adicionales de obra y ampliaciones de plazo
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Adicionales de obra y ampliaciones de plazoTRANSCRIPT
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ADICIONALES DE OBRA Y AMPLIACIONES DE PLAZO Solicitud, Aprobacin, Problemtica y Solucin de
Controversias
Organizacin para el Desarrollo e
Investigacin Profesional
Seminario Taller:
Expositor: Dr. Marco Mendoza Becerra
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PRESTACIN ADICIONAL DE OBRA
Aquella no considerada en el expediente tcnico, ni en el
contrato original, cuya realizacin resulta indispensable
y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta prevista
de la obra principal y que da lugar a un presupuesto
adicional
Dr. Marco Mendoza Becerra
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PRESUPUESTO ADICIONAL DE OBRA
Es la valoracin econmica de la prestacin adicional de
una obra que debe ser aprobado por la Contralora
General de la Repblica cuando el monto supere al que
puede ser autorizado directamente por la Entidad.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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PRESTACIONES ADICIONALES
En contratos de obras, las prestaciones adicionales
podrn ser hasta por el 15% del monto del contrato
original, restndole los presupuestos deductivos
vinculados. Para tal efecto, los pagos correspondientes
sern aprobados por el Titular de la Entidad.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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PRESTACIONES ADICIONALES
Cuando resulte indispensable la realizacin de
prestaciones adicionales de obra por deficiencias del
Expediente Tcnico o situaciones imprevisibles
posteriores a la suscripcin del contrato, mayores al
15% y hasta un mximo del 50% del monto original del
contrato, el Titular de la Entidad podr decidir
autorizarlas.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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PRESTACIONES ADICIONALES
Para adicionales de obra mayor al 15% se requiere contar con
recursos y la autorizacin previa de la Contralora general de
la Republica para la ejecucin y pago.
En el caso de adicionales con carcter de emergencia, la
autorizacin se emitir previa al pago.
La Contralora General de la Repblica contar con un plazo
mximo de 15 das hbiles, bajo responsabilidad, para emitir
su pronunciamiento.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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OBRAS ADICIONALES
La necesidad de tramitar la aprobacin de una prestacin adicional
de obra debe ser anotada en el cuaderno de obra, por el inspector o
supervisor o por el contratista. El inspector o supervisor debe
comunicar a la Entidad sobre la necesidad de elaborar el expediente
tcnico de la prestacin adicional de obra.
La Entidad debe definir si la elaboracin del expediente tcnico de la
prestacin adicional de obra estar a su cargo, a cargo de un
consultor externo o a cargo del contratista ejecutor de la obra
principal, en calidad de prestacin adicional de obra, aprobada
segn el procedimiento previsto en el Artculo 174 del Reglamento.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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OBRAS ADICIONALES
Concluida la elaboracin del expediente tcnico, el inspector
o supervisor cuenta con un plazo de 14 das para remitir a la
Entidad el informe pronuncindose sobre la procedencia de la
ejecucin de la prestacin adicional.
Desde la recepcin de dicho informe, la Entidad cuenta con
14 das para emitir y notificar al contratista la resolucin
mediante la que se pronuncia sobre la procedencia de la
ejecucin de la prestacin adicional de obra. La demora de la
Entidad en emitir y notificar esta resolucin, podr ser causal
de ampliacin de plazo. Dr. Marco Mendoza Becerra
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OBRAS ADICIONALES
Conjuntamente con la Resolucin que aprueba el adicional de
obra, debe entregarse el expediente tcnico respectivo,
debidamente aprobado.
Aprobada la prestacin adicional de obra, el contratista est
obligado a ampliar el monto de la garanta de fiel
cumplimiento.
Los adicionales o reducciones que se dispongan durante la
ejecucin de proyectos de inversin pblica debern ser
comunicados por la Entidad a la autoridad competente del
Sistema Nacional de Inversin Pblica.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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OBRAS ADICIONALES
En contratos de obra a precios unitarios, los presupuestos
adicionales sern formulados con:
Precios del contrato y/o precios pactados.
