album descriptivo ejército y armada_2 (1884)

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  • 7/24/2019 Album Descriptivo Ejrcito y Armada_2 (1884)

    1/30

    ES OL

    T

    RE

    La tropa t ambi n proce de de l a mi sma a rm a de los i nst it ut os

    montados siendo su pase voluntario y para favorecer ste Regla-

    me nt o de l a E sc ol ta s eal a l as cl as es de tropa los haberes diarios

    siguientes:

    Sargento primero 1

    Sargento segundo

    4

    4

    Cabos primeros 8

    8

    Cabos segundos

    8

    8

    Cabo de trompetas

    Trompetas

    4

    t

    Soldados de primera

    12 0 80

    Herradores

    3

    3

    Forjador

    1

    TOT

    15 0

    10

    9

    CLASES

    De

    igual

    manera

    que el Cuerpo de Alabarderos es el des tinado

    dar l a guardia de la Rea l fami lia en el inter ior del palacio as l a Es-

    c ol ta Rea l es l a que debe c us todi ar sus Maj es ta des y Al te zas por

    el exterior en todos los actos oficiales y cuando dichas Reales perso-

    nas lo estiman conveniente

    Como tropas Reales la historia de la Escolta puede decirse es casi

    l a misma que la de los Alabarderos ; pues como la de estos tambin

    su existencia es muy antigua si bien no tan permanente

    La

    Escolta de los Cien Continuos los Estradiotes los Guardias

    de Corps los de l a Reina y la Compaa Cabal lo de Guardias del

    Rey son otras tantas muest ras de la existencia casi continua de las

    tropas Reales de caballo las cuales ha venido susti tuir el actual

    Escuadran Real

    Organizado ste por decreto de I9 de Abril de

    I

    875 y modificado

    poste riormente en 8 de Junio de I 877 depende del Comandante ge-

    neral de Ala ba rderos en cuan to s e refi er e su serv ici o y pecul iar

    carcter y la vez del Director de Caballera para los efectos admi-

    nistrativos

    Su composicin es la indicada por las plantillas siguientes:

    CLASES

    TROPA

    Hombres Caballos

    Pesetas

    PERSONAL DE OFICIALES

    Coronel o

    2

    Teniente

    coronel

    2

    Comandantes 2

    4

    Capitanes

    4

    4

    Tenientes

    7 7

    Mdico

    I

    Segundo profesor veterinario I I

    Segundo profesor de equitacin

    I

    I

    TOT 18

    22

    Las gratificaciones de todas clases correspondientes al Escuadrn

    Real son anualmente as:

    GRATIFiCACIONES

    Pesetas

    2 12

    3 25

    2 75

    2 75

    2 37

    2 25

    2>37

    Sargento primero

    Sargento

    segundo

    Cabo de trompetas

    Cabo primero

    Cabo segundo

    Trompetas

    Soldado l

    Herrador

    Forjador

    Hombres Caballos

    LASES

    La oficialidad de este Escuadran pertenece toda al arma de Caba-

    llera sin que exista la distincin

    de

    Oficiales mayores y menores que

    ofrece el Cuerpo

    de

    Guardias Alabarderos y

    por

    lo

    tanto es t

    aquella

    incluida en los escalafones de su a rma por la cual obt ie ne n en su

    turno de antigedad los ascensos que les corresponde en cuyo caso

    vue lven en su nuevo empleo los cuerpos de Caballera

    El Ministro de la Guerra propuesta del Director respectivo es

    el que hac e l os des ti nos de los Jefes y Oficiales eligindolos entre

    aquellos cuyas hojas de servicio no tienen tacha de ninguna clase

    De mando al coronel

    De agencias

    A

    cada Jefe

    e unllorme

    \ A

    cada

    OficIal

    De

    herradores

    Del forjador

    De

    herramienta

    De

    prendas mayores

    cada plaza

    De entretenimiento

    po r

    hombre

    De entretenimiento

    po r caballo

    De remonta por plaza

    De

    montura

    1 5

    00

    1 050

    60 0

    3 0

    12 0

    12 0

    3

    0

    3

    0

    12

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    2/30

    2 LBUM DESCRIPTIVO

    DEL

    EJRCITO Y

    LA

    ARMADA

    En este escuadrn no se consigna los Jefes y Oficiales gratifica-

    cin para criado por estar autorizados aquellos por reglamento para

    tomar un soldado que l es s ir va en c la se

    de

    asistente teniendo tam-

    bin derecho los Jefes tener adems un ordenanza montado que les

    acompae en todo acto de servicio.

    A tod as l as c la ses d e

    t ropa se

    les h ace abo no p or

    el

    Estado de

    la

    racin de p an como tambin los cabal los de l a d e p iens o

    si

    bien

    sta atendiendo la mayor alzada de aquellos es extraordinaria.

    La

    circunstancia de

    estar

    organizado este Escuadrn en idnt ica

    forma que los de su propio ins ti tu to b ien al p i deguerra por es tar

    considerado aquel siempre en el pleno de su servicit> y

    l

    condicin de

    administrarse bajo la dependencia correspondiente de la Direccin de

    su arma nos ex ime d e

    ser

    ms extensos en su descripcin mxime

    considerando

    que

    en o tr o

    lugar

    de

    este

    libro se har la resea org-

    nico administrativa de las fuerzas de la Caballeria pero esto no obs-

    tante consignaremos que la fuerza de la Escolta segn su reglamento

    debe estar organizada en cuatro secciones

    por

    par tes iguales en cla-

    ses soldados y caballos mandando cada una un Teniente y estando

    al fr ente d e la administracin de todas e ll as un cap it n en idnt ica

    forma que lo verifican los dems capitanes comandantes

    de

    escuadrn

    en los regimientos de Caballera.

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    3/30

    INF NT R

    Cumple

    nuestro propsito describir en este captulo la organiza-

    cin del Arma de Infantera Al hacerlo no hemos de resear su

    his-

    toria ni aun ligeramente; pues como los ejrcitos siempre han contado

    con

    el

    combatiente pi como elemento importante hacer la resea

    histrica de la Infantera fuera hacer la militar de la nacin; asunto

    no slo ajeno al carcter esencial de este ALBl M sino imposible de

    colocar dentro de los lmites del mismo toda vez que desde la poca

    en que las t ropas de pi se formaban por el selvtico hondero pri-

    mitivo hasta la actual han presentado aquellas tantas y tan variadas

    fases que para describirlas fuera necesario dedicar un solo y crecido

    volumen

    Obligados por lo tanto romper con la costumbre de empezar

    los captulos con la descripcin histrica de los organismos correspon-

    dientes debemos consignar nuestro sentimiento por vernos privados

    no de deducir con tal motivo la importancia siempre evidente de la

    Infantera sino de presentar la espaola con todo su constante he-

    roismo No obstante hemos de consignar aqu con gusto que dicha

    Arma en la poca contempornea es digna sucesora de aquella cuya

    historia gloriosa registra lauros incesantes desde que dirigida por

    el

    gran Anbal triunfara de los ejrcitos romanos en Trebia y en Can-

    nas hasta que en nuestros das y las rdenes de propios capitanes

    sealase la primera el camino de la victoria en Bai ln frente las

    triunfantes huestes del ms victorioso de los ejrcitos modernos

    En la actualidad

    el

    Arma de Infantera se compone de los organis-

    mos siguientes:

    1 Direccin general

    1 Oficina representante del arma

    Comisin liquidadora

    60 Regimientos

    Regimiento de disciplina

    20

    Batallones de cazadores

    1 Batalln de disciplina

    14 0

    Batallones de reserva

    14 0

    Batallones de depsito

    14 0 Jefes de zona militar

    4 Secciones de ordenanzas

    Escuela de tiro

    1 Colegio de hurfanos

    Adems d ep en den d e l a Dir ecci n d e est a Arma las milicias provnciales de

    Canarias que researemos en otro captulo continuacin

    Dz recn general Infantera L a

    Direccin de la important-

    sima arma que nos ocupa puede decirse que se remonta al reinado de

    Felipe

    I1

    toda vez que ste con

    el fin

    de verificar la necesaria inspec-

    cin de la gente de guerra como por aquel t iempo se denominaba

    la Infantera y Caballera cre con dicho objeto un Comisario general

    que entenda l vez de las dos armas Mas como este Comisario no

    poda extender su accin eficazmente las tropas tan heterogneas

    en sus procedencias y nacionalidades como diseminadas en los vastos

    dominios espaoles transcurridos bastantes aos

    fu

    preciso mejorar

    el importante asunto de la inspeccin y ya en el siglo XVII se vieron

    aparecer los inspectores de Infantera y ms tarde en 1704 el Direc-

    tor general que

    coni.o

    los inspectores deba asumir facultades pare-

    cidas las administrativas que hoy tiene

    Desde dicha fecha puede decirse ha sido constante la permanencia

    de la Direccin de Infantera; pues

    si

    en ocasiones ha h i ~ o uno

    ms inspectores la vez atendiendo la diversa organizacin

    de

    las

    tropas de pi la composicin de estas por fuerzas peninsulares

    coloniales y si un da se pretendi suprimir dicho centro agregndolo

    al Ministerio

    le

    la Guerra la Direccin en esencia ha seguido hasta

    el da ejerciendo sus benficos resultados

    Actualmente como todas las de su clase est presidida por un

    Teniente general ejerciendo las funciones de Secretario un Brigadier

    Para el despacho de los mltiples asuntos que tiene encomendados

    se halla dividida en la forma que se expresa continuacin:

    Secrefara Se compone de

    Comandante Jefe

    4 Capi tanes A 1

    UXllares

    TenIente

    estos entienden en

    el

    despacho de los asuntos siguientes:

    Direccin correccin inspeccin y organizacin de los trabajos de

    todos los egociados

    Clasificacin y distribucin de toda la correspondencia que se remite

    Examen de los oficios y dems documentos que los Negociados

    presentan la firma del Director

    Firma de la correspondencia con los cuerpos del Arma

    Resolucin en los expedientes de tramitacin reglamentaria que no

    exijan la del Director

    9

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    34

    ALBUM

    DESCRIPTIVO

    DEL

    EJRCITO

    Y DE

    LA ARMADA.

    Despacho de algunos asuntps extraordinarios que por su importan-

    cia exigen reserva.

    Movimiento del personal de Jefes, Oficiales y tropa de la Direccin.

    Material

    de

    la misma.

    Cierre.-Est afecto la S ec re ta r a y s e cuida d e los re gis tr os

    gener ales de entr ada y salida, del cierr e y dir eccin de la cor respon-

    dencia que se expide y distr ibucin los Negociados de la recibida,

    entendiendo, por ltimo, en el examen de los ndices que se r emiten

    l os c ue rp os , y e n la c on te st ac i n m en su al d e a su nt os instancias

    pendientes. ,

    I er NegCJciado.-Est

    formado por

    Coronel. .. . , . . . . . , Jefe.

    2 Capitanes. . . . . . . . . . . Auxiliares.

    S u mis in es e nt en de r d e c ua nt o

    se

    r ef iere organizacin de los

    cuerpos, su movimiento, gobierno interior, revistas de inspeccin, tc-

    ticas, obras, redaccin del memorial y organizacin de la imprenta,

    2 Neg-ociado.-Su personal es el siguiente:

    1 CoroneL . o / J f

    Comandante ,. j e e s.

    Capitn ] A

    T

    o UX lares.

    enlente

    . . . . . . . . o

    Este Negociado desempea los asuntos r ef er entes al per sonal de

    Jefes.

