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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE GOBIERNO 1 | Sala de Gobierno ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID EN LA SESIÓN PLENARIA CELEBRADA EL DÍA 15 DE JULIO DE 2019. 1 1. MAGISTRADOS Y JUECES 1.1. Aprobar el acta nº 16, de la sesión plenaria de esta Sala de Gobierno, celebrada el día 3 de junio de 2019. Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial. 1.2. Tomar conocimiento y ratificar el acuerdo de fecha 10 de julio de 2019, del Sr. Presidente de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el que se dispone el inicio de los trámites para confeccionar las listas de sustitución voluntaria en órganos colegiados para el año 2020. Con certificación, particípese este Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, asimismo a los presidentes de los órganos colegiados anteriormente referidos, y a los magistrados jueces decanos de los partidos judiciales de Madrid. 1.3. Asumiendo la propuesta de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a efectos de confeccionar los planes anuales de sustitución de los órganos unipersonales para el próximo año: 1. Requerir a los diferentes decanatos para que insten las oportunas juntas de jueces con la finalidad de elaborar, de conformidad con el artículo 170.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con el art. 211 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los planes de sustitución correspondientes al año 2020, que deberán elevarse a Sala de Gobierno antes del próximo 30 de septiembre para su aprobación provisional, si procediera. 2. En línea con lo acordado por la Sala de Gobierno con fecha de 21 de julio de 2014, 14 de septiembre de 2015, 19 de septiembre de 2016 y 25 de julio 2017 para las sustituciones de los años 2015 a 2018, aquellos jueces y magistrados que hayan realizado funciones de sustitución, ya sea voluntaria, ya ordinaria, en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2018 y el 1 de septiembre de 2019, y que deseen participar en los planes de sustitución contemplados en el artículo 210 1. a) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberán acompañar con su solicitud una memoria descriptiva de su actuación en los órganos judiciales en que haya tenido lugar, de la que se dará cuenta a la Sala de Gobierno al tiempo de aprobar provisionalmente los planes anuales para el año 2020, y que se trasladarán al 1 Asistentes a la sesión: Sr. RODRÍGUEZ PADRÓN, que la preside, Sr. Quintana Carretero, Sr. González-Herrero González, Sra. del Barco Martínez, Sr. Moreno García, Sr. Vieites Pérez y Sr. Palazuelos Morlanés, que actúa como secretario de Gobierno. Todos los acuerdos son aprobados por unanimidad, salvo que se refiera otra circunstancia en nota al pie del apartado respectivo.

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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

1 | S a l a d e G o b i e r n o

ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL

SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID EN LA SESIÓN PLENARIA CELEBRADA EL

DÍA 15 DE JULIO DE 2019. 1

1. MAGISTRADOS Y JUECES

1.1. Aprobar el acta nº 16, de la sesión plenaria de esta Sala de Gobierno, celebrada

el día 3 de junio de 2019.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial.

1.2. Tomar conocimiento y ratificar el acuerdo de fecha 10 de julio de 2019, del Sr.

Presidente de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el que se dispone el

inicio de los trámites para confeccionar las listas de sustitución voluntaria en

órganos colegiados para el año 2020.

Con certificación, particípese este Acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, asimismo a los presidentes de los órganos colegiados anteriormente

referidos, y a los magistrados jueces decanos de los partidos judiciales de Madrid.

1.3. Asumiendo la propuesta de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid, a efectos de confeccionar los planes anuales de sustitución de los

órganos unipersonales para el próximo año:

1. Requerir a los diferentes decanatos para que insten las oportunas juntas de

jueces con la finalidad de elaborar, de conformidad con el artículo 170.6 de

la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con el art. 211 de la Ley

Orgánica del Poder Judicial, los planes de sustitución correspondientes al año

2020, que deberán elevarse a Sala de Gobierno antes del próximo 30 de

septiembre para su aprobación provisional, si procediera.

2. En línea con lo acordado por la Sala de Gobierno con fecha de 21 de julio

de 2014, 14 de septiembre de 2015, 19 de septiembre de 2016 y 25 de julio

2017 para las sustituciones de los años 2015 a 2018, aquellos jueces y

magistrados que hayan realizado funciones de sustitución, ya sea voluntaria,

ya ordinaria, en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2018 y

el 1 de septiembre de 2019, y que deseen participar en los planes de

sustitución contemplados en el artículo 210 1. a) de la Ley Orgánica del

Poder Judicial, deberán acompañar con su solicitud una memoria

descriptiva de su actuación en los órganos judiciales en que haya tenido

lugar, de la que se dará cuenta a la Sala de Gobierno al tiempo de aprobar

provisionalmente los planes anuales para el año 2020, y que se trasladarán al

1 Asistentes a la sesión: Sr. RODRÍGUEZ PADRÓN, que la preside, Sr. Quintana Carretero, Sr. González-Herrero

González, Sra. del Barco Martínez, Sr. Moreno García, Sr. Vieites Pérez y Sr. Palazuelos Morlanés, que actúa

como secretario de Gobierno. Todos los acuerdos son aprobados por unanimidad, salvo que se refiera otra

circunstancia en nota al pie del apartado respectivo.

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Servicio de Inspección del CGPJ para su conocimiento.

3. Requerir que los planes de sustitución anual para el año 2020 que se remitan

deberán contener tanto las sustituciones "ordinarias“ (art. 210 1 b) LOPJ) y

“extraordinarias" (art. 210 1 d) LOPJ) de los jueces y magistrados de los

órganos judiciales que los integran, redactados de forma completa, sin

remisiones a planes de sustituciones previamente aprobados e incluyendo

todas las posibilidades de sustitución a que se refiere el artículo 211 de la

LOPJ, entendiéndose en caso de que no se especifiquen los sustitutos

ordinarios y/o extraordinarios que corresponderá a los siguientes por número

correlativo al que se tenga que sustituir, siempre que no tengan

señalamientos incompatibles, continuándose por el órgano número uno y

siguientes correlativos cuando se llegue al último juzgado del órgano judicial

correspondiente.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial y a los juzgados decanos anteriormente referidos.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.4. 1. Tomar conocimiento del informe de la Presidencia del TSJM sobre situación y

destinos de los jueces de adscripción territorial en el ámbito territorial del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid, elaborado por la Presidencia de este Tribunal, a

fecha 10 de julio de 2019, a efectos de lo previsto en el artículo 347 bis de la ley

orgánica del poder judicial, según consta en expediente gubernativo.

2. Disponer su publicación, previa a su adaptación a la normativa de protección

de datos e inclusión de las actualizaciones correspondientes, en su caso, en la

página web del TSJM.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial.

1.5. Adscribir definitivamente a la magistrada D.ª Matilde Aparicio Fernández a la

Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior

de Justicia de Madrid, ocupando plaza de magistrada generalista.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese a la Presidencia de la Sala

de lo Contencioso Administrativo TSJM, que lo hará llegar a la interesada.

1.6. Tomar conocimiento y aprobar la propuesta sobre modificación en el número de

señalamientos a asumir por los magistrados integrantes de la lista de sustituciones

profesionales para la Sala de lo Contencioso-Administrativo durante el año 2019,

a partir del 1 de julio actual.

