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“Por Nuestra Tierra, por Nuestra Gente” Alcaldía Municipal de San Vicente de Chucuri Secretaría De Desarrollo Social Y Comunitario Manual de Procedimientos PROCEDIMIENTO PARA EL SEGUIMIENTO, CONTROL Y LIQUIDACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DEL PLAN OBLIGATORIO EN SALUD SUBSIDIADA SDSC.S.01.01 Participantes del Procedimiento: A.R.S., Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo social Comunitario y, Despacho del Secretario de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario. Responsable del Procedimiento: El Secretario de Despacho y el área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario. Descripción del Procedimiento: 1. Previamente el área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario programa y realiza la capacitación a la Administradora de Régimen Subsidiado, A.R.S. 2. La A.R.S. elabora y presenta el plan de promoción y prevención del Plan Obligatorio de Salud al área de Salud, en donde se verifica la información. Si el plan presenta inconsistencias, el área de Salud informa y devuelve a la Administradora de Régimen Subsidiado, A.R.S., para que realice los ajustes (incluidos a los contratos) y presente nuevamente. Si el plan no presenta inconsistencias, el área de Salud comunica a la A.R.S. la aceptación del plan de promoción. La A.R.S. ejecuta las acciones y presenta informes trimestrales al área de Salud, en donde se programan visitas técnicas para verificar la información. 3. El área de Salud realiza las visitas y elabora un informe, el cual remite al Secretario de Despacho, quien firma y lo remite a la Administradora de Régimen Subsidiado. Observaciones: Plan Obligatorio de Salud Subsidiado P.O.S.: Es el conjunto de servicios de salud para las personas más vulnerables, que incluye acciones de promoción y prevención, crecimiento y desarrollo, atención hospitalaria, atención a la madre gestante, al menor de un (1) año y atención para enfermedades de alto costo y rehabilitación. Los resultados del proceso evaluativo se utilizarán especialmente, para prestar asesoría y asistencia técnica, requeridas para la prestación de los servicios de salud, en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Base Legal: Resolución 03997 de 1996. Por la cual se establecen las actividades y los procedimientos para el desarrollo de las acciones de promoción y prevención en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (S.G.S.S.S).

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“Por Nuestra Tierra, por Nuestra Gente”

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA EL SEGUIMIENTO, CONTROL Y LIQUIDACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DEL

PLAN OBLIGATORIO EN SALUD SUBSIDIADA SDSC.S.01.01

Participantes del Procedimiento: A.R.S., Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo social Comunitario y, Despacho del Secretario de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario. Responsable del Procedimiento: El Secretario de Despacho y el área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario.

Descripción del Procedimiento: 1. Previamente el área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario programa y

realiza la capacitación a la Administradora de Régimen Subsidiado, A.R.S. 2. La A.R.S. elabora y presenta el plan de promoción y prevención del Plan Obligatorio de

Salud al área de Salud, en donde se verifica la información. Si el plan presenta inconsistencias, el área de Salud informa y devuelve a la Administradora de Régimen Subsidiado, A.R.S., para que realice los ajustes (incluidos a los contratos) y presente nuevamente. Si el plan no presenta inconsistencias, el área de Salud comunica a la A.R.S. la aceptación del plan de promoción. La A.R.S. ejecuta las acciones y presenta informes trimestrales al área de Salud, en donde se programan visitas técnicas para verificar la información.

3. El área de Salud realiza las visitas y elabora un informe, el cual remite al Secretario de Despacho, quien firma y lo remite a la Administradora de Régimen Subsidiado.

Observaciones:

Plan Obligatorio de Salud Subsidiado P.O.S.: Es el conjunto de servicios de salud para las

personas más vulnerables, que incluye acciones de promoción y prevención, crecimiento y desarrollo, atención hospitalaria, atención a la madre gestante, al menor de un (1) año y atención para enfermedades de alto costo y rehabilitación.

Los resultados del proceso evaluativo se utilizarán especialmente, para prestar asesoría y asistencia técnica, requeridas para la prestación de los servicios de salud, en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Base Legal:

Resolución 03997 de 1996. Por la cual se establecen las actividades y los procedimientos para el desarrollo de las acciones de promoción y prevención en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (S.G.S.S.S).

