceso (etapa de decisin o sentencia)
Esta funcin de calificar le sobreviene al juez comoconsecuencia de cualesquiera de estas situaciones: porque las
partes no lo hicieron o porque en opinin del juez lo hicieronerrneamente.
ste aforismo se sustenta en una presuncin que tiene lacalidad de iure et de iurey en la presuncin de hecho de que el
juez conoce el derecho.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
45/58
Artculo VII del Ttulo Preliminar del Cdigo
Procesal Civilel cual seala:
"El juez debe aplicar el derecho que corresponda alproceso, aunque no haya sido invocado por las parteso lo haya sido errneamente.Sin embargo, no puede ir ms all del petitorio nifundar su decisin en hechos diversos de los que hansido alegados por las partes".
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
46/58
Las normas antes citadas expresan el aforismo "iura
novit curia" que literalmente significa " el tr ibunalconoce el Derecho" ;en efecto, la doctrina admite y,el Cdigo Procesal Civil as lo establece, que laaplicacin del aforismo Iura Novit Curia tiene
lmites:
El juez no puede fundar su decisin en hechosdiversos de los que han sido alegados por las
partes.
El juez no puede ir ms all del petitorio.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
47/58
Cuando se seala que el juez no puede ir ms alldel petitorio debemos tener en cuenta dossituaciones:
La aplicacin del aforismono puede modificar el
objeto de la pretensinespecificado por el titulardel derecho.
La aplicacin del aforismo no puede modificar el
objeto de la pretensin y tampoco incidir enaspectos colaterales delproceso que determinan demanera indirecta una variacin del objeto de la
pretensin.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
48/58
En base al principio iura novit
curia.-
El juez hace la calificacin jurdica delos hechos expuestos en la demanda oreconvencin y resuelve el conflicto
aplicando la norma vigente,prescindiendo de la calificacinjurdica e invocacin normativa hechapor las partes, pero sin variar la causa
pretendi,debido a que no puede dejarde fallar sobre todos y cada uno de loshechos controvertidos, ni puedeconceder algo distinto de lo
peticionado.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
49/58
El juez debe conocer el Derecho positivo escrito y si no loconocen deben investigarlo.
A los Jueces corresponde calificar los hechos en litis ydeterminar la norma pertinente aplicable aun cuando laspartes no la hayan invocado o la hayan invocadoerrneamente o insuficientemente, pues, es garanta de la
administracin de justicia
La obligacin del juez se extiende al conocimiento de la leyextranjera competente segn las normas de DerechoInternacional Privado peruanas.
Principio constituye una presuncin iures et iures (no admiteprueba en contrario) y en una presupuesto de hecho (lapresuncin que el juez conoce el derecho)
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
50/58
El art. VII del Cdigo Procesal Civil que dispone:
Artculo VI I .- Juez y Derecho.- El Juez debe aplicarel derecho que corresponda al proceso, aunque no
haya sido invocado por las partes o lo haya sido
errneamente. Sin embargo, no puede ir ms al l del
peti tor io ni fundar su decisin en hechos diversos de
los que han sido alegados por las partes
___________
Ultrapetita.-(ms all de lo pedido)
Extra petita.- (diferente de lo pedido)
Citra petita.- (omisin de lo pedido)
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
51/58
JURISPRUDENCIA
Lo dispuesto en el artculo stimo del Ttulo Preliminar del
Cdigo Civil no faculta al Juez a declarar un derecho noreclamado al plantearse laaccin .Los jueces deben aplicar el derecho que corresponda alproceso, que es la materializacin del aforismo iura novitcuria, por lo que en aplicacin de la referida disposicin, en lasentencia de vista, en virtud del principio sealado, noimporta fundar la decisin en hechos distintos a los alegados,por lo que no se ha incurrido en el viciodenunciado .Porel principio iura novit curia, los jueces pueden corregir elderecho mal o insuficientemente invocado por las partes,siempre y cuando exista una real congruencia entre los
hechos planteados que han dado motivo al conflicto y laspruebas actuadas, ya que el magistrado en realidad es el quedebe aplicar la norma legal pertinente a la realidad jurdicacontrovertida.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
52/58
NORMA VIII
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
53/58
Artculo VIII.- Los jueces no
pueden dejar de administrar
justicia por defecto o deficiencia de
la ley. En tales casos, deben aplicar
los principios generales del
derecho y, preferentemente, los
que inspiran el derecho peruano.
Antecedentes Normativos: C.C. de1852: art. IX; C.C. de 1936: art.
XXIIIConcordancias: C. art. 139.8. C.de
C. art. 50.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
54/58
Qu entiende nuestra doctrina nacional por Defecto y Deficienciade la ley?
DEFECTO.- Rubio Correa al respecto nos dice que haciendo unainterpretacin de comparacin sistemtica tanto del artculo VIII y Xdel ttulo Preliminar del CC, que utiliza el mismo vocablo, debemos
entenderlo, como aquella insuficiencia en las normas existentes; (haynorma)
VACIO O DEFICIENCIA vendran a ser expresiones equivalentes, quesignifican ausencia de normatividady que es lo que se conoce en teoracomo LAGUNAS DEL DERECHO. .- (No hay norma)
De esta manera, Defecto equivalen a indicar insuficiencia o Deficienteinexistencia de norma jurdica, caso en el cual es procedente recurrira los principios generales del derecho.
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
55/58
LOS PRINCIPIOS.-
poseen una caractersticaque est ausente en lasnormas es su peso oimportanciay,por ello ,
cuando dos principiosentran en conflictoambos siguen siendovlidos , por ms que enel caso concreto se
conceda preferencia auno de ellos .
LAS LEYES
:si se da un conflictoentre dos leyes , una deellas deber dejar de servlida . La decisin de
cal debe ser vlida ycal debe serabandonada oreformada, debetomarse apelando a
reglas preestablecidaspor el sistema jurdicapara tales conflicto
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
56/58
El juez est obligado a dar una solucin jurdicadefinitiva a toda controversia sometida a su decisin
por ms complicada e imprevisible que parezca,aplicando la ley tanto en su texto como en su esprituy finalidad de acuerdo con la realidad social dellugar y tiempo de su aplicacin. (Obligacin desolucionar conflictos)
En caso que no exista ley que regule el caso
especfico, pero s contempla otro semejante entrelos que existe identidad de razn, aplicar poranaloga la ley que regula el caso semejante a lasolucin del no previsto
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
57/58
De no haber solucin en el Derecho escrito, recurrir a lacostumbre si la ley se remite a ella, y a falta de ley y de costumbre
aplicar los principios generales del derecho
El art. VIII del C.C. y el art. 139, inc. 8 de la Constitucin,de tal modo que quede claro que el orden jerrquico de lasfuentes formales del Derecho son: 1 la ley; 2 la
costumbre; y 3 los principios generales del Derecho.
3 Los principiosgenerales del Derecho
1 la ley
2 la costumbre
-
7/23/2019 1. PRIMERA SESION EL DERECHO.pdf
58/58
El derecho slo seaprende estudiando
(primer mandamientode Couture)
Gracias
top related