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AÑO: IX Número: 6 Junio de 2007 Pág. 1 ______________________________________________________________________________________ SUMARIO I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS CONSEJO DE GOBIERNO ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba la propuesta de Experto Universitario en Agente Comercial. ......................................... Pág.4 ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba la concesión del Doctorado Honoris Causa por la Universidad de La Rioja a don Mario Vargas Llosa. ....................................... Pág.4 ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueban las Normas de admisión y matrícula de Tercer Ciclo para el curso 2007/08. .............. Pág.4 ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba la modificación de la Normativa para la defensa de tesis doctoral en la Universidad de La Rioja. ........................................................... Pág. 11 ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueban plazas de cuerpos docentes universitarios que se comunicarán al Consejo de Universidades. ............................................ Pág. 11 ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba la prórroga de la Comisión de Servicio de don Manuel Ruiz de Adana Santiago, del Departamento de Ingeniería Mecánica. . ... Pág. 11 ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba la modificación de la Normativa para la selección de personal docente e investigador interino o contratado de la Universidad de La Rioja. ........................................................... Pág. 11 ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba el Catálogo de asignaturas de libre configuración para el curso 2007/08. ......... Pág. 25 ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba la modificación de los Criterios para elaborar el POD, relativa a la capacidad docente y obligación mínima de los Ayudantes. ......... Pág. 25 ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba el Plan de Ordenación Docente para el curso académico 2007/08 y prórrogas de profesores. .................................................. Pág. 25 ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Docente e Investigador. ........ Pág. 25 ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba la convocatoria de plazas de Personal Docente e Investigador contratado para el curso 2007/08. ...................................................... Pág. 25 ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba la Normativa de Prácticas en Entidades Públicas y Privadas para Alumnos de Títulos Propios y de Programas de Formación Permanente de la Universidad de La Rioja. ............................ Pág. 26 ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba la oferta de plazas de la titulación de Enfermería para la continuación de estudios por traslado de expediente (curso 2007/08). ....................... Pág. 28 ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado el 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba la modificación de las Normas de Matrícula de titulaciones presenciales y en red para el curso 2007/08. ...................................................... Pág. 28 RECTOR RESOLUCIÓN 588/2007, de 15 de mayo, del Rector de la Universidad de La Rioja por la que se habilitan los plazos para la matrícula extraordinaria de los estudiantes afectados por lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la normativa de evaluación por compensación. ............................................ Pág. 28 RESOLUCION nº 560/2007, de 8 de mayo, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se delimitan las funciones de los Vicerrectorados, Secretaría General, Gerencia y Direcciones Académicas. . .............................................. Pág. 29 OTROS RESOLUCIÓN relativa a la reserva de plazas y al procedimiento de selección para el acceso a los estudios universitarios en el año académico 2007/2008 en la Universidad de La Rioja. (Publicada en BOR 12-5-07. Pág. 3478) .... Pág. 32

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Page 1: ACUERDO del Consejo de Gobierno celebrado I. DISPOSICIONES ... · Universitario en Agente Comercial. El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 de mayo de 2007, aprobó la propuesta

AÑO: IX Número: 6 Junio de 2007 Pág. 1

______________________________________________________________________________________

SUMARIO

I. DISPOSICIONES YACUERDOS

CONSEJO DE GOBIERNO

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por el que seaprueba la propuesta de Experto Universitario enAgente Comercial. .........................................Pág.4

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por el que seaprueba la concesión del Doctorado HonorisCausa por la Universidad de La Rioja a donMario Vargas Llosa. .......................................Pág.4

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por el que seaprueban las Normas de admisión y matrícula deTercer Ciclo para el curso 2007/08. ..............Pág.4

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por el que seaprueba la modificación de la Normativa para ladefensa de tesis doctoral en la Universidad de LaRioja. ........................................................... Pág. 11

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por el que seaprueban plazas de cuerpos docentesuniversitarios que se comunicarán al Consejo deUniversidades. ............................................Pág. 11

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por el que seaprueba la prórroga de la Comisión de Servicio dedon Manuel Ruiz de Adana Santiago, delDepartamento de Ingeniería Mecánica. . ...Pág. 11

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por el que seaprueba la modificación de la Normativa para laselección de personal docente e investigadorinterino o contratado de la Universidad de LaRioja. ........................................................... Pág. 11

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por el que seaprueba el Catálogo de asignaturas de libreconfiguración para el curso 2007/08. .........Pág. 25

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por el que seaprueba la modificación de los Criterios paraelaborar el POD, relativa a la capacidad docente yobligación mínima de los Ayudantes. .........Pág. 25

ACUERDO del Consejo de Gobierno celebradoel 9 de mayo de 2007, por el que se apruebael Plan de Ordenación Docente para el cursoacadémico 2007/08 y prórrogas deprofesores. ..................................................Pág. 25

ACUERDO del Consejo de Gobierno celebradoel 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba lamodificación de la Relación de Puestos de Trabajodel Personal Docente e Investigador. ........Pág. 25

ACUERDO del Consejo de Gobierno celebradoel 9 de mayo de 2007, por el que se apruebala convocatoria de plazas de PersonalDocente e Investigador contratado para el curso2007/08. ......................................................Pág. 25

ACUERDO del Consejo de Gobierno celebradoel 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba laNormativa de Prácticas en Entidades Públicas yPrivadas para Alumnos de Títulos Propios y deProgramas de Formación Permanente de laUniversidad de La Rioja. ............................Pág. 26

ACUERDO del Consejo de Gobierno celebradoel 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba laoferta de plazas de la titulación de Enfermería parala continuación de estudios por traslado deexpediente (curso 2007/08). .......................Pág. 28

ACUERDO del Consejo de Gobierno celebradoel 9 de mayo de 2007, por el que se aprueba lamodificación de las Normas de Matrícula detitulaciones presenciales y en red para el curso2007/08. ......................................................Pág. 28

RECTOR

RESOLUCIÓN 588/2007, de 15 de mayo, delRector de la Universidad de La Rioja por la que sehabilitan los plazos para la matrícula extraordinariade los estudiantes afectados porlo dispuesto en la disposición transitoriaprimera de la normativa de evaluación porcompensación. ............................................Pág. 28

RESOLUCION nº 560/2007, de 8 de mayo, delRector de la Universidad de La Rioja, por la que sedelimitan las funciones de los Vicerrectorados,Secretaría General, Gerencia y DireccionesAcadémicas. . ..............................................Pág. 29

OTROS

RESOLUCIÓN relativa a la reserva de plazas yal procedimiento de selección para el acceso a losestudios universitarios en el año académico2007/2008 en la Universidad de La Rioja.(Publicada en BOR 12-5-07. Pág. 3478) ....Pág. 32

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II. NOMBRAMIENTOS

CARGOS ACADÉMICOS YREPRESENTATIVOS

RESOLUCIÓN nº 565/2007, de 9 de mayo,del Rector de la Universidad de La Rioja, por laque se nombra a D. Rodolfo Salinas Zárate comoVicerrector de Planificación y Calidad, y a D.Eliseo Vergara González como Vicerrector deInfraestructuras y Nuevas Tecnologías. . ....Pág. 34

RESOLUCIÓN nº 566/2007, de 9 de mayo,del Rector de la Universidad de La Rioja, por laque se nombra a Directores Académicos. ..Pág. 34

CESES

RESOLUCION nº 561/2007, de 8 de mayo,del Rector de la Universidad de La Rioja, por laque se cesa a D. Rodolfo Salinas Zárate comoVicerrector de Convergencia Europea y a D.Eliseo Vergara González como Vicerrector deNuevas Tecnologías. . .................................Pág. 35

RESOLUCION nº 562/2007, de 8 de mayo,del Rector de la Universidad de La Rioja, por laque se cesa a Dª. Mª Carmen Mínguez Herrerocomo Adjunta al Vicerrectorado de OrdenaciónAcadémica y Profesorado, para OrdenaciónAcadémica. . ................................................Pág. 35

RESOLUCIÓN nº 563/2007, de 8 de mayo,del Rector de la Universidad de La Rioja, por laque se cesa a Dª. Marta Dizy Soto, comoAdjunta al Vicerrectorado de RelacionesInternacionales e Institucionales, para RelacionesInternacionales. . .......................................... Pág.35

RESOLUCION nº 564/2007, de 8 de mayo,del Rector de la Universidad de La Rioja, por laque se cesa a D. José Ignacio Ruiz de PalaciosVillaverde, como Adjunto al Rector para asuntosrelacionados con la seguridad de datospersonales. . ................................................Pág. 36

III. CONCURSOS YOPOSICIONES

PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR

RESOLUCIÓN 558/2007 de 8 de mayo delRector de la Universidad de La Rioja por la que sedeclara concluido el procedimiento y desierto elconcurso para la provisión de una plazade Profesor titular de Universidad en el área deconocimiento de "Trabajo Social y ServiciosSociales" (Plaza nº 10/2007) (Publicada enBOE de 26-05-07. Pág. 22949 y BOR de17-05-07.Pág. 3557). ..................................Pág. 36

RESOLUCIÓN nº. 586/2007 de 15 de mayo delRector de la Universidad de La Rioja por la que seconvoca concurso de méritos para la provisión deplazas, durante el curso académico 2007-2008, depersonal docente e investigador contratado laboralo funcionario interino(Plazas 01- 43).(Publicada enBOR de 19-05-07. Pág. 3630). ...................Pág. 37

PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN YSERVICIOS

RESOLUCIÓN nº. 539/2007, de 27 de abril, delRector de la Universidad de La Rioja por laque se anuncia convocatoria pública para laprovisión de un puesto de trabajo depersonal laboral, mediante contratación laboral deduración determinada. (Publicada en BOR de12-05-07. Pág. 3464). . .................................Pág.43

Resolución nº. 553/2007 de 4 de mayo, delRector de la Universidad de La Rioja por la que sehace pública la adjudicación de tres puestos detrabajo de personal funcionario de administración yservicios, mediante el procedimiento delibre designación. (Publicada en BOR de 19-05-07.Pág. 3627). . ................................................Pág. 47

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IV. PUBLICADO EN OTROSBOLETINES OFICIALES

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES deinterés publicadas en BOE durante el mes demayo de 2007. . ...........................................Pág. 46

BOLETÍN OFICIAL DE LA RIOJA

DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES deinterés publicadas en BOR durante el mes demayo de 2007. . ...........................................Pág. 46

V. INFORMACIÓN DEINTERÉS ACADÉMICO

OTRAS INFORMACIONES

CONVENIOS firmados por la Universidad deLa Rioja........................................................Pág. 47

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______________________________________________________________________________________

I. DISPOSICIONES YACUERDOS

CONSEJO DE GOBIERNO

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueba la propuesta de ExpertoUniversitario en Agente Comercial.

El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 demayo de 2007, aprobó la propuesta de ExpertoUniversitario en Agente Comercial.

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueba la concesión delDoctorado Honoris Causa por laUniversidad de La Rioja a don MarioVargas Llosa.

El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 demayo de 2007, aprobó conceder el DoctoradoHonoris Causa en Humanidades por laUniversidad de La Rioja a don Mario VargasLlosa.

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueban las Normas deadmisión y matrícula de Tercer Ciclopara el curso 2007/08.

El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 demayo de 2007, aprobó las Normas de admisión ymatrícula de Tercer Ciclo para el curso 2007/08, enlos siguientes términos:

NORMAS DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA DETERCER CICLO PARA EL CURSO 2007/08

1. NORMAS DE ADMISIÓN A PROGRAMASDE DOCTORADO

1.1 INTRODUCCIÓN

Los Programas de Doctorado se desarrollanen 2 períodos, un primer período de docencia yun segundo período de investigación tutelada.

1.1.1 PERÍODO DE DOCENCIA

Se deberá superar un mínimo de 20 créditos,de los cuales el alumno deberá completarobligatoriamente 15 créditos fundamentales en suPrograma.

Tipos de cursos o seminarios del período dedocencia:

Metodológico (A), relacionados con lametodología y formación en técnicas deinvestigación.

Fundamental (B) sobre los contenidosfundamentales de los campos a los que estédedicado el Programa de Doctoradocorrespondiente.

Afín (C), relacionados con campos afinesal del Programa y que sean de interés para elproyecto de tesis doctoral del doctorando.

Fuera de Programa (FP), el doctorandopodrá completar hasta un máximo de 5 créditosrealizando cursos o seminarios fuera de Programa,previa autorización de su tutor , según el apartado1.2.5 “Normas de matricula”.

Una vez superado el período de docencia, sepodrá solicitar un Certificado acreditativo desuperación del mismo.

1.1.2 PERÍODO DE INVESTIGACIÓN

Para cursar este período de investigación seránecesario haber superado el mínimo de 20 créditosdel período de docencia.

El doctorando deberá completar un mínimo de12 créditos mediante la realización de uno o variostrabajos de investigación tutelados.

1.2 ADMISIÓN A PERÍODO DE DOCENCIA

Para poder acceder a los estudios deDoctorado será necesario estar en posesión deltítulo de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero.

Los estudiantes con título de Licenciado o nivelacadémico equivalente expedido por unaUniversidad o Centro de enseñanza superiorextranjero no homologado, podrán realizar estudiosde Tercer Ciclo conforme a lo establecido en elprocedimiento de acceso a estudios de Doctoradocon título extranjero no homologado, aprobado porla Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 29de mayo de 2001, recogido en el punto 5 de estaNormativa.

La admisión en los Programas de Doctoradoserá realizada por los Departamentosresponsables.

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1.2.1 ADMISIÓN A PROGRAMA DEDOCTORADO CURRICULAR

Solicitarán esta admisión aquellos alumnosque deseen realizar un Programa de Doctoradoque esté relacionado científicamente con sucurrículum universitario.

Fecha de solicitud: del 3 al 28 de septiembre.

Lugar de presentación: Secretaría delDepartamento responsable.

Documentación a aportar:

Impreso de solicitud de acceso aPrograma de Doctorado curricular (página web).

Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte (éstesolamente en el caso de carecer de DNI o NIE).

Fotocopia compulsada o fotocopia yoriginal para su cotejo, del título de Licenciado,Arquitecto o Ingeniero o resguardo de haberlosolicitado.

En caso de título extranjero homologado,fotocopia compulsada o fotocopia y original parasu cotejo, de la credencial de homologaciónexpedida por el Ministerio correspondiente.

Certificación académica personal delexpediente de licenciatura / arquitectura /ingeniería.

Curriculum vitae y justificantes decuantos méritos desee alegar para serseleccionado.

Los Departamentos harán públicas las listasde admitidos y excluidos, antes del día 6 deoctubre.

Las decisiones de los Departamentos sobrelas solicitudes de admisión a Programa deDoctorado curricular podrán ser objeto dereclamación ante la Comisión de Doctorado de laUniversidad de La Rioja (en adelante UR), en elplazo de 5 días desde la publicación de las listasanteriormente citadas.

La matrícula se efectuará en el Negociado deTercer Ciclo (edificio Rectorado), de acuerdo conlo establecido en el apartado 6 “Normas dematrícula”.

1.2.2. ADMISIÓN A PROGRAMA DEDOCTORADO NO CURRICULAR

En el caso de alumnos cuyo currículumuniversitario no esté relacionado científicamentecon el Programa de Doctorado al que pretendanacceder, la Comisión de Doctorado, previoinforme del Departamento, resolverá sobre laposibilidad de acceso a los estudioscorrespondientes y remitirá la resolución alinteresado.

Fecha de solicitud: del 3 al 28 de septiembre.

Lugar de presentación: Secretarías de losDepartamentos.

Documentación a aportar:

Impreso de solicitud de acceso y admisióna Programa de Doctorado no curricular (páginaweb).

Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte (éstesolamente en el caso de carecer de DNI o NIE).

Fotocopia compulsada o fotocopia yoriginal para su cotejo, del título de Licenciado,Arquitecto o Ingeniero o resguardo de haberlosolicitado.

En caso de título extranjero homologado,fotocopia compulsada o fotocopia y original para sucotejo, de la credencial de homologación expedidapor el Ministerio correspondiente.

Certificación académica personal delexpediente de licenciatura / arquitectura /ingeniería.

Curriculum vitae y justificantes de cuantosméritos desee alegar para ser seleccionado.

La matrícula se realizará en el Negociado deTercer Ciclo (edificio Rectorado), de acuerdo con loestablecido en el apartado 6 “Normas dematrícula”.

1.2.3. ADMISIÓN PROVISIONAL

Los alumnos que concluyan su titulaciónsuperior en la convocatoria de septiembre y deseenrealizar el Doctorado en el curso siguiente, deberánsolicitar la admisión en los plazos señalados,considerándose en todo caso dicha admisiónprovisional. En el momento de la matrícula deberánpresentar el justificante de haber abonado el título,pasando desde este momento su admisión a serdefinitiva. En caso de no presentarlo, se archivarásu solicitud sin más trámite.

1.2.4. ADMISIÓN A PROGRAMA DEDOCTORADO DE ALUMNOS QUE FINALIZAN ENEL MES DE DICIEMBRE (INGENIERÍAINDUSTRIAL Y ENOLOGÍA)

Los alumnos que concluyan las titulaciones deIngeniería Industrial o Enología en el mes dediciembre podrán solicitar la admisión en estudiosde Doctorado.

Fecha de solicitud: del 9 al 11 de enero.

Lugar de presentación: Secretaría delDepartamento responsable.

Documentación a aportar (la establecida en losapartados 1.2.1. ó 1.2.2. en su caso)

Los Departamentos harán públicas las listas deadmitidos y excluidos, antes del día 16 de enero.

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______________________________________________________________________________________

Las decisiones de los Departamentos sobrelas solicitudes de admisión a Programa deDoctorado curricular podrán ser objeto dereclamación ante la Comisión de Doctorado de laUR, en el plazo de 5 días desde la publicación delas listas anteriormente citadas.

La matrícula se realizará en el Negociado deTercer Ciclo (edificio Rectorado), de acuerdo conlo establecido en el apartado 6 “Normas dematrícula”.

1.2.5. ADMISIÓN PARA REALIZARCURSOS FUERA DE PROGRAMA.

Fecha de solicitud: del 1 al 29 de septiembre.

Lugar de presentación: Secretaría delDepartamento responsable.

Documentación a aportar: Solicitud de admisión para realizar cursos

de Doctorado fuera de Programa, con el vistobueno del Tutor del Programa de Doctorado(página web).

Alumnos matriculados en otrasUniversidades aportarán además:

Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte(éste solamente en el caso de carecer de DNI oNIE).

Resguardo de la matrícula de laUniversidad donde se esté cursando el Programade Doctorado.

Fotocopia compulsada o fotocopia yoriginal para su cotejo, del título de Licenciado,Arquitecto o Ingeniero o resguardo de haberlosolicitado.

En el caso de título extranjerohomologado, fotocopia compulsada o fotocopia yoriginal para su cotejo, de la credencial dehomologación expedida por el Ministeriocorrespondiente.

Los Departamentos harán públicas las listasde admitidos y excluidos, antes del día 6 deoctubre.

Las decisiones de los Departamentos sobrelas solicitudes de admisión para realizar cursosfuera de Programa podrán ser objeto dereclamación ante la Comisión de Doctorado de laUR, en el plazo de 5 días desde la publicación delas listas anteriormente citadas.

La matrícula se realizará en el Negociado deTercer Ciclo (edificio Rectorado), de acuerdo conlo establecido en el punto 6 “Normas dematrícula”.

1.2.6. DESIGNACIÓN DEL TUTOR

El alumno podrá proponer un Tutor, previoacuerdo con el mismo, para su asignación, siprocede, por el Departamento. En el caso de queno lo hiciese, una vez efectuada la admisión, leserá asignado uno por el Departamento.

1.3 ADMISIÓN AL PERÍODO DEINVESTIGACIÓN

Para poder solicitar admisión en el período deinvestigación es necesario haber superado elmínimo de 20 créditos del período de docencia.

Los doctorandos deberán solicitar su admisiónen cualquiera de las líneas de investigaciónofertadas para el año académico 2007/2008 por losDepartamentos responsables del Programa deDoctorado que estén cursando.

En su solicitud, el doctorando indicará pororden de preferencia las líneas de investigación enque desee ser admitido.

Fecha de solicitud: del 1 al 29 de septiembre.

Lugar de presentación: Secretaría delDepartamento responsable.

Documentación a aportar:

Impreso de solicitud de acceso a Programade Doctorado curricular (página web).

Los Departamentos harán públicas las listas deadmitidos y excluidos, antes del día 6 de octubre.

Las decisiones de los Departamentos sobre lassolicitudes de admisión al período de investigaciónpodrán ser objeto de reclamación ante la Comisiónde Doctorado de la UR, en el plazo de 5 días desdela publicación de las listas anteriormente citadas.

La matrícula se realizará en el Negociado deTercer Ciclo (edificio Rectorado), de acuerdo con loestablecido en el punto 6 “Normas de matrícula”.

La presentación de los trabajos deinvestigación, con el visto bueno del tutor o tutores,se realizará en la Secretaría del Departamentoresponsable en el plazo que se establezca alefecto.

2. TRASLADO DE EXPEDIENTE

2.1 ALUMNOS DE OTRAS UNIVERSIDADES

2.1.1. PARA CURSAR UN PROGRAMA DEDOCTORADO

Aquellos alumnos que realizando estudios deTercer Ciclo en una Universidad, deseen completarsus estudios en un Programa de Doctoradoofertado por la UR, deberán solicitar el traslado deexpediente a ésta. Al mismo tiempo solicitarán laadmisión al Programa.

Fecha de solicitudes: del 1 al 29 deseptiembre.

Lugar de presentación: Secretaría delDepartamento responsable.

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AÑO: IX Número: 6 Junio de 2007 Pág. 7

______________________________________________________________________________________

Documentación a aportar:

Impreso de solicitud de traslado deexpediente de Doctorado (página web).

Impreso de solicitud de acceso aPrograma de Doctorado (página web).

Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte (éstesolamente en el caso de carecer de DNI o NIE).

Fotocopia compulsada o fotocopia yoriginal para su cotejo, del título de Licenciado,Arquitecto o Ingeniero o resguardo de haberlosolicitado.

En caso de título extranjero homologado,fotocopia compulsada o fotocopia y original parasu cotejo, de la credencial de homologaciónexpedida por el Ministerio correspondiente.

Certificación académica del expedientede Doctorado con indicación de:

Créditos obtenidos.

Cursos realizados.

La Comisión de Doctorado resolverá lasolicitud de traslado de expediente previo informedel Departamento y remitirá la resolución alinteresado.

La matrícula se realizará en el Negociado deTercer Ciclo (edificio Rectorado), de acuerdo conlo establecido en el apartado 6 “Normas dematrícula”.

2.1.2. PARA LA ELABORACIÓN DE LATESIS DOCTORAL

Aquellos alumnos que habiendo cursado ensu integridad un Programa de Doctorado en otraUniversidad, deseen realizar la elaboración de suTesis Doctoral en la UR, deberán solicitar trasladode expediente a ésta. Al mismo tiempo solicitaránla admisión del proyecto de tesis.