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA EL SEGUIMIENTO, CONTROL Y LIQUIDACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DEL

PLAN OBLIGATORIO EN SALUD SUBSIDIADA SDSC.S.01.01

Circular Externa No. 22 de 1996 de la Superintendencia Nacional de Salud. Sobre

competencia del nivel departamental en la inspección, vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Circular Externa Conjunta 018-074 de 1998 de la Superintendencia Nacional de Salud. Sobre instrucciones del acuerdo 77 de 1997 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.

Las demás normas que expidan, modifiquen, sustituyan ó adicionen los organismos de dirección del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Medidas de control:

El Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario verifica que el POS-S, sea diseñado de acuerdo con los siguientes criterios: • Que responda al perfil epidemiológico de su población afiliada. • Que sean acciones complementarias de los demás planes de beneficio. • Que sean actividades que contribuyan efectivamente a evitar la aparición de

enfermedades específicas en grupos de alto riesgo al diagnóstico precoz y/o tratamiento. El Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario mantiene un expediente

con información relacionada con el seguimiento y control del plan obligatorio de salud en promoción y prevención.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN DE ATENCIÓN BÁSICA (PAB)

SDSC.S.01.02

Participantes del Procedimiento: Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, Secretaría de Planeación e Infraestructura y Secretaría de Salud Departamental. Responsable del Procedimiento: Secretario de Despacho y El Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario.

Descripción del Procedimiento: 1. El área de Salud elabora el diagnóstico epidemiológico, estudia, analiza y prioriza problemas

en concertación con la comunidad. Posteriormente, elabora el Plan de Atención Básica (PAB) y lo presenta al Secretario de Despacho.

2. El Secretario de Despacho estudia y analiza el PAB. Si no está de acuerdo, presenta sugerencias y devuelve al área de salud, donde se realizan las correcciones respectivas. Si el Secretario de Despacho está de acuerdo con el Plan, presenta los proyectos que forman parte del PAB a la Secretaría de Planeación e Infraestructura, donde se inicia el procedimiento para la radicación y registro en el Banco de Programas y Proyectos.

3. Una vez recibido el registro de los proyectos que forman parte del PAB, el área de Salud remite el PAB a la Secretaría de Salud Departamental. A continuación, socializa el proyecto con la comunidad, convoca a los veedores comunitarios y ejecuta las acciones directamente o por contratación.

4. Posteriormente, el área de Salud asigna un funcionario por contrato para realizar el seguimiento y control. El funcionario elabora y presenta informes al funcionario responsable del área de Salud, quien analiza la información.

Base Legal:

Ley 100 de 1993. Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones.

Ley 60 de 1993. Por la cual se establecen las competencias y los recursos para los sectores. Decreto 1938 de 1994. Por el cual se reglamenta el plan de beneficios en el Sistema

Nacional de Seguridad Social en Salud, de acuerdo con las recomendaciones del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, contenidas en el acuerdo 008 de 1994.

Resolución 04288 de 1996. Por la cual se define el Plan de Atención Básica (P.A.B.) del Sistema General de Seguridad Social en Salud (S.G.S.S.S) y se dictan otras disposiciones.

Las demás normas que para el efecto expidan, modifiquen, sustituyan ó adicionen los organismos de dirección del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN DE ATENCIÓN BÁSICA (PAB)

SDSC.S.01.02

Medidas de control:

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario presenta informes trimestrales, de la ejecución de actividades del Plan de Atención Básica (P.A.B) al Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario.

Las actividades externas (contratadas) son vigiladas directamente por el funcionario responsable del área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario.

El área de Salud realiza seguimiento a los contratos realizados para la ejecución del Plan. El área de Salud mantiene un expediente con la información relacionada con la elaboración

y seguimiento del Plan de Atención Básica.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA RECOLECCIÓN, PROCESAMIENTO, ANÁLISIS Y ENVÍO DE INFORMACIÓN DE SALUD

SDSC.S.01.03

Participantes del Procedimiento: Área de Salud, el Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, Entidades Externas y Secretaría de Salud Departamental. Responsable del Procedimiento: Secretario de Despacho y El Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario.

Descripción del Procedimiento: 1. El área de Salud elabora el kardex de las instituciones con base en el Censo.

Posteriormente, solicita información a las Entidades Externas por medio de una comunicación. Si la Entidad Externa no envía la información correspondiente, el área de Salud solicita nuevamente la información.

2. Si la Entidad Externa envia la información solicitada al área de Salud, éste revisa la información. Si existen inconsistencias en la información, se devuelve a la Entidad Externa para que corrija y presente nuevamente.