    3.

    er

    Neg-ociado.-Se halla encar gado del per sonal de Oficiales y se

    compone de:

    1 Teniente coronel. . . . . ] J r

    eles.

    Comandante . . . . . o.

    1 CaPitn

    . . . . . . . . . .

    ] A

    UX lares.

    5 T e nI e nte s. . . . . . . . . ,

    4.

    Negociado -Tiene cargo los asuntos de academias, escuelas

    y justicia con el siguiente personal.

    Comandante.

    . . . .

    .

    ..

    Jefe.

    Capitn. . . . . . . . . . . . ; A

    UX lares.

    3 T e nI e nte s

    . . . . . . . . .

    ,

    5. Neg oCiado.-Entiende del per sonal de tropa y tiene la plantilla

    puesta continuacin:

    Teniente coronel.. . .. Jefe.

    2 Capitanes ] A

    UXIlares.

    3 Tementes , .

    6.

    Neg-ociado.-De reemplazos, licencias, casamientos y pensiones,

    Lo forman:

    Teniente coronel.. .

    ..

    Jefe.

    2 Capitanes. . . . . . . . . . . Auxiliares.

    7 Neg ociado.-C ui da d el e sc al af n d e J efe s y Ofic iales y d e l os

    asuntos sin clasificar, sirvindole para ello el

    p e r ~ o n l

    que sigue:

    1

    Comandante. . . . . .

    Jefe.

    2 Capitanes , . . . . Auxiliares.

    8 Negociado.-Llamado

    de

    hojas de s e r v i ~ o s se compone

    de

    Coronel. . . ./ Jefes.

    Comandante,o o. j

    2

    Capitanes.... ..

    .. A .\.

    t

    UX

    lares.

    2 T e nI e nte s.

    . . . . .

    ..

    9. Neg-ociado.-Cruces

    de San Hermenegildo, retiros y dementes.

    Su personal:

    1 Teniente coronel.. . .. Jefe.

    3 Capitanes. . . . . . . . .

    ..

    Auxiliares.

    10.

    Neg-odado.-Se

    o m p o ~

    de

    1

    Comandante

    . .

    , . . .

    ..

    Jefe.

    2 Capitanes ] , .

    AUXIlIares.

    1 TenIente .

    Est

    encar gado del examen de

    lo

    r ef er ente pases los ejrcitos

    , de Ultramar, certificad0s de existencia

    de

    los individuos que sirven en

    aquellas posesiones, y de los cambios de situacin de los individuos

    destinados ellas.

    11.

    Neg-ociado.-De contabilidad. Su personal

    el

    que sigue:

    Teniente coronel.. .

    .

    Jefe.

    3 C a pitane s

    . . . . . . . . .

    jA \.

    UXllares.

    3 T e nI e nte s

    . . . . . . . .

    12. Neg-ociado.-Tiene encomendados los asuntos de v ~ s t u r i o

    armamento, equipo, menaje y msica, y para su desempeo el per so-

    nal que sigue:

    1

    Comandante

    . . . . . .

    , Jefe.

    3 C a pita ne s

    . . . . . . . . . .

    ] A

    ,

    UX

    lares.

    1

    TenIente. . . . . . . . . . . . .

    13 Neg-ociado.-Recompensas mdicos y capellanes, con la SI-

    guiente plantilla:

    Comandante . . . . . . Jefe.

    C

    /

    j

    apIlan.. .. . .. .

    . . . .

    A .\.

    uXllares.

    TenIente

    ,

    14. NegCJciado.-De escala de r eserva y Estado Mayor de Plazas.

    Su personal:

    2 Tenientes coroneles .. Jefes.

    1 Capit n ] A

    UXIIares;

    1 Temente .

    15.

    Neg-ociado.-Comisin

    liquidadora de cuerpos disueltos. Con

    el fin d e a ju st ar y liq uida r los u r p o ~ del Arma q ue h an sido di-

    sueltos en otras pocas, como tambin los de Francos de Catalua,

    existe esta dependencia cuyo personal hoyes como sigue,

    1 Teniente coronel. .. .

    J

    f

    o I e e s.

    1

    Comandante. . .

    ..

    8 CaPitanes } \

    , AUX1Iares.

    10

    Tementes.. . . .

    ..

    .

    16. Neg-oct ado.-De r emo nta s ea de

    lo

    c on ce rn ie nt e la d el

    Arma.

    1 Teniente c or on el .. . . J ef e.

    Imprenta y Memorial Infantera.-Esta especie de Negociado

    t ie ne su c ar go la a dm in is tr ac i n de l a i mp re nt a y M em or ia l, c on

    t od o lo d em s c or re sp on di en te s u n om br e, y

    para

    ello cuenta con:

    Capitn Jefe.

    1 Teniente. . . . . . . . . . . . Auxiliar.

    Caja.-La

    cual lleva el encar go de la custdia, entr ada y salida de

    caudales con:

    1 Teniente coronel... . Jefe.

    2 Capitane... . . . . . . . Auxiliares.

    ArchivQ.--Se compone

    de

    Comandante

    . . . . . . .

    Jefe.

    1

    Capitn.. . . . . . . . . . . . Auxiliar.

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    5/30

    1

    FA TERA.

    35

    y t ie ne lo concerniente al orden

    de

    lo s d oc um en to s y l ib ro s q ue en

    c ie rr a p ar a s er vi ci o d e lo s e go ci ad os , y l lev a t am bi n el i nv en ta ri o

    d e los d oc um en to s q ue los c ue rp os del A rm a d ep os it an e n l, en las

    Capitanas generales otras dependencias.

    epresentacin del

    Arma. Afecta l a D ir ec ci n , e xi st e e st a de-

    pendencia que tiene porobjeto representar el

    Arma

    c erca de l a Admi

    nistrac in Mil it ar e n t odo lo c once rnie nt e a l a just e de l os Cuerpos en

    sus relaciones con dicho cuerpo administrativo.

    Para el r i m ~ n de e st a i mport ante ofi ci na e xi st e e l persona l

    SI

    guiente:

    1 Coronel.

    , Jefe representante.

    Teniente

    coronel...

    Jefe.

    4 C a pi t an e s

    i

    A

    UXI lares.

    3 T emen t es ... . . . . . . .

    Regimientos. Estos

    forman el ncleo principal

    de

    l as t ro pa s del

    ejrcito permanente, por ser el ms numeroso de c ua nt os forma n la s

    huestes

    de

    guerra.

    Ca da uno

    de

    ello s s e c om po ne d e p la na m ay or y d os b at al lo ne s e n

    la forma siguiente:

    PLANA

    MAYOR DE

    CADA REGIMIE

    TO.

    Coronel.

    1 Msico mayor.

    3 I dem de

    primera.

    7

    Idem

    de segunda.

    3 Idem de tercera.

    2 Educandos.

    1 Sargento primero maestro

    de

    cornetas.

    PLANA MAYOR DE

    CADA

    BATALLN.

    1 Teniente coronel.

    2 Comandantes: uno Jefe del Detall y o t ro F i s ca l .

    2 Capitanes:

    un o

    Ayudnte y otro De positario.

    Capelln.

    Ayudante

    Mdico.

    1

    Alfrez Abanderado.

    Maestro Armero.

    1 Cabo de cornetas.

    La

    fuerza

    de

    t ro pa d e to do b atal l n, f orm an do u n to tal d e 4 04

    plazas, comprendidas las de plana mayor, se encuentra repartida entre

    l as c ua tro c ompa as que c uenta c ada uno, de l as l la ma da s

    de

    activi

    dad. Adem s e xi st e ot ra quinta c ompa a denomi na da de depsit o,

    para

    a te nd er e n l a g u er r a los efectos

    de

    l a r ep os ic i n d e b aj as d e

    l as c ua tro re st ant es i nstruc ci n de l os re cl ut as, sie ndo e l c uadro de

    una s y ot ra s e l sigui ente :

    PI E

    DE

    UNA

    COMPA

    - A

    ACTIVA.

    1 Capitn.

    2

    Tenientes.

    2 Alfreces.

    1

    Sargento primero.

    3 Idem segundos.

    5 C a bo s p rim ero s.

    5 Idem segundos.

    2

    Cornetas.

    1

    Educando.

    4 S o ld a do s

    de

    primera.

    PI E

    DE

    UNA

    COMPAA

    DE DEPSITO.

    1

    Capitn.

    2

    Tenientes.

    1 Alfrez.

    Sargento segundo.

    Esta s c ompa as e n t ie mpo de paz sigue n sus respe ct ivos bat al lo

    nes, y t urna n sus c ua dros e n el servi ci o del regimie nt o.

    Por lo expuesto, el pie d e paz d e un r eg im ien to

    de

    Infantera es

    como sigue:

    7 J e fe s .

    40 Oficiales.

    808

    De

    trop,l.

    7 C ab a ll o s d e j e fe s .

    2 Id em d e t i ro .

    En

    t ie mp o d e g ue rr a, e st e p ie s e e le va a um en ta nd o e n c ad a co m

    paa dos sa rge nt os segundos, dos c abos pri me ros y dos se gundos, y

    los soldados suficientes hasta componer

    el

    t ot al de

    2 5

    plazas

    de

    tro

    pa

    por compaa.

    La s de depsi to, a l c omenza r l as c ampa a s, se i gual an e n c ua dros

    l as a ct ivas y sigue n sus bat al lone s, si bie n guarnec ie ndo l as pla za s

    de

    l a z ona de ope ra ci ones a quel los punt os e n que se c onsi de re c on

    veniente situarlas.

    Los nmeros y .nombre s de l os

    60

    regimie nt os, son l os que se

    presan continuacin:

    1

    Rey.

    3

    1

    .

    Asturias.

    2. Reina.

    3

    2

    .

    Isabel

    lI.

    3

    Prncipe.

    33

    Sevilla.

    4

    Princesa.

    34

    Granada.

    5,

    Infante.

    35

    Toledo.

    6.

    Sabaya.

    3

    6

    .

    Burgos.

    7, frica.

    37

    Murcia.

    8.

    Zamora.

    3

    8

    .

    Len.

    9

    Soria.

    39

    Cantabria.

    la.

    Crdoba.

    4

    0

    .

    Mlaga.

    11.

    San Fernando.

    41.

    Covadonga.

    12.

    Zaragoza.

    4

    2

    .

    Baleares.

    13

    Mallorca.

    43

    Canarias.

    14

    Amrica.

    44

    Antillas.

    15

    Extremadura.

    45

    Garellano.

    16.

    Castilla.

    4

    6

    .

    San Marcial.

    17

    Barbn.

    47,

    Tetun.

    18.

    Almansa.

    4

    8

    .

    Espaa.

    19

    Galicia.

    49

    San

    Quintin.

    20. Guadalajar.

    50.

    Pava.

    21.

    Aragn.

    51.

    Otumba.

    22.

    Gerona.

    52.

    Filipinas.

    23

    Valencia.

    53

    Vad-Rs.

    24

    Bailn.

    54

    Vizcaya.

    25

    Navarra.

    55

    Andaluca.

    26 . A lb ue ra .

    56.

    Mindanao.

    27

    Cuenca.

    57,

    Guipzcoa.

    28.

    Luchana.

    58.

    Luzn.

    29

    Constitucin.

    59

    Asia.

    3

    0

    .

    Lealtad.

    60.

    lava.

