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REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA MUNICIPIO DE MANAURE SECRETARIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA 1 MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO (MFMP) 20132022 NESTOR CASTRILLON ROIS SECRETARIO ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO MANAURE, NOVIEMBRE DEL 2012

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DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA

MUNICIPIO DE MANAURE

SECRETARIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

1

MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO

(MFMP)

2013– 2022

NESTOR CASTRILLON ROIS SECRETARIO ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO

MANAURE, NOVIEMBRE DEL 2012

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TABLA DE CONTENIDO

1. INTRODUCION……………………………………………………………………………………………………..…...2

2. MARCO LEGAL……………………………………………………………………………………………….…..…..…5

3. EL PLAN

FINANCIERO…………………………………………………………………….…………………….…...83.1.

ALCANCES DEL PLAN FINANCIERO………………………………………………………………………...….9

3.2. SUPUESTOS MACROECONÓMICOS………………………………………………………………………...9

3.3 ESTIMACION DE INGRESOS 2013-2021……………………………………………………………..……10

3.4. PROYECCIÓN DE GASTOS 2012-2021……………………………………………………………….......11

4. ANALISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 617 DE 2002………………………………………..….18

5. METAS DE SUPERAVIT PRIMARIO…………………………………………………………………………….20

6. ANÁLISIS DE LA DEUDA PÚBLICA Y SU SOSTENIBILIDAD……………………………………...…..21

7. ACCIONES Y MEDIDAS QUE SUSTENTAN EL CUMPLIMIENTO DE METAS.....................22

7.1 ESTRATEGIA DE FORTALECIMIENTO TRIBUTARIO…………………………………………………...23

7.2. OPERATIVIZACIÓN DE LA SECRETARIA ADMINITRATIVA Y FINANCIERA…………………..24

8. INFORMES Y RESULTADOS DE LA VIGENCIA ANTERIOR..............................................25

8.1 RESULTADOS EJECUCION PRESUPUESTAL DE INGRESOS EN 2011............................26

8.2ANALISIS DE RESULTADOS EN GASTOS 2011……………………………………………………..……27

9. ESTIMACION DEL COSTO FISCAL DE EXCENCIONES TRIBUTARIAS..............................28

10. RELACION DE PASIVOS EXIGIBLES Y CONTINGENTES.................................................28

11. COSTO FISCAL DE LOS PROYECTOS DE ACUERDO……………………….…………………….…….29

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1. INTRODUCCIÓN. La Ley 819 de 2003 creó el Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP) como la herramienta principal para realizar el análisis de las finanzas públicas nacionales y territoriales en un período de diez años. El objetivo de la Ley de Responsabilidad Fiscal es el de promover la transparencia y la credibilidad de las finanzas públicas, en un horizonte que supera el periodo de gobierno, de esta manera se puede prever el efecto que tienen las políticas de ingresos y gastos actuales en el mediano plazo. El municipio de Manaure -La Guajira ha venido presentando el MFMP desde el año 2004, de acuerdo con lo establecido por la Ley. Para 2013 se presenta un análisis estructural de la evolución, las perspectivas y las metas de las finanzas públicas del Municipio. Así se le entrega al Honorable Concejo y a la ciudadanía en general, las herramientas de juicio necesarias para el análisis y control de las finanzas públicas municipales. A continuación se presenta un análisis detallado de los resultados financieros y fiscales observados en la vigencias anteriores, con históricos tanto de ingresos como de gastos desde el año 2007 al año 2011 y en el presente año 2012 hasta el mes de Octubre de 2012 y se proyecta el comportamiento futuro de la ejecución activa y pasiva a diciembre de 2012,para proyectar hasta el año 2022 el Plan Financiero con porcentajes fiscales, variables macroeconómicas e indicadores fiscales en el mediano plazo. A través del presente documento se refleja que logros en materia de deuda pública, el municipio la mantiene en ceros en los últimos años, en materia de recaudo no se muestra una mejora, este último indicador a nivel general de ingresos tributarios pasó de 1.181 millones en 2007a 2.074 se proyecta al terminar la presente vigencia 2012, es decir un crecimiento real del 5%, por vigencia El ajuste en las finanzas públicas del municipio de Manaure -La Guajira no se ha logrado muy a pesar de los esfuerzos y acciones para mantener un crecimiento controlado de los gastos. En los últimos años, desde 2006 hasta 2012 el gasto público de funcionamiento, creció alrededor de 4% en términos reales, es decir descontando el efecto inflación. Como meta primordial de la Administración Municipal en la presente administración y para las vigencias 2013,2014 y 2015 es la recuperación de cartera se espera que los niveles de recaudo sean superiores 95% ya que se implementaran estrategias fuertes y sólidas que permiten la generación de ingreso al erario público. En este sentido, se asume una posición fiscal prudente hacia el mediano plazo, que parte de trabajar con supuestos moderados sobre el cálculo de las proyecciones de ingresos y de esta forma el escenario financiero se asegure que entre 2013 y 2022 el crecimiento promedio de los ingresos corrientes sea de un 10% y del sistema general de participaciones se calculó en un 3.5% para ajustar mediante documentos CONPES, en el primer reporte de ajuste a las doceavas partes en el año 2013, siendo un supuesto también conservador de acuerdo a las recomendaciones del Departamento Nacional de Planeación y el gasto se proyectó con una 3.5% de acuerdo al IPC, en especial si se tienen

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en cuenta aspectos como la incidencia del comportamiento de la economía a nivel Nacional. Todo esto deberá verse reflejado en resultados presupuestales favorables y situaciones tendientes a superávit, una vez confrontados ingresos con gastos. En este escenario, el municipio se compromete con una estrategia fiscal fundamentada en tres pilares: primero, mantener acciones tendientes a motivar el pago de impuestos y recuperación de cartera, impidiendo prescripciones y niveles de cartera superiores al 20%; segundo, hacer uso de la deuda pública en el mediano plazo y por último, continuar con la política moderada en gastos de funcionamiento y tender a mejorar los recursos canalizados hacia la inversión. Igualmente en la presente vigencia fiscal se vislumbra un superávit, lo que refleja un manejo prudente de las finanzas públicas En línea con lo anterior se espera para el 2013 que, en cuanto al manejo de cartera, en relación con el impuesto predial, se logre el ingreso con tendencia paulatina de por lo menos el 40% del total de los montos de cartera previstos a finales de la vigencia 2013. De esta manera, el Marco Fiscal de Mediano Plazo del municipio de Manaure -La Guajira tiene como objetivo construir un sendero financiero factible en el mediano plazo (2012 – 2021), en el que el comportamiento de ingresos y gastos de la entidad territorial garanticen las normas vigentes de endeudamiento (Ley 358 de 1997), racionalización y autofinanciación de los gastos de funcionamiento (Ley 617 de 2000) y de responsabilidad fiscal (Ley 819 de 2003). La continuidad en la elaboración de esta herramienta de planificación financiera de la entidad territorial, se construye a partir de un conocimiento detallado de su situación fiscal, los pasivos que tiene la entidad, los procesos jurídicos en contra de la administración en todos los niveles, la estructura actual de ingresos y gastos, y el claro establecimiento sobre si se cumplen los límites legales de endeudamiento, la sostenibilidad de la deuda y el gasto de funcionamiento. Este documento recoge los componentes generales de la Ley 819 de 2003 de responsabilidad y transparencia fiscal, como resultado de la implementación de procesos de gestión y apoyo institucional de las diferentes instancias y niveles administrativos de planeación, en busca del fortalecimiento fiscal del municipio de Manaure -La guajira que propenda a la búsqueda del desarrollo regional, permitiendo evaluar y dar soporte a las decisiones financieras de mediano plazo y bajo un marco de sostenibilidad financiera.

El documento consta de diez partes, en una primera parte se presenta el balance general de los resultados financieros del 2012 y las expectativas para el 2013. En el segundo tema se describe el Marco Legal. En una tercera parte se comprende todo lo relacionado con Plan Financiero y análisis de ingresos y gastos basados en ejecuciones activas y pasivas reales; las metas de superávit primario en la 4° parte. En el punto 5 se condensan acciones y metas que sustentan el cumplimiento de metas. En el aparte 6 se contemplan los pasivos contingentes, el 7 el costo fiscal de los acuerdos municipales, el 8 el análisis de la sostenibilidad de la deuda, en el 9 el informe de fondo de pensiones y finalmente el cumplimiento de indicadores ley 358/97.

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2. MARCO LEGAL.

