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La enfermería profesional en Chile, año 1997, se incorpora al Código Sanitario, definiendo su quehacer profesional y por lo su responsabilidad frente a la sociedad.

“Los servicios profesionales de la enfermera comprenden la gestión del cuidado en lo relativo a promoción, mantención y restauración de la salud, la prevención de enfermedades o lesiones, y la ejecución de acciones derivadas del diagnóstico y tratamiento médico y el deber de velar por la mejor administración de los recursos de asistencia para el paciente.”

Enero de 2005 se incluye de manera legal y formal nuestro ejercicio profesional al nuevo marco jurídico de la Reforma de Salud, Ley de Autoridad Sanitaria

EL Ministerio de Salud elabora en conjunto con el Colegio la Norma Nª 19.

En donde se visibiliza el nuevo ordenamiento de la Gestión del Cuidado dentro de la Atención Cerrada en Salud

Es el ejercicio profesional de la enfermera/o sustentada en su disciplina, la ciencia del cuidar, se define como la aplicación de un juicio profesional en la planificación, organización, motivación y control de la provisión de cuidados, oportunos, seguros, integrales, que aseguren la continuidad de la atención y se sustenten en las políticas y lineamientos estratégicos de la institución.

Es uno de los componentes básicos que contribuyen al desarrollo de la Gestión Clínica Hospitalaria, entendida como el más adecuado uso de los recursos profesionales, humanos, tecnológicos y organizativos para el mejor cuidado de las personas.

En consecuencia, la Gestión Clínica se sustenta en dos pilares fundamentales que requieren aplicar conocimientos tanto del ámbito clínico como gerencial, a saber: la gestión médica de "curar" y la gestión de enfermería de "cuidar"

Dichos ejes o pilares de la atención sanitaria son además enriquecidos con la participación de otras disciplinas que ofrecen respuestas a los problemas de salud de la población, dándoles el carácter multidisciplinario al proceso de atención de salud de acuerdo a las necesidades del individuo, familia y/o comunidad.

Ofrecimiento de cargos para Unidades de Gestión del Cuidado donde no se especifica ubicación en organigrama ni titulo profesional.

Informe de Comisión de Salud que propone, a propósito de la crisis hospitalaria y frente al déficit de enfermeras convertir a las matronas en enfermeras

Curso taller “Matronería: calidad y gestión del cuidado”, organizado por el Colegio de Matronas, sede Temuco.

Se genera una carta del Colegio de Enfermeras al Colegio de Matronas donde se enfatiza que “LA GESTIÓN DEL CUIDADO SE ENTIENDE COMO EL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ENFERMERA/O”

El Colegio de Enfermeras/os señala además: “Incurrir en semejante imprecisión, atenta contra su propia profesión, ya que la desperfila, la desvirtúa y en definitiva la coloca en riesgo de desaparecer.”

Art 117: “Los servicios profesionales de la matrona comprenden la atención del embarazo, parto y puerperio normales y la atención del recién nacido, como, asimismo, actividades relacionadas con la lactancia materna, la planificación familiar y la ejecución de acciones derivadas del diagnóstico y tratamiento médico y el deber de velar por la mejor administración de los recursos de asistencia para el paciente.”

“El párrafo destacado y que ustedes han omitido en las cartas anteriores, es precisamente gestión del cuidado. Por este motivo es un grave error -en el cual usted ha incurrido- el destacar la gestión del cuidado como una acción sustentada en su disciplina y como algo exclusivo de la profesional enfermera”

“En el marco de la modernización del Estado, los desafíos de la Reforma de Salud requieren desarrollar y fortalecer las capacidades gerenciales en las áreas de gestión clínica”…

…”Esto permite la validación de las Áreas de Gestión Clínica al interior de los Servicios que conforman la Red Asistencial, asumiendo el liderazgo gerencial del “cuidar” o del “curar”, acciones ejecutadas por profesionales con las competencias idóneas para realizarlo tanto en lo asistencial como en lo administrativo”…

“Si usted nos hubiese invitado a conversar, antes del acuerdo firmado con la autoridad y/o por lo menos una vez durante los años de trabajo con el Ministerio de Salud, nada de esto estaría ocurriendo. No tendríamos enfermeras pasando visita en las unidades de puerperio, como en el Hospital de Gorbea; enfermeras ofreciendo carteras de servicios maternales como en Linares, o enfermeras visando las licencias o permisos del personal de las maternidades de hospitales de la V y la III región, etc., etc.”

“De estos hechos se desprende que la buena intención de no subordinar la Matronería a la enfermería no ha sido entendida así y, hoy día, los únicos que pueden enmendar este lamentable atropello al equipo de salud son las autoridades que firmaron la Norma.”

“Es por esta razón que hemos iniciado, conjuntamente con el Ministerio de Salud, una mesa de trabajo que defina las acciones del Rol de la Matronería en este nuevo modelo de atención. En la actualidad, tenemos más de 100 matronas capacitándose en gestión del cuidado”…

• El Colegio presentó el 9 de mayo del año 2007, una consulta a Contraloría donde solicitaba un pronunciamiento respecto al “verdadero sentido, significado y alcance del término gestión del cuidado que emplea el legislador en los artículos 25 A y ñ en la ley 19.937 sobre autoridad sanitaria. “

La respuesta a dicha consulta fue emitida el 6 de noviembre de 2008, es decir se demoró 18 meses en producirse luego de múltiples cartas y gestiones del asesor jurídico del Colegio en la propia contraloría.