    -Debe mos c onsi gnar, que si bie n e n l as pla nt il la s

    de

    los batallones

    a pa re ce n d os C om an da nt es e n c ad a u no y d os A lf r ec es p or c om pa

    a, esto es provisional, atendiendo los excedentes. actuales, pues en

    sana organizacin, aquellos Oficiales deben reducirse la mitad.

    egz miento

    dpnarzo

    Ceuta. ste

    c omo e l nombre i ndic a,

    f or ma u na u ni da d o rg n ic a, e n l a cu al t ie ne n c ab id a co mo s ol da do s

    todos los individuos

    de

    tropa

    de

    las distintas armas institutos, que por

    sentencia

    de

    los tribunales de

    guerra

    pa sa n desti na dos l, t ant o

    para

    purgar

    sus fal ta s, c ua nt o

    por

    no

    ser

    dignos

    de

    c onti nuar e ntre sus

    compaeros del ejrcito.

    Aun c ua ndo c on c arc te r disci pl inario, e ste regimie nt o t ie ne una

    organizacin casi igual los dems

    de

    Infantera, siendo, sin embargo,

    v ar ia bl e el p ie d e t ro pa , t od a vez

    que

    d ep en de del m ay or m en or

    nmero

    de

    individuos sentenciados prestar en l sus servicios.

    S u p la na m ay or e s c om o s ig ue:

  • 7/24/2019 Album Descriptivo Ejrcito y Armada_2 (1884)

    6/30

    LBUM

    DESCRIPTIVO DEL EJRCITO Y LA ARMADA.

    PLANA

    MAYOR.

    Coronel.

    1 Msico mayr.

    3 Msicos de

    primera.

    8 Idem desegunda .

    16 Idemde tercera.

    12

    Educandos.

    1

    Sargento

    primero

    jefede

    banda.

    Como los de lnea, el regimiento disciplinario consta de dos bata

    l lones, cada uno de los cuales es como s igue:

    CUADRO DE

    CLASES

    DE UN BATALLN.

    1 Teniente coronel.

    Comandantes.

    7 Capitanes, uno Cajero y otro Ayudante.

    9 Tenientes.

    10

    Alfreces, de ellos dos abanderados.

    Capelln.

    Mdico.

    Armero.

    Sargentos

    primeros.

    19 Idem segundos.

    23

    Cabos primeros.

    23

    Idem segundos.

    12

    Cornetas.

    4 Educandos.

    Debemos hacer notar que el regm11ento discip linario de Ceuta,

    como el batal ln de Melil la , res iden en las plazas de sus nombres ,

    cuya condicin de inamovilidad no disfrutan los dems batallones del

    Arma de Infantera, los cuales residen en los puntos que les designan

    el Minist ro de la Guerra los Capitanes generales respectivos, sis

    t ema que d e da en da se procura hacer menos molesto, verificando,

    al efecto, los relevos de guarniciones por perodos cada vez mayores.

    atallones de

    Cazadores. Estos

    son considerados como la Infan

    tera ligera del Ejrcito, sin que haya ninguna razn de orden superior

    que autorice tal denominacin, pues dotados de las mismas armas que

    las tropas de l n ea , de un p ie casi igua l y sur ti ndose cada uno de

    ellos de una zona determinada independiente , su fuerza, tal la de la

    tropa y valor de los fuegos, resul tan iguales los de los regimientos ,

    pudindose afirmar que en este

    Arma

    se va desarrollando la tenden

    cia de unificar la organizacin total por batallones independientes.

    Los actuales de Cazadores son

    20

    y t ienen como los de

    l ~

    una

    plana

    mayor y

    cinco compaas en la forma siguiente:

    PLANA

    MAYOR

    DE UN

    BATALLN

    DE CAZADORES.

    1 Teniente

    coronel,

    primer

    Jefe.

    2 Comandantes Jefe del Detall y Fiscal .

    Capitanes Ayudante y Depositario .

    1

    Capelln.

    1 Alfrez, Abanderado.

    1

    Maestro armero.

    Sargento

    segundo, Maestro de cornetas.

    Msico mayor.

    Idem de primera.

    4 Idem desegunda .

    10 Idem de tercera.

    11 Educandos.

    Las

    cinco compaas tienen el mismo cuadro que las de lnea,

    y

    en

    ellas se agrupan de igual modo los soldados necesar ios formar un

    total por batalln de 404 plazas de

    tropa

    como en los batal lones de

    los regimientos. Asimismo, en paz y en

    guerra

    los batal lones de una

    y

    otra

    clase tienen idnticos aumentos, y las compaas de depsito

    ejercen las funciones antes referidas.

    Los nombres y nmeros de los batallones ligeros son como siguen:

    1.

    Catalua.

    1

    l.

    Llerena.

    2. Madrid.

    12 . Segorbe.

    3

    Barcelona.

    13

    Mrida.

    4

    Barbastro.

    14

    Estella.

    5

    Tarifa.

    15

    Alfonso

    XII.

    6. Figueras.

    16 .

    Reus.

    7

    Ciudad-Rodrigo.

    17

    Cuba.

    8.

    Alba de

    Tormes.

    18 .

    Habana.

    9

    Arapiles.

    19

    Puerto-Rico.

    10 .

    Las

    Navas.

    20 .

    Manila.

    atalln

    dcip z -nayz o de

    Meli la. Con

    igual in que

    l

    regimiento

    disciplinario de Ceuta, existe en Melilla un batalln, tambin sin plan

    tilla fija de soldados, y cuya ofici alidad y clases son la s del e st ado

    puesto continuacin:

    CUADRO

    DE CLASES

    DEL BATALLN

    DISCIPLINARIO

    DE MELILLA.

    Teniente coronel.

    2 Comandantes.

    6 Capitanes.

    8 Tenientes.

    9 Alfreces.

    Capelln.

    Mdico.

    1 Armero.

    4 Sargentos primeros.

    17

    Idem segundos.

    20 Cabos primeros.

    20 Idem segundos.

    1

    Sargento de banda.

    12 Cornetas.

    4 Educandos.

    Batallo7Zes de Reserva. Para dar cabida al personal de tropa que

    habiendo seryido en activo el tiempo determinado por la ley, pasa

    la reserva, existen

    140

    batallones de dicha clase.

    Estos

    se encuentran

    en situacin de provincia

    sea

    des tacados sus cuadros en la capital

    de l a demarcac in de r ec lu ta r espect iva, y ll evan el nombre de la

    localidad en que radican.

    Como destinados movilizarse tan slo cuando las.circunstancias

    del pas lo exi jan, los forman durante la paz los cuadros de Oficiales ,

    proveyndose

    para

    la

    guerra

    de clasesy

    tropa

    de la que t ienen en sus

    demarcaciones.

    Cuentan como los act ivos de una plana mayor , pero no t ienen de

    ordinario ms que cuatro compaas, careciendo de la de deps ito,

    en atencin la menor probabilidad que tienen de ponerse en pie de

    guerra.

    PLANA

    MAYOR.

    1 Teniente

    coronel,

    primer

    Jefe.

    2 Comandantes del Detally Fiscal .

    Capitn Ayudante.

    Alfrez, Abanderado.

    Cabo primero.

    PIE

    DE UNA COMPAA.

    1

    Capitn.

    2

    Tenientes.

    1 Alfrez.

    1

    Sargento primero._

    Corneta.

    Al llegar el casode la movilizacin los cuerpos de reserva se ponen

    igual pie que los batallones de cazadores, crendose en dicho caso

    la compaia de depsito,

    si

    bien esta en vez de seguir su batal ln

    como lo verifican las anejas los de act ivo, permanece en la zona de

  • 7/24/2019 Album Descriptivo Ejrcito y Armada_2 (1884)

    7/30

    1 FA TERA.

    37

    paz, encargada del almacen, del archivo, de la incorporacin de los

    rezagados y

    de

    todas las incidencias naturales.

    Ponemos continuacin los nmeros y nombres de estos cuerpos,

    entendindose que, como queda dicho, la plana mayor de los batallo-

    nes radican en el pueblo de su nombre.

    1. Madrid.

    7I.

    Vigo.

    2. Mad rid .

    7

    2

    .

    Tuy.

    3

    Madrid.

    73

    Estrada.

    4

    Getafe.

    74,

    Orense.

    5

    Colmenar Viejo.

    75

    Verin.

    Segovia.

    7

    6

    .

    Rivadavia.

    7,

    Cuenca.

    77

    Puebla de Trives.

    8 . T ar an c n.

    7

    8

    .

    Zaragoza.

    9

    Ciudad-Real.

    79

    Calatayud.

    10.

    Alczar de San Juan.

    -80.

    Belchite.

    11.

    Guadala

    jara.

    8I.

    Tarazona.

    12.

    Toledo.

    8 2. Hue sc a.

    13

    Talavera de la Reina.

    83

    Barbastro.

    14

    Ocaa.

    84

    Fraga.

    15

    Barcelona.

    85

    Teruel.

    16. Barce lona .

    86.

    Alcaz.

    17

    Gracia.

    87, Granada.

    18.

    Matar.

    88. Gua di x.

    19

    Manresa.

    89

    Motril.

    20.

    Villafranca del Panads.

    9

    Baza.

    21.

    Vich.

    9

    Loja.

    22.

    Gerona.

    92. Almera.

    23

    Figueras.

    93

    Vera.

    24

    Santa Coloma de Farns.

    94

    Jaen.

    25

    Tarragona.

    95

    Linares.

    26.

    Tortosa.

    9

    6

    .

    beda.

    27

    Reus.

    97

    Andjar.

    28.

    Lrida.

    9

    8

    .

    Mlaga.

    29

    Tremp.

    99

    Antequera.

    3

    Seo

    de

    Urgel.

    1 00. Ronda .

    31.

    Sevilla.

    101.

    Valladolid.

    3

    2

    .

    Carmona.

    102 . Medinade l Campo.

    33

    Utrera.

    13

    Salamanca.

    34

    Cdiz.

    14

    Ciudad-Rodrigo.

    35

    Arcos

    de

    la Frontera.

    105

    Bjar.

    3

    6

    .

    AIgeciras.

    106 . vi la .

    37

    Huelva.

    17

    Palencia.

    3

    8

    .

    La

    Palma. 108. Zamora.

    39

    Crdoba.

    10

    9.

    Toro.

    4

    Lucena.

    IIO.

    Len.

    4

    1

    Montoro.

    III.

    Astorga.

    4

    2

    .

    Valencia. II2. Villafranca del Vierzo.

    43

    Valencia.

    II3

    Oviedo.

    44,

    Chiva.

    II4

    Cangas de Ons .

    45

    A1cira.

    II5

    Cangas de

    Tineo.

    4

    6

    .

    Jtiva.

    II. G ij n .

    47,

    Sagunto.

    II7

    Pola

    de Lena.

    4

    8

    .

    Castelln. lIS. Luarca.

    49

    Segorbe.

    Il9

    Badajoz.

    5

    Vinaroz.

    120. Zafra.

    SI.

    Alicante.

    12I.

    Villanueva de

    la Serena.

    52.

    Alcoy.

    122 . Mr ida.

    53

    Orihuela. 12

    3.

    Cceres.

    54

    Denia.

    12

    4.

    Plasencia.

    55

    Albacete.

    12

    5.

    Pamplona.

    56.

    HeIln.

    126.

    Tafalla.

    57,

    Murcia. 12

    7.

    Tudela.

    SS

    Cartagena.

    12S.

    Burgos.

    59

    Lorca. 12

    9.