Los Planes de Desarrollo son un instrumento de planeación que contiene los programas sociales y económicos que cada gobierno pretende desarrollar durante el periodo para el cual fue elegido. Es el principal insumo para la programación presupuestal de la inversión pública. En él se plasman los objetivos generales y específicos de la acción estatal a mediano y largo plazo, las metas generales cuantitativas y cualitativas y los mecanismos para lograrlas, las estrategias y políticas en materia económica, social, financiera, administrativa y ambiental. De este instrumento básico de la planeación, se desprenden los demás insumos que se requieren para iniciar la programación del presupuesto.

El principal marco normativo de la Planeación Económica y del Sistema Presupuestal Colombiano está determinado y definido por normas constitucionales y orgánicas. La Constitución Política de Colombia establece que sobre esta categoría especial de leyes se debe sujetar el ejercicio de la actividad legislativa, cuando se refiera a esas materias.

Constitución Política: Artículo 151. El Congreso expedirá leyes orgánicas a las cuales estará sujeto el ejercicio de la actividad legislativa. Por medio de ellas se establecerán los reglamentos del Congreso y de cada una de las Cámaras, las normas sobre preparación, aprobación y ejecución del presupuesto de rentas y ley de apropiaciones y del plan general de desarrollo, (…).

Constitución Política: Artículo 342. La correspondiente ley orgánica reglamentará todo lo relacionado con los procedimientos de elaboración, aprobación y ejecución de los planes de desarrollo y dispondrá los mecanismos apropiados para su armonización y para la sujeción a ellos de los presupuestos oficiales. Determinará, igualmente, la organización y funciones del Consejo Nacional de Planeación y de los consejos territoriales, así como los procedimientos conforme a los cuales se hará efectiva la participación ciudadana en la discusión de los planes de desarrollo, y las modificaciones correspondientes, conforme a lo establecido en la Constitución.

En desarrollo de estos preceptos constitucionales se expidieron las normas orgánicas del Plan Nacional de Desarrollo y del Presupuesto, disposiciones que establecen los requisitos que se deben seguir para preparar, presentar, aprobar, modificar y realizar el seguimiento, evaluación y ejecución del Plan y del Presupuesto. Con estricta sujeción a estas normas el gobierno nacional presenta al Congreso de la República los proyectos de ley correspondientes al PND y al Presupuesto General de la Nación (PGN).

Constitución Política: Artículo 200. Corresponde al Gobierno, en relación con el Congreso: (…). 3. Presentar el plan nacional de desarrollo y de inversiones públicas, conforme a lo dispuesto en el artículo 150. 4. Enviar a la Cámara de Representantes el proyecto de presupuesto de rentas y gastos.

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(…). Constitución Política: Artículo 150. Corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio de ellas ejerce las siguientes funciones: (…). 3. Aprobar el Plan Nacional de Desarrollo y de inversiones públicas que hayan de emprenderse o continuarse, con la determinación de los recursos y apropiaciones que se autoricen para su ejecución, y las medidas necesarias para impulsar el cumplimiento de los mismos. (…). 11. Establecer las rentas nacionales y fijar los gastos de la administración. (…).

La elaboración del Marco Fiscal de Mediano Plazo de la administración central del municipio de Manaure- La Guajira, se fundamenta en los lineamientos generales de la Ley 819 de 2003 por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal.

En cumplimiento del artículo 5 de la citada ley, el Marco Fiscal de Mediano Plazo para las entidades territoriales se presentará anualmente a título informativo al Concejo, por el Alcalde, simultáneamente y en la fecha en la cual se presenta el proyecto anual de presupuesto, y su contenido comprende:

El Plan Financiero, contenido en el artículo 4 de la Ley 38 de 1989, modificado por el inciso 5 de la Ley 179 de 1994, compiladas por el Decreto 111 de 1996. Ley 152 de 1994 para el PND y leyes 38 de 1989, 174 de 1994 y 225 de 1995 (Compiladas en el Decreto 111 de 1996), 617 de 2000 y 819 de 2003 para el presupuesto.

Las metas de superávit primario, así como el nivel de deuda pública y un análisis de su sostenibilidad.

Las acciones y medidas específicas en las que se sustenta el cumplimiento de las metas, con sus correspondientes cronogramas de ejecución.

Un informe de los resultados fiscales de la vigencia fiscal anterior.

Una estimación del costo fiscal de las exenciones tributarias existentes en la vigencia anterior.

Una relación de los pasivos exigibles y de los pasivos contingentes que pueden afectar la situación financiera de la entidad territorial.

El costo fiscal de los proyectos de acuerdos sancionados en la vigencia fiscal anterior.

A su vez, el estudio de las finanzas municipales y su proyección en el mediano plazo implica el manejo detallado y estudio de lo que respecta a las normas vigentes de endeudamiento Ley 358 de 1997, racionalización del gasto Ley 617 de 2000, y el Sistema General de Participaciones Ley 715 de 2001.

La Ley 358 de 1997, por la cual se reglamenta el artículo 364 de la Constitución y se dictan otras disposiciones en materia de endeudamiento, surge ante la creciente tendencia de la deuda contraída por las entidades territoriales durante la segunda mitad de la década de los 90, a partir de la cual las administraciones deben realizar análisis de su capacidad de

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generación de ahorro operacional para financiar el pago de servicio de la deuda y por ende calcular su capacidad de endeudamiento. El objetivo final de esta Ley es determinar el nivel de deuda que las entidades pueden sostener en el largo plazo, teniendo en cuenta su estructura de ingresos y costos del servicio de deuda, incorporando el análisis de solvencia y sostenibilidad de ésta.

La Ley 617 de 2000, establece normas tendientes a la racionalización del gasto público. El objetivo principal es el de facilitar la racionalización de los gastos de funcionamiento en las administraciones centrales, sus órganos de control, asambleas y concejos y permitir el ajuste gradual de los mismos de acuerdo con el nivel de ingresos corrientes de libre destinación que, según su categoría, pueden generarse en cada entidad. En este marco normativo se ofreció como herramienta los programas de saneamiento fiscal y financiero bajo el esquema de deuda con garantía de la Nación.

La Ley 715 de 2001, por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto legislativo 01 de 2001) de la constitución política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros. En el año 2001 surge la Ley 715 en reemplazó de la Ley 60 de 1993, como herramienta que permite la ejecución de gasto e inversión sectorial de acuerdo con las responsabilidades asignadas a las entidades territoriales. Así pues el objetivo de esta norma es la asignación de las competencias entre Nación, Departamento y Municipio en términos de los servicios de educación, salud y sectores de propósito general, tales como agua potable y saneamiento básico. De igual manera determina la destinación de los recursos de transferencias de la Nación frente a cada uno de los sectores. La ley 715 se modificó mediante la ley 1176 de diciembre 27 de 2007, en desarrollo del Acto Legislativo 04 de 2007, con referencia al monto de las transferencias.

Así mismo, el Decreto 111 de 1996, que compila las normas de las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto, el Decreto 359 de 1995, por el cual se reglamenta la Ley 179 de 1994, el Decreto 568 de 1996, por el cual se reglamentan las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995 Orgánicas del Presupuesto General de la Nación y el Decreto 115 de 1996, por el cual se establecen normas sobre la elaboración, conformación y ejecución de los presupuestos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen de aquellas, dedicadas a actividades no financieras.

En el Municipio de Manaure- La Guajira se enmarca la legalidad presupuestal actual así:

Acuerdo No.012 del 31 de Mayo de 2012 “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo del municipio de Manaure- La Guajira 2012-2015 “Gobierno Visionario y Emprendedor”.

Norma Orgánica del Presupuesto general del Municipio de Manaure - La Guajira Acuerdo 02 del 29 de Febrero de 2012.

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3. EL PLAN FINANCIERO (2013-2022).