Con certificación, en unión de antecedentes elévese el presente acuerdo al

Consejo General del Poder Judicial para su conocimiento y efectos, y notifíquese

asimismo a la Presidencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, para su

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3 | S a l a d e G o b i e r n o

traslado a los magistrados afectados.

1.7. Asumiendo el acuerdo de fecha 28/06/2019, de la Presidencia en funciones de la

Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,

aprobar la incorporación a la Sección de Casación y Revisión (arts. 86.3 y 16.4

LJCA), desde el día 28 de junio de 2019, de la magistrada especialista de la Sala

D.ª Laura Tamames Prieto-Castro, en sustitución de la magistrada especialista D.ª

Carmen Álvarez Theurer, en comisión de servicio con relevación de funciones en

la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional.

Con certificación, particípese este acuerdo en unión de antecedentes al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese a la Presidencia de la Sala

de lo Contencioso Administrativo del TSJM, que lo hará llegar a la interesada.

1.8. A Asumiendo la Propuesta de la Presidencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo, aprobar la composición de la Sección de Casación y Revisión de

la Sala, para el año 2019-2020, en los siguientes términos:

“COMPOSICIÓN DE LA SECCIÓN DE CASACIÓN Y DE REVISIÓN PARA EL AÑO

2019-2020 (ARTICULOS 86.3.2 Y 16.4 DE LA LJCA)

Con motivo de la apertura del nuevo curso judicial 2019/2020, que tendrá

lugar el próximo mes de septiembre, y conforme lo acordado en las normas

de composición y funcionamiento de la Sala de lo Contencioso Administrativo

del TSJM, aprobadas por Sala de Gobierno el 11/02/2019, -Punto III sobre

composición y funcionamiento de la sección de Casación y de Revisión (Arts.

86.3.2 y 16.4 de la LJCA)-, debe aprobar para cada año judicial la

composición de la Sección de Casación y Revisión de la Sala de lo

Contencioso Administrativo.

Por todo ello, la composición de la Sección de Casación y de Revisión para el

curso judicial 2019/2020, conforme las normas aprobadas por la Sala de

Gobierno, sería la siguiente:

- Presidente: Don Juan Pedro Quintana Carretero, Presidente de la Sala de

lo Contencioso-Administrativo.

- D. Ramón Verón Olarte, Presidente de la Sección Novena, como

Presidente siguiente más antiguo.

- Dª Fátima Arana Azpitarte, magistrada de la Sección Tercera, como

magistrado/a generalista siguiente más antigua.

- D. José Ramón Giménez Cabezón, magistrado de la Sección Sexta, como

magistrado/a especialista siguiente más antiguo.

- Dª Dolores Galindo Gil, magistrada de la Sección Octava, como

magistrada especialista siguiente más antigua.”

Con certificación, particípese, en unión de antecedentes, al Consejo General

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del Poder Judicial, y comuníquese a la Presidencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo de este TSJM, con indicación a la misma de que habrá de dar la

publicidad suficiente (mediante publicación en el Tablón de Anuncios de la

Sala), conforme a lo dispuesto en el art. 12.6 del Reglamento 1/2000 de los

Órganos de Gobierno de los Tribunales; particípese asimismo lo acordado a los

Ilustres Colegios de Procuradores y de Abogados con sede en la Comunidad de

Madrid, a los efectos de lo dispuesto en el artículo citado y publíquese en la

página web del CGPJ.

1.9. Aprobar la Propuesta del Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia

de Madrid de fecha 10 de julio de 2019 con el siguiente contenido:

“ANTECEDENTES

-I-

En el BOE de fecha 08-2-2001 se publicó Real Decreto 56/2001, de 19 de

enero, “por el que se declara en situación administrativa de servicios

especiales en la Carrera Judicial a doña Loreto Feltrer Rambaud, Magistrado”.

En relación con lo anterior, en el BOE de fecha 22-02-2011, se publica Real

Decreto 1817/2010, de 30 de diciembre, que dispone, en su Punto nº 63 que

“Doña María Loreto Feltrer Rambaud, Magistrada, en situación administrativa

de servicios especiales, que sirve el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo

número 1 de Guadalajara, pasará a desempeñar la plaza en el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo número 33 de Madrid, de nueva creación,

continuando en la situación administrativa de servicios especiales en la

Carrera Judicial .”

Por otro lado, Por Real Decreto 1135/2015, de 11 de diciembre, se dispuso, en

su Punto 53, que “Doña Guillermina Yanguas Montero, Magistrada, en

situación de servicios especiales, que sirve el Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo nº 1 de Algeciras, pasará a desempeñar la plaza en el Juzgado

de lo Contencioso-Administrativo nº 33 de Madrid, mientras su titular doña

María Loreto Feltrer Rambaud se encuentre en la situación de servicios

especiales en la Carrera Judicial.

-II-

Doña Guillermina Yanguas Montero en virtud de lo anterior, ha venido

prestando servicios como Magistrada del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo nº 33 de Madrid desde fecha 25 de enero de 2016 en la que

tomó posesión.

Ha de señalarse asimismo que por Acuerdo de 26 de abril de 2018, de la

Comisión Permanente del CGPJ, se dispuso que la magistrada doña

Guillermina Yanguas Montero (BOE de 01 de mayo de 2018), había superado

las pruebas de especialización para la provisión de plazas de Magistrado

especialista en el orden contencioso-administrativo.

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Por último, doña Guillermina Yanguas Montero tiene aprobadas por la Sala de

Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid permiso por

vacaciones desde el 31 de julio al 30 de agosto de 2019, ambos inclusive.

-III-

En fecha 05-07-2019 se ha recibido escrito de la Sra. Magistrada doña

GUILLERMINA YANGUAS MONTERO, participando, entre otros extremos, que la

inmediata reincorporación al servicio activo de doña María Loreto Feltrer

Rambaud, y en consecuencia, a su plaza de titular del Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo nº 33 de Madrid; y solicitando su adscripción, en

plaza de especialista, a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este

Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Ha de indicarse que en fecha 28-6-2019 doña la Doña Carmen Álvarez

Theurer, Sra. Magistrada Titular, especialista, de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, cesó en dicha plaza

al haberle sido otorgada comisión de servicio con relevación de funciones,

por el plazo de seis meses, en la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la

Audiencia Nacional.

-IV-

En el día de hoy se ha recibo Comunicación del Departamento de Personal

del CGPJ participando Acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ de

fecha 04 de julio de 2019, que literalmente dispone:

“Acordar el reingreso al servicio activo en la Carrera Judicial de la magistrada

Loreto Feltrer Rambaud, con destino en el Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo nº 33 de Madrid, con efectos económicos y administrativos del

día 4 de julio de 2019, disponiendo del plazo de veinte días hábiles para tomar

posesión a partir de dicho momento.

Acordar que la magistrada Guillermina Yanguas Montero quede a disposición

del Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, determinando la

Sala de Gobierno donde prestará servicios mientras esté en esta situación,

ocupando vacante que se produzca en Juzgados del orden jurisdiccional

contencioso-administrativo del lugar de la plaza reservada, de conformidad

con lo establecido en el artículo 355 bis.2 de la referida LOPJ.”