3. Una vez recopilada toda la información, el área de Salud la analiza, elabora indicadores, tablas, descripción de resultados y finalmente elabora el informe respectivo en original y copia, el Secretario de Despacho revisa y firma, se archiva original y envía la copia del informe a la Secretaría de Salud Departamental.

Observaciones del Procedimiento:

La información recolectada se usa para la construcción de perfiles epidemiológicos. La información se solicita mensualmente. Son Entidades Externas:

- Entidades Promotoras de Salud. - Instituciones Prestadoras de Salud. - Administradoras de Régimen Subsidiado. - Empresas Sociales del Estado.

Todos los informes son almacenados en medios magnéticos o en folderes.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA LA INTERVENTORÍA DE CONTRATOS DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO, SUSCRITOS

ENTRE ENTIDADES TERRITORIALES Y ARS SDSC.S.01.04

Participantes del Procedimiento: Área de Salud, Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario y, Administradora del Régimen Subsidiado. Responsable del Procedimiento: El Secretario de Despacho y área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario.

Descripción del Procedimiento: 1. El funcionario responsable del área en Salud de la Secretaría de Desarrollo Social

Comunitario elabora la programación de la vigilancia y control a las administradoras de régimen subsidiado. El área de Salud realiza la inspección y elabora un acta de visita, la cual es firmada por el representante de la ARS.

2. Si en el momento de la inspección se encuentran inconsistencias, se formula las recomendaciones en el acta, para que la ARS desarrolle y presente un plan de cumplimiento. Si no existen inconsistencias, se archiva el acta en el expediente de la ARS.

3. Si se formuló el plan de cumplimiento, el área de salud realiza nueva inspección. Si encuentra anomalías, informa a las autoridades competentes, quienes realizan el proceso sancionatorio conforme a la ley. Si no encuentran inconsistencias se archiva el acta en el expediente de la ARS.

Observaciones del Procedimiento:

La vigilancia y control de la ARS la realiza el área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario teniendo en cuenta los siguientes aspectos: - Garantía del acceso a los servicios de salud antes de la carnetización. - Carnetización. - Red de prestadores de servicios de salud y los pagos correspondientes. - Sistema de referencia y contrareferencia. - Sistema de atención e información al usuario. - Póliza de alto costo. - Medición de la satisfacción al usuario. - Verificación del gasto mínimo en promoción y prevención. - Pagos de las entidades territoriales a las administradoras de régimen subsidiado. - Pagos de la ARS a la Red Prestadora de Servicios.

Si al realizar la inspección, existen inconsistencias o anomalías, se formula las recomendaciones para que la entidad desarrolle un plan de cumplimiento.

Al realizar la inspección, se analiza si se requiere tomar medidas inmediatas.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA LA INTERVENTORÍA DE CONTRATOS DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO, SUSCRITOS

ENTRE ENTIDADES TERRITORIALES Y ARS SDSC.S.01.04

Si el área de salud recomienda acciones y la entidad no las ejecuta, se procede a la

aplicación de la sanción por parte de la autoridad competente. Los resultados del proceso evaluativo se utilizarán especialmente para prestar asesoría y

asistencia técnica, requeridas para la prestación de los servicios de salud, en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

La Secretaría de Desarrollo Social Comunitario contrata un funcionario quien desarrolla este proceso.

Base Legal:

Decreto 0723 de 1997. Por el cual se dictan disposiciones que regulan algunos aspectos de las relaciones entre las entidades territoriales, promotoras de salud y prestadoras de servicios de salud.

Circular Externa Conjunta 018- 074 de 1998. La cual proporciona instrucciones del Acuerdo 77 de 1997 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.

Las demás normas que para el efecto expidan, modifiquen, sustituyan ó adicionen los organismos de dirección del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Medidas de Control:

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario verifica el cumplimiento de las obligaciones en los términos indicados en la normatividad vigente.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA IDENTIFICACIÓN, SELECCIÓN Y AFILIACIÓN DE BENEFICIARIOS DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO

SDSC.S.01.05

Participantes del Procedimiento: Secretaría de Planeación e Infraestructura, Área de Salud y Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, Secretaría General y de Gobierno Entidades Externas y el Interesado. Responsable del Procedimiento: Secretario de Despacho y Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario. Descripción del Procedimiento: 1. La Secretaría de Planeación e Infraestructura envía la información del SISBEN al área de

Salud de la Secretaría de desarrollo Social Comunitario. Allí se identifican las personas por grupos, se registra la información y se genera los potenciales beneficiarios. El área de Salud realiza el cruce de información con las personas afiliadas y genera un listado de priorizados.