Gastos generales fijos y variables propios de la prestacin
adicional, para lo cual deber realizarse el anlisis
correspondiente teniendo como base o referencia los
anlisis de los gastos generales del presupuesto original
contratado.
Utilidad del presupuesto ofertado
Impuesto General a las Ventas correspondiente. Dr. Marco Mendoza Becerra
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OBRAS ADICIONALES
En contratos de obra a suma alzada, los presupuestos
adicionales sern formulados con:
Precios del presupuesto referencial ajustados por el factor
de relacin y/o los precios pactados.
Gastos generales fijos y variables del valor referencial
multiplicado por el factor de relacin.
Utilidad del valor referencial multiplicado por el factor de
relacin.
Impuesto General a las Ventas correspondiente. Dr. Marco Mendoza Becerra
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OBRAS ADICIONALES MAYORES AL 15%
Las prestaciones adicionales de obras cuyos montos, restndole los
presupuestos deductivos vinculados, superen el 15% del monto del
contrato original, luego de ser aprobadas por el Titular de la
Entidad, requieren -antes de su ejecucin y pago- la autorizacin
expresa de la Contralora General de la Repblica.
En caso de adicionales con carcter de emergencia, la autorizacin
de la Contralora General de la Repblica se emitir previa al pago.
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OBRAS ADICIONALES MAYORES AL 15%
La Contralora General de la Repblica contar con un plazo mximo
de 15 das hbiles, bajo responsabilidad, para emitir su
pronunciamiento, el cual deber ser motivado en todos los casos.
Este plazo se computar a partir del da siguiente que la Entidad
presente la documentacin sustentatoria correspondiente, luego del
cual -de no existir pronunciamiento de la CGR- la Entidad est
autorizada para disponer la ejecucin y/o pago de las prestaciones
adicionales por los montos que hubiere solicitado, sin perjuicio del
control posterior.
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OBRAS ADICIONALES MAYORES AL 15%
De requerirse informacin complementaria, la CGR la requerir a la
Entidad en una sola oportunidad, a ms tardar al quinto da hbil
(contado desde que se inici el plazo a que se refiere el prrafo
precedente), ms el trmino de la distancia.
La Entidad cuenta con 5 das hbiles para cumplir con el
requerimiento. En estos casos el plazo se interrumpe y se reinicia al
da siguiente de la fecha de presentacin de la documentacin
complementaria por parte de la Entidad.
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OBRAS ADICIONALES MAYORES AL 15%
Las prestaciones adicionales de obra no podrn superar el 50% del
monto del contrato original. En caso que superen este lmite se
proceder a la resolucin del contrato, no pudindose invitar a los
postores que participaron en el proceso de seleccin que dio origen
a la ejecucin de la obra, debiendo la Entidad convocar a un nuevo
proceso de seleccin por el saldo de obra por ejecutar, sin perjuicio
de las responsabilidades que pudieran corresponder al proyectista.
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AMPLIACIONES DE PLAZO EN
CONTRATOS DE OBRAS
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Plazo de ejecucin de obra
De acuerdo con el Numeral 5 del Anexo de Definiciones
de EL REGLAMENTO, el Calendario Valorizado de
Avance de Obra es El documento en el que consta la
programacin valorizada de la ejecucin de la obra, por
perodos determinados en las Bases o en el contrato
(sic), dicho calendario es precisamente el documento
que sustenta el plazo de ejecucin de la obra.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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CAUSALES DE AMPLIACIN DE PLAZO
El contratista podr solicitar ampliacin del plazo pactado por las
siguientes causales, siempre que stas modifiquen la ruta crtica del
programa de ejecucin de obra vigente:
1. Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al
contratista.
2. Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas
atribuibles a la Entidad.
3. Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado.