Fecha de solicitudes: a lo largo del añoacadémico.

Lugar de presentación: Secretaría delDepartamento responsable.

Documentación a aportar:

Impreso de solicitud de traslado deexpediente de Doctorado (página web).

Impreso de solicitud de admisión deproyecto de tesis (página web).

Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte (éstesolamente en el caso de carecer de DNI o NIE).

Fotocopia compulsada o fotocopia yoriginal para su cotejo, del título de Licenciado,Arquitecto o Ingeniero o resguardo de haberlosolicitado.

En caso de título extranjero homologado,fotocopia compulsada o fotocopia y original para sucotejo, de la credencial de homologación expedidapor el Ministerio correspondiente.

Certificación académica del expediente deDoctorado con indicación de:

Créditos obtenidos.

Cursos realizados.

Fecha de aprobación del proyecto detesis y obtención de la suficiencia investigadora, ensu caso.

La Comisión de Doctorado resolverá lasolicitud de traslado de expediente previo informedel Departamento y remitirá la resolución alinteresado.

2.2 ALUMNOS QUE REALIZAN ESTUDIOSDE TERCER CICLO EN LA UR

Aquellos alumnos que realizan estudios deTercer Ciclo en la UR y deseen completar susestudios en otro Programa de Doctorado de losofertados por esta Universidad, deberán solicitartraslado de expediente. Al mismo tiempo solicitaránla admisión al nuevo Programa.

Fecha de solicitud: del 3 al 28 de septiembre.

Lugar de presentación: Secretaría delDepartamento responsable.

Documentación a aportar:

Impreso de solicitud de traslado deexpediente de Doctorado (página web).

Impreso de solicitud de acceso a Programade Doctorado (página web).

La Comisión de Doctorado resolverá lasolicitud de traslado de expediente previo informedel Departamento y remitirá la resolución alinteresado.

La matrícula se realizará en el Negociado deTercer Ciclo (edificio Rectorado), de acuerdo con loestablecido en el apartado 6 “Normas dematrícula”.

3. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOSCURSADOS FUERA DE PROGRAMA

Los alumnos de Doctorado podrán obtener elreconocimiento de hasta cinco créditos por cursosrealizados fuera del Programa de Doctorado en elque se encuentran matriculados.

Fecha de solicitud: a lo largo del añoacadémico.

Lugar de presentación: Secretaría delDepartamento responsable.

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______________________________________________________________________________________

Documentación a aportar:

Impreso de solicitud de reconocimientopor créditos cursados fuera del Programa deDoctorado, con el visto bueno del tutor delPrograma de Doctorado (página web).

Certificación o Diploma acreditativo delos cursos para los que solicita reconocimiento.Deberá constar el número de créditos obtenidos(página web).

La Comisión de Doctorado resolverá lasolicitud de reconocimiento de créditos previoinforme del Departamento y remitirá la resoluciónal interesado.

4. CONVALIDACIONES

Los alumnos de Doctorado podrán obtener laconvalidación de créditos de acuerdo con loestablecido en el Reglamento de estudios deDoctorado de la UR.

Fecha de solicitud: a lo largo del añoacadémico.

Lugar de presentación: Secretaría delDepartamento responsable.

Documentación a aportar:

Impreso de solicitud de convalidación deestudios de Doctorado (página web).

Certificación o Diploma acreditativo delos cursos para los que solicita convalidación.Deberá constar el número de créditos obtenidos(página web).

La Comisión de Doctorado resolverá lasolicitud de reconocimiento de convalidacionesprevio informe del Departamento y remitirá laresolución al interesado.

5. ACCESO CON TÍTULO EXTRANJERONO HOMOLOGADO

(normativa aprobada por Junta de Gobiernoel 29 de mayo de 2001, modificada por Consejode Gobierno el 8 de septiembre de 2003. y 15 dediciembre de 2006)

6. NORMAS DE MATRÍCULA

6.1. CONDICIONES GENERALES

6.1.1 TARIFAS

Los precios por enseñanza superioruniversitaria para títulos oficiales los fija laConsejería de Educación, Cultura y Deporte delGobierno de La Rioja para cada año académico,mediante Orden que se publica en el BoletínOficial de La Rioja.

El importe de la matrícula en Programa deDoctorado corresponde a la suma de preciosacadémicos (producto que resulta de la

multiplicación del número de créditos en que sematricula por el precio unitario de los mismos) máslas tasas de Secretaría (apertura de expediente enel caso de alumnos de nuevo ingreso,documentación de matrícula) y seguro escolarobligatorio en el caso de menores de 28 años.

El importe mínimo a abonar en concepto dematrícula de Programa de Doctorado será elestablecido en la Orden anteriormente citada.

El importe de la matrícula para la elaboraciónde tesis será el correspondiente a las tasas deSecretaria y seguro escolar obligatorio, en su caso.

6.1.2 CLASES DE MATRÍCULA YEXENCIONES DE PRECIOS PÚBLICOS

Para poder acogerse a las reducciones oexenciones siguientes, deberán cumplirse losrequisitos exigidos en cada caso, dentro del plazode matrícula:

Ordinaria: Serán matrículas ordinariasaquéllas en las que se pagan los precios públicosen su totalidad por no poder acogerse a ningún tipode reducción o exención.

Familia Numerosa General: Reducción del50% en los precios públicos correspondientes.

La condición de Familia Numerosa seacreditará con fotocopia compulsada o fotocopia yoriginal para su cotejo del carné de familianumerosa vigente en el momento de la matrícula.

Familia Numerosa Especial: Únicamenteabonarán los precios de documentación dematrícula y seguro escolar obligatorio, en su caso.

La condición de Familia Numerosa sejustificará según se indica en el apartado anterior.

Becarios: Únicamente abonarán las tasasde secretaría y el seguro escolar obligatorio, en sucaso.

Podrán acogerse a esta exención losbecarios en cuyas convocatorias así se establezca.

Matrículas de Honor: Las bonificacionescorrespondientes a la aplicación de una o variasmatrículas de honor, obtenidas durante el últimoaño de la titulación de segundo Ciclo de acceso alos estudios de Doctorado, se llevarán a cabo unavez calculado el importe de la matrícula, yúnicamente se aplicará al inicio del Programa deDoctorado.

6.1.3. FORMA DE PAGO

Los alumnos podrán hacer efectivo el pago delos precios académicos en un sólo plazo aprincipios de curso o de forma fraccionada en dosplazos.

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a) El primero, del 50% del importe de losprecios académicos más las tarifas de secretaría,en el momento de formalizar la matrícula.

b) El segundo, del 50% restante de losprecios académicos, en el plazo establecido en laOrden de precios públicos de la Consejería deEducación, Cultura y Deporte del Gobierno de LaRioja.

El cobro de la matrícula se efectuará a travésde domiciliación bancaria, contra la cuenta que eldoctorando indique en el impreso de matrícula.

La falta del pago del importe total del precio,en el caso de opción por el pago único, motivarála denegación de la matrícula. El impago parcialde la misma, si se ha optado por pagofraccionado, dará origen a la anulación de lamatrícula, con pérdida de las cantidadescorrespondientes a los plazos anteriores, en sucaso. En caso de devolución del recibodomiciliado con posterioridad a su cobro, seprocederá a la anulación automática de lamatrícula.

6.1.4. MODIFICACIÓN DE MATRÍCULA

Una vez realizada la matrícula, los alumnospodrán solicitar por escrito la modificación de lamisma, hasta el día 15 de noviembre inclusive,en el Negociado de Tercer Ciclo. En el caso decambio o ampliación de cursos deberá adjuntarsea la solicitud, autorización del Departamento.

6.1.5. RENUNCIA A LA MATRÍCULA

Si la solicitud se presenta hasta el 30 denoviembre inclusive y el alumno justificadocumentalmente la imposibilidad de continuarlos estudios en los que se matriculó, podráobtener la anulación total de su matrícula a todoslos efectos, con la devolución de la totalidad delos precios académicos y, en su caso, de lascuantías abonadas por seguro voluntario yservicios deportivos.

Si la solicitud se presenta después del 30 denoviembre, el alumno podrá obtener la anulacióntotal de su matrícula, pero sin derecho adevolución alguna.

6.1.6. SEGURO ESCOLAR OBLIGATORIO

El seguro escolar obligatorio se aplica atodos los estudiantes españoles menores de 28años matriculados en estudios universitarios. Elseguro incluye también a los alumnosprocedentes de países con los que existeconvenio de reciprocidad. Este seguro protege asus beneficiarios mediante diversas prestacionessanitarias e indemnizaciones.

El importe del seguro escolar es de 1.12euros y está regulado en el Real Decreto1633/1985, de 28 de agosto (BOE de 14 deseptiembre).

Las prestaciones que concede el seguroescolar será incompatibles con cualesquiera otrasprestaciones de idéntico contenido y derivadas deanálogo riesgo de que pudieran ser beneficiarioslos afiliados a aquél que, simultáneamente, seencuentren dados de alta en un Régimen deSeguridad Social. En tales casos, las prestacionesse recibirán del Régimen de Seguridad Socialcorrespondiente, abonando el seguro escolar ladiferencia en más, si la hubiere.

Cuando coincida en una misma persona lacondición de afiliado al seguro escolar y la debeneficiario de un titular de algún Régimen deSeguridad Social, las prestaciones sanitarias que,estando comprendidas en el ámbito de la acciónprotectora del seguro escolar, sean tambiéndispensadas, con idéntico contenido, por elSistema de la Seguridad Social, se recibiránexclusivamente por el seguro escolar.

El seguro escolar obligatorio queda excluidopara los beneficiarios de becas que, según lanormativa reguladora del Estatuto de becario deinvestigación, queden incluidos en el RégimenGeneral de la Seguridad Social (Disposiciónadicional tercera del R.D. 1326/2003 de 24 deoctubre).

6.2. PROGRAMA DE DOCTORADO

6.2.1. MATRÍCULA

Fecha de matrícula: del 15 al 30 de octubre.

Lugar de presentación: Negociado de TercerCiclo (Edificio Rectorado).

Documentación a aportar:

a) Alumnos que se matriculan por primera vezen la UR.

Impreso de matrícula en estudios deDoctorado.

Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte (éstesolamente en el caso de carecer de DNI o NIE), enel caso de no haberlo aportado en la solicitud deadmisión.

Fotocopia compulsada o fotocopia yoriginal para su cotejo, del título de Licenciado,Arquitecto o Ingeniero o resguardo de haberlosolicitado, en el caso de no haberlo aportado en lasolicitud de admisión.

En caso de título extranjero homologado,fotocopia compulsada o fotocopia y original para sucotejo, de la credencial de homologación expedidapor el Ministerio correspondiente, en el caso de nohaberlo aportado en la solicitud de admisión.

Impreso, con fotografía, para el carné deestudiante, incluido en el sobre de matrícula.

Documentación que acredite, siempre queproceda, el derecho a la reducción o exención deprecios públicos de matrícula.

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Fotocopia del CCC (Código CuentaCliente) que le facilitará su entidad bancaria.

Si procede de otra Universidad conestudios de Doctorado iniciados, justificante dehaber abonado los derechos de traslado.

b) Alumnos que se matriculan por segunda osucesivas veces en la UR.

Impreso de matrícula en estudios deDoctorado.

Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte (éstesolamente en el caso de carecer de DNI o NIE),en el caso de no haberlo aportado en la solicitudde admisión.

Documentación que acredite, siempreque proceda, el derecho a la reducción oexención de precios públicos de matrícula.

Fotocopia del CCC (Código CuentaCliente) que le facilitará su entidad bancaria.

6.2.2. MATRÍCULA PROVISIONAL

Aquellos alumnos que hayan sido admitidospara iniciar estudios de Tercer Ciclo en la UR yjustifiquen estar pendientes de admisión en otraUniversidad, podrán realizar matrícula provisionalen el plazo establecido en el apartado 6.2.1 deestas normas, según la cual únicamenteabonarán las tasas de Secretaría.

Si a fecha 15 de noviembre el alumno no hajustificado su admisión en otra Universidad, sumatrícula pasará a ser definitiva, debiendo abonarel resto de precios de matrícula.

6.2.3. ALUMNOS QUE FINALIZAN EN ELMES DE DICIEMBRE (INGENIERÍA INDUSTRIALY ENOLOGÍA)

Fecha de matrícula: días 24 y 25 de enero.

Lugar de presentación: Negociado de TercerCiclo (Edificio Rectorado).

Documentación a aportar (la establecida enel apartado 6.2 de estas normas).

Estos alumnos estarán sujetos a lascondiciones generales de matrícula con lassiguientes excepciones:

La matrícula se realizará en un únicopago, mediante domiciliación bancaria.

La matrícula no podrá modificarse.

La anulación, en su caso, no conllevarádevolución.

6.2.4. MATRÍCULA EXTRAORDINARIA

Con carácter extraordinario, la Comisión deDoctorado podrá aceptar las solicitudes dematrícula de alumnos, presentadas de formamotivada, fuera del plazo establecido en estasnormas, previo informe y admisión en su caso delDepartamento correspondiente.

6.3. ELABORACIÓN DE TESIS DOCTORAL

Podrán formalizar este tipo de matrículaaquellos doctorandos que tengan reconocida lasuficiencia investigadora y hayan inscrito elproyecto de tesis doctoral en la UR.

La matrícula será independiente para cada añoacadémico.

El importe de la matrícula será elcorrespondiente a las tasas de Secretaria y seguroescolar obligatorio, en su caso.

Fecha de matrícula: del 5 al 13 de noviembre.

Lugar de presentación: Negociado de TercerCiclo (Edificio Rectorado).

Documentación a aportar:

Impreso de matrícula en estudios deDoctorado.

Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte (éstesolamente en el caso de carecer de DNI o NIE), enel caso de no haberlo aportado en la solicitud deadmisión.

Impreso, con fotografía, para el carné deestudiante, incluido en el sobre de matrícula, en elcaso de alumnos nuevos en la UR.

Fotocopia del CCC (Código CuentaCliente) que le facilitará su entidad bancaria.

En el caso de alumnos menores de 28años, a efectos de acogerse al seguro escolarobligatorio, certificado expedido por el Director dela tesis, en el que se haga constar que el alumnocontinúa realizando la tesis doctoral bajo sudirección.

Con carácter extraordinario, la Comisión deDoctorado podrá aceptar las solicitudes dematrícula de alumnos, presentadas de formamotivada, fuera del plazo establecido en estasnormas, previo informe y admisión en su caso delDepartamento correspondiente.

7. SUFICIENCIA INVESTIGADORA YDIPLOMA DE ESTUDIOS AVANZADOS

Los doctorados deberán dirigirse a laSecretaría del Departamento responsable delPrograma de Doctorado para informarse delprocedimiento de reconocimiento de la suficienciainvestigadora.

Con carácter general en cada año académicose celebrarán dos convocatorias, en los meses dejunio y septiembre. No obstante, con carácterexcepcional, la Comisión de Doctorado podráautorizar a los Departamentos el cambio de fechade estas dos convocatorias.

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Para el reconocimiento de esta suficienciaserá necesaria una valoración de losconocimientos adquiridos por el doctorando en losdistintos cursos, seminarios y período deinvestigación tutelado realizados por el mismo. Lavaloración se realizará mediante una exposiciónpública ante un Tribunal.

Los Departamentos notificarán al doctorandoel día, hora y lugar en que debe comparecer pararealizar la exposición.

Una vez concedida la suficiencia, eldoctorando podrá solicitar la expedición delDiploma de Estudios Avanzados (DEA), para locual recogerá en el Negociado de Tercer Ciclo elimpreso de autoliquidación de tarifas académicascorrespondientes a la expedición del título.

El precio por la expedición del DEA lo fija laConsejería de Educación, Cultura y Deporte delGobierno de La Rioja para cada año académico,mediante Orden que se publica en el BoletínOficial de La Rioja.

8. INSCRIPCIÓN DEL PROYECTO DETESIS DOCTORAL

(Normativa aprobada por Junta de Gobiernoel 15 de abril de 1999)

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueba la modificación de laNormativa para la defensa de tesisdoctoral en la Universidad de La Rioja.

El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 demayo de 2007, aprobó la modificación de laNormativa para la defensa de tesis doctoral en laUniversidad de La Rioja, habiéndose incluido lasiguiente Disposición transitoria cuarta:

“A los estudiantes que hayan cursado susestudios de doctorado conforme al RD 778/1998,de 30 de abril, o normas anteriores se lesaplicarán las disposiciones reguladoras deldoctorado y de expedición del título de Doctor porlas que hubieran iniciado los mencionadosestudios, no siendo de aplicación lo establecidoen los apartados 7a) y 7c) del artículo 10 de estanormativa. Asimismo en el diploma a que se hacereferencia en el apartado 7b) se reflejará lamención de “Doctor Europeo”.

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueban plazas de cuerposdocentes universitarios que secomunicarán al Consejo deUniversidades.

El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 de mayode 2007, aprobó las plazas de cuerpos docentesuniversitarios que se comunicarán al Consejo deUniversidades, que se relacionan a continuación:

1 plaza de TU en el área de Música,Departamento de Ciencias Humanas

1 plaza de CU en el área de Derecho Civil,Departamento de Derecho.

1 plaza de TU en el área de Proyectos deIngeniería, Departamento de Ingeniería Mecánica.

1 plaza de CU y una plaza de TU en el áreade Química Inorgánica, Departamento de Química.

Asimismo se acuerda comunicar al Consejo deUniversidades 1 plaza de TU en el área deLenguajes y Sistemas Informáticos, Departamentode Matemáticas y Computación, aprobadaanteriormente por este Consejo.

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueba la prórroga de laComisión de Servicio de don Manuel Ruizde Adana Santiago, del Departamento deIngeniería Mecánica.

El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 demayo de 2007, aprobó la prórroga de la Comisiónde Servicio de don Manuel Ruiz de AdanaSantiago, del Departamento de IngenieríaMecánica.

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueba la modificación de laNormativa para la selección de personaldocente e investigador interino ocontratado de la Universidad de La Rioja.

El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 demayo de 2007, aprobó la modificación de laNormativa para la selección de personal docente einvestigador interino o contratado de la Universidadde La Rioja, quedando redactada tal y como serefleja a continuación:

NORMATIVA PARA LA SELECCIÓN DEPERSONAL DOCENTE E INVESTIGADORINTERINO O CONTRATADO DE LAUNIVERSIDAD DE LA RIOJA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,de Universidades habilita a las UniversidadesPúblicas para la contratación de profesoradouniversitario en régimen laboral según lascategorías y figuras contractuales previstas en losartículos 48 y siguientes de la misma.

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El Decreto 104/2003, de 29 de agosto, por elque se regula el régimen jurídico y retributivo delpersonal docente e investigador contratado por laUniversidad de La Rioja, establece la regulacióndel régimen jurídico del personal docente einvestigador contratado por la Universidad de LaRioja, en el marco de lo dispuesto en la Sección1ª del Título IX de la citada Ley Orgánica.

Los Estatutos de la Universidad de La Riojaregulan, en su Título Tercero, Capítulo III, elPersonal Docente e Investigador contratado.

Por su parte, los artículos 3 y 5 del Decreto315/1964, de 7 de febrero, por el que se apruebala Ley articulada de Funcionarios Civiles delEstado, han servido de título habilitante a lasUniversidades Públicas para el nombramiento defuncionarios interinos por razones de justificadanecesidad y urgencia. De igual forma, los artículo8 y 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, delEstatuto Básico del Empleado público habilitapara el nombramiento de funcionarios interinos.

Los acuerdos entre Universidad yrepresentantes sindicales sobre relación depuestos de trabajo, selección, duración de loscontratos y formación de personal docente einvestigador laboral determinan parte delcontenido de las disposiciones que sobreselección de personal docente contratadoaprueba la Universidad.

Los artículos 48 y siguientes de la LeyOrgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que semodifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 dediciembre, de Universidades (B.O.E. 13 de abrilde 2007), introducen novedades sustanciales enel régimen jurídico aplicable al profesorado. Laentrada en vigor de la referida Ley Orgánica,determina inevitablemente la necesidad deadaptación de la normativa aprobada por elconsejo de Gobierno el 6 de abril de 2006, sobreselección de personal docente e investigadorinterino y contratado en la Universidad de LaRioja.

Teniendo en cuenta lo anterior, y en virtud delas competencias atribuidas a este Consejo deGobierno en el artículo 47.28 de los Estatutos dela Universidad, se acuerda aprobar la siguientenormativa,

TÍTULO I. CONCURSOS DE MÉRITOS DEPERSONAL DOCENTE FUNCIONARIOINTERINO O CONTRATADO

Capítulo I. Convocatoria del concurso yadmisión de aspirantes.

Artículo 1. Convocatoria.

1. Los concursos para cubrir plazas depersonal docente e investigador en régimen laboralo funcionarios docentes interinos serán aprobadospor el Consejo de Gobierno de la Universidad de LaRioja y se convocarán mediante resolución delRector, garantizándose los principiosconstitucionales de publicidad, mérito y capacidade igualdad de condiciones de los concursantes.

2. Las convocatorias de los concursos sepublicarán en el Boletín Oficial de La Rioja, en eltablón de anuncios de la Oficina de Información dela Universidad de La Rioja, y en la página Web dela Universidad.

3. Previamente, las convocatorias de plazas depersonal docente e investigador laboral secomunicarán a la Consejería competente enmateria de educación universitaria de laComunidad Autónoma de La Rioja y al Consejo deCoordinación Universitaria para su difusión entodas las Universidades.

4. Las convocatorias y sus bases se regiránpor la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común. Endichas convocatorias, como mínimo, se haráconstar:

a) Número y figuras contractuales de lasplazas convocadas.

b) Requisitos y condiciones que deben reunirlos aspirantes.

c) Composición de las comisiones deselección.

d) Méritos que se han de tener en cuenta en elproceso de selección y criterios objetivos para suvaloración.

e) Plazo máximo para resolver el concurso.

f) Duración del contrato y régimen dededicación.

g) Departamento, área de conocimiento y perfildocente y/o investigador de la plaza.

h) Modelo de solicitud y documentación aaportar.

i) Lugares y plazo de presentación desolicitudes.

j) Órgano al que deben dirigirse las mismas.

k) Recursos que pueden interponerse.

5. La convocatoria de la plaza correspondientepodrá especificar, previa solicitud del Departamentocompetente, un perfil docente, que corresponderá auna materia troncal u obligatoria. Las plazas deContratado Doctor, Ayudante Doctor y Ayudantepodrán convocarse, además, con perfilinvestigador.

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Excepcionalmente, podrán convocarseperfiles más precisos, con informe motivado delDepartamento y acuerdo de los representantes delos trabajadores. Si el Departamento no solicitaperfil, éste será el del área de conocimientocorrespondiente a la plaza solicitada.

6. La existencia de especificaciones dentrode la convocatoria acerca de las actividadesdocentes y/o investigadoras a desarrollar por elcandidato, no supondrá, en ningún caso paraquien obtenga la plaza, un derecho de vinculaciónexclusiva a esa actividad docente y/oinvestigadora y no limitará la competencia de laUniversidad para asignarle distintas tareasdocentes y/o investigadoras.