2. El área de Salud publica la lista de beneficiarios priorizados por zonas, contacta los medios masivos de información y organiza el evento para la afiliación.

3. Las personas interesadas asisten al evento y suministran los datos personales a las Entidades Externas, en donde se verifica la información. Si la información no es correcta, la Entidad Externa informa sobre los documentos faltantes para que el Interesado corrija y presente nuevamente. Si la información es correcta, la Entidad Externa autoriza la afiliación, llena y entrega la ficha al interesado, quien selecciona la ARS para afiliación y suministra la información correspondiente.

4. Las Entidades Externas diligencian el formulario de afiliación, registran la información y la envían al área Salud, en donde se verifica la información conforme a parámetros establecidos. Si la información no es correcta, se informa y devuelve a las Entidades Externas, las respectiva aclaraciones y correcciones.

5. Si la información es correcta, se confronta la información con el listado existente de contratos vigentes, realiza el cruce de información entre ARS y elimina duplicidades.

6. A continuación se determina las afiliaciones en ARS, genera un listado, firma el funcionario responsable y envía a la Entidad Externa.

7. La Entidad Externa registra la información y remite los documentos al área de Salud, quien solicita a la Secretaría General y de Gobierno la elaboración de contratos con la ARS.

Observaciones del Procedimiento:

El SISBEN, envía el registro de todas las personas que allí se inscriben. Durante la selección de los beneficiarios, se verifica el registro de los usuarios en

continuidad, es decir, aquellos que se encontraban en el sistema y posteriormente se

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA IDENTIFICACIÓN, SELECCIÓN Y AFILIACIÓN DE BENEFICIARIOS DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO

SDSC.S.01.05

verifica el registro de los nuevos beneficiarios que se encuentran registrados en el informe que envía el SISBEN.

El sistema de selección de beneficiarios se realiza teniendo en cuenta la población y el nivel al cual pertenecen: - Población Rural: Se otorga afiliación a ARS, a personas que se encuentren con puntajes

comprendidos entre (0-19) para el Nivel I y (20-30) para el Nivel II. - Población Urbana: Se otorga afiliación a ARS, a personas que se encuentren con

puntajes comprendidos entre (0-36) para el Nivel I y (37-47) para el Nivel II. En la selección de beneficiarios, se tienen en cuenta las siguientes prioridades:

- Mujeres en estado de embarazo y niños menores de 5 años. - Población con dificultades físicas, psíquicas y sensoriales. - Población de la tercera edad. - Mujer cabeza de familia. - Demás poblaciones pobres y vulnerables.

Existe una población especial, la cual está catalogada como prioritaria, y se incluyen a través de los listados emitidos por el cabildo.

Se consideran como priorizados, a las personas no afiliadas que cumplen con los niveles establecidos para pertenecer al régimen subsidiado.

El evento de afiliación se organiza en la fecha que se estipule a nivel Nacional. El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, hace entrega de los

formularios de inscripción debidamente sellados a las ARS y, una vez sean diligenciados y radicados, son devueltos dentro de los horarios de iniciación y finalización establecidos para tal fin.

Las ARS, realizan entrega de la base de datos de los beneficiarios afiliados, durante los cinco (5) días hábiles a la realización del evento.

Durante el evento de afiliación se encuentran presentes representantes de: - Personería. - Contraloría. - Defensoría del Pueblo. - Secretaría de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario - Área de Educación, Cultura y Turismo de la Secretaría de Desarrollo Social

Comunitario. - Veeduría Ciudadana.

Una vez elaborados los contratos y la base de datos de los afiliados, el área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, recopila cada uno de los contratos de las diferentes ARS y las presenta al Ministerio de Salud para que los revise y radique la información y autorice el giro de los recursos.

Cuando se autoricen los contratos, el área de salud, hace entrega de los mismos a cada uno de los representantes de las ARS, para que inicien la aplicación de las minutas.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA IDENTIFICACIÓN, SELECCIÓN Y AFILIACIÓN DE BENEFICIARIOS DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO

SDSC.S.01.05

Base Legal:

Ley 100 de 1993. Por la cual se reglamenta el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones.

