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Algunas consideraciones sobre las Actas de las Cortes en el reinado de los Reyes Católicos. Actas de las Cortes de Madrid de 1510 JUAN M. CARRETERO ZAMORA 1. LIMITACIONES DE LAS ACTAS: GENESIS Y MEDIATIZACION DE LOS CUADERNOS DE PETICION La historiografía tradicional de las Cortes de Castilla durante el reinado de los Reyes Católicos nos ha presentado, con reiteración e indudable efica- cia, una visión idealizada (evidentemente utópica y romántica) de la asam- blea representativa. Es frecuente leer en esa historiografia que las Cortes castellanas fueron un foro de diálogo, de acuerdo o, en menor medida, de enfrentamiento entre los representantes populares y la Corona. Muchas ve- ces, con enorme habilidad narrativa, se nos ha transmitido la sensación de estar asistiendo a un diálogo directo, inmediato y personal de los procurado- res de Cortes con los monarcas; unos exponiendo los problemas y las difi- cultades de los reinos, otros excuchando con prontitud, espontaneidad y cer- teza a las demandas ciudadanas. Y esta difundida opinión surge de la lectura acrítica de las Actas oficiales de las Cortes, como también de los indudables atractivos formales y estructura expositiva de sus contenidos. Ese encadena- miento —ciertamente dinámico— del esquema petición/respuesta, aparente- mente redactado con naturalidad asombrosa y limpia, es sugestivo y hace parecer como imposible cualquier asomo de artifiosidad y premeditación. A diferencia de lo que comúnmente se cree, la elaboración de los cua- dernos de petición era un proceso complejo. En teoría el cuaderno de peti- ción general del reino debía sintetizar las propuestas ciudadanas materiliza- das en las instrucciones y cuadernos particulares que aportaban a la reunión los procuradores; pero aunque tales intrumentos, salvo excepción, no con- tenían materias problemáticas para la monarquía, se encontraban con fre- Cuadernos de Historia Moderna, n. 0 12, 13-45. EdiL Univer. Complutense, Madrid, 1991

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Algunas consideracionessobrelas Actasde las Cortesen el reinado

de los ReyesCatólicos.Actasde las CortesdeMadrid de1510

JUAN M. CARRETEROZAMORA

1. LIMITACIONES DE LAS ACTAS: GENESISY MEDIATIZACION DE LOS CUADERNOSDE PETICION

La historiografíatradicionaldelas Cortesde Castilladuranteel reinadode los ReyesCatólicosnoshapresentado,conreiteracióneindudableefica-cia, unavisión idealizada(evidentementeutópicay romántica)de la asam-blea representativa.Es frecuenteleer en esahistoriografia que las Cortescastellanasfueron un foro de diálogo, de acuerdoo, en menor medida,deenfrentamientoentrelos representantespopularesy la Corona.Muchasve-ces, conenormehabilidadnarrativa,se nos ha transmitido la sensacióndeestarasistiendoa un diálogo directo, inmediatoy personaldelos procurado-res de Cortes conlos monarcas;unos exponiendolos problemasy las difi-cultadesdelos reinos,otros excuchandoconprontitud,espontaneidady cer-tezaa las demandasciudadanas.Y estadifundidaopinión surgede la lecturaacríticade las Actas oficialesde lasCortes,comotambiénde los indudablesatractivosformalesy estructuraexpositivadesus contenidos.Eseencadena-miento—ciertamentedinámico—del esquemapetición/respuesta,aparente-menteredactadocon naturalidadasombrosay limpia, es sugestivoy haceparecercomoimposible cualquierasomode artifiosidad y premeditación.

A diferenciade lo quecomúnmentese cree, la elaboraciónde los cua-dernosde petición eraun procesocomplejo. En teoría el cuadernode peti-ción generaldel reinodebíasintetizarlas propuestasciudadanasmateriliza-dasen las instruccionesy cuadernosparticularesqueaportabanala reuniónlos procuradores;pero aunquetales intrumentos,salvo excepción,no con-teníanmateriasproblemáticaspara la monarquía,se encontrabancon fre-

Cuadernos de Historia Moderna, n.0 12, 13-45. EdiL Univer. Complutense,Madrid, 1991

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cuenciamediatizadosen suorigen por los corregidoresque supervisabanlaredacciónde dichosmemoriales,e inclusoobligabanalos concejosa intro-ducir comopropias opinionesdictadaspor ellos. Así, por ejemplo, se des-prendede unacartadel condedeTendilla (procuradorpor Granadaen lasCortesde Madrid de 1510) en laquedefendiéndosede unaacusaciónafir-mabatextualmente:

«... que juro a los SantosEvangeliosquenuncavi leer estememorialqueagorallevaron. Y lo quees más,quese que nuncafueron mensajerosa lacorte,ni procuradoresde Cortesqueno llevasenestemismo capítulo,por-quelos corregidoreslo hazenponer»’.

Raramentelas ciudadeslograbantrasladaral cuadernogeneraldel reinosuspeticionespropias2que, en el mejor de los casos,aparecíandifuminadasperdiendola cargadeprotestaoriginaria;lasquejassobrelos excesosdelré-gimen señorialsilenciadasen las Actases, comoveremosmásadelante,elmejorejemplo de estefenómenomediatizador.Portanto,hemosdeconside-rar que los cuadernosde peticionesgenerales,aunquereflejarongenérica-menteel espíritude las aspiracionesmunicipales,nuncafueron proyeccióndirectadelas instruccionesque solíanaportarenla asamblealos procurado-res castellanos;además,muy pronto(apartirde la muertede IsabellaCató-lica) la finalidad primordial delos cuadernosparticularesno fue lade servirde baseparala redacciónde los cuadernosgenerales,sino para colmar eldeseode los concejosde obtenerde la Coronala satisfaccióninmediatadeinteresespropiosy específicosfrecuentementedesconectadosdelos genera-les del reino.

Carecemosde cualquier indicio para conocerlas interioridadesen lagestaciónde los cuadernosgeneraleso Actas de Cortes. Quizá, como erahabitualen el repartode salariosa procuradoresy altos funcionariosde lasCortes(presidente,letrados,escribanos,etc.),la redaccióndefinitiva la rea-lizaseuna comisiónde varios procuradoreshabilitadospor suscompañerosque resumíalas inquietudesy problemasgeneralesexpuestosen reunionesprevias;de hecho,así se efectuóen las Cortesde los reinadosde Carlos 1 yFelipe II. En todocaso,las sospechasde un intervencionismo(directo o in-

Correspondencia de/conde de Tendilla, edición de E. MenesesGarcía,11(1510-1513).Madrid, 1974, p. 415.

La ciudadde Sevilla vio reflejadaenlas Actas de las CortesdeValladolidde 1506 (peti-ción 10) su demandaparticularparaquelos no naturalesfueseninhabilitadosen ciertosoficiosconcejiles(AGS, Patronato Real, Ieg. 69, expte. 40, petición 13). Murcia (Ibídem, leg. 69,expte. 51, petición 1) logró incorporar al cuadernode las Cortes de Burgos de 1515 (peti-ción 20) su quejasobrelaerecciónde la iglesiade Orihuela,perola redaccióndeloriginal (muyminuciosay pidiendomedidasconcretascontrael embajadorJerónimode Vich) quedódesvir-tuadaen el texto oficial final. El análisiscomparadoentrelas peticionese instruccionesde lasciudadesy las peticionesincluidasenlas Actasoficiales muestraclaramentecomoel tono orí-ginal de las quejasquedósustajitivamenteapagadoen la redacciónfinal.

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directo)del presidentey burócratasdelas Cortesno debeexcluirse,desdeelmomentoque las proclamasy orientacionesde la presidenciade la asam-blearepresentativaaluden,conreiteradafrecuencia,a la identidadde supa-recerconel sentir delas propuestasciudadanas.Por otrolado, la lecturadelos textosde Cortesdel período1476-1515confinnala inexistenciade que-jas y enfrentamientosporla redacciónfinal de loscuadernos.Si aestehechoañadimosquehuboCortessincuadernosgeneralesy quelas materiasconte-nidas—cuandoexistieron—fueronpococonflictivas, se puedeconcluirquelaspeticionesdel reino reflejaronunarealidadnecesariamentealejadadelaspreocupacionesgeneralesde los castellanos,bien por la presiónde la mo-narquíay la burocraciade las Cortes, bien por la anuenciade los mismosprocuradores.

Hay otros fenómenosdocumentadosmás significativosquepruebanlasenormeslimitacionesdelos cuadernosde peticióncomo proyeccióndel sen-tir ciudadano.He indicado que no existenpruebaspara este período de1476-1515 conlasquedeterminarcomo las propuestasdel reino semateria-lizabanoficialmentea travésde las Actas; pero no ocurre lo mismocon elprocesode contestacióny publicidad de las mismasporpartede la monar-quia. Unavez redactadasporlosescribanosdeCorteslas demandasno erancontestadasinmediatay directamentepor laCorona, sino que erancon fre-cuenciaremitidasa algunosmiembrosdel Consejode Castilla(los letradosde Cortespertenecíana estainstitución consultiva)que,al parecer,sin co-nexióndirectaconlos procuradoresrespondíana las peticionesen nombrede la monarquía.El análisisde los cuadernosoriginalesy de las instruccio-nesy peticionesparticulares(repletosen el texto y márgenesde añadidos,tachadurasy apelacionesa ciertosinformes de miembrosdel Consejo)con-firma la sospechade que las peticionesciudadanasno erancontestadasin-mediatamentepor el monarca,sino que era laborminuciosay meditadadeciertos letradosy consejeros,la mayorpartede ellos —reitero— miembrosde la burocraciapropiade las Cortes.Debió serfrecuenteestemecanismoen las contestacionesde las peticiones,porquelos procuradoresasistentesala reunión deBurgosde 1512, en la peticiónvigésimoquinta,solicitaronquese contestasecon celeridada los cuadernosgeneralesy particulares«porquelos procuradoresno haganaquí costas»~.

Desdeal menosel siglo XV los representantescastellanosse quejaronsistemáticamentende que sus peticionesno eranasumidasni contestadaspor los monarcas4.En las Cortes de Madrid (1433) los procuradores,paragarantizarque las demandasfuesenacusadas,llegarona solicitarque sere-mitierana las ciudadescon voto, pesea lasreticenciasde la monarquía,co-

Actas de las Cortes de los reinos de León y de Castilla (en adelante,Actas), IV. Cortesde Burgos dc 1512, p. 243.

Ibídem, III. Cortes de Palenciade 1431, petición 17, p. 103, y Cortes de Madrid de1433, petición lO, p. ¡67.

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pias firmadaspor el rey de los acuerdosy provisionesde Cortest Peseaello, las condicionesdel otorgamientode los serviciosnuncaapareceráninextensoincorporadasen los cuadernosy Actas.Estesilencioseráabsolutoa partir del reinadode los ReyesCatólicos.

No respondera los cuadernosde peticionesfue unaprácticagenerali-zadadesdeel inicio dela monarquíamodernaen Castilla. LasCortesdeTo-ledo de 1480 carecieronde Actas en el sentidotradicional,y por los testi-moniosdeesareunión(el propioOrdenamientode Cortesy el «razonamiento»del presidentede las CortesGómezManrique)sabemosque los procurado-res eranportadoresde memorialesde las ciudadesconvoto. Lasreunionesdel período1498-1502carecieronasimismode cuadernosde petición. Escasi seguro,en mi opinión, que en las Cortesde Toledo (1498) y Ocaña(1499), convocadasapresuradamenteparajurar y acatarsucesores,no hu-biera tiempo ni ocasiónde presentarcuadernos;llama la atención,por elcontrario, que reunionesconvocadaspara solicitar servicios(Cortesde Se-villa en 1500 y Toledo-Madrid en 1502/1503)fuesendisueltassin que losprocuradoresejerciesenla facultad peticionariatras otorgara la monarquíacuantiosísimassumas.Otra ocasiónen que faltó el cuadernode peticionesfue en las Cortesde Madrid (1510); en estecasose puedeafirmartajante-menteque los procuradoressí presentaronel correspondientecuadernodesúplicasy que la monarquíaobvió la respuesta;en efecto,el cuadernoorigi-nal sin la aquiescenciade Femandodel Católicose encuentraen el archivode Simancas6y es publicadopor primeravez eneste trabajo.

Durantelos reinadosde Carlos 1 y Felipe lilas protestasde las Cortesporquelos cuadernostardabanañosen sercontestadosy publicadosfueronreiteradasen las Actas de las correspondientesreunionestrascendiendoelmalestarincluso a la legislacióndel reino1.Que los cuadernosno erancon-testadosdirectamentepor la monarquíaen presenciade los procuradores,yque las respuestaseranelaboradaspor el Consejode Castilla, fue tan evi-dentedesdeel momentoquelos procuradoreslo denunciaron:

Ibidem, petición41, p. 183: «A lo quemepedistepormer9edquedetodaslaspeti9ionesede lasprovisionesqueyo sobreellosfizicre, mandasedar acadauna

9ibdadevilla demis reg-nosun quadernofirmado de mi nombree selladocon mi sello,quito de Chan9illeriaede todosotros derechos.A estovos respondoquemeplazequese faga así.»Quizáseaesteel origendela presenciaen los archivosmunicipalesde ciertascopiasde los cuadernosy ordenamientosde Cortes.

6 AGS, Patronato Real, leg. 70, expte.47.Nueva Recopilación, libro VI, titulo VII («De las Cortes y procuradoresdel reino»),

ley VIII, Queel rey oya a los procuradores de Cortes, yse respondo a sus peticiones generalesy particulares antes que las Cortes se acabew «... lo qualestamosprestosa lo facer,segúnfueordenadoporlos reyesnuestrosprogenitores,y mandamosqueantesquelasCortesseacaben,se resporidaa todos los capítulosgeneralesy especialesque por partedcl reino sedieren...>,.Esta ley surgió de la petición sextade lasCortesde Toledo de 1525. La eficaciade la normafue mínima, pueslos procuradoressiguieronquejándoseen análogostenninos.