En atención a todo lo expuesto, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo

355 Bis de la LOPJ, esta Presidencia eleva a la Sala de Gobierno la siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDO

1.- Adscribir a doña GUILLERMINA YANGUAS MONTERO, Magistrada, a la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,

plaza de especialista.

2.- Doña Guillermina Yanguas Montero cesará en su actual destino el mismo

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día en que su titular, la Sra. Magistrada doña María Loreto Feltrer Rambaud, se

reincorpore al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 33 de Madrid.

3.- Tras su cese, doña Guillermina Yanguas Montero dispondrá de cinco días

hábiles para incorporarse a la Sala de lo Contencioso Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, plazo que se fija de forma analógica

al establecido en el artículo 11.2 del Reglamento de Jueces de Adscripción

Territorial y Jueces en Expectativa de Destino para resolver, los asuntos

pendientes del órgano jurisdiccional en el que cesa.

4.- En el caso de que el cese de doña Guillermina Yanguas Montero se

produzca cuando se encuentre disfrutando del permiso de vacaciones que

tiene aprobado (del 31 de julio de 2019 al 30 de agosto de 2019), por

aplicación analógica del artículo 245 de la LOPJ, a fin de que el periodo

vacacional de la Sra. Magistrada no se vea afectado por la adscripción

descrita:

a) El cese se realizaría de forma administrativa.

b) El cómputo de cinco días referido en el anterior apartado 3 y la fecha de

toma de posesión de doña Guillermina Yanguas como Magistrada de la Sala

de lo Contencioso-Administrativo de este Tribunal empezaría a contar a partir

del día siguiente al de la finalización del permiso por vacaciones de la

citada.”

Con certificación, comuníquese este Acuerdo, con antecedentes al CGPJ, al

Ilmo. Sr. Presidente de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del TSJ de

Madrid, y a la Sra. Magistrada Decana de los Juzgados de Madrid y a la Sra.

Magistrada-Juez doña Loreto Feltrer Rambaud, y notifíquese a la Sra. Magistrada

doña Guillermina Yanguas Montero, con instrucción de que contra el mismo

cabe recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos,

formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del

Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.10. Aprobar la constitución de una sección de apoyo a la Sección Sexta en los

términos propuestos por el Presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo

de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a la que se asignará el reparto de

los recursos contencioso-administrativos presentados en virtud de lo dispuesto en

la Disposición Transitoria Única del Real Decreto-Ley 13/2018, de 28 de

septiembre, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial y a la Presidencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM.

1.11. Aprobar el nuevo cuadro de vacaciones para el año 2019 de los magistrados

integrantes de la Sala de Vacaciones, en los términos propuestos por la

Presidencia de la Audiencia Provincial de Madrid.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

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7 | S a l a d e G o b i e r n o

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese a la Presidencia de la

Audiencia Provincial de Madrid.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de

julio, de los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de

Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de

alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso,

recurso de revisión, en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley

39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las

Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada Ley 39/2015,

que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto

fuera expreso.

1.12. 1. Informar favorablemente la exención de reparto al referido Magistrado, en un

20 % de todo tipo de recursos de los que le corresponde conocer, y asimismo de

la asistencia y celebración de vistas orales.

2. La medida anterior se extenderá por un período inicial de seis meses, sin

perjuicio de su prórroga a la vista de la evolución de la situación que la motiva.

3. Se acuerda asimismo la adscripción a dicha Sección de la Audiencia

Provincial de un/a Magistrado/a suplente que asumirá el reparto objeto de

exención, así como la asistencia a vistas orales y ponencias de Sala que

hubiesen de turnarse al Magistrado a quien afecta el presente acuerdo.

4. Se delega en el Sr. Presidente de la misma Audiencia Provincial la

determinación de la Sección a la que deberá prestar apoyo o refuerzo el/la

Magistrado/a suplente al que se refiere el apartado anterior, con el fin de

completar su dedicación ordinaria.

Con certificación, comuníquese este Acuerdo, con antecedentes al CGPJ y a la

Jefatura del Servicio de Prevención de Riesgos de la Carrera Judicial del Consejo

General del Poder Judicial, y póngase en conocimiento del Ilmo. Sr. Presidente

de la Audiencia Provincial de Madrid y de los Representantes Judiciales de

Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid; y notifíquese al

Ilmo. Sr. Presidente de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid

don JUAN PELAYO GARCÍA LLAMAS, con instrucción de que contra el mismo

cabe recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos,

formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del

Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.13. Visto el contenido del Punto Único del acta de junta sectorial de Jueces de

Instrucción, de Primera Instancia y Familia de Alcalá de Henares de fecha 25 de

enero de 2019, y al amparo de lo establecido en los artículos 65 a) y 71.2 del

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8 | S a l a d e G o b i e r n o

Reglamento 1/2010, de los Órganos de Gobierno de los Tribunales, así como en el

artículo 167 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, no se aprueba la

modificación de las normas de reparto adoptada por mayoría en dicha Junta,

que afecta al régimen de atención de los internamientos involuntarios por razón

de trastorno psíquico.

La creación del Juzgado de Primera Instancia nº 7 en nada distorsiona las

consideraciones tenidas en cuenta por esta misma Sala de Gobierno, en su

acuerdo número 1.QUINCE, de fecha 28 de noviembre de 2016, en el que ya se

abordó la misma cuestión, dando ahora por reproducidas las razones jurídicas

que en torno a la tramitación de la materia aludida fueron entonces puestas de

manifiesto.

Por otra parte, tiene en consideración esta Sala de Gobierno los graves perjuicios

que se generarían de aprobarse una norma que amparase la demora en la

resolución de la situación de internamiento que comportaría la modificación de

reparto propuesta.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, y comuníquese al Juzgado Decano de Alcalá de Henares.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.14. No aprobar la propuesta contenida en el punto Único del acta de junta de

jueces de Primera Instancia y Familia de Alcalá de Henares celebrada el 17 de

diciembre de 2018, con relación a la posible adjudicación a los juzgados de

familia de algún tipo de asunto de los que conocen actualmente los juzgados de

primera instancia.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, y comuníquese al Juzgado Decano de Alcalá de Henares.

1.15. 1. Tomar conocimiento del contenido del acta de junta sectorial de jueces de lo

penal de Madrid, celebrada el día 2 de julio de 2019.

2. Aprobar la creación de una nueva clase de reparto denominada “Macro-

causas”, considerándose como tales a todas las que reúnan alguno de los

siguientes criterios:

- Más de 25 acusados.

- Más de 20 partes personadas, incluido el Ministerio Fiscal.

- Más de 100 testigos o peritos propuestos en los escritos de calificación (la

suma total de testigos o peritos).

- Actuaciones con más de 4.000 folios. A estos efectos solo se computarán

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9 | S a l a d e G o b i e r n o

los folios de la pieza principal (excluidos anexos documentales o libros

incorporados en pieza separada).

