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AGRICULTURA Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Unidad de Coordinación del Proyecto Manejo de Recursos Naturales en la Sierra Sur - MARENASS DECRETO SUPREMO Nº 036-2001-AG CONCORDANCIAS: R.S. Nº 156-2001-AG D.S. Nº 024-2002-AG - TUPA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 024-97 de fecha 19 de marzo de 1997 se creó la Unidad de Coordinación del Proyecto Especial Manejo de Recursos Naturales en la Sierra Sur - MARENASS, con sede en la ciudad de Abancay, con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera y de gestión, dentro del Pliego 013: Ministerio de Agricultura; Que, el Contrato de Préstamo Nº 386-PE con el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola - FIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-96-EF, fija la organización, procedimientos de ejecución, seguimiento y evaluación del Proyecto Manejo de Recursos Naturales en la Sierra Sur - MARENASS; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 624-2000-AG de fecha 28 de agosto de 2000, se incorpora a partir del 1 de setiembre de 2000 en la Estructura Funcional Programática del Pliego 013: Ministerio de Agricultura, a la Unidad Ejecutora 008: Unidad de Coordinación del Proyecto Manejo de Recursos Naturales en la Sierra Sur - MARENASS; Que, resulta necesario aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Unidad de Coordinación del Proyecto Manejo de Recursos Naturales en la Sierra Sur - MARENASS, que establezca la estructura organizacional basándose en objetivos y lineamientos definidos en el citado Convenio de Préstamo;

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AGRICULTURA

Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Unidad deCoordinación del Proyecto Manejo de Recursos Naturales en la Sierra

Sur - MARENASS

DECRETO SUPREMO Nº 036-2001-AG

CONCORDANCIAS: R.S. Nº 156-2001-AGD.S. Nº 024-2002-AG - TUPA

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto de Urgencia Nº 024-97 de fecha 19 de marzo de 1997se creó la Unidad de Coordinación del Proyecto Especial Manejo de RecursosNaturales en la Sierra Sur - MARENASS, con sede en la ciudad de Abancay,con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera y de gestión,dentro del Pliego 013: Ministerio de Agricultura;

Que, el Contrato de Préstamo Nº 386-PE con el Fondo Internacional deDesarrollo Agrícola - FIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-96-EF,fija la organización, procedimientos de ejecución, seguimiento y evaluacióndel Proyecto Manejo de Recursos Naturales en la Sierra Sur - MARENASS;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 624-2000-AG de fecha 28de agosto de 2000, se incorpora a partir del 1 de setiembre de 2000 en laEstructura Funcional Programática del Pliego 013: Ministerio de Agricultura,a la Unidad Ejecutora 008: Unidad de Coordinación del Proyecto Manejo deRecursos Naturales en la Sierra Sur - MARENASS;

Que, resulta necesario aprobar el Reglamento de Organización yFunciones de la Unidad de Coordinación del Proyecto Manejo de RecursosNaturales en la Sierra Sur - MARENASS, que establezca la estructuraorganizacional basándose en objetivos y lineamientos definidos en el citadoConvenio de Préstamo;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del Artículo 118 de laConstitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 560 y el DecretoSupremo Nº 17-2001-AG;

DECRETA:

Artículo 1.- Apruébase el Reglamento de Organización y Funciones dela Unidad de Coordinación del Proyecto Manejo de Recursos Naturales en laSierra Sur -MARENASS, que consta de Siete Títulos, Seis Capítulos yCuarentinueve Artículos, que forma parte integrante del presente DecretoSupremo.

Artículo 2.- El presente Decreto Supremo será refrendado por elMinistro de Agricultura.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes dejunio del año dos mil uno.

VALENTIN PANIAGUA CORAZAOPresidente Constitucional de la República

CARLOS AMAT Y LEÓNMinistro de Agricultura

REGLAMENTO ORGANIZACION Y FUNCIONES

DE LA UNIDAD DE COORDINACION DEL PROYECTO MANEJO DERECURSOS NATURALES EN LA SIERRA SUR

- MARENASS -

TITULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- El presente Reglamento determina la naturaleza funcionesgenerales, estructura orgánica y relaciones del Proyecto “Unidad deCoordinación del Proyecto Manejo de Recursos Naturales en la Sierra Sur -MARENASS), creado mediante Decreto de Urgencia Nº 024-97, de fecha 19de marzo de 1997, al que en adelante se le identificará como Proyecto.

Artículo 2.- Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento sonde aplicación en todos los órganos del Proyecto.

Artículo 3.- El Proyecto tiene su domicilio fiscal en la Provincia deAbancay, Departamento de Apurímac.

Artículo 4.- El plazo de duración del Proyecto es temporal condicionadoal cumplimiento de su finalidad.