Artículo 2. Requisitos de los concursantes.

1. Todos los requisitos, méritos ycircunstancias alegadas por los concursantesdeberán poseerse a la fecha de finalización delplazo de presentación de solicitudes. Para lasfiguras de Profesor Ayudante Doctor y ProfesorContratado Doctor podrá acreditarse laevaluación de la Agencia Nacional de Evaluaciónde la Calidad y Acreditación en el momento deformalizar el contrato, si bien la evaluaciónpositiva deberá haberse obtenido antes de lafinalización del plazo de presentación desolicitudes.

2. En el caso de que los candidatos estén enposesión de titulaciones extranjeras, deberáacreditarse la correspondiente homologación oreconocimiento del correspondiente títuloextranjero de acuerdo con la normativa vigente.

Artículo 3. Requisitos específicos paracontratados laborales.

Los requisitos específicos que deben reunirlos concursantes, además de los requisitosgenerales exigidos por la legislación vigente,serán los que se detallan a continuación:

a) Ayudantes: Los ayudantes seráncontratados a tiempo completo entre quienesjustifiquen haber sido admitidos o estar encondiciones de ser admitidos a los estudios dedoctorado.

No podrán tomar parte en estos concursosquienes anteriormente hayan agotado el plazomáximo de duración en un contrato de la mismacategoría, en cualquier Universidad.

b) Profesores Ayudantes Doctores: Losprofesores ayudantes doctores serán contratadosa tiempo completo, entre doctores que acreditenla evaluación positiva de su actividad por parte dela Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad yAcreditación o el órgano de evaluación externaque la Ley de la Comunidad autónoma determine.Será mérito preferente la estancia del candidatoen Universidades o centros de Investigación de

reconocido prestigio, españoles o extranjeros,distintos de la universidad que lleve a cabo lacontratación

c) Profesores Contratados Doctores: Losprofesores contratados doctores serán contratadosentre doctores que hayan recibido evaluaciónpositiva de dicha actividad para esta figuracontractual por parte de la Agencia Nacional deEvaluación de la Calidad y Acreditación o delórgano de evaluación externa que por Leydetermine la Comunidad Autónoma de La Rioja.

d) Profesores Asociados: Para ser contratadoscomo profesor asociado, será necesario contar conla titulación y experiencia profesional que determinela normativa autonómica de aplicación.

De conformidad con el artículo 53 de la LeyOrgánica 6/2001, de 21 de diciembre, deUniversidades, y el Decreto 104/2003, de 29 deagosto (B.O.R. de 4 de septiembre de 2003), losaspirantes a plazas de profesor asociado deben serespecialistas de reconocida competencia que esténejerciendo su actividad profesional fuera del ámbitoacadémico universitario y así lo acrediten.

Artículo 4. Requisitos específicos para plazasde personal docente funcionario interino.

Los concursantes a plazas de Titulares deUniversidad interinos deberán acreditar , ademásde los requisitos generales exigidos por lalegislación vigente, estar en posesión Título deDoctor.

Artículo 5. Solicitudes.

1. Los interesados en tomar parte en elconcurso formalizarán su solicitud, dirigida alRector de la Universidad de La Rioja, por medio delmodelo de instancia que será facilitadagratuitamente en la Oficina de Información y en lasSecretarías de los Departamentos afectados.

2. La presentación de solicitudes se realizaráen el Registro General de la Universidad de LaRioja o mediante las formas que establece elartículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembrede Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

3. Los interesados deberán presentar tantassolicitudes como plazas a las que deseenconcursar, acompañadas de la documentacióncorrespondiente, debiendo abonar por cada una delas plazas a las que pretenden optar la tasa deacceso a plazas de profesores contratadosconsignada en el Presupuesto de la Universidad deLa Rioja.

4. El plazo para presentar las solicitudes seráel que determine la legislación autonómica.

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Artículo 6. Documentación general.

1. Cada solicitante deberá aportar para cadauna de las figuras contractuales y área deconocimiento la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI o pasaporte.

b) Original o fotocopia debidamentecompulsada del Título académico oficial exigido yen el caso de titulaciones extranjeras, lacorrespondiente homologación o credencial delreconocimiento del título.

c) Currículum vitae, cuyo modelo estádisponible en la Oficina de Información y en lapágina web.

d) Resguardo que justifique el pago de latasa de acceso a plazas de profesorescontratados, debiendo especificar el número deplaza a la que se concursa.

e) Justificación de cada uno de los méritosalegados en el currículum, que deberán seraportados íntegramente y en los que se incluiráuna certificación académica completa de losestudios universitarios. Estos documentos podránpresentarse fotocopiados, adjuntando unadeclaración jurada del interesado sobre laautenticidad de los mismos, sin perjuicio de queen cualquier momento la Comisión Juzgadora o laUniversidad pueda requerirle para que acredite laveracidad de los mismos.

2. Los documentos que justifiquen losrequisitos especificados en los artículos 3 y 4deberán ser aportados mediante originales ofotocopias debidamente compulsadas.

3. En el supuesto de que un mismo aspirantesolicite la admisión en varias plazas deberáaportar una sola copia de toda la documentación,con excepción de lo requerido en el apartado 1.d.,por cada categoría y área de conocimiento a queopte, indicando el número de plaza en la queincluye toda la documentación.

4. Los méritos alegados en el currículum queno hayan sido justificados documentalmentedentro del plazo de presentación de solicitudes noserán tenidos en cuenta para la resolución delconcurso.

Artículo 7. Documentación específica.

Junto con la documentación prevista en elartículo anterior para las plazas de Ayudante, seincluirá una declaración jurada de no haberagotado el plazo máximo de duración en uncontrato de la misma categoría, en cualquierUniversidad.

2. Para las plazas de Profesor AyudanteDoctor, el aspirante deberá acreditar, estar enposesión del título de Doctor , haber obtenido laprevia evaluación positiva de su actividad para

esta figura contractual por parte de la AgenciaNacional de Evaluación de la Calidad yAcreditación o, en su caso, del órgano deevaluación externa que se determine en laComunidad Autónoma de La Rioja, mediantecertificación aportada al concurso emitida por elórgano competente para ello o mediantedeclaración jurada.

Asimismo, se incluirá una declaración juradade lo siguiente:

a) no haber agotado el plazo máximo deduración en un contrato de la misma categoría, encualquier Universidad

b) no haber agotado el plazo máximo de ochoaños de contrato en total entre la figura contractualde Profesor Ayudante Doctor y Ayudante, encualquier Universidad.

3. Junto con la documentación prevista en elartículo anterior, para las plazas de ProfesorAsociado, se deberá acreditar la experienciaprofesional presentando originales o fotocopiascompulsadas de la siguiente documentación:

a) Servicios prestados por cuenta propia:Informe de la vida laboral expedido por la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social o certificado de laMutualidad correspondiente, así como uncertificado actualizado de estar dado de alta en elImpuesto de Actividades Económicas, indicando elperiodo, el epígrafe y la actividad correspondiente.

b) Servicios prestados por cuenta ajena en elsector privado: Informe de la vida laboral expedidopor la Tesorería General de la Seguridad Social,así como certificado/s del organismo/s o empresa/sde prestación de servicios en que se haga constarel periodo de contratación y el tipo de actividaddesarrollada.

c) Servicios prestados por cuenta ajena en elsector público: hoja de servicios actualizada.

4. Para las plazas de Profesor ContratadoDoctor, el aspirante deberá , además de ladocumentación señalada en el artículo anterior,acreditar haber obtenido la evaluación positiva desu actividad para esta figura contractual por partede la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidady Acreditación o, en su caso, el órgano deevaluación externa que se determine en laComunidad Autónoma de La Rioja, mediantecertificación aportada al concurso emitida por elórgano competente para ello o mediantedeclaración jurada.

Además , deberá presentarse un proyecto deinvestigación y, en su caso, docente de unaextensión mínima de dos mil palabras en el que sejustificará la adecuación de su perfil investigador y,en su caso, docente, a las tareas que deberánllevarse a cabo en la Universidad de La Rioja, tal ycomo se recojan en la convocatoria

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correspondiente. La puntación otorgada a esteProyecto no será tenida en cuenta a los efectosde elaboración de la lista de espera.

Artículo 8. Listas de admitidos.

1. Finalizado el plazo de presentación desolicitudes, el Servicio de Gestión de Personal dela Universidad hará pública en el tablón deanuncios de la Oficina de Información y en lapágina web de la Universidad la lista provisionalde aspirantes admitidos y excluidos en cada unade las plazas convocadas, con indicación en esteúltimo caso de la causa de exclusión, y lasenviará a los Departamentos correspondientes.

2. Los aspirantes excluidos u omitidosdispondrán de diez días hábiles, contados a partirdel siguiente a la publicación de la listaprovisional en el tablón de anuncios de la Oficinade Información, para subsanar el defecto quehaya motivado la exclusión u omisión.

3. Serán motivos de exclusión, en todo caso,presentar la solicitud fuera del plazo establecido,no poseer los requisitos que deben reunir paraocupar la plaza a la que concursan, no abonar latasa de acceso y/o no presentar los documentosque justifiquen los requisitos.

4. Transcurrido el plazo de subsanación deerrores, se procederá a la publicación por elmismo procedimiento de las listas definitivas deaspirantes admitidos y excluidos al concurso.

Capítulo II. Comisiones Juzgadoras delconcurso.

Artículo 9. Composición de las ComisionesJuzgadoras del concurso.

1. Los méritos justificados serán valoradospor una comisión juzgadora constituida por unpresidente y dos vocales. Se constituirá unacomisión juzgadora para cada convocatoria y porcada una de las categorías docentes que seconvoquen en cada Área de Conocimiento. Dichacomisión valorará, asimismo, los méritosaportados por los candidatos con el fin deconfeccionar la lista de espera.

2. La composición de la comisión juzgadoraserá la siguiente:

a) Presidente: El Director del Departamento.El presidente de la comisión juzgadora sólo podrádelegar su actuación en otro profesor delDepartamento, perteneciente a los Cuerposdocentes universitarios, cuando exista causadebidamente justificada que sea apreciada por elVicerrector competente en materia deprofesorado.

b) Vocales: Dos titulares y dos suplentes, todosellos profesores permanentes pertenecientes alárea de conocimiento a la que corresponda laplaza, que deberán cumplir los siguientesrequisitos:

b1) Para juzgar plazas de Profesor Titular deUniversidad interino los vocales deberán serCatedráticos de Universidad, Titulares deUniversidad o Catedráticos de EscuelaUniversitaria Doctores.

b2) Para juzgar plazas de Contratado Doctor ode Profesor Ayudante Doctor, los vocales deberánser Catedráticos de Universidad, Titulares deUniversidad, Catedráticos de Escuela UniversitariaDoctores, Titulares de Escuela UniversitariaDoctores o Contratados Doctores.

b3) Para juzgar plazas de Profesor Asociado oAyudante, los vocales deberán ser profesores delos cuerpos docentes universitarios, ContratadosDoctores o Profesores Colaboradores.

3. Actuará como Secretario de la comisiónjuzgadora el vocal de menor edad.

4. A las reuniones de la comisión juzgadorapodrá asistir con voz, pero sin voto, unrepresentante sindical del personal docente einvestigador laboral. La presencia de esterepresentante no será necesaria para la válidaconstitución ni actuación de la comisión juzgadora.

5. La composición de la comisión juzgadoratitular y suplente se publicará en el tablón deanuncios del Departamento y se enviará al Serviciode Gestión de Personal, que la hará pública, a suvez, en la Oficina de Información de la Universidad.

Artículo 10. Designación miembros ComisiónJuzgadora.

1. La designación de los vocales titulares ysuplentes de la comisión juzgadora se llevará acabo por sorteo público realizado por el Secretariodel Departamento entre los profesores del mismoque reúnan las condiciones señaladas en el punto9.2. En dicho sorteo se establecerá el orden de lossuplentes. En caso de no haber suficientesprofesores del área de conocimiento que cumplanlos requisitos, las vacantes serán suplidas porprofesores permanentes del Departamento. Si lascaracterísticas del Departamento no lo permiten,las vacantes se suplirán con profesorespermanentes de áreas de conocimiento del mismocampo científico, aunque estén adscritas a otrosDepartamentos. Los campos científicos a los quese alude anteriormente son los siguientes: CienciasSociales y Jurídicas, Ciencias Experimentales,Ciencias de la Salud, Enseñanzas Técnicas yHumanidades.

El sorteo público deberá celebrarse en el plazode 10 días contados a partir de la aprobación de laconvocatoria de la plaza correspondiente en el

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Consejo de Gobierno. Previamente, se habráhecho público en el tablón de anuncios delDepartamento el lugar, día y hora en que sellevará a cabo el sorteo.

2. Realizado el sorteo, el Director delDepartamento notificará a los interesados elnombramiento como miembros de la comisiónjuzgadora y les convocará por escrito al acto deconstitución. El Director del Departamentoconvocará igualmente al representante sindicaldel personal docente e investigador laboral,siguiendo las instrucciones indicadas por elVicerrectorado competente en materia deProfesorado.

3. El nombramiento como miembro de lacomisión juzgadora es irrenunciable, salvo en lossupuestos legalmente previstos. No obstante,podrá alegarse alguna causa debidamentejustificada que impida la actuación como miembrode la comisión juzgadora a un titular de la misma.La apreciación de la causa alegadacorresponderá al Vicerrector competente enmateria de profesorado.

4. De acuerdo con el artículo 28 de la Ley30/92, no podrán formar parte de las Comisioneslos que sean candidatos a algunas de las plazasconvocadas a concurso o tengan parentesco deconsanguinidad dentro del cuarto grado o deafinidad dentro del segundo, amistad o enemistadmanifiesta con alguno de los concursantes ydemás circunstancias señaladas en elmencionado artículo.

En los casos de abstención, recusación, o enaquellos otros en los que concurra causadebidamente justificada apreciada por elVicerrector competente en materia deprofesorado el miembro de la comisión juzgadoratitular será sustituido siguiendo el orden desuplencia establecido en el sorteo.

Capítulo III. Actuaciones de la ComisiónJuzgadora.

Artículo 11. Constitución de la ComisiónJuzgadora.

La comisión juzgadora se constituirá, una vezdesignados sus miembros, en el plazo de 15 díasa partir de la fecha de la celebración del sorteopúblico referido en el artículo anterior.

La comisión juzgadora se constituirá yactuará válidamente cuando estén presentestodos sus miembros, sean éstos miembrostitulares, o en su caso, suplentes.

En el acto de constitución la comisiónjuzgadora fijará los criterios específicos devaloración que desarrollen las previsiones delbaremo anexo a esta normativa. Acto seguido, el

Secretario de la Comisión publicará dichos criteriosespecíficos en el tablón de anuncios delDepartamento y enviará al Servicio de Gestión dePersonal el acta de constitución y los criteriosespecíficos de valoración.

Artículo 12. Valoración de Méritos.

1. El Servicio de Gestión de Personal, una vezrecibidos los criterios específicos y publicadas laslistas definitivas de aspirantes admitidos yexcluidos, remitirá a la comisión juzgadora larelación de aspirantes admitidos por cada figuradocente y área de conocimiento, así como ladocumentación aportada por los mismos a losefectos previstos en el Título II de esta Normativa

2. Una vez recibida esta documentación, lacomisión juzgadora se reunirá para valorar losméritos de los concursantes cuantas veces estimeconveniente el presidente. Con carácter previo a lavaloración de los méritos, y a requerimiento delPresidente, los miembros de la comisión juzgadoraharán manifestación expresa de la no existencia demotivos de abstención, de acuerdo con loestablecido en el artículo 28 de la Ley 30/92. Si endicho momento alguno de los miembrosmanifestara que existe algún motivo de abstención,el presidente procederá a sustituirlo por uno de lossuplentes.

3. Los méritos se valorarán de acuerdo con elbaremo de la categoría correspondiente que figuraen los Anexos y los criterios específicos devaloración.

4. En las plazas de Profesor Contratado Doctorla comisión juzgadora convocará a los aspirantes auna entrevista, mediante publicación en el tablónde anuncios del Departamento y con un mínimo dedos días hábiles de antelación. En dicha entrevistase procederá a un debate sobre el proyectoinvestigador y, en su caso, docente presentado porel aspirante, tal y como se detalla en los Anexos.La comisión juzgadora debatirá con cada uno delos aspirantes durante un mínimo de quinceminutos sobre todos los aspectos del proyecto queconsidere relevantes para determinar si elcurrículum del aspirante se adecua al perfilinvestigador y, en su caso, docente con el que seconvoca la plaza.

5. La comisión juzgadora podrá decidir, deforma motivada, el porcentaje de la puntuación delbaremo, que debe superar un candidato para poderser propuesto para contratación. Dicho porcentajeno podrá superar en ningún caso el 20% de lapuntuación del baremo.

6. Una vez valorados todos los candidatos lacomisión juzgadora publicará, en el tablón deanuncios del Departamento, la lista de candidatospor orden de prelación, con la calificación obtenidaen todos los apartados del baremo, así como la

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puntuación final, en su caso, después de laentrevista. Igualmente deberá hacer público elporcentaje aludido en el punto 5, si es el caso.

7. En lo que concierne a la valoración deméritos a los efectos de la elaboración de laslistas de espera se estará a lo dispuesto en eltítulo II de la presente normativa.

Artículo 13. Propuestas de nombramiento ocontratación.

1. La comisión juzgadora publicará lapropuesta de nombramiento o contratación dentrodel plazo de cinco días hábiles contados a partirdel siguiente a la recepción de la documentaciónde los solicitantes, y de diez días hábiles cuandose trate de plazas de Profesor Contratado Doctor.La propuesta de contratación se publicará en eltablón de anuncios del Departamento junto con lalista de candidatos por orden de prelación, con lacalificación obtenida en todos los apartados delbaremo, así como la puntuación final, en su caso,después de la entrevista. Dicha publicacióntendrá carácter de notificación a los concursantesde acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5 b)de la Ley 30/1992.

2. Una plaza puede quedar desierta comoaplicación del apartado 5 del artículo 12.

3. La propuesta de nombramiento ocontratación y las listas por orden de prelación seremitirán al día siguiente hábil al Servicio deGestión de Personal, quien lo publicará, al mismotiempo, en el tablón de anuncios de la Oficina deInformación de la Universidad.

4. El secretario de la comisión juzgadoraremitirá igualmente, para su archivo, al Serviciode Gestión de Personal las actas de las sesionesde actuación de la Comisión y la documentaciónpresentada por los candidatos. Asimismo,acompañará certificación, en la que se hagaconstar el día en que las calificaciones y lapropuesta de contratación fueron expuestas en eltablón de anuncios del Departamento.

5. A los únicos efectos consignados en esteartículo, los sábados no serán considerados comodías hábiles.

Capítulo IV. Formalización de contratos onombramientos.

Artículo 14. Documentación.

1. En el plazo de cuatro días laborables apartir del siguiente de la fecha de publicación dela propuesta de contratación, los adjudicatarios delas plazas deberán presentar en el RegistroGeneral de la Universidad la documentación quea continuación se detalla, a fin de formalizar elcorrespondiente contrato o, en su caso,nombramiento:

a) Declaración jurada de no padecerenfermedad ni defecto físico que imposibilite parael desempeño de las funciones correspondientes.

b) Fotocopia de la cartilla de afiliación alRégimen General de la Seguridad Social, en sucaso.

c) Datos bancarios para el ingreso de lanómina.

d) Una fotografía tipo carnet.

e) Declaración de no estar afectado deincompatibilidad (este documento se facilitará en elServicio de Gestión de Personal). Si el interesadomanifestara que no puede suscribir la citadadeclaración de incompatibilidad por venirdesempeñando otra actividad pública o privadasusceptible de compatibilidad, deberá presentar laoportuna autorización por el Organismocompetente; o acreditar documentalmente que hasido solicitada.

f) Para las plazas de Ayudante Doctor yProfesor Contratado Doctor, certificación de laevaluación positiva de su actividad, para la figuracontractual correspondiente, por parte de laAgencia Nacional de Evaluación de la Calidad yAcreditación o, en su caso, del órgano deevaluación externa que se determine, en el caso deque el interesado no la haya aportado junto con lasolicitud del concurso.

g) En el caso de plazas de Profesor asociado,una declaración jurada de vigencia de los requisitosde actividad profesional exigidos en estaNormativa.

2. Los candidatos propuestos que mantenganrelación contractual con la Universidad estaránexentos de presentar la documentación detalladaen los cuatro primeros apartados, si ya obran enpoder de la Universidad.

Artículo 15. Renuncia.

1. En el caso de que algún candidatopropuesto desee renunciar a la plaza adjudicada,presentará en el Registro General de laUniversidad la renuncia por escrito dirigida alExcmo. Sr. Rector en el plazo de cuatro díaslaborables a partir del siguiente de la publicación dela propuesta de contratación de la comisiónjuzgadora. Aceptada la renuncia, se adjudicará laplaza al candidato siguiente que le correspondasegún el orden de prelación.

2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvocausas de fuerza mayor, no presenten ladocumentación, o del examen de la misma sededujera que carecen de alguno de los requisitosexigidos para ocupar la plaza, la Universidad ledeclarará decaído en su derecho de contratación onombramiento.

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3. En el supuesto de que el candidatorenuncie una vez formalizado el contrato onombramiento, se ofertará la plaza al candidatosiguiente que le corresponda según el orden deprelación de candidatos del concurso convocado.El contrato laboral suscrito será renovable, en sucaso, en los términos previstos por la normativaaplicable.

Artículo. 16. Formalización de nombramientode funcionarios interinos.

Los Profesores Titulares de UniversidadInterinos tendrán un nombramiento de interinidady formalizarán toma de posesión.

Capítulo V. Recurso de alzada.

Artículo 17. Recurso de alzada.

1. Contra las propuestas de contrataciónefectuadas por las comisiones juzgadoras, losinteresados podrán interponer recurso de alzadaante el Rector de la Universidad de La Rioja en elplazo de un mes a partir del día siguiente a supublicación en el tablón de anuncios delDepartamento, quien resolverá según el informevinculante de una Comisión de Revisión.

2. La interposición del recurso no tendráefectos suspensivos de la propuesta denombramiento o formalización del contrato. A talfin, se formalizará el contrato con el aspirantepropuesto, sin perjuicio de que la eventualestimación del recurso pueda acarrear laextinción automática de la relación contractualinicialmente propuesta.

3. La interposición del recurso tendrá efectossuspensivos de la propuesta de nombramiento oformalización del contrato si el Rector, medianteresolución expresa aprecia que la ejecución delacto pudiera causar perjuicios de imposible odifícil reparación o aprecia en la fundamentaciónde la impugnación la existencia manifiesta demotivos de nulidad de pleno derecho.

4. Se dará traslado del recurso de alzada alos interesados para que en el plazo de diez díashábiles formule las alegaciones que estimeprocedentes.

Artículo 18. Composición y funciones de laComisión de Revisión.