3. Dar traslado al Secretario Coordinador Provincial de Madrid del contenido del

apartado b) de Ruegos y preguntas, relativo a las disfunciones que se producen

en los señalamientos de los Juicios Rápidos, al objeto de que puedan

establecerse mecanismos de coordinación con los LAJS encargados de dichas

funciones.

Con certificación, particípese este acuerdo en unión de antecedentes al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese a la magistrada-juez

decana de los juzgados de Madrid, así como al Secretario Coordinador

Provincial de Madrid.

1.16. Informar favorablemente a la concesión de la prórroga de adaptación al puesto

solicitada por doña […], magistrada titular del […], pero por SEIS MESES, sin

perjuicio de su posterior prolongación a la vista de la evolución de la situación

que justifica la medida.

Con certificación, comuníquese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, a los fines y efectos legales oportunos, así

como a la Sra. Decana de los Juzgados de Madrid; y notifíquese a doña […],

Magistrada titular del […], con instrucción de que contra el mismo cabe

interponer recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.17. Informar favorablemente a la concesión de la prórroga de adaptación al puesto

por seis meses solicitada por la Sra. Magistrada doña […], titular del […].

Con certificación, comuníquese este Acuerdo, con antecedentes al CGPJ, y a la

Sra. Magistrada Decana de los Juzgados de Madrid y, y notifíquese a la Sra.

Magistrada doña […], titular del […], con instrucción de que contra el mismo

cabe recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos,

formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del

Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.18. Ratificar el acuerdo del Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de

28 de junio de 2019, en el que asumiendo la propuesta informada a esta

Presidencia por la Sra. Magistrada Decana de Madrid, se acuerda aprobar el

turno de permanencia y vacaciones de los magistrados que prestan servicios en

los Juzgados de Instrucción de Madrid para el año 2019.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese al Juzgado Decano de

Madrid.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

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plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.19. Ratificar el acuerdo de la Presidencia del TSJM de 5 de julio de 2019, aprobando

la modificación del periodo vacacional de la Sra. Magistrada del Juzgado de

Menores nº 2 de Madrid y, en consecuencia, la modificación del turno de

permanencia y vacaciones de los magistrados que prestan servicios en los

Juzgados de Menores para el año 2019.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese al Juzgado Decano de

Madrid.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de

julio, de los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de

Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de

alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso,

recurso de revisión, en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley

39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las

Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada Ley 39/2015,

que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto

fuera expreso.

1.20. 1. Tomar conocimiento del informe remitido por la Dirección General de Trabajo

de la Comunidad de Madrid relativo a las solicitudes de conciliación, en

cumplimiento del acuerdo 1.QUINCE de la Sala de Gobierno en su sesión

celebrada el día 3 de junio de 2019.

2. Dar traslado del informe recibido a los Juzgados de lo Social de Madrid.

Con certificación, particípese este acuerdo en unión de antecedentes al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese a la magistrada-juez decana

de los juzgados de Madrid, que lo hará llegar a los Juzgados de lo Social.

1.21. Tomar conocimiento del contenido del acta de la junta de jueces del partido

judicial de Móstoles, celebrada el día 17 de junio de 2019.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese al Juzgado Decano de

Móstoles.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

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del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.22. 1. Tomar conocimiento del contenido del acta de junta de jueces de Valdemoro

celebrada el 24 de junio de 2019.

2. Aprobar que se añada a la Norma de Reparto Penal 7ª lo siguiente: “Los

atestados por Juicios Rápidos sin detenidos que se señalen el octavo día los

celebrará siempre el Juzgado de Guardia saliente con independencia de la

hora de presentación del atestado y de que se hayan señalado en la Agenda

de otro Juzgado”.

3. Aprobar, en cuanto a la Norma General Tercera, que lo siguiente: “Todos los

testimonios que se deduzcan se repartirán de forma aleatoria, con exclusión del

juzgado que haya acordado su deducción, y los testimonios procedentes de

juzgados de otros partidos judiciales, se repartirán atendiendo a la fecha en la

que se produjo el hecho delictivo.”

Con certificación, particípese este acuerdo en unión de antecedentes al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese a la magistrada-juez decana

de los juzgados de Valdemoro, con indicación a la misma de que habrá de dar

la publicidad suficiente a las nuevas normas de reparto aprobadas por esta Sala

(mediante publicación en el tablón de anuncios del Decanato), conforme a lo

dispuesto en el art. 12.6 del Reglamento 1/2000 de los Órganos de Gobierno de

los Tribunales, y particípese asimismo lo acordado a los Ilustres Colegios de

Procuradores y de Abogados con sede en la Comunidad de Madrid, con

remisión de las citadas normas, a los efectos de lo dispuesto en el artículo

indicado. Publíquense en el Portal de Transparencia del TSJM.

1.23. Aprobar los llamamientos para sustituciones que se detallan en el cuadro

referido, incorporado al expediente.

Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial, en unión

de antecedentes, a las presidencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo,

de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y de la

Audiencia Provincial de Madrid, y a los Decanatos de los Juzgados de Madrid,

Fuenlabrada, Leganés y Móstoles.

2. RELATIVO A MAGISTRADOS SUPLENTES Y JUECES SUSTITUTOS

2.1. Tomar conocimiento del acuerdo de 26 de junio de 2019 de la Comisión

Permanente del Consejo General del Poder Judicial por el que se desestima el

recurso de alzada 126/2019 interpuesto por […], contra el acuerdo de Sala de

Gobierno de este Tribunal, adoptado en reunión de 4 de marzo de 2019, por el

que se asume la propuesta formulada por la magistrada juez Decana de Madrid,

de no nombrar como juez sustituta para el orden civil y penal de la recurrente,

por vía de urgencia, en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y

llevar copia del mismo al expediente personal de la juez sustituta.

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Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial.

2.2. 1. Asumir el Informe elaborado por la Presidencia del TSJM sobre órganos

judiciales atendidos por magistrado suplente y juez sustituto a fecha 10/07/2019,

según consta en expediente gubernativo.

2. Disponer su publicación, previa inclusión de las actualizaciones

correspondientes, en su caso, en la página web del TSJM.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial.

2.3. Asumiendo los términos de la propuesta de acuerdo de 19 de junio de 2019 de

Presidencia del Tribunal Superior de Justicia se reconocen a la juez sustituta para

el orden contencioso-administrativo, D.ª Ana Monreal Díaz, días a efectos

económicos y de seguridad social para el dictado de las resoluciones

pendientes tras su cese en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 30 de

Madrid.

Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial y a la

habilitación del Ministerio de Justicia y notifíquese el presente acuerdo a la

interesada con instrucción de que puede interponerse recurso de alzada ante el

Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que

establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas.

