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Actualización en Comercio Exterior
Noviembre 2011 Eduardo Reyes Díaz-Leal
les da la más cordial bienvenida a su Curso:
Bufete Internacional y Despacho de Comercio Exterior MM
VALORACIÓN Y SU
MANIFIESTO
Elementos sustantivos del SAM
Valoración
Pedimento Regímenes
Clasificación
Tasa
RRNA<
Responsable aduanero [solidario]
Proporcionar información precisa de la operación
comercial
Contribuyente Agente [Apoderado]
Aduanal
Determinación de las contribuciones y
declaración protestada de la base gravable
Responsabilidad de Valoración Aduanera
Artículo 59 LA Quienes importen mercancías deberán cumplir, sin perjuicio de las demás obligaciones previstas por está Ley, con las siguientes: … III. Entregar al agente o apoderado aduanal que promueva el
despacho de las mercancías, una manifestación por escrito y bajo protesta de decir verdad con los elementos que en los términos de esta Ley permitan determinar el valor en aduana de las mercancías. El importador deberá conservar copia de dicha manifestación y obtener la información, documentación y otros medios de prueba necesarios para comprobar que el valor declarado ha sido determinado de conformidad con las disposiciones aplicables de esta Ley y proporcionarlos a las autoridades aduaneras, cuando éstas lo requieran.
Obligaciones del Importador
Quienes importen o exporten mercancías están obligados a presentar ante la aduana, por conducto de agente o apoderado aduanal, un pedimento en la forma oficial aprobada por la Secretaría. En los casos de las mercancías sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias cuyo cumplimiento se demuestre a través de medios electrónicos, el pedimento deberá incluir la firma electrónica que demuestre el descargo total o parcial de esas regulaciones y restricciones . Dicho pedimento se deberá acompañar de:
l. En importación:
Artículo 36 LA
Continúa
Documentación utilizada en el Despacho Aduanal
a) La factura comercial que reúna los requisitos y datos que mediante reglas establezca la Secretaría, cuando el valor en aduana de las mercancías se determine conforme al valor de transacción y el valor de dichas mercancías exceda de la cantidad que establezcan dichas reglas.
…
II. En exportación: a) La factura o, en su caso, cualquier documento que
exprese el valor comercial de las mercancías. …
Documentación utilizada en el Despacho Aduanal
Los agentes o apoderados aduanales determinarán en cantidad líquida por cuenta de los importadores y exportadores las contribuciones y, en su caso, las cuotas compensatorias, para lo cual manifestarán en la forma oficial aprobada por la Secretaría, bajo protesta de decir verdad:
I. La descripción de las mercancías y su origen.
II. El valor en aduana de las mercancías, así como el método de valoración utilizado y, en su caso, la existencia de vinculaciones a que se refiere el artículo 68 de esta Ley en el caso de importación, o el valor comercial tratándose de exportación.
III. La clasificación arancelaria que les corresponda.
IV. El monto de las contribuciones causadas con motivo de la importación o exportación y, en su caso, las cuotas compensatorias.
Artículo 81 LA
Declaración en el Pedimento bajo Protesta
El agente aduanal será responsable de la velocidad y exactitud de los datos e información suministrados, de la determinación del régimen aduanero de las mercancías y de su correcta clasificación, así como de asegurarse que el importador y exportador cuenta con los documentos que acrediten el cumplimiento de las demás obligaciones que en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias rijan para dichas mercancías, de conformidad con lo previsto por esta Ley y por las demás leyes y disposiciones aplicables.
El Agente aduanal no será responsable en los siguientes casos:
…
Artículo 54 LA
Continúa
Responsabilidad del Agente Aduanal y sus Excepciones
II. De las contribuciones y, en su caso, cuotas compensatorias omitidas por la diferencia. Entre el valor declarado y el valor en aduana determinado por la autoridad, cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
a) Cuando el valor declarado en el pedimento sea inferior al valor de transacción de mercancías idénticas o similares determinado conforme a los artículos 72 y 73 de esta Ley, en menos de 40%.
b) Cuando las mercancías se encuentren sujetas a precios estimados por la Secretaría, siempre que el valor declarado sea igual o mayor al precio estimado o se haya otorgado la garantía a que se refiere el artículo 86-A, fracción I, de esta Ley.
Responsabilidad del Agente Aduanal y sus Excepciones
Falla en la
valoración
Omisión de contribuciones multas y recargos
Cancelación de la patente
Suspensión del padrón
Embargo precautorio
Dato inexacto
Delito de contrabando
Compra-Venta
Compra-venta Afectada
Condicionada
Desconocimiento
No compra-venta
IMMEX RFE
Sin pago arancel
Valor de transacción
Valor provisional
Idénticas
Similares
Unitario de venta
Reconstruido Objetivo
Flexible
Métodos de Valoración
Familia
Socios
Laboral
Controladora
Decisiones
Elaborar estudio de grado de afectación LA 69/70 y RCGCE 1.5.3.
