acuerdo legislativo para que se agilice la entrega de vehículos recuperados por robo
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Iniciativa de Acuerdo Legislativo, para hacer un atento y respetuoso exhorto al Ejecutivo del Estado de Jalisco, para que éste instruya a los titulares de la Procuraduría General de Justicia y del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, ambos del Estado de Jalisco, a efecto de que agilicen el procedimiento a través del cual es devuelto a su propietario un vehículo que fue recuperado de roboTRANSCRIPT
Guadalajara, Jalisco. Jueves 06 de julio del 2011.
COMPAÑEROS DIPUTADOS
INTEGRANTES DE LA LIX LEGISLATURA
DEL CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO:
El que suscribe, Diputado José Antonio de la Torre Bravo,
integrante de la LIX quincuagésima novena legislatura del
Congreso del Estado de Jalisco, en ejercicio de las facultades
que me confieren los artículos 22 fracción I y V, 147 fracción I,
150 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del
Poder Legislativo, así como el artículo 28 fracción I y 35 de la
Constitución Política del Estado de Jalisco, me permito
someter a su consideración la siguiente Iniciativa de Acuerdo
Legislativo, para hacer un atento y respetuoso exhorto al
Ejecutivo del Estado de Jalisco, para que éste instruya a los
titulares de la Procuraduría General de Justicia y del Instituto
Jalisciense de Ciencias Forenses, ambos del Estado de Jalisco,
a efecto de que agilicen el procedimiento a través del cual es
devuelto a su propietario un vehículo que fue recuperado de
robo y con ello, den cumplimiento a lo señalado en la Ley
Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado,
en su artículo 2, Fracciones II y VII, así como en la Ley Orgánica
del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses del Estado de
Jalisco, en su artículo 6, fracción IV, para lo cual, hago ante
Usted la siguiente:
+
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Y ANTECEDENTES:
La Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del
Estado, en su artículo 2, Fracciones II y VII establece promover
la pronta, completa y debida impartición de justicia, así como
facilitar su ayuda a las víctimas o los ofendidos por el delito, lo
cual debe hacerse de manera pronta, expedita y gratuita. Por
otra parte, la Ley Orgánica del Instituto Jalisciense de Ciencias
Forenses del Estado de Jalisco, en su artículo 6, fracción IV,
menciona que dicho instituto habrá de atender sin demora, las
peticiones de servicios periciales que formule el Ministerio
Público, la autoridad judicial o administrativa y canalizarlas,
para su atención a los titulares de las diversas áreas de
especialidades de su adscripción.
El procedimiento para que un vehículo recuperado de robo le
sea devuelto a su propietario, resulta por demás largo y
enredoso, mismo que puede llegar a tardar más de un mes, ya
que para ello, la autoridad que llevó a cabo la recuperación
debe ponerlo a disposición de la Procuraduría General del
Estado y ésta a su vez, enviar oficios al Instituto Jalisciense de
Ciencias Forenses para que éste emita los dictámenes
periciales correspondientes y los envíe de regreso a la Procuraduría,
la cual habrá de emitir un documento que decrete la libertad
del vehículo, para que posteriormente el propietario acuda al
Instituto Jalisciense de Asistencia Social (IJAS) y solicite la salida
del vehículo que, para entonces, se encuentra bajo el
resguardo del IJAS en alguno de los patios con los que cuenta
para tales efectos, sin olvidar que el traslado del automóvil a
cualquiera de esos lugares, tendrá que ser pagado por el
titular del mismo.
Lo anterior hace que el afectado tenga que esperar varias
semanas para volver a tener en su poder el bien mueble del
cual fue privado por la falta de seguridad en el estado, por lo
que, aunado a ello, seguramente se vio en la necesidad de
trasladarse a su trabajo, usando el transporte público o en taxi,
generándole pérdida de tiempo y un gasto para el que no
estaba preparado.
Por ello, es necesario que las autoridades encargadas de
llevarlo a cabo permitan que el propietario de un automóvil
materia del ilícito citado, vuelva a su dueño lo más rápido
posible, haciendo más ágil el procedimiento.
Por lo anterior, es que, a través del presente documento,
propongo se haga un llamado a las autoridades involucradas
en estos procedimientos, a efecto de que tengan a bien darle
el sentido interpretativo correcto a la PRONTITUD, EXPEDITES,
COADYUVANCIA Y ATENCIÓN SIN DEMORA a la que se refieren,
tanto la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia
como la Ley Orgánica del Instituto Jalisciense de Ciencias
Forenses, ambos ordenamientos del Estado de Jalisco, con la
finalidad de hacer que dicha normatividad sea aplicada en
beneficio y no en perjuicio de la ciudadanía.
ACUERDO LEGISLATIVO
PRIMERO.- Se exhorte al Ejecutivo del Estado de Jalisco, para
que éste instruya a los titulares de la Procuraduría General de
Justicia y del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, ambos
del Estado de Jalisco, a efecto de que apliquen las medidas
necesarias para dar debido cumplimiento a las disposiciones
señaladas en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de
Justicia del Estado, en su artículo 2, Fracciones II y VII, así como
en la Ley Orgánica del Instituto Jalisciense de Ciencias
Forenses del Estado de Jalisco, en su artículo 6, fracción IV, y
agilicen el procedimiento a través del cual es devuelto a su
propietario un vehículo que fue recuperado de robo.
SEGUNDO.- Se instruya a la Secretaria General de este
Honorable. Congreso, para que mediante oficio, haga del
conocimiento al Ejecutivo Estatal y a cada una de las
dependencias involucradas, del contenido del presente
ACUERDO LEGISLATIVO, solicitándoles su debido cumplimiento.
ATENTAMENTE
“Sufragio Efectivo, No Reelección”
“2011, año de los Juegos Panamericanos en Jalisco”
“2011, Año Internacional de los Bosques”
“2011, Año Internacional de la Química”
DIPUTADO JOSÉ ANTONIO DE LA TORRE BRAVO
Legislador por Jalisco.