1. La Comisión de Revisión estará presididapor el Rector, o Vicerrector en quien delegue, yestará compuesta por un Catedrático deUniversidad (titular y suplente), dos profesoresTitulares de Universidad o Catedrático de EscuelaUniversitaria Doctor (titulares y suplentes),designados por el Consejo de Gobierno para unperiodo de cuatro años, y el Secretario General,que actuará como secretario.

2. A las reuniones de la Comisión podrá asistircon voz pero sin voto un representante del personaldocente e investigador laboral. La presencia deeste representante no será necesaria para la válidaconstitución ni actuación de la Comisión.

La Comisión de Revisión conocerá de lasreclamaciones presentadas, tanto si se refieren alos aspectos formales de los procesos, como siafectan a la aplicación de los criterios de valoraciónde mérito y capacidad.

3. Una vez recibido el recurso de alzada, elPresidente de la Comisión de Revisión, podrásolicitar un informe motivado preliminar a laComisión Juzgadora afectada, sin perjuicio de quela Comisión de Revisión solicite posteriormenteotros informes complementarios.

4. Para un mejor conocimiento de los temasplanteados, la Comisión de Revisión podrá recabarlos asesoramientos e informes que estimeoportunos.

5. La Comisión de Revisión tendrá lassiguientes competencias:

a) Proponer la ratificación de la propuesta de laComisión Juzgadora.

b) Proponer la no provisión de la plaza cuandoa la vista de la documentación obrante en elexpediente resulte evidente el desconocimiento delos principios de mérito y capacidad y elmenoscabo del derecho a la igualdad de loscandidatos.

c) Proponer la retroacción del procedimiento almomento en que se apreciase una infracciónprocedimental.

d) Hacer una nueva propuesta cuando existauna incorrecta aplicación del baremo o requerir a laComisión Juzgadora, a la vista de lasreclamaciones, de los informes y asesoramientossolicitados, la elaboración de una nueva valoracióny la emisión, de ser el caso, de una nuevapropuesta.

Artículo 19. Resolución del recurso.

1. El Rector resolverá las propuestas decontratación elevadas por las ComisionesJuzgadoras, así como las reclamacionespresentadas e informadas por la Comisión deRevisión.

2. La Resolución que resuelva el recurso dealzada, agota la vía administrativa y contra ella sepodrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de LaRioja.

3. Resuelto el concurso, en el plazo de 3meses los concursantes podrán retirar ladocumentación que presentaron para justificar sus

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méritos en el Servicio de Gestión de Personal,salvo que se haya interpuesto recurso a la plaza,en cuyo caso podrá ser retenida en calidad deprueba hasta la firmeza de la resolucióncuestionada.

TÍTULO II ELABORACIÓN Y GESTIÓN DELISTAS DE ESPERA.

Artículo 20. Elaboración de listas de espera.

1. A partir de los concursos públicos deméritos convocados se elaborarán listas deespera con posibles candidatos para aquellascontrataciones de urgencia que puedan surgir encada área de conocimiento.

2. La comisión juzgadora, con el fin deconfeccionar la citada lista de espera, realizará,además de la valoración realizada para laadjudicación de la plaza, otra valoración deméritos de los candidatos aplicando el baremocorrespondiente y teniendo en cuentaexclusivamente el área de conocimiento de laplaza objeto de concurso.

3. La lista de espera, en cada modalidadcontractual, estará conformada, por todos loscandidatos, en orden de prelación, que hayansido baremados conforme al apartado 2 de estemismo artículo, en alguna de las plazasconvocadas. No obstante, la comisión juzgadorapodrá optar por excluir de las listas a loscandidatos que no alcancen el porcentaje de lapuntuación del baremo que determine, en sucaso, la Comisión Juzgadora. Dicho porcentaje nopodrá superar en ningún caso el 20% de lapuntuación del baremo. Este acto deberámotivarse, reflejándose en el acta de la sesión, deacuerdo con el artículo 54 de la Ley 30/92.

4. La propuesta de lista de espera por ordende prelación se remitirá el día siguiente hábil, alServicio de Gestión de Personal quien lopublicará, al mismo tiempo, en el tablón deanuncios de la Oficina de Información de laUniversidad.

Artículo 21. Gestión de las listas de espera.

1. El ofrecimiento de la vacante sobrevenidase efectuará en función del lugar que se ocupe enla lista mediante llamada telefónica a los númerosindicados por el interesado; de no hallarse poreste medio se le notificará a través de telegrama.Para cada ofrecimiento de plazas, se comenzarádesde el principio de la lista. De esta forma, larenuncia a una plaza concreta no implica laexclusión de la lista de espera.

2. No se ofrecerán plazas a aquellosaspirantes que, estando incluidos en la lista deespera, estén prestando servicios docentes enese momento en la Universidad de La Rioja.

3. El aspirante al que se le oferte la plazadispondrá de un plazo de dos días laborables paraaceptar la oferta. De no aceptarla, se pasará allamar al siguiente aspirante por orden depuntuación.

4. En todo caso, la relación de servicio seextinguirá al término del curso académico, sin quepor ninguna causa pueda procederse a surenovación. De concurrir las circunstanciasnecesarias para ello, se procederá entonces a lacobertura, con arreglo al procedimiento ordinario depública concurrencia.

TÍTULO III. PROCEDIMIENTOEXTRAORDINARIO PARA LA CONTRATACIÓNDE PERSONAL DOCENTE POR VÍA DEURGENCIA

Artículo 22. Alcance y contenido de lacontratación extraordinaria.

1. La contratación extraordinaria de profesorespor vía de urgencia, procederá en caso deasunción de nuevas tareas docentes sobrevenidaso ante supuestos de cese temporal o definitivo enla actividad de un profesor cuando la docenciavacante no pueda ser atendida, con carácterinmediato, por los demás profesores del área o delDepartamento o cuando en dicha área deconocimiento no se disponga de listas de espera ocuando éstas, en cada caso solicitado, se hayanagotado.

2. El procedimiento previsto en la presentenorma será de aplicación a los supuestos decobertura de vacantes accidentales o sobrevenidasuna vez iniciado el curso académico, porencontrarse el sustituido en alguna de lascircunstancias siguientes:

Suspensión provisional.

Excedencia o cualquier otra causa de cesevoluntario que tenga lugar durante el cursoacadémico.

Servicios especiales.

Baja por accidente o enfermedad.

Baja por maternidad o paternidad.

En casos de anulación o suspensión de laadjudicación de una plaza medianteresolución judicial o de la Comisión deRevisión o Reclamaciones de laUniversidad.

Permisos o licencias debidamenteautorizados.

Desempeño de un cargo de gobiernounipersonal o cualesquiera otros cargosacadémicos universitarios.

Concesión de comisión de servicios.

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O, en general, cualquier otra queprovoque la suspensión temporal de laprestación o del contrato o que pudieraimplicar la asunción de nuevas tareasdocentes sobrevenidas.

La contratación extraordinaria a que hacereferencia este artículo no procederá en los casosen los que sea posible la ampliación provisionalde la dedicación de un profesor con contrato envigor. Esta ampliación requerirá la propuesta delDepartamento y la aceptación del profesorafectado. Una vez cesen las necesidadesdocentes, perderá efecto la ampliación de ladedicación y el profesor volverá a la dedicaciónprevista en el contrato original.

Artículo 23. Solicitud.

La solicitud de contratación extraordinaria porvía de urgencia la formulará el Director delDepartamento afectado, previo acuerdo delConsejo de Departamento, al Vicerrectorcompetente en materia de Profesorado,incluyendo los siguientes aspectos:

a) Necesidades académicas que debanatenderse.

b) La causa que las origina y la identidad delsustituido.

c) Imposibilidad razonada del Departamentode atender transitoriamente la docencia vacante.

d) El candidato propuesto para cubrir dichasnecesidades docentes, con expresión de losméritos que lo acreditan para la coberturaprovisional de la plaza.

Artículo 24. Contratación extraordinaria.

1. A la vista de la propuesta delDepartamento, el Vicerrector competente enmateria de Profesorado propondrá, en su caso, alRector, previa comunicación y justificación a laComunidad Autónoma, la formalización de uncontrato por duración determinada al amparo delartículo 15,1.c. del Estatuto de los Trabajadorescon la persona que proponga el Consejo deDepartamento en la categoría que mejor seacomode a las tareas a desempeñar.

2. De esta contratación se informará alComité de Empresa, a la Junta de Personal y alConsejo de Gobierno.

3. El candidato propuesto dispondrá de unplazo de dos días laborales para entregar ladocumentación, a fin de formalizar elcorrespondiente contrato

Artículo 25. Contenido y extinción delcontrato.

1. El contrato incluirá una cláusula en la que seexprese que la relación se extinguirá tan prontodesaparezcan las circunstancias que aconsejaronla contratación del profesor, tales como el reingresode la persona que sustituye o la suficiencia delprofesorado del Departamento para atender a lasnecesidades académicas.

2. En todo caso, la relación de servicio seextinguirá al término del curso académico, sin quepor ninguna causa pueda procederse a surenovación. De concurrir las circunstanciasnecesarias para ello, se procederá entonces a lacobertura, con arreglo al procedimiento ordinario depública concurrencia.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

Los contratos laborales que se deriven de estaconvocatoria, estarán sujetos a lo establecido enlos artículos 48 y siguientes de la Ley Orgánica6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril,(BOE 13 abril) y el Decreto 104/2003, de 29 deagosto, por el que se regula el régimen jurídico yretributivo del personal docente e investigadorcontratado por la Universidad de La Rioja , enaquello que no se oponga a la referida LeyOrgánica 4/2007, de 12 de abril, y demáslegislación que resulte de aplicación.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA

Queda habilitado el Vicerrector de OrdenaciónAcadémica y Profesorado para resolver cualquierduda o incidencia que pueda surgir en lainterpretación y aplicación de estas normas.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Las listas de espera elaboradas conforme a lanormativa para realizar los concursos públicos deméritos de personal docente e investigadorcontratado de la Universidad de La Rioja, aprobadapor el Consejo de Gobierno el 26 de mayo de 2005,y cuya vigencia expiró el 30 de septiembre de2006, continuarán rigiéndose por lo dispuesto en lacitada normativa.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Queda derogada la Normativa para realizar losconcursos Públicos de méritos de personal docentee Investigador Contratado de la Universidad de LaRioja, aprobada en Consejo de Gobierno de 6 abrilde 2006.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente normativa entrará en vigor al díasiguiente de su aprobación por el Consejo deGobierno de la Universidad de La Rioja.

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ANEXO. BAREMOS PARA LA SELECCIÓN DELPROFESORADO

Normas comunes para la aplicación de losbaremos:

1.- Las comisiones juzgadoras, en la sesiónde constitución, establecerán los criteriosespecíficos que desarrollen los baremos-marcopara la selección de profesorado aprobados por elConsejo de Gobierno de la Universidad.

2.- En la misma sesión, las comisionespodrán considerar, para cada uno de losapartados del baremo, factores de afinidadaplicables a cada merito consignado por elconcursante en función de su adecuación al áreade conocimiento de la plaza, perfil y tareasdocentes asignadas a la misma. En todo caso,deberán decidir cuáles son las titulacionesidóneas para la plaza en concurso. Se entenderápor tales, aquellas que otorgan la formación másadecuada al trabajo a desarrollar. Si la comisiónno establece las titulaciones que son idóneaspara concursar a la plaza en cuestión, cualquiertitulación será considerada idónea.

3.- La nota media del expediente académicodebe de ser calculada conforme a la siguientetabla, por media ponderada, ya sea porasignaturas o por créditos:

Matrícula de honor.................................4 puntos

Sobresaliente.........................................3 puntos

Notable .................................................. 2 puntos

Aprobado .................................................1 punto

4.- En los méritos correspondientes a laactividad investigadora, las Comisionesjuzgadoras deberán tener en cuenta:

En libros y capítulos de libros, el prestigio y elámbito de difusión de la editorial de los mismos

En los artículos de investigación, si la revistaen la que están publicados tiene proceso anónimode revisión y su impacto internacional.

En los modelos de utilidad y en las patentes,si son de ámbito nacional o internacional.

En los proyectos de investigación, si son deámbito regional, nacional o europeo.

5.- En los méritos correspondientes a laactividad docente universitaria, las comisionesjuzgadoras deberán tener en cuenta la amplitud,intensidad y tipo de docencia impartida en suámbito disciplinar, así como las evaluaciones quesobre la calidad de la docencia aporte elinteresado. La puntuación máxima por un año dedocencia universitaria a tiempo completo en elárea de conocimiento de la plaza objeto delconcurso será de 3 puntos. La docencia impartidapor becarios FPU, FPI y asimilados será valorada

siempre que conste en los planes de OrdenaciónDocente y, en ningún caso, podrá valorarse másque la de un profesor asociado P4 anual.

6.- Cada mérito no podrá ser computado enmás de un apartado.

7.- Si alguno de los firmantes está habilitadopara Titular de Escuela Universitaria en el área deconocimiento a la que está adscrita la plaza objetodel concurso obtendrá la máxima puntuación en elapartado de formación para la docencia y lapuntuación máxima por cada año de docenciauniversitaria que acredite. Si está habilitado paracualquier otro cuerpo docente universitario,obtendrá las puntuaciones máximas en losapartados de formación para la docencia y para lainvestigación. Igualmente obtendrá la puntuaciónmáxima por cada año de docencia universitaria queacredite.

8. Dado que en la plazas de Ayudante Doctorla estancia del candidato en universidades ocentros de investigación de reconocido prestigio esun mérito preferente, las comisiones, en suvaloración, deberán tener en cuenta el centro en elque se ha realizado la estancia. La puntuaciónmáxima por un año de estancia en un centro deprestigio será de 9 puntos.

9. El Certificado de Aptitud Pedagógica oequivalente será valorado, en su caso, en elapartado correspondiente a Formación para ladocencia.

AY AYD CD PA TUI

Formación 65 55 25 30 25

Académica 45 20 10 15 10

Investigadora 15 30 10 5 10

Docente 5 5 5 10 5

Actividad 30 40 50 65 50

Investigadora 20 25 35 15 35

Docente 10 15 15 15 15

Profesional 35

Proyectos 20

Otros méritos 5 5 5 5 5

TOTAL 100 100 100 100 80

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ANEXO II

BAREMO MARCO PARA LA SELECCIÓN DEPROFESORES:

AYUDANTE

1. FORMACIÓN ACADÉMICA. Hasta 45 puntos

1.1. Expediente académico en una titulaciónidónea para la plaza. Hasta 32 puntos

1.1.1. Nota media en una titulaciónmultiplicada por seis: hasta 24puntos

1.1.2. Premio extraordinario delicenciatura: 2 puntos.

1.1.3. Diploma de estudios avanzados :2 puntos. (No se valorará si elcandidato posee el título de doctor)

1.1.4. Calificación Tesis doctoral: hasta4 puntos.

1.1.5. Premio extraordinario dedoctorado: 2 puntos.

1.2. Otros títulos. Hasta 6 puntos

Se tendrán en cuenta otras titulacionesadicionales que posea el aspirante en función desu afinidad con la plaza convocada:Diplomaturas, Licenciaturas, Masters, etc.

1.3. Otros méritos. Hasta 7 puntos.

Se podrá valorar el conocimiento deidiomas, de aplicaciones informáticas, etc.

Así mismo se podrán valorar cursosextracuriculares realizados, etc.

(En todo caso deberá tratarse de méritosdistintos a los valorados en los apartadosanteriores).

2. FORMACIÓN Y ACTIVIDADINVESTIGADORA. Hasta 35 puntos (segúnafinidad)

2.1. Formación para la investigación. Hasta15 puntos.

2.1.1. Becas de post-grado (FPI, FPU uhomologadas): hasta 10 puntos(máximo 2,5 por año)

2.1.2. Estancias formativas en Centrosde Investigación o Universidadessuperiores a un mes): hasta 3puntos.

2.1.3. Asistencias a cursos o seminariosde investigación: hasta 2 puntos.

2.2. Actividad investigadora. Hasta 20puntos.

2.2.1. Artículos en revistas deinvestigación, libros o capítulos delibros, publicados o aceptados parasu publicación ;modelos de utilidad opatentes en explotación: hasta 10puntos.

2.2.2. Participaciones, con presentaciónde ponencias o posters, enCongresos, Jornadas,….: hasta 6puntos.

2.2.3. Colaboración en proyectos deinvestigación: hasta 4 puntos.

3. FORMACIÓN Y ACTIVIDAD DOCENTE. Hasta15 puntos

3.1. Formación para la docencia. Hasta 5puntos.

3.1.1. Cursos reglados de formaciónpedagógica y docente: hasta 3puntos.

3.1.2. Participación en proyectos deinnovación docente, de convergenciaeuropea, etc.: hasta 2 puntos

3.2. Actividad docente. Hasta 10 puntos.

3.2.1. Experiencia docente universitaria:hasta 8 puntos.

3.2.2. Experiencia docente nouniversitaria: hasta 2 puntos .

4. OTROS MÉRITOS. Hasta 5 puntos

Otros méritos que a juicio de la Comisióndeban ser valorados y no considerados en losapartados anteriores.

BAREMO MARCO PARA LA SELECCIÓN DEPROFESORES:

PROFESOR AYUDANTE DOCTOR

1. FORMACIÓN ACADÉMICA. Hasta 20 puntos

1.1. Expediente académico en una titulaciónidónea para la plaza. Hasta 17 puntos

1.1.1. Nota media en una titulación aptapara la plaza multiplicado por 2.5:hasta 10 puntos.

1.1.2. Premio extraordinario delicenciatura: 1 punto.

1.1.3. Calificación de la tesis doctoral:hasta 4 puntos.

1.1.4. Premio extraordinario dedoctorado: 2 puntos.

1.2. Otros títulos. Hasta 2 puntos.

Se tendrán en cuenta otras titulacionesadicionales que posea el aspirante en función de suafinidad con la plaza convocada.

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______________________________________________________________________________________

1.3. Otros méritos de formación académica.Hasta 1 punto.

2. FORMACIÓN Y ACTIVIDADINVESTIGADORA. Hasta 55 puntos,

2.1. Formación para la investigación: hasta30 puntos

2.1.1. Becas predoctorales (FPI, FPU uhomologadas) o/y postdoctorales:hasta 12 puntos (máximo 2,5puntos por año)

2.1.2. Estancias formativas enUniversidades o Centros deInvestigación iguales o superiores aun mes: hasta 18 puntos (máximo 9por año)

2.2. Actividad investigadora: hasta 25puntos.

2.2.1. Libros, capítulos de libros,artículos en revistas científicas,publicados o aceptados para supublicación ;modelos de utilidad opatentes de ámbito nacional ointernacional en explotación: hasta15 puntos.

2.2.2. Participaciones, con presentaciónde ponencias o posters, enCongresos, Jornadas,...: hasta 7puntos.

2.2.3. Colaboración en proyectos deinvestigación: hasta 3 puntos.

3. FORMACIÓN Y ACTIVIDAD DOCENTE.Hasta 20 puntos

3.1. Formación para la docencia: hasta 5puntos.

Se valorará la participación en proyectosde innovación docente, la participación en cursos,seminarios y congresos específicamenteorientados a la formación para la actividaddocente. Igualmente se valorará el desarrollo dematerial docente original.

3.2. Actividad docente: hasta 15 puntos.

3.2.1. Experiencia docente universitaria:hasta 12 puntos.

3.2.2. Experiencia docente nouniversitaria: hasta 3 puntos

4. OTROS MÉRITOS. Hasta 5 puntos

4.1. Otros méritos que a juicio de la Comisióndeban ser valorados.

BAREMO MARCO PARA LA SELECCIÓN DEPROFESORES:

PROFESOR CONTRATADO DOCTOR

1. FORMACIÓN ACADÉMICA. Hasta 10 puntos

1.1. Expediente académico en una titulaciónapta para la plaza.

1.1.1. Nota media en una titulaciónidónea para la plaza: hasta 4 puntos.

1.1.2. Premio extraordinario delicenciatura: 1 punto.

1.1.3. Calificación de la tesis doctoral:hasta 4 puntos.

1.1.4. Premio extraordinario dedoctorado: 1 punto.

2. FORMACIÓN Y ACTIVIDADINVESTIGADORA. Hasta 45 puntos,

2.1. Formación para la investigación: hasta 10puntos

2.1.1. Becas predoctorales (FPI, FPU uhomologadas) o/y postdoctorales:hasta 8 puntos (máximo 2 puntos poraño)

2.1.2. Estancias en Universidades oCentros de Investigación superiores aun mes: hasta 2 puntos

2.2. Actividad investigadora: hasta 35 puntos.

2.2.1. Libros, capítulos de libros,artículos en revistas científicas,publicados o aceptados para supublicación ; modelos de utilidad opatentes en explotación: hasta 20puntos.

2.2.2. Participaciones, con presentaciónde ponencias o posters, enCongresos, Jornadas,...: hasta 10puntos.

2.2.3. Colaboración en proyectos deinvestigación (distinguiendo entreregionales, nacionales y europeos):hasta 5 puntos.

3. FORMACIÓN Y ACTIVIDAD DOCENTE. Hasta20 puntos

3.1. Formación para la docencia: hasta 5puntos.

Se valorará la participación en proyectos deinnovación docente, la participación en cursos,seminarios y congresos específicamente orientadosa la formación para la actividad docente.Igualmente se valorará el desarrollo de materialdocente original.

3.2. Actividad docente: hasta 15 puntos.

3.2.1. Experiencia docente universitaria:hasta 13 puntos.

3.2.2. Experiencia docente nouniversitaria: hasta 2 puntos

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4. OTROS MÉRITOS. Hasta 5 puntos

Otros méritos que a juicio de la Comisióndeban ser valorados.

5. PROYECTO. Hasta 20 puntos.

Los miembros de la Comisión juzgadoravalorarán y calificarán la memoria presentadateniendo en cuenta su:

Adecuación al perfil docente o/e investigadorde la plaza

Presentación

Contenido y redacción

Bibliografía

La calificación otorgada se matizará con laentrevista y discusión con el candidato.

BAREMO MARCO PARA LA SELECCIÓN DEPROFESORES:

PROFESOR ASOCIADO

1. FORMACIÓN ACADÉMICA. Hasta 15 puntos

1.1. Expediente académico en una titulaciónidónea para la plaza. Hasta 10 puntos

1.1.1. Nota media en una titulación:hasta 4 puntos

1.1.2. Premio extraordinario delicenciatura: 1 punto.

1.1.3. Diploma de estudios avanzados:1 punto (No se valorará si elcandidato posee el título de doctor)

1.1.4. Calificación Tesis doctoral: hasta4 puntos.

1.1.5. Premio extraordinario dedoctorado: 1 punto.

1.2. Otros títulos. Hasta 5 puntos

Se tendrán en cuenta otras titulacionesadicionales que posea el aspirante en función desu afinidad con la plaza convocada:Diplomaturas, Licenciaturas, Masters, etc.

2. FORMACIÓN Y ACTIVIDADINVESTIGADORA. Hasta 20 puntos (segúnafinidad)

2.1. Formación para la investigación. Hasta 5puntos

Se valorarán los siguientes aspectos:becas predoctorales (FPI, FPU o asimiladas) o/ypostdoctorales, estancias formativas enUniversidades o Centros de Investigaciónsuperiores a un mes, etc.