Empresas Vinculadas LA 68
Principales Incrementables
(hasta 56 LA)
Seguros Individual Global/año
Transporte y Almacenaje
Maniobras Gastos Aduanales
Regalías Gastos de fabricación
Transporte
Seguro
Maniobras
Almacenaje
Instalaciones
Empaques
Dividendos
Pagos diversos
Posteriores al 56 LA Otros
Principales Gastos no Incrementables o Decrementables
Elementos Determinación y
declaración
Del importador
Al Agente Aduanal
Manifiesto de Valor
a) Vendedor (no necesariamente proveedor)
Existencia de vinculación
Influencia (afectación) en el valor
b) Importador (no necesariamente comprador)
Firma 1 Representante Legal
c) Agente Aduanal
d) Factura. Pueden ser más de 3 facturas
e) Método (s) de valoración
1º Más de un método
2º Partidos por método
Firma 2 del Representante Legal
f) Anexos Facturas (compra-venta)
Declaración de valor (métodos alternos)
Hasta aquí (Fracción I) Información general
II. Valor de transacción
Precio pagado [II. 1]
Precio completo
Precio integrado
Conceptos no incrementables, incluidos en
la factura
‒ Si aparecen desglosados
Firma 3 del Representante Legal [II. 2]
II. 3. Documentación Relación de facturas con conceptos no
incrementables
Si existen, pero no anexa marcar
II. 4. Concepto de lo no incrementable Incrementables
Incluidos o no
Firma 4 del representante legal
II. Opción de acompañar facturas de los
incrementables Si se anexan: relacionar
Si no se anexan: describir
III. Otros métodos Declaración del por que se usan otros
métodos
Firma 5 del representante legal
Por causa extraordinaria
III. Relación de métodos vs partidos Opción para acompañar documentos
Relacionarlos
IV. Importación temporal Declaración sobre el régimen
Valor provisional
Anexo documento objetivo
Firma 6 del representante legal
Si no se anexa relacionar partida y valor
V. Opción semestral
Factores constantes
Firma 7 y final
RELEVANCIAS DE LAS
REFORMAS A LAS REGLAS
DEL COMERCIO EXTERIOR
Contrabando comercial
Piratería
Terrorismo
Droga Dinero Armas Fantasmas
Aduanales
Triangulación
Reclasificación
Permisos
apócrifos
Subvaluación
Sobrevaloración
exportaciones
Uso dual
Explosivos
Precursores
Contaminantes
2000-2006 2007-2012
VALUNET Cadena de Investigación
Glosa Generalizada Glosa Especializada
Monitoreo de Embarques Modus Operandis
Información INTRA-SAT Información Internacional
Empresas Certificadas PACS
Reconocimientos Despacho Electrónico
Visualización SOIA Paperless (RCG3.1.4)
Aduana Modelo Reingeniería de Procesos
Política Aduanera
31.Dic.2001 Ley Aduanera
1982 Acuerdo Interno
1991 Acuerdo Público
1994 Reglas Fiscales y Comercio Exterior
1997 División de Reglas
2002 Miscelánea de Comercio Exterior
2007 Reglas de Especialización
06.Jun.1996 Reglamento Aduanero
¿Cómo se ha adecuado la Aduana México?
Política Aduanera de
México
Presencia no intrusiva
Facilitación y Control
Gestión Integral de
Riesgo
Reducción de costos y tiempos
[Eficiencia y Eficacia]
¿Qué son las Reglas?
Las disposiciones fiscales que establezcan
cargas a los particulares y las que señalan
excepciones a las mismas, así como las que
fijan las infracciones y sanciones, son de
aplicación estricta.
…….
Artículo 5 CFF
Disposiciones Legales
Reglas de Carácter General
Criterios Exenciones Implementación
Reglamentos
CFF 33-I, inciso g)
Las autoridades fiscales para el mejor cumplimiento de sus facultades, estarán a lo siguiente:
I.- Proporcionarán asistencia gratuita a los contribuyentes y para ello procurarán:
g) Publicar anualmente las resoluciones dictadas por las autoridades fiscales que establezcan disposiciones de carácter general agrupándolas de manera que faciliten su conocimiento por parte de los contribuyentes; se podrán publicar aisladamente aquellas disposiciones cuyos efectos se limitan a periodos inferiores a un año.