    Aranda

    de

    Duero.

    60.

    Cieza.

    13

    Miranda de

    Ebro.

    61.

    Corua.

    13

    1

    .

    Logroo.

    62.

    Santiago.

    13

    2

    .

    Soria.

    63 Betanzos. 133

    Santander.

    64,

    Padrn.

    134

    Santoa.

    65,

    Lugo.

    135

    Vitof a.

    6 6. Mon fo rt e.

    13

    6

    .

    Bilbao.

    67

    Mondoedo.

    137

    San Sebastin.

    6S. Sarria.

    13

    S

    ,

    Vergara.

    69

    ViIlalva.

    139

    Palma de Mallorca.

    7

    Pontevedra.

    14

    Inca.

    Batallones Dejszto Los de esta clase son semejantes los de

    reserva en tiempo de paz, pues noslo llevan igual nmero y nombre,

    teniendo cuadros anlogos, sino que como aquellos carecen de tropa

    hasta el momento de la campaii.a, y radican durante la paz en el punto

    que le da nombre.

    Su plana mayor es la siguiente:

    1 Teniente coronel, primer jefe.

    2 Comandantes (del Detally de la Caja de Reclutas).

    1 Teniente Ayudante.

    1 Cabo primero.

    Soldados.

    Cada una de las cuatro compaii .as se compone de

    Capitn.

    Teniente.

    Alfrez.

    1

    Sargento primero.

    Como regla general puede dec irse que en estos batal lones t ienen

    ent rada todos los individuos que no figuran en los cuerpos act ivos

    de reserva.

    Lo s de depsito que es tn en relacin cada uno con un activo y

    otro de reserva , son los que al ingresar los rec lutas en caja como sol

    dados, deben hacerse cargo de los destinados activo, y presentarlos

    en los batallones activos correspondientes, asunto que tambin desem

    peii.an con los que deban movilizarse el da de la guerra, en cuyo caso

    sirven tambin, mayor abundamiento, de ncleo de organizacin de

    los batallones de segunda lnea que se movilizan con reclutas disponi

    bles, y facilitan en todos los casos los hombres necesarios los bata

    llones activos y de reserva para cubrir sus bajas.

    Jefes

    zona 11u lz tar.-El

    Real decreto expedido

    en

    13 de Di

    ciembre de 1883, cre para el

    Arma

    de Infantera, los cargos de Jefes

    de

    zonas militares favor de 4 coroneles, quienes establecidos en

    la capital de la zona respect iva, son los que asumen el mando. de los

    batal lones de reserva , de depsito y de la caja de rec lutas correspon

    diente, siendo tambin, por tanto, los altos inspectores de cuant con

    cierne la zona en que radican.

    Sistema

    reemplazos Antes

    de

    continuar

    la

    descripcin

    de

    los

    cuerpos restantes de Infantera y para mejor comprender la organiza

    cin de esta arma en sus tres ?rganismos esenciales de activo, reserva

    y depsito, creemos deber apuntar aqu bases esenciales del actual

    mtodo de reemplazos, toda vez que con l est aquella en perfecta

    relacin.

    En l a actua lidad rige en Espai i.a el s is tema de servicio general

    obl igator io para todos los hijos del pa s natural izados en l, desde

    l a e da d de 2 aii os hasta la de

    32

    inclusive, no comprendidos en el

    cuadro de exenciones lgicas naturales que la ley seii .ala en armona

    con las ms correctas de otros pases.

    Consecuencia, por tanto de los efectos del reclutamiento, son,

    en primer trmino, las cajas de rec luta que forman los centros donde

    el E j rc it o admit e y recibe los sol dados que cada aii o deben tener

    entrada en l.

    Al establecerse la lt ima organizacin, el Gobierno tuvo que aban

    donar el pernicioso mtodo de surt ir los cuerpos del Ejrcito de quin

    tos procedentes

    de

    distintos puntos,

    10

    cual si es verdad que evi taba

    algunos malos efectos del provincialismo, en cambio originaba gtav

    simos inconvenientes para la movilizacin de los batallones, al haber

    de nutrir estos su pie de guerra con soldados de distintas provincias,

    que radicaban en -el las desde que haban cumplido el t iempo de su

    servic io en cuerpo, y de aqu naci

    la

    idea de la localizacin, trmino

    10

  • 7/24/2019 Album Descriptivo Ejrcito y Armada_2 (1884)

    8/30

    LBU

    DESCRIPTIVO

    DEL EJRCITO Y

    LA

    ARMADA.

    medio entre el antiguo sistema y el territorial y que exigi la divisin

    del pas en tantas zonas mili tares como batallones activos. Con este

    sistema cada cuerpo poda recibir brevemente sus soldados l legado

    el momento

    de

    movilizarse.

    Vemos,

    pues la necesidad

    de

    crear las 14 0 zons y con estas la

    de

    las 14 0 cajas de recluta hoy existentes que

    si

    an no han comen-

    zado ejercer sus benficas funciones lo harn en cuanto se modif i-

    quen las disposiciones

    que

    exigen en la actualidad quelas operaciones

    de

    las quintas

    se

    verifiquen en las capitales

    de

    provincia.

    Ahora

    bien como cada

    ao el

    nmero de reclutas es

    bastante

    ma-

    yor del necesario cubrir las necesidades del Ejrcito permanente

    y

    como adems

    an

    permi te l a l ey l a redenci n met l ico por 1 .5 0 0

    pesetas

    los

    que

    quieren eximirse del servicio mil it ar en t iempo de

    paz los cuales quedan pesar

    de

    la redencin sujetos al llamamiento

    en pocas

    de guerra,

    para agrupar todos los soldados

    que por

    estos

    dos conceptos son declarados reclutas disponibles como tambin los

    mozos cortos de talla los colonos agrcolas los exceptuados tempo-

    ralmente del servicio

    por

    razones

    de

    familia y otros que nombraremos

    ms adelante

    para

    todos estos que

    adems

    no podan tener cabida

    en los exiguos cuadros

    de

    activo

    era

    preciso crear otros cuerpos y

    de aqu la existencia de los batal lones

    de

    depsito. \

    Mas volviendo examinar la ley

    de

    reemplazos observaremos que

    como

    sta

    divide el t iempo

    de

    duracin del servicio en tres perodos

    distintos: activo reserva activa y

    segunda

    reserva plazos

    que

    abarcan

    los tres primeros aos los

    tres

    segundos y los seis ltimos respectiva-

    mente; siendo as que los llamados anualmente las armas no deben

    permanecer con ellas en pocas de paz ms

    de

    los tres aos

    de

    activo y

    como por

    otra parte

    estos no

    pueden

    figurar en segunda reserva

    hasta

    cumplir los tres segundos aos la

    gran

    cifra de soldados del segundo

    perodo sea en reserva act iya como no

    puede

    estar cbn propiedad

    agregada

    los cuerpos permanentes tiene tambin su lgica situacin

    en los batallones

    de

    depsito los cuales

    de

    esta suerte resultan los

    yerdaderos depsitos de la Infantera permanente.

    Por

    ltimo el tercer perodo

    de

    servicio militar marcado por

    la

    ley

    sea

    el

    de

    los segundos seis aos comprende los que habiendo per-

    tenec ido los sei s primeros a l servicio act ivo la reserva act iva

    han

    figurado como reclutas disponibles dicho p1azo pasan la lt ima

    situacin citada que por su carc te r def inido forma la gran m as a de

    reservistas llamada movilizarse inmediatamente despus que los cuer-

    pos activos. Y como podra suceder que durante la campaa necesita-

    sen los batallones de reserva el auxilio de nuevas fuerzas para reem-

    plazar sus bajas este importante extremo todava deberanatender

    los de depsito encargndose de instruiry conducir los hombres nece-

    sarios por lo cual estos organismosdeben definirse en lt imo trmino

    como los depsitos no slo de las tropas activas sino d e t od a la

    Infantera.

    Por

    lo tanto puede deduc irse que con arreglo las exigenc ias de

    l a ley de reemplazos es ta Arma sostiene en primer trmino sus tro-

    pas permanentes en segundo las de reserva y en tercero las de dep-

    sito para auxilio de l as dos pri me ra s y como recurs o e xt re mo en

    caso de que profundas desventuras nacionales hicieran preciso un es-

    fuerzo extraordinario y supremo.

    Escuela Central e zro. Forma sta uno de los organismos

    independientes y propios del Arma siendo su interesante o j ~ t o el de

    difundir el conocimiento terico y prctico del armamento y municio-

    nes de la Infantera entre los que concurren ella para obtener el

    ttulo de instructores. A este fin los cuerpos envan dicho centro

    contingentes compuestos

    de

    Oficiales subalternos y sargentos que son

    releyados peridicamente y asimismo pasan la escuela los alumnos

    de la Academia general mili tar en el momento d e se r ascendidos

    Alfreces de Infantera si bien estos permanecen en ella tan slo seis

    meses

    durante

    cuyo tiempo

    se

    perfeccionan en

    la

    instruccin p r t i ~

    del tiro.

    La

    Escuela radica en Toledo

    y

    en su establecimiento existen .los

    locales o n s i g u i e n t ~ s para cuartel

    de

    la tropa clases museo y biblio-

    teca contando este centro con un regular polgono.para verificar las

    enseanzas prcticas.

    Su

    plantilla es como sigue:

    JEFES Y OFICIALES.

    Teniente coronel Subdirector.

    2 Comandantes Profesores de Oficiales.

    2 Capitanes id.

    3 Tenientes id. de las clases de tropa.

    Primer Ayudante Mdico.

    TROPA.

    2 Sargentos primeros.

    3 Idem segundos.

    3 Cabospr imeros.

    2 Idem seeundos.

    Cabo de cornetas.

    2 Cornetas.

    3

    Soldados.

    Maestro armero.

    El

    General Director

    de

    la Academia general Militar residente en

    Toledo,

    es la vez In sp ect or

    Delegado

    de l a E scuel a Cenfral

    de

    Tiro.

    El

    plan

    de

    estudios comprende dos cursos

    de

    cinco meses

    de

    dura-

    cin

    que

    empiezan en 1. 0

    de Setiembre

    y

    Febrero,

    y concluyen en

    fin

    de Enero

    Junio respectivamente abarcando el

    programa de

    las

    clases de Oficiales las materias siguientes: Lecciones preparatorias

    de

    fsica y mecnica; lecciones sobre las armas las municiones y el t iro

    y ejercicios y experiencias prcticas.

    El programa

    de l as cl as es

    de t ro pa

    se reduce conoc imientos

    menos extensos acerca de las dos lt imas m at er ia s que c ur sa n l os

    Oficiales.

    olegzo e Hurfanos e la Infantera Este centro que reside

    en Toledo constituye un establecimiento de beneficenciaque honra

    su Arma tanto por su fin esencial cuanto por los buenos resultados

    que reporta los acogidos en l.

    Su

    sostenimiento depende nicamente de la asociacin voluntaria

    de la mayora de los Oficiales del Arma que contribuyen con sus cuo-

    tas, bien desde la Pennsula desde las poses iones ult ramarinas y

    aun de los Oficiales de Sanidad que prestando sus servicios en la In-

    fantera desean figurar como socios cuyo fin unos y o tros se obli-

    gan satisfaer mensualmente las siguientes cantidades:

    Pesetas.

    Coroneles.......

    . . . . . . . .

    1 25

    Tenientes coroneles . . . . . . .

    J

    1 00

    Comandantes

    . . . . . . . . . . . . .