TITULO SEGUNDO

DE LA ESTRUCTURA ORGANICA

Artículo 5.- La estructura Orgánica de la Unidad de Coordinación delProyecto es la siguiente:

I.- UNIDAD DE COORDINACION DEL PROYECTO MARENASS

a) Órgano de Dirección

b) Órganos de Asesoramiento

- Medio Ambiente- Asesoría Legal- Oficina de Seguimiento y Evaluación

c) Órgano de Apoyo

- Oficina de Administración

d) Órganos de Línea

- Oficina Zonal de Abancay- Oficina Zonal de Andahuaylas.- Oficina Zonal de Puquio - Ayacucho.- Oficina Zonal de Espinar - Cusco.

TITULO TERCERO

DE LA UNIDAD DE COORDINACION DEL PROYECTO MANEJO DERECURSOS

NATURALES EN LA SIERRA SUR - MARENASS

Capítulo I

De la Naturaleza, Finalidad y Funciones

Artículo 6.- El Proyecto MARENASS es un órgano del Ministerio deAgricultura, con autonomía técnica administrativa y financiera; responsable depromover y contribuir al mejoramiento de los principales recursos básicos:agua, suelos, pastos, ganado, bosques y ampliación de la frontera agrícola enlas provincias de Abancay, Antabamba Andahuaylas, Aymaraes, Grau,Cotabambas, Chincheros del departamento de Apurímac, las provincias deLucanas, Sucre, Parinacochas, y Páucar del Sara Sara del departamento deAyacucho y las provincias de Chumbivilcas y Espinar del departamento delCusco financiado con Recursos Ordinarios provenientes del Tesoro Público yde Endeudamiento Externo provenientes del Fondo Internacional deDesarrollo Agrícola, cuyo Contrato de Préstamo fuera aprobado medianteDecreto Supremos Nº 043-96-EF.

Artículo 7.- El Proyecto MARENASS tiene por finalidad a través de lautilización de mecanismos de capacitación y difusión basado en los sistemassociales, productivos, culturales y cognitivos de las propias comunidadesatender las demandas de éstos para lograr en el corto plazo y mediante laconservación y manejo racional de los recursos naturales, promover ypotenciar mejoras en la eficiencia de los mismos de tal manera que propicienel mejoramiento de sus condiciones de vida y en el largo plazo obtener elincremento y sostenibilidad de su producción y productividad.

Artículo 8.- Misión del Proyecto MARENASS:

Facilitar el desarrollo autogestionario de las familias y comunidadescampesinas más pobres de la sierra sur del Perú, transfiriendopermanentemente responsabilidades, recursos y promoviendo oportunidadespara mejorar su calidad de vida y revaloración de su patrimonio, tomando encuenta su capacidad de gestión, organización y entorno, respetando yvalorando su cultura y autonomía.

Artículo 9.- Objetivos del Proyecto MARENASS:

Objetivo General: Ampliar las áreas cultivables e incrementar el valorcomercial de los recursos naturales para la producción de los agricultores de laSierra Sur.

Objetivos Específicos:

a) Cuantificar y Calificar la magnitud de la erosión de los recursosnaturales productivos de las comunidades campesinas del área objetivo.

b) Identificar de manera continua, formas eficientes tradicionales ymodernas de recuperación, conservación y producción de los recursosnaturales productivos.

c) Implementar métodos participativos que permitan la transferencia delas tecnologías identificadas.

d) Propiciar la consolidación de las estructuras comunales funcionales,requeridas para garantizar la ampliación de la frontera agrícola y lasostenibilidad del manejo de los recursos naturales productivos.

e) Apoyar a la clarificación de los derechos de propiedad.

f) Difundir las experiencias alcanzadas a nivel local, regional ynacional.

Artículo 10.- Políticas del Proyecto MARENASS:

a) Desarrollar una política dinámica y flexible que se adecue a lavariación del entorno competitivo racionalizando los recursos operativos yadministrativos en función al criterio de eficiencia, de servicio y productidad.

b) Desarrollar una política de transferencia de recursos, propiciando latransparencia en sus procesos y buscando la mayor participación de lascomunidades campesinas.

c) Minimizar la presencia del Proyecto en su ámbito de acción,mediante la coordinación y transferencia de responsabilidades de ejecución alas comunidades.

d) Reforzar la estructura organizativa de las comunidades campesinas,mediante la consolidación de sus formas sociales, productivas y laadministración de los recursos financieros que les traslada el proyecto y elapoyo a la legalización del status de las comunidades campesinas.

e) Incorporación de la mujer, en igualdad de condiciones, en lasactividades del Proyecto, procurando una participación directa en la toma dedecisiones comunales.

f) Establecimiento de un marco institucional y administrativo ágil, quepermita el manejo eficiente de recursos del Proyecto.

g) Facilitación de condiciones para la participación de institucionespúblicas y privadas en la complementariedad de esfuerzos.

h) Asegurar una política de control de gestión, a través de la evaluacióny seguimiento de los planes de trabajo y del cumplimiento de la normatividadoperativa.