Estructura de Reglas de Carácter General
2011-2012 (395 Reglas)
I. Disposiciones Generales y
Actos Previos
III. Despacho de mercancías
IV. Regímenes Aduaneros
II. Entrada, salida y control de mercancías
V. Demás Contribuyentes
VI. Actos posteriores al
despacho
Criterios e Instrucciones
Aplicación obligatoria para el
SAT
Incrementan seguridad y
certeza
Fortalecen la Política Aduanera
del País
Reglamentan Disposiciones
Legales
No pueden establecer
obligaciones adicionales
Otorgan diversas facilidades
No las consideran los Tribunales ni
Juzgados
Esencia
RCGMCE
24 RCG. Eliminación de la referencia al Anexo I
4 RCG cambiaron a la Autoridad competente
3 RCG se agruparon las disposiciones generales
4 RCG se eliminaron para hacerlos Resolutivos
35 RCG. Eliminaron los procedimientos para integrarlos en el Anexo de Instructivo, que forma parte del Anexo I
7 RCG. Eliminan la referencia que la Fiel es la del CFF
78 RCG. Se perfeccionó su redacción y técnica legislativa
5 Anexos desaparecieron
Reformas Generales
Anexos
Que
pasaron la
“crisis”
1. Declaraciones, avisos, formatos
2. Multas
9. Exención 61- XIV salud
4. Horarios
7, 8 . Exenciones a padrón
10. Sectorial Incrementa precursores
químicos
e instructivos de trámite y Manifiesto de Valor
19. Estadística
12. Exportación
11, 15, 16, 17, Tránsitos
13. AGA
21. Aduanas exclusivas
14.
2º Reconocimiento
22. Llenado
23. Muestreo
24. Inventarios
25. Garitas
26. NOM S
28. Sensibles
27. IVA
29. Trámites
20. RFTER LA 135
RCG 4.7.1
3. Desglose IVA
Que desaparecen
18. Datos de
Identificación 6. Criterios de
clasificación
5. Instructivo del Manifiesto Valor
Anexos
Reformas a la RCGMCE
2011-2012
ERA HOY ES 4.3.25. 4.3.23
Reformas a las Operaciones
virtuales y RCG 5.1.5
R1
LA 112 Primer Párrafo
1) De temporal [IMMEX] A IMMEX IAT/ MV [depósito fiscal] Ya no aparece a RFE por
la nueva 4.8.9 que dice que es por Aviso
2) De proveedor nacional Facturando al extranjero
IMMEX
IAT/ MV
RFE
Transferencia
Vía virtuales
V1
Operaciones Aplicables
a) R Transmisión al SAAI con pago PECA
R día de la transferencia
Mismo día: pedimento “entrada”
Un día después: retorno/ exportación
[2P] Pedimentos consolidados
Semanales [5P] siguiente semana
Mensuales [5P] primeros diez días hábiles
Fracción I.- Procedimiento
Una sola empresa y un solo proveedor
R
Análisis 4.3.23
[3p] Transmisión en la 1ª transferencia
Origen y destino
Poner no. IMMEX/ Autorización en factura/RFC
R [8p] La validación y PECA es el “semáforo”
R [9p] Presentación extemporánea
Durante vigencia del 108
No inicio del CFF 42
Pago de las multas
[10p] Caso contrario el exportador es responsable
Análisis 4.3.23 (Cont)
b) Pedimento/ remesa por vehículos de 25 tons., salvo semirremolque 50 tons., salvo FFCC, salvo permisos SCT
c) [PP] Plazo 6 meses para exportar o cambiar de régimen
[2p] Excepto: Certificados/Proveedor Nacional/108-II/III
[3p] Transferencia con transformación excepto IMMEX servicios
[4p] Plazos excedidos regla 2.5.2.
Análisis 4.3.23 (Cont)
d) [UP] Las reexpediciones no son virtuales se presentan en la sección/garita
Copia pedimento/remesa de importación
e) [PP] Cambio de régimen, procedimiento RCG 1.6.7. aplicación TLC
Transformadas
Regla de origen CDO expedido dentro 1 año “IN”
Anexo 24
En tiempo
CDO vigente
Análisis 4.3.23 (Cont)
e) Continuación… R [2p] Se permite el cambio de régimen aún sin
pedimento virtual
RCG 1.6.9. cambio de régimen y
transferencias del a108- III
Aplicación PROSEC en el F5 Depreciación
Análisis 4.3.23 (Cont)
II. R [PP] Instrucción para considerar válidas las operaciones
a) Incluidas en el Anexo 24
b) Se cuente con lo siguiente:
Factura
Traslado físico
Proceso de elaboración
Análisis 4.3.23 (Cont)
2.2.7. Desistimiento por carta (No K1)
3.1.22. 2%diferencia parte II a granel
3.7.3. Despacho de mensajerías
6.2.1. Rectificación de FA con unidad
Traspaso de Beneficios de Certificadas a todo el Mundo
Establecen instructivo y determinan autoridad
Dudas de clasificación
2o más partidas
Operaciones durante trámite • Tasa máxima •Todas RRNA
Afirmativa Ficta
Rectificación Tiene efectos a
partir de la consulta
Consulta
LA 47
Nueva Regla 1.2.6
Cuadernos ATA
Es un documento de Admisión Temporal de
mercancías válido en los países miembros de la
Cadena ATA que sustituye a los documentos
nacionales de exportación e importación
temporal, en ciertos supuestos y cumpliendo
determinados requisitos.
Reforma LA 106/115
¿Qué en un Cuaderno ATA?