    Capi tanes . . . . . . . . . . . . . . . . . 0 75

    Tenientes

    . . . . . . . . . . . . . . .

    J

    0 5

    0

    Alfreces. . . . . . . . . . . . .

    Sargentos por trimestre .. .

    0 25

    Cabos

    y

    cornetas en id . . . . .

    0 13

    Soldados. . . . . . . . . . . . . . . 0 07

    Los Oficiales generales no tienen sealada cantidad fija pues se

    deja su cri te rio el f ij arse s propios la cuota mensual .

    Al importe de las cuotas deben an aadi rse las s iguientes ent ra -

    das que

    la

    Sociedad

    est

    autorizada percibir.

  • 7/24/2019 Album Descriptivo Ejrcito y Armada_2 (1884)

    9/30

    I F A TER IA.

    39

    Ad ems ex iste el sigu ien te p erson al d e la clase civ il.

    El C olegio slo p u ed e sostener e n l a a ct ua li da d un t ot al d e 400

    hurfanos de ambos sexos los cuales pueden tener entrada e n a qu el

    l os s ie te a o s de e da d y p er ma ne ce r en l hasta cumplir los veinte

    de

    no haber terminad o an tes la carrera p ro fesi n o ficio que hubie

    s en e le gi do m en os que por d efecto s fsicos falta de salud no

    p ue d an d ed ic ar se

    ganar

    lo p reciso para su manu ten ci n en cuy o

    ltimo caso p rocede la p rev ia formacin de expediente justificativo.

    1

    Teniente

    coronel Subdirector.

    1 Comandante

    del Detall

    Profesor

    de Matemticas.

    3 C a Pitane s

    3 Tenientes... . . . . . . .

    Profesores.

    3 Alfreces . . . . . . . .

    1 Mdico mayor.

    I Msico mayor.

    2

    Cabos.

    36

    Ordenanzas.

    a 7 8 p es e ta s 25 cntimos

    que

    an ualmen te ab on a

    el

    fondo

    de

    gran masa de los batallones activos por el importe de un vestuario.

    2.

    a

    50 p esetas tamb in ab on adas p o r los mismo s cu erp os p o r el

    valor

    de

    u na p rimera p uesta.

    3

    a

    p esetas d el fon do de msica d e cada b atalln .

    4.

    a

    La mitad de los alcan ces d e fallecido s q u e n o se reclaman por

    s us h er ed er os e n el t r mi no de dos afios.

    y S a Cuatro p lazas d e haber y p an d ia ri o p or b at al l n a ct ivo

    graduadas

    25 25

    pesetas anuales.

    Con el impo rte to tal d e estas cantidad es que r ad ic an e n el B an co

    de Espaa cu en ta co rrien te la Socied ad atien de al b en fico o b jeto

    de amparar los hurfanos de los suscritores cuidando de su existencia

    y educacin hasta

    la

    edad de 20 a o s b ie n a nt e s si es que aquellos

    toman

    carrera profesin oficio

    que

    les p ermita atender por s su

    subsistencia.

    El rgimen de la Asociacin est c ar go de dos Juntas una direc

    t iv a y otra econmica ms del personal de plantilla del Colegio.

    La J un ta d ir ec ti va l a f or ma n e l D ir ec to r general del Arma como

    presidente el Brigadier secretario de l a D ir ec ci n e n c on ce pt o d e

    v ic e pr es id en te e n el d e v oc al es t od os l os J ef es d e c ue rp o d e l a P e

    nnsula y Ultramar r es id en te s e n M ad ri d y c om o s ec re ta ri o c on voz

    y v ot o el J ef e d el N eg oc ia do de la Direccin que tiene encomendados

    l os a su nt os d e

    la

    Sociedad.

    Esta

    Junta debe reunirse por lo menos u na vez c ad a t res meses

    para ejercer la su perio r v ig ilan cia so bre el rgimen y admin istraci n

    s ie nd o e ll a l a encargada de au to rizar las revistas que juzgue conve

    niente pasar al establecimiento.

    La Junta econmica que t ie ne la vez el c ar c te r de consultiva

    y

    sirve para ayudar a l p re si de nt e e n el d es pa ch o d e l os a su nt os s e

    compone de tres jefes d e la g uarnici n d e Madrid p ertenecien tes la

    directiva y del secretario de sta d eb ien do aqu ello s relev arse p o r

    an tig ed ad cada tres meses.

    Sin perjuicio

    de

    r eu ni rs e l a J u nt a e co n mi ca c ua nd o l o c re a o po r

    tuno debe v er if ic ar lo u na ve z a l m es p or l o m en os .

    El personal que tien e la d ireccin in med iata d el C o leg io y forma

    por

    t9 nto

    la p lan tilla d e ste es el sig uien te:

    Dibujo.

    Carrera de M ae st ra s o rm al es..

    Los hurfanos pueden optar por cualquiera de los tres g neros d is

    tinto s d e instruccin q u e el C oleg io d ifun de atend ien d o las d istintas

    capacidades y aptitudes de los alumnos.

    El p rimero d e los med io s d e instruccin lo forman la ensean za de

    d etermin ad o s o ficios q u e b ien p ued en ap ren derse en los talleres

    de

    la c as a e n los d e l a po bl ac i n en que residan los alumn os en cuy o

    l ti mo c as o l a s oc ia ci n le s a uxi lia c on l a p ens in de

    1 25

    pesetas

    diarias.

    Los talleres q u e el C olegio debe so sten er son de

    Sastrera.

    Zapatera.

    Carpintera y

    Ebanistera.

    El segundo plan de ensel1anza consiste en el estudio de las materias

    siguientes:

    Instruccin primaria completa.

    Francs.

    Dibujo.

    Gimnasia.

    Msica.

    Preparacin

    para in greso en el C oleg io g eneral Militar y

    Segunda enset lanza en el Instituto de la poblacin.

    Por ltimo el tercer grupo de estudios lo forma el que comprende

    La Escuela de C abo s y Sargen tos instituid a en forma de compat1a

    d entro d el estab lecimien to y la cu al

    armada

    y u ni fo rm ad a c om o l as

    d el Ejrcito ad mite aqu ellos h urfan os cu ya asp iraci n se r ed uc e

    salir d el C olegio con la g rad u acin

    de

    sargento s ~ g u n o

    El

    pl an

    de estu dio s d e esta Escuela de clases comprende cuatro

    a t l os d e l os c ua le s l os d os p ri me ro s s on t e ri co s y a pr ob ad os que

    so n p o r los alumn os les dan d er ec ho l os g al on es

    de

    cabo primero

    la edad de 18 a o s; e n este m om en to p as an a l t er ce r a o p ra ct i

    c ar e n lo s b at al lo ne s a ct iv os un ao ejecu tan do to do el servicio de

    armas y eco n mico y adems d is tr ib uy en do l os d oc e m es es e n e st a

    forma. Dos llevando al sargento p rimero la con tab ilidad y d etall

    de

    la

    c om pa a; d os p ra ct ic an do c om o f ur ri el es ; d os v er if ic an do c ua nt as

    p artidas su eltas o curran en su b atall n; tres actu and o co mo secretario s

    de c au sa s y los t re s lt im os c om o e sc ri bi en te s d e l as oficinas de l

    detall.

    Al terminar los 19 aos d e edad las p rcticas an terio res si re

    s ul ta n l os a lu mn os a pr ob ad os e n examen y calificacin correspon

    d ien te so n ascen dido s sargentos s eg un do s y vu el ve n a l C ol eg io

    para c ur sa r y aprobar el c ua rt o a o de estudios que s e r ed uc e lo s

    tericos prescritos para su n uevo empleo d esp us de l o c ua l t ie ne n

    ya

    la salida n atu ral

    los destinos de s u c la se e n la Infantera.

    C omo co mp lemento esta descripcin del Colegio de Hurfanos

    d ebemos inclu ir el cu ad ro

    de p re mi os y c as ti go s q ue e l R eg la m en to

    de tan til establecimiento prescribe.

    Los

    documentos

    que

    necesita presentar todo hurfano para s er a d-

    mitido en el Colegio son los siguientes:

    Solicitud de ingreso hecha por l as m ad re s a bu el os t ut or es .

    Partida

    de

    casamiento de los padres legalizada.

    Pa.rtida de nacimiento del hurfano legalizada.

    C op ia d el ltimo Real d esp ach o n o mb ramien to d el p adre.

    Partida

    de

    defuncin del padre.

    En

    cuanto la instruccin que s e d if un de e n e s te b en f ic o c en tr o

    d eben salarse d os d istintos g rup o s seg n el sexo d e los alumno s.

    Para

    las hurfanas las materias de aprendizaje sern las siguientes:

    Instruccin primaria.

    L ab or es p ro pi as d e s u s ex o.

    Isica.

    1 5 ptas. mensuales.

    166 66

    id.

    10 0 id.

    30 id.

    45

    id.

    5 id.

    45 id.

    15 id.

    15 id.

    1 Capelln con

    . . . . . . . . . . . . . . .

    1 Profesor

    de

    l.

    enseanza con.

    1 I dem de prvulos con .

    Portero con .

    1 Cocinero

    con..

    . . . . . . . . .. . .

    1

    Escribiente con .

    12 Hermanas Ursulinas

    . . . .

    4 Costureras

    . . . . . . . . . . . . . . .

    5

    Lavanderas

    . . . . . . . .

  • 7/24/2019 Album Descriptivo Ejrcito y Armada_2 (1884)

    10/30

    4

    0

    LBUM DESCRIPTIVO

    DEL

    EJRCITO Y

    LA

    ARMADA.

    PREMIOS.

    Por aplzcaci z

    L Medalla de plata con inscripci6n y cinta aprobada por la Junta

    lo s q ue o bt en ga n p re mi o e n fin de curso.

    2

    Libros objetos de estudio de labor los sobresalientes en

    tres cursos consecutivos.

    Por buena conducta

    1 Per miso en vacaciones visitas y salidas en todos los das que

    marca el Reglamento.

    2

    Los que por extraordinario conceda como permiso

    el

    Director

    del Colegio.

    Por

    acciones dtznguidas

    La entrada como Oficial en esta Arma se ver if ica bien desde la

    Academia de aplicacin que concurr en los alumnos que han apr o

    bado en la gener al los cur sos de instr uccin r eglamentar ios 6 bien

    desde la clase de sargentos primeros.

    El empleo de Alfrez se concede hoy los sargentos primeros como

    premio los numer osos aos que llevan de ser vicio

    si

    bien sometin

    doles turno de rigurosa antigedad y previa la clasificacin de aptos

    para

    el

    ascenso condicin que se logr a por una conduct a intachable

    y mostrando

    en

    los exmenes anuales la aptitud necesaria para el des

    empeo del nuevo empleo.

    Las disposiciones vigentes consignan que de cada cuatro vacantes

    de Alfrez debe darse una al ascenso de sargentos primeros.

    En

    la actualidad la Infantera cuenta con los siguientes Jefes y Ofi

    ciales segn

    el

    escalafn del ao corriente cifras excesivas para sus

    necesidades pero las cuales provienen de la mala organizacin ante

    rior de las escalas y de las diversas perturbaciones profundas por que

    pas

    ha

    atravesado.

    1. Mencin honorfica por algn acto de abnegacin valor arro

    jo ,

    salvando de inminente peligro un compaero r ealizando otr o

    acto de pblica notoriedad y aprecio.