2.2. Actividad investigadora. Hasta 15puntos.

2.2.1. Artículos en revistas deinvestigación, libros o capítulos delibros, publicados o aceptados parasu publicación ;modelos de utilidad opatentes en explotación: hasta 8puntos.

2.2.2. Participaciones, con presentaciónde ponencias o posters, enCongresos, Jornadas nacionales ointernacionales,...: hasta 4 puntos.

2.2.3. Colaboración en proyectos ycontratos de investigación : hasta 3puntos.

3. FORMACIÓN Y ACTIVIDAD DOCENTE. Hasta25 puntos

3.1. Formación para la docencia. Hasta 10puntos.

3.1.1. Cursos reglados de formaciónpedagógica y docente: hasta 5puntos.

3.1.2. Participación en proyectos deinnovación docente, de convergenciaeuropea, etc.: hasta 5 puntos.

3.2. Actividad docente. Hasta 15 puntos

3.2.1. Experiencia docente universitaria:hasta 12 puntos.

3.2.2. Elaboración de material docenteoriginal: hasta 3 puntos.

4. EXPERIENCIA PROFESIONAL EN RELACIÓNCON LA PLAZA. Hasta 35 puntos.

Se tendrán en cuenta los siguientesaspectos:

4.1. Años de experiencia y dedicación temporal: hasta 14 puntos.

4.2. Categoría, responsabilidad y funciones enlos puestos de trabajo: hasta 17 puntos.

4.3. Premios, distinciones, etc.:hasta 2 puntos

4.4. Otros: hasta 2 puntos.

5. OTROS MÉRITOS. Hasta 5 puntos

5.1. Otros méritos que a juicio de la Comisióndeban ser valorados y no consideradosen los apartados anteriores.

BAREMO MARCO PARA LA SELECCIÓN DEPROFESORES:

TITULAR DE UNIVERSIDAD INTERINO

1. FORMACIÓN ACADÉMICA. Hasta 10 puntos

1.1. Expediente académico en una titulaciónapta para la plaza.

1.1.1. Nota media en una titulación

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idónea para la plaza: hasta 4puntos.

1.1.2. Premio extraordinario delicenciatura: 1 punto.

1.1.3. Calificación de la tesis doctoral:hasta 4 puntos.

1.1.4. Premio extraordinario dedoctorado: 1 punto.

2. FORMACIÓN Y ACTIVIDADINVESTIGADORA. Hasta 45 puntos,

2.1. Formación para la investigación: hasta10 puntos

2.1.1. Becas predoctorales (FPI, FPU uhomologadas) o/y postdoctorales:hasta 8 puntos (máximo 2 puntospor año)

2.1.2. Estancias en Universidades oCentros de Investigación superioresa un mes: hasta 2 puntos

2.2. Actividad investigadora: hasta 35 puntos.

2.2.1. Libros, capítulos de libros,artículos en revistas científicas,publicados o aceptados para supublicación ; modelos de utilidad opatentes en explotación: hasta 20puntos.

2.2.2. Participaciones, con presentaciónde ponencias o posters, enCongresos, Jornadas,...: hasta 10puntos.

2.2.3. Colaboración en proyectos deinvestigación (distinguiendo entreregionales, nacionales y europeos):hasta 5 puntos.

3. FORMACIÓN Y ACTIVIDAD DOCENTE.Hasta 20 puntos

3.1. Formación para la docencia: hasta 5puntos.

Se valorará la participación en proyectosde innovación docente, la participación encursos, seminarios y congresosespecíficamente orientados a la formaciónpara la actividad docente. Igualmente sevalorará el desarrollo de material docenteoriginal.

3.2. Actividad docente: hasta 15 puntos.

3.2.1. Experiencia docente universitaria:hasta 13 puntos.

3.2.2. Experiencia docente nouniversitaria: hasta 2 puntos

4. OTROS MÉRITOS. Hasta 5 puntos

Otros méritos que a juicio de la Comisióndeban ser valorados.

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueba el Catálogo deasignaturas de libre configuración para elcurso 2007/08.

El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 demayo de 2007, aprobó el Catálogo de asignaturasde libre configuración para el curso 2007/08.

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueba la modificación de losCriterios para elaborar el POD, relativa ala capacidad docente y obligación mínimade los Ayudantes.

El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 demayo de 2007, aprobó la Modificación de losCriterios para elaborar el POD (aprobados enConsejo de Gobierno el 22 de febrero de 2007),relativa a la capacidad docente y obligación mínimade los Ayudantes, fijándose ambas en 6 créditos.

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueba el Plan de OrdenaciónDocente para el curso académico 2007/08y prórrogas de profesores.

El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 demayo de 2007, aprobó el Plan de OrdenaciónDocente para el curso académico 2007/08 yprórrogas de profesores.

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueba la modificación de laRelación de Puestos de Trabajo delPersonal Docente e Investigador.

El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 demayo de 2007, aprobó la modificación de laRelación de Puestos de Trabajo del PersonalDocente e Investigador .

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueba la convocatoria de plazasde Personal Docente e Investigadorcontratado para el curso 2007/08.

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El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 demayo de 2007, aprobó la convocatoria de plazasde Personal Docente e Investigador contratadopara el curso 2007/08.

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueba la Normativa dePrácticas en Entidades Públicas yPrivadas para Alumnos de TítulosPropios y de Programas de FormaciónPermanente de la Universidad de LaRioja.

El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 demayo de 2007, aprobó la Normativa de Prácticasen Entidades Públicas y Privadas para Alumnosde Títulos Propios y de Programas de FormaciónPermanente de la Universidad de La Rioja, en lossiguientes términos:

NORMATIVA DE PRÁCTICAS ENENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS PARAALUMNOS DE TÍTULOS PROPIOS Y DEPROGRAMAS DE FORMACIÓN PERMANENTEDE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA

El Real Decreto 1497/81, de 19 de junio,modificado por el Real Decreto 1845/1994, de 9de septiembre, constituye el marco jurídico dereferencia para realización de prácticas por partede los alumnos universitarios.

La Universidad de la Rioja, ha desarrolladonormativamente, la realización de prácticas porparte de los estudiantes a través de la Normativasobre el desarrollo, reconocimiento y calificaciónde las Prácticas en Empresas, aprobada en Juntade Gobierno el 7 de febrero 2002 y modificada enlas sesiones de Consejo de Gobierno de 15 deabril de 2003, 23 de enero de 2004 y 3 de febrerode 2005.

La citada Normativa de Prácticas enEmpresas, que resulta aplicable exclusivamente alos alumnos de primer y segundo ciclo deenseñanzas oficiales, se revela hoy insuficientedebido a la conveniencia, y en muchos casos a lanecesidad, de que los alumnos de Títulos Propiosy de Programas de Formación Permanente de laUniversidad de La Rioja, realicen prácticasformativas en Empresas e Instituciones, quecomplementen la formación recibida en las aulasuniversitarias.

Por todo ello, y ante la ausencia dereglamentación que contemple las situacionesantedichas, resulta conveniente que laUniversidad de La Rioja, en el marco de suscompetencias, apruebe una normativa queproporcione la adecuada cobertura legal a tanimportante actividad formativa de estos alumnos.

Artículo 1

Los alumnos de los Títulos Propios y deFormación Permanente impartidos por laUniversidad La Rioja podrán realizar prácticas enEmpresas e Instituciones, con la finalidad deconocer el funcionamiento de las mismas, susmétodos, técnicas de trabajo y organización, y asícompletar su formación.

Artículo 2

1.- La realización de las prácticas reguladas enla presente normativa exige el cumplimiento de lossiguientes requisitos:

a) Los alumnos deberán estar matriculados enun Título Propio impartido por la Universidad de LaRioja o en un programa de formación permanente.

b) Las prácticas a realizar deberán estardirectamente relacionadas con la formacióncursada por los alumnos.

c) La realización de las prácticas exigirá laformalización de un Convenio Universidad-Empresa, entre la Universidad y la entidad donde elalumno/a vaya a realizar su estancia formativa,según el modelo que se recoge como Anexo a estanormativa.

2.- Las prácticas tendrán una duración mínimade 100 horas y un máximo de 600 horas o 6meses. En todo caso, las prácticas deberánfinalizar una vez se haya expedido el título/diplomaacreditativo del programa de formación en el queestuvieran matriculados los alumnos.

Artículo 3

1. Durante el período de prácticas, los alumnoscontarán con la orientación y el apoyo de un Tutoracadémico y de un Tutor empresarial.

2. El Tutor empresarial, designado por laempresa, desempeñará las siguientes funciones:

a) Velar por el desarrollo y la correctaorientación de la práctica y por la formación delalumno/a.

b) Comunicar a la Universidad cualquierincidencia que afecte al normal desarrollo de lapráctica.

c) Emitir un Informe de evaluación de lasprácticas, una vez finalizadas, que incluya elnúmero de horas realizadas.

3. .Las funciones del Tutor académico serán lassiguientes:

a) Orientar la actividad de los estudiantes yrealizar el seguimiento de la práctica, encoordinación con el tutor empresarial.

b) Poner en conocimiento de la Universidad lossucesos que pudiesen afectar al buen fin de lapráctica.

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c) Evaluar el desarrollo de las prácticas delos alumnos, atendiendo a los resultados delseguimiento efectuado, así como al informe delTutor de la empresa.

Artículo. 4

1. Las prácticas reguladas en la presentenormativa tienen un carácter exclusivamenteacadémico y no implican vinculación contractualde carácter administrativo, mercantil o laboral.

2. La Empresa o Institución, podrá prever laaportación de una cantidad en concepto de bolsao ayuda, En ningún caso, esta ayuda tendrá laconsideración de nómina o salario.

Artículo. 5

Durante la realización de las prácticas, losalumnos de los Títulos Propios y Programas deFormación Permanente de la Universidad de LaRioja estarán cubiertos por un Seguro deaccidentes y responsabilidad civil.

Disposición Final

La presente Normativa entrará en vigor al díasiguiente de su aprobación por el Consejo deGobierno

ANEXO

MODELO de CONVENIO

CONVENIO entre la UNIVERSIDAD de LARIOJA y la EMPRESA/ENTIDAD para elDESARROLLO de PRÁCTICAS FORMATIVASde ALUMNOS de TITULOS PROPIOS y dePROGRAMAS de FORMACIÓN PERMANENTE

REUNIDOS

De una parte, en representación de laUniversidad de La Rioja, D. José Martín y Pérezde Nanclares, en su condición de Vicerrector deRelaciones Internacionales e Institucionales de laUniversidad de la Rioja y de conformidad con ladelegación de competencias realizada por elRector de la Universidad de La Rioja a losmiembros del Equipo Rectoral por Resolución1023/2004, de 9 de septiembre, con domicilio enAvda. de la Paz 93, 26006 Logroño y C.I.F:XXXXXXX (en adelante la Universidad).

De otra en D./Dña XXXXXX enrepresentación de XXXXX en calidad de CARGOde EMPRESA/ENTIDAD con C.I.F: XXXXXXX ycon domicilio en XXXXXXX, (en adelante laEmpresa).

Y de otra D./Dña XXXXXXX con D.N.IXXXXXXX alumno/a del Título Propio/Programade Formación Permanente XXXXXXXX de laUniversidad de La Rioja, en delante el/laalumno/a.

MANIFIESTAN

Primero.- Que es deseo de las partes contribuira completar la formación de los alumnos de Títulosde Propios y de Programas de FormaciónPermanente de la Universidad de La Riojamediante la promoción de prácticas formativas enel ámbito de la Empresa.

Segundo.- Que dichas prácticas se llevarán aefecto en la Empresa de acuerdo con la normativade Prácticas en entidades públicas y privadas paraalumnos de Títulos Propios y de Programas deFormación Permanente de la Universidad de LaRioja aprobada en fecha ____________.

Y en virtud de lo anterior, las partes convienenlas siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.- Los alumnos de Títulos Propios y delos Programas de Formación Permanenteimpartidos por la Universidad de La Rioja ygestionados por su Fundación, podrán realizarprácticas externas, en entidades públicas yprivadas, con la finalidad de conocer elfuncionamiento de las mismas, sus métodos,técnicas de trabajo y organización, y completar asíla formación recibida.

Segunda.- La gestión de las prácticas enEmpresas de alumnos de Títulos Propios y deProgramas de Formación Permanentecorresponderá a la Fundación de la Universidad deLa Rioja.

Tercera.- Las prácticas del/la alumno/aXXXXXX en la Empresa XXXXX tendrán unaduración de XXX horas (mínimo de 100h. y máximode 600h.) y se desarrollarán desde XX de XX de200X hasta XX de XX de 200X.

Cuarta.- Durante la realización de las prácticasel/la alumno/a estará cubierto por un Seguro deaccidentes y responsabilidad civil.

Quinta.- En concepto de bolsa de ayuda, laempresa podrá abonar al alumno/a en prácticasuna cantidad mensual de forma voluntaria a travésde la Fundación, previa presentación de lacorrespondiente factura por el importe total delperiodo.

En el presente convenio se establece unabolsa mensual de xxxx€.

Sexta.- El alumno/a declara aceptar laobligación de cumplir los horarios y normas de laEmpresa, a fin de no perturbar el normaldesenvolvimiento de la actividad de ésta y seguiráen todo momento las instrucciones de la misma enlo referente al horario en que podrá permanecer enla citada Empresa, centros o secciones que podrávisitar, personas o cargos con los que podrárelacionarse, etc.

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______________________________________________________________________________________

Se compromete a aplicarse con diligencia alas tareas específicas de la práctica,determinadas por la Empresa y a mantenercontacto con sus Tutores de empresa yacadémico en la forma que éstos le indiquen.

Respetará el secreto profesional y la reservarespecto a todos los trabajos de investigación ydesarrollo de patentes que pudiera conocerdurante el desarrollo de la práctica, así como unavez finalizada ésta.

Al término de esta práctica, entregará a laEmpresa y a la Fundación un Informe acerca dela labor realizada en la Empresa.

Séptima.- Las prácticas tendrán un carácterexclusivamente formativo no existiendo en ningúncaso vinculación contractual de carácteradministrativo, mercantil o laboral.

Octava.- La Universidad de la Riojadesignará como Tutor Académico a Prof.XXXXXXX responsable del correcto desarrolloformativo de las prácticas.

Asimismo la empresa designará como TutorEmpresarial a D. XXXXX para el seguimiento yapoyo del alumno/a en la Empresa.

Novena.- Una vez finalizado el periodo delprácticas, la Empresa emitirá un Certificado parael/la alumno/a, que acredite la realización deéstas y un Informe Final de evaluación queremitirá a la Fundación (Dpto. de Empleo. Avdade la Paz 107, 26006 Logroño)

En prueba de conformidad, las partes firmanel presente documento por triplicado, a un soloefecto, en Logroño a ___ de ____ de 2007.

Por la Universidad de La Rioja Por la Empresa

Fdo.: José Martín y Pérez deNanclares

Vicerrector de RelacionesInternacionales e Institucionales

Fdo.:

Fdo: El/La alumno/a

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueba la oferta de plazas de latitulación de Enfermería para lacontinuación de estudios por trasladode expediente (curso 2007/08).

El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 demayo de 2007, aprobó la oferta de dos plazas dela titulación de Enfermería para la continuación de

estudios por traslado de expediente para elaño académico 2007/08 propuesta por la Escuelade Enfermería”.

ACUERDO del Consejo de Gobiernocelebrado el 9 de mayo de 2007, por elque se aprueba la modificación de lasNormas de Matrícula de titulacionespresenciales y en red para el curso2007/08.

El Consejo de Gobierno, en sesión de 9 demayo de 2007, aprobó la modificación del artículo 3de las Normas de Matrícula de titulacionespresenciales y en red, para el curso 2007/08,aprobadas en Consejo de Gobierno el 3 de abril de2007, habiéndose incluido un nuevo apartado 3, enlos siguientes términos:

“3.3. Anulación parcial de matrícula

Con carácter general, existirá la anulación totalde la matrícula en los casos y con los efectos quese establecen en el siguiente apartado.

No obstante, con carácter excepcional, podráconcederse la anulación parcial de la matrícula enel caso de accidente o enfermedad grave delalumno, debiendo presentar como justificante uncertificado médico en el que conste la imposibilidaddel estudiante de cursar las asignaturas de las quesolicita la anulación parcial. En este caso, seconcederá la devolución de los precios académicoscorrespondientes a las asignaturas anuladas.

El apartado 3 del artículo 3 de las Normas deMatrícula para el curso 2007/08 aprobadas enConsejo de Gobierno el 3 de abril de 2007 relativoa Anulación total de matrícula, pasa a ser elapartado 4”.

RECTOR

RESOLUCIÓN 588/2007, de 15 de mayo,del Rector de la Universidad de La Riojapor la que se habilitan los plazos para lamatrícula extraordinaria de losestudiantes afectados por lo dispuesto enla disposición transitoria primera de lanormativa de evaluación porcompensación.

La disposición transitoria primera de lanormativa de evaluación por compensación de estaUniversidad establece que quienes hayan agotadouna séptima convocatoria en alguna asignatura desu titulación y no estén matriculados de la mismaen el curso 2006/07, podrán solicitar, con carácterexcepcional, la evaluación por compensación.

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Para ello, deberán solicitar al Rectorautorización para formalizar una matrículaextraordinaria en las asignaturas afectadas, enlos plazos y con las condiciones que seestablezcan en las normas de matrícula para elcurso 2007/08. Dicho plazo será único eimprorrogable.

Por otra parte, las normas de matrícula parael curso 2007/08 establecen que quienesformalicen esta matrícula deberán abonar lacuantía que la Orden de precios públicos de laComunidad Autónoma de La Rioja establezcacomo tarifa por el concepto de documentación dematrícula para dicho curso.

En relación con lo dispuesto en lasnormativas citadas, este Rectorado ha resueltoaprobar los siguientes plazos para la solicitud yformalización de este tipo de matrículaextraordinaria:

Plazo de presentación de solicitudes deautorización dirigidas al Rector:

del 3 al 7 de septiembre.

Plazo de matrícula para quienes obtengan laautorización:

días 27 y 28 de septiembre

Logroño, 15 de mayo de 2007. EL RECTOR,José Mª Martínez de Pisón Cavero

RESOLUCION nº 560/2007, de 8 demayo, del Rector de la Universidad deLa Rioja, por la que se delimitan lasfunciones de los Vicerrectorados,Secretaría General, Gerencia yDirecciones Académicas.

Los Estatutos de la Universidad de La Rioja,de conformidad con lo establecido en la LeyOrgánica 6/2001, de 21 de Diciembre, deUniversidades, modificada por Ley Orgánica4/2007, de 12 de abril, atribuyen al Rector lafacultad para asignar a los Vicerrectores, alSecretario General y al Gerente las funcionesuniversitarias correspondientes.

Teniendo en cuenta lo anterior,

RESUELVO

Primero: Equipo rectoral.

El equipo de gobierno lo conforman elRector, la Secretaria General, el Gerente y losVicerrectorados dependientes directamente delRector, que se señalan a continuación:

*Vicerrectorado de Ordenación Académica yProfesorado

*Vicerrectorado de Relaciones Internacionalese Institucionales

*Vicerrectorado de Investigación

*Vicerrectorado de Planificación y Calidad

*Vicerrectorado de Estudiantes

*Vicerrectorado de Infraestructuras y NuevasTecnologías

Asimismo, forman parte del equipo que asisteal Rector, los Directores Académicos, que podrán,en su caso, ser convocados a las reuniones delequipo rectoral.

Segundo: Vicerrectorado de OrdenaciónAcadémica y Profesorado.

1. Corresponde al Vicerrectorado deOrdenación Académica y Profesorado:

a) Ordenación Académica:

a. Límites de acceso a la universidad.

b. Estudios de 1º y 2º Ciclo: Calendarioacadémico, Planes de OrdenaciónDocente, Prácticas regladas yConvalidaciones.

c. Estudios de posgrado.

d. Control y evaluación de la Docencia.

e. Venia docendi.

f. Nuevas Titulaciones.

b) Profesorado

a. Plantilla de profesorado.

b. Contratación, concursos y promoción.

c. Régimen del profesorado.

d. Relaciones laborales con losrepresentantes del Profesorado.

c) Formación de profesorado e innovacióndocente:

a. Relaciones con Educación Secundaria yFormación Profesional.

b. Programas de formación de profesorado.

c. CAP.

d. Proyectos de innovación docente yadaptación metodológica al EEES.

d) La presidencia de los siguientes órganoscolegiados:

a. Comisión de Convalidaciones deUniversidad

b. Comisión de Estudios de Posgrado

c. Comisión de Evaluación Docente

d. Comisión de Revisión, por delegación delRector

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2. Dependiente del Vicerrectorado seencuentra la Dirección Académica de OrdenaciónAcadémica y Profesorado, a la que correspondeasistir al Vicerrector en el ejercicio de susfunciones.

Tercero: Vicerrectorado de RelacionesInternacionales e Institucionales.

1. Corresponde al Vicerrectorado deRelaciones Internacionales e Institucionales:

a) Relaciones Internacionales:

a. Programas de movilidadinternacionales (estudiantes, pas y pdi)

b. Cooperación con universidadesextranjeras.

c. Cooperación al desarrollo.

b) Relaciones Institucionales:

a. Política de cooperación y alianzasexternas.

b. Promoción y establecimiento deconvenios.

c. Captación y promoción de prácticasexternas.

d. Promoción de empleo para tituladosUR.

e. Relaciones con Escuelas UniversitariasAdscritas.

f. Cursos de Verano.

g. Universidad de la Experiencia.

h. Coordinación de relaciones con laFundación General de la UR.

i. Cursos de Lengua y CulturaEspañolas.

c) La presidencia de la Comisión deMovilidad internacional

2. Dependiente del Vicerrectorado seencuentra la Dirección Académica de RelacionesInternacionales, a la que corresponde asistir alVicerrector en el ejercicio de las funcionescorrespondientes a esa área.

Cuarto: Vicerrectorado de Investigación.

Corresponde al Vicerrectorado deInvestigación:

a) Investigación:

a. Planes de investigación: Planes deinvestigación UR y participación enplanes regionales, nacionales yeuropeos.

b. Equipamiento para la investigación.

c. Apoyo a la investigación:

d. Fomento de la investigación.

e. Dirección académica de la transferenciade resultados de investigación.

f. Institutos, centros de I+D+I, grupos deinvestigación.

b) Doctorado:

a. Programas de doctorado.

b. Becas doctorales.

c. Becas posdoctorales.

c) Biblioteca.

a. Dirección académica de la Biblioteca.

b. Publicaciones.

c. Recursos para el desarrollo de laBiblioteca.

d. Dialnet.

d) La presidencia de los siguientes órganoscolegiados:

a. Comisión de Incvestigación.

b. Comisión de Doctorado

c. Comisión de Biblioteca, por delegacióndel Rector

d. Comisión de Publicaciones

Quinto: Vicerrectorado de Planificación yCalidad.