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«Otrosí, suplicamosa vuestramagestadseaservidode oir personalmentetodos los capítulos generalesdel reynodan e dierende aquí adelante...,yqueestose hagaal principio de las Cortes,y que vuestramagestadlos oyaen presencia de los procuradores de Cortes que los hubiera fecho..., por-quepuedaninformar de palabrade las dudasqueenellos hubierey vuestramagestadlos proveacon acuerdo de los del vuestro Concejo como cumplea estossus reinos»’.

2. LAS ACTAS: TIPOLOGíA DOCUMENTAL

Por lo común se tiendea identificar el conceptoActas de Cortes conelde cuaderno depetición. Dehecho,la mayoríadelos historiadoresno espe-cializadosen lasasambleasrepresentativaso en el derechohistórico utilizande maneraindiscriminadaambostérminosparadefinir unarealidaden apa-riencia unívoca.Ello, en mi opinión, no es así; porque, aun reconociendoque los cuadernosde petición son una de las piezasdocumentalesbásicasparael análisisde las Cortesde Castilla, la existenciade otrasfuentes—qui-zA de igual rango institucional, o inclusode mayor transcendenciajurí dica(Ordenamientos)—nos obliga a reconsiderarelpapelexclusivohastaahorareservadoa los cuadernos.En consecuencia,el términoActas de Cortesnodebe identificarsecon una realidaddocumentalprecisa y específica,sinoque es un conceptogenéricoque englobaa un conjuntoheterogéneode ma-nifestacionesdocumentales.No obstante,es precisoreconocerque, dentrode ellas, los cuadernosgeneralesdel reino ocupanun lugar relevantísimopesea las importantescriticasy limitacionesa que puedensersometidos.

Así pues,enesteconceptogenéricode Actas de Cortespuedenincluirselas siguientesrealidadesdocumentales:

1. Cuadernosde peticiónen Cortes.2. Los Ordenamientospromulgadosen Cortes.3. Actas dejuramentoy acatamientode reyesy sucesores.4. Ratificacionesde acuerdos(por lo comúnen materiade relaciones

internacionales).5. Las relacionesde los hechosde las Cortesy de los procuradores.

Todospresentan—por sertextos fundamentalesde las Cortes— ciertoscontenidosformalescomunes:lugar de redacción,menciónexpresade serun texto emanadoo proclamadopor/enCortesy nóminageneraldeasisten-tes a la reunión(monarquía,privilegiados, representantesde las ciudades,

8 Actas, V. CortesdeValladolidde 1542,petición98, p. 256. Vuelveareiterarse—pruebaevidentede su inobservancia—en las Cortesde Valladolid de 1548, petición4, p. 367. Lascursivassonmias.

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burocrátasde la asamblea,servidoresde la Corona, embajadoresextranje-ros, etc.)9.

Apartede los cuadernosde peticióngeneraldel reino, los únicostextosque alcanzaronel rango deActasde Cortesen los criterios de ediciónadop-tadospor la Academiade la Historia en el siglo XIX fueron los Ordena-mientos.Y ello es lógico porqueunode los móviles(quizáel primero)perse-guidoporla historiografíadecimonónicafueprobarquelas Corteshistóricastuvieroncapacidadlegislativaplena.Creoquees innecesariorebatirla ine-xactitud de ese planteamiento;la asambleacastellanatuvo ciertasveleida-des en materialegislativa,pero,en modoalguno,pretendióhacersuyaspar-celasdela creaciónde derechoreservadasconexclusividada la Coronao alas instanciasexpresamentehabilitadaspor ésta(Consejode Castilla). Lavinculaciónde los Ordenamientoscon las Cortessurgió, pues,del deseodela monarquíaen aprovecharla reuniónde las ciudadesparadifundir los pro-ductosnormativos,establecerun nexoconel reinoquerobustecieralaobli-gatoriedaden el cumplimientode la ley y, confrecuencia,evidenciarqueelmotivo queanimabaalmonarcaalegislarsintonizabay eraplenamenteasu-mido por lasdemandasciudadanas.LasCortesdel reinadodelos ReyesCa-tólicos fueron, comosabemos,excepcionalespor la calidady trascendenciade susOrdenamientos;el de Toledo (1480) supusoun esfuerzorecopiladorextraordinarioy un hito en la conformacióndel derechopúblico castellano,y el de Toro (1505)otro tantoen el ámbito normativo privado.

Fuerade lasActaspublicadasquedaronunasfuentesqueporsu natura-lezae importanciadebenserincorporadasaese conceptogenéricodeActasdeCortes. En primer lugar, losActos dejuramentoy acatamientodelos su-cesores de la Corona. Su no inclusión en las Actas publicadasconstituyequizáuno de los erroresmáspalpablesdel editor o editoresde lasActasdelas Cortes de León y de Castilla, desdeel momentoqueuna de las funcio-nesbásicas—y, confrecuencia,exclusivaenel período1476-1515—de laasambleacastellanafue precisamenteprestaracatamientoalos sucesoresdela Corona.También,porqueformalmentees la documentaciónque,peseala rigidez y reiteración expositiva de sus contenidos,mayor informaciónaportaparael conocimientoinstitucionalde lasCortes:presenciao ausenciade la monarquía,lugar y cronologíade las reuniones,personalidadde losasistentes,mecanismosy ritmo de celebración,intervencióny papelreser-vado a la burocraciay protocolo observado.

Porejemplo,el Actade proclamacióncomosucesoresenCastillade doñaJuanay Felipeel Hermoso(Toledo, 22 de mayode 1502)no fue consideradocomo«actade lasCortes»porM. Comeiro.Dicha proclamacióndice textualmente:«Conoqidacosaseaa todos los quelapresentevierencomo enla muy noble

9ibdaddeToledo,domingo, veyntedos díasdelmes demayo...,estandoendelos muy altos,e muypoderososecatólicospríncipese señoresel rey donFernandoe la reynadoñaYsabel,...E otrosy,estandoendepresentesjuntosen sus Corteslosprocuradoresde las Qibdadesevillas destosreynosde Castilla,e de Leónde Granada,quesonéstosquese siguen...»(Academiade la Historia,9/1784,fols. 191v-196v).

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Casi con unanimidadesta fuenteha sido infravaloraday escasamenteutilizadaporlahistoriaporno habersidoeditadajunto conlos cuadernosdepeticionesy Ordenamientos;escierto que enunaprimeraaproximaciónpu-dieraparecerquesuscontenidosdefraudanlas expectativasde investigaciónpor laacusadapolarizacióntemática(eljuramentoal sucesory suprotocolorepetidounay otravez). Ahorabien, para la reconstrucciónde las Cortesdel período1498-1502constituyenun elementodocumentalindispensable,porquedurantedicho periodo(conocidotambiéncomoel de «lasCortessinActas») carecemosde cualquiertextooficial quenospreciselo ocurrido entalesconvocatorias.De su análisis seobtendránconclusionesmuy alejadasde las versionesoficialistasde los cronistasdel reinadoquehantransmitidounaopiniónciertamentealejadadela realidad;no fueronreunionesprotoco-larias como se ha indicado, sino que en ellas se predibujany desarrollanacontecimientosfundamentalespara entenderlos entresijosde la políticacastellanadesde1497hastala revueltacomunera;por ejemplo,en el acata-mientodelas Cortesde Ocañade 1499 se desarrollaexpresamenteel futuropapelpolítico de Fernandoel Católico comogobernadorde Castilla.

Además, las Actas dejuramentoaportandatos fundamentalesparaelconocimientode las Cortesen las perspectivassocialese intitucionales,he-chos silenciadosen la mayoríade las ocasionesen cuadernosy Ordena-mientos:númeroy condición de la noblezay alto cleroconvocado,laperso-nalidadde los que ocuparonlas representacionesciudadanasentre1498 y1502,laprogresivaincorporacióna los gruposprivilegiadosdelaburocraciacentraly territorial, la expansiónde la capacidadrepresentativaconla inclu-sión de Granadacomociudad convoto en 1498 (Cortesde Toledo),la per-vivenciade los debatespor la prelaciónciudadana,etcétera.

Formalmentelas Actasdejuramentoobservanunaestructuraexpositivaprecisa;enprimerlugar secita el lugar y fechade la reunión, lapresenciadela familia real y la alta burocraciacortesanay el motivo de la convocato-ria’0; posteriormenteseenumeranlos asistentes,diferenciándosélos gruposprivilegiadosde los ciudadanos,las fórmulas de acatamiento,disposicionesespecíficasde la monarquía,etc. Generalmentelas Actas se cierrancon la

“~ Ibidem, fols. 181r-183v,Acta de/juramento de las Cortes de Toledo de 1498 a doñaIsabel y don Manuel como herederos de la Corona de Castilla: <dnDei nomine amen.Cono-

9ida cosaseaa todos los que la presentevieren e oyerencomo en la muy noble 9ibdad de To-ledo, domingo, XXIX días delmes de abril, año delnas9imientode nuestrosalvador Ihesu Ch-risto de mill e quatro9ientos e noventa e ocho años, estando ende los muy altos, e muypoderosose católicosprin9ipese señoresel rey donFernandoe la reynadoñaIsabel,nuestrosseñores,enla santayglesiade SantaMaría la Mayor de ladicha 9ibdadde Toledo,enlas gra-dasdel altar mayordellay estandoendepresenteslos muy altos e muy poderososseñoreselrey don Manuel e la reynadoñaYsabel, rey e reynade Portogal,acabadala misa mayorqueavíadichoel muy reverendoseñordonfray Fran9iscoXiménes,ar9obispode Toledo,primadode las Españas,confesorde la reynanuestrasenora...»

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proclamaciónpúblicade los sucesoresy la protestade los procuradoresdela ciudad de Toledo por habersido desplazadospor los burgaleses.

Por su estructuraformal, laRatificación de Acuerdos puedeserconsi-deradacomounavariantedocumentaldel tipo anterior.En efecto, la líneapositiva reproduceel esquemaseguidoen las Actas dejuramento:fechaylugar, especificaciónde actode Cortes, presenciade la monarquíay buro-craciasuperiordel reino, noblezay alto clero’’, procuradoresde las ciuda-desy un conjuntode fórmulas parala validaciónde la materiao materiasobjeto de la ratificación 2• El contenidotemáticode este tipo de Acta deCortes está siemprerelacionadocon aspectosde la política internacionalcastellana.LasCortesde estereinadoparticiparánen dosde estosprocesos:en Madrigal (1476) confirmandoel juramentodado por los procuradoresreunidospreviamenteen Segoviasobreel matrimonio concertadoentrelosReyesCatólicos y el rey de Capuaparasushijos Isabely Femando,y enMadrid (1510) ratificandociertas cláusulasdela Concordiade Blois sobrela gobernaciónde Castilla y la futura sucesiónde Carlosde Ganteen losreinadosmaternos~>.

LasRelaciones de los hechos de las Cortes y de losprocuradores cons-tituye la última categoríadedocumentocon el rangode Acta de Cortes.Adiferencia de otros parlamentosy asambleas(los estadosGeneralesdeFrancia,porcitarun ejemplo),las CortesdeCastillano noshanlegadodes-cripciones—oficiales o particulares—de lo que en realidadocurría coti-dianamenteen su desarrollo; esta circunstanciaha impedido conocercondetalle las interioridadesde las reuniones:llegaday recepciónde los procu-radores,existenciade varias sedesde las reuniones,control burocráticodelos procuradoresy sus cartasde procuración,ritmo de laasamblea,papeldela burocraciade Cortes,direcciónde los debates...En definitiva, la posibili-dadde romperunavisión demasiado«institucionalizada»(quizá irreal) ypenetraren los entresijoscotidianosde la institución.

Excepcionalmentese ha conservado(y se publica en estetrabajo) unade estasrarasdescripciones:lade las Cortesde Madrid de 1510’~. Se trata

Sobrela presentciadel alto clero en las Cortescastellanas,J. M. CARRETEROZA-MORA: Cortes, monarquía, ciudades. Las Cortes de Castilla a comienzos de la época mo-derna (1476-1515). Madrid, 1988,Pp. 411-415.Acercadel papelde la nobleza,Ibídem, pp,393-409y «El adelantadoAlonso de Lugo, procuradorenlasCortesdeMadrid de 1510»,enAnuario de Estudios Atlánticos. 31(1985),Pp. 133-159. Compartoplenamentelas matizacio-nesde5. DE DIOS: «Laevoluciónde lasCortesde Castilla durantelos siglos XVI y XVII»,enHispania Entre derechos propios y derechos nacionales. II, Milán, 1990, p. 626.

‘~ Por ejemplo,AGS: Patronato Real, leg. 70, expte. 5: Ratificación por las CortesdeCastillade la ConcordiadeBlois de 1509 (Madrid, 6 de octubrede 1510).

‘> El Acta de ratificaciónpor las Cortesdel matrimonio concertadopor los reyes(Madri-gal, 28 de abrilde 1476), enAGS, Patronato Real, leg. 7, expte.60. Incluyela nóminadelosprocuradoresasistentes(tantoen SegoviacomoenMadrigal) y las fórmulasde juramento.

‘~ Ibídem, leg. 69, expte.44.

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de unanarraciónoficialistaque recogelas interioridadesde estaimportantí-simareunión;poreseposooficialistala relacióndelos hechoscontituyeunapreciosapiezaparaconstruir el procesoorganizativodelas Cortescastella-nas:el procedimientode prorrogaciónde las sesiones,lospasosadministra-tivos que hubieronde recorrerlos procuradoreshastaserhabilitadoscomotales, el nombramientodel presidentede las Cortes,el relevantísimopapeldel secretarioreal y de los miembrosdel Consejode Castillaen los debates,etcétera.No obstante,bajo esacapaformal fortísimamenteprotocolarizadaes posibledescenderaciertosdetalles—quizánimiosy anecdóticos—peroquenos ayudanacomprenderen su totalidadla realidadde las Cortesy delos hombresque las integraban‘t

Aunqueno se ajustaal contenidoy tipologíaseñalados,pudieratenersecomouna relaciónde las Cortesciertasconsideracionesefectuadaspor losprocuradoresde las deToro en 1505 t6 Setratade un texto breveperomuyimportantepor contenerla aceptacióndel testamentode Isabella Católicapor las Cortes,la evidenciadela enfermedade incapacidadparaelgobiernode lareinaJuanay laaceptaciónde Femandoel Catolicocomogobernadorde Castilla’1.