Resolución 2390 de 1998. Por la cual se determinan los datos mínimos, las responsabilidades y los flujos de la información sobre afiliación en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Y demás acuerdos, circulares y documentos enviados por el Ministerio de Salud y autoridades competentes.

Medidas de control:

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario verifica que la información enviada por las ARS se encuentre bajo los parámetros establecidos en la Ley.

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario presenta un informe de gestión al Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, Ministerio de Salud, Secretaría de Salud Departamental y Entidades competentes que lo soliciten.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA CRUCE DE INFORMACIÓN RÉGIMEN SUBSIDIADO Y RÉGIMEN CONTRIBUTIVO

SDSC.S.01.06

Participantes del Procedimiento: El área de Salud y el Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario y las Entidades externas. Responsable del Procedimiento: El Secretario de Despacho y el área en Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario. Descripción del Procedimiento: 1. El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, solicita la base de datos

a las Entidades Externas. 2. Las Entidades Externas envían las novedades al área de Salud, en donde se registran las

novedades en el sistema y se realiza el cruce de información con la base de datos existente. 3. A continuación se genera el reporte de afiliados, de duplicidades y de cupos disponibles en

las ARS. 4. La Entidad Externa verifica la información, da visto bueno, registra la información y

reemplaza cupos. A continuación la Entidad Externa elabora una relación, firma el funcionario responsable y se remite al área de Salud de la Secretaría de Desarrollo social Comunitario.

Observaciones del Procedimiento:

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario solicita cada dos meses las novedades a las Entidades Externas.

Medidas de control:

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario verifica y confronta la información suministrada por las ARS y EPS y, realiza el cruce de la información del régimen subsidiado con ARS, y cruce de base de datos entre ARS y EPS.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA INFORMACIÓN, DIVULGACIÓN Y/O CAPACITACIÓN EN PARTICIPACIÓN SOCIAL

SDSC.S.01.07

Participantes del Procedimiento: Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario Responsable del Procedimiento: Secretario de Despacho y el área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario. Descripción del Procedimiento: 1. El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, elabora el proyecto y la

solicitud de presupuesto, y los envía al Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario. Allí se estudia la solicitud. Si no se aprueba, informa y devuelve los documentos, para que realice las respectivas modificaciones y presente nuevamente.

2. Si se aprueba el proyecto, el Secretario de Despacho da visto bueno a la solicitud de presupuesto y envía junto con el proyecto al área de Recursos Humanos, Físicos e Informáticos, para que realice el trámite de compra.

3. Posteriormente el área de Recursos Humanos, Físicos e Informáticos de la Secretaría General y de Gobierno, envía el pedido al área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, quien realiza la divulgación y/o capacitación, evalúa los resultados, elabora el informe de los mismos y lo archiva.

Observaciones del Procedimiento:

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, realiza la divulgación en

participación social a través de la entrega directa de material al usuario, entidades de salud y medios de comunicación.

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario brinda capacitación a los usuarios del régimen subsidiado, grupos comunitarios existentes e instituciones del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Formato Utilizado:

Asistencia a talleres.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA INFORMACIÓN, DIVULGACIÓN Y/O CAPACITACIÓN EN PARTICIPACIÓN SOCIAL

SDSC.S.01.07

Medidas de Control:

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, realiza vigilancia y control en participación social, a través de visitas a las instituciones, en la implementación de los mecanismos de participación social.

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social, realiza evaluación y seguimiento a los programas desarrollados en participación social.

El área de Salud de la Secretaría Desarrollo Social Comunitario, envía informe a la Alcaldía Municipal.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA INFORMACIÓN, DIVULGACIÓN Y/O CAPACITACIÓN EN PARTICIPACIÓN SOCIAL

SDSC.S.01.07

Participantes del Procedimiento: Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario Responsable del Procedimiento: Secretario de Despacho y el área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario. Descripción del Procedimiento: 1. El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, elabora el proyecto y la

solicitud de presupuesto, y los envía al Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario. Allí se estudia la solicitud. Si no se aprueba, informa y devuelve los documentos, para que realice las respectivas modificaciones y presente nuevamente.

2. Si se aprueba el proyecto, el Secretario de Despacho da visto bueno a la solicitud de presupuesto y envía junto con el proyecto al área de Recursos Humanos, Físicos e Informáticos, para que realice el trámite de compra.