Corresponde al Vicerrectorado de Planificacióny Calidad:

a) Planificación y prospectiva.

a. Elaboración y seguimiento de planesUR.

b. Apoyo y promoción de los procesos deplanificación de las unidades.

c. Información para la dirección yprospectiva: Sistemas de informaciónpara la dirección. Elaboración deestudios e informes para la dirección.

d. Contratos-programa: Seguimiento deplanes de financiación plurianualligados a objetivos estratégicos.Elaboración de modelos distributivosde recursos económicos entre centrosde gastos y seguimiento de suaplicación.

e. Convergencia europea: Planificación ycoordinación. Pertinencia estratégica yviabilidad económica de los nuevosestudios.

b) Calidad.

a. Planificación estratégica de la calidad:Elaboración y seguimiento de planesUR.

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b. Sistemas de garantía de la calidad:Desarrollo e implantación.Preparación de los procesos yacreditación de titulaciones.Sistemas de información para lagestión de la calidad.

c. Asesoramiento y fomento de lacalidad: Elaboración e implantaciónde planes de mejora en lasunidades. Implantación deherramientas de gestión de lacalidad de las unidades.

Sexto: Vicerrectorado de Estudiantes.

Corresponde al Vicerrectorado deEstudiantes:

a) Estudiantes.

a. Captación y acogida de nuevosestudiantes.

b. Acceso a la Universidad.

c. Normas de admisión y matrícula.

d. Comisión de Permanencia.

e. Becas y ayudas al estudio.

f. Relaciones con asociaciones deEstudiantes.

g. Relaciones con el Consejo deEstudiantes.

h. Fiestas de la UR.

i. Antiguos alumnos: Aurea.

j. Prácticas externas.

b) Extensión universitaria.

a. Convocatoria de ayudas aactividades de ExtensiónUniversitaria.

b. Comisión de Actividades deExtensión Universitaria.

c) Deporte.

a. Actividades de recreación (lúdico-deportivas).

b. Deporte de competición: Deporteuniversitario. Deporte Federado.Torneos Sociales.

d) La presidencia de los siguientes órganoscolegiados:

a. Comisión de Valoración de becas decolaboración en el ámbito de losservicios universitarios.

b. Comisión de Permanencia

c. Comisión de Prácticas Externas

d. Comisión de Actividades Culturales y

Deportivas

Séptimo: Vicerrectorado de Infraestructuras yNuevas Tecnologías.

Corresponde al Vicerrectorado deInfraestructuras y Nuevas Tecnologías:

a) Infraestructuras, a excepción de aquellasfunciones relacionadas con la gestión económica einventario del patrimonio de la UR.

b) Nuevas Tecnologías y de la Comunicación.

a. Apoyo a la docencia e investigación.

b. Coordinación Técnica y operativa.

c. Mantenimiento y mejora de lossistemas.

d. Desarrollo de programas para lainvestigación de Nuevas Tecnologías.

e. Medios para la teleformación.

f. Equipamientos informáticos.

g. Formación de usuarios de nuevastecnologías.

c) La presidencia de la Comisión Informática,por delegación del Rector.

Octavo: Secretaría General.

1. Corresponde a la Secretaría General.

a) La asistencia al Rector y a los órganoscolegiados de gobierno.

Redacción de los libros de actas de losórganos de gobierno de ámbito general, publicaciónde sus acuerdos y expedición de documentos ycertificaciones de actas y acuerdos que legalmentele correspondan.

b) Dar fe de los actos y acuerdos de laUniversidad.

Expedición de documentos y certificaciones delos actos y hechos que consten en ladocumentación oficial de la UR.

c) Dirección de los Servicios jurídicos de laUR.

d) Dirección del Registro General, custodiadel Archivo General y del Sello de la UR.

e) La organización de los actos solemnes dela Universidad y el cumplimiento del protocolo.

f) Gestión de los procesos electorales.

g) Elaboración de la memoria anual deactividades de la UR.

h) Protección de Datos.

i) La presidencia de la Comisión de Archivo.

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2. Dependiente de la Secretaría General seencuentra la Dirección Académica responsable dela Protección de Datos, a la que correspondeasistir a la Secretaria General en el ejercicio delas funciones relacionadas con la Protección deDatos.

Noveno: Gerencia.

Corresponde a la Gerencia:

a) Dirección de la gestión y coordinación delos servicios administrativos y económicos de laUniversidad.

b) Elaboración del anteproyecto depresupuestos, la programación plurianual y lascuentas anuales.

c) Control de la gestión de los ingresos ygastos incluidos en los presupuestos de launiversidad.

d) Ejecución de los acuerdos los órganoscolegiados de gobierno y representación de launiversidad que, en materia de su competencia,el Rector le encomiende.

e) Elaboración de la Relación de Puestosde Trabajo del Personal de Administración yServicios.

f) Ejercicio, por delegación del Rector, de laJefatura de Personal de Administración yServicios.

g) Gestión de la hacienda y del patrimoniode la UR.

h) Elaboración y actualización del inventariode los bienes, derechos y obligaciones queintegran el patrimonio de la UR.

i) La Presidencia de los siguientes órganoscolegiados:

a. Comisión de Acción Social

b. Comisión Paritaria de Interpretación,Estudio y Seguimiento del ConvenioColectivo del PAS laboral

c. Comisión de Formación

d. Comité de Seguridad y Salud, pordelegación del Rector.

Décimo: Disposición derogatoria.

Quedan derogadas cuantas disposiciones deigual o inferior rango a la presente Resolución seopongan a lo establecido en la misma, y enparticular, la resolución rectoral 1307/2004, de 14de octubre, por la que se procede a especificar elorganigrama y funciones del Equipo Rectoral.

Logroño, 8 de mayo de 2007. EL RECTOR,José Mª Martínez de Pisón Cavero

OTROS

RESOLUCIÓN relativa a la reserva deplazas y al procedimiento de selecciónpara el acceso a los estudiosuniversitarios en el año académico2007/2008 en la Universidad de La Rioja.(Publicada en BOR 12-5-07. Pág. 3478)

Vistos:

1) El artículo 42.3 de la Ley Orgánica 6/2001,de 21 de diciembre, de Universidades, queestablece que corresponde a las Universidades, deacuerdo con la normativa básica que establezca elGobierno, establecer los procedimientos deadmisión de los estudiantes que soliciten ingresaren centros de las mismas, y que el Consejo deCoordinación Universitaria, velará para que lasUniversidades programen dichos procedimientosde admisión de manera que los estudiantes puedanconcurrir a Universidades diferentes.

2) El artículo 10 del Real Decreto 1504/2003,de 28 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento del Consejo de CoordinaciónUniversitaria, y establece la competencia decoordinación a la Comisión del Consejo.

3) El Acuerdo de 30 de mayo de 2006, delConsejo de Coordinación Universitaria, por el quese fijan las fechas límite de preinscripción, depublicación de listas de admitidos y de inicio delperíodo de matriculación, para el curso 2007/2008.

4) El artículo 4.5.3 w) del Decreto 37/2003, de15 de julio, de atribución de funcionesadministrativas en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3de marzo, de organización del sector público de laComunidad Autónoma de la Rioja, por el que seatribuye a la Dirección General de Educación "laplanificación, ordenación y ejecución de lasfunciones y competencias atribuidas a laConsejería en materia de enseñanza universitaria".

5) El epígrafe e) del apartado segundo de laResolución n1 3044, de 17 de septiembre de 2003,por la que se delegan competencias en lossubdirectores generales, que delega en elSubdirector General de Universidades y FormaciónPermanente "la planificación, ordenación yejecución de las funciones y competenciasatribuidas a la Consejería en materia universitaria".

6) La propuesta de la Universidad de La Rioja,de fecha 19 de abril de 2007.

7) El Informe del Servicio de Universidades eInvestigación de fecha 27 de abril de 2007.

El Subdirector General de Universidades yFormación Permanente, en ejercicio de lasatribuciones legalmente conferidas, resuelve

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Primero.- Reserva de plazas para cursarprimeros ciclos de estudios universitarios en elaño académico 2007/08.

A) Plazas reservadas a estudiantes queposean titulación universitaria o equivalente.Paralos estudiantes que estén en posesión detitulación académica universitaria o equivalente,que no les permita el acceso directo al segundociclo de los estudios que pretendan cursar, sereservará el 3% de las plazas.

B) Plazas reservadas a estudiantesnacionales de países no comunitarios ni delespacio económico europeo.Para estudiantesnacionales de países no comunitarios ni delespacio económico europeo que hayan superadolas pruebas de acceso a las Universidadesespañolas en el año en curso o en elinmediatamente anterior y siempre que susrespectivos Estados apliquen el principio dereciprocidad en esta materia, se reservará el 3 %de las plazas.

C) Plazas reservadas a estudiantes deFormación Profesional.Para estudiantes quehayan superado los estudios de FormaciónProfesional que facultan para el acceso directo alas enseñanzas universitarias que, en cada caso,se determinen, teniendo en cuenta su relacióncon los estudios de Formación Profesional quehayan cursado, se reservará un 30% de lasplazas, cuando se trate de estudios universitariosconducentes a la obtención de títulos oficiales desólo primer ciclo.En el supuesto de estudiosuniversitarios conducentes a la obtención detítulos oficiales de primero y segundo ciclo, elnúmero de plazas antes indicado será del 10 %.

D) Plazas reservadas a estudiantesdiscapacitados.Para estudiantes que tenganreconocido un grado de minusvalía igual osuperior al 33 %, o padezcan menoscabo total delhabla o pérdida total de audición, así como paraaquellos estudiantes con necesidades educativasespeciales permanentes asociadas a lascondiciones personales de discapacidad quedurante su escolarización anterior hayanprecisado recursos extraordinarios, se reservaráel 3 % de las plazas.

E) Plazas reservadas a deportistas.

1. De acuerdo al artículo 9 del Decreto76/2005, de 23 de diciembre, del Deporte Riojanode Alto Rendimiento, la Administración educativay la Universidad de La Roja facilitará larealización de sus estudios a los deportistasriojanos de alto rendimiento, procurando queéstos sean compatibles con sus horarios deentrenamientos y participaciones encompeticiones oficiales. Con el fin de hacerefectiva la adaptación de los estudios, losalumnos en esta situación la darán a conocer alos profesores en el momento de su incorporación

a la Universidad o, en su caso, al principio delcurso escolar, de modo que puedan programar conantelación suficiente los procedimientos necesariosde adaptación.

2. La Universidad de La Rioja reservará plazaspara los deportistas calificados como de altorendimiento en todas las enseñanzas conducentesa la obtención de títulos universitarios de carácteroficial, en un porcentaje del tres por ciento de lasdisponibles.

3. Para estudiantes que, reuniendo losrequisitos académicos correspondientes, elConsejo Superior de Deportes califique y publiquecomo deportistas de alto nivel antes del 15 de juniode 2007, o que cumplan las condiciones queestablezca el Consejo de Universidades, sereservará el 2% de las plazas.

F) Plazas reservadas a mayores de veinticincoaños.Para los estudiantes que hayan superado laspruebas específicas de acceso a la Universidadprevistas en el artículo 53.5 de la Ley Orgánica1/1990, de Ordenación General del SistemaEducativo, se reservará el 3 % de las plazasdisponibles en las enseñanzas a las que estosestudiantes puedan tener acceso.

Segundo.- Criterios de valoración para elacceso a un segundo ciclo que no constituyacontinuación directa del primer ciclo cursado, asícomo a enseñanzas de sólo segundo ciclo:

1º.- En el acceso a un segundo ciclo que noconstituya continuación directa del primer ciclocursado, se considerarán en plano de igualdad conlas solicitudes de los estudiantes de la Universidadde La Rioja, las de los estudiantes de otrasuniversidades.

2º.- En el acceso a estudios de sólo segundociclo, se considerarán en plano de igualdad con lassolicitudes de los estudiantes de la Universidad deLa Rioja, las de los estudiantes de otrasuniversidades que no tengan implantadas lasenseñanzas de sólo segundo ciclo que deseancursar, así como los que acrediten la residencia enLa Rioja durante los dos últimos años. Laresidencia se acreditará mediante certificado deempadronamiento.

3º.- Los requisitos de acceso debenacreditarse y cumplirse dentro del correspondienteplazo de prestación de solicitudes.

4º.- Se admitirán las solicitudes de quienescumplan los requisitos académicos establecidos enla normativa vigente, en función de las plazasdisponibles.

5º.- En el caso de la titulación de Enología, laselección se hará de acuerdo con los criteriossiguientes:

Primero. Número de años:

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- En primer lugar, quienes cumplan losrequisitos de acceso y hayan superado losestudios de primer ciclo de una titulación de dosciclos u obtenido el título de una Diplomatura oIngeniería Técnica en los años establecidos en elcorrespondiente plan de estudios.

- A continuación se ordenarán las demássolicitudes.

Segundo. La calificación del expediente:

- La calificación media del expediente secalculará de forma similar a la empleada en elproceso de admisión general a estudiosuniversitarios.- Para el cálculo de la nota mediasólo se tendrá en cuenta la parte del expedienteacadémico que se exige a efectos de ingreso enel segundo ciclo.

Tercero. Las solicitudes para simultanearestudios serán consideradas al final del procesogeneral de admisión, en el supuesto de queexistan plazas vacantes.

6º. Plazo de presentación de solicitudes:

1. Para la titulación de Enología, existirán dosfases de presentación de solicitudes: primerafase, del 21 de junio al 26 de julio, y segundafase, en caso de vacantes, del 10 al 15 deoctubre.

2. Para las titulaciones de enseñanza en red,Historia y Ciencias de la Música y Ciencias delTrabajo, existirán dos fases de presentación desolicitudes: primera fase, del 21 de junio al 19 dejulio, y segunda fase, del 14 al 28 de septiembre.

3. Para el resto de titulaciones: del 21 dejunio al 5 de octubre de 2007. En el caso de latitulación de Ingeniería Industrial, se abrirá unnuevo plazo de solicitudes, del 9 al 11 de enerode 2008.Logroño, a 30 de abril de 2007.- ElSubdirector General de Universidades yFormación Permanente, José Abel BayoMartínez.

II. NOMBRAMIENTOS

CARGOS ACADÉMICOS YREPRESENTATIVOS

RESOLUCIÓN nº 565/2007, de 9 de mayo,del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se nombra a D. Rodolfo SalinasZárate como Vicerrector de Planificacióny Calidad, y a D. Eliseo Vergara Gonzálezcomo Vicerrector de Infraestructuras yNuevas Tecnologías.

En uso de las atribuciones conferidas a micargo por el artículo 54, letra g) y 55 de losEstatutos de la Universidad de La Rioja, y comoconsecuencia de la reforma de la estructura delequipo de gobierno y la correspondiente asignaciónde funciones, este Rectorado ha resuelto

Primero: Nombrar a D. Rodolfo Salinas Záratecomo Vicerrector de Planificación y Calidad de laUniversidad de La Rioja, con efectos económicos yadministrativos de 9 de mayo de 2007.

Segundo: Nombrar a D. Eliseo VergaraGonzález como Vicerrector de Infraestructuras yNuevas Tecnologías de la Universidad de La Rioja,con efectos económicos y administrativos de 9 demayo de 2007.

Tercero: Dar traslado de la presente resolucióna los interesados en la forma legalmente prevista.

Logroño, a 9 de mayo de 2007. EL RECTOR,José Mª Martínez de Pisón Cavero

RESOLUCIÓN nº 566/2007, de 9 de mayo,del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se nombra a DirectoresAcadémicos.

En uso de las atribuciones conferidas a micargo por el artículo 34.2 y el 54, letra j) de losEstatutos de la Universidad de La Rioja, y comoconsecuencia de la reforma de la estructura delequipo de gobierno y la correspondiente asignaciónde funciones, este Rectorado ha resuelto

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Primero: Nombrar a Dª. Mª Carmen MínguezHerrero como Directora Académica deOrdenación Académica y Profesorado, conefectos económicos y adminstrativos de 9 demayo de 2007.

Segundo: Nombrar a Dª. Marta Dizy Soto,como Directora Académica de RelacionesInternacionales, con efectos económicos yadminstrativos de 9 de mayo de 2007.

Tercero: Nombrar a D. José Ignacio Ruiz dePalacios Villaverde, como Director Académicoresponsable de la Protección de Datos, conefectos económicos y adminstrativos de 9 demayo de 2007.

Cuarto: Dar traslado de la presenteresolución a los interesados en la formalegalmente prevista.

Logroño, a 9 de mayo de 2007. EL RECTOR,José Mª Martínez de Pisón Cavero

CESES

RESOLUCION nº 561/2007, de 8 demayo, del Rector de la Universidad deLa Rioja, por la que se cesa a D. RodolfoSalinas Zárate como Vicerrector deConvergencia Europea y a D. EliseoVergara González como Vicerrector deNuevas Tecnologías.

En uso de las atribuciones conferidas a micargo por el artículo 54, letra g) y 55 de losEstatutos de la Universidad de La Rioja, y comoconsecuencia de la reforma de la estructura delequipo de gobierno y la correspondienteasignación de funciones, este Rectorado haresuelto

Primero: Cesar a D. Rodolfo Salinas Záratecomo Vicerrector de Convergencia Europea de laUniversidad de La Rioja, con efectos económicosy adminstrativos de 8 de mayo de 2007.

Segundo: Cesar a D. Eliseo VergaraGonzález como Vicerrector de NuevasTecnologías de la Universidad de La Rioja, conefectos económicos y adminstrativos de 8 demayo de 2007.

Tercero: Dar traslado de la presenteresolución los interesados en la forma legalmenteprevista.

Logroño, a 8 de mayo de 2007. EL RECTOR,José Mª Martínez de Pisón Cavero.

RESOLUCION nº 562/2007, de 8 de mayo,del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se cesa a Dª. Mª CarmenMínguez Herrero como Adjunta alVicerrectorado de Ordenación Académicay Profesorado, para OrdenaciónAcadémica.

En uso de las atribuciones conferidas a micargo por el artículo 54, letra j) de los Estatutos dela Universidad de La Rioja, y como consecuenciade la reforma de la estructura del equipo degobierno y la correspondiente asignación defunciones, este Rectorado ha resuelto

Primero: Cesar a Dª. Mª Carmen MínguezHerrero como Adjunta al Vicerrectorado deOrdenación Académica y Profesorado, paraOrdenación Académica, con efectos económicos yadminstrativos de 8 de mayo de 2007.

Segundo: Dar traslado de la presenteresolución a la interesada en la forma legalmenteprevista.

Logroño, a 8 de mayo de 2007. EL RECTOR,José Mª Martínez de Pisón Cavero

RESOLUCIÓN nº 563/2007, de 8 de mayo,del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se cesa a Dª. Marta DizySoto, como Adjunta al Vicerrectoradode Relaciones Internacionales eInstitucionales, para RelacionesInternacionales.

En uso de las atribuciones conferidas a micargo por el artículo 54, letra j) de los Estatutos dela Universidad de La Rioja, y como consecuenciade la reforma de la estructura del equipo degobierno y la correspondiente asignación defunciones, este Rectorado ha resuelto

Primero: Cesar a Dª. Marta Dizy Soto, comoAdjunta al Vicerrectorado de RelacionesInternacionales e Institucionales, para RelacionesInternacionales, con efectos económicos yadminstrativos de 8 de mayo de 2007.

Segundo: Dar traslado de la presenteresolución a la interesada en la forma legalmenteprevista.

Logroño, a 8 de mayo de 2007. EL RECTOR,José Mª Martínez de Pisón Cavero

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RESOLUCION nº 564/2007, de 8 demayo, del Rector de la Universidad deLa Rioja, por la que se cesa a D. JoséIgnacio Ruiz de Palacios Villaverde,como Adjunto al Rector para asuntosrelacionados con la seguridad de datospersonales.

En uso de las atribuciones conferidas a micargo por el artículo 54, letra j) de los Estatutosde la Universidad de La Rioja, y comoconsecuencia de la reforma de la estructura delequipo de gobierno y la correspondienteasignación de funciones, este Rectorado haresuelto

Primero: Cesar a D. José Ignacio Ruiz dePalacios Villaverde, como Adjunto al Rector paraasuntos relacionados con la seguridad de datospersonales, con efectos económicos yadminstrativos de 8 de mayo de 2007.

Segundo: Dar traslado de la presenteresolución al interesado en la forma legalmenteprevista.

Logroño, a 8 de mayo de 2007. EL RECTOR,José Mª Martínez de Pisón Cavero.

III. CONCURSOS YOPOSICIONES

PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR

RESOLUCIÓN 558/2007 de 8 de mayo delRector de la Universidad de La Rioja porla que se declara concluido elprocedimiento y desierto el concurso parala provisión de una plaza de Profesortitular de Universidad en el área deconocimiento de "Trabajo Social yServicios Sociales" (Plaza nº 10/2007)(Publicada en BOE de 26-05-07. Pág.22949 y BOR de 17-05-07. Pág. 3557).

Convocada a concurso, por Resolución defecha 5 de marzo de 2007 ("Boletín Oficial delEstado" de 23 de marzo), una plaza de ProfesorTitular de Universidad, en el área de conocimientode "Trabajo Social y Servicios Sociales", adscrita alDepartamento de Derecho y no habiendo ningunasolicitud de participación al mencionado concurso,

Este Rectorado ha resuelto dar por concluidoel procedimiento y, por tanto, declarar desierta laplaza de Profesor Titular de Universidad antesmencionada.

Contra la presente resolución, que agota la víaadministrativa, cabe interponer recursocontencioso-administrativo ante la Sala de loContencioso-administrativo del Tribunal Superior deJusticia de La Rioja en el plazo de dos meses apartir del día siguiente a la publicación de lapresente resolución en el Boletín Oficial del Estado.

No obstante, los interesados podrán optar porinterponer contra esta resolución un recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante el Rector,en cuyo caso no cabrá interponer el recursocontencioso-administrativo anteriormente citado, entanto no recaiga resolución expresa o presunta delrecurso de reposición, de acuerdo con lo dispuestoen los artículos 116 y siguientes de la Ley 30 /1992,de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en su redacción dada por laLey 4/ 1999, de 13 de enero.

Logroño, 8 de mayo de 2007. EL RECTOR,José Mª Martínez de Pisón Cavero.

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RESOLUCIÓN nº. 586/2007 de 15 demayo del Rector de la Universidad de LaRioja por la que se convoca concurso deméritos para la provisión de plazas,durante el curso académico 2007-2008,de personal docente e investigadorcontratado laboral o funcionariointerino(Plazas 01- 43). (Publicada enBOR de 19-05-07. Pág. 3630).