3. LOS «SILENCIOS»DE LAS ACTAS

Dela lecturade loscuadernosgeneralesdepetición cabeinferir unapre-gunta: ¿reflejaronlas demandasciudadanaslos problemasestructuralesdelreino? El análisisdel contenidode los cuadernosevidenciadoshechosfun-damentales;en primer lugar, la notoria escasezde los mismos(de los oncellamamientosa Cortes del reinadoen tan sólo cuatroocasiones—1476,1506, 1512 y 1515— los procuradoresobtuvieroncontestacióna susreque-rimientos); en algunasocasiones(Toledo,1480) se alude a la existenciadememoriales,y en otro caso(Madrid, 1510) aúnconstandoun cuadernodepeticionesgenerales,éste—como he indicado—carecióde vigor al no sercontestadopor la Corona. En segundolugar, aunquelas materiasfueroncuantitativamentenumerosas,unaaproximacióndetalladaconducea las si-guientesconclusiones:

1. Escasapolarizacióntemáticade laspeticiones.

2. Dispersiónde las materiasobjetode demanda.

‘~ Ibídem.‘6 Ibídem, leg. 69, expte. 34: «La sumade los abtosquefisieron los procuradoresde las

Cortesde las9ibdadesevillas destosreynos,estandojuntosenlasCortesGeneralesquesefi-zieron en la 9ibdadde Toro esteañode mill e quinientose 9incoaños,eslo syguiente..»

“ Másdatossobreesteinteresantetexto enJ. M. CARRETEROZAMORA: Cortes, mo-narquía, ciudades.... pp. 202-204.

Juan M Carretero Zamora

3. Paulatinadesapariciónde ciertos aspectosconflictivos.4. Insuficienteo nulapresenciade los problemassustantivosdel reino.

Veamos,en síntesis,las materiascontenidasen los cuadernos:

Cortes 1476 1506 1512 1515Materias

Justiciaordinaria(aspectosprocesales)Excesosde la justicia ordinariaFortalecimientode la justicia realVigenciade la legislaciónanteriorPragmáticasJurisdiccióneclesiásticaAbusosde órdenesreligiosasPechossobreel cleroContralas adquisicionesde la IglesiaIncrementode beneficioseclesiásticosReformay funcionesdel ConsejoReduccióndelos oficios de corteOficios de corteOficios paranaturalesdel reinoRetorno de la Audiencia a Ciudad RealQue la Coronano enajenerealengosSantaHermandadCorregidoresMesta(pastosy jurisdicción)Caballeros(usosy privilegios)RégimenseñorialPleitosde hidalguíaOficios (que no convivanconpoderosos)Oficios (renunciasy acrecentamientos)EscribanospúblicosAlcaldesy oficios concejiles(excesos)Regidores(queno seanarrendatarios)Posadasy huéspedesExencionesfiscalesReducciónde mercedesRecaudadoresordinariosy de CruzadaAlcabalasRentasy mercedessituadasUsuraEncabezamientosQuejasfiscalesgeneralesAbusosde paniculares(aspectospenales)Labradores(no ejecuciónpor deudas)Prohibición de juegos,dados,ropasTasadel pan

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1 — —

1 1 — 21 — — 11 — — —

1 12 — — —

2 — — —

2 1 31 1 1 11 — — —

1 — 1 —

— — — 12 — — —

1 — — —

1 — —

1 — — 51 — — —

22

Algunas consideraciones sobre las Actas de las Cortes...

CortesMaterias

1476 1506 1512 1515

Sacade pany otros bienes(prohibición)MonedayplataExportaciónde lanaJudíos

3

3

3

3

..—

——

————

ExtranjerosCortesy actividadlegislativaProcuradoresde Cortes(privilegios)Ciudadescon voto en Cortes(privilegios)Exclusividadde la representaciónen Cortesparacier

tasciudades

————

1

1

1

1

1

1111

1

————

—Funcionamientode las Cortes — — 1 —

Serviciode Cortes — — —

Veamos,asimismo,algunos de los silencios más notables(cuadernosde peticióndel reino):

de las Actas

3.1 La presiónfiscal generaly los serviciosde Canesen panicular

De la lecturadelos cuadernosde peticióngeneralse puedenextraerdosconclusionesmuy significativas:preocupaciónconstanteporlas alcabalasysilencio casi absolutoacercade la enormepresiónfiscal procedentede losserviciosde Cortesl8• La protestacontra las alcabalasinsistió en los viciosdel sistemade recaudación,peroes fácil advertirquelo quepretendieronlosprocuradores(la mayoríacon exención fiscal de derechoo de hecho>fuecongelarlos encabezamientosy pagar, lógicamente,menos‘~. En análogosentidoestaríanlas peticionessobretercias y cruzadas.

Porel contrario, losrepresentantesciudadanos,parapetadosen susfran-quiciasfiscaleso en la apelacióna las rentasde propios,apenassi alcanza-

“ Sobre los serviciosde Cortes, los trabajosde M. A. LADERO QUESADA: La ha-cienda real de Castilla en el siglo XV La Laguna, 1973, pp. 21 8-219;J. M. CARRETEROZAMORA: Cortes, monarquía, ciudades..., pp. 61-99; «Los serviciosde Cortesy lasnecesi-dadesfinancierasde la monarquíacastellana(1500-1517)»,en Cuadernos de Historia Mo-dernay Contemporánea, 8(1987),pp. 3 1-56, y «Los serviciosde las Cortesde Castillaenelreinadode Carlos1(1519-1554):volumen,evolución,distribución>,en Las Cortes de Castillay León, 1188-1988, 1. Valladolid, 1990, pp. 417-434; a travésde estosestudiospuedeobser-varseel incesanteincrementode los serviciosa partir demediadoel siglo XV, siendointensodicho incrementoa partir,precisamente,de 1500.

‘> Actas, IV. CortesdeValladolidde 1506,petición11, pp. 239-240:«... Enel dichonom-bre suplicana vuestraaltezaquetodaslas 9ibdades,e villas e logaresquesequisierenencabe-zar perpetuamenteen lo queagoraestán,vuestraaltezales fagatan granbien y mercedde lomandarencabe9ar.»

23

24 Juan M. Carretero Zamora

ron la voz frente a los cuantiososy reiteradosserviciosque ellos mismosconcedieron.El silencio de las Cortes es particularmentellamativo entre1500 y 1515 por las siguientescircunstancias:

1. Porquelos subsidiosconcedidosdesde1500 sortearoncon facilidad(graciasa la generalizacióny eficaciade la fórmula «sinperjuicio de sufran-queza»)las antiguasexencionesy franquezasquehabíanconstituidohastaentoncesun alivio parcial paramuchasciudades.

2. Por la reiteración:desde1500 hasta1517 no pasóun solo año sinque los castellanoshubierande pagarel servicio.

3. Por el alto volumen fiscal concedidopor las Cortes. Los serviciosde la épocade los ReyesCatólicos(singularmenteel de 1503-1504)debie-ron ser comparativamentemucho más onerosospara la poblaciónpecheraque los del reinadode Carlos 1.

Ante esta realidad fiscal hubo protestasciudadanas,no casualmente,fueradel ámbitode las Cortes;antela presiónde ciertasciudades(sin votoen Cortes),el Consejode Castillaprometióefectuarun nuevorepartode losserviciosatendiendoa las nuevasrealidadesdemográficasde la poblaciónpechera.Peronadade ello trascendióen las quejasde los procuradores:he-chológico, pueslos salarios,porcentajessobreel servicio(el célebrequinceal millar), beneficiosy privilegios de las procuracionesen Cortesprocedíandel otorgamientoa la monarquíade los subsidios.El malestarfiscal frentealos servicios de Cortes debió ser muy intenso a partir de 1510 como lopruebael énfasisy reiteraciónconqueapareceen el programacomunerodeTordesillas;allí —por dos veces—se pidequeno vuelvanarepartirseservi-cios «enCortesy fuerade Cortes»,y quelas alcabalasfueranencabezadasperpetuamentecon el valor dado en 149420.

3.2. El régimenseñorialy las aprehensionesseñoriales

Es muy significativala tibiezacon que las Cortesde estereinadoasu-mieron losproblemasseñoriales.De hecho,si careciésemosde otrasfuentesdocumentalesy sólo dispusiésemosde los testimoniosoficiales de las Cor-tes,en Castillael régimenseñorialse nos apareceríacomounarealidadhis-tórica inexistenteo simbólica,circunstanciaque contrastacon unarealidadde signo diverso como, por ejemplo entreotros,ha señaladoGutiérrezNie-to2’. Ello no significaque las Cortespermanecieranmudas;confrecuencia

20 A. DE SANTA CRUZ: Crónica del Emperador Carlos V Madrid, 1920, pp. 299-301: «ítem: queel servicioqueporalgunosprocuradoresdeCortesfue otorgadoy concedidoasu altezaen la ciudadde La Coruña,queno se pida ni cobre, ni sepuedaecharotroalgunoenalgún tiempo...’>

“ J. 1. GUTIERREZNIETO: Las Comunidades como movimiento antiseñorial. Barce-lona, 1973, pp. 130-139.

Algunas consideraciones sobre las Actas de las Cortes... 25

los cuadernosaludena lasexcesivasexencionesfiscalesdelas tierrasde se-ñoríoy a las irregularidadesde caballeros,monteros,etcétera22

Donde lasCortessí efectuaronun ataquecontrael régimenseñorialfueenla cuestiónde las prehensionesterritorialesefectuadaspor la altanoblezasobrelos patrimoniosconcejiles.Los cuadernosgeneralesde 1506 pidieronquela Coronano enajenaratierrasy jurisdiccionesde realengo.Tan men-guadaquejanosmuevea unaconsideración:¿seredujerona estasprotestastoda la actividad de las Cortes sobrelos excesosseñoriales?Desdeluegoqueno. Los cuadernosgenerales(a diferenciade los cuadernosde peticiónparticulares)son tan parcosporquelamonarquíasilenció las protestasy lasredujo a lamínima expresión.De hecho,la mayorpartede las ciudadesensuspeticionesparticularesexpusieroncasosconcretosde pérdidasde tierra,vasallosy jurisdicciones,llegándoseincluso en 1512 a apelara ciertasdis-posicionestestamentariasde la reinacatólicaparaprecipitarlas devolucio-nes,peroFernandoel Catolicodifuminarála protestaen la redacciónoficialde las Actas de las Cortesde Burgosde 1512.

3.3. Las Cortesy los procuradores

Paradójicamente,las Cortesy los procuradoressonuno de los silenciosmás significativosde lasActas.Es cierto quela institución representativanofue un «personaje»desconocidoparasí misma; en los tresúltimos cuader-nos generalesdel reino (1506, 1512 y 1515)se autocitaendoceocasiones.Pero, sospechosamente,en nueve de ellasparaconfirmary ampliarlospri-vilegios exclusivosde las ciudadescon voto y los de sus representantes.Pero son aspectosreducidose insuficientesparauna institución que a losojos de los castellanosera reductode privilegios paraciertas oligarquiasconcejiles,foco de corruptelasy que, en definitiva, poco o nadarepresen-tabaal reino. Pero ningunode estosmalesaparecieronni en las Actasofi-ciales y, menosaún, en los capítulosparticulares;el silencio es comprensi-ble: no se podía esperarque los beneficiadoscuestionasenal artífice desusprivilegios.

La lista de silenciosde las Actas de Cortesseríainterminable;valgancomoejemplosla inexistenciade criticas a la administracióncentral,el defi-ciente tratamientode los problemaseconómicos,la tibiezaconque se con-templala Inquisicióny elproblemaconverso..,pero,sobretodo,la ausenciacasi absolutade los problemaspopulares.

22 Actas, 1V. Cortesde Madrigalde 1476, petición7, p. 57: <t.. por las qualesaunos hizo

hijosdalgo,e a otros cavalleros,e a otros monteroseescuderosdecavalloo guardas,e aotrossecretarioseescrivanosde cámara,las qualespersonasprocuranlosdichostitulos eoficios porseescusardepedidose monedasseyendopecheros,e hijos e nietosdepecheros...».

26 Juan M Carretero Zamora

4. CARTAS CONVOCATORIASDE CORTES.CORRESPONDENCIAREAL

Lascartasde convocatoriao de llamamientoaCorteshansidoconsideradaspor la historiograflacomo una fuentede escasaentidad, siendoutilizada—en el mejorde los casos—paraadornaralgunosapéndicesdocumentalesen obrasde historia local. En mi consideracióndichascartasno son textosde tercer o cuartoorden por los siguientesmotivos:

1. Por los datoscronológicosquecontienen—fechade la convocato-ria y lugar— facilitan la investigaciónenlos archivosmunicipalesde las ciu-dadesconvoto en Cortes,y sirvenparadeterminarla fechadela sesiónenque fueron elegidosy proclamadoslos representantesciudadanos(esto es,facilitan el conocimientode losprocesoselectoralesen la elecciónde procu-radores).

2. Precisanlos motivosde la reunióndeCortes,que—a suvez— pro-porcionannuevos y valiososdatos:

— Observarsi se mantieneno no lospresupuestosinicialesde la convo-catoria. Porejemplo,las motivacionesoriginalesde lasCortesde Toledode1480 (juramentode don Juany establecimientodel subsidiode la Herman-dad) desaparecieronen parteen la definitiva reunión,dondeya no apareceningunamenciónal «subsidiode la Hermandad»ni a las penasconquese-rían castigadaslas ciudadesque no entrasena formarpartede la Herman-dad. De ello puedenextraerseconsecuencias—consolidaciónde la monar-quía, entreotras— de primeramagnitud.

— Precisarla coyunturade cadallamamientoaCortes. El análisisdelas cartasevidencia,por el mayor o menor detenimientoexpositivode losmotivos que incorpora, la situación internay externade la Corona.No escasualque las cartasconvocatoriasdel períod6de la gobernaciónde Fer-nandoel Católico(1510-1515)seande enormeprolijidad de datosy refle-xionesantelas Cortessobrelapolítica internacionaldiseñadadesdela mo-narquía,y los mediosfiscalesprecisosparasu desarrollo.Por el contrario,las delperíodo1498-1502presentanun esquemáticoextraordinario,aunquealgunasrequierande las ciudadesla concesiónde un servicio.