Artículo 11.- Estrategias del Proyecto MARENASS:La estrategia general del Proyecto se sustenta en la difusión, la

transferencia e internalización por parte de las comunidades, de tecnologíasagropecuarias que permitan la recuperación y la conservación de los RecursosNaturales para la Producción. Para este propósito se establecen las siguientesestrategias específicas:

a) Estrategia Productiva.- Para la operación central del Proyecto,establece como la herramienta principal del Proyecto la Capacitación yDifusión, utilizando en base a la experiencia el sistema de capacitación del“Pacha Mama Raymi”, a través del desarrollo de dos ejes: a) La capacitaciónde los campesinos y sus hijos en el uso de alternativas tecnológicas, quepermitan la recuperación y conservación de los recursos naturales productivos;y b) la difusión - extensión de dichas alternativas a través de los concursos,entre los campesinos con la correspondiente evaluación del proceso decambio, a través de éstos mismos. Esta Estrategia respeta el entorno

campesino sobre el cual se reforzará los patrones culturales de lascomunidades, su organización social y tradiciones andinas.

b) Estrategia de Acompañamiento.- Se desarrolla a través de Serviciosde Apoyo a la Producción, el cual propone la facilitación de una capitalsemilla que sirva como incentivo para el desarrollo de las diferentesactividades como asistencia técnica, producción y comercialización,ampliación de la frontera agrícola, que con el tiempo las comunidades puedandisponer de un fondo incrementado que facilita la continuidad de susactividades y garantice la sostenibilidad del proyecto.

c) Estrategia de sostenibilidad.- Se sustenta en la toma de concienciapor parte de los campesinos de que los esfuerzos que realizan y para los cualesel proyecto les brinda incentivos económicos, van mas allá de la conservaciónen sí de los recursos naturales productivos, dado que éste es un instrumentodinamizador de sus economías que va a permitir mejorar sus condiciones devida y en el futuro la ampliación y revaloración de su patrimonio de talmanera que pueda ser usufructuado en beneficio propio y de su hijos.

Artículo 12.- Componentes del Proyecto MARENASS

a) Capacitación y Cambio Tecnológico.b) Servicios de Apoyo a la Producciónc) Unidad Ejecutorad) Seguimiento y Evaluación.

Artículo 13.- Las funciones generales del Proyecto MARENASS son:

a) Formular estrategias y políticas para el desarrollo difusión,transferencia e internalización de tecnologías sobre el manejo y conservaciónde recursos naturales para la producción en las comunidades campesinas de laSierra Sur de nuestro territorio nacional.

b) Apoyar la elaboración, desarrollo y ejecución de mecanismosnecesarios para fortalecer las estructuras organizativas de las comunidadescampesinas

c) Formular el plan estratégico, los planes operativos, y presupuestos delas actividades del Proyecto y sus respectivos Componentes.

d) Planear, dirigir, supervisar y evaluar la ejecución y el desarrollo delos componentes del Proyecto.

e) Mantener informado al Ministerio de Agricultura y a las entidadesfinancieras correspondientes, respecto al cumplimiento de las metas yobjetivos.

f) Supervisar, coordinar y evaluar la ejecución de estudios, obras y delas actividades incluidas en los planes de trabajo.

g) Cautelar el estricto cumplimiento de los términos contractuales delConvenio de Préstamo y Documentos Anexos y Acuerdos suscritos con elFondo de Desarrollo Agrícola, coordinando con el Ministerio de Agricultura,las acciones inherentes al desarrollo y ejecución de los mismos.

Capítulo II

Del Consejo Directivo

Artículo 14.- EL Consejo Directivo es el órgano de mayor Jerarquía delProyecto Manejo de Recursos de la Sierra Sur - MARENASS, es un entenormativo y deliberativo. El Consejo Directivo, es autónomo en sus decisionesy se sujeta a los acuerdos que adopten sus miembros dentro del marco delConvenio de Préstamo y el del contenido del presente reglamento.

DE SUS ATRIBUCIONES Y FUNCIONES

Artículo 15.- Son atribuciones del Consejo Directivo:

a) Dictar las Políticas del Proyecto.

b) Designar al Director Ejecutivo del Proyecto, a satisfacción del FIDA.La designación se efectuará por concurso.

c) Aprobar los Planes Operativos Anuales.

d) Aprobar los Informes Periódicos

e) Velar por el buen funcionamiento del Proyecto, cuidando que lasactividades que realice cumplan los fines y objetivos propuestos.

f) Supervisar la ejecución del proyecto.

g) Analizar, evaluar y aprobar los informes de gestión del Proyecto.

h) Aprobar las actas del Consejo Directivo.

i) Establecer y preservar la coordinación interinstitucional en funcióndel Proyecto.

DE LOS MIEMBROS

Artículo 16.- El Consejo Directivo de la Unidad de Coordinación delProyecto MARENASS está compuesto por los siguientes miembros:

Con derecho a voz y voto:

a) El representante del Ministerio de Agricultura, quien lo preside.

b) Un representante del Fondo de Desarrollo Agrícola.

c) Un representante de la Oficina de Inversiones del Ministerio deEconomía y Finanzas.

d) Dos representantes (varón y mujer) de las Comuides Campesinas delámbito de ejecución del Proyecto.

e) Un representante de FONCODES.

f) Un representante de PRONAMACHCS.