Inicio Mayo 2011
7 Aduanas DF NLD VER MNZ GDL PROG CAN CUN
Garante CANACO
Cuaderno ATA
periodo
prueba
3 opciones Ferias Competencias Herramientas
1.5.5.
Incrementan la no presentación de la hoja de
cálculo en valor provisional adicional a la
presentación del manifiesto de valor.
Valoración
La autoridad es HACIA
Se emiten ordenes de embargo
Se emiten, ocasionalmente, alertas, no legales, vía prevalidador
No existe dictamen oficial
Textiles Ropa Juguetes
Subvaluación
R n
o a
plic
a
An
ex
o 1
0
2.4.5. Omisión del pedimento en envíos por FFCC
Aviso
Sino se cuenta con al información de la mercancía, se podrá comprometer a entregarlas antes del retorno
Plazo para retorno, decía 24 hrs, dice 15 días
Se puede justificar arribo extemporáneo
R
R
R
Capítulo 2.4 Control en Aduana
Regularización de contrabandos
Fracción III. Adicionan CAG para vehículos
UP. No aplica la regla si se está bajo facultades CFF42
2.5.1.
2.5.2. Regularización de temporales.
Fracción II. Eliminan “descargo” en desperdicios
Adicionan “vigente” sobre certificados de origen [también 2.5.4. y 7]
R
R
R
R
Capítulo 2.5 Regularizaciones
Diferencia en la clasificación de los certificados
Era la 3.1.8.
Mejor redacción
Eliminación del CPO
Sistema de clasificación diferente
SACDM versión “vieja”
Frac. II Nueva. Cuando la autoridad determine una inexacta clasificación
Fusión Regla 3.1.9. “vieja”
Fracción genérica 98´s
Precisión. La descripción de certificado, pedimentos e identificación coincida
3.1.7.
R
R
Capítulo 3.1
Era 3.1.12. Código, grabación y FIEL
I. Impresión del código de barras
II. Código en remesas
III. Exención de la grabación
IV. Se elimina que la FIEL sustituye a la autógrafa
3.1.10.
Era 3.1.31. aviso de la Regla 2ª TIGIE
Hoy es de 12 meses 3.1.26.
Capítulo 3.1 (Cont)
Depósito Fiscal
AGD 4.5.1 - 4.5.16.
DUTY FREE 4.5.17 - 4.5.28.
EXPOSICIONES 4.5.29
IAT / MV 4.5.30 y 4.5.31
El Capítulo se dividió
Se prohíbe la importación a DF por extranjeros de los capítulos 50 al 64 y de las partidas de juguetes
4.5.8.
Simplifican trámite Duty Free
4.5 Depósito Fiscal Desapareció AGD Certificado
Nuevo Título
Actos posteriores al
despacho
RFC Cantidad y unidad
Régimen Régimen
Datos de identificación
Origen
Rectificación
de Pedimentos
Para efectos del artículo 89 de la Ley, los interesados dentro de los 30 días siguientes a la realización de la operación, podrán solicitar a la ACNCEA o la ACNI, según sea el caso, autorización para efectuar la rectificación de los datos contenidos en el pedimento, incluso los conceptos que prevén las fracciones del citado artículo, siempre que se acredite que se trata de errores evidentes que impliquen que una operación con los datos declarados, sea de imposible realización.
Para tal efecto, se presentará solicitud mediante escrito libre, a la que se anexará lo siguiente:
I.Copia del pedimento respectivo.
II.Los documentos que permitan a la autoridad tener la certeza de que los datos asentados en el pedimento constituyen errores evidentes.
Nota: No importa el color del semáforo
6.1.1 Rectificación Integral de Pedimento
Capítulo 6.2
Declaraciones
Complementarias
Pago: Pedimento global complementario
Ajuste base gravable (precio transferencia y ajuste seguro)
Con impuesto a pagar
17ª y 21 (CFF) fecha más antigua
Período fiscal antes declaración
6.2.1
PAMA Express
151. III. No pedimento No declarados
IV. Excedentes
Solo en omisión de contribuciones Allanamiento (10 días) ‒ Pago con multas vía pedimento nuevo
Liberación de la mercancía
Nueva. PAMA express en despacho 3.7.29.
Nueva Regla
Para los efectos del artículo 151, fracciones III y IV de la Ley, cuando derivado de la práctica del reconocimiento aduanero la autoridad detecte irregularidades que actualizan los supuestos a que se refieren las fracciones citadas, notificará el acta que al efecto se levante de conformidad con el artículo 150 de la Ley, en la que hará constar el inicio del procedimiento administrativo correspondiente, y siempre que la irregularidad detectada implique únicamente una omisión de contribuciones y el importador manifieste su consentimiento, la autoridad determinará éstas y aplicará la multa respectiva, con el fin de que el importador tramite el pedimento de importación definitiva con el que subsane la irregularidad detectada, dentro del plazo de 10 días, contados a partir del día siguiente a la notificación del acta. Una vez pagadas las contribuciones y la multa correspondiente, la autoridad deberá poner a disposición del importador las mercancías objeto del procedimiento; dando por concluida la diligencia.