Respectode la correspondenciaentrela monarquía,lanoblezay los de-legadosterritoriales(corregidores),es precisoreconocerquees muy escasaparaesteperíodo.Perono obstantela penuriacuantitativa,su calidades ex-traordinaria;estadocumentaciónnos trasladaa uno de los aspectosmásconflictivos parala actualhistoriografiasobrelas Cortescastellanas:la in-dependenciao sumisión de la asamblearepresentativarespectode la Co-rona. Pero leamoslos textos de la época;el 12 de octubrede 1499,al con-vocarselas Cortesde Sevilla de 1500, los monarcasen cartaal corregidorde Toro indicaban:

Algunas consideraciones sobre las Actas de las Cortes... 27

«El rey e la reyna(En blanco),nuestrocorregidoren la qibdadde Toro,por unanuestracartapatenteque enbiamosa esa qibdadmandamosqueenbíena doquierquenosestuviéremos,paraveyntede noviembrequepri-meroverná,sus procuradoresde Cortes,como por la dichanuestracartamás largamenteveréys. Porende,nosvos mandamosprocuréysqueelijanpor susprocuradoresde Cortesa don Gutierrez de Fonsecae a Gar9iaAlonsode Ulloa, y fazedqueen todo casovengaparaeí día quemanda-mos, y quel poderque traxerensea muy cunplido e conforme a la dichacartapatentey al memorialquecon ellava señaladode Miguel PéresdeAlma9an, nuestrosecretario.De Granada,a XII de octubre de XCIXaños.Yo el rey; yo lareyna. Pormandadodel rey e de la reyna,Miguel Pé-resde Alma9an2>.

Y, en efecto,uno de los procuradoreselegidosporlaciudadde Toro IteGarcíaAlonso de Ulloa24.

Respectodela ciudadde Avila, el corregidorJuande Dezaencartade31 de octubrede 1499 señalabaa los monarcas:

«Muy altos,e muy poderosose muy esclares9idosseñores.Despuésdebe-sadaslas realesmanosdevuestrasaltezas,res9ibí unacartade vuestrasal-tezase señoríasconotra quevuestrasaltezasa estaQibdadde Avila enbia-ron sobrelos procuradoresde Cortes.Y luego, muy poderososseñores,seconpliránen todo e por todocomovuestrasaltezasmandan,cuyasrealesvidas e real estadonuestroseñoracres9ientecon acresgcentamientode másreynose señoríoscomo por vuestrasaltesases deseado.De Avila, postrí-merode octubre.Muy poderososseñores,elmuy umilde servidorque lasrealesmanosde vuestrasaltezasbesa.Juande Deqa»25~

A travésde estamenguadaperosignificativacorrespondenciase advier-ten también las enormesfriccionesentrela monarquíay algunosmiembrosdela noblezay altaclerecía,queutilizaron los llamamientosa Cortes(con-cretamenteel de Ocañade 1499) parareprobarcon su asentismociertosplanteamientospolíticos de la monarquía26.

23 Academiadela Historia, 9/1784,fols. 16lv-168v: Cartas de los reyes a ¿os corregido-res sobre la elección de procuradores a Cortes. Se incluyenlas cadasa los corregidoresdeToro, Burgos,Zamoray Valladolid.

24 AGS, Patronato Real, ¡cg. 7, expte. 53: Carta de procuración de la ciudad de Toropara las Cortes de Sevilla de ¡500.

25 Academiadela Historia:Colección Salazar, A-9, f. 205. Enla cartadeldoctorRanÉ-rez, corregidorde Valladolid, puede leerse:«.. Luego, fize ayuntara regimiento y, antesquedélsaliesenlos regidores,fue dadopoderaPeroNiño porquecreo queparael serviciodeDiosy de vuestraaltezatiene buenayntin9ión, y procuraréqueel otro queovierede serprocuradorseade la misma suerte...»(Ibídem, A-II, f 221).

26 Academiadela Historia, 9/1784,IbIs. 163v-164r:Cédulas de los Reyes Católicos alduque del Infantado y otros grandes, ausentes de las Cortes, para que juren alpn’ncipe donMiguel como heredero del reino de Castilla (Ocaña,4 de febrerode 1499). Los acatamientosde don Alonso deFonseca,obispodeOsma(BurgodeOsma,20 defebrerode 1499)y dedonJuan de Guzmán,duquede Medinasidonia(Sevilla, 16 de marzode 1499>, en Ibídem, fols.165-166.

28 Juan M. Carretero Zamora

5. EL MANUSCRITO 9/1784DE LA ACADEMIA DE LA HISTORIA

Fue prácticahabitualen la edadmediala recopilaciónde aquellostex-tosy Ordenamientosde Cortesmásimportantes27.Antesdel reinadode losReyesCatólicos, los manuscritosque se hanconservadopocasnovedadespuedenaportarparael conocimientode las Cortescastellanas,porquecasitodosreproducensolo lasActasy Ordenamientosoficiales(hoy publicados)obviandolas fuentessecundarias.

Estasituacióntiendeacambiaren el tránsitodel siglo XV al XVI. LosReyesCatólicos,aunquedieron a la imprenta los Ordenamientosde Cortesmásimportantesdel reina~1o(Toledo, 1480y Toro, 1505),ordenarondesdeel principiodel siglo XVI la recopilaciónde todala documentaciónsustan-tiva producidapor la asambleacastellanadesdela segundamitad del rei-nadodeJuanII hastasuépoca.En labasede estaactividadcompiladoraseencuentran,sin duda,el perfeccionamientode la burocraciapropia de lasCortes(revitalizacióndel antiguo oficio de escribanomayorde Cortes)y lanecesidadde la mismaburocraciade contarconun registrodocumentaldela instituciónrepresentativaconla finalidad de uso interno. El carácternooficial de estosmanuscritoses evidentedesdeel momentoque contienenfuentesquepor sunaturalezanuncaaparecieronen los cuadernosgeneralesde petición: condicionesen laconcesiónde los servicios,cartasa los corre-gidoresrealesparala unificación de poderesde procuración,salariosde losprocuradores,etcétera.

De estosmanuscritosde la épocade los ReyesCatólicosdestacanloshoy depositadosen la bibliotecade El Escorial,Colegio de SantaCruz deValladolid y en el MuseoBritánico; perosus contenidos,tansólo versionesdelos cuadernosdepeticionesgenerales,fuerondifundidospor las edicionesdirigidasporManuelColmeiroy son los publicadosen lasActas de las Cor-tes de los antiguosreinos deLeóny de Castilla Una excepciónes el ma-nuscrito9/1784,hoy depositadoen la Bibliotecade la Academiade la His-toria. Sin dudafue remitido enel siglo XIX a estainstituciónal objetode lapublicaciónde las Actas por orden del Congresode los Diputadose igno-rado, quizá,porquesucontenido(carecede cuadernosgenerales)erairrele-vanteparalos críticoseditorialesdiseñadosen ese momentopor la Acade-mia de editar tan sólo los cuadernosde petición28.Y ello es lógico por losfines perseguidosen eseambientehistoriográfico:la búsquedade la natura-lezajurídicay política de lasCorteshistóricas,demandadaen esemomentopor los actoresde la política nacional.

27 Paralas Cortesdefinesdelsiglo XIV y principiosdelXV véaseel manuscritoM-64 dela BibliotecaMenéndezy Pelayode Santander,por citarun ejemplosignificativo.

28 En estesentidovéasela presentacióndela Colección de Cortes de los antiguos reinosde España. Catáloga Madrid, 1855, redactadopor la Academiade la Historia.

Algunas consideraciones sobre las Actas de las Cortes... 29

Desdela perspectivaactualde la historiografladelas Cortescastellanas(que sin minimizar la naturalezajurídica hacehincapiéen los aspectosso-ciales y fiscales), el contenidotemáticode estemanuscritoes asombroso.Escrito en letra cortesanade comienzodel siglo XVI, recogedocumenta-ción de Cortesdesdeel reinadodeJuanII (Cortesde 1425) hastalas de To-ledode 1502.Dela épocaanteriora los ReyesCatólicos(partedel reinadode JuanII y la totalidaddel de Enrique IV) toda la documentaciónse en-cuentrapolarizadaendosaspectosfundamentales:la concesiónde los servi-ciosy condicionesimpuestaspor las Cortesparasupercepcióny destinoylos beneficioseconómicosobtenidospor los procuradores29.

Parala épocade los ReyesCatólicosel contenidose enriquecede talmaneraquees piezafundamentale imprescindibleparaprofundizarno sóloenlos entresijosde las Cortes,sino tambiénparaestablecerlagénesisde fe-nómenosinstitucionalesluegodesarrolladospor los Habsburgo.A grandesrasgospuedenestablecersela siguientesmaterias:

1. Actasdejuramentoa sucesores,ya comentadas.Contienelas de 1480,1489, 1499 y 1502.

2. Documentaciónfiscalreferida a los serviciosde Cortes:— Condiciones,finalidady característicasdel serviciodelas Cortesde

Madrigal de 1476 (fols. 135v-136r).— Razonamientoenla concesióndel serviciode «las dotesprincesas»

en las Cortesde Sevilla de 1500 (f. 177v).— Repartimientodel servicio de 1500-1502(incluye la distribución

geográficafiscal de Castillaporprovinciasy partidos).— Relaciónnominaldelos receptoresprincipalesdel servicioy condi-

ciones básicasexigiblesa los recaudadores.

3. Salariosdeprocuración, con los criteriosdejerarquíasocialy políticadel repartimiento:Cortesde Toledode 1480 (fols. 143r-145r)y de Se-villa de 1500 (fols. 181v-184v).

4. Documentacióny correspondenciareal en materia de Cortes:— Correspondenciade los reyescon los grandesdel reino (fols. 163r-

164r).— Cartasde los grandesy obisposen respuestaa las anteriores(fols.

165-166).— Cartasde laCoronaalos corregidoresde las ciudadesconvoto en

Cortes,dándoles instruccionespara la elecciónde procuradoresadictos(fols. 167v-168v).

29 Esta documentaciónha sido publicadahasta el año 1474 por C. OLIVERA SE-

RiRANO: Las Cortes del Castilla y León y la crisis del reino (1445-1474). El registro de Cor-tes. Burgos, 1986, Pp. 177-391.

30 Juan M. Carretero Zamora

— «Memorial del secretarioreal Miguel Pérezde Almazán» (fois.168v-169r).Es unapiezadocumentalbásicaparalahistoria de lasCortes; contiene las normaspara la redacciónde los poderesdeprocuracióny los mecanismos,bajotutelade los corregidores,parala proclamaciónde procuradores.Es el antecedentedirecto de lasnormasdadasporCarlos1 al comienzode sureinadoparael some-timientode la representaciónciudadana.

5. Otros textos:— Razonamientodel presidentede las Cortesde Toledo(1480) Gó-

mez Manrique,constituyeun buen medioparacomprenderla me-diatizacióny control de las Cortespor la monarquía.

— Cartasde podery procuración.— Cartasconvocatoriade Cortes(1498-1500).

* * *

ACTAS DE LAS CORTESDE MADRID DE l510~~

1

1510, 2 dejulio. Monzón.

Cartade Fernandoel Católico convocandoConos

AGS,Patronato Real, leg. 7, expte.63.

DoñaJuanapor lagra9íade Diosreygnade Castilla,de León, de Granada,deToledo,de Galisia,de Sevilla, deCórdoba,de Mur9ia, de Jahén,delosAlgarves,deAlgezira.deGibraltar,e de lasyslasdeCanaria,e delas yslas,Yndias etierrafyrmedel mar oqeáno,prin9esade Aragóne de Las Dos Se~ilias,de Geruralén,archidu-quesadeAbstria,duquesadeBorgoñae de Bravante,condesade Flandese de Tirol,señorade Viscayae de Molina, etcétera(sic), a vos el con9ejo,justi9ia e regidores,cavalleros,eescuderos,ofi9ialese omesbuenosde la9ibdadde Soda,salude gra9ia:bien sabeyscomo el ylustrísymopríncipedon Carlos,mi muy caro e muy amadohijo, es mi primogénitoy herederodestosmis reynoseseñoríosparadespuésde misdías, e porquesegúndlas leyes,euso e costunbredestosmisreygnos,usadae guar-dadaen ellos, los procuradoresde las 9ibdadese villas delIosquesuelenser llama-dos a Cortes,juntoenellas,hande reqibir ejurar ami primogénitoy herederoagorapor pdn~ipe,y herederoe legítimo sub9esordestosdichos mis reynose señoríosdeCastilla, e León e Granada,e paradespuésde los dichos mis díaspor rey e señordelios.

30 El estudiode estasActas,en J. M. CARRETEROZAMORA: Cortes, monarquia. ciudades....

pp. 216-223.

Algunas consideraciones sobre las Actas de las Cortes... 31

E comoquieraqueyael dichoprín9ipemi hijo fue jurado en las Cortesquetovi-mos en lavilla de Valladolidel añoquepasóde quinientose seys,pero porqueagoraen el asientoe concordiaquelrey mi señor,epadree mi tenedor,e conel señorem-peradormi suegroepadreen su nonbreedel dicho ylustrísymoprín9ipedon Carlosmi hijo, fue asentadoque paramayor seguridade fyrmesade lasub9esyóndel dichoprínqipe mi hijo en estosmis reygnose señoríosdespuésdelos dichosmis días,otravez fuesejurado conforme alas dichasleyese alusoe costumbredelIos, e queansymismofuesenjuradasotras cosasconvenientese provechosasque fueron asentadasparala pa9ifica9ióndela governa9ióndestosdichosmis reygnos,esobrela amistad,ealian9ae buenaconcordiade las dichaspartese destosdichosmis reygnose seño-ríos e de los suyos,e súbditosenaturalesde ellos.