Con derecho a voz sin voto:

a ) El Director Ejecutivo de la Unidad de Coordinación del ProyectoMARENASS, quien asumirá las funciones de Secretaría del Consejo.

DE LOS DEBERES, Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS

Artículo 17.- Son deberes y atribuciones de los Miembros del ConsejoDirectivo:

a. Participar en las sesiones del Consejo.b. Respetar y hacer respetar las decisiones que se acuerden en las

reuniones del Consejo.c. Tener acceso a la documentación del Proyecto.d. Solicitar información a las instancias pertinentes sobre la marcha del

Proyecto.

DE LAS SANCIONES

Artículo 18.- El incumplimiento de lo establecido en el presentereglamento sin justificación alguna, constituye causal suficiente para separar acualquier persona de los miembros del Consejo de Coordinación, previacomunicación a la Institución a la que representa para que designe sureemplazante. Dicha calificación se realizará por consenso de los miembrosdel Consejo.

DE LAS SESIONES

Artículo 19.- Para el cumplimiento de sus funciones, el ConsejoDirectivo tiene establecido sostener sesiones ordinarias y extraordinarias:

a) Las sesiones ordinarias se llevarán a cabo cada Trimestre.

b) Las sesiones extraordinarias se llevarán a cabo toda vez que lascircunstancias así lo exijan, a solicitud del Presidente o cualquiera de losmiembros.

Artículo 20.- Las sesiones se realizarán previa convocatoria con 7 díasde anticipación y dicha citación contendrá la agenda, fecha, lugar y hora de lareunión por mas que haya sido fijada en la sesión anterior. Las mismas puedenmodificarse a petición de los miembros previa coordinación con la Secretaría.

Artículo 21.- Las decisiones del Consejo se adoptaran por consenso delos titulares del Consejo.

DE SU FUNCIONAMIENTO

Artículo 22.- Son funciones del Presidente del Consejo Directivo:

a) Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias.b) Instalar y dirigir las sesiones.c) Proponer y aprobar el orden del día para su discusión en la reunión.d) Participa en las funciones de los miembros del Consejo, como parte

de él.e) Dar por concluidas las reuniones.

Artículo 23.- Son funciones de los Miembros del Consejo Directivo:

a) Asistir y participar en las sesiones ordinarias y extraordinarias delConsejo.

b) Supervisar la ejecución del proyecto en concordancia a los objetivosy metas del Proyecto y en concordancia con las normas del Convenio dePréstamo del FIDA.

c) Integrar las Comisiones de Trabajo que disponga el Consejo.

d) Proponer iniciativas que contribuyan a mejorar la organización delConsejo.

Artículo 24.- Las funciones que cumple el Director Ejecutivo de laUnidad de Coordinación del Proyecto MARENASS en el seno del Consejoson:

a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias.

b) Presentar los Planes Operativos e informes de Gestión.

c) Hacer llegar oportunamente toda documentación técnica, informes uotros solicitados por los miembros del Consejo.

d) Ejecutar las recomendaciones que proponga y apruebe el Consejo ypresentar propuestas o alternativas para el mejor desarrollo del Proyecto.

Artículo 25.- Las funciones de la Secretaría del Consejo Directivo son:

a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo.

b) Llevar y redactar las actas del Consejo durante las sesiones.

c) Proporcionar información archivada a los miembros del Consejo.

d) Elaborar la agenda de las sesiones en coordinación con los miembrosdel Consejo.

e) Hacer llegar a cada miembro del Consejo, con un mínimo de 7 díasde anticipación, copias del acta anterior, agenda tentativa y otros documentosprevios a cada reunión.

f) Organizar y conservar un archivo con las actas aprobadas,resoluciones enmiendas y correspondencias.

g) Hacer llegar oportunamente las observaciones a las actas propuestasde los miembros para ser incorporados a la agenda, y toda documentación quese requiera para la siguiente sesión.

Capítulo III

del Órgano de Dirección

DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA

Artículo 26.- La Dirección Ejecutiva, es el órgano responsable de dirigirla ejecución de los componentes del Proyecto MARENASS y constituye laprimera instancia administrativa.

Artículo 27.- La Dirección Ejecutiva está a cargo de un DirectorEjecutivo, quien es la más alta autoridad del Proyecto, dependejerárquicamente del Ministro de Agricultura.