4. Cuando se aprueba la prestacin adicional de obra, debiendo el
contratista ampliar el plazo de las garantas que hubiere otorgado.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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PROCEDIMIENTO PARA AMPLIACIONES DE PLAZO
Para que proceda una ampliacin de plazo, desde el inicio y durante
la ocurrencia de la causal, el contratista, por intermedio de su
residente, deber anotar en el cuaderno de obra las circunstancias
que a su criterio ameriten ampliacin de plazo. Dentro de los quince
(15) das siguientes de concluido el hecho invocado, el contratista o
su representante legal solicitar, cuantificar y sustentar su
solicitud de ampliacin de plazo ante el inspector o supervisor,
segn corresponda, siempre que la demora afecte la ruta crtica del
programa de ejecucin de obra vigente y el plazo adicional resulte
necesario para la culminacin de la obra.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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PROCEDIMIENTO PARA AMPLIACIONES DE PLAZO
En caso que el hecho invocado pudiera superar el plazo vigente de
ejecucin contractual, la solicitud se efectuar antes del
vencimiento del mismo.
El inspector o supervisor emitir un informe expresando opinin
sobre la solicitud de ampliacin de plazo y lo remitir a la Entidad,
en un plazo no mayor de 7 das, contados desde el da siguiente de
presentada la solicitud. La Entidad resolver sobre dicha ampliacin
y notificar su decisin al Contratista en un plazo mximo de
catorce (14) das, contados desde el da siguiente de la recepcin
del indicado informe.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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PROCEDIMIENTO PARA AMPLIACIONES DE PLAZO
De no emitirse pronunciamiento alguno dentro del plazo
sealado, se considerar ampliado el plazo, bajo
responsabilidad de la Entidad.
Toda solicitud de ampliacin de plazo debe efectuarse
dentro del plazo vigente de ejecucin de obra, fuera del
cual no se admitir las solicitudes de ampliaciones de
plazo.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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PROCEDIMIENTO PARA AMPLIACIONES DE PLAZO
De existir causales que no tengan fecha prevista de
conclusin, este hecho deber ser acreditado y
sustentado por el contratista; en este caso la Entidad
podr otorgar ampliaciones de plazo parciales, a fin de
permitir que el contratista valorice los gastos generales
por dicha ampliacin parcial, para cuyo efecto se seguir
el procedimiento antes sealado.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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PROCEDIMIENTO PARA AMPLIACIONES DE PLAZO
La ampliacin de plazo obliga al contratista a presentar al inspector o
supervisor un calendario de avance de obra valorizado actualizado y la
respectiva programacin PERT-CPM, considerando para ello slo las
partidas que se han visto afectadas y en armona con la ampliacin de
plazo concedida, en un plazo mximo de 10 das, contados a partir del
da siguiente de la fecha de notificacin de la Resolucin que aprueba
la ampliacin de plazo.
El inspector o supervisor deber elevarlos a la Entidad, con los
reajustes concordados con el residente, en un plazo mximo de 7 das,
contados a partir de la recepcin del nuevo calendario presentado por
el contratista.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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PROCEDIMIENTO PARA AMPLIACIONES DE PLAZO
En un plazo no mayor de 7 das, contados a partir del da siguiente
de la recepcin del informe del inspector o supervisor, la Entidad
deber pronunciarse sobre dicho calendario, el cual, una vez
aprobado, reemplazar en todos sus efectos al anterior.
Si la Entidad no se pronuncia en el plazo sealado, se tendr por
aprobado el calendario elevado por el inspector o supervisor.
Cualquier controversia relacionada con el pronunciamiento de la
Entidad respecto a las solicitudes de ampliacin de plazos, podr
ser sometida a conciliacin y/o arbitraje dentro de los 15 das
hbiles posteriores a la comunicacin de esta decisin.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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DEMORA EN ABSOLUCIN DE CONSUTAS
Las consultas se formulan en el cuaderno de obra y se dirigen al
inspector o supervisor, segn corresponda.