E paraquestose faga, los dichos vuestrosprocuradoresdeven serllamadosaCortes,mandédar estami cartaparavosotrosen la dicharasón,por la qual vosmandoque luegoquevos fuerenotificadapor Martin de Cárate,correo,juntosenvuestrocon9ejoeligadese nombredesvuestrosprocuradoresde Cortes,e les dedeseotorguedesvuestropoderbastanteparaquevengan,e parescane sepresentenanteelrey mi señorepadreen la villa de Madrid, a ocho díasdel mes de agosto,primeroque vendrá,destepresenteañode la datadestami carta, para faserel dicho jura-mentoe resqibimientodel dichoylustrisymoprínqipemi hijo, agoraporprimogénito,e herederoe legítimo sub9esordestosmis reynose señoríosdeCastilla,e de LeónedeGranada,e paradespuésde losdichosmis días por rey e señordelIos,e paraquepormayorfyrmesadelo dichofaganel pleyto omenajequeental casode acostunbraa faser.

E otrosy, les dedesvuestropoderbastantecomodichoes paraquepuedenjurarlo queestáasentadosobrela pa9ifsca9iónde la dichagoverna9ióndestosdichosmisreynose señoríos,e sobrela amistad,ealianqay buenaconcordiade las dichaspar-tes e destosdichosmis reygnose señoríos,e de los suyos,e de los súbditose natura-les delios.

E otrosy, les dedesvuestropodergeneralparaplaticar, fasese otorgarpor Cor-tes,y en boz e en nonbrede los dichos mis reygnos,qualesquieracosasquevierenserconpliderasal serviciode Dios nuestroseñore mio, e al biene pro comúnde losdichosmis reygnose señoríos.E de comoestami cartafuerenotificadaedellasopie-des en qualquiermanera,mandoa qualquierescrivanopúblico que paraestofuerellamadode endeal quevos la mostraretestimoniosygnadocon su sygno,porqueyosepaencomose cunplemi mandado.Dadaen lavilla de Mon9ón,ados díasdel mesdejullio, añodel nas9imientode nuestroseñorIhesu Christode mill e quinientosediesaños.Yo el rey; yo Miguel Péresde Alma9án,secretariode la reynanuestrase-ñora, la fsseescrevirpormandadodel rey supadre.E enlas espaldasestavaescriptolo quesesygue: liqenciatusCapata;FernandoTello, li9en9iatus;registrada,NacolásJuande Ysasaga,chan9iller.

21510,29 de agosto. Madrid.

Relaciónde los actosde las Cortesde MadridAGS, Patronato Real, leg. 69, expte.44.

DoñaJuanapor lagraqiade Diosreynade Castilla,etcétera(sic), a vos lospro-curadoresde Cortesde la 9ibdadese villas de los mis reynosde Castilla, León, e

32 Juan M. Carretero Zamora

Granada,etcéteraque en ellas tienenboz e boto, a quien yo mandéllamar paralasCortesqueplasiendoanuestroseñorse handetenere 9elebrarenlavilla deMadrid,queal presenteestayso estovierdesen ella, e alas otraspersonasaquien lo de yusoenla mi cartacontenidotocae atañe,o atañerpuedee deve,e acadaunoequalquierde vos a quienestami cartafueremostradao della supierdesen qualquiermanera,nuestroseñory nuestro,enqueha entendidoy entiendeno hapudidoyr a esadichavilla parael dicho término, y aunqueaquél se a pasado,cunple a mi servigio y albyeny estadode losdichosmis reynosquelas dichasCortesse tengan,y seqelebrany concluyancomo por mi estámandado.

Por ende3t,por la presenteprorrogo las dichas Cortesy los llamamientosdeellas por todo estedicho mesde agostoy por los veniderosde setienbree octubre,ypor lo que másfuereneqesarioparacolmar e acabarlas dichasCortescomo dichoes.Lo qual mandoquevosseanotificado y quequalquierescrivanopúblico de testi-monio dello, porqueyo sepaen como se cunple mi mandado.Dada en la villa deMon9ón, a ocho días del mes de agosto,añodel nas9imientode nuestrosalvadorIhesuChristo de mill e quinientose diez años.Yo el rey; yo Miguel Péresde Alma-~án,secretadode la reynanuestraseñora,la Vise escrevirpor mandadodel rey supa-dre. Li9engiadoCapata,Ji

9enqiadoTeilo; registrada,Qara9ola;Caragola,changiller.En la noble villa de Madrid, a veynte e nuevedías del mes de agosto, añodel

nas9imientode nuestroseñorIhesuChristode mill e quinientose diez años,juntosen la capilla del alca9arreal de la dichavilla, el li9en9iadoFernandRuysCabe9adeVaca, veyntee quatroe procuradorde Cortesde la muy noble qibdadde Sevilla, edon Luys Méndesde Sotomayor,e don JuanManuelde Olando,procuradordeCor-tes por la muy noble cibdadde Córdoba,e Luys PachecodeAronis e Antón Savri,procuradoresdeCortespor la noble cibdaddeMur9ia, e GómesCuello,procuradorde Cortespor la noble 9ibdadde Jahén,e RodrigoManrique, procuradorde Cortespor la noble 9ibdadde Cuenca,e Diego Lópesde Samaniegoe Fran9iscode Aven-daño,procuradoresde Cortespor la noble 9ibdadde Segovia,e Alonso OrdóñesdeViliaquirán, procuradorde Cortes por la nobJe~ibdadde lamora, e eJ ligenqiadoFran9iscode Vargas,del Consejode la reyna nuestraseñorae su thesorerogeneral,procuradorde Cortes de la dicha villa de Madrid, en presenQiade mi BartoloméRuysde Castañeda,escrivanode cámaradesu altesae escrivanode las dichasCor-tes,el dicho li9engiadoFran9iscode Vargaspresentóa los dichosprocuradoresporella su altesales enbiavaa mandar,e que lo pedíanpor testimonio a mi el dichoescnvano.

Despuésde esto32,en la dichavilla de Madrid, estedichodía, e mese añosuso-

dichos,don Luys Pacheco,procuradorde Cortespor la dicha9ibdaddeCuenca,pa-res~iópresenteantemi el dichoescrivano,edixo queporquantoa él no le avía sydonotificadopor el porteroquellamó a los dichosprocuradoresdeCortesquevinieseaserpresenteal abtosusodichoconlos otrosprocuradoresde Cortesde susonoabra-dos,aunquepor mí el dichoescrivanole avíasydo dicho que lo Visiese y dádoselopormemorial;fastaquel dicho li9en9iadoFrangiscodeVargas,del Consejode sual-tesa,le dixo que porquéno avíaydo asejuntarcon los otrosprocuradoresdeCortesoy dicho díaparaser presenteal abto susodicho,e qudí le respondióque no geloavíanfecho, y quel dicho li9engiadole dixo lo que avíapasado.Por ende,que asy

» Al margen:«Pronoga9ián».32 Al margen:«Obedesgimientodel procuradorde Cuenca».

Algunas consideraciones sobre las Actas de las Cortes... 33

queveníaa su noti9iaparesgíaantemí el dicho escrivanoe me pedíaquele mostrasela dichacartade su altesapor fasercunplir lo queen ellase mandava,la qual yo lemostré,e el dichoLuys Pachecola leyó e dixo quela obedesqíae obedesgiócomo acartade su altesa,e queenquanto al cunplimientodella,que en nonbrede la dichacibdadde Cuenca,estáprestoa hasere cunplír lo en ella contenido,e que lo pedíapor testimonio.

Despuésde lo susodicho,en la dichavilla de Madrid, a diez e seysdíasdel mesde setienbredel dicho año,estandojunto dentrode la yglesiade Santiagode la dichavilla Fernandode Vega,comendadorde(en blanco), del Consejodela reynanuestraseñora,e don Ynigo Lópesde Mendo9a,condede Tendilla,procuradordeCortes dela nonbradae grand9ibdadde Granada,y el li9en9iadoFernándRuys CabeqadeVaca,procuradordeCortesde la dichaqibdaddeSevilla, e don LuysMéndesde So-tomayore don JuanManuelde Olando,procuradorde Cortesde la dicha9ibdaddeCórdoba,e Luys PachecodeAronis e Antón Savri,procuradoresde Cortesde ladi-cha9ibdadde Murcia, e GómesCuello, procuradordeCortesdela 9ibdadde Jahén,e diego Lúpes de Samaniego,procurador de Cortes de la 9ibdad de Segovia, eAlonsoOrdofiesde Villaquirán, procuradordeCortesde la dicha9ibdaddeQamora,e don RodrigoManriquee Luys Pacheco,procuradoresdeCortes quesedizenserdela dicha9ibdadde Cuenca,e don Alonsode Arellano, procuradorde Cortesde la di-cha9ibdadde Guadalajara,y el li9en9iadoFran9iscode Vargase AntoniodeLuzón,procuradoresde Cortesde la dichavilla de madrid, e en presen9iade mí eí dichoBartoloméRuysdeCastañeda,escrivanode las dichasCortes,el dichoFemandodeVegapresentóantelos dichosprocuradoresde Cortese leer fiso a mi, el dichoescri-vano,una~éduladel rey nuestroseñordirigida a los dichosprocuradoresde Cortes,su thenor de la qual es esteque se sygue

33:«El rey. Procuradoresde Cortesde los reynosde Castilla,León y de Granada,

etcétera(sic) quesoysllamadosparalas Cortesqueplasiendoa Diosnuestroseñor,en llegandoyo a los reynos,sehan9elebraren la villa de Madrid; yo he elegidoporpresydentedesasCortesa Femandode Vega, del nuestroConsejo,levadordesta,yle enbíoadelanteparaque,conacuerdodel reverendísimocardenald’España,tengacargodevos juntary de hazeraparejarlas cosasneqesariasparala espedi9iónde lasdichasCortes,comomáslargamentedél lo sabreys.Porende,yo vos encargole deysenterafee e creengia.De ~$arago9a,aochodíasde setienbrede mill e quinientosedies. Yo el rey; por mandadode su altesa,Miguel PéresdeAlma9án, secretario.»

E asípresentadala dichaqédulae leydapor mi el dicho escrivanode las dichasCortes,luego los dichos procuradoresde Cortesde susodeclaradosdixeronque laobedes9íane obedesqíeronconla reverenqiae acatamientoquedevían,e queestavanprestosde la cunplir, e besavanlas realesmanosde su altesapor la mer9edque lesfasyaen nonbrarpor presydentede las dichasCortesal dichoFernandode Vega.Eluegoyn continentí,fecho lo susodicho,el dicho Fernandode Vega,presydentedelas dichasCortes,dixo a los procuradoresde Cortesde susodeclaradosque presen-tasenallí suspoderesquetrayande sus9ibdadese los entregasena mi el dichoescri-vanodelas dichasCortes;losquales,luegoyn continentí,los dichosprocuradoresdeCortespresentaronanteldichopresydentede lasdichasCortes,e los entregaronamiel dicho escrivano,su thenorde los qualesuno en posde otro es esteque se sygue(en blanco):

Al margen:<dédulaparaque seapresidenteFemandode vega»,

34 Juan M. Carretero Zamora

E despuésdesto,en la dicha villa de Madrid, a quatro díasdel mesde otubredestedichoaño, estandodentrodel alcá9arreal de la dichavilla, enunasaladel di-choalcá9arquefue deputadaparaquesejuntaseneldichopresydentee los procura-doresde lasdichasCortesparaplatycare tratarlascosascongernientesalasdichasCortes,e estandoendepresentesel dicho Fernandode Vega, presydentede las di-chasCortes,e Miguel Péresde Alma~án,secretadode la reynanuestraseñorae desu Consejo,el el li9enqiadoCapata,letradode las dichasCortes,e FernandoTello,asistentede las dichasCortes,dondealpresenteposael muy alto, católicoe muypo-derosoprin9ipeel rey donFemandonuestroseñor,e estandoel Consejode su altesa,eDiego de Valdivieso eJuande Cartagena,procuradoresde Cortesde ladicha9ib-dadde Burgos,e Rodrigo de Villamizar e Fran9iscoVaca, procuradoresde ladicha9ibdadde León,e don Yñigo Lópesde Mendo9ae DiegoPéresde Santestevanpor ladicha9ibdadde Granada,e don Pedrode Sylvae Luys de Aguirre por ladicha9ib-daddeToledo, e el li9en9iadoFernándRuysCabeqadeVacaeGutierreTello por ladichaqibdadde Sevilla, e don Luys Méndesde Sotomayore don JuanManuel deOlandopor la dicha9ibdadde Córdoba,e Luys Pachecode Aronis e Antón Savripor la dichagibdadde Mur9ia, e GómesCuello e Martín de Quesadapor la dicha~ibdadde Jahén,e Diego Lópesde Samaniegoe Fran9iscode Avendañopor ladi-chaqibdadde Segovia,e Diego de Bracamontee Pedrodel Pesopor ladichaqibdaddeAvila, e JuanSolíse donBernaldodel Castillopor ladicha~ibdadde Salamanca,eAlonsoOrdóñesdeVillaqueráne Luys Calderónpor ladichaqibdadde~amora,edonLuys Pachecoe Rodrigo Manriquepor la dicha9ibdadde Cuenca,e JorgedeHerrerae el comendadorde Santistevanpor la dichavilla de Valladolid, e JuandeMoralese Pedrode Mirandapor ladichagibdaddeSoria,e donAlonsodeArellanoeYñigo LópezOroscopor ladicha9ibdadde Guadalajara,eel li9en9iadoFrangiscode Vargase Antonio de Luzónpor ladichavilla de Madrid, e Diegode Ulloa eJuanRodríguezde Fonsecapor la dicha gibdad de Toro, en presenciade nosotrosDíaSánchesDelgadillo eBartloméRuysde Castañada,escrivanosde las dichasCortes.