Artículo 28.- Las funciones y atribuciones de la Dirección Ejecutiva delProyecto MARENASS son las siguientes:

a) Formular las políticas y el Plan Estratégico para el cumplimiento delos objetivos del MARENASS. Asimismo fortalecer el desarrolloOrganizacional.

b) Formular los Planes Operativos anuales del MARENASS, así comoproponer al Consejo Directivo, la aprobación de los mismos.

c) Coordinar la administración del Plan Integral para la ampliación delas áreas cultivables e incremento del valor comercial de los recursos naturalespara la producción de los agricultores de la Sierra Sur.

d) Formular, dirigir, administrar y coordinar la ejecución de Proyectoasegurando la transferencia de los recursos del préstamo a las organizacionescampesinas para la ejecución de sus actividades.

e) Informar a la Alta Dirección, así como al Consejo Directivo elprogreso y cumplimiento de las metas físicas e inversiones del proyecto.

f) Participar en las gestiones para concertar el financiamiento deorganismos cooperantes y países donantes.

g) Realizar las acciones requeridas para la asignación de los recursospresupuestales para el MARENASS, supervisando la ejecución de los mismos.

h) Proponer al Consejo Directivo la Política de Personal delMARENASS.

i) Representar legalmente al MARENASS, en todos los actos técnicos,administrativos, ejerciendo la jefatura del Programa Presupuestal de sucompetencia.

j) Organizar, dirigir y evaluar las actividades y funcionamiento de losórganos del MARENASS.

k) Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones.

l) Aprobar las bases de las licitaciones y concursos de estudios, obras,consultorías, asesorías, auditorias; peritajes y supervisiones, y adquisicionesde bienes y servicios; ordenes de mérito, otorgamiento de buena pro;designación de las comisiones de recepción de propuestas, evaluación ynegociación de contratos y sus informes respectivos en el ámbito de sucompetencia.

m) Firmar o refrendar contratos, convenios o adendas para la ejecuciónde estudios, proyectos, obras, supervisión, adquisición de bienes y servicios,

asesorías consultorías, auditorias, peritajes presupuestos adicionales ydeductivos entre otros.

n) Seleccionar y firmar o refrendar contratos de personal, bajo cualquiertipo de modalidad, así como la ampliación, rescisión, conclusión y liquidaciónde los mismos, entre otros.

o) Aprobar liquidaciones de contratos de estudios, supervisión,consultorías, asesorías, auditorias, peritajes entre otros.

p) Aprobar la documentación normativa y de gestión correspondiente ala operatividad orgánica y funcional del MARENASS, dentro del ámbito de suresponsabilidad.

q) Expedir Resoluciones Directorales en asuntos relacionados con losactos administrativos y técnicos de su competencia.

r) Coordinar con el Órgano de Control las medidas y acciones decontrol para evaluar la adecuada marcha del MARENASS y la aplicación ycumplimiento de las normas y disposiciones legales y de ser el caso adoptarlas medidas correctivas correspondientes.

s) Autorizar la apertura de cuentas bancarias, con sujeción a las Normasde los Sistemas administrativos del Sector Público y demás dispositivoslegales.

t) Proporcionar la información técnica administrativa y financierarequerida por las diferentes fuentes de financiamiento, y presentarlasoportunamente.

u) Proponer al Consejo Directivo los niveles remunerativos individualesdel personal de planilla del MARENASS.

v) Dirigir y administrar los recursos humanos, materiales y económicosasignados al Proyecto.

w) Organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades yfuncionamiento de las dependencias del Proyecto.

x) Coordinar la política y dirigir las acciones de imagen institucional delProyecto.

y) Coordinar las actividades relacionadas con la ejecución del Proyectocon otras entidades públicas y privadas dentro de su ámbito a fin decomplementar acciones comunes, así como buscar la participación de lascomunidades campesinas en el logro de los objetivos del Proyecto.

z) Aprobar los Balances y Estados Financieros del Proyecto.

aa) Presentar al Consejo Directivo la Memoria Anual del Proyecto.

bb) El Director Ejecutivo podrá delegar las facultades administrativasque sean necesarias a las Direcciones respectivas del Proyecto, orientadas a lagestión efectiva y el logro de los objetivos y metas.

cc) Otros que acuerde el Consejo Directivo.

Artículo 29.- La Dirección Ejecutiva podrá contratar a Consultores y/oAsesores especializados en asuntos de competencia del Proyecto.

Capítulo IV

De los Órganos de Asesoramiento

DEL ESPECIALISTA AMBIENTAL

Artículo 30.- El Especialista Ambiental es responsable de diseñar,implementar las estrategias del manejo de los recursos naturales en el ámbitode ejecución del Proyecto Manejo de Recursos Naturales en la Sierra Sur -MARENASS.

Artículo 31.- El Especialista Ambiental, depende jerárquicamente de laDirección Ejecutiva del Proyecto.