    2 El p re mi o d e q ue a de m s le j uz gu e dig no la J un t di re ct iva .

    CASTIGOS.

    De

    primer

    grado

    CLASES.

    Coroneles

    Tenientes Coroneles

    Comandantes

    Capitanes

    Tenientes

    Alfreces

    TOT

    rpero

    20 1

    397

    9

    0

    9

    2.4

    00

    2 9

    06

    2.699

    9.5

    12

    1 . Reprensi6n privada.

    2

    Estudio en horas extraordinarias.

    3 P la nt n en h or as d e r ec re o y c la se .

    4 P ri va ci n d e p re se nt ar se al a ct o

    de

    la visita y

    de

    paseo.

    5. Corre cc i n de uno t re s das.

    Segundo grado

    Haberes Los de

    Oficiales

    de

    l a pri me ra es cala a ctiva s on d e

    dos clases segn aquellos prestan sus servicios en los cuerpos perma

    nentes y comisiones activas en los batallones

    de

    reserva pues mien

    tras aquellos cobran sus sueldos ntegros los ltimos slo perciben los

    cuatro quintos de los haberes totales.

    Estos son los sealados continuacin.

    L

    Reprensi6n pblica con nota en su hoja biogr f ica.

    2. Privacin de salida con la familia en los das que se concede.

    3. Corr ec ci n d e t re s ocho das.

    Tercer grado

    CL

  • 7/24/2019 Album Descriptivo Ejrcito y Armada_2 (1884)

    11/30

    1

    FANTERA.

    4

    1

    CLASES. Aos.

    Coroneles.

    . . . .

    .

    64

    Tenientes

    coroneles.

    . . . . . . . . .

    62

    Comandantes. . . . . . . . . . . . . . 62

    Capitanes.

    . .

    .

    . . . . . . . . . .

    .

    60

    Tenientes. . . . . . . . . . . . . . . . . . 60

    Alfreces. . . . . . . . . . . . . . . . 60

    Le de

    scensos

    - Con separacin de l a l ey de r ecompens as por

    mritos especiales, existe otra ley para regular los ascensos

    de

    los

    Jefes y Oficiales

    durante

    l a paz , que data de 31 de Agosto

    de

    1866.

    Esta

    seala qlle para verificarse todo ascenso, es preciso, en primer

    trmino, que se haya producido vacante; despus, que esta no corres

    ponda

    la amortizacin,

    y luego

    q ue p ar a cubrir aquel la se atienda

    ta n

    s610 la aritigedad sin defecto.

    Se consideran vacantes para los efectos de ascenso todas las pro

    duc idas en los cudrs o rgn icos en los de carcter permanente,

    para cuyo desempo se exige empleo determinado, constando adems

    los haberes

    de

    este consignados en presupuesto.

    Las

    bajas definitivas

    del personal que s irve des tinos no comprendidos en

    este

    prrafo, no

    se consideran vacantes para su reemplazo por ascenso de

    la

    clase

    in-

    mediata

    Como en

    la

    actualidad existe personal excedente , la ley pre

    viendo tambin

    este

    caso, se aplica en s u s en tido de

    que

    cada tres

    vacantes

    se

    den dos al ascenso una la amortizacin.

    en las plantillas de ambas escalas , s ino tambin el de regularizar el

    movimiento de las mismas el de da r cabida los ret irados l icen

    ciados que voluntarimente lo d eseen.

    Los

    Coroneles de eserva tienen igual derecho ascender Oficia

    les generalesque los de activo y de los restantes institutos del Ejrcito.

    Durante las pocas normales, los Capitanesy subalternos, excepcin

    hecha de los emplados como cajeros , segundos jefes

    de

    cajas de

    recluta y habilitados, estn autorizados

    para

    residir en distinto punto

    que el marcado la plana mayor de sus batallones respectivos, si bien

    pra esto deben solicitarlo, por conducto de sus jefes naturales,

    de

    la

    autor idad mil itar super ior del d is tr ito, y suscr ib iendo s iempre la

    obligacin

    de

    presentarse en sus batallones en

    el

    momento

    que

    se les

    ordene

    lo

    requieran las necesidades del servicio. En caso de exist ir

    ms de seis Oficiales separados de la p lana mayor , turnarn por me

    ses para residir en la capital

    de

    la zona, tantos como fuesen precisos,

    para que nunca exceda de dicho nmero los ale jados de ella.

    El per sona l de r es erva slo cob ra los cua tr o quintos del s ue ldo

    sealado sus empleos en act ivo mientras permanecen en s ituacin

    normal, pasando cobrar sus haberes ntegros

    si

    en tiempo

    de

    gue

    rr a se les movil izase fuesen des tinados en comisin cubrir bajas

    en los cuadros de los batal lones act ivos de campaa en cuyo ca so

    lo ver if icar an sin dejar de per tenecer su escala, en la

    que

    volveran

    ocupar el puesto que les correspondiese al terminarse las operacio.

    ne s en el momen to en que fuesen r est it udo s los bat al lones de

    depsito,

    por

    no se r necesar ios sus servicios , pero recib iendo las

    recompei1sas que se hubiesen hecho acreedores.

    En

    cuanto los retiros sealados los Jefes y Oficiales reservistas,

    son los mismos

    que

    los sealados los dems Oficiales del Ejrcito,

    si b ien l a l ey les

    ha

    ampliado las edade s para obtener el forzoso, toda

    vez que el esp r itu de la creacin de la e scala de reserva se inform

    en el sentido

    de

    prolongar el tiempo

    de

    permanencia en

    el

    servicio;

    para provocar las consiguientes economas resul tantes en el

    p r e s ~ -

    puesto de clases pasivas, tanto por

    el menor

    nmero de Jefes y O f i ~ i a -

    l es que sol ici ten en ade lante sus r et ir os en edades ms tempranas ,

    cuanto para poder dar cabida tambin los ya ret irdos que deseen

    volver las annas alentados por j ~ s t a s aspi raciones. .

    edades citadas son fas siguientes:

    CLASES. Aos.

    Coroneles.

    . . . . . . . . . . . . . . . . . .

    5

    Tenientes coroneles.

    . . . . . . . . 46

    Comandantes.

    . . . . . . . . . . . . . . .

    5

    Capitanes.

    . . . . . . . . .

    .

    . . . . . . . 40

    Tenientes.

    . . . . . . .

    ..

    34

    Alfreces.

    . . . . . . . . .

    ..

    . .

    La situacin de reserva es definitiva, y

    por

    lo tanto, los que pasan

    ella no pueden en ningn caso ni circunstancia volver la escala activa,

    Con la misma se nutren los cuadros de los batal lones de deps ito

    en todas sus plazas de Alfrez Teniente coronel , s iendo los Coro

    neles de la escala de reserva los que desempean los cargos qe jefes

    de

    todas las zonas militares sealadas con nmero par.

    o obstante

    de

    lo que previene el pr rafo anter ior como la escala

    de reserva

    no

    se

    encuentra completa en la actualidad,

    y

    atendiendo

    la necesidad

    de

    colocar los excedentes de la act iva, las p lazas

    de

    los

    depsitos y jefes

    de

    zonas

    que

    resultaran vacantes por la falta

    de

    per

    sonal de reserva,

    se

    cubren actualmente con Jefes y Oficiales activos,

    si

    bien con carcter transitorio en comisin,

    toda

    vez

    que el

    da que

    se extingan los

    de

    esta clase excedentes, las plazas

    de

    depsito debe

    rn proveerse todas con el personal de segunda situacin.

    Pueden pasar la escala

    de

    reserva los Jefes y Oficiales que reunan

    las circunstancias indicadas continuacin:

    Los

    que lo soliciten vollU1tariamente despus de cumplir las edades

    s i g u i ~ n t e s

    Atendiendo la conveniencia

    de

    organizar pronto esta escala, se

    previno por isposicin de 5 de Febrero de 1884, si b ien concarcter

    transitorio,

    que

    con el fin

    d e

    poder optar la d isminucin de edades

    autorizada para una sola vez en el decreto

    de

    creacin de la escala

    de

    rese rva; tuviesen derecho ingresar en esta los militares que contasen

    .

    pur

    10 menos siete aos

    de

    efectivosservicios.

    Asimismo t ienen der echo ent ra r en la e scal a de r es erva en todo

    t iempo los Je fe s y

    O f i c i a ~ s q t l e

    aun no ternenoo las edades a rr ib a

    sealadas, aleguen motivos de salud,

    herida.c;

    recibidas en campaa

    otras causa dignas de ser tomadas en consideraCin y que les impi

    dan

    prestar

    con ventaj a su servicio en activo.

    Tambin tienen ingreso los que, como resultado de las clasificacio

    nes reglamentar ias, y previo el oportuno expediente, en que debern

    ser odos, no sean aptos

    para

    el servicio peculiar

    ele

    los cuerpos activo

    permanentes de la Infantera.

    Po r ltimo, concurre formar la escala

    de

    reserva todo el person al

    de l cue rpo de Estado Mayor

    de

    Plazas

    que

    lo solicite.

    De

    este no

    obstante, nos ocuparemos en otro captulo, atendida su especial misin

    sibie haciendo constar que los procedentes

    de

    lqlie hacen renuncia

    de sus derechos , pueelen

    se r

    colocados en idnt ica forma que los qlle

    ingresaron desde los batallnes: . .

    Para los efectos de ascensos y renovacin del personal

    de los

    dep

    sitos, debe tenerse presente

    la

    circunstacia de

    que

    est no completa

    la escala de reserva,; pues si en ambos casos se da la cuarta

    parte

    al

    ascenso

    de

    la c lase inmediata infer ior, en el

    de

    no hallarse completa

    aquella, las

    v a ~ a n t e s r ~ s t a n t e s

    se proveen en comisin por el personal

    excedente de la activa; en tanto

    que

    de hallarse completo el escalafn

    d reservistas, las tres cuartas partes de vacantes deben proveerse por

    los Oficiales de

    la

    activa

    que

    lo hayan solicitado reunan condiciones

    que les obliguen pasar; bien entendido no se concede

    el

    ingreso

    sin vacante previa ,

    y

    que aquella proporcin

    deber

    var ia r el d a en

    que, extinguido el personal sobrante de la Infantera,

    pueda

    determi

    n ar se e l p as e la r es erva desde la si tuacin

    de retirados, fin econ- _

    mico y principal hacia el cual

    ha

    tendido

    la

    leyen primer trmino, por

    lo cual

    esta

    autoriza al Ministro de la G u er r a p a ra variar la proporcin

    sealada para los ascensos, segn lo exi ja , no slo el

    fin

    d e a t en d er

    las alteraciones convenientes que en lo sucesivo puedan introducirse

  • 7/24/2019 Album Descriptivo Ejrcito y Armada_2 (1884)

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  • 7/24/2019 Album Descriptivo Ejrcito y Armada_2 (1884)

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    1 F A T ER A .

    de cuatro

    aos

    vol vi endo a l Ej rci t o a ct ivo despus de t e rmi na do

    antes si l os segundos l es c orrespondi era a sc ende r primeros para

    que a l verific arse el a sc enso c ue nt en c on

    un

    a o ms por l o menos

    de

    servicio en las filas.

    Del mismo modo provee rn l a forma ci n de l os c abos y sa rge nt os

    d e l as f ue rzas d e p ri me ra

    y

    se gunda reserva nec esarios pa ra e l pa se

    de

    e st as al pi d e g ue rr a.