2.4. Ratificar todos los llamamientos efectuados a que se ha hecho referencia en el

anexo 1 de magistrados suplentes y jueces sustitutos nombrados para el año

judicial 2018/2019 llamamientos que, salvo aquellos en que se haya nombrado

por un periodo más corto por conocerse de antemano la fecha de su

finalización, se entienden hechos hasta la finalización del mes natural en que se

acordaron, sin perjuicio de su posible prórroga, en su caso por otro mes natural o

por otro plazo diferente, en función de sus circunstancias, o hasta que haya

disponibilidad de magistrados o jueces adscritos a la Presidencia del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid en virtud del artículo 355 bis de la LOPJ (o del

antiguo artículo 118 de la LOPJ), jueces de adscripción territorial, jueces de

apoyo al juez de adscripción territorial o jueces en prácticas que pudieran

hacerse cargo de la plaza vacante o en la que el titular esté ausente hasta el

nombramiento de nuevo titular o su reincorporación.

Notifíquese a los interesados y con certificación comuníquese al Consejo General

del Poder Judicial, Presidente de la Audiencia Provincial, y a los magistrados

jueces Decanos de los Juzgados de Madrid Capital, y de los de Alcalá de

Henares, Alcobendas, Arganda del Rey, Collado Villalba, Colmenar Viejo,

Coslada, Majadahonda, Móstoles, Parla, San Lorenzo del Escorial, Torrejón de

Ardoz y Valdemoro relacionados en el anexo I que se adjunta al presente.

Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo

General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece

la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las

Administraciones Públicas.

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2.5. Tomar conocimiento de la comunicación de 3 de julio de 2019 de Presidencia de

la Audiencia Provincial de Madrid y, al amparo de lo dispuesto en el artículo 109

del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, por razones de

urgencia y para atender las necesidades de servicio surgidas, se tenga por

renunciado a D. José Luis Gonzálvez Vicente como juez sustituto de Madrid para

el orden civil, proponiendo su nombramiento como magistrado suplente de la

Audiencia Provincial de Madrid, Secciones Civiles, para el año judicial 2019/2020

Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial, en unión

de antecedentes, y al Presidente de la Audiencia Provincial de Madrid.

3. RELATIVO A JUECES DE PAZ

3.1. Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 23 de

mayo del 2019 del Ayuntamiento de Colmenarejo y nombrar juez de paz titular

del Juzgado de Paz de la localidad a D.ª Begoña García Moreno.

Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, al Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de San Lorenzo

de El Escorial, Partido Judicial al que pertenece, al Alcalde Presidente del

Ayuntamiento de Colmenarejo, al Juzgado de Paz de la misma localidad y al

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, para su publicación.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el

Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que

establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas.

3.2. Ratificar el acuerdo de la presidencia de fecha 20 de junio de este año, en el

que se dispone:

“Dada cuenta; visto que la expiración del mandato del Juez de Paz titular de

la localidad de HORCAJUELO DE LA SIERRA, D. ÓSCAR ÁLVAREZ GARCÍA, es

de fecha 20/7/19 y, habiéndose acordado el nombramiento de nuevo Juez

de Paz titular para dicho municipio, PRORROGUESE SU MANDATO y llévese a

la próxima Sala de Gobierno para la RATIFICACIÓN de dicha prórroga de

cargo del anteriormente mencionado hasta que se produzca la toma de

posesión del nuevo Juez de Paz titular, O POR UN MÁXIMO DE SEIS MESES, si se

estima oportuno.”

Con certificación, particípese el presente acuerdo al Consejo General del poder

Judicial y a todos aquellos a los que se comunicó el acuerdo objeto de

ratificación por esta Sala de Gobierno.

3.3. Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 24 de

mayo del 2019 del Ayuntamiento de Horcajuelo de la Sierra y nombrar juez de

paz titular del Juzgado de Paz de la localidad a D. Óscar Álvarez García.

Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, al Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Torrelaguna,

Partido Judicial al que pertenece, al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de

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Horcajuelo de la Sierra, al Juzgado de Paz de la misma localidad y al Boletín

Oficial de la Comunidad de Madrid, para su publicación.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el

Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que

establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas.

3.4. Ratificar el acuerdo de la presidencia de fecha 21 de junio de este año, en el

que se dispone:

“Dada cuenta; visto que la expiración del mandato del Juez de Paz titular de

la localidad de Santa María de la Alameda, D.ª Gloría García de Castro, se

produjo el 24 de octubre del 2018, siendo prorrogado su mandato por un

plazo máximo de seis meses desde su terminación, por Acuerdo de esta

Presidencia ratificado en Sala de Gobierno de este Tribunal de fecha

1/10/2018 y, habiendo seguido ejerciendo pasada la fecha de terminación

de dicha prórroga, el 24 de abril del 2019, a la vista de la solicitud realizada

por el Ayuntamiento y D.ª Gloría de Castro García, y habiendo ya remitido la

documentación para el nombramiento de nuevo Juez de Paz titular para

dicho municipio, proponiendo a la misma persona solicitante de dicha

prorroga, PRORROGUESE SU MANDATO con carácter retroactivo, desde el 24

de abril del 2019, hasta la toma de posesión del nuevo Juez de Paz Titular, o

en cualquier caso no más allá del 24 de octubre del 2019 y llévese a la

próxima Sala de Gobierno para la RATIFICACIÓN de dicha prórroga de cargo

con carácter retroactivo, si se estima oportuno.”

Con certificación, particípese el presente acuerdo al Consejo General del poder

Judicial y a todos aquellos a los que se comunicó el acuerdo objeto de

ratificación por esta Sala de Gobierno.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el

Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que

establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas.

3.5. Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 25 de

julio del 2018 del Ayuntamiento de Santa María de la Alameda y nombrar juez

de paz titular del Juzgado de Paz de la localidad a D.ª Gloría de Castro García.

Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, al Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de San Lorenzo

de El Escorial, Partido Judicial al que pertenece, al Alcalde Presidente del

Ayuntamiento de Santa María de la Alameda, al Juzgado de Paz de la misma

localidad y al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, para su publicación.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el

Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que

establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas.

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3.6. Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 19 de

junio del 2019 del Ayuntamiento de Villalbilla y nombrar juez de paz sustituto del

Juzgado de Paz de la localidad a D.ª Asunción Calvo Muñoz.

Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, al Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Alcalá de

Henares, Partido Judicial al que pertenece, al Alcalde Presidente del

Ayuntamiento de Villalbilla, al Juzgado de Paz de la misma localidad y al Boletín

Oficial de la Comunidad de Madrid, para su publicación.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el

Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que

establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas.

4. ÁREA DISCIPLINARIA

4.1. 1. Asumir Tomar conocimiento del escrito presentado por la Magistrada […],

titular del […], en el que ejercita recurso contra el Acuerdo I.29, adoptado por

esta Sala de Gobierno en sesión de 25 de junio de 2019 en relación con las

permanencias durante el período de vacaciones del año en curso en los

Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de Madrid.

2. De conformidad con lo previsto en el artículo 158.2 de la Ley Orgánica del

Poder Judicial, procede su remisión, con la documentación adjunta, al Consejo

General del Poder Judicial a fin de que se tramite como Recurso de Alzada

contra el referido acuerdo.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial y comuníquese a la interesada.

5. MEDIDAS DE APOYO Y SEGUIMIENTO

5.1. [Asunto retirado del orden del día].

5.2. [Asunto retirado del orden del día].

5.3. [Asunto retirado del orden del día].