3. Posteriormente el área de Recursos Humanos, Físicos e Informáticos de la Secretaría General y de Gobierno, envía el pedido al área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, quien realiza la divulgación y/o capacitación, evalúa los resultados, elabora el informe de los mismos y lo archiva.

Observaciones del Procedimiento:

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, realiza la divulgación en

participación social a través de la entrega directa de material al usuario, entidades de salud y medios de comunicación.

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario brinda capacitación a los usuarios del régimen subsidiado, grupos comunitarios existentes e instituciones del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Formato Utilizado:

Asistencia a talleres.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA INFORMACIÓN, DIVULGACIÓN Y/O CAPACITACIÓN EN PARTICIPACIÓN SOCIAL

SDSC.S.01.07

Medidas de Control:

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, realiza vigilancia y control en participación social, a través de visitas a las instituciones, en la implementación de los mecanismos de participación social.

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social, realiza evaluación y seguimiento a los programas desarrollados en participación social.

El área de Salud de la Secretaría Desarrollo Social Comunitario, envía informe a la Alcaldía Municipal.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA ATENCIÓN A USUARIOS EN SEGURIDAD SOCIAL SDSC.S.01.08

Participantes del Procedimiento: Usuario, Secretaría General y de Gobierno y Secretario de Despacho y el Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario. Responsable del Procedimiento: Secretario de Despacho y el área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario.

Descripción del Procedimiento: 1. El Usuario presenta la solicitud o queja a la Secretaría General y de Gobierno, donde se

registra y se envía el documento al Secretario de Despacho de la Secretaria de Desarrollo Social Comunitario quien a su vez remite al área de Salud. Allí se estudia. Si es una solicitud de afiliación, el área de Salud informa al Usuario los períodos de afiliación y le solicita información personal. El Usuario presenta los datos personales junto con el carnet del SISBEN al área de Salud.

2. El área de Salud verifica el puntaje del usuario. Si no favorece, informa al usuario. Si el puntaje es favorecedor, registra la información en lista de espera y archiva los documentos.

3. Si es una queja por servicio no prestado en la Entidad de Salud, el área de Salud verifica en el Plan Obligatorio de Salud.

4. Si no cubre el servicio solicitado por el Usuario, el área de Salud le informa. Si cubre el servicio solicitado por el Usuario, se elabora la ficha, entrega al usuario, y comunica a la Entidad de Salud el cumplimiento del Plan Obligatorio de Salud.

Observaciones del Procedimiento:

Para la asignación de cupos, el área de Salud de la Secretaría de Desarrollo social Comunitario prioriza a las mujeres embarazadas, niños menores de cinco años, discapacitados, tercera edad, y personas con enfermedades permanentes, según lo dispuesto en la ley.

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario brinda servicio de atención a la comunidad, concerniente a: - Recepción de quejas y reclamos en la prestación de servicios del régimen subsidiado. - Divulgación sobre los mecanismos de participación en salud. - Vigilancia y control en el cumplimiento de la reglamentación de participación en salud. - Asesoría y orientación individual, comunitaria y telefónica. - Capacitación a través de talleres educativos a instituciones y usuarios. - Plan Obligatorio de Salud Subsidiario.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA ATENCIÓN A USUARIOS EN SEGURIDAD SOCIAL SDSC.S.01.08

Formatos Utilizados:

Personas faltantes por inconsistencias en el SISBEN. Afiliados potenciales. Red municipal de atención a usuarios.

Medidas de control:

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario radica en libros y en formatos, las quejas y reclamos escritos de los usuarios del Plan Obligatorio de Salud Subsidiario.

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario realiza seguimiento hasta dar solución a la queja o reclamo presentado por el usuario.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA REPORTE DE NOVEDADES Y LIQUIDACIÓN BIMENSUAL DE UNIDAD DE PAGO DE CAPITACIÓN (U.P.C.)

SDSC.S.01.09

Participantes del Procedimiento: Entidad Externa - ARS, área de Salud de la Secretaría de desarrollo Social Comunitario, Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, área de Tesorería y Finanzas Públicas de la Secretaría de Hacienda y del Tesoro. Responsable del Procedimiento: Secretario de Despacho y Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo social Comunitario.