La respuesta de Contraloría revisa y reconoce el conjunto de normativas legales que dan sustento al ejercicio profesional de enfermería

Y posteriormente señala “…la gestión del cuidado abarcaría un ámbito mayor de acciones por lo cual también pueden intervenir en ella profesionales de otras especialidades, como las matronas”.

• Esta conclusión emitida por la Contraloría está evidentemente influida por lo informado por el Minsal de manera tendenciosa.

“no existe norma jurídica alguna que declare como privativo de la enfermera el desarrollo de dicha gestión ni que impida la intervención en ella de otros profesionales … se trata la Gestión del Cuidado de un concepto con un marcado componente técnico y de una amplitud mayor al del ejercicio de las labores de la enfermería”.

Ese documento lo envía el Dr. RICARDO FABREGA LACOA,

Ex-Subsecretario de Redes AsistencialesMinisterio de Salud

Este año aparece una publicación en la revista del Colegio Medico que habla de “Las Amenazas al Trabajo Medico”

La GCE estará representada en el nivel directivo del establecimiento con dependencia directa del Director y contempla las funciones de gestión y administración del personal asignado a las unidades clínicas.

Así, explicó, se crea “un conflicto de competencias porque los clínicos que hacemos diagnósticos y determinamos tratamientos, no tendremos injerencia sino mediante una vía paralela”. En suma, se otorga a la Unidad una autonomía que va en desmedro del paciente y aleja al médico del proceso.

El Comité de Ética de dicha orden aparece un cuestionamiento al rol de las enfermeras en el cuidado del paciente, la institución de Unidades del Cuidado del Paciente en Establecimientos Hospitalarios y su pretensión de crear una Subdirección de Enfermería, paralela a la Subdirección Médica

“la enfermera es una profesional auxiliar del médico, ayuda al médico a tratar a un paciente. El tema de las enfermeras es más complejo pues se trata de una profesional paramédico que ayuda en cierta labor al médico, pero está además tratando pacientes".

“el médico no debe perder su calidad de Jefe del equipo sanitario que atiende a un paciente ya que la sociedad lo responsabiliza a él si hay problemas en la atención.”

El Colegio envía una carta que solicita una reunión con el Colegio Medico, para aclarar los alcances de la Norma 19

Dos son los errores en que incurre la Norma Administrativa 19:

la separación de la gestión clínica en dos aspectos –curar y cuidar- atribuyéndolos a distintos profesionales, de manera exclusiva, y

La separación organizacional de estas funciones, sin una jefatura médica (clínica que entregue unidad y coherencia a la atención del paciente) encargada de la gestión clínica.

Es un error de la Norma en comento, sostener o siquiera insinuar que el cuidado del paciente es privilegio exclusivo de una determinada profesión. Los médicos, por formación académica y por imposición ética, tienen el deber profesional no sólo de diagnosticar y tratar, sino que también de cuidar al paciente a su cargo. Muchas veces el médico se ve impedido de curar a un paciente, pero frecuentemente alivia y siempre lo conforta.

VALOR ESPECIAL PARA COLEGIO DE MATRONAS. DIPLOMADO GESTIÓN DEL CUIDADO Y CARTERA DE SERVICIOS EN ENFERMERÍA.

MEDWAVE. PERIODO 2009-2010

"DIPLOMADO GESTIÓN DEL CUIDADO Y CARTERA DE SERVICIOS EN ENFERMERÍA"

Valor Especial Convenio Colegio de Matronas de ChilePesos chilenos: $535.040

Objetivo GeneralDesarrollar en los profesionales de enfermería competencias para aplicar los conceptos y herramientas de la Gestión Clínica y de Cuidados en su quehacer profesional.

Objetivos Específicos

1. Reconocer las empresa de salud como una organización social que tiene particularidades, y analizar críticamente su gestión…4. Conocer el marco conceptual de la gestión de cuidados y sus modelos de aplicación en el ámbito clínico.5. Construir un modelo básico de cartera de servicios en su unidad de trabajo.

Dirigido a:Profesionales del área de la salud, sobre todo de la enfermería y matronería, con desempeño en el ámbito asistencial, incluyendo funciones clínicas y de gestión del cuidado.

Certifica:Medwave Capacitación Ltda., OTEC, certifica este curso por 213 horas pedagógicas.

Tras reunión de Consejo Nacional: ENFERMERAS APRUEBAN MOVILIZACIÓN

PARA DEFENDER SEGURIDAD Y CALIDAD DE ATENCIÓN AL PACIENTESe llama a todas las enfermeras, docentes y estudiantes de la región metropolitana a apoyar a nuestro

Directorio Nacional este jueves 1 de octubre a las 09:00hrs

“La Gestión del Cuidado lo realiza la Enfermera/o porque está sustentada y validada en un desarrollo disciplinar

nacional e internacional indiscutidos, que no lo realiza ningún otro profesional y que

se resume en el Metaparadigma de la Enfermería, persona, entorno, cuidado y

salud, es decir la Enfermería es quien realiza la integralidad del cuidado de las personas y su entorno en contextos de

salud.”

Consejo Regional SantiagoColegio Enfermeras de Chile

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