Cuando -por su naturaleza- en opinin del inspector o supervisor,
las consultas no requieran de la opinin del proyectista, sern
absueltas por stos dentro del plazo mximo de 5 das siguientes de
anotadas. Vencido dicho plazo y de no ser absueltas, el contratista
dentro de los 2 das siguientes acudir a la Entidad, la cual deber
resolverlas en un plazo mximo de 5 das, contados desde el da
siguiente de la recepcin de la comunicacin del contratista.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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DEMORA EN ABSOLUCIN DE CONSUTAS
Cuando -por su naturaleza- en opinin del inspector o supervisor,
las consultas requieran de la opinin del proyectista, sern elevadas
por stos a la Entidad dentro del plazo mximo de 4 das siguientes
de anotadas, debiendo sta en coordinacin con el proyectista
absolver la consulta dentro del plazo mximo de 15 das siguientes
de la comunicacin del inspector o supervisor.
Para ello, los proyectistas establecern en sus respectivas
propuestas para los contratos de diseo de la obra original, el
compromiso de atender consultas en el plazo que establezcan las
Bases.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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DEMORA EN ABSOLUCIN DE CONSUTAS
En caso no hubiese respuesta del proyectista en el plazo antes
fijado, la Entidad deber dar instrucciones al contratista a travs del
inspector o supervisor, sin perjuicio de las acciones que se adopten
contra el proyectista, por la falta de absolucin de la misma.
Si vencidos los plazos, no se absuelve la consulta, el contratista
tendr derecho a solicitar ampliacin de plazo por el tiempo
correspondiente a la demora, la cual se computar slo a partir de la
fecha en que la no ejecucin de los trabajos materia de la consulta
empiece a afectar la ruta crtica de la programacin de la obra.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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EFECTOS DE LAS AMPLIACIONES DE PLAZO
Las ampliaciones de plazo en los contratos de obra, dan derecho al
pago de mayores gastos generales variables, iguales al nmero de
das correspondientes a la ampliacin multiplicados por el gasto
general variable diario, salvo en los casos de prestaciones
adicionales de obra.
Gastos Generales = Gasto General Diario x Das de ampliacin
Dr. Marco Mendoza Becerra
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EFECTOS DE LAS AMPLIACIONES DE PLAZO
Las ampliaciones de plazo generadas por paralizacin total de la
obra por causas ajenas a la voluntad del contratista, dan derecho
al pago de mayores gastos generales variables debidamente
acreditados (de aquellos conceptos que forman parte de la
estructura de gastos generales variables de la oferta econmica
del contratista o del valor referencial, segn el caso).
En el supuesto que las reducciones de prestaciones afecten el
plazo contractual, los menores gastos generales variables se
calcularn siguiendo el procedimiento establecido en el prrafo
precedente.
En virtud de la ampliacin otorgada, la Entidad ampliar el plazo
de los otros contratos celebrados por sta y vinculados
directamente al contrato principal.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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CLCULO DE GASTOS GENERALES EN CONTRATOS
SUSCRITOS A SUMA ALZADA Ip
GG = GGD x D x
Io
GGD =
Donde
GG = Gastos Generales de la Ampliacin de Plazo
GGD = Gasto General Diario
D = Das de la Ampliacin de Plazo
VR = Valor Referencial
FR = Factor de Relacin
Ip = ndice General de Precios al Consumidor (Cdigo 39)
correspondiente al mes en que ocurre la causal
Io = ndice General de Precios al Consumidor (Cdigo 39)
correspondiente al mes del Valor Referencial
Gastos Generales Variables (del VR) x FR
Plazo Contractual
Dr. Marco Mendoza Becerra
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CLCULO DE GASTOS GENERALES EN CONTRATOS
SUSCRITOS A PRECIOS UNITARIOS
Ip
GG = GGD x D x
Io
GGD =
Donde
GG = Gastos Generales de la Ampliacin de Plazo
GGD = Gasto General Diario
D = Das de la Ampliacin de Plazo
Ip = ndice General de Precios al Consumidor (Cdigo 39)
correspondiente al mes en que ocurre la causal
Io = ndice General de Precios al Consumidor (Cdigo 39)
correspondiente al mes del Valor Referencial
Gastos Generales Variables (de la Oferta)
Plazo Contractual
Dr. Marco Mendoza Becerra
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PAGO DE GASTOS GENERALES
Para el pago de Mayores Gastos Generales se formular una
Valorizacin, la cual deber ser presentada por el residente al
inspector o supervisor; dicho profesional en un plazo mximo de 5
das contados a partir del da siguiente de recibida la mencionada
valorizacin, la elevar a la Entidad con las correcciones a que
hubiere lugar para su revisin y aprobacin.