    A rt . 6. Para sat isfa ce r e l pre ce pt o c omprendi do e n e l a rt c ul o

    anterior se observarn las ~ g l s siguientes:

    :

    Luego

    q ue el n mer o d e s ar gen to s q ue h ay a en l a p ri me ra

    reserva se a sufic ie nt e pa ra l as a te nc ione s del pase al pi de guerra de

    l os bat al lone s a ct ivos que c orre sponda n se proc eder e n l os l ic en-

    c ia mi entos suc esivos desi gna r por orde n de a nt i ge da d e ntre a que-

    l los lo s q ue h ay an d e f or ma r l os c ua dr os d e l os b at al lo ne s d e d ep -

    si to en nmero i gual a l de l os l ic enci ados c ada a o repart i ndolos

    c on l a posible i gual da d e ntre t oda s l as c ompa as

    para

    q ue en el mo-

    mento de la movilizacin tengan ya perfectamente sealados los pues-

    t os que deben ocupa r y e xpidi ndol es oport una me nte l os nombra-

    mientos corresl?ondientes.

    2 :

    La

    m is ma r eg la d eb er o bs er va rs e e n l os c ab os

    p ~ i m r o s

    y

    segundos a l disponerse l a movil iz ac in e li gi endo e ntre unos y ot ros

    l os nec esarios pa ra c ompl e ta r l os c ua dros de l a c la se i nme di at a supe-

    r io r e nt re l os ms a nt ig uo s

    de

    los que al verificarse el licenciamiento

    e n el c ue rpo de que proce da n ha ya n rec ibido el c erti fi ca do de a pti t ud

    q ue a cr ed it e s u s uf ici enci a p ar a d es em pe a r d ic ho s e mp le os e n l os

    batallones de depsito.

    3 : Para completar los cuadros de c ab os d e l os b at al lo ne s d e de-

    psit o se e le gi r n del mismo modo y c on suj ec in al mismo c ri te ri o

    l os s ol da do s q ue p or s u c on du ct a d es pe jo i ns tr uc ci n d ur an te s u

    e st a nc ia e n l as fil as parez ca n ms a pt os pa ra el desempeo d e e st e

    cargo y q ue e n t al c on ce pt o h ay an s id o n om br ad os s ol da do s d e p ri -

    mera

    clase y posean el certificado correspondiente de aptitud.

    4.

    a

    Para c ubrir du rante l os per odos de movil iz ac in l os c ua dros

    de sa rge nt os primeros de l os bat al l ones de depsi t o y de reserva se

    seguir la

    regla

    de c onsi de ra r c omo t al es l os segundos de l a pla nt il la

    p er ma ne nt e d e a qu el lo s a l p ie d e p az p er o s in d ej ar d e f ig ur ar

    por

    e st o en l a e sc al a de l os d e s u c las e y c ue rp o d el E j rc it o a ct iv o au n

    para l as r ec om pe ns as q ue p ud ie ra n r ec ib ir p or m r it o d e guerra; y

    para c ompl et a r l os e xpre sa dos c uadros sern e le gi dos l os sa rge nt os

    segundos l ic enci ados que pa ra servi r c omo t al es e n dic hos bat a ll one s

    se hayan d es ig na do e nt r e l os q ue s u i nd is pe ns ab le ce rt if ic ad o d e

    a pti t ud reunan l a c ircunsta nc ia de

    haber

    desempe a do e l c a rgo

    de

    furrieles y ofrezcan por consiguiente la garanta de haber practicado

    b aj o l a i nm ed ia ta d ir ec ci n d e l os c ap it an es y l as rd en es de los

    sargentos primeros todo el servicio

    que

    s e r ef ie re al d et al le y c an ta

    b il id ad d e c om pa a d ur an te un p er o do q ue n o s ea m en or de seis

    m es es e n el E j rc it o a ct iv o; c uy o e fec to s e s up ri me e n I nf an te r a l a

    c la se a ct ua l d e c ab o f ur ri el q ue v en dr s er s us ti tu d a p or a qu el la .

    A rt . 7. L os n omb ram ie nt os ex pe di do s l os s ar ge nt os y ca bo s

    que han de forma r l os c ua dros de l os bat al l ones de depsito y reserva

    n o p od r n e n n in g n c as o a le ga rs e c om o d er ec ho p or lo s interesados

    para

    disfrutar las ventajas

    que se

    c once da n l os del Ej rci t o a ct ivo;

    pe ro a s e st os c omo l os que obt engan l os c erti fi ca dos de a pt it ud q ue

    se refie re el arto 6. sern desde luego preferidos

    para

    todos aqueilos

    desti nos c ivil es que se reserve n l os l i ce nc ia dos c uyos sue ldos sea n

    inferiores los que se i ndic an e n l a l e y c orrespondie nt e para los que

    han de oc upa r sa rge nt os del Ej rc it o a ct i vo y unos y ot ros rec ibirn

    S\l licenciamiento el derecho al uso

    de

    una medal la ot ro disti nt ivo

    que e l Gobi erno de te rmi nar que a c re dit e si empre el mrit o que han

    contrado sin perjuicio de que se suj et e n un regl ament o e spec ia l l as

    rec ompe nsas que pueda n c once d rsel es por mrit os de

    guerra

    s er -

    vicios extraordinarios.

    ORGANIZACIN DE L OS C UA DR OS DE L AS C LA SE S DE TROPA.

    Artculo 1. La pl ant il la de l as c la se s de t ropa del arma de Infan-

    t er a s er e n l o s uc es iv o l a s e al ad a e n el a dj un to e st ad o.

    Art.

    2.

    Las correspondientes las de Caballera Artillera Inge-

    n ie ro s y b ri ga da s d e o br er os d e A dm in is tr ac i n m il it ar y s an it ar ia

    mi ent ra s no se d e st as a rma s i nsti tutos nue va organiz ac in se rn

    l as que t i enen e n l a a ct ual i da d.

    A rt . 3. De l os sa rge nt os que figuran e n l as pla nt il l as dic ha s no

    .podr

    haber

    m s r ee ng an ch ad os q ue u n p ri me ro y d os s eg un do s p or

    compaa escuadrn batera debiendo serlo tambin todos los

    que

    pertenezcan los cuadros de reserva de depsito remonta academias

    e sc ue la s de t iro y l os primerosy l a mit ad de l os se gundos c orre spon-

    di ent es l as

    brigadas

    de obreros de Administracin militar y sanitaria.

    Art. 4 . A n in g n s ar ge nt o r ee ng an ch ad o c on d es ti no e n c ue rp o

    a ct ivo podr di st ra rsel e ba jo pret e xt o a l guno del servi ci o de l as fil as

    del de su clase en el cu er po in st itut o

    que

    pertenezca.

    Los

    que

    o cu rr an e n o fi ci na s y o tr as d ep en de nc ia s de l a m is ma nd ol e s er n

    desempeados precisamente por los no reenganchados.

    Art.

    5.

    Cada

    batalln del Ejrcito activo

    proveer

    e n t ie mp o d e

    paz l a forma ci n de l os c ua dros pe rmane nt e s ne c la se s de tropa de

    l os c orrespondi ent es de depsi t o y de reserva c on l os sa rge nt os ms

    a nt i guos de

    que

    d is po ng a a qu el e nt re l os

    que

    no

    hayan

    servi do e n

    estos cuerpos en los que no de be rn pe rmane ce r ms que un per odo

    sc l s tropa. Hasta el p re se nt e p ue de d ec ir se q u e el arma

    de Infantera as como las dems del Ejrcito carecan de verdaderas

    e sc al as de t ropa t a nto

    para

    s ur ti r l as t ro pa s d e d ep s it o c omo

    l as de reserva .

    Para

    llenar

    este

    i mporta nte vac o se

    ha

    decretado en

    de Jul io de 1885 u na e xt en sa d is po si ci n e n l a cual no s lo s e

    provee a l e xtremo a nt e s menci onado sino que se resue lven ot ra s di-

    versas cuestiones de tal inters para las clases citadas que este mismo

    i nte r s nos mue ve i nse rta r nte gro dic ho dec ret o el c ua l por ot ra

    part e nos e vi t a l a mayor e xt ensi n que dar an l uga r l as e xpli ca ci o-

    nes pre ci sa s e n ot ro c aso prol igidad que resul t ar a e xc esiva

    para

    las

    pginas de este LBUM.

    El

    articulado del Decreto en cuestin es el siguiente:

    La

    l ey t eni endo pre se nt e que l os ret i ra dos

    por

    eda d no les es

    posible algunas veces contra su voluntad llegar contar los dos aos

    de efectividad

    en

    su ltimo empleo prev

    este

    caso haciendo abono

    del que l es fal te l os i nte re sa dos l o que e s lo mismo rec onoc i n-

    dol es c ua nt os se ret iren forzosa me nt e por e dad el ret i ro c on a rre glo

    su l ti ma c a te gor a mil it ar.

    Asi mi smo l a l ey que ri endo pre mi a r l os que l le ve n muc ho t i empo

    de efectividad en sus empleos cuyos plazos suponen la proximidad al

    a sc en so i nm ed ia to q ue a l no o bt en er lo s l le va e n s l a p r di da d e los

    mejores derechos correspondientes atiende tambin este extremo

    p re ce pt ua nd o q ue l os q ue s e r et ir en d e J ef es y C ap it an es con d oc e

    a os de e fe ct i vi da d en su lt ima c at e gora de Te ni e nt e s c on die z

    de

    Alfrec es c on ocho se l es a credit e un a ume nto de die z c ent si ma s

    partes sobre el retiro que debiera corresponderles.

    Por ltimo la leyes a si mi smo beni gna pa ra l os Jefes y Ofi ci al es

    p ro ce de nt es d e l a c la se d e s ol da do s r as os p ue s t en ie nd o e n c ue nt a

    que

    e st os por re gl a ge ne ra l no l l egan obt ene r sue ldos muy venta -

    j os os l es h ac e a bo no d e c ua tr o a o s p ar a el s e al am ie nt o d e l os g o-

    c es c orrespondi ent es dic ho ret i ro forzoso por e dad y pa ra l a e fe ct i-

    vidad del ltimo empleo.

    La

    situacin de retirado es definitiva y por lo t ant o los que pasan

    e ll a no puede n vol ve r a l servi ci o a ct ivo e n t i empo de paz.

  • 7/24/2019 Album Descriptivo Ejrcito y Armada_2 (1884)

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    44

    LBU DESCRIPTIVO DE L EJRCITO

    Y

    LA RMADA.

    Art . '8 .

    0

    Los haberes

    de

    las clases expresadas durante la movili

    zacin sern los mismos

    que

    corresponden los de los empleos anlo

    go s

    del EjrCito activo.

    Art.

    9.

    0

    Las

    vacantesque ocurran en la escala de'sargentos reen

    ganchados. sern cubiertas con ls ni.s ant iguos de sus clases que ,

    adem's

    de

    l levar sei s aos

    de

    s ervi ci o ac ti vo desde la fecha de su

    ingreso en el Ejrcito, reunan las condiciones necesarias al efecto.

    REE GANCHE

    Art.