BASES DE LA CONVOCATORIA

El presente concurso se regirá por la LeyOrgánica 6/2001, de 21 de diciembre, deUniversidades, modificada por la LO 4/2007, de12 de abril; por el Decreto 104/2003 de 29 deagosto, de la Consejería de Educación, Cultura yDeporte del Gobierno de La Rioja, que regula elrégimen jurídico y retributivo del personal docentee investigador contratado por la Universidad deLa Rioja; por los Estatutos de la Universidad deLa Rioja; por la Normativa para la selección depersonal docente e investigador interino ocontratado de la Universidad de 9 de mayo de2007; por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

1. REQUISITOS

Los requisitos que deben reunir losconcursantes, además de las condicionesgenerales exigidas por la legislación generalvigente, serán los que se detallan a continuaciónpara cada categoría:

Profesores Asociados:

a) Ejercer su actividad profesional fuera delámbito académico universitario.

b) Poseer un mínimo de dos años deexperiencia profesional relacionada con la materiaconvocada, adquirida fuera del ámbito académicouniversitario.

c) Titulación de Licenciado, Arquitecto oIngeniero, salvo en las áreas de Didáctica de laExpresión Musical e Ingeniería Eléctrica, en lasque se exigirá como mínimo el título deDiplomado universitario, Arquitecto Técnico oIngeniero Técnico.

Profesores Ayudantes Doctores:

Serán contratados a tiempo completo entredoctores que acrediten la evaluación positiva desu actividad por parte de la Agencia Nacional deEvaluación de la Calidad y Acreditación o elórgano de evaluación externa que la Ley de laComunidad Autónoma determine. Será mérito

preferente la estancia del candidato enUniversidades o centros de investigación dereconocido prestigio, españoles o extranjeros,distintos de la universidad que lleve a cabo lacontratación.

Profesores titulares de Universidad Interinos:Título de Doctor

2. SOLICITUDES

Los interesados en tomar parte en el concursoformalizarán su solicitud, dirigida al Rector de laUniversidad de La Rioja, por medio del modelo deinstancia disponible en la Oficina de Información dela Universidad (Avda. de la Paz, 93. Logroño), en laSecretarías de los Departamentos afectados y en lapáginahttp://www.unirioja.es/convocatorias_concursos/index_pdi.shtml

La presentación de solicitudes se realizará enel Registro General de la Universidad de La Rioja omediante las formas que establece el artículo 38.4de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común. Se deberánpresentar tantas solicitudes como plazas a las quedeseen concursar, acompañadas de ladocumentación correspondiente, debiendo abonarpor cada una de las plazas a las que pretendenoptar la tasa de acceso a plazas de profesorescontratados (14 euros ó 7 euros si se trata depersonal de la Universidad).

El plazo de presentación de solicitudes será de20 días naturales a partir del día siguiente al de lapublicación de la presente convocatoria en elBoletín Oficial de La Rioja.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO ALA SOLICITUD:

Cada solicitante deberá aportar para cada unade las categorías y área de conocimiento lasiguiente documentación:

Documentación general:

a) Fotocopia del Documento Nacional deIdentidad o pasaporte.

b) Fotocopia debidamente compulsada delTítulo académico oficial exigido y en el caso detitulaciones extranjeras, la correspondientehomologación o credencial del reconocimiento deltítulo.

c) Resguardo que justifique el pago de la tasade acceso (14 euros ó 7 euros si se trata depersonal de la Universidad), que se ingresará en elSantander Central Hispano, c.c. nº 0049 6684192116076478, debiendo especificar el número deplaza a la que se concursa. Esta tasa deberáabonarse por cada una de las plazas solicitadas.

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d) Currículum vitae, cuyo modelo estádisponible en la Oficina de Información y en lapágina web de la Universidad.

e) Justificación de cada uno de los méritosalegados en el currículum, que deberán seraportados íntegramente y en los que se incluiráuna certificación académica completa de losestudios universitarios. Estos documentos podránpresentarse fotocopiados, adjuntado unadeclaración jurada del interesado sobre laautenticidad de los mismos, sin perjuicio de queen cualquier momento la Comisión Juzgadora o laUniversidad pueda requerirle para que acredite laveracidad de los mismos.

Documentación específica:

f) Plazas de Profesor Asociado: además dela documentación general se deberá acreditar laexperiencia profesional, presentando originales ofotocopias compulsadas de la siguientedocumentación:

1) Servicios prestados por cuenta propia:Informe actualizado de la vida laboral expedidopor la Tesorería General de la Seguridad Social ocertificado de la mutualidad correspondiente, asícomo un certificado actualizado de estar dado dealta en el Impuesto de Actividades Económicas,indicando el periodo, el epígrafe y la actividadcorrespondiente.

2) Servicios prestados por cuenta ajenaen el sector privado: Informe actualizado de lavida laboral expedido por la Tesorería General dela Seguridad Social, así como certificado/s delorganismo/s o empresa/s de prestación deservicios en que se haga constar el periodo decontratación y el tipo de actividad desarrollada.

3) Servicios prestados por cuenta ajenaen el sector público: Hoja de serviciosactualizada.

g) Plazas de Profesor Ayudante Doctor:además de la documentación general, elaspirante deberá acreditar estar en posesión deltítulo de Doctor, haber obtenido la previaevaluación positiva de su actividad para estafigura contractual por parte de la AgenciaNacional de Evaluación de la Calidad yAcreditación o, en su caso, del órgano deevaluación externa que se determine en laComunidad Autónoma de La Rioja, mediantecertificación aportada al concurso emitida por elórgano competente para ello o mediantedeclaración jurada.

Asimismo, se incluirá una declaración juradade no haber agotado el plazo máximo de duraciónen un contrato de la misma categoría, encualquier Universidad. Y otra declaración juradade no haber agotado el plazo máximo de ocho

años de contrato en total entre la figura contractualde Profesor Ayudante Doctor y Ayudante, encualquier Universidad

El título académico y los documentos quejustifiquen los requisitos específicos deberán seraportados mediante originales o fotocopiasdebidamente compulsadas. El resto de documentospodrán presentarse fotocopiados, adjuntado unadeclaración jurada del interesado sobre laautenticidad de los mismos, sin perjuicio de que encualquier momento la Comisión Juzgadora o laUniversidad pueda requerirle para que acredite laveracidad de los mismos.

En el supuesto de que un mismo aspirantesolicite la admisión en varias plazas deberá aportaruna sola copia de toda la documentación, conexcepción de lo requerido en el apartado c), porcada categoría y área de conocimiento a que opte,indicando el número de plaza en la que incluyetoda la documentación.

Todos los requisitos, méritos y circunstanciasalegadas por los concursantes deberán poseerse ala fecha de finalización de presentación desolicitudes.

Finalizado el plazo de presentación desolicitudes, no se admitirá ningún otro documentoque justifique los méritos alegados en el currículum.

El plazo máximo para resolver el concurso seráde cuatro meses desde la publicación de lapresente Resolución en el Boletín Oficial de LaRioja. A tales efectos, dicho plazo se podrásuspender o ampliar de acuerdo con lo dispuestoen el artículo 42.5 y 6 de la Ley 30/1992 de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y de ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley4/1999 de 13 de enero.

3. COMISIONES JUZGADORAS

Los méritos justificados serán valorados poruna Comisión Juzgadora constituida por unpresidente y dos vocales. Se constituirá unaComisión Juzgadora por cada una de lascategorías docentes convocadas en cada área deconocimiento.

Su composición será la siguiente:

a) Presidente: El Director del Departamento. Elpresidente de la Comisión Juzgadora sólo podrádelegar su actuación en otro profesor delDepartamento, perteneciente a los Cuerposdocentes universitarios, cuando exista causadebidamente justificada que sea apreciada por elVicerrector competente en materia de profesorado.

b) Vocales: Dos titulares y dos suplentes, todosellos profesores permanentes pertenecientes alárea de conocimiento a la que corresponda laplaza, que deberán cumplir los siguientesrequisitos:

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b1) Para juzgar plazas de Profesor Titular deUniversidad interino los vocales deberán serCatedráticos de Universidad, Titulares deUniversidad o Catedráticos de EscuelaUniversitaria Doctores.

b2) Para juzgar plazas de Profesor AyudanteDoctor, los vocales deberán ser Catedráticos deUniversidad, Titulares de Universidad,Catedráticos de Escuela Universitaria Doctores,Titulares de Escuela Universitaria Doctores oContratados Doctores.

b3) Para juzgar plazas de Profesor Asociado,los vocales deberán ser profesores de loscuerpos docentes universitarios, ContratadosDoctores o Profesores Colaboradores.

Actuará como Secretario de la ComisiónJuzgadora el vocal de menor edad.

A las reuniones de la Comisión Juzgadorapodrá asistir con voz, pero sin voto, unrepresentante sindical del personal docente einvestigador laboral. La presencia de esterepresentante no será necesaria para la válidaconstitución ni actuación de la ComisiónJuzgadora.

La composición de la Comisión Juzgadoratitular y suplente se publicará en el tablón deanuncios del Departamento y se enviará alServicio de Gestión de Personal, que la harápública, a su vez, en la Oficina de Información dela Universidad.

4. MÉRITOS QUE SE TENDRÁN ENCUENTA EN EL PROCESO DE SELECCIÓN

Las Comisiones Juzgadoras valorarán losméritos acreditados por los aspirantes admitidosal concurso, según el baremo de la categoríacorrespondiente que figura en los Anexos a estaresolución, así como los criterios específicos devaloración que establezcan dichas Comisiones.

5. RECURSOS

Contra las propuestas de contrataciónefectuadas por las Comisiones Juzgadoras, losinteresados podrán interponer recurso de alzadaante el Rector de la Universidad de La Rioja en elplazo de un mes, a partir del día siguiente a supublicación en el tablón de anuncios delDepartamento, quien resolverá según el informevinculante de una Comisión de Revisión.

6. LISTAS DE ESPERA

A partir del concurso convocado se elaboraránlistas de espera con posibles candidatos paraaquellas contrataciones de urgencia que puedansurgir en cada área de conocimiento.

La Comisión Juzgadora, con el fin deconfeccionar la citada lista de espera, realizará,además de la valoración realizada para laadjudicación de la plaza, otra valoración de méritosde los candidatos aplicando el baremocorrespondiente y teniendo en cuentaexclusivamente el área de conocimiento de la plazaobjeto de concurso.

La lista de espera, en cada modalidadcontractual, estará conformada, por todos loscandidatos, en orden de prelación, que hayan sidovalorados en alguna de las plazas convocadas. Noobstante, la Comisión Juzgadora podrá optar porexcluir de las listas a los candidatos que noalcancen el porcentaje de la puntuación del baremoque determine, en su caso, la Comisión Juzgadora.Dicho porcentaje no podrá superar en ningún casoel 20 % de la puntuación del baremo. Este acto dela Comisión Juzgadora deberá motivarse,reflejándose en el acta de la sesión, de acuerdocon el artículo 54 de la Ley 30/92.

Contra la presente Resolución, que agota lavía administrativa, cabe interponer recursocontencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses a partir del día siguiente a su publicación enel Boletín Oficial de La Rioja ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de La Rioja.

No obstante, los interesados podrán optar porinterponer contra esta Resolución un recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante el Rector,en cuyo caso no cabrá interponer el recursocontencioso-administrativo anteriormente citado entanto no recaiga resolución expresa o presunta delrecurso de reposición, de acuerdo con lo dispuestoen los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en su redacción dada por laLey 4/1999, de 13 de enero.

Logroño, 15 de mayo de 2007. EL RECTOR,José Mª. Martínez de Pisón Cavero.

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ANEXO I

RELACIÓN DE PLAZAS CONVOCADAS CURSO 2007-2008

CÓD.PLAZANº

PLAZAFIGURA

CONTRACTUAL DEDICACIÓNAREA DE

CONOCIMIENTOPERFIL DE LA

PLAZA DEPARTAMENTODURACIÓNCONTRATO

D01ATP201 1 PROFESORASOCIADO

P2+2 BioquímicaMicrobiologíaEnológica yBioquímica

AGRICULTURA YALIMENTACION

curso2007/2008

D01ATP604 2 PROFESORASOCIADO P6+6 Ingeniería

Agroforestal

Corrección deimpacto ambientalen industriasagroalimentarias

AGRICULTURA YALIMENTACION

curso2007/2008

D01ATP605 3PROFESORASOCIADO P6+6

IngenieríaAgroforestal

Proyectos deindustriasagroalimentarias

AGRICULTURA YALIMENTACION

curso2007/2008

D15ATP3Q101 4 PROFESOR

ASOCIADO P3+3 Dibujo Dibujo CIENCIAS DE LAEDUCACIÓN 1er semestre

D15ATP415 5 PROFESORASOCIADO * P4+4 Didáctica de la

Expresión Musical

Armonía funcional,técnicas deentonación ydirección

CIENCIAS DE LAEDUCACIÓN

curso2007/2008

D15ATP4Q222 6

PROFESORASOCIADO P4+4

Psicología Evolutivay de la Educación

PsicologíaEvolutiva y de laEducación

CIENCIAS DE LAEDUCACIÓN 2º semestre

D15ATP607 7 PROFESORASOCIADO P6+6 Psicología Evolutiva

y de la Educación

PsicologíaEvolutiva y de laEducación

CIENCIAS DE LAEDUCACIÓN

curso2007/2008

D15ATP612 8 PROFESORASOCIADO P6+6 Psicología Social Psicología Social CIENCIAS DE LA

EDUCACIÓNcurso2007/2008

D14ATP201 9 PROFESORASOCIADO P2+2 Historia Antigua Historia Antigua CIENCIAS

HUMANAScurso2007/2008

D14ATP217 10 PROFESORASOCIADO

P2+2 Historia Moderna Historia Moderna CIENCIASHUMANAS

curso2007/2008

D14ATP2Q113 11 PROFESOR

ASOCIADO P2+2 Música Historia de laMúsica

CIENCIASHUMANAS 1er semestre

D14ATP315 12 PROFESORASOCIADO P3+3 Sociología Sociología CIENCIAS

HUMANAScurso2007/2008

D03AYUDR09 13 AYUDANTE

DOCTOR TC Derecho Mercantil

Docente: DerechoMercantil I yDerecho de laCompetencia y dela DistribuciónInvestigador:Derecho deSociedades:Derecho deAsociaciones

DERECHO 2 años

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CÓD.PLAZA NºPLAZA

FIGURACONTRACTUAL

DEDICACIÓN AREA DECONOCIMIENTO

PERFIL DE LAPLAZA

DEPARTAMENTO DURACIÓNCONTRATO

D03TUI12 14 TUI TC Trabajo Social yServicios Sociales Servicios Sociales DERECHO

Hasta laprovisión porfuncionario decarrera

D04ATP511 15 PROFESORASOCIADO P5+5

Comercialización eInvestigación deMercados

DirecciónComercial

ECONOMÍA YEMPRESA

curso2007/2008

D04ATP513 16PROFESORASOCIADO P5+5

Comercialización eInvestigación deMercados

DirecciónComercial

ECONOMÍA YEMPRESA

curso2007/2008

D04ATP414 17 PROFESORASOCIADO P4+4 Economía Aplicada Hacienda Pública ECONOMÍA Y

EMPRESAcurso2007/2008

D04ATP402 18 PROFESORASOCIADO

P4+4 Fundamentos delAnálisis Económico

Fundamentos delAnálisisEconómico

ECONOMÍA YEMPRESA

curso2007/2008

D04ATP421 19 PROFESORASOCIADO P4+4 Organización de

EmpresasAdministración deEmpresas

ECONOMÍA YEMPRESA

curso2007/2008

D04ATP422 20 PROFESORASOCIADO P4+4 Organización de

Empresas Producción ECONOMÍA YEMPRESA

curso2007/2008

D04ATP523 21 PROFESORASOCIADO

P5+5 Organización deEmpresas

Administración deEmpresas

ECONOMÍA YEMPRESA

curso2007/2008

D06ATP309 22 PROFESORASOCIADO P3+3 Literatura Española Literatura

Española

FILOLOGÍASHISPÁNICA YCLÁSICAS

curso2007/2008

D07AYUDR08

23 AYUDANTEDOCTOR

TC Filología Inglesa

Docente:Literatura InglesaInvestigador:RomanticismoInglés

FILOLOGÍASMODERNAS

2 años

D07ATP209 24 PROFESORASOCIADO P2+2 Filología Inglesa Lingüística Inglesa FILOLOGÍAS

MODERNAScurso2007/2008

D07ATP210 25 PROFESORASOCIADO P2+2 Filología Inglesa Lingüística Inglesa FILOLOGÍAS

MODERNAScurso2007/2008

D07ATP211 26 PROFESORASOCIADO P2+2 Filología Inglesa Filología Inglesa FILOLOGÍAS

MODERNAScurso2007/2008

D09TUI03 27 TUI TC Ingeniería Eléctrica IngenieríaEléctrica

INGENIERÍAELÉCTRICA

Hasta laprovisión porfuncionario decarrera

D09ATP307 28 PROFESORASOCIADO * P3+3 Ingeniería Eléctrica Ingeniería

EléctricaINGENIERÍAELÉCTRICA

curso2007/2008

D09ATP208 29 PROFESORASOCIADO * P2+2 Ingeniería Eléctrica Ingeniería

EléctricaINGENIERÍAELÉCTRICA

curso2007/2008

D09ATP3Q204

30 PROFESORASOCIADO *

P3+3 Ingeniería Eléctrica MáquinasEléctricas

INGENIERÍAELÉCTRICA

2º semestre

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CÓD.PLAZA NºPLAZA

FIGURACONTRACTUAL

DEDICACIÓN AREA DECONOCIMIENTO

PERFIL DE LAPLAZA

DEPARTAMENTO DURACIÓNCONTRATO

D09ATP306 31 PROFESORASOCIADO P3+3

Ingeniería deSistemas yAutomática

Administración deredes y servidores

INGENIERÍAELÉCTRICA

curso2007/2008

D10ATP505 32 PROFESORASOCIADO P5+5

Ingeniería de losProcesos deFabricación

Ingeniería deFabricación CAM

INGENIERÍAMECÁNICA

curso2007/2008

D11ATP402 33 PROFESORASOCIADO

P4+4Ciencias de laComputación eInteligencia Artificial

SistemasInformáticos

MATEMÁTICAS YCOMPUTACIÓN

curso2007/2008

D11ATP403 34 PROFESORASOCIADO P4+4

Ciencias de laComputación eInteligencia Artificial

SistemasInformáticos ybase de datos

MATEMÁTICAS YCOMPUTACIÓN

curso2007/2008

D11ATP406 35 PROFESORASOCIADO P4+4

Ciencias de laComputación eInteligencia Artificial

Fundamentos deInformática

MATEMÁTICAS YCOMPUTACIÓN

curso2007/2008

D11AYDR14 36AYUDANTEDOCTOR TC

Ciencias de laComputación eInteligencia Artificial

Docente:Estructura de laInformación enprogramaciónInvestigador:Razonamientomecanizado

MATEMÁTICAS YCOMPUTACIÓN 2 años

D11ATP301 37PROFESORASOCIADO P3+3

Didáctica de laMatemática

Didáctica de laMatemática

MATEMÁTICAS YCOMPUTACIÓN

curso2007/2008

D11ATP307 38PROFESORASOCIADO P3+3

Didáctica de laMatemática

Matemáticas y suDidáctica(Educaciónprimaria, todas lasespecialidades deMaestro)

MATEMÁTICAS YCOMPUTACIÓN

curso2007/2008

D11ATP4Q113 39 PROFESOR

ASOCIADO P4+4Estadística eInvestigaciónOperativa

Estadística (LADE:Prácticas conSPSS)

MATEMÁTICAS YCOMPUTACIÓN 1er semestre

D11ATP404 40 PROFESORASOCIADO P4+4

Lenguajes ySistemasInformáticos

Bases de datos yAdministración deSistemas deGestión de Basesde Datos

MATEMÁTICAS YCOMPUTACIÓN

curso2007/2008

D11ATP405 41 PROFESORASOCIADO P4+4

Lenguajes ySistemasInformáticos

SistemasOperativos

MATEMÁTICAS YCOMPUTACIÓN

curso2007/2008

D11ATP2Q112

42 PROFESORASOCIADO

P2+2 MatemáticaAplicada

Fundamentos deMatemáticas(LADE: Prácticascon Mathematica)

MATEMÁTICAS YCOMPUTACIÓN

1er semestre

D12ATP308 43 PROFESORASOCIADO

P3+3 Química InorgánicaExperimentaciónen Químicainorgánica

QUÍMICA curso2007/2008

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TUI: Profesor titular de Universidad Interino.

* Plazas en las que se exige como mínimo el titulo de Diplomado Univesitario, Arquitecto Técnico o IngenieroTécnico.

RÉGIMEN DE DEDICACIÓN:

P2+2: Tiempo Parcial 2 horas (6 créditos anuales y 2 horas semanales de tutoría)

P3+3: Tiempo Parcial 3 horas (9 créditos anuales y 3 horas semanales de tutoría)

P4+4: Tiempo Parcial 4 horas (12 créditos anuales y 4 horas semanales de tutoría)

P5+5: Tiempo Parcial 5 horas(15 créditos anuales y 5 horas semanales de tutoría)

P6+6: Tiempo Parcial 6 horas (18 créditos anuales y 6 horas semanales de tutoría)

TC: Tiempo Completo

ANEXO. BAREMOS PARA LA SELECCIÓN DEL PROFESORADO

Publicado en las páginas 22 a 25 del BOUR Nº 6, Junio de 2007

PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN YSERVICIOS

RESOLUCIÓN nº. 539/2007, de 27 deabril, del Rector de la Universidad de LaRioja por la que se anuncia convocatoriapública para la provisión de un puestode trabajo de personal laboral, mediantecontratación laboral de duracióndeterminada.(Publicada en BOR de 12-05-07. Pág. 3464).

De conformidad con lo dispuesto en elartículo 30 del Convenio Colectivo del PersonalLaboral de la Universidad de La Rioja, esteRectorado acuerda anunciar convocatoria públicapara la provisión de un puesto de trabajo depersonal laboral mediante contratación laboral deduración determinada.

Categoría: DIPLOMADO UNIVERSITARIO –GRUPO II-

Puesto de trabajo: Técnico de Prevención

1. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

1.1. Los aspirantes deberán reunir lossiguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o sernacional de uno de los Estados miembros de laUnión Europea o nacional de aquellos Estados alos que en virtud de tratados internacionales,celebrados por la Unión Europea y ratificados porEspaña, sea de aplicación la libre circulación de lostrabajadores en los términos en que ésta se halledefinida en tratado constitutivo de la ComunidadEuropea. También podrán participar, cualquieraque sea su nacionalidad, el cónyuge,descendientes y descendientes del cónyuge, de losespañoles y de los nacionales de otros Estadosmiembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de veintiúnaños o mayores de edad dependientes.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edady no exceder de los sesenta y cinco años.

c) No padecer enfermedad ni estarafectado por limitación física o psíquica que impidael ejercicio de las funciones propias de la plazaobjeto de esta convocatoria.

d) No haber sido separado, medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquierade las Administraciones Públicas, ni hallarse eninhabilitación absoluta o especial para empleospúblicos. En el caso de ser nacional de otro Estado,no hallarse inhabilitado o en situación equivalenteni haber sido sometido a sanción disciplinaria oequivalente que impida, en su Estado, en losmismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión, como mínimo, de unatitulación académica oficial de DiplomadoUniversitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnicoo equivalente y tener superado el curso de TécnicoSuperior en Prevención de Riesgos Laborales, enla especialidad de Seguridad en el Trabajo, lo que

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se justificará a través de la correspondientecertificación expedida por una entidad pública oprivada que tenga capacidad para desarrollaractividades formativas en esta materia y cuentecon autorización de la Autoridad laboralcompetente, de acuerdo con lo previsto en el RealDecreto 39/1997 de 17 de enero.