3.7.29.
Procedimiento Simplificado de Liberación de Mercancía embargada en Reconocimiento
Resolución en Materia de Comercio Exterior 2011-2012
Principales
Reformas
Instructivos, claves y Anexos
Redacción, precisión jurídica y renumeración
Padrones
Deposito Fiscal 50-64
Consulta de Clasificación
Reglas Generales Encomienda de Vehiculos
Traspaso de Beneficios de Certificadas a Todos y eliminación de beneficios
Immex Terciarización
Prorrogas
Rectificación de pedimentos
Reexpediciones
Operaciones Virtuales
Avisos de FFCC
Manifiesto de Valor y Hoja de
Cálculo
Intercambio de Información
Desperdicios
Robo de envases
Diferencias de Clasificación
Diferencias en Parte II
Aviso de la Regla 2a
Cuadernos ATA
Intercambio de Información
VENTANILLA ÚNICA DE
COMERCIO EXTERIOR
MEXICANA (VUCEM)
Es una herramienta que permite el envío de información electrónica una sola vez ante una única entidad para cumplir con todos los requerimiento del comercio exterior.
¿Qué es?
VUCEM
Agilizar y simplificar los flujos de información entre el comercio y el gobierno y aportar beneficios significativos para todas las partes involucradas en el comercio fronterizo. Esto es posible a través de la simplificación, homologación y automatización de los procesos de gestión
¿Qué busca lograr?
Entrega de información electrónica en un solo punto de contacto
Atención permanente desde cualquier lugar: Reducción de costos y tiempos para los
exportadores e importadores Incrementa la transparencia Aumento de la certidumbre jurídica Eliminación de formatos en papel Mejora la seguridad de la información
¿Qué beneficios obtendremos?
VUCEM
Avances
Plan de Trabajo VU
Plan de Trabajo VU
Regulación base cero en trámites
Se realizaron 11 propuestas de modificación a las RCGMCE de los trámites de AGA
Se esta trabajando en los proyectos de modificaciones a los Decretos y Acuerdos de la SE
Versión final de las condiciones y términos de uso de la VDMCE
Servicios de Consultoría
Se continua con la homologación de datos con WCO y datos por trámite
Se realizaron Perr Reviews para Casos de Uso y Diseño de requerimientos de Negocio para trámites y modalidades desarrollados de SE y AGA
Se avanzo con el modelado de flujos y subservicios solicitados en el levantamiento para modelado de ARIS DGN
Se avanzó con la planeación para el modelado de domensión de tecnología para SE y AGA
Servicios de Digitalización
Se entregaron los SOMS y el reporte de avance del mes de agosto
Al 30 de agosto se llevan digitalizados alrededor de 33,360,284 hojas de pedimentos histórico
Servicios de Digitalización
Servicios de Implementación de Procesos
Actualmente se continua realizando los trabajos para la implementación de los trámites de la AGA y SE
Ya se encuentran documentados 16 Subservicios de AGA y 48 modalidades de la SE, lo que representa la elaboración de más de 1400 documentos (Diseño de requerimientos de negocio: DRN, Especificación de Caso de USO: ECU y Especialización de Interacción de Usuario: EIU)
Servicios de Implementación de Procesos
Ya se encuentran 23 puntos tácticos terminados y documentados
Servicio de Conectividad Inalámbrica
Implementación de puntos de acceso inalámbricos
Servicio de Conectividad Inalámbrica
Servicios Desagregados
Ya se encuentra desarrollados los planes de: Patrocinio, Sensibilización, Comunicación (Interna), Campaña de comunicación externa
Se realizó el scouting en Veracruz para la grabación del spot de TV
Se cuenta con la versión estática web y la versión móvil
Plan de Patrocinio
Servicios de Sistema e Infraestructura
Se realizó el árbol de decisiones para la mesa de servicio Ventanilla Única
Se delimitaron los servicios para el manejo del centro de datos
Se cuenta con los servidores de UAT
Comprobante de Valor
Electrónico (COVE)
La transmisión electrónica de in “Comprobante de Valor Electrónico” previa al despacho aduanero declarando la información que actualmente se contempla en las facturas, tanto para la importación/exportación.
Se espera homologar en un archivo electrónico (XLM) a aquellos documentos de cruce (facturas, proformas, listas de embarque, etc.), así como los documentos que amparan el valor de las mercancías (facturas fiscales, facturas de importación, notas de remisión, declaraciones de valor, etc.) y eliminar la presentación física de estos.