La Entidad deber cancelar dicha valorizacin en un plazo mximo
de 30 das contados a partir del da siguiente de recibida la
valorizacin por parte del inspector o supervisor.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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PAGO DE GASTOS GENERALES
A partir del vencimiento del plazo establecido para el pago de
esta valorizacin, el contratista tendr derecho al
reconocimiento de los intereses legales, de conformidad con
los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil.
Para el pago de intereses se formular una Valorizacin de
Intereses y se efectuar en las valorizaciones siguientes.
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AMPLIACIONES DE PLAZO EN CONTRATOS
DE CONSULTORA DE OBRAS
Dr. Marco Mendoza Becerra
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AMPLIACIN DE PLAZO EN CONTRATOS DE
CONSULTORA DE OBRA
Procede la ampliacin del plazo en los siguientes casos:
1. Cuando se aprueba el adicional, siempre y cuando afecte el
plazo. En este caso, el contratista ampliar el plazo de las
garantas que hubiere otorgado.
2. Por atrasos o paralizaciones no imputables al contratista.
3. Por atrasos o paralizaciones en el cumplimiento de la prestacin
del contratista por culpa de la Entidad; y,
4. Por caso fortuito o fuerza mayor.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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AMPLIACIN DE PLAZO EN CONTRATOS DE
CONSULTORA DE OBRA
(Artculo 175 de EL REGLAMENTO)
El contratista debe solicitar la ampliacin dentro de los siete (7) das
hbiles siguientes a la notificacin de la aprobacin del adicional o
de finalizado el hecho generador del atraso o paralizacin.
La Entidad resolver sobre dicha solicitud en el plazo de diez (10)
das hbiles, computado desde el da siguiente de su presentacin.
De no existir pronunciamiento expreso, se tendr por aprobada la
solicitud del contratista, bajo responsabilidad del Titular de la
Entidad.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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AMPLIACIN DE PLAZO EN CONTRATOS DE
CONSULTORA DE OBRA
En virtud de la ampliacin otorgada, la Entidad ampliar el plazo de
los contratos directamente vinculados al contrato principal.
Las ampliaciones de plazo en contratos de bienes o para la
prestacin de servicios darn lugar al pago del gasto general
variable y del costo directo.
Cualquier controversia relacionada con la ampliacin del plazo por
parte de la Entidad podr ser sometida a conciliacin y/o arbitraje
dentro de los 15 das hbiles posteriores a la comunicacin de esta
decisin.
Dr. Marco Mendoza Becerra
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AMPLIACIN DE PLAZO EN CONTRATOS DE
CONSULTORA DE OBRA
En el ltimo prrafo del Artculo 202 de EL REGALMENTO, que
regula los efectos de las ampliaciones de plazo en contratos de
obra, se establece que En virtud de la ampliacin otorgada, la
Entidad ampliar el plazo de los otros contratos celebrados por sta
y vinculados directamente al contrato principal
Dr. Marco Mendoza Becerra
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Organizacin para el Desarrollo e
Investigacin Profesional
Muchas Gracias!!!