Es el principal instrumento de planificación y gestión financiera de la administración central municipal, fundamentado en el diagnóstico de las finanzas del municipio desde el punto de vista de las operaciones efectivas de ingresos y gastos y que pretende, como resultado, adquirir elementos de juicio para sustentar el comportamiento fiscal en el corto y mediano plazo contemplando la previsión de los ingresos, gastos, ahorro o déficit y su escenario de financiación. Permite proyectar las previsiones de ingresos, gastos, excedentes, requerimientos y alternativas de financiamiento necesarios para el cumplimiento del Plan de desarrollo y la ejecución presupuestal, en concordancia con la política monetaria y cambiaria. Tiene como base las operaciones efectivas de aquellas entidades cuyo efecto sobre la situación fiscal, cambiaria o monetaria del país haga aconsejable tenerlas en cuenta en el plan financiero. El plan financiero 2013-2022, se ajusta con base en los resultados del periodo 2007-2011, el estimado a diciembre de 2012 y se amplía al 2022 para mantener un horizonte de proyección de diez años, incluyendo un informe detallado de los resultados de la vigencia anterior. A través de la aprobación por parte del Concejo, el Presupuesto se convierte en una autorización máxima de gasto para las entidades que lo integran y una estimación de los recursos que se requerirán para financiarlo durante una vigencia fiscal determinada. Los conceptos de sostenibilidad fiscal y de déficit, que se reflejan en el MFMP, distinguen de manera clara los recursos de endeudamiento (interno y externo) del resto de ingresos , así como entre gastos corrientes y de capital, los cuales, clasificados de acuerdo con los unos estándares , permiten medir el presupuesto. Lo anterior implica que la estructura legal del presupuesto no es completamente equivalente al contenido económico de los conceptos, dado que las cuentas que identifican los rubros de gasto deben reclasificarse entre una y otra estructura de medición para poder lograr el objetivo de transparencia y el cálculo del impacto económico del presupuesto en las metas del Plan de Desarrollo. En Colombia, el gasto público se contabiliza en el momento en que la apropiación presupuestal queda comprometida, en otras palabras, el déficit fiscal se determina por el tamaño del presupuesto.

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Es importante aclarar que el presupuesto se ejecuta siguiendo lo que se conoce como la cadena de ejecución presupuestal: compromiso, obligación y pago. La medición del impacto fiscal se da en el momento del compromiso (al firmar un contrato, por ejemplo), con lo cual el registro del efecto económico tiene lugar en el momento de la autorización del gasto. El análisis de los aspectos que afectan los recaudos y los gastos de funcionamiento en el Municipio de Manaure es fundamental para encontrar alternativas de solución a los problemas presentados en la administración con el financiamiento del ICLD/GF. Con fines de elaborar vías que posibiliten nuevas acciones y de esta manera determinar el potencial cierto de recursos con los que puede contar el municipio para la financiación de su gasto de funcionamiento en el resto del gobierno de la actual administración fijando así metas ajustadas a la realidad. 3.1. Alcances del Plan Financiero.

Armoniza los Planes de Desarrollo y/o programas de gobierno con los presupuestos anuales y los planes plurianuales de inversión.

Garantiza que en el Área de Gestión Financiera se desarrollen procesos internos de planificación, a través de los cuales se definan objetivos del área y se diseñen mecanismos para su logro.

Establece las bases para la producción y actualización permanente de la información tanto el estado de avance de los proyectos como de la información financiera en sí, requerida para la toma de decisiones que sirvan de base para el diseño y ajuste del Plan de Desarrollo y del Presupuesto.

Hace el seguimiento permanente de las políticas financieras adoptadas, en cuanto a su ejecución, oportunidad y resultados con el propósito de establecer los puntos críticos y adoptar los ajustes necesarios. 3.2. Supuestos Macroeconómicos. El Plan de Desarrollo “GOBIERNO VISIONARIO Y EMPRENDEDOR”, del municipio de Manaure- La Guajira aprobado mediante Acuerdo 012 del 31 de Mayo de 2012, está soportado también con el Plan Financiero para las vigencias 2012-2015, con base en resultados obtenidos en los dos últimos años, el comportamiento de los ingresos obtenidos hasta el 30 de Septiembre de 2012 y el estimado para los últimos tres meses del año 2012, se hace la proyección de los ingresos 2013 y hasta el 2022. Para la estimación de ingresos 2013, nos basamos en el comportamiento de cada componente de impuesto y renta durante los últimos cinco años y lo ejecutado en los tres primeros trimestres 2012, estimando los ingresos posibles a 31 de diciembre de 2012, y de conformidad con el crecimiento porcentual anual, las acciones de cobro dirigidas hacia cada renta y el incremento estimado del IPC 2011 (3.5%).

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Los supuestos macroeconómicos para proyecciones financieras como son crecimiento económico del PIB 4,5%, Inflación esperada fin de período 3.0% y el control de la misma, indicadores básicos para la elaboración de un marco fiscal. Los supuestos macroeconómicos públicos corresponden a las principales variables relacionadas con el escenario macroeconómico que afectan las proyecciones las que se relaciona a continuación fueron tomadas del Banco de la República (JDBR) quien define metas cuantitativas de inflación para el año 2013 y el siguiente. Las acciones de política de la JDBR están encaminadas a cumplir la meta de cada año y a situar la tasa de inflación alrededor de 3% en el largo plazo. La medida de inflación que se tiene en cuenta es la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Para 2013 tanto los analistas nacionales como los extranjeros esperan un crecimiento económico de 5,0% en promedio. Con respecto a la inflación, los analistas locales y extranjeros proyectan una de 3,4% y 3,3%, respectivamente. En cuanto al tipo de cambio, las entidades nacionales y externas esperan valores promedio de $1.793 y $1.805, en su orden.

INFLACIÓN 2013 2012 2011 2010

PROYECTADA CAUSADA CAUSADA CAUSADA

Inflación doméstica (IPC) 3.0 3.1 3.73 3.17

3.3. Estimación de Ingresos 2013-2022.

Para la estimación de las proyecciones de ingresos y gastos se tomó la información suministrada por el Departamento Nacional de Planeación DNP, la información esta suministrada con datos históricos, deflactada para atraerla a valores constantes para su análisis: tasa de crecimiento y la participación de cada componente del ingreso y del gasto. En estas proyecciones se tomó en cuenta el histórico de los últimos seis años (2007-2012), para el 2012 el Informe Ejecución Presupuestal se presenta con corte a 18 de Octubre como se muestra en la siguiente tabla:

INFORME EJECUCION DE INGRESOS PARCIAL 2012. CODIG0 DETALLE INICIAL ADICIONES REDUCIONES DEFINITIVO RECAUDADO POR RECUDAR

1 INGRESOS 45.224.688.657 25.840.529.075 1.432.769.876 69.632.447.856 35.249.156.651 34.383.291.205

11 INGRESOS CORRIENTES 44.337.440.760 17.900.547.955 1.432.769.876 60.805.218.839 29.249.285.915 31.555.932.924

111 TRIBUTARIOS 2.432.794.899 16.299.000 0 2.449.093.899 1.468.280.414 980.813.485

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11101 DIRECTOS 515.000.000 14.000.000 0 529.000.000 296.381.037 232.618.963

11102 INDIRECTOS 1.917.794.899 2.299.000 0 1.920.093.899 1.171.899.377 748.194.522

112 NO TRIBUTARIOS 41.904.645.861 17.884.248.955 1.432.769.876 58.356.124.940 27.781.005.501 30.575.119.439

11201 TASAS, MULTAS Y CONTRIBUCIONES.

60.000.000 0 0 60.000.000 17.678.120 42.321.880

1120102 MULTAS Y SANCIONES 0 0 0 0 0 0

11202 TRANSFERENCIAS 41.844.645.861 17.884.248.955 1.432.769.876 58.296.124.940 27.763.327.381 30.532.797.559

1120201 TRANSFERENCIAS PARA

FUNCIONAMIENTO 1.330.773.901 1.649.996.519 27.835.116 2.952.935.304 1.149.829.902 1.803.105.402

1120202 TRANSFERENCIAS PARA

INVERSION 40.513.871.960 16.234.252.436 1.404.934.760 55.343.189.636 26.613.497.479 28.729.692.157

12 RECURSOS DE CAPITAL 887.247.897 7.939.981.120 0 8.827.229.017 5.999.870.736 2.827.358.281

Los ingresos para el 2012 tienen comportamiento atípico ya que el SGR está en una etapa

de transición, el SGP sufrió una reducción del 40% en el componente calidad, los recursos

propios presentan un comportamiento equilibrado con lo presupuestado que es bajo

Analizada la información y tomado los supuestos macroeconómico de la inflación se proyecta del 2013 al 2022tomando como base el valor proyectado del año 2013. La proyección de la vigencia 2013 siendo muy conservadores se realizó partiendo de la ejecución presupuestal real ejecutada en el 2012la proyección de los ingresos corrientes de libre destinación se estimó en el valor mínimo que el municipio debe de recaudar para mantener el gasto de funcionamiento y cumplir con la ley 617 de 2.000. Los recursos de regalías se estimaron moderadamente por debajo de los recaudos de la presente vigencia teniendo en cuenta las proyecciones, del nuevo Sistema de regalías. Se presenta a continuación y se fija la proyección de ingresos para soportar el marco fiscal de mediano plazo, como se indica en el cuadro siguiente

3.4 Proyección de Gastos 2013-2022.

El criterio para proyectar el gasto de funcionamiento fue el siguiente: Para garantizar el cumplimiento del indicador de la ley 617 de 2000 y con base en el nivel de Ingresos

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Corrientes de Libre Destinación ICLD, se incluye los recursos de propósito general del SGP libre destinación y los recursos propios, para el año 2012 los gastos de funcionamiento proyectados están por debajo de lo que efectivamente fue calculado por lo que se ajustó al valor que por ley se podía gastar el municipio, con respecto al recaudo de los INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACIÓN. El ICLD son los recursos que por ley se tienen para financiar el gasto funcionamiento. El municipio de Manaure no hace la suficiente gestión fiscal para alcanzar a cubrir todos los gastos de funcionamiento que le corresponde, por lo tanto los gastos asociados a la nómina junto con las trasferencia absorben el valor del recaudo quedando siempre desfinanciado los gastos generales, como puede apreciarse en la siguiente tabla: OPERACIONES EFECTIVAS. VIGENCIAS DE 2007-2010.