LA AGA considera…
Estos serán almacenados en Ventanilla Única, mediante un portal en internet o servicio web, el cual no tendrá costo. Los cual implica que el costo de la importación/exportación NO incrementa
Con este esquema se considera el 100% de las operaciones tanto importación como exportación, se eliminara dicho papel
Aduanas contará con la información en línea y se podrá realizar el Reconocimiento Aduanero sin ningún problema ya que se podrá consultar la información de manera inmediata
Se cuenta con la información de los previos de consolidado previa al despacho
Beneficios
El transportista deberá presentarse ante la aduana sólo con el código de barras impreso en el pedimento
simplificado
Se activa el Mecanismo de
Selección Automatizada
En caso de rojo
El transportista se presenta ante la plataforma de aduanas y el
verificador tendrá una computadora portátil para
consultar la información del Comprobante de Valor Electrónico
previamente transmitido En caso de verde
La mercancía es desaduanada
AUDITORIAS EN
COMERCIO EXTERIOR
La Administración General de Auditoría Fiscal Federal tiene como objetivo combatir la evasión y la introducción ilegal de mercancías, generando percepción de riesgo para propiciar el cumplimiento oportuno y adecuado de las obligaciones fiscales y aduaneras.
En ese contexto y mediante el uso de mecanismos e información integrados, se busca detectar conductas irregulares en la operaciones de comercio exterior de los contribuyentes y terceros relacionados, aplicando procesos apegados a las leyes y normas correspondientes.
Introducción
Utilidades del SAT involucradas en las Auditorías de Comercio Exterior
Funciones
AGA Inspección de carga y de equipaje
Revisión documental a posteriori (GLOSA)
AGP Análisis de riesgo a priori (seguridad nacional, piratería, subvaluación,
fraude comercial) y a posteriori (fraude comercial) de las operaciones de
comercio exterior y desarrollo de modelos de riesgo
AGAFF Actos de comprobación de comercio exterior
AGGC Actos de comprobación de comercio exterior
Verificaciones de origen
AGJ Formulación de denuncias, querellas, declaratorias de que el Fisco
Federal haya sufrido o podido sufrir perjuicio, en cuanto a delitos fiscales,
y a delitos del Código Penal
AGE Revisión de procesos y procedimientos con el fin de detectar
irregularidades cometidas por servidores públicos u oportunidades de
mejora
Facultades de Comprobación
Métodos de Fiscalización
Revisión de gabinete (revisión de escritorio),
art. 42, fracc. II CFF
Verificación de mercancías y de vehículos de procedencia extranjera en transporte, art.
42, fracc. VI CFF
Visita Domiciliaria, art. 42, fracc. V CFF
Visita Domiciliaria, art. 42, fracc. III CFF
Esta facultad fiscalizadora se ejecuta en los casos en que la autoridad fiscal y aduanera desea comprobar la legal importación, tenencia o estancia de mercancías y vehículos en puntos carreteras y vialidades en general.
Como resultado de tal actividad, se embarga la mercancía que no acredite su legal estancia en el país.
En caso de existir elementos que indiquen algún delito (contrabando), se procede por la vía penal.
Facultades de Comprobación
Verificación de mercancías en transporte
Acto de comprobación por el que se verifica la legal posesión, estancia, tenencia o importación de las mercancías, incluyendo verificación de marbetes en bebidas alcohólicas, Concretamente, esta función se realiza en establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos y semifijos en vía pública (operativos de comercio exterior).
Como resultado de tal actividad, se embraga la mercancía que no acredite su legal estancia en el país, además se determina un crédito fiscal a cargo del contribuyente.
En caso de existir elementos que indiquen algún delito (contrabando), se procede por la vía penal.
Facultades de Comprobación
Visitas Domiciliarias Ágiles
Los operativos de comercio exterior consisten en la implementación de actos de fiscalización a gran escala, en coordinación con diversas dependencias federales en puntos de venta, distribución y almacenaje de mercancías de contrabando.
Con este tipo de tareas, se trata de inhibir el comercio informal de productos irregulares integrando la capacidad y facultades de diversas dependencias del poder ejecutivo con la intención de ejercer actos de autoridad estructurados y de política pública, al tiempo de crear conciencia de riesgo en sectores de la población que buscan en la comercialización ilegal una forma de vida.