    10 . Todo

    sargento quien se

    haya

    concedido la permanen

    c ia en las filas durante los sei s aos de serviio obl igator io en act ivo,

    podr

    contraer, al terminar sfe, tres 'Co-mpromisos sucesivos de reen

    ganche

    de otros tantos aos de duracin

    cada

    uno, con derecho

    a

    las

    siguientes ventajas:

    1.:1 Se

    depositar su favor en la caja del Consejo de redenciones

    y enganches mil it ares una cuota

    p r e n ~ i o

    de 500 peset as por cad a

    l ~ l a z o

    de'reenganche, 'las cuales, acumladas sucesivamente, onstitui

    rn un

    fondo que, administrado

    por

    dicho Consejo, pasar

    ser

    en

    definitiva propiedad del'

    sargento,

    y se le

    entregar,

    por lo t an to , en

    el

    momento mismo de abandonar las 'fi las,

    ya

    por pase desempear

    un des tino en l Administracin pblica, porque

    obtenga

    su licencia

    absoluta el retiro.'

    2.:1

    Percibi r mensualmente un plus razn de

    0,50

    pesetas dia

    rias en el trascurso del primer compromiso; de 0 ,75 peset as eh el del

    segundo, y de peset a en el t er ce ro y l timo. '

    3.:1 Recibir cada ao en ma sol a vez, y en la poca del i ni smo

    q u e s e d e te r mi n e, el inters del total importe de lai i cuotas deposita

    das, al mi'sro t a nt o p o r ciento 'que o,btenga para s us fondos eJ expre

    sado

    Consejo, enfendindose para tales efectos'que cada una de dichas

    {:uolas -empieia redituar desde la fecha en que se contraiga el res

    pectivo r e e n g a n ~ h e : '

    F:Ar.t: II . No obstante lo preceptuado en' el ar t culo antr ior, los

    cOf lpromisos'habr'n de renovarse cada

    ao,

    en el concepto de que

    los sargentos podrn rescindirIo,al terminar uno cualquiera de estos

    pedodos , excepto en caso de

    guerra, y

    de que el Gobi erno , su vez,

    se reserva la facultad d e h ac er o tro t an to en t oda poca ; , cuando lo

    motivasen causas justificadas lo hicieran necesario las variaciones

    de organizacin:

    Art.

    12 :

    En estos casos, adems de las cuotas totales devenga

    das , y sea cualquiera

    el

    perod de reenganche en qtie se encuentren,

    se abonar los sargentos 12 5 pesetas si la rescisin del compromiso

    se verifica al terminar

    el

    primer a o de servicio en dicho perodo; 300

    si se efecta al f inal iza r el segundo, y laparte de esas cantidades pro

    porcional al tiempo trascurrido,

    si

    por decisin del Gobierno termina

    el reenganche antes de coni.pletarse los aos.

    Art . 14.

    En

    caso de muerte s e abona rn l as cuot as di chas sus

    legt imos herederos, cerrando sus ajustes con arreglo lo preeeptuado

    en las disp'osiclones anteriores y proporcionalmente al tiempo servido

    por

    el finado.

    Art. 14. Terminado el t er ce r per odo de reenganche

    ya

    no podr

    el sargento contraer ningn otro, pero s continuar en las filas hasta

    la edad de cuarenta seis aos, en que se le dar el retiro que le

    corresponda,

    h as ta o bt en er u no

    de los des ti nos civiles que se l es

    reservan en la le y c o r r e ~ p o n d i e n t e aunque sin derecho alguno nueva

    cuota de reenganche, y percibiendo solamente el plus di ar io de una

    peset a y l os i nt eres es de las cuot as devengada s, las cual es no se les

    entregarn

    en ningn caso

    hasta

    el d a de su baj a en el Ej rci to .

    Art.

    15 Ser

    potestat ivo en

    lo s

    sargentos reenganchados

    dejar

    t odo

    parte

    del plus que devenguen, acumulado al fondo procedente

    de sus cuotas de reenganche, percibiendo

    el

    mismo inters qe ste

    aunque con la facultad de retirar, cuando

    estimen conveniente,

    toda

    la

    parte

    de su capital que no proceda de las cuotas dichas .

    Art. 16. Sin embargo de

    establecido en los artculos arteriores,

    los sargentos que deseen que el fondo const itudo con sus cuotas

    premios y l os ahorros de sus p luses i nt erese s sean i nver ti dos en

    papel de l a De uda del

    Estado

    impue st os en l as Caj as de Ahorros

    que por

    estar

    autor izadas intervenidas por el Gobie rno ofrezcan

    completa

    garanta,

    podrn sol ic it ar lo del Presidente del Conse jo de

    Redenciones para que as

    disponga; bien entendido que en el pr i

    mer caso se les darn conocer los nmeros de los ttulos adquiridos,

    ele los que no podrn nunca rec ibir los correspondientes las cuotas

    premios de reenganche has ta s er baj a def in iti va en el

    Ejrcito, y

    que en el segundo se har l a imposic in nombre del i ll te resado,

    pero con la c lusula de no poder ret irar la sin la intervenc in del Con

    sejo.

    En

    uno o tro concept o, los i nt eres es

    que

    se ref ie re la ven

    taja

    3.:1

    del arto

    1

    sern los

    que

    produzcan el papel el abono de l a

    Caj a de Ahorros . '

    Art.

    7. Las cuotas y pluses que const ituyan los fondos de los

    sargentos reenganchados no podrn

    ser

    secuestrados bajo ningn

    concepto para responder comproinlss contrados como particul'ares.

    Ar t. 18. Lo s s ar ge nt os que por sentenia del Consejo de

    Guerra

    hayan de cumplir a lg un a condena en presidio en alguno de los

    cuerpos disciplinarios, perdern desde luego derecho ' percibir,las

    cuotas de reenganche su favor'depositadas,

    pero

    no los intereses ni

    las cantidades que hubiesen dejado en caja voluntariamente hasta el

    da de la fecha de su 'procesamiento. Dichas cuotas ingresarn en el

    fondo de dotac in de la Academia espec ia l de que se trata ms ade

    lante (ar t. 30) '

    Art. 19. Los arrestos de los sargentos reenganchados en los cuar

    tos de correccin, llevarn consigo la prdida del plus correspondiente

    los das de durac in de aquellos, y las cantidades que procedan

    estos cas tigos ingr'esarn en el tondo de dot aci n de l a Academi a

    especi al , cuyo efect o el abono de l os p luse s que deban perder los

    sargentos se les har' en un papel espe i l de mul tas, cuyo compro

    bante se remitir al Consejo de Redenciones p a ra q u e satisfacindoles

    st e de menos , pueda ret ener los en su caj a fin de darles oportuna

    mente la aplicacin antes indicada.

    Art. 2 Los sargentos que aspiren al ascenso Oficiales despus

    de reenganchados, perdern, desdeel da de su ingreso en la Academia

    especial ya mericionada, el derecho percibir los premios cuotas de

    reenganche que les haya correspondido, recibiendo solamente los plu

    ses y los intereses de las cantidades qu e debieran habrseles satisfe

    cho y dej aron vol un tar iament e en fondo con aquel obj et o, menos

    que por no reunir las condicLones necesarias no pudieran

    ser

    Oficiales,

    en cuyo caso perdern nicamente

    para

    sus ven ta jas el t iempo d

    perma nencia en fa Academia d icha. Con las expre sada s cuo ta s no

    percibidas se subvendr en parte l os gas tos de aquel la, c omo asi

    mismo los que origine la adquisicin de l ibros

    de

    texto que

    los

    sar

    gentos neces it en, rec ibiendo estos adems, y en compensac in, una

    prima para costearse el uni forme y equipo a l ser promovidos alf

    reces, que consist ir en IS pesetas para los de Infantera y 22 5

    para

    los de Caballera,

    Art.

    2 I .

    Los asimilados actualmente las clases de sargel1tOS del

    Ej rc ito que figuran en las planas mayores de los cuerpos , as como

    todos los dems reenganchados

    de

    l as c lases de cabo y soldados, con

    t inuarn disfrutando las mismas ventajas que les conceden las disposi

    ciones vigentes.

    . Art. 22

    Las continuac iones en el servicio y los reenganches de

    los sargentos, as primeros como segundos, sern concedidos

    por

    ls

    Directores generales

    de

    l as respect ivas armas , propues ta de los pri

    meros jefes

    de

    los cuerpos, que debern fundarla'convenientemente,

  • 7/24/2019 Album Descriptivo Ejrcito y Armada_2 (1884)

    15/30

    INFANTERA

    45

    S perJUI IO de acompaar e ll a l a cop ia de la filiacin y hoj a de

    hechos del interesado como asimismo el informe del respectivo Con-

    sejo

    de Reenganches que

    con

    este

    objeto habr

    de

    constituirse en

    cada

    batalln, regimiento

    de

    Artillera Caballera y tercio

    de

    Guar-

    dia civil,

    y estar

    compuesto bajo la presidencia del jefe que siga

    en

    antigedad. categora al primero del cuerpo, del Comandante encar-

    gado del detall, el Capitn ayudante y dos de compaa, uno de ellos

    el de l a d el sargento que pretenda la continuacin en el servicio

    el

    reenganche, ejerciendo las funciones

    de

    secretario el

    ms

    moderno

    de

    dichos capitanes.

    El

    Consejo en sus deliberaciones

    tendr

    la vista

    las notas

    de

    concepto

    o t e ~ i d s

    por el

    sargento

    en los lt imos ex-

    menes; y en el informe que emita,

    se

    expresarn circunstanciadamente,

    as las razones e n que se apoya su dic tamen, como el resul tado de la

    votacin que habr ste de someterse, juntamente con los votos par -

    ticulares si los hubiere.

    ASCENSOS Y

    CLASIFICACIONES

    Art

    23. A partir de la fecha e n q ue empiecen regir las dispo-

    siciones contenidas

    en

    el

    presente

    decreto, los ascensos

    de

    las clases

    d e t ro pa s e

    verificarn en

    todas

    las

    armas

    insti tu tos del Ejrc ito

    por

    eleccin exclusivamente, debiendo efectuarse

    sta

    en la forma

    siguiente:

    . De soldado cabo primero en cada compaa, escuadrn batera.

    De

    cabo primero sargento primero inclusive, dentro de cada uni-

    dad

    orgnica.

    Art

    24.

    N o p od r s er n om br ad o

    soldado

    de

    preferencia

    de

    primera clase ninguno

    d e seg un da q ue

    no

    sepa

    l ee r, e sc ribi r y l as

    Ordenanzas en

    todo

    cuanto respecta las obl igaciones del soldado .

    Art 25. Para obtener los ascensos hasta sargento segundo inclu-

    sive, sern requisitos indispensables:

    1. L le va r s eis mes es de servicio precisamente en las filas para

    ascender

    cabo segundo.

    2

    Haber desempeado

    en

    las filas

    durante

    cuatro meses el em

    pleo .de cabo

    segundo

    para s er promovido primero.

    3.

    Contar

    seis meses

    de

    antigedad

    de

    cabo primero

    de

    ellos

    tres cuando menos prestando servicio en las f ilas , para el a scen so

    sargento segundo.

    4.

    Probar

    la apt itud

    y

    suficiencia

    para

    el ascenso en exmenes

    anuales, verificados con sujecin las prescripciones del

    Reglamento

    especial

    que

    al efecto se publicar.

    Art 26. El mismo Reglamento determinar cmo y con qu

    requisitos ha br n de se r expedidos los certificados de que trata la

    regla 4.

    a

    del arto 6. la s clases de t ropa que de ban pa sar anual

    mente

    la reserva .

    Art

    27. Para

    obtener

    el empleo de

    sargento

    primero

    ser

    pre

    ciso llevar dos aos por lo menos de segundo y

    estar

    declarado

    apto

    para el ascenso, tanto

    por

    lo que respecta s