Artículo 32.- Las Funciones y atribuciones de la Oficina de MedioAmbiente son las siguientes:

a) Asistir y asesorar en la definición y diseño de políticas, estrategias ymetodologías para la mejor marcha del Proyecto.

b) Identificar y evaluar las demandas y proponer estrategias en elmanejo racional de recursos naturales, potenciando los mismos.

c) Proponer la implementación gradual de estrategias basándose enalternativas tecnológicas diseñadas o recopiladas en base a experienciasrecogidas.

d) Coordinar con la población para validar la aplicación de estrategiasdel manejo técnico de los recursos naturales

e) Realizar actividades de apoyo y asesoramiento en el proceso deplanificación, ejecución y seguimiento y monitoreo del Proyecto.

f) Efectuar actividades de asistencia y apoyo en la formulación del PlanEstratégico, Planes Operativos y evaluación de los mismos.

g) Coordinar y orientar acciones para el cumplimiento de los Planes encada ámbito del Proyecto.

h) Evaluar y Aprobar los expedientes técnicos generados en otrasinstancias del Proyecto.

i) Elaborar y presentar informes de avance y otros de acuerdo a sucompetencia y los requeridos por el Director Ejecutivo.

j) Elaborar los términos de referencia para la contratación de lasconsultorías en diferentes temas requeridos por el proyecto y ser elinterlocutor de los mismos.

k) Coordinar permanentemente con la oficina de Seguimiento yEvaluación para la elaboración de informes a la Dirección Ejecutiva.

l) Otros que asigne el Director Ejecutivo.

DE LA ASESORÍA LEGAL

Artículo 33.- La Asesoría Legal, constituye un órgano que presta elasesoramiento jurídico y legal a la Alta Dirección y demás áreas del Proyecto,

cuando estas lo soliciten, emitiendo para el efecto los informes verbales y/oescritos pertinentes.

Artículo 34.- La Asesoría Legal, está a cargo de un Asesor Legal ydepende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva del Proyecto.

Artículo 35.- Las funciones y atribuciones de la Asesoría Legal son lassiguientes:

a) Emitir opinión en expedientes sobre trámites derivados de laejecución de convenios, contratos y otros documentos suscritos por elProyecto.

b) Elaborar anteproyectos de dispositivos legales relacionados con lagestión administrativa, financiera y de desarrollo del Proyecto.

c) Formular proyectos de contratos y convenios a ser suscritos por elDirector Ejecutivo u otros funcionarios autorizados, con entidades públicas oprivadas.

d) Tomar a su cargo o hacer el seguimiento según sea el caso, de losprocesos administrativos y jurídicos relativos a los recursos que se planteenante el Tribunal de Licitaciones y Contratos de Obras Públicas, y otros.

e) Realizar coordinaciones con entidades del sector público o privadosobre asuntos legales jurídicos que se le encarguen.

f) Llevar el archivo de los originales de los convenios, contratos y otrosque celebre el Proyecto, para el cumplimiento de sus fines.

g) Formular proyectos de dispositivos de carácter administrativo ytécnico que requiera el Proyecto para la ejecución de sus actividades.

h) Desempeñar las demás funciones que en el ámbito de su competenciale sean asignadas por la Dirección Ejecutiva.

DE LA OFICINA DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

Artículo 36.- La Oficina de Seguimiento y Evaluación es el órganoresponsable de efectuar la formulación, evaluación y seguimiento del proceso

de implementación y resultados de los objetivos, metas y actividadesdesarrolladas por el Proyecto proponiendo los cambios necesarios para lograroportunamente las mejoras en su desarrollo y garantizar el éxito del mismo,contribuyendo al mejoramiento de los niveles de eficiencia y eficacia de lagestión para cada uno de los componentes del proyecto.

Artículo 37.- La Oficina de Seguimiento y Evaluación, está a cargo deun Jefe y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva del Proyecto.

Artículo 38.- Las Funciones y Atribuciones de la Oficina deSeguimiento y Evaluación son:

a) Programar, coordinar, efectuar el seguimiento y consolidar laevaluación de los objetivos y metas trazadas por el Proyecto.

b) Evaluar la Ejecución del Plan Estratégico del Proyecto, así como delos Planes Operativos, proponiendo los cambios necesarios y medidascorrectivas para lograr oportunamente las mejoras en su desarrollo ygarantizar el cumplimiento del objetivo del Proyecto.

c) Desarrollar acciones de consolidación y suministro de la informaciónrelacionada con la programación.

d) Controlar y proporcionar información ejecutiva y estadística, asícomo la de efectuar la preparación de la Memoria Anual, Evaluación deMedio Término del Proyecto y Evaluación Final del mismo, a fin decuantificar la magnitud del cambio en la conservación y el manejo racionalproductivo de los recursos naturales, con respecto al punto referencial deinicio del Proyecto, así como verificar los resultados de internalización en loscampesinos de los objetivos del Proyecto, el uso adecuado de los recursosfinancieros asignados para la ejecución del Proyecto, el cumplimiento deobjetivos y el alcance de los beneficios esperados.

e) Preparar la información que requiera la Contraloría General de laRepública y el CONSUCODE referente al seguimiento y evaluación del Plande Adquisiciones del Proyecto.

f) Asesorar a la Dirección Ejecutiva y los demás órganos del Proyectoen asuntos relacionados con las Políticas del Proyecto y consecución de susobjetivos.

g) Emitir periódicamente los informes operativos del Proyecto quemuestren la situación de avance de las metas, cumplimiento de objetivos,alcance de beneficiarios, evaluación de los sistemas de gestión y trabajo decampo.

h) Proponer los estudios de base necesarios que se requieran para laconsecución de los objetivos del Proyecto.

i) Desarrollar y proponer un sistema de seguimiento y monitoreo de loscomponentes del Proyecto, implementado los indicadores de gestión, dedesarrollo y físicos, que permitan medir y evaluar la eficiencia y eficacia delcumplimiento de las metas previstas en los planes operativos.

j) Desempeñar las demás funciones que en el ámbito de su competenciale sean asignadas por la Dirección Ejecutiva.