5.4. [Asunto retirado del orden del día].

5.5. [Asunto retirado del orden del día].

5.6. [Asunto retirado del orden del día].

5.7. Darse por enterada de la Memoria Descriptiva formulada por D.ª ELENA RAYA

PÉREZ como JAT cesante del refuerzo de los Juzgados de lo Social de Madrid, así

como del informe emitido por la Ponente D.ª María Aurora de la Cueva Aleu, en

relación con la solicitud realizada por dicha JAT de ser eximida de la realización

del alarde y conforme al art. 127 del Reglamento de la Carrera Judicial, trasladar

al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial una de las

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16 | S a l a d e G o b i e r n o

copias de la memoria descriptiva recibidas.

Con certificación, particípese este Acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, y al órgano judicial afectado.

5.8. 1. Asumir el informe de la Presidencia del TSJM sobre órganos judiciales

reforzados o pendientes de reforzar con magistrado o juez, a fecha 10/07/2019,

según consta en expediente gubernativo.

2. Disponer su publicación, previa inclusión de las actualizaciones

correspondientes, en su caso, en la página web del TSJM.

Con certificación, particípese este Acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial.

5.9. Tomar conocimiento del contenido de las comunicaciones remitidas por los

magistrados comisionados en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia

de Madrid correspondientes al mes de junio de 2019.

Con certificación y en unión de antecedentes remítase al Servicio de Inspección

del Consejo General Poder Judicial a los efectos procedentes.

5.10. Tomar conocimiento de los informes con los datos estadísticos de la actuación

de los magistrados en comisión de servicios con relevación de funciones que

atienden el refuerzo de la Sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid,

correspondiente al mes de Junio del presente año.

Con certificación, particípese este Acuerdo en unión de antecedentes al

Consejo General del Poder Judicial y a los Magistrados afectados.

5.11. Asumir la propuesta de acuerdo de 28 de junio de 2019 de Presidencia del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid e informar favorablemente la concesión

de una comisión de servicio, sin relevación de funciones, solicitada D.ª María

Isabel Durantez Gil, titular del Juzgado de Instrucción nº 3 de Madrid, para

atender el 50% de la carga de trabajo del Juzgado de Instrucción nº 44 de

Madrid, con efectos a partir del 17 de julio de 2019, hasta el 31 de diciembre de

2019, o hasta que quede sin efecto o se modifique la reducción de la carga de

trabajo que tiene concedida la titular del mismo, de ocurrir con anterioridad.

Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial, a la

magistrada juez Decana de Madrid y a la interesada, con instrucción de que

puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder

Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1

de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones

Públicas.

5.12. Asumir la propuesta de acuerdo de 28 de junio de 2019 de Presidencia del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid e informar favorablemente la concesión

de una comisión de servicio, sin relevación de funciones, solicitada por D. Moisés

Guillamón Ruiz, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de

Colmenar Viejo, en comisión de servicio, con relevación de funciones, en el

Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, para atender el Juzgado de lo

Mercantil nº 13 de Madrid, con efectos retroactivos del 30 de junio al 11 de julio

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de 2019.

Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial, a la

magistrada juez Decana de Madrid y al interesado, con instrucción de que

puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder

Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1

de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones

Públicas.

5.13. Asumir la propuesta de acuerdo de 28 de junio de 2019 de Presidencia del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid e informar favorablemente la concesión

de una comisión de servicio, sin relevación de funciones, solicitada D. Pedro

Arduán Rodríguez, titular del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer nº 4 de Madrid,

para atender el 50% de la carga de trabajo del Juzgado de lo Penal nº 30 de

Madrid, con efectos retroactivos de 30 de junio de 2019, por un periodo de seis

meses, salvo que con anterioridad se deje sin efecto la adaptación del puesto

de trabajo que tiene concedida la titular del mismo.

Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial, a la

magistrada juez Decana de Madrid y al interesado, con instrucción de que

puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder

Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1

de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones

Públicas.

5.14. Tomar conocimiento de los informes con los datos estadísticos de la actuación

de las JAT que atienden el refuerzo actualmente de los Juzgados de lo penal nº

1, 22 y 30 de Madrid, así como de los anteriormente reforzados Juzgados de lo

penal nº 3 y 10 de Madrid correspondiente al mes de Junio del presente año.

Con certificación, particípese este Acuerdo en unión de antecedentes al

Consejo General del Poder Judicial y a los Magistrados afectados.

5.15. Tomar conocimiento del informe con los datos estadísticos de la actuación del

JED que atiende el refuerzo actualmente del Juzgado de Primera Instancia nº 7

de Móstoles correspondiente al mes de Mayo del presente año.

Con certificación, particípese este Acuerdo en unión de antecedentes al

Consejo General del Poder Judicial y al Juez afectado.

5.16. Informar favorablemente a la medida de refuerzo para la Sección 5º de la

Audiencia Provincial de Madrid consistente en la prórroga de la comisión de

servicios sin relevación de funciones, por un periodo de 6 meses, del magistrado

D. Jacobo Vigil Levi.

Notifíquese el presente acuerdo a la presidencia de la Audiencia Provincial de

Madrid y de la Sección 5ª así como al magistrado comisionado y certificación en

unión de antecedentes remítase al Consejo General Poder Judicial a los efectos

procedentes.

5.17. Informar favorablemente a la medida de refuerzo para la Sección 27º de la

Audiencia Provincial de Madrid consistente en la prórroga de la comisión de

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servicios sin relevación de funciones, por un periodo de 6 meses, de la

magistrada D.ª Inmaculada López Candela.

Notifíquese el presente acuerdo a la presidencia de la Audiencia Provincial de

Madrid y de la Sección 27ª así como a la magistrada comisionada y certificación

en unión de antecedentes remítase al Consejo General Poder Judicial a los

efectos procedentes.

5.18. Informar favorablemente a la medida de refuerzo para la Sección 28º de la

Audiencia Provincial de Madrid consistente en la prórroga de la comisión de

servicios sin relevación de funciones, por un periodo de 6 meses, de los

magistrados D. Pedro Pozuelo Pérez, D. José María Torres Fernández de la Silva,

D.ª Ana María Olalla Camarero, D.ª Mª José Romero Suárez, D.ª Mª Isabel Ochoa

Vidaur y D.ª Mª Ángeles Martín Vallejo.

Notifíquese el presente acuerdo a la presidencia de la Audiencia Provincial de

Madrid y de la Sección 28ª así como a los magistrados comisionados y

certificación en unión de antecedentes remítase al Consejo General Poder

Judicial a los efectos procedentes.