Luego yn contienti, el dichoFernandode Vega,presydentedelas dichasCortes,dixo enpresengiade todoslosdichosprocuradoresqueporquealli se avíade hablaretratarde algunascosasde las que se avíade haserejurarenpresen9iadedestasdi-chasCortesqueeranllamados,e que conformándosecon la costunbreantiguaen lasu9esiónse an tenido en las otrasCortespasadas,que todoslos dichosprocuradoresde lasdichasCortesfesyesenel juramentosyguiente:

«Quehazemosjuramentoa Dios nuestroseñor,e a la cruz e a las palabrasde losSantosEvangelios,en queponemosnuestrasmanosderechas,que guardaremosse-cretode todaslas cosasque en estasCortesse platicarene trataren,e queno las di-remosni revelaremospor nosotrosni por otra personaalgunade qualquierestadoocondiciónquesea,fastaquepor el abtoo abtoque públicamentese an de hasersepublique.Y lo contrariohaziendo,queDios nuestroseñornoslo demandemal y ca-ramentecomo aquéllosqueperjuransu santononbre.»

El qualdichojuramentolos dichosprocuradoresfesieronenla forma susodicha,poniendosusmanosderechassobreunacmz, e sobreun libro misale sobrelos San-tos Evangelios.E a la confesyóndeldichojuramento,cadauno deliosdixo: «syjuro,e amen».

Algunas consideraciones sobre las Actas de las Cortes... 35

3

1510, 6 de octubre.Madrid.

Actasde los acuerdosde las Cortesde Madrid

AGS, PatronatoReal, leg. 70, expet. 5.

In Dei nomineamén.ConosQidacosaseaa todoslos quelapresenteescripturavyeren,comoenlanoblevylla deMadrid, a seysdíasdel mesdeotubre,añodel nas-qimientodenuestroseñorIhesuChristodemill e quinientose dies años,estandopre-senteel mui alto, e mui poderoso,católico rey e señor, rey don Femando,rey deAragón,e de Las Dos Seqilias,de Iherusalem,etcétera(sic), administradore gober-nadorlegítimopor la mui altae muípoderosaseñorala reynadoñaJuananuestrase-ñoca,su hija, en estossus reynose señoríosdeCastilla,y de León, y deGranada,et-cétera, en la capylla mayorde la yglesiadel monasteriode SantGerónimo,quesedize del PasoNuevo,ques fuerade los muros de la dichavylla, y estandoendepre-senteel reverendisimoseñordon fray Fran9iscoXiménes,cardenaldeEspaña,ar-qobyspode Toledo, primadode las Españas,y estandoendepresenteslosmagnífi-cos Mercurio de Gatinara,presydentedel parlamentode Borgoña,e JoanSchaddeAbrese Claudiode Syli, del Consejoy enbaxadoresdel sacratísimoseñorMaximi-liano,emperadorde los romanos,y del mui alto e mui ex9elentepríncipey señordonCarlos,príncipede Castilla, archiduquede Abstria,duquede Borgoña,etcétera,hijoprimogénitoherederode la reyna doñaJuana,nuestraseñora,acabadala misa ma-yor del día.

E otrosy,estandoendepresenteslos mui magníficosseñoresel ynfantedonJuande Granada,y don Enríquede Guzmán,duquede Medinasydonia,y donBernaldinoHernándezde Velasco,condestablede Castilla, duquede Frías,y don FadriquedeToledo,duquede Alba, marquésde Coria y condede Salvatierra,y el marquésdonDiego Lópezde Haro, duquede Escalona,y don GonqaloFernándezde Córdoba,duquede Sesay de Terranovay GrandCapytánde su alteza,y don JuanTéllezGi-rón, condede Hurueña,y don Pedrode Córdoba,marquésde Priego, y don Ber-nardode Rojas, marquésdeDenia,e don Pedrode Toledo,marquésde Vyllafranca,y don Juande Sylva, wesidentedel Consejo,condede Qifuentesy alférezmayordeCastilla, y don BernaldinoSuAres de Mendo9a,condede Coruña,y don AntonioManrique, condede Trebyño, y don Diego de Cárdenas,adelantadodel reyno deGranada,eAntonio deFonseca,cuyasson las vyllas de Tevay Alahejosy contadormayordeCastilla, y don Garqilasode la Vega,comendadorde León, y FernandodeVega, presydentedel Consejode las Hórdenesy presydentede las Cortesqueagorase 9elebranen estadichavilla de Madrid, y don Gutierre de Padilla, comendadormayordeCalatrava,y JuanVelázquez,contadormayordeCastifla,e don Gar9íadeVyllarruel, adelantadode Ca~orla,y don Alonso de Lugo, adelantadode Canariayotros muchosperlados,e grandes,y cavallerosy ricos omes.

E otrosy, estandopresentesjuntosen susCorteslos procuradoresde las 9ibda-desy vyllas destosreynosde Castilla, e deLeón, e de Granada,etcétera,quesonés-tos que se sygueri: por la qibdad de BurgosDiego de Valdevyesoe Juande Carta-gena,por la 9ibdadde León FrangiscoVaray Rodrigode Vyllamizar, por la gibdaddeGranadael condedeTendillay Diego Pérezde Santesteban,por la QibdaddeTo-ledodon Pedrode Sylva, e el li9en9iadoFernandoRuíz Cabe9ade Vacay GutierreTello, por la qibdadde Córdobadon Luys Méndezde Sotomayory don JuanMa-

36 Juan M. Carretero Zamora

nuel Dolando,por la 9ibdad de Mur9ia Luys Pachecode Aronis e Antonio Savri,por la 9ibdadde JaénGomésCuello e Martín de Quesada,por la gibdadde SegoviaDiego Lópezde Samaniegoe Fran9iscodeAvendaño,por la 9ibdaddeAvyla Diegode Bracamontee Pedrodel Peso,por la Qibdadde SalamancaJuande Solís e donBernaldinodel Castillo, por la gibdadde qamoraAlonsoHordóñezde Vyllaquerány Luys Calderón,por la ~ibdadde Toro Diego de Hulloa Sarmientoe JuanRodrí-guezde Fonseca,por la vylla de Valladolid el comendadorChristóbalde Santyste-ban e Jorgede Herrera,por la Qibdadde Cuencadon Luys Pachecoe RodrigoMan-rique, por la 9ibdadde SoriaJuande Moralese Pedrode Miranda,por la 9ibdaddeGuadalajaradonAlonsodeArellanoe Yñigo Lópezde Horosco,por lavylla deMa-drid el li9engiadoFran9iscode Vargas e Antonio de Luzón.

E yo Miguel Péresde Alma9an,secretariodela dichareynadoñaJuana,nuestraseñora,a altase ynteligibles vozes, ley en latín y en roman9ede berbo ad verbuaduna capytulaqiónques asentadaentre el dicho sacratísymoenperador,asy en sunombrecomo en nonbredel dicho mui alto e mui ex9elenteseñorprín9ipedonCar-los, y el mui alto e mui poderososeñorrey don Fernando,rey de Aragón,de LasDos Se9ilias,de Iherusalem,etcétera,asy en su nonbrecomoen noabrede la dichareyna nuestraseñora,su hija, cuyo tenor aquí no se ynfiere porqueno ay ne9esi-dad~, salvo doscapytulosquefazeny tocana los que estosreynosavyandejurar, elthenorde los qualeses estequese sygue:

«Yten, es asentadoy concordadoquel dicho sacratisymoenperadorni el ylus-trísymoprin9ipe don Carlos,prín9ipedeCastilla, por syni por otrasantepuestasper-sonasno contradiránni ynpedirándirectamenteni yndireta,públicamenteni encub-yerta, de derecho ni de fecho, ni en ninguna otra manera, la administra9ión egoberna9iónquel dicho rey católico tiene en los reynose señoríosde Castilla, deLeón, de Granada,etcétera;e mása ellosles plazerány seráncontentos,como agorales plaze e son contentos,quel dicho católico rey en todo tienpo de su vyda, vy-hiendola serenísymaseñoradoñaJuana,reynade Castilla, su hija, tengala dichaadministracióny goberna9ión,y rija e govyernelos dichos reynose señoríosde Cas-tilla, de León, y deGranada,etcétera,comoagoralo haze;peroencasoque la dichaserenísymareynade Castilla fallescieradestapresentevyda, y aúnen casoqueldi-cho católico rey tengahijos baronesde la serenisymareyna su niuger, en estosdoscasosy en qualquieradeliosla administra9ióny gobernagióndel dicho católicoreyen losdichos reynosde Castilla, y de León, y de Grnada,etcétera,duraráfastaqueldicho ylustrísymoprín~ipede Castillaayahedadde veyntee 9inco años,paraqueldichorey católicoseathenidodejurar solenementeen presengiade los enbaxadoresdel dicho sacratísymoenperadoren la formaacostunbradade derecho,queharáycunplirátodasa quellascosasque ofreció de bueno,verdaderoy legitimo tutor e ad-ministradorpertenescen.»

«Yten, es asentadoy concordadoquel dicho sacratísymoenperadorharáy daráhobraconefetoque,luego quel dichoylustrísymoprín9ipedon Carlosternalegítimahedad,ratificará y confirmaráal dichoprin9ipe todas las cosassusodichase cada

~‘ Sobrela Concordiade Blois de ¡509, objeto de ratificaciónpor estasCortesde Madrid de 1510,véanselos estudiosdei. M. CARRETEROZAMORA: «La Concordiadefilois y los acuerdosparalaGo-bernaciónde Castilla>’, enHernán Cortésy sutiempo, ií. valencia,1987, pp. 528-537;C. CORONABA-RATECH: «Fernandoe’ Católico,Maximiliano y la regenciade Castilla(1508-15151»<,en Universidad.3-4 (1961), pp. 311-374,y J. M. DOUS5INAGUE: La politica internacional deFernandoel Católico.Madrid, 1944.

Algunas consideraciones sobre las Actas de las Cortes... 37

unadellas.Y, por consyguiente,el dichocatólicorey,parala seguridadde la sub9e-sión del dichodon Carlos,prin9ipe de Castilla, en los dichos reynos,harájurara lossúbditosde aquellosreynosenlasCortes Generales,y a los alcaydesde las fortale-zas y capytanesde las guardasqueellos tienene ternán, al dicho ylustrisymodonCarlos,prín~ipe de Castilla, de presentepor prín9ipe primogénitoherederoy legí-timo sub9esorde los dichos reynosde Castilla, de León, y de Granada,etcétera,ydespuésde la muertede la serenísimareynade Castilla, su madre,por rey y señorpropietariode los dichos reynos,e al dichocatólicoreypor administradore goberna-dor de los dichos reynosde Castilla, de León, y de Granada,etcétera,en estama-nera:quebybyendola dichaserenísymaseñorareynade Castillael dicho católicorey, supadre,administrey gobyernelos dichos reynosy señoríostodoel tiempodesu vyda,e aúnen casoque la dichaserenisymareynade Castillamuriese,y tambiénen casoquel dichocatólico reytengahijos varonesde la serenísimareynasu muger;en estosdoscasosy enqualquieradelIos,la administra9ióny goberna9ióndel dichocatólico rey duraráhastaquel dicho ylustrisymoprín9ipe de Castilla aya hedaddeveyntee Qinco años,como se contieneen el presentecapytulo;e quel dichocatólicorey haráfazerlosotrosjuramentosquesegúndlas leyese costumbresde losdichosreynosen talescasosse acostunbrahaser;y de todaslas susodichas,daránletras yselladosen formasufigiente,y los susodichosjuramentosseharándentrode tresme-sesdespuésque los enbaxadoresdel sacratísymoenperadorseanvenidos a los rey-nosde Castilla, en presenciade los dichosenbaxadores.»

Y luego el dicho secretario,aaltase ynteligiblesvoces,por mandode su católicamagestad,dixo las palabrassyguientes:

«Sualtezadize queya avéysbystoqueenestacapytulagiónque se os ha leydoay un capytuloenque se contieneque en casoque la reynadoñaJuana,nuestrase-ñora, fallesgiera desta presentebyda en byda de su católica magestad,Dios laguarde,quesu altezaayade tener,y gobernare administraren estosdichosreynoseseñoríosde Castilla, y de León, y de Granada,etcétera,en nombredel mui alto emui exgelentepnngipe y señordon Carlos,archiduquede Abstria, duquede Bor-goña,etcétera,como y de lamaneraqueagoralosgoviernae administraen nombrede la dicha reynadoñaJuana,nuestraseñora,fastatanto quel dicho señorpríngipeayavynte e ginco años.

Queagoraa sualtezale pIaree hapor byenquebosel reverendísimoseñorcar-denalde España,y señoresperladosy grandes,y bosotroshonradosprocuradoresycaballerosno ayáysdejurarni juréys la dichasu gobernagiónenel dicho casoqueladicha reyna doñaJuana,nuestraseñora,mueraen byda de su católica magestad,Dios la guarde,synoconforme a las leyesdestosreynosque es hastatanto quel di-cho mui alto e mui exgelentepríngipee señordon Carlosayaveynteañosconplidos.Y paramayor firmezadesto,su católicamagestadmandaqueesteabto sepongaenlos abtosdestasCortesantesque hagáysel juramentoy pleito homenajequeen talcasodebéyshaser.»

Y luego, yo el dicho secretariopreguntéal dicho mui alto e mui poderososeñorreydon Fernandosylo dezíaansy,e su altezarespondióqueasy lo dezíay le plazía,y el ligengiadoLuys ~apata, letradode lasCortes,en nombredestosdichosreynosede losdichos procuradoresde Cortesqueendeestaban,dixo querequeríae pedíaamí el dicho secretarioqueansy se lo diesepor testimonio,e yo el dichosecretariodixe a los queallí estabanpresentesque a ello fuesentestigos.

