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7/24/2019 Algo de Teoria
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Potestad Tributaria del Estado
Villegas (2002), define la potestad tributaria como la facultad que tiene el
Estado de crear, modificar o suprimir unilateralmente tributos. La creacinobliga al pago porlas personas sometidas a competencia.
!or consiguiente, la potestad tributaria es considerada de supremac"a, esto
quiere decir que #a$ un ente que se coloca en plano superior, $ frente a %l un
plano de indi&iduos en el plano inferior. !or otro lado se considera de su'ecin,
puesto que no se rigen por deberes concretos correlati&os a la potestad
tributaria.
e lo antes epuesto, se puede decir que el despliegue de la potestad tributaria
significa emanaacion de normas 'ur"dicas las cuales institu$en lascontribuciones obligatorias denominadas tributos que en t%rminos 'ur"dicos
significa, poder, 'urisdiccin, dominio, mando, facultad, autoridad, imperio $
atribucin.
Tipos de Potestad Tributaria.
*eg+n o$a(200-), la potestad tributaria puede ser
a) La potestad tributaria originaria Es emanada de la naturale/a $ de laesencia misma del estado, $ en forma inmediata $ directa de las
constitucin de la epublica.b) La potestad tributaria deri&ada es la facultad de imposicin que tiene el
unicipal o Estadal para crear tributos mediante deri&acin, en &irtud de
una le$ que no emana en forma directa e inmediatamente de la
constitucin de la rep+blica.
!ara el estado poder cumplir sus propios fines debe estar dotado del poder
que le permita de manera coacti&a sustraer recursos de todos los sectores
de la econom"a que sean necesarios para la reali/acin de sus fines. eigual forma la potestad tributaria es limitada por la constitucin nacional esta
regida por los principios constitucionales.
Sistema Tributario Venezolano
El *istema 1ributario en Vene/uela tiene come ob'eto primordial &igilar el
con'unto de tributos que constitu$en la estructura tributaria del !ais, para ellose dise un sistema que coad$u&ara a la moderni/acin de las finan/as
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p+blicas, basado en un legado que permita contrelar, &igilar $ administrar los
ingresos obtenidos por los tributos. e acuerdo a Villegas (2002) define a3
sistema tributario como el con'unto de tributes que establece un pa"s en una
determinada %poca.
En efecto, el Estado &ene/olano como medida de control de les tributos crea un
organismo con la misin de coordinar, controlar, resguardar, fiscali/ar $
determinar los tributos eistentes en la nacin, asimismo, se generan ciertas
limitaciones por las que est% regida la 4dministracin 1ributaria &ene/olana
*eg+n Villegas (2002) el sistema tributario est5 limitado espacial $
temporalmente
Limitacin Espacial El sistema tributario debe estudiarse en relacin a un pa"sconcreto. !ueden eistir sistemas tributarios seme'antes en &arios pa"ses, pero
siempre eisten peculiaridades nacionales. 6ada con'unto de tributos es el
resultado de las instituciones 'uridicas $ pol"ticas de un !ais, de su estructura
social, de la magnitud de sus recursos, de la forma de distribucin de ingresos,
de su sistema econmico.
Lo anterior permite #acer comparaciones con los sistemas tributarios de otros
pa"ses $ establecer diferencias.
La Limitacin 1emporal segun el mismo autor refiere a que ebe limitarse elestudio de un sistema tributario a una %poca circunscripta. La e&olucin social $
econmica general necesita la adecuacin de las normas legales.
e esta limitacin se puede decir, que las normas tributaras est5n
contantemente cambio $ se caracteri/an por su &ariabilidad, multiplicidad e
inestabilidad, se a'ustan a las necesidades socio7econmicas del pa"s.
Lo epuesto anteriormente, es lo que induce al Estado a la implementacin de
los principios que regulen el sistema tributario del pa"s.
Principios Tributarios Constitucionales
El sistema tributario en Vene/uela, se rige por nue&e (-) principios
6onstitucionales, los cuales se mencionaran a continuacin
l. !rincipio de legalidad conocido tambi%n como principio de reser&a legal de la
tributacin, se fundamenta en controlar los posibles abusos de laadministracin p+blica en contra de los administrados, la eigencia de los
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tributos lo emana el Estado en &irtud de su poder de imperio. Este principio
esta consagrado en el art"culo 89: de la 6onstitucin de la ep+blica
;oli&ariana de Vene/uela (200-) no podr5n cobrarse impuestos, tasas, ni
contribuciones que no est%n establecidos en la le$..., asimismo el 6digo
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?. !rincipio de la 'usticia tributaria se fundamenta en que un tributo es 'usto a
medida que gra&e a todos con igual intensidad El art"culo 89? de la 6arta
agna #ace referencia a la responsabilidad que tiene el sistema tributario de
!rocurar la 'usta distribucin de las cargas p+blicas de acuerdo a la capacidad
econmica del responsable o contribu$ente pero respetando el principio de
progresi&idad, as" como la proteccin de la econom"a nacional $ la ele&acin
del ni&el de &ida de la poblacinB para ello se sustentara en un sistema eficiente
para la recaudacin de los tributos.
:. principio de la no7 retroacti&idad se refiere a que ninguna norma podr5
aplicarse con car5cter retroacti&o, sal&o que fa&ore/ca al infractor.