Capítulo V

del Órgano de Apoyo

DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN

Artículo 39.- La Oficina de Administración, es un órgano de apoyo delProyecto y responsable de administrar los recursos económicos, humanos ymateriales de la Unidad de Coordinación del Proyecto MARENASS.

Artículo 40.- La Oficina de Administración, está a cargo de un Jefe ydepende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva del Proyecto.

Artículo 41.- Las funciones y atribuciones de la Oficina deAdministración del Proyecto son las siguientes:

a) Conducir los Sistemas Administrativos de acuerdo a la normatividadvigente del Sector Público y a los Contratos, Convenios y/o Acuerdos conOrganismos Internacionales y Entidades Financieras.

b) Participar en la formulación de plan Institucional y planes operativosanuales y conducir el Proceso Presupuestario de la Unidad de Coordinación

del Proyecto en todas sus fases: Formulación, Programación, Aprobación,Ejecución y Evaluación del Presupuesto Anual.

c) Cotejar las demandas anuales de recursos del Proyecto, con ladisponibilidad de fondos y recomendar a la Dirección Ejecutiva sobre ajustesa realizar.

d) Elaborar la documentación sustentatoria, para gestionar losdesembolsos de las diferentes fuentes de financiamiento y realizar las accionesnecesarias ante el Ministerio de Economía y Finanzas y las EntidadesFinanciadoras, para la obtención oportuna de los recursos asignados a laUnidad de Coordinación del Proyecto, que permitan la ejecución de sus metasy cumplimiento de objetivos.

e) Establecer en coordinación con los diferentes Órganos de la Unidadde Coordinación del Proyecto, los mecanismos necesarios a fin de obtener unflujo oportuno y permanente de la información contable y financiera,requerida, por el Ministerio de Economía y Finanzas, Entidades Financiadorasy otras Entidades, de acuerdo a las normas establecidas.

f) Coordinar con los diferentes Órganos de la Unidad de Coordinacióndel Proyecto a fin de efectuar un seguimiento permanente de la información demetas que permita efectuar una adecuada asignación de recursos, para elcumplimiento de los objetivos señalados en el Plan Operativo; e informar de laevaluación de dichas metas.

g) Coordinar con los diferentes Órganos de la Unidad de Coordinacióndel Proyecto la asignación y distribución de los recursos.

h) Establecer un sistema de contabilidad y finanzas de acuerdo a lanormatividad y del Contrato de Préstamo. Elaborar y presentar oportunamentelos estados financieros y de situación económica al término de cada ejerciciofiscal y a requerimiento de las Entidades correspondientes (Ministerio deEconomía y Finanzas, Contaduría Pública, FIDA, CAF y otros).

i) Velar por el cumplimiento de los términos contractuales de loscontratos, convenios y acuerdos de préstamos, en lo que sea de sucompetencia.

j) Administrar y controlar los recursos humanos, materiales yeconómicos de la Unidad de Coordinación del Proyecto.

k) Dirigir y supervisar la adquisición de los Bienes y Servicios,contratación de consultorías, necesarios para el funcionamiento y logro deobjetivos de la Unidad de Coordinación del Proyecto y brindar el adecuadoapoyo logístico.

l) Cautelar el registro y control de los activos de la Unidad deCoordinación del Proyecto manteniendo actualizado los correspondientesinventarios.

m) Realizar las funciones administrativas, en lo que corresponde almanejo de cuentas y subcuentas de Recursos Ordinarios, RecursosDirectamente Recaudados y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito;constituyéndose como la Oficina Giradora de la Unidad de Coordinación delProyecto Manejo de Recursos Naturales en la Sierra Sur - MARENASS.

n) Coordinar con la Oficina General de Administración y la OficinaGeneral de Presupuesto y Planificación del Ministerio de Agricultura, ElMinisterio de Economía y Finanzas, el FIDA, la CAF y otras Entidades; lasactividades de carácter financiero y administrativo que permitan la ejecución ydesarrollo de la Unidad de Coordinación del Proyecto, en armonía con lasNormas del Gobierno Central, Convenios y Acuerdos concertados con losOrganismos Internacionales.

o) Desempeñar las demás funciones que en el ámbito de su competenciale sean asignadas por la Dirección Ejecutiva.