Descripción del Procedimiento: 1. La Entidad Externa presenta el reporte de novedades bimensuales al área de Salud de la

Secretaría de desarrollo Social Comunitario. 2. El área de Salud verifica la información, detallando las duplicidades, nacimientos,

fallecimientos, número de carnets entregados y número de afiliados. Se elabora un consolidado con la información de las novedades y el recurso a cancelar a la A.R.S.

3. El área de Salud confronta con la A.R.S. el consolidado y, corroboran y unifican la información. Estando de acuerdo, se envía la información al área de Tesorería y Finanzas Públicas de la Secretaría de Hacienda y del tesoro para que realice el procedimiento para pago de cuentas.

4. El área de Salud realiza el respectivo informe, el cual, es revisado por el secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario y lo archiva.

Observaciones del Procedimiento:

La liquidación de la UPC se realiza bimensualmente. La primera se paga en su totalidad al iniciar el contrato.

Las novedades corresponden a: - Nacimientos. - Fallecimientos. - Pérdida de calidad del afiliado. - Duplicidades. - Carnets entregados.

Base Legal:

Ley 100 de 1993. Por al cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones.

Decreto 2357 de 1995. Por el cual se reglamentan algunos aspectos del régimen subsidiado del sistema de seguridad social en salud.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA REPORTE DE NOVEDADES Y LIQUIDACIÓN BIMENSUAL DE UNIDAD DE PAGO DE CAPITACIÓN (U.P.C.)

SDSC.S.01.09

Medidas de Control:

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, verifica que los reportes de las novedades que envían las diferentes ARS, se encuentren en orden y correspondan a los contratos que se están liquidando.

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, verifica toda la información con los soportes correspondientes.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA AMPLIACIÓN DE COBERTURA DEL REGIMEN SUBSIDIADO

SDSC.S.01.10

Participantes del Procedimiento: Ministerio de Salud, área de Salud, Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario y el funcionario responsable de Presupuesto y Contabilidad de la Secretaría de Hacienda y del Tesoro. Responsable del Procedimiento: Secretario de Despacho y área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario.

Descripción del Procedimiento: 1. El Ministerio de Salud informa a la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario sobre el

monto asignado y el grupo de población escogida para la ampliación de cobertura. 2. El secretario de Despacho remite al funcionario responsable del área de Salud, quien

informa al Jefe de Grupo de la Secretaría de Hacienda y del Tesoro para que realice el procedimiento de adición al presupuesto.

3. Finalmente, el área de Salud, realiza el procedimiento para identificación, selección y afiliación de beneficiarios del régimen subsidiado.

Observaciones del Procedimiento:

Cuando se va a realizar la ampliación de la cobertura del régimen subsidiado, el Ministerio de Salud informa sobre los recursos asignados, fuentes y grupos a los que se debe dirigir la ampliación.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE RÉGIMEN SUBSIDIADO

SDSC.S.01.11

Participantes del Procedimiento: Secretario de Despacho y Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, Secretaría General y de Gobierno y el área de Tesorería y Finanzas Públicas de la Secretaría de Hacienda y del Tesoro. Responsable del Procedimiento: El Secretario de Despacho y Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario. Descripción del Procedimiento: 1. El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, elabora el acta de

liquidación del contrato en original y copia firmada por el Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, y lo envía a la Secretaría General y de Gobierno.

2. La Secretaría General y de Gobierno (Jurídica), verifica la información. Si encuentra que no es correcta, devuelve el acta y la envía junto con una comunicación al área de Salud, para que corrija y presente nuevamente. Si la información es correcta, da visto bueno y envía el área de Salud.

3. A continuación el área de Salud, realiza los reconocimientos por nacimiento y, los descuentos originados por el fallecimiento, pérdida de calidad del afiliado, promoción y prevención en caso de que no exista cumplimiento y por la omisión en la entrega de carnets por parte de las diferentes A.R.S.

4. El funcionario responsable del área de Salud, verifica los resultados. Si encuentra que no existen saldos a favor, autoriza los desembolsos e informa al área de Tesorería y Finanzas Públicas para que realice el procedimiento para pago de cuentas. Si existen saldos a favor, realiza la distribución del saldo, según la fuente de financiación.

Observaciones del Procedimiento:

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, elabora el acta teniendo en cuenta los siguientes parámetros: - Número de contrato. - Representante legal. - NIT. - Número de afiliados. - Monto del contrato.