=. !ro#ibicin de impuesto pagadero en ser&icio personal el articulo 89: de la
constitucin de la republica boli&ariana de Vene/uela ace mencin a los
derec#os indi&iduales de la persona f"sica $ como es lgico no necesita de
ma$or eplicacin.
-. Eigencia de un t%rmino para que pueda aplicarse la le$ tributaria significa
que 1oda le$ debe fi'ar un tiempo para su entrada en &igencia. e no #aberlo
fi'ado el lesgislador se entender5 que entrara en &igencia a los ?0 dias
continuos de su publicacin en la gaceta oficial de la republica boli&arinaa de
Vene/uela.
Factura
4ndersen7Espaa (9---) define la factura como un documento tributario
decompra $ &enta que registra la transaccin comercial obligatoria $ aceptada
por Le$,este comprobante es el que acredita la transferencia de bienes, la
entrega en uso o la prestacin de un determinado ser&icio.
e acuerdo a los lineamientos dictados por la 4dministracin 1ributaria
esobligatorio la emisin de un documento que le permita obtener de forma f5cil
$ segura la prueba de las operaciones comerciales efectuadas, que les permita
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determinar los cr%ditos $ d%bitos fiscales deri&ados del Cmpuesto al Valor
4gregado, asimismo, la factura es indispensable para el comprador o usuario
quien debe sustentar los gastos $ costos para efecto tributario.
esde el punto de &ista 'ur"dico, la factura representa el +nico documento
&5lido que compruebe la eistencia o &alide/ de un acto de car5cter 'ur"dico,
puede ser que el documento no sea necesario para adquirir &5lidamente un
derec#o, pero si para e'ercitarlo, es decir, es de gran utilidad puesto que facilita
el cumplimiento de una obligacin.
En efecto, el articulo A> de la Le$ del CV4 (200=) establece
Los contribu$entes a que se refiere el articulo A de esta Le$ est5n obligados a
emitir facturas por sus &entas, por la prestacin de ser&icios $ por las dem5s
operaciones gra&adas. En ellas deber5 indicarse en partida separada el
impuesto que autori/a esta Le$.
Las facturas podr5n ser sustituidas por otros documentos en los casos que
as" lo autorice la 4dministracin 1ributaria...
esde un punto de &ista fiscal, la factura constitu$e el documento idneo pues
permite gra&ar determinadas operaciones comerciales e intercambios de
bienes $ ser&icios de gran concurrencia, su contenido es m5s fiel que cualquier
otro documento pri&ado, cuando eDsta es clara, aut%ntica, eacta $ re+ne todos
los requisitos proclamados por la le$ necesarios para otorgarle pleno &alor a su
contenido. Es importante destacar, que la &alide/ de una factura depender5 en
gran medida del cumplimiento de las normas sobre facturacin, su eficacia
probatoria pro&iene de los contribu$entes $ de #aber &erificado su legitimidad oautenticidad por el funcionario fiscali/ador durante el procedimiento de
determinacin de oficio.
entro de este conteto, la 4dministracin 1ributaria implementa en las normas
generales para la emisin de facturas u otros documentos mediante el uso de
m5quinas fiscales, estos lineamientos obligan al contribu$ente a emitir facturas,
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Tipos de Facturas
La 4dministracin 1ributaria estipula tres (8) tipos de facturas o documentos
que se pueden emitir para soportar las transacciones reali/adas
l. orma manual utili/ando para ello un formato preestablecido, que cumpla
con los requerimientos eigidos en la Le$, fabricados por imprentas autori/adas
por el *EFC41
2. orma Libre es elaborada por medios electrnicos.
8. acturas emitidas por m5quinas fiscales mediante el uso de una
registradora fiscal, cada una debe cumplir con los deberes eigidos por las
normas establecidas.
Servicio Nacional Integrado de Administracin Tributaria
El *er&icio Facional Cntegrado de 4dministracin 4duanera $ 1ributaria
(*EFC41) fue creado el 90 de 4gosto de G--> a consecuencia del deterioro de
las finan/as p+blicas del pais, para ese entonces era necesario un organismo
que controlara el sistema tributario de la Facin, en tal sentido el *EFC41 como
ente rector de e'ecucin de la administracin tributaria nacional de Hacienda se
encarga de controlar, dirigir $ &igilar, el sistema tributario en el pais, potestad
dada por el E'ecuti&o Facional con la intencin de me'orar los ni&eles de
recaudacin de los tributos nacionales mediante el establecimiento de una
administracin tributaria $ aduanera integral, moderna $ transparente.
Proceso de Vericacin! Fiscalizacin " #eterminacin del SENIAT
El 6digo
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b7 Verificar el cumplimiento de los deberes formales e imponer sanciones
que #ubiere lugar.
c7 Verificacin de los deberes formales de los agentes de retencin $
percepcin de tributos, puede #acerse en la sede del *EFC41 o del
establecimiento del contribu$ente con pre&ia autori/acin emanada por la4dministracin 1ributaria.
En cuanto a la fiscali/acin $ determinacin la 4dministracin 1ributaria
aplicar5 el procedimiento pre&isto en los articulos 9:: al 9=: del 6digo