Y acabadoel dicho abto, luego paresgióendepresenteel dicholigengiadoLuys(~apata,del Consejode la reynadoñaJuana,nuestraseñora,y letradode las Cortes

38 Juan M Carretero Zamora

destosdichos reynos,a pedimientode los dichosperlados,e grandes,e cavallerosyprocuradoresde Cortes,y en presenciade mi el secretario,e escrivanosde Cortesetestigosde yusoescriptos, leyó públicamentea altase ynteligibles vozesuna escri-tura quetrayaestacartaen papel, su thenorde la qual es esteque se sygue:

Mui alto, e mui poderosoy católicorey e señor: los perlados,e grandes,e cava-lleros e procuradoresde Cortesdestosreynosquefueronllamadospor cartase man-dadode la mui alta e mui poderosareynadoñaJuana,nuestraseñora,vuestrahija,firmadasde vuestraaltezacomo legítimoadministradore gobernadordestosreynos,paraqueseguiendolo quede derechodebeny sonobligados,y la antiguacostumbredestosdichos reynos,juran al mui alto e mui exgelenteseñorel prín9ipedon Carlos,archiduquede Abstria, duquede Borgoña,hijo de ladicha reynadoñaJuananuestraseñora,agorapor pfln9ipe primogénitoherederosub~esordestosreynose señoríosde Castilla, de León, de Granada,y paradespuésde los largosdíasdela reynadoñaJuananuestraseñora,por rey e señordellos.Y comoquieraque ya el dichoprín9ipedon Carlosfuejuradoen las Cortesque se tobyeronen la villa de Valladolid el añopasadode quinientose seys,pero porqueagoraen el asyentoy concordiaque setomó, como abéysbysto, con el mui alto e mui poderososeñorMaximiliano, empe-rador de los romanos,ansyen sunombrecomoen nombredel dicho mui alto e muiex9elenteseñorprín9ipe don Carlos, e vuestracatólicamagestad,ansyen vuestrononbrecomoen nonbrede lamui alta e mui poderosareynadoñaJuana,nuestrase-ñora,vuestrahija, fue asentadoqueparamayor firmeza e seguridadde la subqesióndel dichoseñorprin9ipe don Carlos, le juraseotravez en estasCortesconformea lasleyes,e usoe costumbredestosdichos reynose señoríos.Otrosy,jurasen,aprobasene, sy ne9esarioes, ratificasenla governa9ióne administra9iónque a vuestraaltezapertenes9endestosreynos, e jurar e consentire otorgarpor Cortesy en boz y ennombredestosreynostodo lo susodicho.

Vosotrosseñores,los que estáyspresentes,seréystestigoscomo estandopresen-tes el mui alto, e mui poderoso,católicorey e señor, el rey don Fernando,rey deAragón, de Las Dos Se~ilias,de Iherusalem,etcétera,legitimo gobernadore admi-nistradordestosreynose señoríospor la mui altae mui poderosareynadoñaJuana,nuestraseñora,y estandoel reverendísimoseñordon fray Fran9iscoXiménez, car-denalde España,arQobispode Toledo,primadode las Españas,y estandopresenteslos magníficosMercurio de Gatinara,e JoanSchadde Abresy Claudiode Syli, delConsejoy enhaxadoresdel sacratísimoseñorenperador,e del dicho mui alto e muiexqelenteseñorprín9ipe don Carlos,e asymismolos perlados,e grandes,e caballe-rose los procuradoresde Cortesde las ~ibdadese vyllas destosreynosde Castilla,de León, de Granada,juntosenesteabtode Cortesen nombredestosdichos reynose señoríos,todosjuntamentede unaconcordiae voluntad,e cadaunopor sy ennom-bre de susconstituyentesy por virtud delos poderespor ellos presentadosanteel se-cretario e los escrivanosde Cortes de yuso escritos,reconos9iendolos susodichossera ello obligados,e ser hútile, e provechosoe convenientea estosreynospor ma-yor seguridadde la sub9esióndelIos,juranal muíalto e muy ex9elenteseñorprn9ipedon Carlos,hijo primogénitoherederode la dichareynadoñaJuana,nuestraseñora,quetodosle han tenido,y tieneny ternánagoray de aquí adelantepor prin9ipepri-mogénitoherederoe legítimo sub9esordestosreynosde Castilla, de León, de Gra-nada,etcétera,e paradespuésde los días e fin dela dichareynadoñaJuana,nuestraseñora,queDios guarde,por rey e señorpropietariodestosdichos reynose señoríos,e al dicho mui alto, e mui poderoso,católico rey e señordon Fernando,rey de Ara-

Algunas consideraciones sobre las Actas de las Cortes... 39

gón, de Las Dos Se9ilias, de Iherusalem,por legítimo administradore gobernadordestosdichos reynose señoríostodo el tiempo de su vyda, en nonbrede la dichareynadoñaJuana,nuestraseñora,queDiosguarde,y encasoqueDios dispongapormuertede la dichareynadoñaJuana,nuestraseñora,queDios la guarde,administreestosdichosreynose señoríosen nombredel dichomui altoe mui ex9elenteprn9ipedon Carlos,queentoncesserárey, comoagoralos administraennonbrede la dichareynadoñaJuana,hastatantoquel dichoseñorprin9ipedon ayaveynteañoscunpli-dos, quesconforme a las leyesdel reyno;y en casoque su católicamagestadtengahijos varoneslegítimos delegítimo matrimonionas9idos,que se guardelo contenidoen la dichacapytula9ión.

Vosotros,reverendísymoseñor,e mui magníficose reverendosseñorese honra-dosprocuradoresjuraysa Dios porvosotrosy envuestrasánimase enlas ánimasdecadauno de vuestrosconstituyentes,y a las palabrasde los SantosEvangeliosqueestánen este libro misal en quecadauno de bos ponesu manoderechacorporal-mente,quebosy vuestrosconstituyentes,e los quedespuésde vosotrosfueren,ter-néys,e guardaréyse cunpliréysleal, realmenteecon efectotodolo susodicho,e cadaunacosae partedello, e quecontraello no yréysno vernéysentiempoalgunoni poralgunamanera;y en señalde obedien9iay fidelidadquedebéysenseguridaddel cun-plimientodelo susodicho,besáyslamanodel mui alto, e mui poderoso,católicoreye señordon Fernando,rey de Aragón, e de Las Dos Se9ilias, de Iherusalem,quepresenteestá,asy por lo quea su católicamagestadtocapor respetodesugoberna-~iónpor el tiempoy de la manerade susodeclarado,comoennonbredel dichoseñorprín9ipe don Carlos como a su conjuntapersona,porquepor su absenqiano gelapuedanal presentebesar.

Otrosy, prometeyse juráys como dicho es, e queréysquesy asy lo hezierdesecunplierdesDiostodopoderosovos ayudeenestemundoa los cuerpos,y enel otro alas ánimasdondemáshande durar;e sy lo contrariofezierdes,Diosvos lo demandemal e caramentecomo aquéllosquejuran su santonombreenvano, e allendedestoseáysperjuros,ynfamese fementidos,y cays(sic) en casode tray9ióne demenosva-ler, e yncurráysen las otraspenasen quecaeneyncurrenlos quevanepasancontrala fydelidadque sedebea su señore señorprin9ipe natural,e en lasquecaene yncu-rren los queno obedes9ena los legítimosadministradorese gobernadorésde susre-yes e señoresnaturales,y en las quecaenlos que no cumplene guardanlo prome-tido, e asentadoejurado, quebrantadobyen,e paze sosyegode susreyfios.

Cadauno de vos diga: «syjuro». E a la confesyóndel dichojuramentorespon-dan: «amén».

Otrosy, a mayorabundamientoe por mayorfirmezadetodo lo susodicho,e cadaunacosae partedello, cadauno de vosotrosseñoreslos dichosperlados,grandes,ecaballerose procuradoreshazéyspleitoomenajecomocaballerohijodalgoen manosdel ynfantedon Juan,que de vosotroslos re9ibeuna e dose tresvezes,unae dosetresvezes,una e dostresvezes,segúndfueroe constunbrede Españaque ternéys,eguardaréyse conpliréystodo los susodichoe cadaunacosae partedello, e quenoyréys ni pasaréys,diretani yndiretamenteen tienpo alguno ni por algunamaneracontralo susocicho,so penade caeren casode tray9ión e de menosvaler,y en lasotras penasenquecaene yncurrenlos que quebantansu pleito omenaje.La que éltodo, el dicho mui alto, e mui poderoso,católicorey e señordon Fernando,rey deAragón, de Las Dos Seqilias, de Iherusalem,legítimo gobernadore administradordestosreynos,lo pyde por testimonioal secretarioe escrivanosdeCortes, e pydea

40 Juan M. Carretero Zamora

los presentesque seandello testigos.Asymismo, lo pyden por testimonio, al dichosecretarioe escrivanosde Cortes,los dichos enbaxadoresque estánpresentesdelmui alto e mui poderososeñorMaximiliano, enperadorde los romanos,e del muialto e mui ex9elenteprín9ipe don Carlos, e a los presentesqueseandello testigos.

La qualdicha escrituraleydapor el dicho ligen9iadoLuys Capata,en la maneraque dichaesy de susova encorporada,luego los dichosperlados,y grandes,y caba-lleros y procuradoresde susononbrados,ayuntadosen susCortes,deunaconcordia,dixeronque les plazíatodo lo contenidoenla dichaescritura,e que la loabane apro-babanpor sy y en nonbrede los dichos reynos;e luego, poniendopor hobray tra-yendoa debydohefetolo contenidoen ella de supropiae agradablevoluntad,todoslos de susononbrados,perlados,y grandes,y caballerosy procuradoresde Cortesllegaronuno en pos de otro a ponery pusieronsusmanosderechassobre la cruz eSantosHebangeliosque,delantetenían,diziendo queasy lo jurabane juraron comoen la dichaescriturade susoencorporadase contiene.Sola confesyónen ella, cadauno deliosrespondió:«syjuro, y amén».

Y luego, todos los dichos perlados,y grandes,y caballerosy procuradoresdeCortesuno en poz deotro en señalde obedien9ia,y por conplir y conpliendolo con-tenidoen ladichaescritura,las rodillas puestasen el suelo,besaroncadauno por syla manoal dichomui alto, e mui poderoso,católicoreye señordonFernando,reydeAragón, de Las Dos Se9ilias,de Iherusalem,etcétera,asy por lo quea su altezato-cabapor respetode su administra9ióne goberna9iónpor el tienpo e de la maneradesusodeclarada,como ennonbredel dicho señorprin9ipe don Carlos,como a su con-junta persona.E paramayorconplimientode todo lo contenidoen la dichaescritura,cadauno de los dichosperlados,y grandes,y caballerosy procuradoresque de susosonnonbrados,dixeron quehazian e fizieron pleito omenajeunae dostres vezes,una e dose tres vezes,una e dose tresveces,como caballeroshomeshijosdalgoafuero e costumbrede Españaen manodel dicho señordonJuanynfantede Granada,quedelioslo resgebyó,que ternány guardarán,y conplirány farán, e guardary con-plir a todosuleal podertodolo de susocontenidoentodo e por todo, comoenello secontiene,y por ellos estáprometidoy juradosegúnd,e comoe so las penasde susoenla dichaescrituradeclarados.

Lo qual todosu católicamagestadlo pyde por testimoniopor lo quea su altezatocaba,y los dichosMercurio deGatinara,y JuanSchady Claudiode Syli, enbaxa-doresen nombre del dicho sacratisimoemperador,e del mui alto e mui ex9elenteprn9ipedon Carlos, y el dicho Luys 9apata,como letradode las dichasCortes,ennonbredestosdichos reynos,dixeronquelo pedíane pidieron por testimonio.Testi-gosquea todo lo susodichofueron presentes,don JuanRufo, obispodeBertenoro,nunciode nuestromui santopadre,y el duquedon Fernando,hijo del rey don Fadri-que de Nápoles,y don Alfonso de Aragón, duquede Segorbe,hijo de ynfantedonEnriquede Aragón,y don JuanEnguera,obispode Byc, y mosénJuanCabrero,ca-marerode su alteza; e yo Miguel Pérezde Alma9án,secretariode la reynanuestraseñorae sunotario público en la su cortey en todoslos susreynose señoríos,pre-sentefui en uno conlos escrivanosdeCortesde yugo nonbrados;e de pedimientodesu católicamagestad,e de los dichosenhaxadoresy del dicho letradode Cortes ennombrede los perlados,e grandes,e caballerose procuradoresde Cortesdestosrey-nosquepresenresestaban,los ftze escrevire escrivísegúndque antemi e los dichosescribanosdeCortespasaron.Porende,Eneaquí estemío sygnoental en testimoniode verdad.Miguel Pérezde Alma9án.

Algunas consideraciones sobre las Actas de las Cortes... 41

E nos Bartolomé Ruíz de Catañedae Día SánchezDelgadillo, escribanosdeCortesde la reynanuestraseñorae destossus reynosde Castilla, y de León e deGranadapresentesfuimos con el dicho Miguel Pérezde Alma9án, secretariode sualteza,e conlos dichos testigosa los abtosde susocontenidos;e depedimientodesucatólicamagestad,e de los dichosenbaxadores,e del dicho letradode Cortesen non-bre de los dichos perlados,e grandes,e caballerose procuradoresde Cortes destosreynosque presentesestaban,los sygnamosde nuestrossygnosen testimoniode ver-dad. BartoloméRuíz, Día Sánchez.

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1510, s.f. Madrid.

Cuadernode peticionesde las Cortesde Madrid35

AGS, Patronato Real, leg. 70, expte. 47.

Muy alto e muy poderososeñor:los procuradoresde Cortesde las ~ibdadese vi-llas destosreynosqueaquí estamosjuntos, y fuymos llamadosa Cortes por vuestraaltezacomo administradore governadordestosreynos,vesamosvuestrasrealesma-nos,y conoQiendocomo cono9emosel muy granddeseoquevuestraaltezasyenprehatenido y agoramásenteramentetieneel serviciode Dyos, y al bien y pro común,y paz, y sosyegoy ennoble9imientosdestosreygnos,e a la honrade los súbditosenaturalesdelios, omilmentele suplicamossyenpretengaen la memoriacon quantotrabajoy afruentade su realpersona,y con quantosvenQimiento de guerrasy bata-llas pa9ificó estosreygnosy los pusoen sosyegoy en tanenteraordendejustigia ytranquilidad,sosegandolos pueblose segurandolos caminos,ordenandola manerade vivir en los tratos,aumentandoel patrimonioreal y ensal9andola fee, y el servi~iode Dyos y su honrapor tal maneraquebyen se podríadeziraverlosganadopor supersona.