La distribución del saldo a favor, de acuerdo con las fuentes de financiación, se realiza de la siguiente manera: - Si es FOCYGA, el saldo se envía a nivel Nacional en la cuenta FOCYGA. -

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE RÉGIMEN SUBSIDIADO

SDSC.S.01.11

- Si es situado fiscal ó rentas cedidas, se adiciona al presupuesto para ampliación de

apertura. - Si se trata de recursos propios se adiciona al presupuesto de la Secretaría de Desarrollo

Social Comunitario. Los saldos a favor de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario se estipulan en la

cláusula del contrato elaborado previamente con las A.R.S., mediante la cual los representantes de las dos partes acuerdan realizar los pagos respectivos.

Durante la elaboración del acta se encuentran presentes: - Representante legal de las diferentes A.R.S. - Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario. - Representante de Salud Pública. - Funcionario responsable del área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social

Comunitario. El acta refrendada debe presentarse a la Superintendencia Nacional de Salud, junto con el

soporte de giro de FOCYGA, en caso de que existiese. El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, envía copia del acta al

Ministerio de Salud y a la Contraloría Municipal. El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, debe presentar las actas

de liquidación a nivel Nacional, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la liquidación del contrato. La contratación que termina el 30 de marzo, tiene un plazo máximo de entrega hasta el 30 de julio, y la que termina el 30 de septiembre, hasta el 31 de enero.

Medidas de Control:

El funcionario responsable del área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, verifica el resultado de los reconocimientos y descuentos.

La Secretaria General y de Gobierno (Jurídica) debe verificar que el acta se encuentre correctamente diligenciada.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA PRESENTACIÓN DE CONTRATOS DE RÉGIMEN SUBSIDIADO A NIVEL NACIONAL

SDSC.S.01.12

Participantes del Procedimiento: Secretario de Despacho y Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, Jefe de Grupo de la Secretaría de Hacienda y del Tesoro y la Secretaría de Salud Departamental. Responsable del Procedimiento: El Secretario de Despacho y Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario. Descripción del Procedimiento: 1. El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario solicita el CDP y el CRP

al Jefe de Grupo de la Secretaría de Hacienda y del Tesoro. Allí se realizan los procedimientos para emitir el CDP y el CRP, respectivamente.

2. Enseguida, el área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, elabora la certificación sobre existencia de fondo local de salud la cual es firmada por el Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario.

3. Finalmente, el área de Salud, envía copia de los documentos originados y los envía a la Secretaría de Salud Departamental y archiva copia de los mismos.

Observaciones del Procedimiento:

Los documentos que envía el área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, a la Secretaría Departamental corresponden a: - Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) - Certificado de Registro Presupuestal (CRP) - Contratos de régimen Subsidiado - Certificación de población beneficiaria - Certificación de fondo local de salud

La Secretaría Departamental de Salud, avala los documentos enviados por área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, y se encarga de presentarlos a nivel Nacional ante el Ministerio de Salud.

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Manual de Procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA CADUCIDAD DE CONTRATOS SDSC.S.01.13

Participantes del Procedimiento: Secretario de Despacho y Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, Beneficiario y la Entidad Externa. Responsable del Procedimiento: Secretario de Despacho y Área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario.

Descripción del Procedimiento: 1. El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, informa a los

beneficiarios sobre la caducidad del contrato con las diferentes A.R.S.. 2. Posteriormente el área, verifica que los beneficiarios hayan realizado el traslado

correspondiente de A.R.S.. Si encuentra que el beneficiario no ha realizado el traslado, le notifica que queda suspendido el derecho de subsidio durante el período vigente. Si el beneficiario ha realizado el traslado de A.R.S., el área de Salud solicita a la Entidad Externa el listado de los beneficiarios inscritos.

3. A continuación el área de Salud, realiza el procedimiento para identificación, selección y afiliación de beneficiarios al régimen subsidiado.

Observaciones del Procedimiento:

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, informa a los beneficiarios a los diez (10) días siguientes a la ejecutoria del acto administrativo, que ha sido declarada la caducidad entre el ente territorial y la A.R.S. a la cual pertenece.

El área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, indica al beneficiario que tiene quince (15) días calendario, contados a partir de la ejecutoria del acto administrativo, para que proceda a realizar la libre elección a otra A.R.S.

Medidas de Control:

El funcionario responsable del área de Salud de la Secretaría de Desarrollo Social Comunitario, verifica que el afiliado haya realizado el traslado de A.R.S.