CONCEPTO 2007 2008 2009 2010

INGRESOS TOTALES 29.125.000.000 46.205.000.000 54.816.000.000 51.670.000.000

1.INGRESOS CORRIENTES 2.503.000.000 2.767.000.000 3.524.000.000 4.001.000.000

1.1.INGRESOS TRIBUTARIOS 1.181.000.000 1.668.000.000 2.258.000.000 2.616.000.000

1.1.1.predial 24.000.000 42.000.000 42.000.000 78.000.000

1.1.2.industria y comercio 669.000.000 966.000.000 1.086.000.000 1.190.000.000

1.1.3.sobretasa a la gasolina - 11.000.000 5.000.000 2.000.000

1.1.4.otros 488.000.000 649.000.000 1.124.000.000 1.347.000.000

1.2.ingresos no tributarios 392.000.000 49.000.000 82.000.000 79.000.000 1.3.transferencias 930.000.000 1.049.000.000 1.184.000.000 1.306.000.000

1.3.1.del nivel nacional 930.000.000 1.049.000.000 1.184.000.000 1.306.000.000

1.3.2.otras - - - -

GASTOS TOTALES 54.779.000.000 36.789.000.000 65.787.000.000 49.199.000.000

2.GASTOS CORRIENTES 2.025.000.000 2.025.000.000 2.309.000.000 2.526.000.000

2.1.funcionamiento 2.025.000.000 2.025.000.000 2.309.000.000 2.526.000.000

2.1.1.servicios personales 1.045.000.000 1.252.000.000 1.456.000.000 1.532.000.000

2.1.2.gastos generales 690.000.000 411.000.000 556.000.000 698.000.000

2.1.3.transferencias pagadas (nómina y a entidades)

291.000.000 362.000.000 297.000.000 296.000.000

2.2.INTERESES DEUDA PUBLICA - - - -

3.DEFICIT O AHORRO CORRIENTE 477.000.0000 742.000.000 1.215.000.000 1.475.000.000

4.INGRESOS DE CAPITAL 26.622.000.000 43.439.000.000 51.292.000.000 47.670.000.000

4.1.REGALIAS 13.796.000.000 19.152.000.000 22.884.000.000 18.076.000.000

4.2. TRANSFERENCIAS NACIONALES (SGP, etc.)

12.266.000.000 23.764.000.000 25.345.000.000 19.879.000.000

4.3. COFINANCIACION - 511.000.000 - 9.103.000.000

4.4. OTROS 560.000.000 11.000.000 3.063.000.000 612.000.000

5. GASTOS DE CAPITAL 52.754.000.000 34.765.000.000 63.478.000.000 46.673.000.000

5.1. FORMACION BRUTA DE CAPITAL FIJO

23.684.000.000 12.623.000.000 31.670.000.000 20.697.000.000

5.2. RESTO INVERSIONES 29.070.000.000 22.142.000.000 31.808.000.000 25.976.000.000

6. DEFICIT O SUPERAVIT TOTAL (3+4-5)

-25.655.000.000 9.416.000.000 -10.971.000.000 2.472.000.000

7. FINANCIAMIENTO (7.1+7.2) 25.655.000.000 -9.416.000.000 10.971.000.000 -2.472.000.000

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7.1. CREDITO INTERNO Y EXTERNO (7.1.1 – 7.1.2)

- - - -

7.1.1. DESEMBOLSOS (+) - - - -

7.1.2. AMORTIZACIONES (-) - - - -

7.2. RECURSOS BALANCE, VAR. DEPOSITOS, OTROS

25.655.000.000 -9.416.000.000 10.971.000.000 -2.472.000.000

Se puede observar que los ingresos totales del ente territorial han aumentado pasando de $ 29.125 Millones en la vigencia de 2007 a $51.670 Millones en la vigencia de 2010, sin embargo se presentó una fluctuación entre las vigencias 2009-2010 reduciéndose los ingresos totales de $ 54.816 Millones a $ 51.670 Millones, lo cual se obedeció a la disminución de los ingresos por concepto de regalías directas de gas, las cuales pasaron de $ 22.884 Millones en la vigencia fiscal de 2009 a $ 18.076 Millones en la vigencia fiscal de 2010, como se puede ver en la siguiente gráfica.

29125

46205

5481651670

0

10000

20000

30000

40000

50000

60000

2006,5 2007 2007,5 2008 2008,5 2009 2009,5 2010 2010,5

La proyección del gasto de funcionamiento para la vigencia 2013fue tomada con base en

el valor realmente ejecutado en la vigencia 2011.y el corte parcial al 18 de octubre lo

referente al 2012 como lo muestra la siguiente tabla:

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO E INVERSION 2012 COERTE 18 DE OCTUBRE 2 GASTOS 69.597.171.591 43.168.327.912 15.231.852.337

21 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 3.137.433.004 1.034.089.687 262.126.391

2101 GASTOS DE PERSONAL ASOCIADOS A LA NÓMINA 1.379.940.245 357.439.451 34.606.171

210101 PERSONAL ASOCIADO NÓNIMA 917.737.406 236.996.350 1.689.965

2102 GASTOS GENERALES 1.006.784.216 475.458.836 215.255.656

2103 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 750.708.543 201.191.400 12.264.564

23 GASTOS DE INVERSIÓN 66.459.738.587 42.134.238.225 14.969.725.946

2301 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO 10.036.396.903 6.512.071.353 1.568.665.315

230101 SISTEMAS DE ACUEDUCTOS 6.313.360.138 3.625.017.162 1.378.846.733

23010101 ESTUDIOS, CONSTRUCCIÓN, OPTIMIZACIÓN, MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DE ACUEDUCTOS URBANOS Y RURALES

6.313.360.138 3.625.017.162 1.378.846.733

2301010107 CONTRIBUCIÓN DE SUBSIDIOS A LOS USUARIOS ESTRATOS 1,2 Y 3 1.233.611.236 207.975.146 288.505

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2301010108 COMUNIDADES INDIGENAS, NEGRAS, AFRICOLOMBIANAS, RAIZALES Y PALENQUERAS. 244.000.000 244.000.000 0

230102 SISTEMAS DE ALCANTARILLADO 2.469.831.158 2.239.912.757 64.449

23010201 CONTRIBUCIÓN DE SUBSIDIOS A LOS USUARIOS ESTRATOS 1,2 Y 3 280.500.000 50.581.599 64.449

23010202 CONSTRUCCION DE ALCANTARILLADOS, PLANTAS Y REDES 1.379.331.158 1.379.331.158 0

23010203 ADQUISICION DE EQUIPOS 810.000.000 810.000.000 0

230103 ASEO 1.253.205.607 647.141.434 189.754.133

23010301 CALIDAD DEL SERVICIO, MANEJO ADECUADO Y APROVECHAMIENTO DE RESIDUOS. 1.034.683.422 596.452.979 189.707.087

23010302 CONTRIBUCIÓN DE SUBSIDIOS A LOS USUARIOS ESTRATOS 1,2 Y 3 218.522.185 50.688.455 47.046

2303 FONDO LOCAL DE SALUD 25.490.401.120 13.549.509.316 11.012.118.738

230301 SUBSIDIO PARA EL ACCESO DE LA POBLACION A SERVICIOS MEDICOS 23.123.039.608 12.066.998.744 10.687.997.404

23030101 REGIMEN SUBSIDIADO 23.123.039.608 12.066.998.744 10.687.997.404

230302 PROGRAMA PARA EL DESARROLLO OPERATIVO Y FUNCIONAL DEL PLAN NACIONAL DE SALUD PUBLICA

2.274.850.946 1.390.000.006 324.121.334

23030201 SALUD PUBLICA 2.124.850.946 1.240.000.006 324.121.334

2305 EDUCACIÓN 15.289.471.215 10.463.619.198 648.087.336

230501 MEJORAMIENTO DE LA COBERTURA EDUCATIVA EN EL MUNICIPIO. 13.566.546.894 9.838.694.000 200.038.213

230502 FORTALECIMIENTO DE LA CALIDAD EDUCATIVA 1.262.925.198 474.925.198 230.500.000

230503 FORTALECIMIENTO DE LA EFICIENCIA EDUCATIVA DEL MUNICIPIO 42.900.000 0 10.450.000

230504 ARTICULACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR, TECNOLOGICA Y EDUCACIÓN MEDIA 120.000.000 0 60.000.000

