adenda 8 essap-municipalidad de asunción
DESCRIPTION
Adenda 8 firmada entre Essap-Municipalidad de AsunciónTRANSCRIPT
ADENDA N° 8 AL CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCION Y LA
EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS DEL PARAGUAY S.A. (ESSAP)
En la ciudad de Asunción, capital de la República del Paraguay, a los 17 días del mes de junio de dos mil trece, la Municipalidad de Asunción,
representada en este acto por el Señor Econ. Arnaldo Samaniego González, Intendente Municipal de Asunción, con domicilio legal en las calles Mcal. López 5556 esq. Cap. Bueno, de la mencionada ciudad, en adelante la
Municipalidad y la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay Sociedad Anónima, representada por el Señor Ing. Andrés Rivarola
Casaccia, en su carácter de Presidente del Directorio, con domicilio legal en la calle José Berges Nº 516, en adelante la ESSAP, se reúnen a fin de suscribir la Adenda N° 8 al Convenio Marco de Cooperación
Interinstitucional, que se regirá en base a las cláusulas y condiciones siguientes:
Cláusula Primera: Marco Legal
La presente Adenda N° 8 está basada en el marco legal del Convenio Marco
de Cooperación Interinstitucional firmado entre la ESSAP y la Municipalidad de Asunción en fecha 26 de julio del año 2011 y aprobado por Resolución JM N° 1932/11 de fecha 16 de noviembre de 2011.
Cláusula Segunda: Objeto
La presente Adenda N° 8 tiene por objeto establecer las bases para una cooperación mutua entre las partes a fin de coordinar en forma conjunta las tareas de reparación de pavimentos de las calles de la ciudad de Asunción
en los sitios afectados por acciones de la ESSAP como resultado de su intervención por trabajos de mantenimiento, reparación y/o readecuación de
las redes de agua potable y alcantarillado sanitario.
Cláusula Tercera: Responsabilidad de las Partes
1. Se creará una Mesa Coordinadora de las acciones a ejecutar, integrada por funcionarios de cada parte.
2. Cada parte comunicará a la otra la designación de sus representes en
la Mesa Coordinadora, y la función a desempeñar por los mismos.
3. Las acciones a ser ejecutadas enmarcadas en la actual Adenda se
regirán de acuerdo al Procedimiento Operativo que se establece conforme al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Adenda.
4. Los trabajos a ser realizados enmarcados en la actual Adenda deberán cumplir con las Normas y Especificaciones Técnicas que se acordarán en la presente Mesa Coordinadora conformada.
5. Las partes, a través de sus representantes integrantes de la Mesa Coordinadora, se comprometen a cumplir y hacer cumplir en forma
estricta todo cuanto queda estipulado en la presente Adenda Nº 8, como asimismo, las decisiones emanadas de dicha Mesa Coordinadora.
Cláusula Cuarta: Actualización de documentación anexa a la Adenda
1. Si durante la vigencia de la Adenda Nº 8, se presentasen circunstancias que a criterio de la Mesa Coordinadora ameriten la actualización de los documentos integrantes como el Anexo 1, la Mesa
Coordinadora tiene la potestad de modificar dicho Anexo siempre y cuando los cambios se circunscriban al ámbito de las normativas legales y administrativas aplicables.
2. Toda actualización de la documentación anexa, deberá ser comunicada por la Mesa Coordinadora a las partes, por la vía que
corresponda, en tiempo y forma oportuna.
Cláusula Quinta: Divergencias
Para el cumplimiento de solución de controversias se aplicarán las
disposiciones establecidas en la cláusula sexta del Convenio Marco.
Cláusula Sexta: Vigencia
La presente Adenda N° 8 entrará en vigencia una vez homologada por el
Legislativo Municipal, conforme lo establece la Ley Orgánica Municipal, y tendrá la misma duración que el Convenio Marco.
Cláusula Séptima: Conformidad
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación de su contenido, firman la presente Adenda N° 8 los representantes autorizados en dos (2)
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha mencionados más arriba.
Por la Municipalidad de Asunción
Alice Delgadillo Servín Arnaldo Samaniego González
Secretaria General Intendente
Por la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay S.A.
Andrés Rivarola Casaccia Presidente de Directorio