Facultades de Comprobación
Operativos de Comercio Exterior
El personal actuante debe identificarse
El contribuyente debe ser asistido por 2 testigos*
Se debe informar al contribuyente de sus derechos y obligaciones
El personal actuante levantará las actas en las que se circunstancien los hechos*
Respetar la garantía de audiencia del auditado
El acto de fiscalización debe concluirse dentro de los plazos establecidos en Ley
Datos a observar durante una auditoría
Formalidades
* Excepto gabinete
Datos a observar durante una auditoría
Exhibición de documentación
Visitas Revisiones de
Gabinete Verificaciones Operativos
Los libros y registros parte de su contabilidad, de inmediato
15 días De inmediato De inmediato
6 días cuando sean de los que deba tener en su poder
20 días después de la notificación del Oficio de observaciones
Dentro de los 10 días siguientes a la Notificación del embargo precautorio
Dentro de los 10 días siguientes a la notificación del embargo precautorio
15 días en los demás casos
20 días después del levantamiento de la UAP
Datos a observar durante una auditoría
Conclusión del Acto
Visitas Revisiones de
Gabinete Verificaciones Operativos
12 meses A partir de que se notifique el inicio de las facultades de comprobación
4 meses Tratándose de PAMA
2 años Cuando se solicite información a autoridades fiscales o aduaneras de otro país o se esté llevando a cabo la verificación de origen
6 meses Para emitir la resolución que defina la situación del contribuyente
Conceptos de revisión
Conceptos
Legal importación, tenencia y estancia de la mercancía
Documentación aduanera (artículo 146 de LA
Correcto pago de contribuciones Valor Origen (trato arancelario preferencial)
Regulaciones y restricciones no arancelarias
Permisos Certificados NOM’s
Clasificación arancelaria Forma y momento de importación Proceso Uso y especificaciones
Cumplimiento del régimen y disposiciones inherentes
Control de inventarios Pedimentos de retorno Avisos (submaquila, destrucciones)
Conceptos de revisión
Conceptos
Importaciones temporales IMMEX
Control de inventarios Pedimentos de importación temporal, retornos (incluyendo virtuales) Transferencias (pedimento y escrito de responsabilidad solidaria) Autorización de programa IMMEX Proceso productivo Cumplimiento del régimen (que la mercancía se localice en el domicilio autorizado) Correcto pago de contribuciones (303 TLCAN)
Exportación (Retornos)
Totalidad de los pedimentos estén modulados Valores declarados en pedimentos coincidan con las cantidades declaradas como ingresos Pedimentos Parte II la totalidad de la operaciones estén registradas en e SAAI
Programación de auditorías CONTRIBUYENTES
Presenta
declaraciones
informativas y de
pagos, anuales y
mensuales
EXPORTADORES/
IMPORTADORES
Presenta
pedimentos de
importación (se
registra en el SAAI)
AGAFF
Efectúa limpieza de
información. cruces
y validaciones
Diseña programas
de fiscalización
Esquemas de
evasión a combatir
Fundamento legal
Cruces de
información
Políticas de
estrategias de las
revisiones
AREAS OPERATIVAS
Ejecuta programas
de fiscalización
-Realiza cruces de
información
Se calculan
presuntivas y
método de
fiscalización
Desahoga
auditoría,
determinan créditos
INFORMACIÓN
Dependencias
gubernamentales
Autoridades
extranjeras
Denuncias
ciudadanas
1 2
3
4
5
6
En atención a las irregularidades detectadas con motivo del análisis de riesgos, del reconocimiento aduanero y de las propias facultades de comprobación posteriores al despacho, se ha dado prioridad en la auditorías en materia de:
Operaciones irregulares de Agentes Aduanales
Prioridades en la Fiscalización
Prioridades en la Fiscalización
Omisión de cuotas compensatorias, medidas de transición y/o goce indebido de un trato arancelario preferencial
Triangulación de mercancías
Prioridades en la Fiscalización
Investigación de operaciones ilícitas en el extranjero (proveedores inexistentes) mediante compulsas
internacionales
Prioridades en la Fiscalización
Subvaluación en sectores sensibles (alteración de base gravable = omisión de contribuciones)
Prioridades en la Fiscalización
Retorno oportuno de importaciones temporales
Manejo irregular de Programa IMMEX
Prioridades en la Fiscalización
Venta de mercancía en el mercado nacional
Prioridades en la Fiscalización
Las empresas no se localizan en los domicilios autorizados (desde la solicitud del programa o cambian de domicilio sin registrarlos en la SE
Operan en despachos
No se localiza en los domicilios mercancía importada en períodos muy recientes a los del inicio de las facultades de comprobación, sin que ellos se justifique
No cuentan con documentación que soporte sus manifestaciones (que la mercancías está en transporte, que fue transferida, etc.)
El giro que manifiestan en su alta al RFC o en su solicitud de programa es diferente al que se dedican
Sectores afectados: acero, aluminio, textil, electrónico, alimenticio
Principales irregularidades detectadas (IMMEX)
El SAT, por conducto de la AGAFF, ha obtenido los siguientes resultados en materia de fiscalización de comercio exterior.
Resultados
Miles de pesos
De 2008 a la fecha se han ejecutado más de 8,571 actos de fiscalización y 5,760 embargos de mercancía a nivel nacional
Resultados
Número de actos
OPERATIVOS DE COMERCIO EXTERIOR
De 2008 a la fecha se han realizado más de 165 operativos coordinados con otras dependencias, embargándose y/o asegurándose 25.7 millones de piezas, con un valor estimado en 2,781 millones de pesos.
Resultados
NUEVO ESCENARIO DEL
COMERCIO GLOBAL
Estados Unidos Mexicanos
1’964,375 Km2
113,724,226 Habitantes
Idiomas Solo español 92.7%
Español y lenguas indígenas 5.7%
Solo lenguas indígenas 0.8%
Sin especificar 0.8%
¿Qué pasa en México?