230505 COMUNIDAES INDIGENAS, NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES Y PALENQUERAS 150.000.000 150.000.000 0

230506 PRIMERA INFANCIA 147.099.123 0 147.099.123

2306 ALIMENTACION ESCOLAR 452.236.311 0 56.131.770

2307 SECTOR CULTURA 518.998.455 261.187.099 168.563.678

230701 CONSTRUCCION DE CASAS DE CULTURA, BIBLIOTECAS Y SIMILARES 16.119.711 16.119.711 0

230702 DOTACION DE ESCENARIOS CULTURALES 51.815.356 40.000.000 5.907.678

230704 FINANCIACION DE EVENTOS CULTURALES Y ARTISTICOS 351.063.388 170.663.388 112.500.000

2309 SECTOR DEPORTE Y RECREACION 604.144.133 433.300.066 107.383.223

230901 CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO DE ESCENARIOS DEPORTIVOS Y PARQUES 521.443.715 433.300.066 72.501.449

230902 APOYO AL DESARROLLO DE ACTIVIDADES RECREATIVAS Y DEPORTIVAS Y ADMINISTRACION DE PERSONAL

82.700.418 0 34.881.774

2310 SECTOR ENERGETICO 498.000.000 298.349.500 193.135.500

231001 CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL SECTOR 498.000.000 298.349.500 193.135.500

2311 SECTOR ADMINISTRACION Y PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE 83.277.000 81.131.436 0

231101 RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y PRESERVACIÓN AMBIENTAL. 83.277.000 81.131.436 0

2312 PROGRAMA AGUA POTABLE 167.000.000 28.846.306 138.153.694

2313 SECTOR PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES 217.000.000 200.000.000 17.000.000

231301 PREVESION DESASTRES 217.000.000 200.000.000 17.000.000

2314 SECTOR VIVIENDA 491.385.000 491.385.000 0

231401 SUBSIDIOS VIVIENDA DE INTERES SOCIAL 491.385.000 491.385.000 0

2315 SECTOR INFRAESTRUCTURA VIAL 4.862.433.973 4.428.036.499 84.397.370

231501 CONSTRUCCIÓN, MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL URBANA Y RURAL.

1.062.433.973 628.036.499 84.397.370

231502 MANTENIMIENTO DE CARRETERAS, CAMINOS, PUENTES Y SIMILARES 3.800.000.000 3.800.000.000 0

2317 SECTOR AGROPECUARIO Y MINERO 280.000.000 176.299.557 6.880.000

231701 ASISTENCIA TECNICA AGROPECUARIA- PESQUERA- 175.000.000 151.060.000 6.880.000

231702 PERSONAL ASOCIADO A LA UMATA 105.000.000 25.239.557 0

2318 GENERACIÓN DE EMPLEO 574.603.048 574.603.048 0

2319 DESARROLLO DE LA COMUNIDAD 327.921.610 155.571.610 81.619.000

231901 CAPACITACION Y FORMACION COMUNITARIA 327.921.610 155.571.610 81.619.000

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2321 ATENCIÓN A GRUPO POBLACION VULNERABLE 1.595.000.000 1.251.864.000 125.437.788

232101 ADULTO MAYOR 180.000.000 60.000.000 51.907.720

232102 MADRES CABEZA DE HOGAR/PROMOCIÓN DE EQUIDAD DE GENERO 180.000.000 165.910.000 0

232103 POBLACION DESPLAZADA 205.000.000 160.000.000 22.500.000

232104 POBLACION DISCAPACITADA 350.000.000 350.000.000 0

232105 ATENCIÓN PRIMERA INFANCIA, Y ADOLESCENCIA 680.000.000 515.954.000 51.030.068

2323 JUSTICIA, DEFENSA Y SEGURIDAD 905.094.899 696.821.349 5.000

232301 INSTALACIONES MILITARES, DE POLICIAS Y SIMILARES 250.000.000 250.000.000 0

23230101 DOTACION 25.000.000 25.000.000 0

23230102 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES 225.000.000 225.000.000 0

232303 FONDO DE SEGURIDAD CIUDADANA 340.094.899 340.094.899 0

232304 ADMINISTRACION DE PERSONAL - INSPECCIONES DE POLICIAS, CENTRO DE CONCILIACION INDIGENA Y COMISARIA DE FAMILIA -

200.000.000 71.726.450 5.000

232305 FORTALECIMIENTO PROGRAMA SEGURIDAD 115.000.000 35.000.000 0

2325 SECTOR DESARROLLO INDUSTRIAL, COMERCIAL Y TURISMO 587.948.002 556.775.465 0

2327 SECTOR DESARROLLO INSTITUTICIONAL 1.156.727.741 440.486.531 231.795.000

232701 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL 1.156.727.741 440.486.531 231.795.000

23270101 FORMACION CATASTRAL 7.529.750 7.529.750 0

23270102 HACIA UNA PLATAFORMA DE DESARROLLO TECNOLÓGICO DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

693.318.679 303.533.529 128.750.000

23270104 FORMACION Y CAPACITACION 355.879.312 117.423.252 100.045.000

23270105 PROGRAMA DE ASUNTOS INDÍGENAS Y CONCILIACIÓN 100.000.000 12.000.000 3.000.000

2328 SECTOR EQUIPAMIENTO MUNICIPAL 370.000.000 141.000.000 222.000.000

232801 CONSTRUCCIÓN, ADECUACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA 370.000.000 141.000.000 222.000.000

2329 INTERVENTORIA TÉCNICA DE INVERSION 1.456.148.461 897.830.176 308.352.534

232901 INTERVENTORIA TÉCNICA 1.456.148.461 897.830.176 308.352.534

La ejecución del presupuesto de gastos de la actual vigencia presenta unas variaciones ya que los recursos de regalías insertos inicialmente en el presupuesto, no se han podido ejecutar y deben excluidos para ser incorporados nuevamente por proyectos. La proyección del 2013 al 2022 se tomó como base los años 2011 y 2012 y se incrementó con el índice de la inflación proyectada del 3%, esto para los servicios personales. En tanto que para los Gastos Generales se distribuyó el saldo disponible de ICLD deducidos los servicios personales y las transferencias corrientes, para ello se elaboró previamente la tabla de Fuentes y Usos de Fondos. Se debe de tener en cuenta que una proyección no puede sobrepasar los límites de Ley por ende para efectos de la presente proyección se ajustaron las cifras al cumplimiento teniendo el municipio dos opciones: a. Disminuir los gastos de funcionamiento al valor proyectado, caso que sería muy difícil ya que corresponde a gastos de nómina y estos tienen un incremento de ley y un comportamiento lineal constante.

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b. Aumentar los ICLD al nivel necesario para cubrir el gasto de funcionamiento caso en el cual se debe de seguir al pie las acciones y metas contenidas en el presente Marco fiscal. Con el agravante que necesita la financiación del caso que debería ser con recursos propios y no se cuenta con el recurso convirtiéndose en un círculo vicioso al cual hay que ponerle sumo cuidado porque de aquí depende que el municipio cumpla con los límites de Ley y no entre en un saneamiento fiscal. Para efectos de la proyección del gasto de inversión, se tuvo en cuenta que el nuevo Sistema General de Regalías que tendría un efecto negativo en el recaudo del recurso por lo tanto el valor estimado para la vigencia 2013 tiene una disminución con respecto del 2012 del 38%.La proyección del 2013 al 2022 se realizó tomando como base la vigencia 2013 y proyectándola de conformidad con la nueva reglamentación Se detalla a continuación la proyección del gasto de funcionamiento e inversión, no se proyecta posee servicio de la deuda

Existen cuatro factores fundamentales que inciden en la disminución de los ingresos totales en el municipio de Manaure: En primer lugar, estos ingresos totales nos muestran las fluctuaciones originadas debido a que el primer zarpazo que se presentó en las finanzas públicas locales obedece a la expedición de la Ley 756 del 23 de Julio de 2002 en donde se establecen criterios de distribución y se dictan otras disposiciones. En su artículo 9 dice textualmente que para las explotaciones de recursos naturales no renovables que se encuentren en los espacios marítimos jurisdiccionales, la distribución de la participación de las regalías y compensaciones se realizará en forma proporcional a las entidades territoriales con costas marinas que estén ubicadas hasta a cuarenta (40) millas náuticas de la zona de explotación, en los términos estipulados en la Ley 141 de 1994. El Ministerio de Minas y Energía, previo concepto de la Dirección General Marítima, DIMAR, como autoridad marítima nacional para cada caso y mediante resolución, definió cuáles y en qué proporción participará cada entidad territorial.