1.2. En el caso de titulaciones extranjerasdeberá acreditarse la correspondientehomologación.

1.3. Los requisitos y méritos deberáncumplirse el último día de plazo de presentaciónde solicitudes.

2. SOLICITUDES

2.1. La solicitud se formulará en el modeloque figura como Anexo V de la presenteresolución, encontrándose disponible enInformación de la Universidad de La Rioja(Edificio Rectorado. Avda. de la Paz, nº 93,26006-Logroño) y en la páginahttp://www.unirioja.es/convocatorias_concursos

2.2. La solicitud se presentarán en elRegistro General de la Universidad Rioja (Avda.de la Paz, nº 93, 26006-Logroño) o en la formaestablecida en el artículo 38 de la Ley deRégimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en el plazo de diez días hábiles contadosa partir del día siguiente a la publicación de lapresente convocatoria en el Boletín Oficial de LaRioja.

2.3. Los derechos de examen serán de 14euros y se ingresarán en la cuenta corrienteabierta en el Banco Santander Central Hispano anombre de la Universidad de La Rioja (C.C.C.:0049-6684-192116076478) haciendo constar“Técnico de Prevención”.

2.4. En ningún caso la presentación y pagoen la Entidad Bancaria supondrá sustitución deltrámite de presentación, en tiempo y forma, de lasolicitud ante el órgano expresado en estaconvocatoria.

2.5. De conformidad con lo establecido en elapartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,Administrativas y de Orden Social, modificado porel artículo 17 de la Ley 50/1998 de 30 dediciembre (Boletín Oficial del Estado del 31) deMedidas Fiscales, Administrativas y del OrdenSocial, estarán exentas del pago de la tasa:

-Las personas con discapacidad igual osuperior al 33 por ciento, debiendo acompañar ala solicitud certificado acreditativo de talcondición.

-Las personas que figuren comodemandantes de empleo durante el plazo, almenos de un mes anterior a la fecha de

publicación en el “Boletín Oficial de La Rioja” de lapresente convocatoria. Será requisito para eldisfrute de la exención que en el plazo de que setrate, no hubieren rechazado oferta de empleoadecuado ni se hubiesen negado a participar, salvocausa justificada, en acciones de promoción,formación o reconversión profesionales y que,asimismo, carezcan de rentas superiores encómputo mensual, al salario mínimointerprofesional.

La certificación relativa a la condición dedemandante de empleo, citada anteriormente sesolicitará en la correspondiente oficina del InstitutoNacional de Empleo, debiendo figurar en ella todosy cada uno de los requisitos.

En cuanto a la acreditación de las rentas serealizará con una declaración jurada o promesaescrita y firmada del solicitante cuyo modelo figuraen el Anexo IV. Ambos documentos deberánacompañarse a la solicitud.

2.6. Los aspirantes que padezcan algunadiscapacidad podrán detallar en la solicitud lasnecesidades específicas de adaptación y ajuste detiempo y medios que consideren oportunas paraparticipar en condiciones de igualdad. Con el fin deque el Tribunal pueda resolver con objetividad lasolicitud planteada, el interesado deberá adjuntardictamen técnico facultativo emitido por el ÓrganoTécnico de Valoración que dictaminó el grado deminusvalía.

2.7. Los aspirantes quedan vinculados a losdatos y documentos que hayan hecho constar ensus solicitudes, pudiendo demandar sumodificación únicamente mediante escritomotivado, dentro del plazo establecido parapresentación de solicitudes. Transcurrido dichoplazo no se admitirá ninguna petición de estanaturaleza.

2.8. A la solicitud se acompañará:

- Fotocopia del documento nacional deidentidad o pasaporte.

- Original o fotocopia compulsada del títuloacadémico oficial exigido y del diploma del curso deTécnico Superior en Prevención en RiesgosLaborales exigido.

- Original del resguardo del ingreso de losderechos de examen o documentos que acreditenla causa que le da derecho a estar exento.

- Currículum vitae en el que consten losméritos que posee el candidato, acompañado decopia de los documentos que los justifiquen.

3. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES

3.1. Finalizado el plazo previsto para lapresentación de solicitudes, el Rector de laUniversidad publicará en el tablón de anuncios del

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edificio Rectorado (Avda. de la Paz, nº. 93) laresolución que contenga la lista provisional deadmitidos y excluidos y la fecha, hora y lugar derealización del ejercicio.

3.2. La lista provisional de aspirantesadmitidos y excluidos recogerá la relación de losaspirantes excluidos con indicación de las causasde exclusión.

3.3. Los aspirantes excluidos u omitidosdispondrán de un plazo de diez días hábiles,contados a partir del siguiente al de la publicaciónde la resolución citada para poder subsanar eldefecto que haya motivado la exclusión uomisión, caso de que sea subsanable.

3.4. Los aspirantes que dentro del plazoseñalado no subsanen el motivo de la exclusión oaleguen la omisión, justificando su derecho a serincluidos en la relación de admitidos, serándefinitivamente excluidos de la realización de laspruebas.

4. SISTEMA DE SELECCIÓN

4.1. Ejercicio: Consistirá en una pruebateórico-práctica relacionada con las funciones delpuesto que figuran en el Anexo II.

El tiempo máximo para la realización delejercicio será de dos horas.

El ejercicio será eliminatorio y se calificará de0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobarloobtener como mínimo una calificación de 5puntos. Corresponde al Tribunal calificador lafijación del número necesario de preguntasválidamente contestadas para alcanzar lacalificación mínima exigida para aprobar elejercicio.

La fecha, hora y lugar de realización delejercicio se publicará en el tablón de anuncios deledificio Rectorado junto a las listas provisionalesde admitidos y excluidos a las pruebas selectivas.

Los aspirantes serán convocados enllamamiento único, siendo excluidos quienes nocomparezcan.

4.2. Valoración de méritos: A los aspirantesque superen el ejercicio, se les valorarán losméritos profesionales justificados en elcurrículum, aplicando el baremo que se detalla enel Anexo I.

No se tendrán en cuenta los méritosalegados en el currículum que no hayan sidojustificados documentalmente.

Finalizado el plazo de presentación desolicitudes, no se admitirá ningún otro documentoque justifique los méritos alegados en elcurrículum.

4.3. La selección se efectuará por el Tribunalformado por los miembros que figuran en elAnexo III.

4.4. El Tribunal publicará en el tablón deanuncios del edificio Rectorado la relación deaspirantes que hayan superado el ejercicio, con lapuntuación obtenida y la valoración de los méritos.Los aspirantes que no figuren en esta relacióntendrán la consideración de no aptos.

4.5. El Tribunal podrá determinar la necesidadde convocar a los candidatos aprobados paramantener una entrevista. En este caso, sepublicará la fecha, hora y lugar de celebración de laentrevista en el tablón de anuncios del edificioRectorado, junto a las listas de aprobados delejercicio, al menos con veinticuatro horas deantelación a la fecha referida.

El orden de actuación de los aspirantes seiniciará alfabéticamente por el primero de la letra"M". En el supuesto de que no exista ningúnaspirante cuyo primer apellido empiece por la letra“M”, el orden se iniciará por aquellos cuyo primerapellido comience por la letra “N”, y asísucesivamente, de conformidad con lo previsto enla Resolución nº. 457/2007, de 27 de febrero, delConsejero de Administraciones Públicas y PolíticaLocal del Gobierno de La Rioja (Boletín Oficial deLa Rioja de 1 de marzo)

La entrevista será calificada de 0 a 10 puntos,no siendo eliminatoria.

5. ADJUDICACIÓN DEL PUESTO

5.1. El Tribunal hará pública en el tablón deanuncios del edificio Rectorado la propuesta deadjudicación del puesto, que deberá recaer sobre elcandidato que, habiendo superado el ejercicio,haya obtenido mayor puntuación final. Lapuntuación final vendrá determinada por la sumadel ejercicio, la valoración de los méritos y, en sucaso, la entrevista.

5.2. Podrá declararse desierto el puesto detrabajo convocado si ninguno de los aspirantesresultase idóneo para su desempeño.

5.3. Contra la propuesta del Tribunal, loscandidatos podrán interponer recurso de alzadaante el Rector de la Universidad de La Rioja en elplazo de un mes a partir del día siguiente a supublicación en el tablón de anuncios del edificioRectorado.

5.4. La interposición del recurso no tendráefectos suspensivos de la contratación, salvo queel Rector, mediante resolución expresa aprecie quela ejecución del acto pudiera causar perjuicios deimposible o difícil reparación o aprecie en lafundamentación de la impugnación la existenciamanifiesta de motivos de nulidad de pleno derecho.A tal fin, se podrá formalizar el contrato alcandidato propuesto, sin perjuicio de que laeventual estimación del recurso pueda acarrear laextinción automática de la relación contractual.

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6. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS

6.1. El aspirante propuesto aportará en elServicio de Gestión de Personal y Retribucionesla documentación necesaria para su contratacióncomo personal laboral temporal, dentro de loscinco días hábiles a partir del día siguiente al quese haga pública la propuesta de adjudicación delpuesto en el tablón de anuncios del edificioRectorado de la Universidad de La Rioja.

6.2. Si dentro del plazo indicado, y salvocasos de fuerza mayor, no presenta ladocumentación o del examen de la misma sededujera que carece de alguno de los requisitosexigidos, quedarán anuladas sus actuaciones.

7. NORMA FINAL

7.1. Contra la presente Resolución, queagota la vía administrativa, cabe interponerrecurso contencioso-administrativo, en el plazo dedos meses, a partir del día siguiente al de lapresente publicación en el tablón de anuncios deledificio Rectorado de la Universidad, ante elJuzgado Contencioso-administrativo de La Rioja.

No obstante, los interesados podrán optarpor interponer contra esta Resolución recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante esteórgano, en cuyo caso no cabrá interponer elrecurso contencioso-administrativo anteriormentecitado en tanto recaiga resolución expresa opresunta del recurso de reposición.

Logroño, 27 de abril de 2007. EL RECTOR,José Mª. Martínez de Pisón Cavero

ANEXO I

BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE LOSMÉRITOS

Antigüedad: Se valorará por años de servicio,computándose también a estos efectos losreconocidos que se hubieren prestado conanterioridad a la adquisición de la condición depersonal laboral fijo. No se computarán losservicios prestados simultáneamente con otrosigualmente alegados.

Servicios prestados en la Universidad de LaRioja: 0,8 puntos por año completo y 0,4 puntospor fracción superior a seis meses.

Servicios prestados en otras Universidades:0,4 puntos por año completo y 0,2 puntos porfracción superior a seis meses.

Servicios en otras Administraciones Públicas:0,2 por año completo y 0,1 por fracción superior aseis meses.

Máximo de 20 puntos.

Cursos de formación y perfeccionamiento:Por la superación de cursos de formación yperfeccionamiento que tengan relación con las

actividades a desarrollar en el puesto que sesolicita, convocados por cualquier centro oficial enlos que se haya expedido diploma y certificación deasistencia. Excepcionalmente, el tribunal podrá darvalidez a otros cursos. Se otorgará la siguientepuntuación: 0,02 puntos por hora de curso.

Máximo de 25 puntos.

Titulaciones oficiales: La valoración de latitulación se hará con arreglo a la siguiente escala:

Diplomado universitario o equivalente: 3 puntos

Licenciado universitario o equivalente: 5 puntos

En el caso de presentar más de una titulación,sólo se valorará la de mayor nivel académico.

Experiencia profesional: No se consideraránperíodos de prácticas sin contrato laboral.

Servicios prestados en la categoría inferior eigual especialidad a la plaza convocada:

En la Universidad de La Rioja: 0,2 puntos pormes completo.

En otras Universidades: 0,16 puntos por mescompleto.

En otras Administraciones Públicas: 0,12puntos por mes completo.

En otras empresas: 0,08 puntos por mescompleto.

Cuando la experiencia sea en igual categoría,se valorará con el doble de puntuación.

Máximo de 35 puntos.

Méritos complementarios: Se valorarán elcurrículum profesional y conocimientos específicosque posea el candidato referentes a las funciones adesarrollar en el puesto solicitado. Máximo 10puntos.

La suma total obtenida en esta fase serádividida entre 40 para que no supere el 20% de lapuntuación final.

La antigüedad y experiencia profesional sejustificará mediante informe de la vida laboralemitido por la Tesorería General de la SeguridadSocial y certificado de los organismos o empresasde prestación de servicios en los que se hagaconstar el período de contratación, categoríaprofesional y especialidad.

ANEXO II

FUNCIONES DEL PUESTO DE TRABAJO

Planificar y promover la actividad preventiva ydirigir las actuaciones a desarrollar en casos deemergencia y primeros auxilios.

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Realizar las evaluaciones de riesgos ypromover y ejecutar medidas para el control yreducción de los mismos a la vista de los resulta-dos de las evaluaciones.

Promover y realizar actividades deinformación y formación de los trabajadores eneste ámbito.

Vigilar el cumplimiento del programa decontrol y reducción de riesgos.

Proponer cuantas medidas tiendan a mejorarla seguridad en edificios, así como la seguridad ehigiene en el trabajo.

Realizar los informes técnicos que le seansolicitados y supervisarlos realizados porempresas ajenas a la Universidad.

Efectuar el archivo y control de toda ladocumentación generada en materia deprevención de riesgos.

Realizar sugerencias para la mejora delfuncionamiento y de la calidad de la unidad en laque prestan sus servicios.

Colaborar en los proyectos de evaluación delos servicios.

Realizar las tareas necesarias, afines a lacategoría del puesto, que, por razones delservicio, les sean encomendadas por sussuperiores.

ANEXO III

TRIBUNAL

Tribunal titular

Presidente: D. Ignacio Gavira Tomás

Vocales representantes de la Universidad:Dª. Myriam Gutiérrez Galerón y Dª. MargaritaEzquerra Ortín

Vocales representantes del Comité deEmpresa: D. Fernando Ríos Puente y Dª. AnaSáenz Gaitán

Secretaria: Dª. Mª. Luisa Iriarte Vañó

Tribunal suplente

Presidente: Dª. Marta Magriñá Contreras

Vocales representantes de la Universidad:Dª. Pilar Latorre Martínez y D. Luis OtañoJiménez

Vocales representantes del Comité deEmpresa: D. Julio Negueruela Ruiz y D. JesúsBujanda Requibátiz

Secretaria: Dª. Raquel Ruiz Suso

ANEXO IV

Don/Doña...........................con D.N.I..............

Declara bajo juramento o promete, a efectosde la exención del pago de los derechos deexamen de las pruebas selectivas convocadas el27 de abril de 2007 para la provisión de un puestode trabajo en la Universidad de La Rioja en lacategoría de Diplomado Universitario, que carecede rentas superiores, en cómputo mensual, alsalario mínimo interprofesional.

En............, a........... de.............de ............

Firma

Resolución nº. 553/2007 de 4 de mayo,del Rector de la Universidad de La Riojapor la que se hace pública la adjudicaciónde tres puestos de trabajo de personalfuncionario de administración y servicios,mediante el procedimiento de libredesignación. (Publicada en BOR de 19-05-07. Pág. 3627).

Convocado mediante Resolución nº. 239/2007,de 27 de febrero, del Rector de la Universidad deLa Rioja, la provisión de tres puestos de trabajomediante el procedimiento de libre designación,este Rectorado, en uso de las competenciasatribuidas por el artículo 54 de los Estatutos de laUniversidad de La Rioja, y conforme a lo dispuestoen el artículo 20.1 c), de la Ley 30/1984 de 2 deagosto, de Medidas para la Reforma de la FunciónPública y en el artículo 56 del Real Decreto364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba elReglamento General de Ingreso del Personal alservicio de la Administración General de Estado yde Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de laAdministración General del Estado, ha dispuestohacer pública la adjudicación de los puestos detrabajo a los funcionarios que figuran en el anexo aesta Resolución.

La presente Resolución agota la víaadministrativa. Contra la misma podrán losinteresados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja, dentro del plazo de dosmeses a partir del día siguiente de la publicación deesta Resolución.

No obstante, podrán optar por interponer unrecurso de reposición, en el plazo de un mes, anteel órgano que la dictó, en cuyo caso no cabráinterponer el recurso contencioso-administrativoanteriormente citado en tanto no recaiga resoluciónexpresa o presunta del recurso de reposición, deacuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 ysiguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembrede Régimen Jurídico de las Administraciones

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Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en su redacción dada por la Ley 4/1999de 13 de enero

Logroño, a 4 de mayo de 2007. EL RECTOR,José Mª. Martínez de Pisón Cavero

ANEXO I

ADJUDICACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO

Puesto de trabajo Apellidos y nombre del Funcionario/a Cuerpo/Escala

6.00.- Director/a del Área dePersonal y OrganizaciónAdministrativa

ROSÓN ABJEAN, ROBERTO Cuerpo Técnico de Administración General dela Comunidad Autónoma de La Rioja

7.00.- Director/a del ÁreaAcadémica y de Coordinación

IRIARTE VAÑÓ, Mª. LUISA Escala Superior de Técnicos de Admón. de laUniversidad de La Rioja

8.00.- Director/a del ÁreaEconómica y de la Investigación

BRAVO MENÉNDEZ-RIVAS,GUILLERMO

Cuerpo Superior de Interventores y Auditoresdel Estado

IV. PUBLICADO EN OTROSBOLETINES OFICIALES

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES deinterés publicadas en BOE durante elmes de mayo de 2007.

RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2007, de laSecretaría de Estado de Universidades eInvestigación, por la que se dictan instruccionespara el acceso a la Universidad española en elpróximo curso 2007-2008, de los alumnosprocedentes de sistemas educativos a los que esde aplicación el artículo 38.5 de la Ley Orgánica2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (BOE de10-05-07. Pág. 20125).

CORRECCIÓN de errores de la Resoluciónde 7 de mayo de 2007, de la Secretaría deEstado de Universidades e Investigación, por laque se dictan instrucciones para el acceso a laUniversidad española en el próximo curso 2007-2008 de los alumnos procedentes de sistemaseducativos a los que es de aplicación el artículo38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, deEducación. (BOE de 12-05-07. Pág. 20597).

ANUNCIO de la Universidad de La Rioja porel que se da publicidad a la adjudicación delcontrato de servicios de vigilancia y de control dela receptora de alarmas, aprobada medianteResolución n.º 345/2007, de 13 de marzo.(BOEde 22-05-07. Pág. 5712).

ANUNCIO de la Universidad de La Rioja por elque se da publicidad a la adjudicación del contratode suministro de equipamiento informático paraaulas y personal de administración y servicios: 109pc´s (lote I) y 21 Macintosh (lote II), aprobadasmediante Resolución 32/2007, de 4 de enero, yResolución 35/2007, de 8 de enero,respectivamente.(BOE de 22-05-07. Pág. 5712).

Anuncio de la Universidad de La Rioja por elque se da publicidad a la adjudicación del contratode suministros de un sistema de medida defotosíntesis y fluorescencia, aprobada medianteResolución n.º 160/2007, de 12 de febrero. (BOEde 22-05-07. Pág. 5712).

ANUNCIO de la Universidad de La Rioja por elque se da publicidad a la convocatoria de concursopúblico para la adjudicación del contrato de obrasde reforma de iluminación en el edificio Vives,aprobada mediante Resolución nº 593/2007, de 18de mayo. (BOE de 24-05-07. Pág. 5815 y BOR de24-05-07. Pág. 3850).

BOLETÍN O DE LA RIOJA

DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES deinterés publicadas en BOR durante el mesde mayo de 2007.

ACUERDO general sobre jornada, vacaciones,permisos y licencias del personal de administracióny servicios de la Universidad de La Rioja. (BOR de12-05-07. Pág. 3468).

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RESOLUCIÓN n° 554/2007, de 4 de mayo,del Rector de la Universidad de La Rioja, por laque se declaran aprobadas las listasprovisionales de aspirantes admitidos a participaren la provisión de una plaza de personal laboralen la categoría de Diplomado Universitario GrupoII- en la especialidad Económica. (Publicada enBOR de 12-05-07. Pág. 3466).

RESOLUCION de la Comisión Mixta delConvenio-Marco Parlamento de La Rioja-Universidad de La Rioja convocando unPrograma de formación avanzada para alumnosde último curso de Derecho. Curso 2007/2008.(BOR de 15-05-07. Pág. 3526).

RESOLUCIÓN de la Comisión Mixta delConvenio Parlamento de La Rioja-Universidad deLa Rioja, creando un procedimiento de concesiónde Bolsas y Ayudas de Viaje de acuerdo a lasBases y términos que a continuación se detallan.(BOR de 15-05-07. Pág. 3526).

ANUNCIO de la Universidad de La Rioja porel que se da publicidad a la convocatoria deconcurso público para la adjudicación del contratode suministro de cañones de video para laFacultad de Ciencias Empresariales, aprobadomediante Resolución nº 579/2007, de 14 de mayo(BOR de 21-05-07. Pág. 3728).

V. INFORMACIÓN DEINTERÉS ACADÉMICO

OTRAS INFORMACIONESCONVENIOS firmados por la Universidad de

La Rioja.

CONVENIO de Colaboración entre el Gobiernode La Rioja y la Universidad de La Rioja parafinanciación del master universitario en Turismoenológico.

CONVENIO de Cooperación entre el Gobiernode la Rioja y la Universidad de La Rioja para lafinanciación de infraestructuras científicas yequipamiento.

PROTOCOLO general entre la ComunidadAutónoma de La Rioja y la Universidad de La Riojapara la colaboración en materia de cooperación aldesarrollo.

ADENDA al Protocolo General entre lacomunidad Autónoma de La Rioja y la Universidadde La Rioja para la colaboración en materia decooperación al desarrollo por la que se establece elplan operativo para el año 2007.

CONVENIO Marco de Colaboración entre laUniversidad de La Rioja y la Institución el Defensordel Pueblo de la Provincia de Córdoba-Argentina.

ADENDA al convenio de colaboración entre elExcmo. Ayuntamiento de Santo Domingo de laCalzada, la Fundación Gustavo Bueno, y laUniversidad de La Rioja para la realización decursos de verano

ADENDA al Convenio Marco de Colaboraciónentre el Excmo. Ayuntamiento de Alfaro y laUniversidad de La Rioja, para la realización de uncurso de verano.

CONVENIO de Movilidad de Personal deAdministración y Servicios (PAS) del grupo 9 deUniversidades.

CONVENIO de colaboración entre la AgenciaNacional de Evaluación de la Calidad yAcreditación y la Universidad de La Rioja para lapuesta en marcha del Programa de Apoyo a laEvaluación de la Actividad Docente del ProfesoradoUniversitario (DOCENTIA).

CONVENIO de Colaboración entre la Agendade Desarrollo Económico de La Rioja y laUniversidad de La Rioja para el desarrollo delEncuentro de Economía Aplicada.