5.19. Informar favorablemente a la medida de refuerzo solicitada por el Juzgado de lo

Penal nº 18 de Madrid para celebración de la macro-causa P.A. nº 390/2018

(controladores aéreos), por un período de 6 meses, consistente en:

a) Nombramiento de un magistrado en comisión de servicios con relevación de

funciones o en su caso juez sustituto.

b) Nombramiento de un letrado de la administración de justicia en comisión de

servicios con relevación de funciones.

c) Nombramiento de un funcionario de auxilio judicial

d) Prolongación de jornada de los funcionarios que prestan servicios en dicho

Órgano judicial llamados:

- Julia Angulo Martín (gestión)

- Cira Cordero (tramitación)

- Olga Acevedo Regalado (auxilio)

Asimismo, teniendo en cuenta que la celebración del mencionado juicio está

previsto que comience en el mes de enero de 2020, y a efectos de establecer un

cronograma de efectividad de la medida coordinado con la fecha referida, se

acuerda:

1) Ofertar en la primera semana del mes de octubre de 2019 por este Tribunal

Superior, una comisión de servicios con relevación de funciones, por un

periodo de seis meses, atendida por juez o magistrado para asumir la medida

de refuerzo en el Juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid, mientras la

magistrada titular lleva a cabo la celebración de la macro-causa (a partir de

enero de 2020), al objeto de asumir la tramitación ordinaria de los

procedimientos.

2) Interesar que aprobada que sea, en su caso, la medida por la Comisión

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19 | S a l a d e G o b i e r n o

Permanente del CGPJ, la tramitación para el nombramiento del resto de

integrantes de la medida de refuerzo recogida en el apartado anterior como

b, c y d, sea también iniciada en octubre de 2019, a fin de que a la fecha de

inicio de la macro-causa todos ellos estén nombrados, y en consecuencia,

en enero de 2020 toda la medida de refuerzo sea efectiva en su conjunto,

debiéndose poner en conocimiento del Ministerio de Justicia y de la

Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid este extremo, a los

efectos de coordinación señalados anteriormente.

Comuníquese el presente acuerdo al Juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid, al

Ministerio de Justicia y a la Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid,

con instrucción de que puede interponerse recurso de alzada ante el Pleno del

Consejo General del Poder Judicial, en los plazos, formas y por los motivos que

establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas y con certificación en unión de

antecedentes elévese al Consejo General del Poder Judicial.

5.20. Asumir la propuesta de la magistrada ponente designada D.ª Aurora de la

Cueva Aleu en relación a la adscripción de los nuevos JAT que atenderán el

refuerzo de los Juzgados de lo Social de Madrid así como nuevo reparto y

distribución de asuntos residuales en los siguientes términos:

1. Que los tres nuevos JAT sean adscritos a cada una de las vacantes existentes,

siguiendo el criterio de preferencia de mayor antigüedad en el escalafón.

2. En cuanto a la pendencia residual de los juzgados nº 3, 6 y 9, atendida

anteriormente por la JED doña Laura Guirado, procede hacer un nuevo

reparto de la misma al haberse reducido notablemente en los siguientes

términos:

- Los asuntos residuales repartidos hasta el 31 de diciembre de 2018,

correspondientes al refuerzo del Juzgado de lo Social nº 3 a la magistrada

JAT doña Beatriz Victoria Prada Rodríguez.

- Los asuntos residuales repartidos hasta el 31 de diciembre de 2018,

correspondientes al refuerzo del Juzgado de lo Social nº 6, a la

magistrada JAT doña Soledad Esther Hidalgo Serna.

- Los asuntos residuales repartidos hasta el 31 de diciembre de 2018,

correspondientes al refuerzo del Juzgado de lo Social nº 9, al nuevo JAT

que asuma el refuerzo de los juzgados nº 9, 11 y 13, además de la

pendencia residual del Juzgado de lo Social nº 22.

Comuníquese el presente acuerdo al Delegado del Decano en los Juzgados de

lo Social de Madrid para que dé traslado del mismo a los magistrados JAT y a los

órganos afectados; con instrucción de que puede interponerse recurso de

alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en los plazos,

formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del

Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con

certificación en unión de antecedentes elévese al Consejo General del Poder

Judicial.

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SALA DE GOBIERNO

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5.21. Informar desfavorablemente a la medida de refuerzo que se propone para la

Sección 27 de la Audiencia Provincial de Madrid, consistente en la prolongación

de Jornada para la Letrada de la Administración de Justicia así como para los

funcionarios al servicio de la Administración de Justicia comprendidos en dicha

propuesta, al no apreciarse, de conformidad con lo expuesto en el Informe del

Sr. Secretario de Gobierno que se incluye en la documentación de este punto

del orden del día, la existencia de una carga de trabajo que justifique la medida

de refuerzo cuya propuesta ha sido recibida.

Notifíquese el presente acuerdo a la presidencia de la Audiencia Provincial de

Madrid y de la Sección 27ª con instrucción de que puede interponerse recurso

de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en los plazos,

formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del

Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con

certificación en unión de antecedentes elévese al Consejo General del Poder

Judicial.

5.22. Informar favorablemente a la medida de refuerzo solicitada por los Juzgados de

Primera Instancia e Instrucción nº 1 y 8 de Arganda del Rey, consistente en la

prolongación de Jornada de los funcionarios de auxilio judicial: D. César Durán

Jiménez y D.ª Josune de la Riva del Monte, por un periodo de 6 meses al objeto

de la ordenación y traslado del archivo judicial.

Comuníquese el presente acuerdo con certificación y en unión de antecedentes

al Consejo General del Poder Judicial a los efectos procedentes.

5.23. Informar favorablemente a la medida de refuerzo solicitada por el Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Colmenar Viejo consistente en el

nombramiento de un funcionario del cuerpo de tramitación procesal, por un

periodo de 6 meses, al objeto de reducir la pendencia de la sección penal y

toda vez que el mencionado Juzgado cuenta con un funcionario menos desde

hace 2 años.

Asimismo y una vez finalice la medida de refuerzo, por la Letrada del juzgado se

deberá informar de la evolución y desarrollo de la misma.

Comuníquese el presente acuerdo con certificación y en unión de antecedentes

al Consejo General del Poder Judicial a los efectos procedentes.

5.24. Informar favorablemente a la medida de refuerzo solicitada por el Juzgado de lo

Penal nº 35 de Madrid consistente en la prolongación de jornada de los

funcionarios:

- Luis Miguel Martínez González (gestor)

- Milagros Valle Nieto (tramitación)

- Sonia Campos Castillo (tramitación)

- Mónica Olivare Zúñiga (auxilio)

- Mercedes Luengo Pascual (auxilio)

Por un período de 6 meses, dado que el mencionado juzgado se encuentra

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dentro de la medida de refuerzo de los juzgados penales de Violencia sobre la

mujer con 2 JAT y que a partir del día 02/09/2019 se iniciará una nueva medida

de refuerzo con un magistrado en comisión de servicio sin relevación de

funciones.

Comuníquese el presente acuerdo con certificación y en unión de antecedentes

al Consejo General del Poder Judicial a los efectos procedentes.

5.25. Informar desfavorablemente a la medida de refuerzo solicitada por el Juzgado

de Primera Instancia nº 46 de Madrid, consistente en la prórroga de la medida

de refuerzo de funcionarios de diversos cuerpos al no apreciarse la existencia de

una carga de trabajo que justifique la medida solicitada, dado que la

pendencia del juzgado se encuentra dentro de la media del resto de los

juzgados civiles.