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En segundo lugar, la disminución de la producción de sal el poco desarrollo en infraestructura turística, hacen que la actividad comercial esté estancada. En tercer lugar, las transferencias han generado una substitución del esfuerzo local fiscal por uno nacional. Es decir que, cuando se reciben transferencias para financiar el gasto local del municipio no tiene incentivo alguno para acrecentar su tributación propia creándose lo que se ha denominado la pereza fiscal que consiste en la incapacidad de cobrar sus propias rentas y sumado a esto la capacidad tributaria depende del nivel de la actividad económica. La expedición de la Ley 1450 de 2011, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, en su Artículo 23, parágrafo 1. En donde reza textualmente: “Para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 24 de la ley 44 de 1990, modificado por el artículo 184 de la ley 223 de 1995, la tarifa aplicable para resguardos indígenas será la resultante del promedio ponderada de las tarifas definidas para los demás predios del respectivo municipio o distrito, según la metodología que expida el Instituto Geográfico Agustín Codazzi –IGAC”. Esto podría afectar los ingresos por recaudo de Impuesto Predial Unificado por lo cual se debe iniciar un análisis de los gastos para evitar caer en déficit fiscal por falta de financiamiento de los gastos de funcionamiento. En cuarto lugar, con la expedición del Acto Legislativo 05 del 18 de Julio de 2011, en donde han sido reformados los artículos 360 y 361 de la Constitución Política de Colombia constituyéndose el Sistema General de Regalías –SGR-, se afectan las finanzas del municipio de Manaure al pasar de ser receptor de regalías directas a beneficiario de asignaciones directas previa presentación de proyectos de inversión por efecto de la explotación de gas natural en su jurisdicción territorial. El parágrafo 2, Transitorio, del Acto Legislativo 05 del 18 de Julio de 2011, reglamento la distribución durante los tres primeros años de funcionamiento del Sistema General de Regalías quedando de la siguiente manera:

2012 2013 2014

Asignaciones Directas 50% 35% 25%

Fondos de Compensación Regional –FCR- y Desarrollo Regional –FDR-

50% 65% 75%

La reglamentación al Acto Legislativo 05 se realizó mediante la expedición del Decreto con fuerza de Ley 4923 del 26 de Diciembre de 2011 “Por medio del cual se garantiza la operación del Sistema General de Regalías”, en el cual se estableció que las asignaciones directas deben ser invertidas el 60% para el Fondo de Compensación Regional –FCR- y el 40% en el Fondo de Desarrollo Regional –FDR-, y por último, se expidió el Decreto 4950 del 30 de Diciembre de 2011 “Por medio del cual se expide el presupuesto del Sistema General de Regalías para la vigencia fiscal de 2012”. Por su parte en cuanto al desempeño fiscal para el periodo 2007-2010, se encuentra una poca capacidad de gestión en las finanzas públicas locales, reflejados en la posición a nivel

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departamental ubicándose en los últimos lugares de eficiencia, lo que requiere un nuevo replanteamiento en el manejo fiscal para los próximos años.

CONCEPTO 2007 2008 2009 2010

Saldo de deuda - - - - Porcentaje de ingresos corrientes destinados a funcionamiento 93.17 65.65 74.98 73.01

Magnitud de la deuda - - - -

Porcentaje de ingresos que corresponden a transferencias 45.31 53.70 90.14 75.98

Porcentaje de ingresos que corresponden a recursos propios 4.06 3.61 4.12 67.36

Porcentaje del gasto total destinado a inversión 5/ 96.30 94.50 96.49 94.87

Capacidad de ahorro 19.07 26.82 34.47 36.87

Indicador de desempeño fiscal 53.64 64.73 59.24 71.93

Posición a nivel departamental 13 10 14 9

Posición a nivel nacional 940 378 552 290 Fuente: Ejecución presupuestal de Ingresos 2011, Secretaria Administrativa y Financiera -SAF.

4. ANALISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 617 DE 2002. En aplicación de lo dispuesto por la Ley 617 de 2000, los Departamentos y Municipios deben de cumplir con los límites de gasto de funcionamiento, en relación con los ingresos corrientes de libre destinación en cada vigencia fiscal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley 617, y sus decretos reglamentarios 192 de 2001, 735 de 2.001. Para el caso del Municipio de Manaure es del 80%, quiere decir que por cada 100 pesos del ICLD solo se puede comprometer en funcionamiento 80 y 20 se debe de comprometer en inversión. Para la vigencia fiscal 2011desbordó los gastos de funcionamiento los cuales llegaron al 89.66% de los ICLD.

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Los gastos de funcionamiento tienen un comportamiento lineal porque están conformados por los gastos de nómina, generales y trasferencias, indicando que se ha sido mesurado en el gasto de funcionamiento, ya que lo comprometido en el periodo es un tanto menor al porcentaje de avance.

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Para la vigencia 2012 la mesura en los gastos de funcionamiento obedece precisamente a que el comportamiento de los recursos propios también es modesto, de manera que no se debe ordenar los gastos por el solo hecho de estar presupuestados sin tener en cuenta los recaudos con que se financian. La proyección estimada proyectada está basada en unos cálculos de cumplimiento, siempre y cuando el municipio gaste en funcionamiento lo presupuestado y recaude el valor estimado.

PROYECCION INDICADOR LEY 617

AÑO

CONCEPTO 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022

Ingresos Corrientes de Libre Destinación (ICLD).

4.690 4.830 4.975 5.124 5.279 5.437 5.600 5.768 5.941 6.120

Gastos de Funcionamiento Administración Central.

2.796 2.880 2.966 3.055 3.147 3.241 3.339 3.439 3.542 3.648

Indicador programado. 60% 60% 60% 60% 60% 60% 60% 60% 60% 60%

Límite del Indicador. 80% 80% 80% 80% 80% 80% 80% 80% 80% 80%

5. METAS DE SUPERAVIT PRIMARIO, DE ACUERDO CON ARTÍCULO 2º DE LA LEY 819 DE 2003, ASÍ COMO EL NIVEL DE DEUDA PÚBLICA Y UN ANÁLISIS DE SU SOSTENIBILIDAD. Según el parágrafo único del artículo 2, de la Ley 819 de 2003, “Se entiende por superávit primario aquel valor positivo que resulta de la diferencia entre la suma de los ingresos corrientes y los recursos de capital, diferentes a desembolsos de crédito, privatizaciones, capitalizaciones, utilidades del Banco de la República (para el caso de la Nación), y la suma de los gastos de funcionamiento, inversión y gastos de operación comercial”. S.P= IC + RC – GF- GOC – GI Su monto será el necesario para garantizar la sostenibilidad de la deuda, después de cubrir el presupuesto de gastos, incluyendo el pago de pasivos acumulados y de pasivos contingentes que se han convertido en pasivo exigible EL VALOR DEL SUPERAVIT PRIMARIO EN LO POSIBLE DE SER FINANCIADO CON RECURSOS PROPIOS, EL MUNICIPIO NO POSEE SERVICIO DE LA DEUDA, PERO SI UNAS SERIES DE PASIVOS CONTINGENTES, QUE DEBEN SER TENIDO EN CUENTA PERO QUE EL MUNICIPIO NO CUENTA CON LOS RECURSOS DE INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACIÓN, POR LO TANTO EN EL PRESENTE EJERCICIO DEL SUPERAVIT PRIMARIO CALCULADO ES CERO.