Y asymesmo,mire y pyensela fee, amory lealtadcon queestos reygnosle re9i-bieron y han servido, lo qual en ellos syenpreterná, porquequandoen estomiraremuchomás le cre9erála voluntada los conservaren estapaz,e sosyegoe buenago-verna9ione administragión,la qual por manode vuestraaltezatienenestosreynospor muy segura,e asy su yugo le es suabey, porqueasy con todareveren~ia,fideli-dad e subge9ión,ovydien~iae lealtadlos vasallos,e súbditose naturalessontenudose obligadosa servir, temer,e amar,honrar,e ovedeqere guardara su reye senorna-tural, asy como aquélque tienenlugarde Dyos en la tierra y es puestopor cabe9aeseñordelIos. Asy el rey, o prin9ipe o qualesquiersoberanoseñorque tal lugartienees tenudo,segúndDyos, rasónde remediarlas fatigasde sussúbditose desagraviar-los, y porquede vuestraaltezatenemoscono9ido por quanójustatieneestaobliga-~ióny sabemosquesu cora~ónes en la manodeDyos,e susobrasguiadaspor el Es-píritu Santo,y quesyjustopidiéremosnosseráotorgado,y nuestraspeticionesconamore beninidadre9ibidas,acordamospedir e suplicara vuestraaltezamandepro-veer e remedyaren algunascosasquenospare~eserconpliderasa servi9iode Dyosy de vuetraalteza,y byendestosreynos,quesonéstas:

~> Las peticiones carecende respuesta.

42 Juan AL Carretero Zamora

[1] Primeramente,la premáticadelas mulasesmuchodapnodela saludde losonbresy diminuciónde sus vydas,es muy grand costade sus hasyendas,es muygrandynpedymientopara los tratos del reyno e paralos aposentamientos,e muchoperjuisio para los mesmoscavallos,e parael provechoe uso delIos quandodelIosparala guerraoviesene9esidad,y fue desnobleqimientodestosreynosy no prove-cho, e cosade las que se puedenpensartraemosa la memoriade vuestraaltezaquantossona estacabsamuertos,representámoslela hedaddelos viejos,la diferen-~ia de los ávitose manerasde vivir, y omilímentele suplicamoslo mandeproveereremediarcomo a servi9io de Dyos y de vuestraalteza,y bien y honradestosreynosentiendaqueconviene.

[2] Otrosy muy poderososeñor, la premáticadel pan, que aunquefue fechacon muy recta,y buenay santaynten~iónlaespyrien~iahamostradoalgunosyncon-benientes,espe9ialmenteparalos lugaresnaturalementeestérilese de acarreo,dondeentodoserygual a los otros pare9emuy claro el peijuysio quere9iben,puesde ba-ratodello no puedengozarno lo avyendo.A vuestraaltezasuplicamoslomandepro-veere remedyarcomo a servigio de Dyos y de vuestraalteza,y byendestosreynosconvenga,y como los pueblos no muerande hambrepor el ynpedimientode lapremática.

[3] Otrosymuy exgelentereye señor,humilímentesuplicamosa vuestraaltezamandeque de aquí adelanteno se puedadarni de licenciapara que se saquepanfueradestosreynospor la mar ni por la tierra, porquede aversedado las dichasIi-gengiasha venido y vyenemuchodapnoe perjuysio a estos.reynos.

[4] Otrosymuy alto e muy poderososeñor,la premáticae ordenangadelos es-crivanosdel reyno, en quantopor un capítulomandaquese asyententodaslas escri-turas a la letray las parteslas firmen, fue muyjusta,y santa,y buenay escusamu-chassospechasde falsedad,perotieneun ynconbenientequees muy grandeparalostratosdestosreynos,quea estacabsaseynpydey enbaraganmuchascontratagioneso se fasen por conosgimientosy escriturasprivadaspor la dilagión queen el asentarenel registroay, de lo qual por no ayerpasadoantelescrivanopúblico subgedenmu-cho plitos y debates,de maneraquehaseyendoparaescusarlosse cabsaron;el qualynconbenientevuestraaltezapuederemediarmandandoque en las contratagionesque se hizierenno se asyentemásde la sustangiade la verdadde aquélloque es lavoluntadde las partes,y quetodaslas otras clábsulas,e solenidades,e renungiagio-nes,e submigionese derogagionesqueparala fuergade la tal contratagiónpares-giereque de derechoheramenester,seanavidaspor supuestoa lo que se otorgó porlas partesseguarde,e secunplacomosytodasestuvyesenpuestasa la letray las par-tes oviesenotorgadoy fuesendellasgertiflcadas,porquemuyjustoes quequandoal-gunapersonaalgo otorgasepaque lo ha de cumplir syn enbargode quantascabila-cionesse puedanpensar.Y asy remediadoesto,harávuestraaltezaotromayorbyena estos reynosqueescusaráne quitaráocasyónde ynfinito númerode plitos que semuebencadadía sobrelas escriturasquese otorgan, sy tovieren fuergasO no, sytiene aparejadaesecugióno no, y tornaráestos reynosa la verdad antigua,dondecomoheramenorlamaligia fazíanmuybreveslas escrituras,y conplíanlasmásente-ramenteque las largasde agora.

[51 Otrosy muy poderososeñor,estos reynosy los naturalesdelios resgibenmuchafatiga congrandesplitos queay entreellos sobrecasosque enderechono sehallan determinados,y sobredubdasque ay en las leyes del fuero y en el entendi-mientode algunasdellas; y sabemosque vuestraaltezacon el zelo que al byendes-

Algunas consideraciones sobre las Actas de las Cortes... 43

tos reynostienehamandadoplaticary proveeren ello. Suplicamosa vuestraaltezamandequenosmuestrenlo quesobreello estáplatycadoy acordado,porquesyalgomásovieraqueproveerlo supliquemosy pidamos,y vuestraaltezalo remedie.

[6] Otrosy muy poderososeñor,en todaslas 9ibdadesasydel reynolos corre-gidores tienenla cárcely llevan los derechosdellas,de lo qual estosreynosles pa-res9eres~ibenalgúnddapno,porquemuchosynjustamentey otrospor cosasmuyli-bianassonpresosa fin de ayer la justicia los derechosde los car9elajes,y esto enalgunoslugaresandatan desordenadoque los pueblosres9ibenmuchafatiga, de loqual vuestraaltezaes deservidoy podríaremediarmandandoque la qibdadestovie-sen la cárcel, y pusiesencar9elerosy diesenfian9asllanadase abonadaspara laguardade los presos,y quepor los derechosde la cárcelquelos corregidoreslleva-van les diesenalguanascuantías.Que vuestraaltezamandasesegúndla calidaddellugar, o la ~ibdadllevaselosderechos,o mandandoqueno se pasaseningúndcar9e-laje,e las 9ibdadespusyesencar9elerosalariadoo comomejore vuestraaltezale pa-re9ierepor maneraqueqeseesteagravio.

[~1 Otrosy muy poderososeñor,en la ley de Ordenamientode Toledo mandaque quando la condenaciónsyn las costasfuere de tres mill maravedíso dendeavaxo, seaparael conQejode las 9ibdadese villas, nas~emuchasvezesdubdapor-que algunosjuezesse ponena desyrque aquellaley se entiendesolamenteen lascondepna9ionesque se hasenen las cabsas9iviles, pero sy la tal condena9ióndes-9iendedel delito o deotra cabsaquepor algúndrespetose digapenalo criminal, queno ha lugar. De maneraqueen las cabsasdestacalidad, quandolas condenaqionesson de tres mill avaxo, muchospobresres9ivendapno, porquecomo seguirlo anteotrasuperiorfueradela gibdadles serámáscostaque la condepnaqión,no osanpo-nerseen ello. Suplicamosa vuestraaltezalo mandedeclararmandandoque la dichaley se entiendaa la letrasyn faserdyferen9iade dondedes9iendela condepnaqión.

[81 Otrosymuypoderososeñor,la 9ibdadesdel Andalucíadanunapeti9iónso-bre la esen9iónde los ydalgosla mer9edque~ercadello vuestraaltezale hiziereto-das.Re9ibymose suplicamosseanproveydoe remediados.

[9] Otrosy muy poderososeñor,ya vuestraaltezapor esperienqiahaconos9idolas mudanQase hemiendasque cadadya sedana las premáticasqueenestosreynosde pocoacáse an acostumbradofaser,conlas qualeslos pueblosse tienenpor muyoprimidos;y pro9edede fasersynllamary oyr los procuradoresdel reyno,porquesyparaello fuesenllamadosy oydos,con mayordelibera9ión,vistos todoslos ynconve-nientesy la diversydadde las tierra y provinqias,segúndlas qualespermite diversaley, vuestraaltezapodríaproveery mandarcomo conveníaal byen de lospueblose9esaríanlas mudan9as,y enmiendase reboca9ionesqueen ellas sefasen,porquean-tes quesefisyesenseplaticaríanlos ynconbinientesque agora,despuésde echas,pa-res9en,y vuestraaltezaguardaríaa estosreynossu costunbree posesyónque los re-yes antepasadosde gloriosamemoriales guardaronen ser llamadosparafaserleyesgenerales,puesle quedamuy enteray libre su preheminenviarealde podermandarlo queseasu servi9io,e quesu voluntadseaavidapor ley. Omillante avuestraaltezasuplicamosquieraadelante,quandolas talespremáticaso leyesgeneralesseovierende faser,mandarllamar los procuradoresdel reynoe oyrlos, porquemiradoslos yn-conhenientesmejor se provea.

[10] Otrosy muypoderososeñor,ya vuestraaltezasabeque tantoquantoes demayore9elengiael ánimaqueel cuerpo,tantoquelas ánimastocasonlosreyese su-perioresobligados a proveery remediarcon mayorvigilancia quea lo temporal. Y

44 Juan M. Carretero Zamora

creemos,muy poderososeñor,quepor nuestrasculpasDyos nuestroseñorhadadoen estosreynostantosaños estérilesy en muchaspartesenfermedades,y unade lasprincipalescabsaspuedeserporquehallarávuestraaltezaquecasyentodoslospue-blos la mayorparteestándescomulgados,y pro9edequea cabsaque losjuezesecle-siásticosno estimandoel pre9iotangrandequeel ánimacostó,quefuera la sangredenuestroredentory salvadorIhesuChristo,por cosasmuylivyanasdancartasgenera-les y pro9edenfastaanatemar,asy comocontraqualesquierpersonaque entrana co-gerfruta o pasanporuna tierrao pradoe entrana paqer;y por cosastanlivianas y detan pocobalor, qualesquierfiel christianolo deberlaantesquererpagarqueoyr leerunacarta,quantomásdarlani pedirla.Ló qualsy vuestraaltezaprocuraseremedyaro por conformidadque con los perladosdestosreynostomase,o suplicandosobreello al nuestromuysantopadre,haríamuyseñaladoservi9io a Dyos e grandbyenaestosreynos,porquelas talpsánimasquenuestroseñorcrió y por su preQiosamuertey pasyónredimió parasu gloria, por tan humanascosasy detan pocovalor no fue-sencondepnadasa losynfiernos.

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1510, 2 de agosto.Zamora.

Cuadernode peticionesde la ciudadde Zamora

AGS, Patronato Real, leg. 69, expte.46.

Lo quevos Alonso Ordóñezde Villaquerán,regidordesta9ibdadde 4amora,eLuys Calderón, nuestrosprocuradoresde Cortes,avéysde enumerarcon los otrosprocuradoresdel reyno,e paralo suplicara susaltesasennonbredel reyno, es lo sy-guiente:

[1] Quelas gentesdelas guardasdesusaltesasestánaposentadospor los luga-resdel reyno,y demásde otros agraviosquelos vezinosdellosregibenentenerlosensuscasas,ladichagentecomogastaa costade los labradoresy les repartendineros,y 9evaday trigo y les tomanpajay otrascosassyngelopagar.Y algunosre~ibendi-nerosde los labradoresporqueno entrenen suscasasa posar,y llevan delos con9e-jos dinerosy otrascosasporqueno sevayana aposentara ellos, y se fasenotrosmu-chosagravios.Ló qual se faseno enbarganteque su altesatieneproveydoqueno lesdennadafiado ni repartansobrelos dichos labradores,de quese syguemuchodañoen todoel reyno,espegialmentea los labradoresquepaganotrosmuchospechosrea-les e con9ejiles.Suplicarque se proveapor maneraqueno se fagan los dichos agra-vios e synrrazones,porqueen cobrar los labradoreslas libran9asque les dan de loqueles toman la gentefiado gastane pierdenla mitad dellas.

[Respuesta:] Sobrecartade la cartaque estádada.[2] Asymismo,avéysde faserrela9ión que en estos reynosvale tanto el cal-

9adoquecon muchotrabajola gentelo puedecomprar;y destoes muchacabsacon-sentyrsu altesaque los cuerosse saquenfueradestosreynos.Suplicarquemandesualtesaproveeren ello, y que los cuerose curtidosnosse saquendel reyno, y traer lapremáticaquedise que ay fechasobreel valordel cal9ado;y sy no la ay, suplicarasp altesaque se mandefasertasaconforme a justi9ia,o mandendar liqenqia a las9ibdadespara que sobrello fagan ordenan9ascomo vieren que cumple al biendellas.

Algunas consideraciones sobre las Actas de las Cortes... 45

[Respuesta:) Al corregidorque proveaenlo del cal9adojuntamenteconel regi-mientocomo viere queconviene, aviendoconsidera9iónal valor de la [1.

[3] Ynformareysa su altesade la desordenque ay en el vestyren estosreynosde quesyguendiversosynconvenientes,espe~ialmentequese gastatantaseda,y portantaspersonasy tan ex9esivamenteque los reynosy naturalesdé!se destruyen,por-que todolo quetienenechanen unaropa,y muchosmása estacabsadexande yr ala cortea sus nego9ios.Suplicaréysa su altesamandelimitar el gastarde la dichaseda,por maneraque no ayaenellos la desorderquefastaaquíha avido, porquesussúditose naturaleslo puedansufryr.

[Respuesta:] Consulta.Acordoseen el consystoriode la dichaQibdad,en dosdíasde agostode quinien-

tos a dies años,antesde mí AntoniodeLedesma,escribanodel congejodella.Anto-nio de Ledesma.