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1.4 Tipos de administración

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1.4 Tipos de administración

Administración pública

La administración pública se define de varias maneras; Gulick y Urwick dicen que “la administración pública es aquella parte de la ciencia de la administración que concierne al gobierno, fundamentalmente al Poder Ejecutivo, que es el encargado de llevar a cabo las tareas gubernamentales”.

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Pfiffner y Presthus señalan que “la administración pública consiste en llevar acabo el trabajo del gobierno coordinando los esfuerzos de modo que puedan colaborar unidos en el logro de sus propósitos”.

Por su parte, Wilson opina que la administración pública es la “aplicación detallada y sistemática de la ley.

Toda aplicación concreta de una ley general es un acto de administración, ya sea la aplicación o cobro de un impuesto, la condena de un criminal, la ejecución de una obra pública o el rendimiento militar”

Administración pública

La administración pública es, pues la ejecución y observancia de la política gubernamental, según ha sido delineada por las autoridades competentes, y por tanto a ella conciernen los problemas, poderes, organización y técnicas que llevan implícita la aplicación de las leyes y políticas formuladas por las dependencias gubernamentales encargadas de ello.

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La administración pública, en consecuencia significa primordialmente las labores de las empresas civiles que se encargan, por mandato legal, de tramitar los negocios públicos que se le han asignado.

Sin embargo, los negocios públicos pueden abarcar ámbitos políticos distintos, y en esa forma la administración pública pude ser de carácter internacional o nacional; puede ser de tipo federal o central, estatal o departamental, municipal o urbana.

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Administración privada

La administración privada concierne a las actividades de los particulares en todos sus órdenes y es, por tanto, también muy amplia. La industria es la ilustración más evidente de la administración privada, pero también la encontramos altamente desarrollada en los organismos eclesiástico, los colegios, las universidades, y las instituciones privadas de beneficencia. Para fines de clasificación de acuerdo con el ámbito que abarca la administración privada, puede ser, también, de tipo internacional, como ciertas sociedades de carácter cultural, político y social, y los consorcios y carteles que van más allá de las fronteras de un país. En la misma forma, puede ser también de tipo nacional, regional o local. Por la estructura de la organización ala cual se aplica, la administración privada puede ser bancaria, industrial, comercial, agrícola. Escolar, eclesiástica, entre otras, y por la aplicación específica que se le da dentro del organismo, puede referirse también, como en el caso de la administración pública, a la administración del presupuesto, del personal de las finanzas, del equipo, etc.

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La administración mixta:

La administración mixta o cuasi pública se refiere a las actividades de aquellos organismos que están bajo la jurisdicción tanto del poder público como el sector privado, y a ellos corresponden las instituciones de participación estatal, descentralizadas o autónomas, que prolíficamente se han desarrollado en los últimos tiempos y que forman lo que se llama la administración paraestatal. Por el ámbito que barca, la administración mixta puede ser de carácter internacional, nacional y regional, y por la estructura del organismo a que sirve, puede ser de tipo descentralizado, autónomo. Semioficial, de participación, etc. Por su aplicación específica, puede ser, como las anteriores, de personal, de presupuestos, etc.

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