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SUPERAVIT PRIMARIO VIGENCIA 2013 – 2022

Millones de pesos

2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022

1 INGRESOS (a + b) 52.130 53.694 55.305 56.964 58.673 60.433 62.246 64.113 66.037 68.018

A) Ingresos corrientes 52.113 53.676 55.287 56.945 58.654 60.413 62.226 64.092 66.015 67.996

B) Recursos de capital (a -b -c) 17,0 17,5 18,0 18,6 19,1 19,7 20,3 20,9 21,5 22,2

a) Total Recursos de

Capital. 17,0 17,5 18,0 18,6 19,1 19,7 20,3 20,9 21,5 22,2 b) Recursos del

Crédito 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

c) Empréstitos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

2 GASTOS (A + B) 52.130 53.694 55.305 56.964 58.673 60.433 62.246 64.113 66.037

68.018

A) Gastos de funcionamiento 2.796 2.880 2.966 3.055 3.147 3.241 3.339 3.439 3.542

3.648

a) Total funcionamiento 2.796 2.880 2.966 3.055 3.147 3.241 3.339 3.439 3.542

3.648

B) Gastos de Inversión (a-b) 49.334 50.814 52.338 53.909 55.526 57.192 58.907 60.675 62.495

64.370

a) Total gastos de Inversión 49.334 50.814 52.338 53.909 55.526 57.192 58.907 60.675 62.495

64.370

a) Total gastos de Inversión

financiados con crédito

0 0 0 0 0 0 0 0 0

3 SUPERÁVIT PRIMARIO (1-2)

0 0 0 0 0 0 0 0 0

4 Intereses de la deuda

pública- actual 0 0 0 0 0 0 0 0 0

4 Intereses de la deuda

pública nuevo crédito

0 0 0 0 0 0 0 0 0

4- Total Intereses de la deuda pública

0 0 0 0 0 0 0 0 0

5 Cobertura del servicio de la deuda (3/4)

0 0 0 0 0 0 0 0 0

6. ANÁLISIS DE LA DEUDA PÚBLICA Y SU SOSTENIBILIDAD. EL municipio de Manaure- la Guajira, no posee servicio de la deuda.

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7. ACCIONES Y MEDIDAS QUE SUSTENTAN EL CUMPLIMIENTO DE METAS.

Las acciones y metas que sustentan el cumplimiento de las metas para garantizar que el municipio tenga sostenibilidad si bien es cierto no se posee servicio a la deuda, si se posee unos pasivos contingentes y exigibles que se deben cancelar con recursos propios afectando así el cumplimiento del municipio en el índice de la Ley 617 de 2002.

Así mismo para garantizar el sostenimiento de los gastos de funcionamiento se deben realizar los procesos de implementación, seguimiento, entrenamiento, fortalecimiento mejoramiento y evaluación de la gestión tributaria municipal, bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios profesionales, para garantizar la implementación de medidas de capacitación, jurídicas y operativas, para la actualización del sistema tributario del municipio, la implementación o actualización a los procesos de gestión, determinación y cobro de las obligaciones tributarias de que es acreedor el ente territorial, según una serie de actividades específicas que se orientan a la consecución y la generación masiva y permanente de programas de gestión tributaria que permitan el incremento del recaudo el mejoramiento en la recuperación de cartera y de todas las demás actuaciones tributarias. Las acciones a implementar se relacionan en la siguiente tabla:

Actividades Acciones Meta Fecha de Inicio Fecha de

Cumplimiento

Fortalecimiento de los ingresos **

Diagnóstico del Sistema Tributario para determinar las estrategias y políticas para

fortalecer los Ingresos Propios.

Documento Estudio.

Enero 1- Marzo 15

Condición especial para el pago de impuestos, tasas y contribuciones. Para recaudar rentas, tasas o contribuciones que se encuentren en mora por obligaciones correspondientes a los períodos gravables 2010 y anteriores.

Acuerdo. Enero 1 Marzo 15

Elaboración e implementación del plan de acción de la gestión tributaria.

Documento. Marzo 1 Abril 30

Expedición del Reglamento Interno de Recuperación de Cartera.

Documento. Marzo 1 Abril 30

Implementación de los procedimientos de control tributario - Fiscalización,

determinación y discusión de la obligación tributaria.

Documento. Abril 1 Mayo 30

Diagnóstico del manejo de los gastos de funcionamiento.

Documento Estudio.

Marzo 1- Febrero 2

Determinar y verificar las deudas exigibles. Documento

Estudio. Marzo.1 Abril 30

Establecer el Valor de los Pasivos contingentes. Documento

Estudio. Marzo.1 Abril 30

Fortalecimiento de los ingresos ***

Determinar un Censo Real de los Contribuyentes de Industria y Comercio.

Base de datos actualizada.

Marzo 1- Mayo 15

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Fortalecimiento de los ingresos **

Realizar cruce de información, con la DIAN para determinar las ventas reales de los Contribuyentes de Industria y Comercio.

Base de datos actualizada.

Febrero 1- Abril 15

Fortalecimiento de los ingresos **

Implementar y modernizar el sistema tributario con la adquisición de un software

que genere los actos administrativos de cobro persuasivo y coactivo.

Adquirir software con la forma PCT.

Marzo 1 Mayo 30

Fortalecimiento de los ingresos **

Implementar un programa intensivo de cobro persuasivo y coactivo.

Recuperar al menos el 90% de la cartera de impuesto de Industria y Comercio –

Predial.

Enero 1- Diciembre 30

Modernización Presupuesto

Actualizar el Estatuto de Presupuesto. Estatuto

actualizado. Mayo 1 Mayo 31

Modernización Presupuesto

Establecer el manual de registros y procedimientos presupuestales.

Manual actualizado.

Junio 1 Agosto 15

Determinar la cuantificación de los pasivos exigibles y

contingentes.

Realizar Ajuste a la Información. Documento Definitivo.

Febrero 1- Abril 28

Implementación de procedimientos adecuados fortaleciendo a la legalidad.

Documento. Enero 1- Diciembre 30

PASIVOCOL Cálculo del valor presente del pasivo

pensional. Estudio. Enero 1- Diciembre 30

Entrenamiento y formación del personal operativo de la gestión tributaria. Mediante

la programación y realización de seminarios y jornadas de capacitación que le permitan

familiarizarse e introducirse en la operación del sistema.

Seminarios. Enero 1 Diciembre 30

7.1 Estrategia de Fortalecimiento Tributario. El programa de fortalecimiento tributario en el municipio de Manaure se enmarca básicamente en las estrategias incorporadas en el presente MFMP, con unos lineamientos generales que han de ser modificados o ajustados al Plan de Desarrollo de la nueva administración municipal que inicia su Periodo de Gobierno el primero (1º) de enero de 2.012, metas que describimos a continuación:

PROBLEMA OBJETIVOS

ESPECÍFICOS METAS

ESTRATEGIAS

ACTORES

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Inadecuada política fiscal del Municipio no permite

recaudar suficientes recursos propios (ICDL) que permitan

garantizar la sostenibilidad del gasto de Funcionamiento y el

porcentaje del valor establecido por la Ley para la

inversión.

Fortalecimiento y mejoramiento de la

SECRETARÍA ADMINITRATIVA Y

FINANCIERA Municipal

Garantizar un equilibrio

financiero. Garantizar el

100% de disponibilidad financiera para

financiar el gasto de

funcionamiento e inversión.

Fortalecimiento de los procesos de

Fiscalización Tributaria.

Recuperar la cartera morosa.

Alcaldesa Secretaría administra

tiva y oficina de

Rentas

7.2. ACCIONES TENDIENTES A LOGRAR LA OPERATIVIZACIÓN DE LA SECRETARIA ADMINITRATIVA Y FINANCIERA. ACCIONES A DESARROLLAR:

1 Dotar la SECRETARIA ADMINITRATIVA Y FINANCIERA con una eficiente estructura administrativa y tecnológica. Contar con un software para desarrollar las actividades de Fiscalización, Liquidación y Discusión (Recursos).

2 Capacitación a Funcionarios de la SECRETARIA ADMINITRATIVA Y FINANCIERA. Implementar programas de capacitación en materia tributaria, de manera que se logre garantizar que la labor de la Oficina de Rentas desarrolle con mayor eficiencia y eficacia, orientándose en los principios de igualdad, neutralidad, simplicidad y celeridad.

3 Implementación de Programas de Fiscalización. Logar que los programas de Fiscalización se constituyan en el instrumento principal para promover el recaudo de las Rentas Municipales.

4 Actualizar el registro y/o base de datos de Contribuyentes. Permite conocer de manera oportuna la situación y estado de cuenta de cada Contribuyente.

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5 Desarrollar políticas de persuasión previa a los contribuyentes. Realizar atención personalizada a los contribuyentes y utilizar instrumentos de divulgación tributaria como son: Implementar manuales de instrucciones para el diligenciamiento de las declaraciones tributarias; efectuar publicaciones sobre los plazos para el pago de los diferentes tributos; divulgación del Estatuto de Rentas y/o de las obligaciones que genera cada tributo; envió de oficios periódicos como recordatorios de obligaciones, etc.

6 Realizar cruces de información. Solicitar información tributaria a la DIAN y la Oficina de Cámara de Comercio y demás terceros que puedan tener información que nos permita identificar nuevos contribuyentes o detectar contribuyentes omisos. Esta actividad se desarrollara principalmente para el Impuesto de Industria y Comercio.