Capítulo VI

de los Órganos de Línea

DE LAS OFICINAS DE COORDINACIÓN ZONAL DE ABANCAY YANDAHUAYLAS - APURIMAC; PUQUIO - AYACUCHO Y ESPINAR -CUSCO

Artículo 42.- Las Oficinas de Coordinación Zonal son cada uno unórgano de línea y ejecutores responsables de dirigir y cautelar la ejecuciónfísica y financieramente los diferentes componentes del Proyecto, dentro del

marco de lo establecido en el Convenio de Préstamo y de promover y dirigirestrategias de capacitación, cambio tecnológico y productividad a losagricultores, organizaciones agrarias y comunidades campesinas ubicadas enel ámbito del Proyecto, que permita asegurar la sostenibilidad en el manejoadecuado de los recursos naturales, la ampliación de sus áreas cultivables y elincremento de la calidad de la inversión y producción.

Artículo 43.- Cada Oficina de Coordinación Zonal, está a cargo de unJefe y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva del Proyecto,excepto la de Abancay que está a cargo del Director Ejecutivo.

Artículo 44.- Las Funciones y Atribuciones de cada Oficina deCoordinación Zonal son:

a) Conducir coherente y eficientemente los Componentes deCapacitación y Cambio Tecnológico y de Servicios de Apoyo a la Comunidaddel Proyecto de acuerdo al Convenio de Préstamo y documentos anexos a finde cumplir con los objetivos trazados.

b) Promover y proponer lineamientos y estrategias en el ámbito de sucompetencia.

c) Cautelar el buen uso de los recursos utilizados en la ejecución de losComponentes del Proyecto de acuerdo a los Sistemas Administrativos ynormatividad vigente del Sector Público.

d) Efectuar las rendiciones de los recursos transferidos en laoportunidad señalada por la Oficina de Administración.

e) Planear, monitorear y evaluar en todas sus etapas, la ejecución físicade los proyectos de acuerdo a los contratos y/o convenios suscritos con lascomunidades campesinas, organizaciones agrarias, agricultores, entre otros.

f) Ejecutar las actividades programadas en la Oficina de CoordinaciónZonal.

g) Formular y proponer el Plan Operativo de los proyectos a su cargo, ydirigir la ejecución dentro de los términos contractuales del Convenio dePréstamo y marco legal interno.

h) Proponer sustentadamente, reestructuraciones y/o modificaciones alPlan Operativo, de ser necesario, para el logro de metas y objetivos de cadacomponente.

i) Coordinar y participar en la formulación del Presupuesto Anual de losproyectos a su cargo, y dirigir su ejecución dentro de los términos previstospor el Convenio de Préstamo, documentos anexos y normas vigentes.

j) Coordinar con la Oficina de Administración las acciones que éstadeba realizar ante el Ministerio de Economía y Finanzas, el FIDA, la CAFpara la asignación de la contrapartida nacional y de los desembolsos con cargoal financiamiento del préstamo.

k) Revisar y dar conformidad a los estudios, expedientes, contratos,convenios para tramitar su aprobación ante la Dirección Ejecutiva.

l) Revisar y dar conformidad a las solicitudes de transferencia derecursos a las Comunidades Campesinas, Organizaciones Agrarias,Agricultores u otros de ser el caso, cautelando el cumplimiento de metas yobjetivos del Programa.

m) Coordinar y elaborar la información técnico-administrativa de sucompetencia.

n) Coordinar con instituciones y organizaciones públicas y privadas, ycomunidades campesinas las actividades que son de su competencia.

o) Identificar y recoger las demandas de las campesinas.

p) Desempeñar las demás funciones que en el ámbito de su competenciale sean asignadas por la Dirección Ejecutiva.

TITULO CUARTO

DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

Artículo 45.- El Proyecto MARENASS mantiene relación con personasnaturales y jurídicas, nacionales e internacionales siguientes:

a) Funcional:

Con los órganos correspondientes del Ministerio de Agricultura,Ministerio de Economía y Finanzas, Contaduría Pública de la Nación,Contraloría General de la República y demás instituciones y organismosrelacionados con su competencia, con el FIDA y la CAF.

b) De Coordinación:Con Entidades Públicas y Privadas, nacionales e internacionales

relacionadas con su competencia.

TITULO QUINTO

DEL REGIMEN LABORAL

Artículo 46.- El personal de la Unidad de Coordinación del ProyectoManejo de Recursos Naturales de la Sierra Sur -MARENASS- estácomprendido en el régimen laboral de la actividad privada.

TITULO SEXTO

DE LOS RECURSOS ECONOMICOS Y FINANCIEROS

Artículo 47.- Constituyen recursos económicos y financieros delProyecto MARENASS los siguientes:

a) Los que le asigne la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público.

b) Los provenientes de los contratos de Préstamo celebrados entre laRepública del Perú y las entidades financieras.

c) Los provenientes de transferencias o donaciones.

TITULO SÉPTIMO

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 48.- El Presente Reglamento de Organización y Funcionesentrará en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación.

Artículo 49.- Las enmiendas al presente Reglamento, serán presentadas,tratadas y aprobadas por consenso del Consejo Directivo.