82%
Exportación Importación
81% 72%
EUA
Comercio Exterior de México
Aranceles Restricciones no Arancelarias
Regulaciones
Protección al consumo
Certificaciones [NOM]
Información comercial
Protección a la industria
“Remedios”
Protección a la:
Salud
Medio ambiente
Flora y fauna
Otros
Instrumentos Proteccionistas
Infraestructura Apertura Global
Carreteras y Puertos
Industria de Valor Agregado
Simplificación Administrativa
Crecimiento Moderado
Redireccionamiento de Políticas
Simplificación y Facilitación
Aduanal
Ventanilla única
Revisión no intrusiva
Combate al fraude aduanero
Inteligencia y gestión de riesgo
Subvaluación
Triangulación
Piratería
Cooperación actores
Empresas certificadas
Alianza para el comercio seguro
Atención Central Anexo 10
Redireccionamiento de Políticas
Apertura
Comercial
Programa de desgravación
Regulaciones y restricciones no arancelarias 56.9% FA sin regulación
49% NOM 17% Salud y Ecología
General Sin TLC
2011 2013 2011 2013
0.67% 0.43% 4.7% 4.4%
43.1% FA con regulación
15% Permiso SE 7.8% Agricultura
7.2% Salud 1.3% Cuotas compensatorias y medidas de transición
Redireccionamiento de Políticas
Alto valor agregado
Industrial
Aeroespacial y aeronáutica
Automotriz
Legalidad
Secretos industriales
Alto valor de servicio y predictibilidad
Velocidad
Entendimiento
Reguladas
Armas y mecanismos de uso dual
Así, nuestras
ventajas son:
Compresión de mercados
Creatividad Legalidad y Seguridad
Velocidad
“DES” Composición del
Comercio Global
Únicos!
Servicio!
Formula
Confiabilidad
Precio
Internacional
Adaptación
Tecnología
Velocidad
Invisibilidad
Integración
[ robo de
funciones ] Comprensión
Volumen Calidad
Futurismo
Extrema calidad Marca
Geografía
Precio
Commodities
Alta
Tecnología
Participación del Producto en el Mercado Global
Alto dinamismo Exige velocidad
Muy cambiante Exige adaptabilidad
Muy competido Exige precio
Muy aperturado Exige globalización
Muy caprichoso Exige Legalidad
Muy exigente Exige invisibilidad
Muy Inseguro Exige confiabilidad
Muy saturado Exige propiedad
intelectual
Características del Consumo
500 TD
+ 8%
+7.9%
+4% +3.9%
Fuente: Investigación GBU
RAZONES
Población Mundial 7,000 000,000
Países Aperturados 179 -OMC-OMA-KYOTO
Visión Aduanera Global Seguridad Facilitación Simplificación y Automatización
La Unión Europea demostró la utilidad de apertura
Globalización de la producción (BRIC)
Expansión del Comercio Global
Medidas de Transición
Origen Acuerdo mutuo México-China
Alcance Medida temporal para 204 FA de 14 sectores
Bicicletas Calzado Carriolas
Encendedores Cerraduras
Herramientas Hilados y Tejidos
Juguetes Lápices Confección
Químicos Orgánicos Válvulas
Maquinas, aparatos y material eléctrico
40 CC Vigentes 110 Fracciones
7 Sectores 16 Países
11 Metálica básica
6 Químico
4 Agropecuario
3 Textil-vestido
2 Fibras
1 Herramientas y equipo
14 Diversos
12 China
6 EUA
4 Rusia
4 Ucrania
3 Brasil
11 Otros
Medidas de Transición se suman a las CC vigentes
No se ha
negociado otro
Acuerdo
UPCI SE
Bienvenidas solicitudes
CC MSV
Especificas
Se han estado monitoreando a
los sectores
No hay posibilidades de
renovación ó prórroga
México País de la Legalidad
DOF 17.8.10
NOM 01,16,19
DOF 31.3.08
Simplificación
Aduanera
DOF 21.10.11
Mezclilla y
eliminación Decreto
de Venganza
DOF 16.6.11
Acuerdos
Wassenaar*
Acuerdo por el que se sujeta al requisito de permiso previo por parte de la SE la exportación de armas, bienes de uso
dual y susceptibles de desvío para fabricar armas
Algunas Referencias
Daño o amenaza
de daño Práctica desleal
Cuota
Compensatoria
Daño ó amenaza Medida se
salvaguarda
Global Transición
específica vs China
4 años Hasta 11.12.13
No se requieren
prácticas desleales
Defenderse
Punto Medular
Amenaza de daño de las importaciones
No debe ser la única ni la más importante
causa
Se puede usar información de otros
mercados
Características
25% mercado del sector afectado
¡¡¡Gracias!!!
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Fax 01 (55) 1500 1401
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DR. EDUARDO REYES DIAZ-LEAL