8 Recuperación de Cartera. Iniciar procesos de cobro a la cartera que tienen los contribuyentes responsables del Impuesto Predial e Impuesto de Industria y Comercio.

8. INFORMES Y RESULTADOS DE LA VIGENCIA ANTERIOR.

8.1 Resultados Ejecución Presupuestal de Ingresos en 2011.

A continuación se realiza un análisis de la ejecución presupuestal de ingresos de la vigencia anterior, realizando un comparativo de lo programado versus lo ejecutado como se aprecia en la siguiente tabla:

INGRESOS VIGENCIA 2011

DETALLE PROGRAMADO RECAUDADO

INGRESOS 46.105.905.240 60.728.267.103

INGRESOS CORRIENTES 26.501.792.806 31.521.024.717

TRIBUTARIOS 2.295.600.001 1.618.528.849

Impuesto Predial Unificado 458.000.000 141.960.770

Impuesto Predial- Sobretasa Ambiental

22.500.000 11.692.607

Impuesto de Industria y Comercio 958.000.000 751.988.135

Otros ingresos tributarios 76.341.798.047 27.530.824

Estampillas 550.000.001 442.373.443

NO TRIBUTARIOS 54.000.000 21.302.727

TRANSFERENCIAS 23.702.192.805 28.385.251.866

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Transferencias- SGP Para Funcionamiento

1.273.276.046 1.358.021.954

Transferencias de Capital (Para Inversión)

22.428.916.759 27.027.229.912

Sistema General de Participaciones -Educación-

2.518.708.889 2.818.271.925

Sistema General de Participaciones -SALUD

9.579.632.686 10.927.137.220

S.G.P Agua Potable y Saneamiento Básico

2.304.996.036 3.285.236.253

Sistema General de Participaciones Propósito General

1.658.084.760 1.789.861.835

S.G.P. Alimentación Escolar 437.494.388 561.675.213

Otras Transferencias del Nivel Central Nacional

5.930.000.000 7.645.047.466

TRANFERENCIAS DEL NIVEL DEPARTAMENTAL

0 1.188.517.219

FONDOS ESPECIALES 450.000.000 265.424.057

Fondo de seguridad ciudadana 450.000.000 265.424.057

REGALÍAS 19.100.000.001 21.278.126.941

RENDIMIENTO FINANCIEROS 499.112.433 264.222.711

CANCELACION DE RESERVAS 5.000.000 83.345.717

OTROS RECURSOS DEL BALANCE 0 796.736.555

SUPERAVIT FISCAL 0 6.784.810.462

Otros Recursos 5.000.000 2.368.514

Ingresos Totales.

Durante la vigencia 20011 se programaron ingresos por un valor total de $46.105.905.240,00 y se recaudaron $ 60.728.267.103,00 lo que implica que el recaudo llego al 131% de los cuales $31.521.024.717 corresponden a ingresos corrientes y $ 21.278.126.941,00.

Ingresos corrientes.

A su vez los ingresos corrientes están desagregados en ingresos tributarios y no tributarios los cuales incluyen el valor de las transferencias, básicamente de la Nación (SGP) el recaudo de recursos propios de carácter tributario siguen muy rezagados solo llegaron a$ 1.618.528.849,00 lo que representa únicamente el 2.65 %.

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8.2 Análisis de resultados en gastos 2011.

Para la vigencia fiscal 2011se presupuestaron gastos de funcionamiento e inversión por un total de $ 46.105.905.23900, y se ejecutaron $ 58.579.410.535,00 como se aprecia en detalle en la siguiente tabla:

RUBRO PROGRAMADO EJECUTADO

GASTOS 46.105.905.239 58.579.410.535

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 2.457.589.945 2.829.645.178

GASTOS DE PERSONAL ASOCIADOS A LA NÓMINA 1.199.768.896 1.363.678.455

PERSONAL ASOCIADO NÓNIMA 801.454.634 840.617.614

GASTOS GENERALES 584.121.265 624.081.865

TRANSFERENCIAS CORRIENTES 673.699.784 841.884.858

GASTOS DE INVERSIÓN 43.648.315.294 55.749.765.357

AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO 6.917.824.632 15.455.649.425

SALUD 17.532.625.355 20.600.454.248

EDUCACIÓN 11.130.921.261 11.305.046.692

CULTURA 497.433.678 522.952.843

DEPORTE Y RECREACION 279.895.266 413.643.656

SECTOR ENERGETICO 495.000.000 386.277.600

PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE 150.000.000 183.439.130

PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES 250.000.000 80.000.000

VIVIENDA 500.000.000 245.000.000

INFRAESTRUCTURA VIAL 550.000.000 826.482.359

AGROPECUARIO Y MINERO 390.000.000 281.290.950

DESARROLLO DE LA COMUNIDAD 137.000.000 148.023.000

ATENCIÓN A GRUPO POBLACION VULNERABLE 478.170.336 751.905.336

JUSTICIA, DEFENSA Y SEGURIDAD 800.000.000 1.052.755.718

DESARROLLO INDUSTRIAL, COMERCIAL Y TURISMO 600.000.000 167.509.000

DESARROLLO INSTITUTICIONAL 360.786.102 510.243.481

EQUIPAMIENTO MUNICIPAL 300.658.664 384.170.731

INTERVENTORIA TÉCNICA DE INVERSION 2.155.000.000 2.144.921.188

Los gatos de funcionamiento causados fueron de$ 2.829.645.178,00 representaron el 4.83 % y la inversión el 94.27 %. Destacándose que los recursos de inversión eran de destinación específica, aunado al bajo recaudo de recursos propios, la Contraloría General de la República, expidió certificación del cumplimiento de la Ley 617 en un porcentaje del 89.66 %, incumpliendo con la normatividad en materia fiscal.

9. ESTIMACION DEL COSTO FISCAL DE EXCENCIONES TRIBUTARIAS.

Con base en la información reportada no existen exenciones tributarias nuevas que generen costos fiscales al Municipio de Manaure, en el Estatuto Tributario en su artículo 27 existen unas exenciones para los sitios de culto y casas pastorales, que históricamente

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no han tributado y de otra parte son muy pocas sus propiedades, porque su incidencia en el recaudo es mínima; la norma en mención dice: Artículo 27. Exclusiones. No causaran Impuesto Predial Unificado los Siguientes inmuebles: a. Los inmuebles de propiedad de la iglesia católica destinados al culto y vivienda de las comunidades religiosas, a las curias diocesanas y arquidiocesanas, casas episcopales y cúrales, y seminarios conciliares. Los demás predios o áreas con destinación diferente se consideraran gravados. En el caso de los predios destinados a la vivienda de las comunidades religiosas, estaría exenta únicamente el área construida para tal fin y que no estén destinadas al orden social y cultural. (Ley 20 de 1974). b. Los inmuebles de propiedad de otras iglesias diferentes a la católica, reconocidas por el Estado Colombiano, en la parte destinada exclusivamente al templo para el culto público y vivienda pastoral. Los demás predios así como las áreas con destinación diferente se consideraran gravados. (Artículo 13 y 14 de la Constitución Política. Artículo 7 de la Ley 133 de 1994).

10 RELACION DE PASIVOS EXIGIBLES Y CONTINGENTES. :

A- Pasivos Exigibles.

La administración municipal tiene una serie de pasivos con el Ministerio de Educación Nacional: por concepto de liquidación de aporte parafiscales Ley 21 de 1982, Escuelas Industriales e Institutos Técnicos e intereses de mora vigencias 2002, 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007, por la suma de: Sesenta millones de pesos (60.000.000). Seguro Social: mora en el pago de los aportes por periodos no pagados o pagos en forma parcial y extemporáneos, se tiene un valor presuntivo de novecientos sesenta y un millones novecientos treinta y cinco mil ochocientos nueve pesos ($961.935.809). FINDETER: por concepto de convenios con los Fondos de Cofinanciación FIU, FCV, FIS, Programa RISR. Los cuales a la fecha se encuentran debidamente liquidados y presentan saldos por reintegrar a la Nación y a FINDETER, asciende a la suma de Doscientos setenta y siete millones ciento cuarenta mil seiscientos noventa y un pesos ($277.140.691). FIDUPREVISORA S.A: deuda con el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, pasivo prestacional a Diciembre 31 de 2007 y aportes periódicos a Diciembre 31 de 2002. Convenios suscritos según decreto 196 de 1995 y circular 008 de 1996. La suma de quinientos noventa y tres millones trescientos ochenta y ocho mil novecientos veinte y siete pesos. ($593.388.927) a diciembre de 2008.

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