Notifíquese el presente acuerdo al Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Madrid

con instrucción de que puede interponerse recurso de alzada ante el Pleno del

Consejo General del Poder Judicial, en los plazos, formas y por los motivos que

establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas y con certificación en unión de

antecedentes elévese al Consejo General del Poder Judicial.

5.26. Informar desfavorablemente a la medida de refuerzo solicitada por el Juzgado

de Primera Instancia nº 61 de Madrid, consistente en la prolongación de jornada

de funcionarios de diversos cuerpos.

Notifíquese el presente acuerdo al Juzgado de Primera Instancia nº 61 de Madrid

con instrucción de que puede interponerse recurso de alzada ante el Pleno del

Consejo General del Poder Judicial, en los plazos, formas y por los motivos que

establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas y con certificación en unión de

antecedentes elévese al Consejo General del Poder Judicial.

5.27. Asumir la propuesta de acuerdo de 9 de julio de 2019 de Presidencia del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid e informar favorablemente la prórroga de la

comisión de servicio, con relevación de funciones, solicitada por D. Carlos

Águeda Holgueras, titular del Juzgado de lo Penal nº 3 de Madrid, para atender

la Sección 30ª (penal) de la Audiencia Provincial de Madrid, con efectos a partir

del 31 de octubre de 2019, por un periodo de seis meses.

Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial, al

Presidente de la Audiencia Provincial de Madrid y al interesado, con instrucción

de que puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder

Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1

de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones

Públicas.

5.28. Tomar conocimiento y en ejecución del acuerdo de la Presidencia del Tribunal

Superior de Justicia de fecha 12 de julio de 2019, y dado el volumen de asuntos

existentes en los Juzgados de lo Mercantil Nº 1, 10 y 11, de Madrid:

1. Elevar al Consejo General del Poder Judicial propuesta de concesión de

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comisión de servicio, sin relevación de funciones, a favor de los magistrados

que a continuación se expresan, dada su mayor idoneidad para el

desempeño de la función requerida de cara a la actualización de dichos

órganos judiciales:

- D. Moisés Guillamón Ruiz, titular del Juzgado de Primera Instancia e

Instrucción nº 3 de Colmenar Viejo, en comisión de servicio, con relevación

de funciones, en el Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid.

- D. Manuel Ruiz de Lara, titular del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid.

2. La presente medida se solicita por período de tres meses y por última vez,

dada la necesidad de abordar por la Sala de Gobierno una reordenación

integral de las diferentes medidas de refuerzo que vienen siendo aplicadas

a los Juzgados de lo Mercantil de este partido judicial, con el fin de

acometer desde nuevos criterios los planes de mejora que resulten más

eficaces para paliar el excesivo volumen de asuntos que soportan dichos

órganos en los distintos ámbitos materiales.

Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial, en unión

de antecedentes.

6. ASUNTOS VARIOS

6.1. Tomar conocimiento del contenido de las comunicaciones remitidas por el

Consejo General del Poder Judicial, con relación a acuerdos dictados por esta

Sala de Gobierno, o que afectan al ámbito del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid, incorporadas al expediente gubernativo con registro de entrada nº

6867/2019.

6.2. Ratificar el informe del Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 8

de julio del tenor literal siguiente:

1. Informar favorablemente el borrador del Protocolo de Asistencia Sanitaria

urgente y coordinada a mujeres víctimas de violencia sexual en la

Comunidad de Madrid que se acompaña como Anexo.

2. Recabar de las Consejerías de Justicia, Sanidad, así como Políticas sociales

y familia, y asimismo de la Delegación del Gobierno en Madrid y del

Ayuntamiento de Madrid, la emisión a la mayor brevedad posible, y dentro

del plazo máximo de un mes, su parecer sobre la aprobación del Protocolo

objeto de la presente propuesta.

3. Remitir copia del texto objeto de este punto de orden del día al Consejo

General del Poder Judicial a fin de que pueda –si lo estima necesario- llevar

a cabo cuantas indicaciones considere procedentes.

Con certificación, y en unión de antecedentes, particípese este acuerdo al

Consejo General del Poder Judicial. Notifíquese a la Comunidad de Madrid,

para que lo haga llegar a las Consejerías de Justicia, Sanidad y Políticas sociales

y de familia, y notifíquese asimismo al Ayuntamiento de Madrid y a la Delegación

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23 | S a l a d e G o b i e r n o

del Gobierno en Madrid.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6.3. 1. Devolver el escrito a los médicos forenses, para que lo cursen por conducto

reglamentario (a través del Decanato).

2. Dar traslado a la Sra. Decana de los juzgados de Alcalá de Henares para que

emita informe, si lo considera oportuno.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese a la Sra. Decana de Alcalá

de Henares.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6.4. Asumiendo la propuesta del Ponente, responder a la consulta formulada en el

sentido de informar al Juzgado Decano de Arganda del Rey que deberá

acordar la inclusión en el mencionado turno de la empresa PARCESA, S.A., una

vez verifique que tiene su sede o instalaciones en una localidad del partido

judicial y que dispone de medios personales y materiales para garantizar, salvo

circunstancias excepcionales debidamente acreditadas, la inmediación y

máxima celeridad en la prestación del servicio de traslado y prestación de

servicios funerarios.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese al Juzgado Decano de

Arganda del Rey, a los fines acordados, significándole, asimismo, que una vez

sea incluida la citada empresa en el turno, se lo haga llegar a todos los jueces de

instrucción del partido judicial para su conocimiento y oportunos efectos.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6.5. 1. Tomar conocimiento de los acuerdos gubernativos de la Ilma. Sra. Decana de

Madrid con número 353/2019 de fecha 18 de junio de 2019, y número 237/2019

de 1 de abril de 2019 relativos a las deficiencias en el funcionamiento de los

equipos psicosociales adscritos a los juzgados de este partido judicial.

2. Remitir los mencionados acuerdos a la Consejería de Justicia de la Comunidad

de Madrid.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese a la Magistrada-Juez

Decana de Madrid y a la Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid.

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Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6.6. Dar traslado a los Decanos de los partidos judiciales de Fuenlabrada, Alcorcón y

Navalcarnero, del informe de fecha 11 de junio de 2019 de la Ilma. Sra. decana

de Móstoles proponiendo que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de

Móstoles extienda su jurisdicción a dichos partidos judiciales, a fin de que emitan

el oportuno informe.

Igualmente, y en los mismos términos, se acuerda dar traslado a los titulares de

los juzgados de Violencia sobre la Mujer de los partidos judiciales de Móstoles,

Alcorcón, Fuenlabrada y Navalcarnero.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese al Juzgado Decano de

Móstoles, así como a los Decanos de Alcorcón, Fuenlabrada y Navalcarnero,

que lo harán llegar a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de cada uno de

sus respectivos partidos judiciales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6.7. Tomar conocimiento y acusar recibo del informe recibido del departamento de

Defensa de la Abogacía, del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, sobre

dilaciones, retrasos y suspensiones correspondientes al segundo trimestre del año

en curso en los órganos judiciales del ámbito de este Tribunal Superior de Justicia

de Madrid.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese al Ilustre Colegio de

Abogados de Madrid y al Secretario de Gobierno.